BASES DE LA PROMOCIÓN #entrenalasalud ONLINE PRIMERA.- ENTIDAD ORGANIZADORA, ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL Y PARTICIPANTES

BASES DE LA PROMOCIÓN “#entrenalasalud ONLINE” PRIMERA.- ENTIDAD PARTICIPANTES ORGANIZADORA, ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL Y La entidad NESTLÉ ES
Author:  Javier Toledo Soto

8 downloads 74 Views 189KB Size

Story Transcript

BASES DE LA PROMOCIÓN “#entrenalasalud ONLINE” PRIMERA.- ENTIDAD PARTICIPANTES

ORGANIZADORA,

ÁMBITO

TERRITORIAL,

TEMPORAL

Y

La entidad NESTLÉ ESPAÑA, S.A. (en adelante NESTLÉ ESPAÑA) con domicilio social en la Avda. Países Catalanes, 25-51, 08950, Esplugues de Llobregat y con NIF A08005449, en colaboración con NESTLÉ PURINA PETCARE ESPAÑA S.A., domiciliada en Castellbisbal (Barcelona), Avda. Can Campanyà, s/n. en Políg. Ind. Comte de Sert, provista del N.I.F. nº ESA61640637, (conjuntamente denominadas en adelante NESTLÉ), desarrollará una promoción que se llevará a cabo, desde el día 10 de julio de 2015 al 23 de julio de 2015, ambos inclusive, bajo la modalidad de “sorteo gratuito” en la cual podrán participar todos aquellos consumidores mayores de 18 años residentes en territorio español que siendo compradores en el supermercado online de Carrefour (Carrefour.es) adquieran un mínimo de cuatro productos de NESTLÉ según se especifica en la base Tercera. La promoción se regirá por las siguientes BASES: SEGUNDA.- OBJETO El objetivo de esta promoción es incentivar a los consumidores de www.Carrefour.es a la compra de los productos de NESTLÉ durante la promoción 4x3 (por la compra de 4 productos Nestlé, el de menor importe sale gratis). TERCERA.- PRODUCTOS PARTICIPANTES EN LA PROMOCIÓN Podrán participar en la promoción los consumidores que hayan adquirido a través del supermercado online de Carrefour.es, durante el periodo promocional, los productos comercializados en España por Nestlé España, S.A. y Nestlé Purina Petcare España S.A. siguientes:  Cereales solubles: EKO • Cacao soluble: NESQUIK • Chocolate, chocolatinas y bombones: NESTLÉ (Extrafino, Postres, JUNGLY y Snack), MILKYBAR, CRUNCH, CAJA ROJA, NESTLÉ GOLD, AFTER EIGHT, QUALITY STREET y CHOCLAIT CHIPS • Café soluble: NESCAFÉ • Café tostado: BONKA • Mezclas de cafés: RICORÉ • Papillas Infantiles: NESTLÉ en formato polvo y líquido • Tarritos Infantiles: NESTLÉ y NATURNES • Zumos Infantiles: NESTLÉ • Postres lácteos infantiles: IOGOLINO • Leches infantiles: NIDINA PREMIUM, NAN Expert y NATIVA (* excepciones página 2) • Leches de crecimiento NESTLÉ • Leche condensada: LA LECHERA • Dulce de leche: LA LECHERA • Nata: LA LECHERA • Leche evaporada: IDEAL • Leche en polvo: SVELTESSE y LA LECHERA. • Helados: NESTLÉ en sus distintas variedades. • Culinarios: MAGGI, BUITONI, LITORAL y SOLÍS  Masas refrigeradas: BUITONI y LA COCINERA  Alimentación animal: FELIX, NIDO y PROCARE.  Agua embotellada: AQUAREL, VILADRAU, PERRIER, VITTEL y VICHY

1

Quedan excluidos de la promoción los productos siguientes:  

Cápsulas: NESCAFÉ DOLCE GUSTO (todas la variedades) Alimentación animal: FRISKIES (todos los productos de la marca)

Asimismo, quedan expresamente excluidos de la promoción aquellos productos del grupo Nestlé que, por disposición legal, no pueden participar en este tipo de actividades, tales como las leches de inicio (NIDINA 1 Premium, NIDINA 1 Confort, NIDINA AR, NAN 1 Excel, NAN 1, NAN AR, NATIVA 1) CUARTA.- PREMIOS Los premios de la presente promoción consisten en 5 Cámaras Deportivas de la marca GOPRO modelo HERO 4 Silver Edition. Los citados premios están limitados a uno por ganador. NESTLÉ ESPAÑA se reserva el derecho de sustituir los premios anteriormente detallados por otro modelo similar, en caso de fuerza mayor. QUINTA.- MECÁNICA Para participar es necesario que el comprador esté registrado en la web de CARREFOUR y realice una compra online de un mínimo de 4 productos NESTLÉ durante el periodo de la promoción. De esta manera se beneficia de la promoción 4x3 en la que por la compra de 4 productos NESTLÉ se le regala el producto de menor importe. Simplemente por realizar esta compra online, el usuario participará en el sorteo ante notario de 5 cámaras deportivas. Los usuarios acumularán una participación por cada compra online de 4 productos NESTLÉ que entren en la promoción, en un mismo acto de compra. En el caso de que un comprador realice una compra de 8 productos NESTLÉ, obtendrá 2 participaciones; en el caso de que realice una compra de 12 productos, obtendrá 3 participaciones y así sucesivamente. SEXTA.- SORTEO Una vez finalizado el periodo promocional, CARREFOUR comprobará el número total de participaciones acumuladas por los usuarios que hayan comprado durante el periodo promocional y proporcionará a NESTLÉ la relación de participaciones que contendrá determinados datos que permitan su identificación para realizar el sorteo ante Notario en la primera quincena de Septiembre de 2015. En el sorteo, se extraerán 5 participaciones Ganadoras y 5 participaciones Reservas para el caso de que los premiados no cumplan los requisitos de estas bases para la obtención del premio o renuncien al mismo. El orden de sustitución de los reservas será el mismo en el que estos fueron designados. Un mismo comprador no podrá resultar ganador más de una vez en el sorteo: Así, en caso de que dos o más participaciones ganadoras pertenecieran al mismo comprador, se pasará a la correspondiente participación reserva, en orden de extracción, o en último caso se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de NESTLÉ ESPAÑA. SÉPTIMA.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS A LOS GANADORES De manera posterior a la realización del sorteo, NESTLÉ ESPAÑA comunicará el resultado del mismo a CARREFOUR, quién proporcionará a NESTLÉ ESPAÑA los datos de contacto de los ganadores, con la finalidad de establecer la comunicación con ellos. 2

