Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 ANTEPROYECTO DE LEY: 063 PROYECTO DE LEY: 262 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: Q

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Asamblea Nacional

Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 ANTEPROYECTO DE LEY:

063

PROYECTO DE LEY:

262

LEY:

GACETA OFICIAL: TÍTULO:

QUE ESTABLECE MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA PREVENIR LOS ASENTAMIENTOS INFORMALES EN LAS TIERRAS COLECTIVAS Y LAS COMARCAS.

FECHA DE PRESENTACIÓN:

30 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

PROPONENTE:

H.D. ABSALON HERRERA.

COMISIÓN:

ASUNTOS INDÍGENAS.

Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá

ANTEPROYECTO DE LEY Nº063 COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS

Panamá, 30 dc septiembre de 2015 Honorable Diputado Rubén De León Presidente de la Asamblea Nacional E. S.D. Señor Presidente: Haciendo uso de la iniciativa legislativa consagrada en el artículo 108 del Reglamento Orgánico del Régimen Intcrno presento el Anteproyecto de Ley, Que establece medidas de protección para prevenir los asentamientos informales en las tierras colectivas y las comarcas, la cual merece la siguiente exposición de motivos,

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Estado reconoce y respeta la identidad étnica de las comunidades indígenas nacionales. se compromete a realizar programas tendientes a desarrollar los valores materiales, sociales y

espirituales propios

de

cada una de sus

culturas.

Se

compromete

también

constitucionalmente al estudio, conservación, divulgación de sus culturas y lenguas. así como la promoción del dcsarrollo integral de estos grupos humanos. La Ley 72 de 23 de diciembre de 2008 establece el procedimiento para la adjudicación de la propiedad colectiva de tierras de los pueblos indígenas que no están dentro de las comarcas, así como también han sido reconocidas las cinco comarcas y las dos comarcas que aun qucdan por reconocer. Es nuestra preocupación que las comarcas y las tierras colectivas sean respetadas, tanto por las autoridades nacionales, administrativas y jurisdiccionales y por todos los ciudadanos. Actualmente estas áreas del país permanentemente son invadidas por los colonos, generando graves perjuicios a los moradores, quienes durante toda su vida han vivido en esta región. sin que exista mecanismo coercitivo aplicable por las autoridades que impida esta situación lamentable. El espíritu de la ley mediante el cual se crearon las comarcas y las tierras colectivas. es por naturaleza para la población que vive allí; estas personas demandan que se respeten sus derechos ancestrales consignados en la ley nacional. La relación de los pueblos originarios con la tierra tiene un punto de partida espiritual, más allá de ser dueños, el pueblo originario no olvida que allí nacieron. que en esta tierra reposan sus antepasados y que en esta tierra nacieron sus hijos. más que sentir que son poseedores de la tierra, la concepción encierra la idea que la tierra los posee a ellos.

Es importante destacar que los límites actuales, en los que se enmarcan las relaciones de propiedad y pertenencia a un determinado lugar, no resultan suficientes para contrarrestar las amenazas que dominio de estos pueblos deben ejercer sobre su territorio, hecho que genera la necesidad de crear nuevos conceptos para salvaguardar este preciado bien. La protección del derecho a la propiedad de los pueblos originarios sobre sus territorios ancestrales es un asunto de especial importancia porque su goce efectivo implica no só lo la protección de la unidad económica, sino la protección de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra. Sobre estos principios queremos exponer nuestra preocupación por el establecimiento de asentamientos informales que se dan en las Comarcas y tierras colectivas por parte de los colonos, situación que pone en riesgo la paz, la tranquilidad de nuestros hermanos. Los pueblos originarios demandan protección jurídica para evitar cualquiera situación lamentable que pudiera ocurrir; motivo por el cual, proponemos que se establezcan mecanismos de protección para garantizar la paz dentro de las comarcas y tierras colectivas, estas sanciones serán impuestas por la autoridad competente. Por las consideraciones expresadas, solicitamos respetuosamente

que el

presente

anteproyecto de ley reciba el trámite legislativo correspondiente, y en consecuencia sea mejorado y enriquecido con el debate propio elluestm n;cinto parlamentario.

cuito 10-2

ANTEPROYECTO DE LEY Nº063 COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS

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