aspirante, Guía de orientación para el verificación mínimos de requisitos DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Bogotá, Marzo de 2014 CONVOCATORIA No. 320 DE 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL Guía de orientación aspirante, para el v

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Bogotá, Marzo de 2014

CONVOCATORIA No. 320 DE 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Guía de orientación

aspirante, para el

verificación de requisitos mínimos

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN......................................................................

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GENERALIDADES SOBRE EL PROCESO DE SELECCIÓN..................

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CRITERIOS PARA LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS........

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PREGUNTAS FRECUENTES.......................................................... 22 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE VERIFICACIÓN DE R.M............. 41 RECLAMACIONES..................................................................... 42 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS EN FIRME O DEFINITIVOS.............. 43

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INTRODUCCIÓN

La Comisión Nacional del Servicio Civi l- CNSC es el organismo encargado de la administración y vigilancia de la Carrera Administrativa y para este fin adelantó la licitación pública LPCNSC-008 de 2014, con el fin de realizar el proceso de selección de la Convocatoria No. 320 de 2014; el Concurso Abierto de Méritos que se desarrolla en el marco de dicha Convocatoria, con el objeto de seleccionar personal para el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social-DPS, proveerá 994 vacantes, pertenecientes a 37 tipos de empleos, de la planta global de personal. El Artículo 30 de la Ley 909 de 2004 y el Artículo 3 del Decreto 760 de 2005, establecen que los concursos serán adelantados por la CNSC, a través de contratos o convenios interadministrativos, suscritos con universidades públicas o privadas, instituciones universitarias o instituciones de educación superior, acreditadas para tal fin; como resultado del proceso licitatorio 008 de 2014 se suscribió el contrato No. 248 de 2014 con la Universidad Manuela Beltrán - UMB, para realizar desde la verificación de Requisitos Mínimos hasta la consolidación de la información para la conformación de las listas de elegibles. Los procesos de selección tienen por objetivo escoger personal idóneo para el desempeño de las funciones del cargo, que cuente con las mejores competencias, habilidades y destrezas, además de la formación y la experiencia; estos procesos están sujetos a los principios de mérito, libre concurrencia e igualdad en el ingreso, publicidad, transparencia, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, eficiencia y validez en el desarrollo de sus etapas; por ello la CNSC y la Universidad Manuela Beltrán presentan la Guía de

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INTRODUCCIÓN

Verificación de Requisitos Mínimos, la cual se desarrolló con los siguientes objetivos: • Exponer a los aspirantes el procedimiento utilizado para realizar el ejercicio de verificación del cumplimiento del Requisito Mínimo, utilizando los documentos cargados previamente en el aplicativo diseñado por la CNSC para esta actividad. • Presentar algunos ejemplos que le permitan conocer la aplicabilidad de la norma reglamentaria para este proceso de selección, dadas en el Acuerdo 524 de 2014 y a los requisitos mínimos exigidos para el empleo que hayan seleccionado y que estén señalados en la Oferta Pública del Empleo de Carrera – OPEC, la cual se encuentra certificada por la Secretaria General del DPS. • Presentar los criterios que de acuerdo con la norma se tuvieron en cuenta, tales como: Educación formal, Experiencia laboral, Experiencia Profesional, Experiencia Relacionada, etc. A continuación se especifican los lineamientos básicos utilizados para la verificación de los Requisitos Mínimos:

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PROCESO DE SELECCIÓN

GENERALIDADES

La Comisión Nacional del Servicio Civil a través de las actividades realizadas por la Universidad Manuela Beltrán ofrece a todos los concursantes las garantías constitucionales y legales, con el objetivo principal de seleccionar al personal idóneo, atendiendo rigurosamente todos las especificaciones establecidas en la norma fijada para la Convocatoria No. 320 de 2014 - DPS, Acuerdo No. 524 de 2014; el cual determinó los parámetros para la valoración de requisitos mínimos respetando lo exigido por la OPEC en cada empleo. Para este ejercicio se desarrollaron las siguientes actividades:

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1.

Inscripción y Cargue de Documentos

La inscripción y cargue de documentos fue liderada por la Comisión Nacional del Servicio Civil, utilizando únicamente la página Web de la CNSC, a través del aplicativo dispuesto para el efecto, en las fechas establecidas y divulgadas oportunamente. Los aspirantes utilizaron el número PIN asignado una vez fue realizado el pago correspondiente, de acuerdo con el nivel del cargo seleccionado y el número de su documento de identificación tanto para realizar la inscripción como para cargar los documentos soporte de dicha inscripción.

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2.

Publicación de la lista de inscritos

Una vez se completaron las fechas de inscripción y cargue de documentos, la CNSC a través de su página Web publicó la lista de inscritos a la Convocatoria No. 320 de 2014- DPS, con los datos registrados en la misma.

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3.

Revisión de Requisitos Mínimos

La Universidad Manuela Beltrán verificó el cumplimiento de los requisitos mínimos de Educación y Experiencia establecidos para cada empleo, con base en la documentación aportada por el aspirante y de acuerdo con los requisitos establecidos por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - DPS previstos en la OPEC, la cual es reflejo del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales.

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CRITERIOS PARA LA VERIFICACIÓN

