ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACION DE PENSIONADOS DE NACIONES UNIDAS EN COSTA RICA

1 ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONSTITUTIVA DE LA 2 ASOCIACION DE PENSIONADOS DE NACIONES UNIDAS EN COSTA RICA. 3 Celebrada en San José,

20 downloads 66 Views 102KB Size

Recommend Stories


ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE VELA 31 DE MAYO DE 2.014 Modificada 03/02/2016 orden directa de la Presidencia.

ACTA DE ASAMBLEA ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
ACTA DE ASAMBLEA ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. EN LA CIUDAD Y PUERTO DE COATZACOALCOS, VERACRUZ, SIENDO LAS DIECINUEVE HORAS DEL DIA 28 DE FEBR

ASAMBLEA Y ACTA CONSTITUTIVA DE LA ANUIES*
ASAMBLEA Y ACTA CONSTITUTIVA DE LA ANUIES* ´ INTRODUCCION En la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, siendo las diecis´eis horas del d´ıa veinticua

Story Transcript

1

ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONSTITUTIVA DE LA

2

ASOCIACION DE PENSIONADOS DE NACIONES UNIDAS EN COSTA RICA.

3

Celebrada en San José, en el Restaurante el Olivo, ubicado en Sabana Norte, sito del

4

Instituto Costarricense de Electricidad doscientos metros norte y setenta y cinco este,

5

Provincia: San José, Cantón San José, Distrito: Mata Redonda, celebrada a las once

6

horas del día seis de mayo del dos mil nueve, reunidas las siguientes personas en

7

calidad de asociados fundadores: JORGE MARTÍNEZ ESPINOSA, de nacionalidad

8

colombiana, mayor, casado una vez, abogado economista, abogado, carné de

9

pensionado residente número siete mil ochocientos ochenta y cuatro, vecino de San

10

Isidro de Heredia, sitio en Urbanización el Arroyo de la entrada, cien norte y cien

11

oeste, KATHLEEN O`FARRELL, de único apellido en razón de su nacionalidad

12

alemana, mayor, casada una vez, pasaporte alemán número AA cero cero seis tres

13

cero dos tres, vecina de San Isidro de Heredia, sito en calle Chávez, RODRIGO

14

SALAS CONEJO, mayor, casado una vez, médico, cédula de identidad número uno –

15

cero doscientos treinta y uno – cero doscientos siete, vecino de Rohrmoser, de la

16

casa del doctor Oscar Arias ciento cincuenta metros sur, ALVARO FIGUEROA

17

VILLAR, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad número seis – cero cero

18

cuarenta y tres – cero cero cincuenta y dos, vecino de Esparta, Puntarenas, sito: cien

19

metros sur de la esquina sureste del liceo de Esparta, NILDA ÁNGELICA REY

20

BAFICO, mayor, viuda una vez, cédula de identidad número ocho – cero cero

21

cincuenta y dos – cero cero sesenta y cinco, vecina de San Pedro de Montes de

22

Oca, Los Yoses, sito de la esquina de la Iglesia Nuestra Señora de Fátima, cincuenta

23

metros este y cincuenta metros sur, JUAN CHONG SÁNCHEZ, de nacionalidad

24

peruana, mayor, casado dos veces, educador, carné de Misión Internacional número

25

dos ocho nueve nueve, vecino de Cuidad Colón, sito de la casa de Johel ochocientos

26

metros al oeste, cien sur, condominio los Alicantes, casa número diecisiete, JULIA

27

GOMEZ DE MARTINEZ, mayor, casada una vez, de nacionalidad colombiana, carné

28

de pensionado residente número A siete ocho ocho cuatro, vecina de san Isidro de

29

Heredia, urbanización el arroyo, stio de la entrada cien metros norte y cien metros

30

oeste, ATHENIA MONTEJO MERINO, mayor, viuda una vez, graduada en educación

1

y comunicación, cédula de identidad número uno – cero trescientos – cero doscientos

2

noventa, vecina de Mercedes de Montes de Oca, sito en Barrio Buenos Aires, calle

3

trece, número veinte y cuatro, VENUS VALVERDE ROJAS, mayor, casada una vez,

4

doctora en Farmacia, cédula de identidad número uno – cero trescientos dieciséis –