Con el fin de gestionar la entrega de los premios a los ganadores, NESTLÉ comunicará a los mismos su condición a través del número de teléfono o email facilitado por CARREFOUR. Para efectuar la entrega efectiva de los premios, será necesario que el ganador acredite su identidad por medio de su DNI o documento acreditativo de su identidad. Para el caso de que el agraciado no facilite la documentación indicada, o se detectara cierta anomalía, o si hubiera manifestado el/los ganador/es su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, el premio pasará al siguiente consumidor agraciado reserva que observe los requisitos contenidos en las presentes bases y así sucesivamente hasta la entrega efectiva del premio, pudiendo -llegar a declararse el premio desierto. OCTAVA.- PUBLICACIÓN DE GANADORES Y RECLAMACIÓN Los participantes en la presente promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre, apellidos y población) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que NESTLÉ ESPAÑA estime más convenientes. El periodo de reclamación de los premios finalizará tres meses después de la fecha de finalización del periodo promocional. NOVENA.- CAMBIO DE PREMIOS Los premios contenidos en la presente promoción en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración, compensación en metálico o cesión a petición del ganador/es. DÉCIMA.- CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UN PARTICIPANTE DE LA PROMOCIÓN Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores de productos NESTLÉ a través de la web de Carrefour.es en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, NESTLÉ ESPAÑA excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos. En caso de que las irregularidades se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé España S.A. se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios. UNDÉCIMA.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONES DE NESTLÉ ESPAÑA Legislación aplicable: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases que han sido depositadas ante Notario de Barcelona. Datos personales de los ganadores: El tratamiento de los datos personales de los ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases. De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases. Limitaciones: Quedan excluidos de la promoción los empleados del Grupo Nestlé así como cualquier persona relacionada profesionalmente con la promoción.

3

DÉCIMO SEGUNDA.- FISCALIDAD A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil Nestlé España, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Nestlé España, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. DÉCIMO TERCERA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Para llevar a cabo esta promoción es necesario tratar datos personales de los participantes. Estos datos personales se almacenarán en un fichero cuyo titular es CARREFOUR, en adelante el “responsable del fichero”. Los datos de carácter personal que CARREFOUR facilite a NESTLÉ ESPAÑA serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de aquella. CARREFOUR, como responsable del fichero hará sus mejores esfuerzos y se obliga a adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, todo ello de conformidad con la normativa vigente en la materia. Conforme a lo acordado entre CARREFOUR y NESTLÉ ESPAÑA, NESTLÉ ESPAÑA tendrá acceso a un fichero que contendrá determinados datos que permitan su identificación, caso de resultar 4

ganadores, de los clientes que hayan adquirido productos promocionados en la web de CARREFOUR y hayan cumplido, asimismo, el resto de los requisitos de participación, para que, a su vez, NESTLÉ ESPAÑA lleve a cabo la realización del correspondiente sorteo ante el Notario designado a tal fin o de cualquier otro método de asignación de que se haya convenido. Una vez obtenido el conjunto de los participantes ganadores, NESTLÉ ESPAÑA lo comunicará al Responsable del fichero para que éste, a su vez, pueda proporcionar a NESTLÉ ESPAÑA los datos de contacto de los ganadores y, en su caso, el de los reservas, con la única finalidad de establecer la comunicación con ellos y gestionar la entrega de los premios. Dichos datos no se incorporarán en ningún fichero, ni archivo organizado, sistematizado ni estructurado y serán eliminados una vez finalizada la entrega del premio. DÉCIMO CUARTA.- DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN La comunicación de la Promoción, que será responsabilidad de CARREFOUR, se hará a través de:  

Post en Redes Sociales de Carrefour. Web Carrefour.es

DÉCIMO QUINTA.- RESPONSABILIDAD NESTLÉ ESPAÑA no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a internet que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción. El ganador/es exime a NESTLÉ ESPAÑA de cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudiera sufrir durante el disfrute del premio objeto de la presente promoción, debiendo, en este caso estarse a las garantías del fabricante del producto. DÉCIMO SEXTA.- ACEPTACIÓN DE BASES La participación en esta acción promocional, implica, por sí misma, la aceptación de las presentes bases por su remitente.

5

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.