REQUISITOS MÍNIMOS

¿Qué es la Verificación de Requisitos Mínimos? La etapa de Verificación de Requisitos Mínimos es una fase del proceso, en la cual se determina si los aspirantes cumplen con los requisitos en cuanto a educación y experiencia, los cuales se encuentran establecidos en la Oferta Pública de Empleos de la Convocatoria No. 320 de 2014 DPS y que pueden ser observados a través del aplicativo dispuesto para tal fin, al que se puede acceder a través de la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil y de la Universidad Manuela Beltrán. Al respecto debe recordarse que “el Aspirante que acredite y cumpla los requisitos mínimos establecidos para el empleo al cual se inscribió, será admitido para continuar en el proceso de selección. El aspirante que no cumpla con todos los requisitos mínimos establecidos para el empleo al cual se inscribió, será inadmitido y no podrá continuar con el proceso de selección” (1). Es de aclarar que este proceso se realiza sólo a los aspirantes que hayan realizado el cargue de la documentación de estudios y experiencia a través del aplicativo diseñado para tal fin, en el plazo estipulado por la CNSC, tal como lo establece el Artículo 21, del Acuerdo No. 524 de 2014: “La no presentación por parte de los aspirantes de la documentación de que trata este artículo, dentro de los plazos fijados, dará lugar a entender que el aspirante desiste de continuar en el proceso de selección y, por tanto, quedará excluido del concurso, sin que por ello pueda alegar derecho alguno”. 1. Artículo 22 del Acuerdo No. 524 de 2014, por el cual se precisa que la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos para el empleo al que se aspira, no es una prueba ni un instrumento de selección, es una condición obligatoria de orden constitucional y legal, que de no cumplirse será causal de no admisión y, en consecuencia, genera el retiro del aspirante del Concurso.

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¿Cómo se realiza la Verificación de los Requisitos Mínimos? La universidad Manuela Beltrán dispuso de un equipo de analistas idóneos y capacitados para la verificación de los Requisitos Mínimos establecidos en la OPEC, con base en los documentos aportados por el aspirante. Para la verificación de los Requisitos Mínimos se requiere atender los siguientes conceptos: Con el fin de facilitar la comprensión de los conceptos manejados en el Acuerdo regulador de esta convocatoria, nos permitimos proveer sus definiciones: 1. Documentos Específicos: Cédula de Ciudadanía que permite verificar que el aspirante es ciudadano colombiano.

Este concepto hace parte del Requisito de Participación y puede generar algunas inquietudes como las siguientes: ¿Si adjunté la Cédula de Ciudadanía antigua es válida? NO se puede validar, porque las Leyes 757 de 2002, 999 de 2005 y el Decreto 4969 de 2009 emanado por el Ministerio del Interior, señalan que todos los colombianos debían renovar su cédula de ciudadanía a partir del 31 de julio de 2010, por ello a partir de esas fecha, el único documento de identificación válido en el país para los mayores de edad será la cédula amarilla con hologramas. Se acepta la contraseña o constancia de trámite de la cédula, o por pérdida, siempre y cuando esté debidamente avalada por la autoridad competente, es decir la Registraduría Nacional del Estado Civil.

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¿Si el aspirante no aporta cédula de ciudadanía qué pasa? En este caso, el aspirante será inadmitido, ya que no acredita la condición de ser “Ciudadano Colombiano” (Acuerdo No. 524 de 2014 Capítulo I, Artículo 9 Numeral 1), y será la razón por la cual no se le seguirá verificando la documentación cargada en el aplicativo de la CNSC. 2. Educación: Entendida como la serie de contenidos teórico - prácticos adquiridos mediante formación académica o capacitación.

Requisito exigido para la OPEC, el cual varía según el cargo al que se postuló el concursante, así mismo se pueden presentar las siguientes inquietudes:



¿Es un requisito presentar la tarjeta profesional?



No es un requisito, debido que la tarjeta profesional para la Convocatoria No. 320 de 2014 de DPS no es requerida para la verificación de los requisitos mínimos de educación, salvo para las profesiones del área de la salud, incluyendo los psicólogos que vayan a desempeñar sus labores en la misma área de la salud, pero el aspirante debe tener presente que la T.P. será exigida para aquellos programas académicos que lo exija la Ley, al momento de la posesión.



Atendiendo lo normado, en el componente de educación, la Universidad Manuela Beltrán, tuvo en cuenta los siguientes conceptos:

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A. Educación Formal: Se entiende por los conocimientos académicos adquiridos en instituciones públicas o privadas, debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional, correspondientes a la educación básica primaria, secundaria, media vocacional; superior en los programas de pregrado en las modalidades de formación profesional, tecnológica y técnica profesional y de postgrado en las modalidades de especialización, maestría, doctorado y Postdoctorado.



B. Certificación de la Educación Formal: Los estudios se acreditarán mediante la presentación de certificados, diplomas, grados o títulos otorgados por las instituciones correspondientes o certificado de terminación de materias del respectivo pensum académico, cuando así lo permita la legislación vigente. Para su validez requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia.



C. Tarjeta Profesional: Según el Decreto 2772 de 2005, Artículo 10: “La tarjeta profesional o matrícula correspondiente, según el caso, excluye la presentación de los documentos enunciados anteriormente. En los casos en que se requiera acreditar la tarjeta o matrícula profesional podrá sustituirse por la certificación expedida por el organismo competente de otorgarla, en la cual conste que dicho documento se encuentra en trámite, siempre y cuando se acredite el respectivo título o grado. Dentro del año siguiente a la fecha de posesión, el empleado deberá presentar la correspondiente tarjeta o matrícula profesional. De no acreditarse en ese tiempo, se aplicará lo previsto en el artículo 5° de la Ley 190 de 1995, y las normas que la modifiquen o sustituyan”.



D. Títulos y Certificados Obtenidos en el Exterior: Requieren para su validez de la homologación y convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional o de la autoridad competente.

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Quienes hayan adelantado estudios de pregrado o de postgrado en el exterior, al momento de tomar posesión de un empleo público que exija para su desempeño estas modalidades de formación, podrán acreditar el cumplimiento de estos requisitos con la presentación de los certificados expedidos por la correspondiente institución de educación superior. Dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de posesión, el empleado deberá presentar los títulos debidamente homologados; si no lo hiciera, se aplicará lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 190 de 1995 y las normas que la modifiquen o sustituyan ( Artículo 11, Decreto 2772 de 2005).

Los documentos requeridos para la verificación de los Requisitos Mínimos en el factor de educación son: A. Título (s) académico (s) o acta de grado o certificación de terminación y aprobación de materias del respectivo centro educativo (diploma de bachiller en cualquier modalidad, título de formación técnica profesional o tecnológica, título profesional en los casos requeridos), conforme a los requisitos de estudios exigidos en la convocatoria para ejercer el empleo al cual aspira. Tarjeta Profesional en los casos reglamentados por la Ley. B. Título académico de postgrado: para el caso de los empleos Asesor y Profesional Especializado, el aspirante debe anexar el título de posgrado en las modalidades de Especialización, Maestría o Doctorado (según sea el caso).

