BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL CORRESPONDIENTE AL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NAVIA

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BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL CORRESPONDIENTE AL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NAVIA 2010-2011

Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral temporal (máximo 12 meses) de trabajadores desempleados/as al amparo del Plan Extraordinario de Empleo Local 2010-2011. La contratación de los trabajadores/as desempleados/as está financiada por la Administración del Principado de Asturias. Los contratos tendrán carácter laboral, temporal, en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado, al amparo de la Ley 12/2001, de 9 de julio, y arts. 12 y 15.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, con una duración máxima de 12 meses con las categorías de Peón, Auxiliar de la Oficina de Turismo, Auxiliar de Biblioteca y Conserje. La duración de las contrataciones no se extenderá más allá del 30 de septiembre de 2011.

PRIMERA.- CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN: Nº Plazas: 6 Puestos: 1 Peón de Soldadura 1 Peón de Jardinería 1 Peón de mantenimiento de obras y servicios 1 Auxiliar de la Oficina de Turismo 1 Auxiliar de Biblioteca 1 Conserje Tiempo de contrato: máximo 12 meses a jornada completa Para el caso de que quedaran desiertos algunos de los puestos convocados, podrá ampliarse la convocatoria a otros puestos que se ajusten a lo establecido en estas bases, previa autorización del Servicio Público de Empleo. SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para tomar parte en la presente convocatoria será preciso reunir los siguientes requisitos: 

A fecha de formalización de contrato:



Estar desempleados, no considerándose la demanda de mejora de empleo.



A fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el correspondiente proceso selectivo:

o

Los candidatos deberán estar desempleados en el momento de la finalización del plazo de admisión de solicitudes

o

Estar empadronados en cualquier municipio asturiano

o

Haber perdido su último empleo a partir del 1 de enero de 2008 (inclusive).

o

Haber permanecido empleados como trabajadores por cuenta ajena o propia durante un período mínimo de 120 días a jornada completa o, en los supuestos de jornada a tiempo parcial el equivalente en días trabajados según informe de vida laboral, dentro de los 12 meses inmediatamente anteriores al momento en que hubieran perdido su último empleo.

o

Haber agotado, a partir del 1 de enero de 2008, la prestación por desempleo de nivel contributivo o el subsidio por desempleo, así como la prestación extraordinaria por desempleo prevista en el programa temporal de protección por desempleo e inserción.

o

Quedan excluidos de la presente convocatoria

aquellas personas cuya contratación

hubiera sido subvencionada al Ayuntamiento de Navia

por un periodo de tiempo

acumulado igual o superior a 120 días entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de septiembre de 2010 con cargo a alguno de los siguientes programas: -

Programa Territorial de Empleo 2009-2011,

-

Plan Extraordinario de Empleo Local 2009-2010,

-

Convocatorias 2009 y 2010 de subvenciones a entidades locales para contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general y social).

o

Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

o

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.

o

No haber sido separado del servicio de la Administración Pública mediante expediente disciplinario ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

o

No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad de conformidad con la legislación vigente.

o

Para los puestos de Peón no se requerirá formación.

o

Para los puesto de Conserje y auxiliares se requerirá el Graduado Escolar, equivalente o Titulación Superior a esta.

o

Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

TERCERA: CRITERIOS DE SELECCIÓN: El procedimiento de selección consistirá en un concurso de méritos, cuyo baremo se ajustará a los criterios de selección establecidos en el convenio de colaboración firmado entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Navia para la ejecución del Plan Extraordinario de empleo local 2010-2011: Se valorarán los méritos de la persona aspirante de acuerdo con el baremo de puntuación que se establece en estas bases. Solamente se tendrán en cuenta a efectos de puntuación aquellos méritos debidamente justificados con documentos acreditativos de los mismos sin entrar a valorar cualquier otro mérito alegado que no esté debidamente justificado. Los méritos que se valoren en un apartado no podrán valorarse en otro. A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos, se tomará como fecha límite el día que finalice el plazo para la presentación de solicitudes a las plazas en este Ayuntamiento.