5

seis mil cuatrocientos noventa y dos, vecina de Rohrmoser, de la casa de Oscar

6

Arias, ciento cincuenta metros sur, PATRICIA MARÍA ASBUN YACIR, mayor, casada

7

una vez, traductora, cédula de identidad número ocho – cero cero nueve – cero cero

8

cero doce, vecina de Escazú,

9

Zuñiga, condominio portal de cabrera, casa numero uno, DESMOND MCREYNOLDS,

10

mayor, vuido, de nacionalidad Británica, pasaporte número uno – ocho dos seis –

11

cero cero cero cero dos seis cero cuatro, vecino de Rohrmoser, del parque de la

12

amistad, doscientos metros norte, cincuenta este, casa numero dieciséis, HANS

13

KURZ, de único apellido en razón de su nacionalidad alemana, mayor, casado una

14

vez, pasaporte número xxxxxxxxxxxxxxxx, vecino de San Rafael de Escazú, sito de

15

Saretto cien metros este, cien sur, casa número siete, URSULA MARGARETE KURZ

16

LANGEV, mayor, casada una vez, de nacionalidad alemana, pasaporte número uno –

17

dos siete seis – cero cero cero nueve cuatro tres cero tres, vecina de San Rafael de

18

Escazú, sito de Saretto, cien metros este, cien sur, casa número siete, LORENO

19

ROCCHI, de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor, casado una

20

vez, pasaporte número AA cero seis tres cero dos dos, vecino de San Isidro de

21

Heredia, calle Chávez, NYDIA MARÍA ROJAS ZELEDÓN, mayor, soltera, ama de

22

casa, cédula de identidad número uno – cero ciento noventa y nueve – cero

23

doscientos treinta y tres, vecina de Pavas, de la embajada Americana, trescientos

24

metros oeste y ciento veinte cinco metros al sur, EDGAR CAMPOS CABEZAS,

25

mayor, casado una vez, economista, cédula de identidad número uno – cero ciento

26

ochenta y seis –cero trescientos cincuenta y dos, vecino de Rohrmoser, sito

27

trescientos metros al norte y cincuenta oeste de Plaza Rohrmoser, LENNOX

28

BOURNE, de único apellido en razón de su nacionalidad Británica, mayor, casado

29

una vez, carné de misión internacional (de la UNOG) número cero cero cero dos

30

cuatro dos siete cuatro, vecino de Escazú, doscientos cincuenta metros sur oeste del

ciento cincuenta metros noroeste del cementerio

1

viejo cementerio, condominio Lomas de Escazú, DOMINIQUE BOURNE, de único

2

apellido en razón de su nacionalidad francesa, mayor, casada una vez, pasaporte

3

número cero siete CT nueve ocho cero ocho siete, vecina de Escazú, doscientos

4

cincuenta metros sur oeste del viejo cementerio, condominio Lomas de Escazú,

5

CECILIA BARRERA TORRES, mayor, soltera, de nacionalidad colombiana, carné de

6

pensionados número setenta y dos, veinte y siete, vecina de Moravia, Condominio la

7

Guaria, casa número cuatro,

8

RODRÍGUEZ, mayor, casado una vez, abogado, economista, cédula de identidad

9

número uno – cero trescientos cuarenta y seis – cero novecientos veinte, vecino de

10

Escazú, ciento cincuenta metros noroeste del cementerio Zúñiga, condominio Portal

11

de Cabrera, casa numero uno, ENRIQUE MANUEL BRÚ BAUTISTA, mayor, casado

12

dos veces, de nacionalidad Uruguaya, economista, cédula de residencia número uno

13

ocho cinco ocho – ceo cero cero cero – uno dos tres tres, pasaporte número uno –

14

cero cero cuatro – siete cero cinco – ocho, vecino de Escazú, ochocientos metros al

15

sur del CDS, condominio rivera del monte, casa número uno, SOLUM DONAS

16

BURAK, mayor, separado judicialmente, artista escultor, de nacionalidad Uruguaya,

17

pasaporte número ochenta y cinco cero dos cincuenta y cuatro – cinco, vecino de

18

Escazú, quinientos metros sur del colegio country day, finca la garúa, WARREN

19

CROWTHER, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor,

20

casado dos veces, profesor universitario, cédula de residencia número ciento setenta

21

y cinco – diez sesenta y nueve cincuenta y cinco – diez cuatrocientos veinte, vecino

22

de San francisco de dos Ríos, de la ferretería central, cuatrocientos metros al sur,