3. Experiencia: Se entiende como los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas o desarrolladas durante el ejercicio de un empleo, profesión, arte u oficio.

Según lo establecido en el Acuerdo No. 524 de 2014, la experiencia se clasifica en: • Profesional • Relacionada • Profesional Relacionada • Laboral.

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a) ¿Qué es la Experiencia Profesional? Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pensum académico de la respectiva formación profesional, diferente a la Técnica Profesional y Tecnológica, en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina exigida para el desempeño del empleo (Artículo 1 del Decreto 4476 de 2007). b) ¿Qué es la Experiencia Relacionada? La obtenida en el ejercicio de empleos con funciones similares a las del cargo a proveer o en una determinada área de trabajo o área de la profesión, ocupación, arte u oficio. c) ¿Qué es la Experiencia Profesional Relacionada? Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pensum académico de la respectiva formación profesional, diferente a la Técnica Profesional y Tecnológica, en el ejercicio de empleos o actividades que tengan funciones similares a las del empleo a proveer. En este sentido es importante tener en cuenta que para poder establecer los años de experiencia profesional y/o de experiencia profesional relacionada, desde la terminación de materias, el aspirante debió haber cargado en el aplicativo la constancia de terminación de materias, emitida por la Institución de Educación Superior. d) ¿Qué es la Experiencia laboral? Es la adquirida con el ejercicio de cualquier empleo, ocupación, arte u oficio. Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta a continuación la manera cómo se evalúa y se clasifica la experiencia requerida para el cumplimiento del requisito mínimo.

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¿Qué se tendrá en cuenta en la evaluación del factor experiencia? Para la acreditación de la experiencia se tienen en cuenta las constancias o certificaciones escritas, expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas, detallando que estas deben de cumplir los parámetros establecidos en los Artículos 19 y 20 del Acuerdo 524 de 2014, así: • Nombre o razón social de la empresa o entidad. • Cargos desempeñados. • Fechas exactas de vinculación o desvinculación o de inicio y terminación de contrato (dado el caso).

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• Descripción de las funciones desarrolladas en ejercicio del empleo o de las obligaciones del contrato. En el caso de que un contrato anexe el acta de liquidación o la certificación deba indicar dicho dato. • Jornada laboral, en los casos de vinculación legal o reglamentaria. • Las certificaciones deben ser expedidas por el jefe de personal o representante legal de la entidad o quien haga sus veces. Así mismo, cuando la persona aspire a ocupar un cargo público y en ejercicio de su profesión haya asesorado en el mismo período a una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez (Artículo 15, Decreto 2772 de 2005). A continuación se presenta un estudio de caso, el cual permitirá ejecutar los conceptos desarrollados anteriormente, buscando ejemplificar la aplicabilidad de los mismos: Primer Caso El Sr. D. se postuló para el cargo 207750, denominado Profesional Especializado código 2028 grado 15, asignado a la dependencia Dirección de Ingreso Social. Para el cual los requisitos mínimos previstos en la OPEC son los siguientes: Cargo: 207750 Denominación: Profesional Especializado Requisito de estudio: Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Psicología, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas y Sistemas. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley.

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Requisitos de Experiencia: Dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada. Equivalencia: Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Psicología, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas y Sistemas. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada. Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Psicología, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas y Sistemas. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del empleo. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada. Título profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Psicología, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas con Énfasis en Finanzas y Sistemas. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del empleo. Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada. Funciones del Empleo: • Efectuar el seguimiento a las obligaciones establecidas con los entes territoriales a través de Convenios, con el fin de cumplir las metas del programa, teniendo en cuenta la normatividad aplicable y los lineamientos institucionales y de la coordinación.

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• Desarrollar los eventos relacionados con capacitaciones, conversatorios y encuentros regionales a los clientes internos y externos del programa, con el propósito de fortalecer el capital social, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la entidad. • Efectuar el seguimiento a nivel territorial a la ejecución del componente de bienestar comunitario del programa más familias, con el fin de articular los espacios de bienestar con acciones de promoción en los municipios, instituciones y organizaciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la entidad. • Implementar las acciones del componente de bienestar comunitario con los clientes internos y externos del orden regional y territorial, con el fin de identificar y promover prácticas de salud, nutrición y educación para el bienestar de los beneficiarios del programa, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la entidad • Entender en el territorio los resultados de los procesos operativos del programa (inscripciones, pagos, NQR, trámite de suspendidos, verificación, Pagos, etc.), con el fin de soportar intervenciones en los espacios de bienestar comunitario con los actores internos y externos, de acuerdo con los lineamientos de la entidad. • Realizar, en asocio con los entes territoriales y clientes internos y externos, las metodologías de intervención para las mesas temáticas, sectoriales, departamentales y territoriales del componente de bienestar comunitario del programa, con el propósito de articular los espacios de bienestar con acciones de promoción en los municipios, instituciones y organizaciones, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la entidad. • Registrar y organizar la información cuantitativa y cualitativa de asambleas, encuentros de bienestar, comités municipales de madres líderes, mesas técnicas sectoriales, etc., con el fin de incorporar estos resultados a la ficha de seguimiento departamental y territorial de acuerdo con la planeación anual de la dirección y los lineamientos de la entidad.

