Estatuto de la Universidad de Zaragoza

Universidades públicas. Derechos y deberes. Departamentos. Órganos. Administración y gestión. Planes de estudio. Títulos y estudios no oficiales. Docencia e Investigación. Estudiantes. Personal de administración y servicios. Biblioteca y archivo

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UNI: Es una institución de Derecho e Interés Público, con personalidad jurídica y Patrimonio propio, que actúa como Servicio Público. Esta asume su condición de Institución de Educación Superior. • La UNI promoverá un ACUERDO MARCO entre la UNI y la Diputación de Aragón y los Gobiernos de la Rioja y Navarra. • Unidad Básica. − Científico • Se constituyen por áreas de conocimiento − Técnico. • Un D.to por área de conocimiento − Artístico • Mínimo de 20 profesores a T. Completo. (un prof a T. Completo = 2 a T. Parcial). • Secciones Departamentales: − Docencia en más de un centro. − Serán necesarios 4 profesores a T. Completo. • La Iniciativa para Crear, Suprimir o Modificar un D.to será de la JG, del Centro, de D.tos, así como de Profesores y de los Alumnos. • Decisión para Crear, Suprimir o Modificar los D.to => JG. • Composición del CONSEJO DE D.TO: Director, Subdirector y un Secretario (como mín.) FACULTADES, E.T.S Y E. UNI. • Elaboran sus propios Planes de Estudio y de Ordenación Docente. • Dirección y Coordinación de las Enseñanzas. • Adm. de su propio Presupuesto. • La J.G. podrá promover su Creación, Modificación o Supresión. COLEGIOS UNIVERSITARIOS • Imparten enseñanzas correspondientes al primer ciclo. • Podrán ser integrados o Adscritos mediante convenio. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS • Son Centros dedicados a la Investigación, Desarrollo, Asesoramiento e Innovación Científica y Técnica, y a la Creación Artística. • Para su Creación y Supresión, será necesario un Informe de la J.G. al C.S. • Institutos Interuniversitarios: mediante Convenio con otras UNI. • Institutos Adscritos: Mediante Convenio. • Existirá un INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN dedicado a perfeccionar las Técnicas de Comunicación. CENTROS ADSCRITOS • Su régimen de funcionamiento y su colaboración con la UNI, se establece de acuerdo con los Estatutos y el Convenio de Adscripción. CONSEJO SOCIAL − 2/5 => 8 JG • Composición: presidente + 19 Vocales 1

• 3/5 => 12 Intereses Sociales • Su presidente será nombrado oído el Rector. • Miembros Electos: 5 de todos los sectores, mandato 2 años, reelegidos una vez. • Formula propuestas al Gobierno del Estado o al de la CA sobre Creación, Supresión o Modificación de: Facultades, E.T.S., E.U. y otros Centros. • Aprueba el Presupuesto y la Programación Plurianual de la UNI • Aprueba las Transferencias de Capital desde Gastos Corr. a Gastos de Capital; Las de Gastos de Cap. A Gastos Corr. las aprueba el C.S previa autorización de la CA. CLAUSTRO UNI • Máximo Órgano representativo de la UNI. • Presidido por el Rector. • Mesa: la preside el Rector, estarán en la mesa representados todos los Sectores de la UNI. • El Claustro elegirá un Vicepresidente, que actuará como Rector en ausencia de este. • Composición: Rector + 300 Representantes de la C.U. • Mandato: Profesores y PAS => dos años // Alumnos => anual. • Reuniones: − Ordinarias: una vez al año // Extraordinaria las convoca el Rector o ¼ Claustrales. − Las convoca el Rector con el orden del día y la Fecha de su celebración. • Funciones: • Elaborar, aprobar y reformar los Estatutos. • Elegir y revocar al Rector, previa moción de censura por mayoría Absoluta, solicitada al menos por el 20% de los miembros. JUNTA DE GOBIERNO • Órgano ordinarios de Gobierno de la UNI. • Rector + 37 miembros (mandato 2 años). • La preside el Rector + Vicerrectores + Secretario G. + Gerente + Decanos y Directores de Centros, Institutos y D.to + 9 alumnos + 3 PAS. • Reuniones: Convoca el Rector − Ordinaria: una cada dos meses. − Extraordinaria: Lo pide el Rector o el nº de miembros que determine su R.R.I. • Se constituye en pleno y por Comisiones. • Comisiones: − COMISIÓN PERMANENTE: Preside el Rector y representa a la C.U. − COMISIÓN DE ORDENACIÓN DOCENTE: Carácter Asesor. • Funciones:

