a) Fase I Presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la aceptación de la Propuesta:

CONSORCIO FFIE ALIANZA BBVA El presente documento contiene el informe de evaluación definitivo de la Invitación Abierta FFIE 004 de 2016. Los informe

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CONSORCIO FFIE ALIANZA BBVA

El presente documento contiene el informe de evaluación definitivo de la Invitación Abierta FFIE 004 de 2016. Los informes jurídicos, financieros y técnico hacen parte integral del informe de evaluación, y se encuentran como anexos del presente documento. De acuerdo con lo establecido en los TCC en el numeral 7.1.6 y sus adendas, a continuación se presenta el informe definitivo de evaluación en donde se relacionan los Proponentes con las propuestas que por grupo resultaron hábiles y rechazadas, después del término del traslado del informe de evaluación. Los Proponentes que resultaren seleccionados dentro de la presente Invitación Abierta deberán, para efectos de la suscripción del Contrato, cumplir con las condiciones definidas en el numeral 9.3 de los TCC, modificado mediante Adenda No 3. Dicho numeral establece lo siguiente: “9.3 Legalización Del Contrato El PA FFIE, una vez notificada la aceptación de la Propuesta al Proponente que se encuentre primero en el orden de elegibilidad por Grupo, debe iniciar el trámite de legalización del Contrato. Para la legalización del Contrato se requiere que cumplan, de manera previa, las siguientes condiciones: a) Fase I – Presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la aceptación de la Propuesta: 1. Cupo de crédito en firme, libre y disponible. El mismo deberá cumplir con todos los requisitos señalados en el numeral 5.4.2 de los TCC y en la cláusula SÈPTIMA de la Adenda No. 3, la cual adiciona el numeral 5.4.2.2.1 a los TCC. Cupos de crédito presentados en moneda extranjera. 2. Completa y debidamente diligenciados el (los) Formato único persona natural y/o jurídica de vinculación del proponente individual, de la estructura plural, y de sus integrantes, junto con los soportes requeridos. Debiéndose cumplir con las políticas de riesgo de Alianza Fiduciaria S.A. para la vinculación de clientes. b) Fase II. Esta fase iniciará una vez se cumpla con las condiciones anteriores, y se desarrollará dentro de los cinco ( 5 ) días hábiles siguientes al agotamiento

de la Fase I y a la efectiva vinculación del proponente con Alianza Fiduciaria S.A.. Esta fase se entenderá perfeccionada cuando se cumplan los siguientes supuestos: (i) Firma o suscripción del Contrato y ii) Aprobación de las garantías exigidas al Contratista para amparar los riesgos definidos en los presentes TCC, por parte del PA FFIE. Si por causa del Proponente se incumpliere con el término de legalización del Contrato, el PA FFIE, previa instrucción del Comité Fiduciario, podrá revocar unilateralmente la aceptación de la Propuesta, y se procederá a notificar al segundo mejor calificado dentro del orden de elegibilidad definido para el Grupo correspondiente. Si el Proponente segundo mejor calificado en el Grupo no cumple las condiciones de legalización dentro del término establecido, se procederá a aplicar la regla definida en el numeral 9.6 de los TCC. El Proponente al presentar su Propuesta acepta de manera expresa las condiciones aquí expuestas. Nota 1: Sin perjuicio que el Proponente seleccionado deba constituir la garantía de cumplimiento en los términos y condiciones señaladas en los presentes TCC, para efectos del cumplimiento de lo previsto en la Fase II para la legalización del Contrato, el Proponente podrá presentar y constituir la garantía requerida por un 60% sobre el monto total de cobertura del valor del Contrato Marco. El 40% restante de cobertura de la garantía deberá asegurarse una vez se encuentre asignado el 50% de los Acuerdos de Obra sobre el valor del Contrato Marco, la cual deberá contar con la respectiva aprobación por parte del PA FFIE. En caso que la garantía requerida se constituya mediante una póliza de seguro, deberá presentarse el recibo de pago correspondiente. Nota 2: Para el caso de la presentación del cupo de crédito como condición de legalización del contrato, en caso de no legalizar el contrato por ausencia de aquel, no se hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta. Sin embargo, para este caso, se aplicarán las demás consecuencias establecidas en este numeral, es decir, se deberá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad dentro de la respectiva Región, y así sucesivamente”.