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• Gestionar y desarrollar la implementación del modelo integrado de planeación y gestión, con el fin de garantizar la prestación de los servicios de la Entidad de acuerdo con los procedimientos, metodologías y normatividad vigente. • Proyectar, de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas, peticiones, quejas y reclamos radicadas en la dependencia por los clientes internos y externos, tomando en consideración los términos de Ley y los procedimientos internos establecidos. • Aplicar métodos y procedimientos de control interno para asegurar la calidad, eficiencia y eficacia en su gestión, de acuerdo con las normas vigentes y las directrices de la Entidad. • Responder por el registro y cargue de información en el sistemas de Gestión documental adoptado por la entidad y atendiendo los lineamientos internos establecidos. • Ejercer actividades de supervisión de los contratos que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales dando cumplimiento a las normas legales vigentes. • Participar en la implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias, a nivel nacional y regional, de acuerdo con su competencia, con el fin de dar cumplimiento a las metas del Sector, de la Dirección General del Departamento y de la dependencia a la que pertenece. • Preparar, analizar y consolidar información necesaria para la elaboración de informes relacionados con la ejecución de planes, programas, proyectos y actividades propias de los procesos de la dependencia, con el objeto de hacer seguimiento y proponer acciones de mejora, de acuerdo con los procedimientos definidos y la normatividad aplicable. • Las demás funciones que le sean asignadas por el Jefe de la dependencia de acuerdo con la naturaleza del cargo.

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El Sr. D. cargó en el aplicativo de la CNSC los siguientes documentos: Documentos Específicos: Folio 1: Cédula de Ciudadanía. Folio 2: Registro Profesional del Ministerio de Salud. Folio 3: Tarjeta Profesional del Colegio Colombiano de Psicólogos. Educación Formal: Folio 4: Título de la Universidad && como Psicólogo, con fecha de Grado 25 de Noviembre de1997. Folio 5: Acta de Grado de la Universidad && como Psicólogo. Folio 6: Especialización en Gerencia Social. Experiencia: Folio 7. Certificación de la experiencia adquirida en la empresa PP donde laboró como, organizador del archivo durante un periodo comprendido entre el 2 de enero de 1995 al 20 de octubre de 1996. Folio 8: Certificación de la experiencia obtenida en la Fundación XX, realizando actividades profesionales de servicios, acompañamientos para la intervención social y capacitaciones a familias vulnerables de la comunidad, durante el periodo comprendido entre el 24 de enero de 1998 y el 20 de Julio de 2004. Folio 9: Certificación de la experiencia laboral obtenida en la empresa YY, a partir de 25 de Julio de 2005 hasta el 23 de Noviembre de 2014, como Psicólogo de Recursos Humanos, ejecutando entrevistas, capacitaciones y efectuando procesos de bienestar comunitario. A continuación se presenta el análisis de la documentación aportada por el aspirante, para determinar si con las certificaciones enviadas virtualmente, el aspirante cumple con los requisitos de experiencia mínimos, determinada en la OPEC, para el empleo seleccionado:

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La experiencia acreditada en el folio 7, se puede catalogar como Laboral, ya que ejerció como organizador del archivo, realizada antes de obtener el título profesional, razón por la cual no se puede tomar como experiencia profesional. La experiencia acreditada por medio del folio 8, se puede determinar como Profesional Relacionada, porque desempeño funciones similares a las del empleo ofertado en la OPEC, como son actividades profesionales de servicios, acompañamiento social y capacitaciones a familias vulnerables de la comunidad con un tiempo laborado de 6 años, 5 meses, 3 semanas, 5 días, realizado después de obtener el título profesional. La experiencia certificada por medio del folio 9, se puede clasificar como experiencia profesional Relacionada, debido a que la experiencia anexada como Psicólogo de Recursos Humanos tiene funciones similares a las del cargo; realizaba capacitaciones, entrevistas y procesos de bienestar comunitario, así mismo, se debe señalar que esta experiencia fue adquirida con posterioridad a la obtención del título profesional; cumpliendo con los requisitos de la experiencia profesional relacionada Conclusión del primer caso: Una vez se concluye que de acuerdo con las certificaciones aportadas por el aspirante, este cuenta con 6 años y 5 meses de experiencia profesional relacionada; se procede a realizar la verificación de los requisitos mínimos correspondiente a la educación formal, facilitada en los folios 4 y 5 se verifica que cuenta con título profesional exigido en la OPEC, para este empleo; además cuenta con la especialización, folio 6, en un área afín con las funciones a desempeñar. Así las cosas, el señor PP estaría cumpliendo con los requisitos de experiencia y de educación exigidos en la OPEC; por lo que su resultado será ADMITIDO.

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PREGUNTAS FRECUENTES DE LOS CRITERIOS DEFINIDOS PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS

Factor Educación

¿Si aporta solamente la Tarjeta Profesional pero no el Diploma de Grado? En caso de que el aspirante solo haya aportado la tarjeta profesional que acredite la formación académica, relacionada con la profesión requerida en la OPEC, y no el diploma o acta de grado del respectivo título, esta tarjeta podrá suplir el título profesional. Es importante anotar que si la tarjeta profesional trae la fecha de grado, la experiencia profesional se contabilizará a partir de esta, de no traerla se contará a partir de la fecha de su expedición. En el tema de las profesiones relacionadas con el sistema general de seguridad social en salud, la experiencia profesional se calculará a partir de la inscripción o registro profesional. (Decreto Ley 019 de 2012). Me presenté para un empleo catalogado como Profesional Especializado, pero no tengo el título de postgrado, solamente una certificación del plan de estudios realizados, ¿es válida? No es válida. La OPEC de la Convocatoria No. 320 de 2014 del DPS exige el Título de postgrado en áreas relacionadas con las funciones del empleo, por lo que la constancia de los estudios realizados no es suficiente porque no se puede catalogar como un título de postgrado, es decir una certificación de terminación de plan de estudios, no tiene la misma calidad de un título. ¿Los títulos de Educación obtenidos en otro país son válidos? Los estudios realizados y los títulos obtenidos en el exterior son válidos siempre y cuando estén apostillados por el órgano competente del país origen, con el fin de verificar la legitimidad del mismo, aclarando que si están en idioma

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diferente al oficial, deben estar traducidos por el traductor autorizado como lo exige la norma correspondiente, Resolución 7144 del 2014 Ministerio de Relaciones Exteriores. Para el caso en el que los títulos del exterior no hayan sido convalidados ni homologados, el aspirante presentará el título, pero podrá dentro de los 2 años siguientes a la fecha de posesión presentarlo con su homologación respectiva. Me presenté para un cargo del Nivel asistencial, donde me exigen diploma de bachiller, pero en la educación anexo Título profesional como Abogado: ¿Es esto válido para cumplir el requisito mínimo de Educación? Sí es válido, porque el título profesional como Abogado certifica los estudios en la educación superior, y para ingresar a dicho nivel educativo debió acreditar el título de bachiller; no obstante no podrá ser tenido en cuenta en la prueba de valoración de antecedentes, para obtener puntaje, porque el título ya fue utilizado para el cumplimiento de los requisitos mínimos.