23

veinte y cinco oeste, GLORIA MARIA FABRY RODRIGUEZ, mayor, casada una vez,

24

contadora, de nacionalidad chilena, cédula de residencia número cuatrocientos veinte

25

y cinco – noventa y tres quinientos treinta y cinco – mil cuatrocientos treinta y seis,

26

vecina de Rohrmoser, de la plaza Rohrmoser trescientos metros norte, cincuenta

27

oeste, casa número setenta y ocho.-------------------------------------------------------------------

28

Acuerdan constituir una asociación que se regirá por la Ley de Asociaciones

29

número doscientos dieciocho del ocho de agosto de mil novecientos treinta y

30

nueve y sus reformas que en el marco jurídico norma a la asociación, por los

YVES DE LA GOUBLAYE DE MÉNORVAL

1

reglamentos internos y por los siguientes estatutos: CAPÍTULO PRIMERO DE

2

LA ORGANIZACIÓN Y PROPÓSITOS. ARTÍCULO PRIMERO: La Asociación se

3

denominará “ASOCIACIÓN DE PENSIONADOS DE NACIONES UNIDAS EN

4

COSTA RICA”, cuyas siglas serán “APNU-CR” y por su naturaleza será de duración

5

indefinida. ARTÍCULO SEGUNDO: La Asociación tendrá su domicilio en la oficina del

6

Programa de las Naciones Unidas Para el Desarrollo, en la ciudad de San José, sitio

7

en Pavas, de la Embajada Americana trescientos metros al sur y doscientos metros al

8

sureste. Oficentro La Vírgen, Cantón: primero, Distrito: octavo, de la Provincia de San

9

José. CAPÍTULO SEGUNDO DE SUS FINES. ARTÍCULO TERCERO: Los fines de

10

la Asociación son los siguientes: A) Gestionar el mejoramiento social, cultural,

11

educativo, organizativo y productivo de sus asociados. B) Fomentar entre sus

12

asociados el espíritu de ayuda mutua en el orden social y cultural. C) Cooperar, en

13

cuanto esté a su alcance, en el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Carta

14

de las Naciones Unidas. D) Velar por el bienestar de los asociados. E) Asesorar y

15

mantener informados a sus asociados en asuntos de primera importancia, entre otros

16

los relacionados con pensiones, programas de salud y otros de su interés. F)

17

Estimular la solidaridad entre sus asociados, en particular respecto de aquellos que,

18

que por edad avanzada, condiciones precarias de salud o de orden familiar, se

19

encuentren en situación de crisis. G) Fomentar el compañerismo y amistad entre sus

20

asociados y familias y el vínculo permanente con asociaciones y funcionarios activos

21

de las Naciones Unidas y de otros organismos Multinacionales. H) Promover la

22

participación de sus asociados, en programas y actividades de su interés, en especial

23

de carácter profesional, recreativo, artístico, social y cultural. I) De acuerdo a lo

24

estipulado en estos estatutos y sus reglamentos cooperar a solicitud del Programa de

25

las Naciones Unidas para el Desarrollo u cualquier otro organismo de Naciones

26

Unidas en Costa Rica, en orientaciones o asesorías técnicas de actividades o

27

proyectos especiales. J) Gestionar ante el Gobierno de Costa Rica, bien por

28

intermedio de la representación del Programa de las Naciones Unidas para el

29

Desarrollo, o bien directamente, el otorgamiento de algunas prerrogativas especiales

30

al estilo de las brindadas por otros países a pensionados de las Naciones Unidas que

1

se radican en ellos, sin distinción de categoría, nacionalidad o condición laboral. K)

2

Promover y fomentar relaciones con asociaciones hermanas que ya existían y las que

3

en el futuro se creen en otros países. L) Promover la participación consciente de los

4

socios, en la elección de los integrantes del Consejo Directivo FAFICS. ARTÍCULO

5

CUARTO: Para el cumplimiento de sus fines la Asociación realizará entre otras las

6

siguientes actividades: A) Recaudar cuotas y contribuciones entre sus asociados para

7

financiar la consecución de sus fines esenciales. B) Aceptar donaciones de entidades

8

públicas y privadas, tanto nacionales como internacionales, para el desarrollo de los

9

fines de la Asociación. C) Solicitar, recaudar y canalizar los recursos financieros,