BAREMO DE PUNTUACIÓN

1.- Formación (máximo 5 puntos) 1.1.- Formación relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar:     

Cursos de hasta 20 horas de duración: 0.20 puntos Entre 21 y 50 horas de duración: 0.50 puntos Entre 51 y 100 horas de duración: 0.75 puntos. Entre 101 a 200 horas de duración: 1 punto. Más de 201 horas de duración: 2 puntos.

1.2.-Para le puesto de Auxiliar de la Oficina de Turismo y Auxiliar de Biblioteca, se valorarán titulaciones académicas relacionadas con el puesto de trabajo a desarrollar a razón de 0,5 puntos por título. (Máximo 2 puntos) Los cursos y títulos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título y fotocopia para su compulsa.

2.- Experiencia Profesional (máximo 5 puntos)  

Por desempeño de puesto de trabajo similar al que se opta contratado por organismo público: 1 punto por año acreditado (imputándose períodos inferiores de forma proporcional) Por desempeño de puesto de trabajo similar al que se opta en empresa privada o de forma libre/autónoma: 1 punto por año acreditado (imputándose períodos inferiores de forma proporcional)

3. Carné de conducir Se valorará con un punto la posesión del carne de conducir excepto para los puestos de peones.

CUARTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

La solicitud que deberá realizarse en modelo normalizado (anexo I) que será facilitado en el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada y firmada por el/la solicitante junto con la documentación complementaria correspondiente, deberá dirigirse a la Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Navia, a través del Registro Municipal de este Ayuntamiento en horario de 9:30 a 13:30 horas, en el plazo máximo de 6 días hábiles, contados desde la publicación de esta convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navia. Se procederá a la difusión de las mismas a través de Bandos, y Nuevas Tecnologías de la Comunicación. QUINTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 1.- Deberán presentar la siguiente documentación en el Ayuntamiento de Navia:  Solicitud en modelo normalizado y Declaración Responsable del solicitante de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo y de no haber sido separado mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme (Anexos I y II)  Documento Nacional de Identidad (DNI/Tarjeta de identidad del extranjero), Permiso de Residencia en vigor y fotocopia para su compulsa.

 Titulación académica cuando sea requerida para la plaza a la que se opta y documentos que acrediten los méritos para la fase de concurso, todo ello acompañado de fotocopias para su compulsa. En el caso de no disponer del Título, deberá presentarse certificación académica así como su correspondiente fotocopia para su compulsa.

 Informe de la vida laboral, así como contratos de trabajo, Certificados u otros documentos acreditativos de la ocupación desempeñada y fotocopias para su compulsa.  Certificación del Padrón Municipal de residencia.  Carné de conducir y fotocopia para su compulsa.

2.-Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará una relación provisional de personas admitidas y excluidas. En el plazo de 3 días hábiles desde su publicación se podrá reclamar contra las exclusiones u omisiones, elevándose a definitiva una vez transcurrido el mencionado plazo. La relación definitiva se publicará en el Tablón de Anuncios de las Oficinas Generales (1ª Planta) Ayuntamiento de Navia, C/ Real, 6, 33710 Navia, determinándose lugar, fecha y demás detalles, para el comienzo de la fase concurso de meritos, así como la designación nominativa de los tribunales.

SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN A efectos de seleccionar a los/as trabajadores/as se constituirá una Comisión Mixta de Selección formada de la siguiente manera: -

Presidente: El/la Secretario/a del Ayuntamiento de Navia o, en su defecto, funcionario/a que lo sustituya. Vocales:  Dos técnicos/as especialistas en virtud de las plazas objeto de la convocatoria, designados por el Alcalde. 

Un miembros nombrado por cada uno de los Sindicatos firmantes del ACEBA.



Secretario/a: un funcionario/a del Ayuntamiento.

Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares. Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o del artículo 13,2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo. El Presidente exigirá de los miembros del Tribunal declaración formal de no hallarse incursos en estas circunstancias. Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los acuerdos de esta comisión mixta sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992).

La Comisión continuará constituida hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo. Las resoluciones de la Comisión vinculan a la Administración Municipal, aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades. Constituida la Comisión Mixta de Selección se procederá a comprobar si los/as aspirantes reúnen los requisitos exigidos por las bases para su admisión y confeccionará un lista de admitidos/as. Dichas listas se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. A continuación se procederá a la baremación de los meritos presentados por los aspirantes. Finalizada la valoración por la Comisión se propondrá al órgano competente la contratación de los/as aspirantes seleccionados considerándose como tales los/as que hayan obtenido la puntuación máxima. En el supuesto de que varios candidatos obtengan puntuaciones iguales, se adoptaran los siguientes criterios, y en el siguiente orden, para dirimir empates: Experiencia Profesional Formación De la selección se extenderá la correspondiente acta, publicada en el tablón de anuncios municipal.

SÉPTIMA. CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA. Plazo de presentación de solicitudes: 6 días hábiles desde su publicación en Tablón de Anuncios de las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Navia. Constituida la Comisión Mixta de Selección se procederá a comprobar si los/as aspirantes reúnen los requisitos exigidos por las bases para su admisión y confeccionará un lista de admitidos/as. Dichas listas se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navia. Plazo Subsanación: Finalizado la plazo de presentación de se publicará la Lista Provisional de puntaciones así como relación de no admitidos al proceso de selección, concediéndose un plazo de 3 días hábiles a efectos de reclamaciones. Finalizada la valoración por la Comisión se propondrá al órgano de contratación la contratación de los/as aspirantes seleccionados, considerándose como tales los/as que hayan obtenido la puntuación máxima. De la selección se extenderá la correspondiente acta, publicada en el tablón de anuncios municipal El orden de sustitución, si fuera necesario, estará en función de la puntuación obtenida.

OCTAVA. PUBLICACIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación total del proceso selectivo por orden de clasificación, que determinará la composición de la bolsa de empleo para su llamamiento, en caso de que se produzca vacante en el puesto de trabajo. NOVENA. DERECHO SUPLETORIO En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto por la legislación en materia de selección de personal que sea de aplicación.

ANEXO I MODELO DE INSTANCIA D/DÑA.____________________________________________________, DNI________________________________ EXPONE: Que teniendo constancia de la convocatoria de seis plazas por el Ayuntamiento de Navia dentro del Programa Extraordinario de Empleo 2010-2011, categoría profesional: Peones; Conserje; Auxiliares SOLICITA: Tomar parte en el proceso de selección para cubrir el puesto de:

Solicitud de plaza: (marcar con una x) Nº de Ocupación solicitada: puestos 1 Peón de Jardinería 1 Peón de Soldadura 1 Peón de mantenimiento de obras y 1 Conserje 1 Auxiliar de la Oficina de Turismo 1 Auxiliar de Biblioteca

En Navia a ...... de .............................. de 2010.

FIRMA

SR.

ALCALDE

DEL

AYUNTAMIENTO

DE

NAVIA.

ANEXO II. DECLARACIONES RESPONSABLES

D/DÑA.

……………………………………………………………………..,

DNI………………………

Formulo DECLARACIÓN RESPONSABLE relativa a no padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del

puesto

de

trabajo

……………………………………………………………………………… y de no haber sido separado mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarme inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Así mismo, DECLARA: -

-

Que no es beneficiario de prestaciones de nivel contributivo, y autoriza al Ayuntamiento de Navia a realizar las comprobaciones oportunas ante el Servicio Público de Empleo Estatal con anterioridad a la formalización del contrato. Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria a la que se presenta. Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud, habilitándose al Ayuntamiento de Navia para que compruebe su veracidad por los medios que considere oportunos

En ……………………….. a ………. de ………………… de 2010.

FIRMA

Fdo. Nota: La autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento .

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