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− Elevar la propuesta de Presupuesto de la UNI al C.A. − Emitir Informe sobre la Creación de Centros. − Creación, Modificación y Supresión de D.to. − Aprobar los Planes de Estudio de los Centros. − Elaborar y aprobar su Reglamento de Régimen Interno (R.R.I.) y aprobar los RRI de los demás Centros UNI. • Cuando se debata una cuestión referente a un Centro, se tendrá que dar audiencia al Decano o Director de dicho Centro. JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA • Presididas por el Decano o Director. • Compuestas entre 30 y 60 miembros: • Mandato dos años reelegidos una vez. • Se reunirán: − Ordinaria: a Petición del Decano o Director => cada 2 meses. − Extraordinaria: Petición del Decano o número de Miembros que fije su RRI. • Pleno y Comisiones de Estudio o Trabajo. • Comisiones: − COMISIÓN PERMANENTE: Representa a la CU del Centro => Preside el Decano. − COMISIÓN DE ORDENACIÓN DOCENTE. • Funciones: − Elegir y revocar al Decano o Director. − Aprobar la propuesta de Planes de Estudio => aprueba J,G. − Elaborar el R.R.I => aprueba J,G. JUNTAS DE COLEGIOS UNI INTEGRADOS • Presididas por un Director, nombrado por el Rector. • Composición y funciones de forma análoga a los anteriores. CONSEJO DE D.TO • Presidido un Director, elegido por el Consejo de D.to. • Miembros: Profesores, supondrán el 65% del Total + Una representación de Becarios + Alumnos, un 35% del total + un PAS. • Funciones: 3

− Elegir y revocar al Director, Moción de Censura Mayoría Absoluta. − Elaborar su RRI − Informar sobre su labor docente e investigadora, mediante una M anual • Sesiones: − Ordinaria: una vez al trimestre, petición de su Director. − Extraordinaria: solicita el Director o el número de miembros que fije su R.R.I. REPRESENTANTES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS • En todas las elecciones se elegirán un 20% de suplentes. • Tras las elecciones se publicará: nombre de los elegidos, nº de votantes y votos obtenidos. • Los Presidentes de los Organos de Gobierno, podrán invitar a las sesiones, con voz pero sin voto, a personas implicadas en sus decisiones. • En cada Centro se constituirá un Colegio Electoral. • En la JG, la Representación de los Profesores será de 7 Prof. Permanentes y 2 No Permanentes. • La JG elaborará la normativa electoral. • Se garantiza la representación de estudiantes de los tres ciclos. CONSEJOS UNIVERSITARIOS LOCALES • Se localizan en las localidades distintas a Zaragoza, en las que existan Centros UNI, se crean consejos UNI Locales, con personal del Profesorado, Alumnos y PAS. • Funciones: − Coordinar la presencia de la UNI en la Localidad Respectiva. − Ampliar las prestaciones y servicios de la UNI. • Será presidido por un Profesor, nombrado por el Rector. . • Requisito: Dedicación a Tiempo Completo. • No podrán ejercer el Gobierno simultaneo de dos Órganos Unipersonales. RECTOR • Máxima autoridad académica de la UNI. • Elegido por sufragio, por el Claustro, de entre Catedráticos de la UNI y será nombrado por el órgano competente de la CA. • Votación => una única vuelta, por Mayoría Absoluta. • Mandato => 4 años, reelegible una vez consecutiva. • Cese: Terminación del Mandato, petición propia, Moción de Censura y Causa Legal. • Moción de Censura por mayoría Absoluta del Claustro, solicitada al menos por el 20%. • Hasta nuevo Rector => Gobierna la UNI la Comisión Permanente de la JG. • Producido el Cese, la Mesa, del Claustro, procederá en 30 días, a convocar elecciones. • Funciones: 4