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Factor Experiencia

¿La experiencia acreditada mediante contratos de prestación de servicios es válida? Esta es válida, siempre y cuando se “soporte con la respectiva certificación de la ejecución del contrato o mediante acta de liquidación o terminación precisando las actividades desarrolladas” (Acuerdo No. 524 de 2013, Artículo 19). ¿Quién debe suscribir las certificaciones de experiencia? Las certificaciones deberán ser expedidas por el Jefe de Personal o el Representante Legal de la Entidad o quien haga sus veces, tanto para la entidad pública o privada. ¿Es válido que la experiencia la certifique una persona natural? Sí es válida. Siempre y cuando este documento contenga la firma, nombre completo, número de cédula de ciudadanía del empleador contratante, como también su dirección y teléfono. ¿Se puede certificar una persona en ejercicio de actividades de forma independiente? En los casos en que el aspirante haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, o en una empresa o entidad actualmente liquidada, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo, siempre y cuando se especifiquen las fechas de inicio y de terminación, el tiempo de dedicación y las funciones o actividades desarrolladas; la experiencia certificada de esta forma se entenderá rendida bajo la gravedad de juramento (Artículo 19, Acuerdo 524 de 2014).

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¿Es necesario que la certificación acreditada por sí mismo sea autenticada ante notaría? No es necesario que la declaración sea autenticada ante notaría o sede administrativa, ya que la afirmación que haga el aspirante, se entenderá hecha bajo la gravedad de juramento (Artículo 7, Decreto Ley 019 de 2012). ¿Si presenté certificados de experiencia obtenida en otro país, qué sucede? Son válidos siempre y cuando sean debidamente apostillados o legalizados según las normas legales, además si esta en idioma extranjero también debe estar traducida por traductor autorizado. ¿Mis certificaciones de experiencia dan cuenta solamente de meses no de fechas (laboró de enero a septiembre de 2010), qué tiempo es válido como experiencia? En este caso se toma como fecha de inicio de labores el último día del mes, es decir, 31 de enero de 2010 y como fecha de finalización de la prestación del servicio el primer día del mes, es decir 1 de septiembre de 2010. ¿Certifiqué una experiencia que da cuenta solamente de años: “donde laboré durante los años 2001 a 2004”, cómo me la validan? Se toma el último día del año 2001, como extremo inicial de la relación (31 de diciembre de 2001), y como extremo final de las labores, el primer día del año 2004 (01 de enero de 2004), Debe recordarse que las certificaciones de experiencia que desea hacer valer en el concurso de méritos, deben contener fechas exactas de vinculación y desvinculación, es decir día, mes y año. He asesorado en el ejercicio de mi profesión, varias instituciones en un mismo tiempo ¿Cómo me contabilizan este tiempo?

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El tiempo de experiencia se contabilizará por una solo vez, por consiguiente se tomarán las fechas que permitan establecer un término de vinculación más amplio, es decir, si trabajó en la empresa TT desde el 4 de mayo de 2006 hasta el 10 de diciembre de 2013 y en la empresa YT desde el 6 de junio de 2007 hasta el 8 de noviembre de 2013, el analista tomará la experiencia de la empresa TT, ya que es de mayor tiempo ejecutado y que contiene el periodo traslapado de las dos certificaciones. Por otro lado, si laboró en la empresa YT hasta el 31 de diciembre de 2013 el analista utilizará la experiencia total de la empresa TT hasta el 10 de diciembre del 2013 y posteriormente valorará la experiencia de la empresa YT desde el 11 de diciembre hasta el 31 de diciembre de 2013, dando veinte días adicionales. Me postulé para un cargo asistencial donde me piden experiencia laboral y adjunto dos certificaciones sin funciones, ¿estás certificaciones me las validan? Sí se validan, siempre y cuando la OPEC solicite experiencia laboral, ya que las certificaciones sin funciones se toman como experiencia adquirida durante el ejercicio de cualquier profesión, arte u oficio. De este modo se deja constancia que laboró durante un tiempo específico. ¿Para esta convocatoria se aplican equivalencias? Para la convocatoria No. 320 de 2014, Departamento Administrativo Para la Prosperidad Social se aplican las equivalencias establecidas en el Manual de Funciones del DPS, que se encuentran señaladas por la OPEC. ¿Por qué no incluyeron mi profesión en la OPEC? Porque la entidad convocante, que para el presente caso es DPS, es la encargada de definir las profesiones para cada cargo, según sus necesidades. A continuación relacionamos algunos ejemplos de la verificación de requisitos mínimos:

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Estudio de caso No. 2 Profesional Especializado La aspirante No. 2, se postuló para el empleo 207466, denominado: profesional especializado, grado 24 de la dependencia Oficina de Tecnologías de Información para el cual los requisitos mínimos, dados en la OPEC, son los siguientes: Cargo: 207466 Denominación: Profesional Especializado Requisito de estudio:Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones, Administración de Sistemas Informáticos, Ingeniería Telemática, Ingeniería de Sistemas y Telemática. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Requisito de experiencia: Cuarenta y tres (43) meses de experiencia profesional relacionada. Equivalencia: Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones, Administración de Sistemas Informáticos, Ingeniería Telemática, Ingeniería de Sistemas y Telemática. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Sesenta y siete (67) meses de experiencia profesional relacionada. Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones, Administración de Sistemas Informáticos,

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Ingeniería Telemática, Ingeniería de Sistemas y Telemática. Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del empleo. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Cuarenta y tres (43) meses de experiencia profesional relacionada. Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones, Administración de Sistemas Informáticos, Ingeniería Telemática, Ingeniería de Sistemas y Telemática. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del empleo. Cincuenta y cinco (55) meses de experiencia profesional relacionada. Funciones del empleo: • Participar en la construcción del plan estratégico de tecnología, de acuerdo con la normatividad vigente. • Analizar, diseñar y participar en la implementación de proyectos de carácter informático que se ajusten a las necesidades de la Entidad, de acuerdo con la normatividad vigente. • Participar con la Dirección de la Oficina de Tecnologías de la Información, en la definición de políticas y estándares para la gestión tecnológica, de acuerdo con los parámetros de la Entidad y Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. • Definir y aplicar metodologías, procedimientos y herramientas para la gestión de proyectos, de acuerdo con los estándares internacionales.