10

humanos, materiales y técnicos para mejorar la calidad de vida, dignidad y

11

oportunidad de superación de los Asociados. CAPÍTULO TERCERO PATRIMONIO

12

DE LA ASOCIACIÓN. ARTÍCULO QUINTO:

13

siguientes recursos: A) Cuotas anuales de los asociados que fijará la Asamblea

14

General Ordinaria. B) Donaciones. C) Ingresos recaudados de actividades propias

15

con el fin de proveerse de fondos. CAPÍTULO CUARTO MODALIDAD DE

16

AFILIACIÓN ARTÍCULO SEXTO: La Asociación tendrá las siguientes categorías de

17

asociados: A) FUNDADORES: Son los asociados participantes en la Asamblea

18

Constitutiva que quedaron anotados en el Acta Constitutiva y que tendrán las mismas

19

obligaciones y derechos de los demás asociados. B) ACTIVOS: Serán los Asociados

20

que ingresaron posteriormente a la Asamblea Constitutiva y que estén en pleno goce

21

de sus derechos y con las mismas obligaciones y C) HONORARIOS: Serán

22

especialmente aquellas personas que han colaborado efectivamente al desarrollo y

23

consolidación de la Asociación. ARTÍCULO SÉTIMO: Podrán adquirir el estatus de

24

asociado: A) Todo jubilado que se haya retirado honrosamente del Sistema de

25

Naciones Unidas y su cónyuge, que reciban una pensión vitalicia pagada por la Caja

26

Común de Pensiones de las Naciones Unidas y/o los cónyuges sobrevivientes

27

reconocidos como tales por la misma Caja o las personas titulares de la Pensión. B)

28

Las personas que, habiendo trabajado en el Sistema de Naciones Unidas, y habiendo

29

reunido los requisitos para pensionarse, se han jubilado sin acogerse al régimen de

30

pensiones de la Caja o que por la edad no se han acogido aún a la pensión de la caja

La Asociación contará con los

1

de las Naciones Unidas. C) Quienes hayan trabajado al Servicio del Sistema de las

2

Naciones Unidas bajo cualquier modalidad, sin haber adquirido el derecho a la

3

Pensión previa aprobación de la Junta Directiva, D) y otras personas simpatizantes

4

con el Sistema de Naciones Unidas, previo acuerdo de la Junta Directiva. El

5

interesado deberá presentar solicitud escrita ante la Junta Directiva. Su ingreso

6

deberá ser aprobado por la Junta Directiva con no menos de la mitad más uno de sus

7

votos.

8

OCTAVO: Los asociados dejarán de pertenecer a la Asociación por las siguientes

9

causas: Primero: Fallecimiento. Segundo: Renuncia voluntaria dirigida por escrito a la

10

Junta Directiva, Tercero: Por expulsión acordada por las dos terceras partes de los

11

presentes a la Asamblea General Extraordinaria por cualquiera de los motivos que a

12

continuación se indican: A) Conducta inmoral que atente contra el buen nombre de la

13

Asociación. B) Cuando un asociado actúe en nombre de la Asociación sin estar

14

facultado para ello. C) Uso indebido de los activos físicos y económicos de la

15

Asociación. D) Incumplimiento de la Ley, el estatuto y reglamentos internos. E) Haber

16

sido suspendido por tres veces consecutivas en el término de un año.

17

suspendidos por un mes los asociados que incurran en las siguientes causas: A)

18

Aquel miembro de la Junta Directiva que deje de asistir a tres sesiones consecutivas

19

injustificadamente de la Junta Directiva o cinco sesiones injustificadas alternas en el

20

término de un año. B) Atraso en el pago de la cuota anual, sin causa que lo justifique.

21

C) Incumplir injustificadamente las obligaciones que fueren conferidas por la

22

Asamblea General o la Junta Directiva. La Junta Directiva comunicará las

23

suspensiones en forma escrita.

24

procederá de siguiente forma: Previo a la cesación de la membresía de asociado, la

25

Junta Directiva comunicará por escrito al afectado los motivos que inspiran su

26

expulsión, a efecto de que el asociado en el momento que reciba la comunicación

27

pueda en el término de quince días hábiles preparar su defensa; una vez cumplido

28

con este plazo la Junta Directiva de inmediato convocará a Asamblea General

29

Extraordinaria en el tiempo y condiciones que establece este estatuto para que trate

30

de este caso, el asociado acusado deberá estar presente y podrá apelar ante dicha

CAPÍTULO

QUINTO

MODALIDAD

DE

DESAFILIACIÓN

ARTÍCULO

Serán

En los casos de expulsión de un asociado se

1

Asamblea y esgrimir su defensa, y será la Asamblea General Extraordinaria quien en

2

definitiva acordará afirmativa o negativamente sobre la expulsión del asociado.