Dentro del término del traslado se presentaron al PA FFIE los documentos que se les solicitó subsanar y/o aclarar de su Propuesta cuando aplicare. En este orden de ideas, en el siguiente cuadro se presenta consolidado el resultado de la evaluación: INFORME DE EVALUACIÓN INVITACIÓN ABIERTA FFIE 004 de 2016 CONCLUSIÓN No. PROPONENTE PRIORIZACIÓN GRUPO INFORME JURÍDICO 1 7 HABIL 1 UT MEN 2016 2 8 HABIL POWERCHINA 2 1 5 HABIL LIMITED 1 2 HABIL GRAÑA Y 3 2 5 HABIL MONTERO SAA 3 4 HABIL UT JORNADA 4 1 8 HABIL ÚNICA ESCOLAR 1 4 HABIL 2 3 HABIL 3 2 HABIL CONSORCIO MOTA5 4 7 HABIL ENGIL 5 1 HABIL 6 5 HABIL 7 6 RECHAZADA CONSORCIO 6 1 8 HABIL INFREDUCOL 1 6 HABIL 7 CONSORCIO LIGA 2 7 HABIL 3 8 HABIL CONSORCIO 1 4 HABIL 8 DESARROLLO 2 3 HABIL ESCOLAR 1 5 HABIL 2 6 HABIL 3 1 RECHAZADA CONSTRUCTORA 9 4 2 RECHAZADA COLPATRIA S.A. 5 7 RECHAZADA 6 4 RECHAZADA 7 3 HABIL PROMESA DE 1 7 HABIL SOCIEDAD FUTURA 2 6 HABIL CONSTRUCTORA 3 2 HABIL 10 DE INFRAESTRUCTURA 4 4 HABIL EDUCATIVA CONSORCIO 1 7 HABIL OBRAS 11 INGENIEROS 2 8 HABIL NACIONALES 1 N/A RECHAZADA 12 2 N/A RECHAZADA

CONCLUSIÓN INFORME FINANCIERO HABIL HABIL HABIL

CONCLUSIÓN INFORME TÉCNICO HABIL HABIL HABIL

CONCLUSIÓN HABIL HABIL HABIL

HABIL HABIL HABIL HABIL

HABIL HABIL HABIL HABIL

HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL

HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL RECHAZADA

HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL

RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA HABIL

HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA

HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA

HABIL HABIL RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA HABIL RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA

HABIL

HABIL HABIL

HABIL

HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL RECHAZADA RECHAZADA RECHAZADA HABIL HABIL

HABIL

HABIL

HABIL RECHAZADA RECHAZADA

HABIL

RECHAZADA RECHAZADA

RECHAZADA RECHAZADA

CONSORCIO DESARROLLO EDUCATIVO

3

N/A

RECHAZADA

RECHAZADA

RECHAZADA

RECHAZADA

4

N/A

RECHAZADA

RECHAZADA

RECHAZADA

RECHAZADA

A continuación, se define el orden de elegibilidad por grupos, de acuerdo con la evaluación realizada, la priorización presentada por los proponentes y con lo establecido en el Capitulo 4 numeral 4.17 de los TCC, que cita: “El Proponente podrá presentar una (1) sola Propuesta para todos los Grupos a los cuales se quiera presentar, dicha Propuesta debe allegarse en versión original y tres (3) copias. El Proponente debe indicar claramente en la carta de presentación el o los Grupos al cual o a los cuales presenta Propuesta, y en caso de presentar Propuesta a más de un Grupo, debe indicar el orden de priorización de selección frente a los Grupos a los cuales se presenta. En caso de no presentar el orden de priorización se tomará el orden que encuentre descrito en la carta de presentación”. Los Proponentes que se presentaron a varios Grupos priorizaron su propuesta de la siguiente manera: No.

PROPONENTE

1

UT MEN 2016

2

POWERCHINA LIMITED

3

GRAÑA Y MONTERO SAA

4

UT JORNADA ÚNICA ESCOLAR

5

CONSORCIO MOTA-ENGIL

6

CONSORCIO INFREDUCOL

7

CONSORCIO LIGA

8

CONSORCIO DESARROLLO ESCOLAR

9

CONSTRUCTORA COLPATRIA S.A.

PRIORIDAD 1 2 1 1 2 3 1 1 2 3 4 5 6 7 1 1 2 3 1 2 1 2 3 4 5 6

GRUPO 7 8 5 2 5 4 8 4 3 2 7 1 5 6 8 6 7 8 4 3 5 6 1 2 7 4

7 1 PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA CONSTRUCTORA 2 DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA 3 4 1 CONSORCIO OBRAS INGENIEROS NACIONALES 2 1 2 CONSORCIO DESARROLLO EDUCATIVO 3 4

10

11

12

3 7 6 2 4 7 8

Como resultado de lo anterior, a continuación se presenta el resumen por grupo de las Propuestas habilitadas: No.