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• Gestionar los procesos de contratación enmarcados en las labores de los proyectos a su cargo, acorde con la normatividad vigente. • Controlar y hacer seguimiento de los proyectos de Tecnología a su cargo de acuerdo con los parámetros establecidos por la Entidad. • Hacer análisis de factibilidad y evaluación de riesgos de proyectos de Tecnologías de la Información a su cargo, de acuerdo con la normatividad vigente. • Realizar la preparación y presentación del plan de inversión de la oficina de Tecnologías de Información, según lo establecido por la Entidad y las demás disposiciones vigentes. • Realizar la medición y monitoreo de indicadores de gestión de los proyectos de Tecnologías de la Información, de acuerdo con la normatividad vigente. • Ejercer la vigilancia y coordinación de los lineamientos y políticas implementadas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la Entidad y el Sector. • Orientar en la promoción de aplicaciones, servicios y trámites en línea para uso de los servidores públicos, ciudadanos y otras Entidades, de acuerdo con la normatividad vigente. • Gestionar y desarrollar la implementación del modelo integrado de planeación y gestión, con el fin de garantizar la prestación de los servicios de la Entidad de acuerdo con los procedimientos, metodologías y normatividad vigente. • Proyectar, de acuerdo con su competencia, respuestas a las consultas, peticiones, quejas y reclamos radicadas en la dependencia por los clientes internos y externos, tomando en consideración los términos de Ley y los procedimientos internos establecidos. • Aplicar métodos y procedimientos de control interno para asegurar la calidad, eficiencia y eficacia en su gestión, de acuerdo con las normas vigentes y las directrices de la Entidad. • Responder por el registro y cargue de información en el sistemas

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de Gestión documental adoptado por la Entidad y atendiendo los lineamientos internos establecidos. • Ejercer actividades de supervisión de los contratos que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales dando cumplimiento a las normas legales vigentes. • Participar en la implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias, a nivel nacional y regional, de acuerdo con su competencia, con el fin de dar cumplimiento a las metas del Sector, de la Dirección General del Departamento y de la dependencia a la que pertenece. • Preparar, analizar y consolidar información necesaria para la elaboración de informes relacionados con la ejecución de planes, programas, proyectos y actividades propias de los procesos de la dependencia, con el objeto de hacer seguimiento y proponer acciones de mejora, de acuerdo con los procedimientos definidos y la normatividad aplicable. Las demás funciones que le sean asignadas por el Jefe de la dependencia de acuerdo con la naturaleza del cargo. La Aspirante No. 2 envió virtualmente los siguientes documentos: Documentos Específicos: Folio 1 Cédula de Ciudadanía. Folio 2 Tarjeta Profesional del COPNIA, como Ingeniero de Sistemas Folio 3 Licencia de Conducción. Educación Formal: Folio 4 Acta de grado de la Universidad A. N. como Ingeniero de Sistemas con fecha de Grado 25 de marzo del 1995. Folio 5 Acta de grado de especialización en Sistemas Gerenciales de

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Ingeniería, otorgado por la Universidad J, el 11 de septiembre de 1998. Experiencia: Folio 6 experiencia profesional adquirida en el Fondo Nacional del Ahorro, realizando actividades como funcionario de planta en carrera administrativa, desde el 12 de enero de 1996 hasta el 28 de octubre de 2014, para un tiempo total de 18 años 9 meses, desempeñando las siguientes funciones: • Realizar herramientas para la gestión de proyectos de tecnología, de acuerdo con los estándares internacionales. • Realizar el control de digitación de la información registrada de los sistemas. • Presentar informes que le sean solicitados. Conclusión del caso: De acuerdo con las certificaciones aportadas por la aspirante No. 2 se puede verificar que cumple con la educación formal exigida en la OPEC para este requisito, folios 4 y 5, aporta especialización afín con las funciones a desempeñar; con respecto a la experiencia, solamente con el folio 6 estaría cumpliendo, debido a que certifica 18 años y 9 meses de experiencia profesional relacionada y lo exigido por el cargo es de 43 meses. En este orden de ideas cumpliría con los requisitos de estudio y experiencia, dando como resultado de la verificación: ADMITIDA.

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Estudio de caso No. 3 Técnico Administrativo El aspirante No. 3 se postuló al cargo 208308, con denominación: Técnico Administrativo Código 208308, grado 16 el cual tiene previsto los siguientes requisitos mínimos: Cargo: 208308 Denominación: Técnico Administrativo Requisito de estudio: Título de formación tecnológica en Sistemas, Ingeniería de Sistemas, Sistematización de Datos, Administración Pública, Administración de Empresas, Administración Financiera, Gestión Administrativa, Contabilidad y Finanzas, Sistemas de Información, Administración y Contabilidad Sistematizada, Gestión Empresarial, Ingeniería Financiera, Sistemas de Información, Administración Municipal, Administración Pública Municipal y Regional, Electrónica. Requisito de experiencia: Seis (6) meses de experiencia relacionada o laboral. Equivalencia: Aprobación de tres (3) años de educación superior en Ingeniería de Sistemas, Psicología, Ingeniería Financiera, Derecho, Gestión Empresarial, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas, Administración Pública, Ingeniería Industrial, Ciencia Política, Economía y Finanzas, Psicología. Quince (15) meses de experiencia relacionada o laboral. Aprobación de dos (2) años de educación superior en Ingeniería de Sistemas, Psicología, Ingeniería Financiera, Derecho, Gestión Empresarial, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas, Administración Pública, Ingeniería Industrial, Ciencia Política, Economía y Finanzas, Psicología.