3

CAPÍTULO SEXTO DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS ARTÍCULO

4

NOVENO: Los asociados tendrán los siguientes derechos: A) Elegir y ser electos en

5

los cargos directivos, de fiscalía o comisiones de la Asociación. B) Participar en las

6

actividades que organice la asociación. C) Participar con voz y voto en las asambleas

7

generales. D) Presentar mociones y sugerencias en Asambleas. E) Denunciar ante la

8

Fiscalía de la Asociación, cualquier irregularidad que notare en el desempeño de las

9

funciones de directiva y otros asociados de la asociación. F) Solicitar que los libros

10

de actas, de contabilidad y cualquier otra documentación estén a su disposición en

11

caso de ser requeridos. ARTÍCULO DÉCIMO: Son deberes de los asociados: A)

12

Cumplir con la Ley de Asociaciones y sus reformas, el Estatuto y Reglamentos de la

13

Asociación, así como de los acuerdos que emanen de sus órganos. B) Pagar

14

puntualmente las cuotas. C) Asistir a las reuniones de asociados a las que fueren

15

convocados. D) Cooperar en la conservación de bienes y el buen desarrollo de las

16

actividades de la Asociación. E) Apoyar las gestiones que realice la Asociación para

17

el cumplimiento de sus fines. F) Procurar el engrandecimiento de la Asociación y

18

prestarle todo el apoyo material y moral que esté a su alcance. G) Vigilar y procurar el

19

progreso de la Asociación. H) Desempeñar con lealtad todos los cargos, comisiones o

20

trabajos que le sean encomendados y aceptados. I) Comunicar a la Junta Directiva o

21

a la Fiscalía todo acto del cual tengan conocimiento y que menoscabe el prestigio de

22

la Asociación. CAPÍTULO SÉTIMO DE LOS ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

23

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La Asociación contará con los siguientes órganos:

24

A) La Asamblea General. B) La Junta Directiva C) Los Comités Auxiliares y D) La

25

Fiscalía. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: De la Asamblea General: es el órgano

26

máximo de la Asociación, compuesta por la totalidad de sus asociados. Habrá dos

27

tipos de Asamblea: Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea se reunirá en forma

28

ordinaria una vez al año: en la segunda quincena del mes de Noviembre a efecto de

29

escuchar los informes de labores del Presidente y tesorero de la Junta Directiva, así

30

como de la Fiscalía y elegir cada dos años a los asociados de la Junta Directiva y

1

Fiscalía. Extraordinariamente se reunirá cada vez que la Junta Directiva la convoque

2

o lo solicite en forma vinculante un número de asociados que represente el veinte por

3

ciento del total de sus asociados, o bien cuando la Fiscalía lo considere necesario.

4

Las Asambleas tanto ordinarias como extraordinarias serán convocadas a través del

5

secretario por medio de carta circular o correo electrónico, con no menos de ocho

6

días hábiles de anticipación y se consideren constituidas en primera convocatoria

7

cuando concurran la mitad más uno de los asociados; de no presentarse el mínimo

8

indicado se reunirán en segunda convocatoria media hora después, con el número

9

de asociados presentes que en ningún caso podrá ser menor a los puestos elegibles

10

en los órganos de la Asociación.

Tanto en las asambleas ordinarias como

11

extraordinarias los asuntos se aprobarán con no menos de la mitad más uno de los

12

asociados presentes, excepto en aquellos casos que por la Ley o este estatuto se

13

requiera el voto de las dos terceras partes de los asociados presentes en asamblea.