PROPONENTE

1

UT MEN 2016

2

POWERCHINA LIMITED

3

GRAÑA Y MONTERO SAA

4

UT JORNADA ÚNICA ESCOLAR

5

CONSORCIO MOTA-ENGIL

6

CONSORCIO INFREDUCOL

8

CONSORCIO DESARROLLO ESCOLAR

9

CONSTRUCTORA COLPATRIA S.A.

11

CONSORCIO NACIONALES

OBRAS

INGENIEROS

PRIORIZACIÓN 1 2 1 1 2 3 1 1 2 3 4 5 6 1 1 2 1 2 7 1 2

GRUPO 7 8 5 2 5 4 8 4 3 2 7 1 5 8 4 3 5 6 3 7 8

CONCLUSIÓN HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL HABIL

Teniendo en cuenta los puntajes, la metodología establecida en los TCC y sus respectivas adendas, así como también las manifestaciones de priorización de los grupos en sus propuestas, se establece que los proponentes que se encuentran en primer orden de elegibilidad para cada grupo, así: Grupo 1. Antioquia, Eje Cafetero y Pacífico 2. Eje Cafetero y Pacífico 3. Caribe 1

Proponente Consorcio Mota – Engil Graña Montero Consorcio Desarrollo Escolar

4. 5. 6. 7. 8.

Caribe 2 Bogotá y Llanos Bogotá, Cundinamarca y Llanos Centro Oriente Centro Sur

Consorcio Mota – Engil Constructora Colpatria SA Constructora Colpatria SA Consorcio Obras Ingenieros Nacionales Unión Temporal MEN 2016

Los anteriores Proponentes que resultaron en el Primer orden de Elegibilidad deberán presentar los documentos apostillados antes de la fecha definida en los TCC para la aceptación de la oferta, según la regla definida en el numeral 11.3 del TCC, modificada mediante la cláusula Décima Octava de la Adenda No. 3 a la Invitación Abierta FFIE 004 de 2016. “Adenda No. 3. DÉCIMA OCTAVA. Se modifica el numeral 11.3 – Documentos otorgados en el exterior, el cual quedará así: 11.3 Documentos otorgados en el exterior Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma, traducción que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia.. En cualquiera de los casos se deberá acreditar la calidad de traductor oficial en los términos señalados en la ley aplicable o en la ley del país donde reside quien haga la traducción. Para efectos de la legalización de documentos otorgados en el exterior se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 7144 del 20 de octubre de 2014 “Por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y legalizar documentos”, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y demás normas concordantes que resulten aplicables. Para efectos de la presentación de la Propuesta, el Proponente podrá presentar con la Propuesta los documentos públicos y privados otorgados en el exterior en copia simple, sin embargo, para que se consideren válidos, si el Proponente resultase seleccionado, los documentos deberán allegarse en original, debidamente legalizados o apostillados y con todas las formalidades previstas en los TCC, antes de la fecha prevista para la notificación de la aceptación de la PROPUESTA. En todo caso no podrán presentarse posterior al cierre de la presente invitación documentos legalizados o apostillados diferentes a los que fueron presentados en copia simple, para efectos de su evaluación.

En caso que el Proponente resulte seleccionado y no aporte los documentos con todas las formalidades establecidas en los TCC antes de la notificación de la aceptación de la Propuesta, se rechazará la Propuesta. Los Formatos y Anexos de los presentes TCC que deben diligenciar y completar los Proponentes Individuales o los miembros del Proponente Plural, no deberán presentarse legalizados o apostillados, según el caso”. Por lo anterior, en caso de no dar cumplimiento con lo previsto en los apartes citados del TCC, se les rechazará la Propuesta y se procederá a notificar la aceptación de la Oferta al que se encuentre en el segundo orden de elegibilidad. Sin perjuicio del ejercicio de verificación que pueda adelantarse, en principio se aprecia que los siguientes proponentes deberán dar cumplimiento a lo previsto en el numeral 11.3 del Pliego de Condiciones: Proponente POWER CHINA LIMITED GRAÑA MONTERO CONSORCIO MOTA - ENGIL PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA CONSORCIO LIGA

Integrantes

1. MOTA – ENGIL ENGENHARIA E CONSTRUCAO S.A. 2. MOTA – ENGIL PERU S.A. 1. LICUAS

De acuerdo con lo establecido en los TCC, contra el presente informe no procede recurso u observación alguna. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retracto, conforme a lo previsto en el numeral 8.4 de los TCC. Anexos: Informes de evaluación jurídica Informes de evaluación financiera Informes de evaluación técnica

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