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Veintisiete (27) meses de experiencia relacionada o laboral. Aprobación de un (01) año de educación superior en Ingeniería de Sistemas, Psicología, Ingeniería Financiera, Derecho, Gestión Empresarial, Sociología, Antropología, Trabajo Social, Administración de Empresas, Administración Pública, Ingeniería Industrial, Ciencia Política, Economía y Finanzas, Psicología. Treinta y nueve (39) meses de experiencia relacionada o laboral. Diploma de Bachiller. Cincuenta y un (51) meses de experiencia relacionada o laboral. Funciones del empleo: • La ejecución y seguimiento a los procesos del ciclo operativo del programa familias en acción, de la Dirección con el propósito de dar cumplimiento a las metas establecidas, de acuerdo con los lineamientos institucionales, los procedimientos y guías operativas y el marco legal aplicable. • Apoyar y participar en las actividades orientadas a la capacitación de los actores involucrados en el ciclo operativo del programa familias en acción, con el propósito de facilitar la información, de acuerdo con los procedimientos, manuales y guías establecidas y los lineamientos de la Dirección. • Brindar soporte técnico y operativo a los procedimientos internos que se desarrollen como parte del programa familias en acción, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Entidad. • Consolidar las bases de datos y la información que se requiera en la dependencia como soporte al programa familias en acción de acuerdo con los lineamientos institucionales. • Desarrollar las actividades propias de la gestión documental, con el propósito de asegurar la trazabilidad de la información, de acuerdo con los manuales, guías y procedimientos institucionales

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establecidos, los lineamientos de la dirección y la normatividad vigente aplicable. • Consolidar la información necesaria para dar respuesta a los requerimientos y solicitudes realizadas por los actores involucrados en el ciclo operativo de los programas con el fin de facilitar la implementación del mismo, teniendo en cuenta los lineamientos de la Dirección, el marco legal vigente y los procedimientos, guías y manuales operativos establecidos. • Dar soporte técnico, administrativo y logístico en las actividades necesarias para el desarrollo del ciclo operativo de los programas con el fin de garantizar la ejecución de las metas de la Dirección, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos institucionales y el marco legal aplicable. • Responder de acuerdo con su competencia, por la actualización y mantenimiento de las bases de datos que soportan el ciclo operativo de los programas, con el fin de asegurar la trazabilidad de la información, atendiendo los procedimientos, guías y manuales operativos, los lineamientos de la Dirección y el marco legal aplicable. • Gestionar y desarrollar la implementación del modelo integrado de planeación y gestión, con el fin de garantizar la prestación de los servicios de la entidad de acuerdo con los procedimientos, metodologías y normatividad vigente. • Preparar informes, documentos y presentaciones solicitados por su jefe inmediato de acuerdo con su competencia, así como las respuestas a los requerimientos radicados en la dependencia por los clientes internos y externos, teniendo en consideración los términos de Ley, los procedimientos internos establecidos y los lineamientos impartidos para tales efectos. • Aplicar métodos y procedimientos de control interno para asegurar la calidad, eficiencia y eficacia en su gestión, de acuerdo con las normas vigentes y las directrices de la entidad.

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• Aplicar y manejar el sistema de Gestión Documental, así como clasificar y actualizar la información y documentos que produzca o utilice la dependencia, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente. • Participar en la implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias, a nivel nacional y regional, de acuerdo con su competencia, con el fin de contribuir al cumplimiento a las metas del sector, de la Dirección General del Departamento y de la dependencia. • Las demás funciones que le sean asignadas por el Jefe de la dependencia de acuerdo con la naturaleza del cargo. El aspirante cargó los siguientes documentos en el aplicativo: Documentos Específicos: Folio 1. Cédula de Ciudadanía, Folio 2. Libreta Militar. Educación Formal: Folio 3. Título Bachiller, Folio 4. Tecnólogo en Administración Pública con fecha de grado del 23 de junio de 2009. Experiencia: Folio 5. Certificación expedida por Bancolombia la cual constata que laboró desde el 15 de enero de 2008 hasta el 20 de diciembre de 2010, realizando funciones de consolidación de base de datos e informes de acuerdo con lo requerido por el jefe inmediato. Conclusión del Caso: Realizando el análisis de las certificaciones aportadas por el aspirante se observa que cumple con el requisito de educción formal puesto que adjunta un título de tecnólogo en Administración Pública. La experiencia exigida es de 6 meses de experiencia relacionada, certificada en el folio 5; por lo tanto su resultado es el de ADMITIDO.

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Estudio de caso No. 4 Asistencial La Sra. J.J. se presenta al empleo 208188, denominado Operario Calificado, los requisitos de este empleo son: Cargo: 208188 Denominación: Operario Calificado. Requisito de estudio: Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria. Requisito de experiencia: Seis meses (6) de experiencia laboral. Equivalencia: Aprobación de dos (2) años de educación básica secundaria. Dieciocho (18) meses de experiencia laboral. Funciones del Empleo: • Operar y responder por el buen uso de los equipos y elementos que se le asignen para la ejecución de las labores de la dependencia y velar por su funcionamiento de acuerdo con las guías y manuales de operación y los procedimientos de la Entidad. • Apoyar la realización de labores propias de los servicios generales que demande la institución, conforme a las directrices del jefe inmediato. • Brindar apoyo a las actividades de orden administrativo, logístico y operativo encaminadas a facilitar el desarrollo y ejecución de las funciones de la dependencia, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el jefe inmediato. • Apoyar en el traslado de elementos cuando sea necesario atendiendo las instrucciones impartidas por el superior jerárquico.