14

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Son atribuciones de la Asamblea General

15

Ordinaria. A) Elegir cada dos años EN LA ASAMBLEA CELEBRADA EN LA

16

SEGUNDA QUINCENA DEL MES DE NOVIEMBRE a los asociados de la Junta

17

Directiva y Fiscalía, pudiendo ser reelectos hasta por tres períodos más. B) Conocer,

18

aprobar o improbar los informes contables y financieros de la Asociación. D) Aprobar

19

o improbar los Reglamentos que elabore la Junta Directiva. E) Conocer y aprobar el

20

presupuesto y el plan de trabajo correspondiente. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO:

21

Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: A) Llenar las vacantes

22

ocurridas por ausencias definitivas en la Junta Directiva o en la Fiscalía. B) Reformar

23

el estatuto y reglamentos de la Asociación. C) Acordar o no expulsión de sus

24

asociados. D) Sancionar o destituir de sus puestos a los miembros de la Junta

25

Directiva y Fiscalía por el incumplimiento de los deberes. E) Conocer informes de los

26

cuerpos administrativos o cualquier otro asunto de suma urgencia que no pueda

27

esperar hasta la asamblea ordinaria. F) Acordar o no la designación como asociado

28

honorarios. G) Acordar la disolución. H) Habrá tantas asambleas generales

29

extraordinarias como fueren necesarias para la buena marcha de la Asociación.

30

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: De la Junta Directiva. La dirección de la Asociación

1

reside de la Junta Directiva, compuesta por siete miembros, mayores de edad en los

2

cargos de: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Vocal Uno, Vocal Dos y

3

Vocal Tres, los cuales serán electos en Asamblea General Ordinaria, celebrada en la

4

segunda quincena del mes de NOVIEMBRE, por un período de dos años, y se

5

juramentarán y tomarán posesión de sus cargos el mismo día de su elección. Las

6

ausencias temporales de los miembros de la Junta Directiva serán suplidas por la

7

misma Junta Directiva; en caso de ausencias definitivas Junta Directiva suplirá dichas

8

ausencias mientras se convoca a Asamblea General Extraordinaria para que llene la

9

vacante por el resto del período. La persona que forma parte de la directiva y falte

10

injustificadamente a tres sesiones consecutivas cesará en sus funciones. ARTÍCULO

11

DÉCIMO SEXTO: La Junta Directiva se reunirá en forma ordinaria una vez cada tres

12

meses y extraordinariamente cuando lo considere necesario. Será convocada por el

13

Secretario por medio de carta circular o correo electrónico con cinco días naturales de

14

anticipación. El cincuenta y uno por ciento de sus asociados formarán quórum y sus

15

acuerdos se tomarán con no menos de la mitad más uno de sus votos. ARTÍCULO

16

DÉCIMO SÉTIMO: Las atribuciones de la Junta Directiva son las siguientes:

17

Realizar sus funciones en forma adhonoren. B) Ejecutar los acuerdos tomados por la

18

asamblea general ordinaria o extraordinaria. C) Tomar los acuerdos necesarios para

19

que la Asociación cumpla con sus fines. D) Presentar anualmente un informe de

20

labores y presupuesto anual a la Asamblea General Ordinaria. E) Convocar a

21

asambleas generales a través del secretario. F) Asegurar el fiel cumplimiento del

22

estatuto y reglamentos de la Asociación.

23

reformas al estatuto que se deben someter al conocimiento y aprobación de la

24

asamblea general extraordinaria. H) Conocer, revisar, controlar y presupuestar todos

25

los aportes económicos para el financiamiento de la Asociación. I) Evacuar las

26

consultas que le fueren formuladas por los asociados o la fiscalía, las cuales se harán

27

recíprocamente por escrito. J) Designar una comisión de solidaridad para establecer

28

contactos permanentes con los asociados de manera zonificada. K) Supervisar

29

conjuntamente con la fiscalía, las labores de las comisiones establecidas. L) Recibir

30

las solicitudes de afiliación y otorgarles aprobación o desaprobación y comunicar en

A)

G) Elaborar las modificaciones o las

1

el término máximo de veintidós días hábiles el acuerdo respectivo por escrito, si en

2

este plazo la Junta Directiva no ha comunicado su acuerdo, se dará por aceptada la

3

solicitud. M) Recibir las renuncias y recomendar ante la Asamblea General

4

Extraordinaria la designación de asociado honorario, así como la salida de los

5

asociados por las causales que indica el presente estatuto. N) Determinar el monto de

6

la Póliza de Fidelidad con que debe estar cubierto el Tesorero. O) Aceptar

7

donaciones y legados. P) Autorizar al Presidente para realizar la disposición de

8

bienes de la Asociación. Q) Los miembros de la Junta Directiva ejercerán sus

9

funciones estrictamente apegados a lo establecido en el estatuto y reglamento de la

