Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares

Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISOS DE OPERACIONES AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMA DIRECCIÓ

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Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISOS DE OPERACIONES AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMA DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS E INDUSTRIAS MARÍTIMAS AUXILIARES

La Autoridad Maritima de Panamá a través de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, reglamenta el Ingreso de Personas Naturales y Jurídicas que prestan servicios o suministros a las naves que hacen uso de los Recinto Portuarios bajo jurisdicción de la Autoridad Maritima de Panamá. Toda persona natural o jurídica que presta o desee brindar servicios o suministro a las naves en los Recintos Portuarios, deberán obtener un Permiso de Operaciones para poder ingresar a los diferentes puertos. Para obtar por los Permisos de Operaciones, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos : 1-

Memorial en papel habilitado dirigido al Director General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares solicitando el Permiso de Operaciones.

2- Descripción del objeto, actividad y puertos en donde va a brindar el servicio. 3- Cuatros (4) estampillas de B/ 1.00 y una (1) estampilla de B/ 0.20. 4- Copia de la Licencia Comercial. 5- Certificado actualizado de inscripción de la empresa en el Registro Público y del Representante legal. 6- Lista del personal que ingresará al puerto con sus respectivos números de cédula. 7- Lista de vehículos incluyendo la marca, modelos, año, color y número de placa. 8- Póliza de Seguro de los vehículos que ingresarán al puerto que cubra todo tipo de riesgo, tales como daños a la propiedad y a las personas. 9- Póliza de Responsabilidad Civil por B/. 100,000.00. 10- Depósito de una Fianza de Garantía por B/ 250.00 (Cheque Certificado). 11- Pago de B/.100.00 por cada Permiso de Operaciones para los puertos de Balboa, Cristóbal, Vacamonte y Coco Solo Norte, y de B/. 50.00 por los demás puertos del País.

12- Pago de B/ 5.00 por cada carné por persona que ingresará al puerto. 13- Pago de B/ 5.00 por cada calcomanía por vehículo que ingresarán al puerto. Todo Permiso de Operación tendrá una validez de un año a partir de la fecha de su expedición y podrá ser prorrogable a solicitud del interesado. Para los puertos cuyo operador es una empresa privada, Operaciones solo si ésta así lo solicita.

se emitirá el Permiso de

Para información adicional o consulta, contactar al Departamento de Industrias Marítimas Auxiliares a los teléfonos 232-5496, 232-5100, ext. 114.

Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares REQUISITOS PARA LA INCINERACIÓN DE BASURA Y RESIDUOS NO PELIGROSOS PROVENIENTES DE LOS BUQUES. AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS E INDUSTRIAS MARÍTIMAS AUXILIARES

Todo interesado que solicite un permiso de operaciones para descargar y transportar basura y residuos no peligrosos provenientes de los buques atracados en los puertos nacionales, fondeados en el mar territorial, la zona adyacente y la zona económica exclusiva deberán cumplir con los siguientes en requisitos: a.

b. c. d. e.

f.

Copia de la notificación de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental o del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental expedido por la Autoridad Nacional del Ambiente. Copia del Estudio de Impacto Ambiental o del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental. Copia de la certificación de la Oficina de Seguridad para la prevención de incendios del Cuerpo de Bomberos de Panamá. Copia autenticada del Permiso Sanitario de Operación expedido por el Ministerio de Salud. El Plan de Contingencia en caso de un accidente el cual será evaluado por la Sección de Prevención, Control de la Contaminación y Protección al Medio Ambiente. Cheque certificado expedido a nombre de Autoridad Marítima de Panamá, la suma de B/.500.00 en concepto de la revisión del Plan de Contingencia.

Al cumplir con estos requisitos y una vez aprobado el Plan de Contingencia, el solicitante obtendrá un Certificado que el permitirá brindar el servicio. El certificado será emitido por la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares a través de la Sección de Prevención, Control de la Contaminación y Protección al Medio Ambiente. Las personas naturales y jurídica que soliciten los certificados para transportar la basura y residuos no peligrosos provenientes de los buques e incinerar deberán entregar todos los meses copia del certificado de descarga de desechos (basura o residuos no peligrosos, volumen, tipo de desecho, nombre del barco atendido, fecha, agencia y otras) Para información adicional o consulta, contactar al Departamento de Industrias Marítimas Auxiliares a los teléfonos 232-5496, 232-5100, ext. 114.

Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares

REQUISITOS PARA DESCARGAR Y TRANSPORTAR BASURA Y RESIDUOS NO PELIGROSOS PROVENIENTES DE LOS BUQUES. AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS E INDUSTRIAS MARÍTIMAS AUXILIARES Todo interesado que solicite un permiso de operaciones para descargar y transportar basura y residuos no peligrosos provenientes de los buques atracados en los puertos nacionales, fondeados en el mar territorial, la zona adyacente y la zona económica exclusiva deberán cumplir con los siguientes requisitos: a. b. c. d. e. f.

g.

Descripción breve los equipos utilizados para descargar y transportar la basura y residuos no peligrosos provenientes de los buques Descripción de la metodología para descarga la basura y residuo no peligroso de buque a camión de recepción. Detalle de las medidas de seguridad que garanticen el traslado seguro de la basura y residuos no peligrosos al área de recepción. Copia autenticada del Permiso Sanitario de Operación expedido por el Ministerio de Salud. Copia autenticada del Permiso o autorización expedido por el Municipio correspondiente. El Plan de Contingencia en caso de un accidente el cual será evaluado por la Sección de Prevención, Control de la Contaminación y Protección al Medio Ambiente. Pagar, mediante cheque certificado expedido a nombre de Autoridad Marítima de Panamá, la suma de B/.500.00 en concepto de la revisión del Plan de Contingencia.

Al cumplir con estos requisitos y una vez aprobado el Plan de Contingencia, el solicitante obtendrá un Certificado que el permitirá brindar el servicio. El certificado será emitido por la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares a través de la Sección de Prevención, Control de la Contaminación y Protección al Medio Ambiente. Las personas naturales y jurídica que soliciten los certificados para transportar la basura y residuos no peligrosos provenientes de los buques e incinerar deberán entregar todos los meses copia del certificado de descarga de desechos (basura o residuos no peligrosos, volumen, tipo de desecho, nombre del barco atendido, fecha, agencia y otras)

Para información adicional o consulta, contactar al Departamento de Industrias Marítimas Auxiliares a los teléfonos 232-5496, 232-5100, ext. 114.

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