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• Realizar actividades de cargue y descargue de elementos, salvaguardando la integridad de los mismos, atendiendo los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo y de acuerdo con las instrucciones del jefe inmediato. • Gestionar y desarrollar la implementación del modelo integrado de planeación y gestión, con el fin de garantizar la prestación de los servicios de la Entidad de acuerdo con los procedimientos, metodologías y normatividad vigente. • Aplicar métodos y procedimientos de control interno para asegurar la calidad, eficiencia y eficacia en su gestión, de acuerdo con las normas vigentes y las directrices de la Entidad. • Aplicar y manejar el sistema de Gestión Documental, así como clasificar y actualizar la información y documentos que produzca o utilice la Dependencia, de acuerdo con los procedimientos y la normatividad vigente. Las demás funciones que le sean asignadas por el Jefe de la dependencia de acuerdo con la naturaleza del cargo. La Sra. J.J. envió virtualmente las siguientes certificaciones a través del aplicativo: Documentos Específicos: Folio 1 Cédula de Ciudadanía, Folio 2: Licencia de Conducción. Educación Formal: Folio 2 certificación y Aprobación de 5 años de primaria del Colegio Nuestra Señora de la Paz. Con fecha del 15 de diciembre de 1988.

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Experiencia: Certificación laboral expedida por Almacenes Éxito como empacador por 6 meses desde el 30 Julio 2013 al 30 de enero 2014. Conclusión del caso: La Sra. JJ No Cumple con el requisito mínimo de estudio, porque solo acreditó aprobación hasta Quinto Grado de Primaria y lo requerido es aprobación hasta 9º grado. Con respecto a la experiencia aporta una certificación que demuestra experiencia laboral por un tiempo de 6 meses, en el requisito de experiencia cumple, pero como la OPEC exige el cumplimiento en estudio y experiencia el resultado de verificación del Requisito Mínimo de la concursante JJ es: NO ADMITIDA.

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Equivalencias

Estudio de caso No. 5 EL Sr U. se presentó al empleo 208035 nivel técnico el cual contempla los siguientes requisitos: Requisito de estudio: Titulo de formación tecnológica en administración financiera, costos y auditoria, administración y finanzas, gestión financiera, administración de empresas, contabilidad. Experiencia: Tres (03) meses de experiencia relacionada o laboral. Equivalencia: Aprobación de tres años (3) de educación superior en Administración Pública, Administración de Empresas, Economía, Ingeniería Industrial, Contaduría pública, Finanzas y negocios internacionales. Doce (12) meses de experiencia relacionada o laboral. Aprobación de dos años (02) de educación superior en Administración Pública, Administración de Empresas, Economía, Ingeniería Industrial, Contaduría pública, Finanzas y negocios internacionales. Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada o laboral. Aprobación de un año (01) de educación superior en Administración Pública, Administración de Empresas, Economía, Ingeniería Industrial, Contaduría pública, Finanzas y negocios internacionales. Treinta y seis (36) meses de experiencia relacionada o laboral. Diploma de Bachiller. Cuarenta y ocho (48) meses de experiencia relacionada o laboral. El Sr U. envío los siguientes documentos: Documentos Específicos: Folio 1 Cédula de Ciudadanía, Folio 2: Libreta Militar. Educación Formal: Folio 3: Bachiller Comercial fecha de grado del 10 de Noviembre de 1998.

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Experiencia: Folio 4. Certificación expedida por el Banco $$ como cajero por año y medio desde el 2 de Octubre de 2009 a Abril 02 de 2011. 1 año, 6 meses. Folio 5. Certificación expedida por RS como vendedor desde el 5 de Abril de 2011 hasta el 5 de Abril de 2014. 3 años Conclusión del caso: Se verifica y se encuentra que el Sr U anexa cédula de ciudadanía, título de bachiller comercial y 48 meses de experiencia laboral de los folios 4 y 5. Debido a que el aspirante no anexa título de formación tecnológica se verifica si se puede aplicar la equivalencia estipulada por la OPEC de Diploma de Bachiller y Cuarenta y ocho (48) meses de experiencia. Por lo tanto, se concluye que se puede aplicar dicha equivalencia. Las equivalencias permiten que el concursante U. pueda demostrar el cumplimiento de los requisitos mínimos a través de requisitos equiparables a los exigidos en primera instancia en la OPEC, las equivalencias son dadas también en la OPEC como opciones y/o alternativas para el cumplimiento del R.M. Así las cosas, el concursante U no cumple con el título de formación tecnológica pero en la cuarta opción de equivalencia se exige el título de bachiller, el cual fue aportado en el folio 3, y certifica 4 años 6 meses de experiencia, cumpliendo con 54 meses de experiencia laboral, seis meses más de los solicitado en la equivalencia. De este modo por medio de las equivalencias, el concursante U cumple con el requisito de estudio y de experiencia, arrojando como resultado: ADMITIDO.

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Publicación de Resultados de Verificación de Requisitos Mínimos

Los resultados de la verificación de los Requisitos Mínimos serán publicados por la Universidad Manuela Beltrán en la página web http://web.umb.edu.co y en la de la CNSC, en la página web www.cnsc.gov.co en el link “Convocatoria No. 320 de 2014 – DPS” el 16 de marzo de 2015.

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Reclamaciones

Las reclamaciones de los aspirantes, con ocasión de los resultados de la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos, serán recibidas únicamente los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los resultados; es decir desde las 00:00.00 horas del 17 de marzo hasta las 23:59.59 del 18 de marzo de 2015, hora legal colombiana. Las reclamaciones serán recibidas y resueltas por la Universidad Manuela Beltrán, podrá utilizar la respuesta conjunta, única y masiva, de conformidad con la Sentencia T – 466 de 2004, proferida por la Honorable Corte Constitucional.

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Publicación de resultados en firme o definitivos

Las respuestas a las reclamaciones serán comunicadas a los aspirantes en los términos del Artículo 33 de la Ley 909 de 2004; las listas definitivas de admitidos y no admitidos serán publicadas en la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil. www.cnsc.gov.co en el link “Convocatoria No. 320 de 2014 – DPS” y en la página web de la Universidad Manuela Beltrán http://web.umb.edu.co en fecha que será informada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles a tal publicación.

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