10

Asociación. Bajo ninguna circunstancia podrán atribuirse poderes o facultades que no

11

hayan sido previamente establecidas. ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: De la fiscalía:

12

Habrá un tercer órgano denominado fiscalía que estará integrado por un fiscal

13

nombrado por la Asamblea General Ordinaria, celebrada en la PRIMERA QUINCENA

14

DEL MES DE NOVIEMBRE, por un período de dos años, que se juramentará y

15

tomará posesión el día de su designación y que tendrá las siguientes atribuciones: A)

16

Velar porque los órganos de la Asociación observen estrictamente las exigencias de

17

la Ley, del estatuto y reglamentos, así como que los miembros de la Junta Directiva y

18

de las Comisiones cumplan con sus funciones. B) Hacer del conocimiento de la Junta

19

Directiva o en su defecto de la asamblea general, cualquier irregularidad que lesione

20

el prestigio o el funcionamiento de la Asociación. C) Revisar y refrendar los balances

21

contables y financieros; si hay objeciones, someterlas por escrito al conocimiento de

22

la Junta Directiva o Asamblea General. D) Rendir un informe anual a la Asamblea

23

General Ordinaria. E) Oír quejas de los asociados y realizar la investigación

24

pertinente. F) Solicitar la convocatoria a asamblea general extraordinaria cuando lo

25

considere necesario. G) Participar con voz pero sin voto en las sesiones de Junta

26

Directiva, donde se traten asuntos que tengan injerencia con su gestión. ARTÍCULO

27

DÉCIMO NOVENO: Atribuciones de los miembros de la Junta Directiva: PRIMERO:

28

a) El Presidente será el representante judicial y extrajudicial con carácter de

29

apoderado generalísimo sin limitación de suma, pero para vender, comprar, hipotecar,

30

donar, pignorar, aceptar donaciones y legados o negociar cualquier bien de la

1

Asociación deberá contar con la autorización de la Junta Directiva. B) Presidirá las

2

sesiones de Asamblea y las reuniones de la Junta Directiva; firmará las actas junto

3

con el Secretario; autorizará junto el Tesorero los pagos que la Junta Directiva

4

acuerde y llevará la iniciativa en todas las gestiones que la Asociación emprenda. C)

5

Elaborará con los demás miembros de la Junta Directiva en los planes, programas,

6

proyectos y presupuestos que deben someterse al conocimiento y aprobación de la

7

Asamblea General. D) Colaborará con los informes anuales de labores, así como con

8

todo lo relacionado con el funcionamiento de la Asociación. Ejecutará los acuerdos

9

tomados en Asamblea y por la Junta Directiva.

SEGUNDO: El Vicepresidente

10

sustituirá al Presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y

11

obligaciones. TERCERO: Corresponde al Secretario confeccionar las actas de las

12

reuniones de asambleas generales y junta directiva y firmarlas junto con el

13

Presidente, una vez que han sido aprobadas por el órgano respectivo. Deberá llevar

14

en perfecto orden el Libro de Actas de Asambleas Generales, el Libro de Actas de

15

Junta Directiva y el Libro de Registro de Asociados, los cuales deberán mantenerse

16

en la Asociación bajo su custodia. Dará lectura a la correspondencia y la tramitará lo

17

más pronto posible, llevará un archivo ordenado y completo. El secretario a más

18

tardar dos semanas después de haber cesado en sus funciones, deberá entregar los

19

documentos, libros y archivos de la Asociación a su sustituto. CUARTO: El tesorero

20

tiene como obligación cobrar las cuotas, rendir regularmente a la directiva lista

21

detallada de los asociados morosos y los pagos hechos. Vigilar porque las cuentas

22

de la Asociación se cubran puntualmente. Cuidar de los fondos de la Asociación, los

23

que depositará en una cuenta bancaria en uno de los Bancos del Sistema Bancario

24

Nacional, a nombre de la Asociación. Los retiros se harán con la firma del Presidente

25

y Tesorero y en ausencia temporal del Presidente firmará el Vicepresidente. Deberá

26

rendir un informe anual a la asamblea y llevará al día y ordenados, los libros: Diario,

27

Mayor, Inventario y Balances, los cuales deberán mantenerse bajo su custodia.

28

Deberá estar cubierto con una póliza de fidelidad, de acuerdo al artículo veinticuatro

29

de la Ley de Asociaciones y Sus Reformas, cuyo monto será fijado por la Junta

30

Directiva. El Tesorero a más tardar dos semanas después de haber cesado en sus

1

funciones, deberá entregar los documentos, libros y comprobantes de la Asociación a

2

su sustituto.

3

encomiende la Junta Directiva y sustituir en forma temporal cuando se ausente algún

4

miembro de la Junta Directiva, a excepción del Presidente; en caso de ausencias al

5

mismo tiempo del Presidente y el Vicepresidente, el primer vocal podrá sustituir al

6

Vicepresidente, donde presidirá las sesiones de Asambleas y las reuniones de Junta

7

Directiva y firmará las actas junto con el Secretario. CAPÍTULO OCTAVO DE LAS

8

REFORMAS AL ESTATUTO ARTÍCULO VIGÉSIMO: Las reformas totales o

9

parciales del estatuto deberán aprobarse en Asamblea General Extraordinaria por las

10

dos terceras partes de asociados presentes en la Asamblea y su inscripción se hará

11

conforme al artículo diecinueve de la ley de Asociaciones y Sus Reformas.

12

CAPÍTULO NOVENO DE LA DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN ARTÍCULO

13

VIGÉSIMO PRIMERO: La Asociación podrá disolverse por acuerdo de un mínimo de

14

las dos terceras partes de los votos de los asociados reunidos en Asamblea General

15

Extraordinaria convocada para tal propósito. ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: La

16

Asociación podrá disolverse cuando concurran las causas indicas en los artículos

17

trece, veintisiete y treinta y cuatro de la Ley de Asociaciones y Sus Reformas. Al

18

extinguirse la Asociación, sus bienes se distribuirán entre los asociados que estén en

19

pleno goce de sus derechos y se pedirá al Juez Civil del domicilio de la Asociación,

20

que nombre de uno a tres liquidadores, quienes devengarán el tanto por ciento fijado

21

en el artículo catorce de la Ley. En este mismo acto, una vez aprobado el anterior

22

estatuto, procedemos a elegir la primera Junta Directiva y Fiscal que regirán los

23

destinos de nuestra Asociación para el período que va del día quince de

24

noviembre del año dos mil nueve al catorce de noviembre del año dos mil once,

25

recayendo el nombramiento en forma definitiva en las siguientes personas:

26

PRESIDENTE: JORGE MARTÍNEZ ESPINOSA, VICEPRESIDENTE: KATHLEEN O´

27

FARELL, SECRETARIO: RODRIGO SALAS CONEJO,

28

FIGUEROA VILLAR, VOCAL UNO: NILDA ANGÉLICA REY BAFICO, VOCAL DOS:

29

JUAN CHONG SÁNCHEZ, VOCAL TRES: JULIA GÓMEZ DE MARTÍNEZ FISCAL:

30

ATHENIA MONTEJO MERINO. Todos los nombrados, de calidades ya mencionadas

QUINTO: Corresponde a los vocales ayudar en las tareas que le

TESORERO: ÁLVARO

1

en esta acta constitutiva, aceptan dichos cargos y toman posesión de los mismos en

2

forma inmediata, jurando fiel cumplimiento de los puestos en que han sido

3

nombrados. Solicitamos al Registro de Asociaciones del Registro Público de la

4

Propiedad, se sirvan extendernos la cédula de personería jurídica de la asociación y

5

para tal efecto se adjuntan los timbres de ley. Se declaran firmes los anteriores

6

acuerdos. Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las catorce horas del día

7

seis de mayo del dos mil nueve.

8 9

PRESIDENTE: JORGE MARTÍNEZ ESPINOSA,

10 11

VICEPRESIDENTE: KATHLEEN O´ FARELL

12 13

SECRETARIO: RODRIGO SALAS CONEJO

14 15

TESORERO: ÁLVARO FIGUEROA VILLAR

16 17

VOCAL UNO: NILDA ANGÉLICA REY BAFICO

18 19

VOCAL DOS: JUAN CHONG SÁNCHEZ

20 21

VOCAL TRES: JULIA GÓMEZ DE MARTÍNEZ

22 23 24 25 26 27 28 29 30

FISCAL: ATHENIA MONTEJO MERINO.

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.