− Representa a la UNI y preside los Actos Universitarios. − Ejecutar los acuerdos del CS, de la JG y del Claustro − Nombra: Vicerrector, Secret. G., Gerente, Decanos y Directores de Centro y Vicedecanos y Vicedirectores − Expedir, en nombre de la UNI, los Títulos y Certificados no Oficiales de la UNI y, en nombre del Rey, los Títulos oficiales. − Conceder las Venias Docentes al profesorado. − Ejercer la Jefatura del Personal. − Autorizar con su firma los Convenios de Colaboración. − Resolver los Recursos, contra las resoluciones de los órganos de Gobierno UNI. • El Rector y su Equipo de Gobierno elaborarán un programa de actuación para cada curso. VICERRECTORES • Los nombra el Rector por LD. • De entre cualquier miembro de la UNI (requisito => Dedicación a T. Completo). • Cesan: por decisión del Rector, petición propia o cuando Cese el Rector. • Coordina y Dirige el área de su competencia, que se le asigne. • El Rector designará a aquel Vicerrector que le sustituirá. SECRETARIO GENERAL • Nombrado por el Rector, entre Profesores de la UNI. • Auxilia al Rector en las tareas de organización y régimen académico y actúa como fedatario de los actos y acuerdos de los órganos colegiados de la UNI. • Cesa: decisión del Rector, petición propia o cuando cese el Rector. • Funciones: − Formación y custodia de los libros de Actas de la JG. − Secretario de la JG. − Custodia del Archivo General VIVO y del Sello Oficial. DECANOS Y DIRECTORES DE ESCUELAS • Primera autoridad de la Facultad o Escuela. • Elegido por Sufragio, por los miembros de la Junta de Facultad o Escuela, de entre los Profesores Titulares y los Catedráticos del Centro. • Mandato: 3 años, reelegido una vez. • Cesa: término del mandato, decisión propia, por moción de Censura y por Causa Legal. • Hasta la toma de posesión del nuevo Decano o Director, Gobierna el Centro la Comisión Permanente de la Junta de Centro. • Funciones:

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− Propone la Contratación y nombramiento de los Profesores. − Por Delegación del Rector, la dirección del Personal del Centro. • El Decano o Director elaborará un programa de actuación para cada Curso Académico y un Informe sobre su gestión del curso anterior. DIRECTORES DE LOS COLEGIOS UNI INTEGRADOS • Elegido por Sufragio, por los miembros de la Junta de Colegio, de entre Catedráticos y Profesores Titulares. • Mandato, Competencias y Funciones = que Decanos y Directores de Facultad o Escuela. DIRECTORES DE DEPARTAMENTO. • Elegidos por el Consejo de D.to, de entre sus catedráticos, de no haber catedráticos en el D.to, uno de sus Profesores Titulares. Con dedicación a T. Completo. • Mandato 2 años, reelegidos una vez. • Cesa: Término mandato, Petición propia, Moción de Censura y Causa Legal. • Desde el Cese en 30 días se procede a la convocatoria de elecciones. • Funciones: − Elabora la M. Anual. − Ejecuta las Decisiones tomadas en el Consejo de D.to. DIRECTORES DE INSTITUTOS UNI • Elegido por Sufragio, por los miembros de su consejo, de entre Catedráticos o Profesores Titulares Adscritos al mismo. GERENTE • Nombrado por el Rector por LD, oido el CS. • Cargo de Confianza del Rector. • Se Exige Dedicación Exclusiva. • Cesa: Término del mandato del Rector, decisión de este, a petición propia y por Causa Legal. • Funciones: − Jefatura Superior del PAS, por Delegación del Rector. − Ejecución de los acuerdos de la JG en materia económico−adm. GERENTE • Le corresponde la gestión de los Servicios Económicos y Adm. de la UNI • Podrá proponer al Rector, el nombramiento de Vicegerentes. • La organización Adm. de la UNI. • Servicios Centrales. • Servicios de los Centros de la UNI • Servicios de los D.to. 6

• Otros Órganos, Entes o Servicios. • Los Servicios Centrales => estarán a cargo del Gerente, serán los Servicios: • Servicios de Personal. • Servicios de Asuntos Económicos. • Servicios de Estudios y Asuntos Generales. • En los centros UNI existirá una Adm., al cargo de la cual estará un PAS. ADMINISTRADOR • El administrador, en coordinación con el Decano o Director ejecuta las decisiones de los órganos de gobierno del centro. • Es nombrado por el Rector, a propuesta del Gerente, mediante Concurso de Méritos entre el PAS. • La Organización Adm. y de Servicios de ese centro cubrirán las Áreas: • Secretaría. • Biblioteca. • Conserjería. • El Gerente elabora la Plantilla Orgánica de puestos de Trabajo en la que corresponderá al PAS el nivel del puesto y específica aquellos que pueden ser cubiertos con LD; La plantilla la aprueba la JG. • Creación, Supresión o Modificación de la Estructura orgánica de la Gerencia y Adm. de Centros corresponde a la JG, oído el órgano de representación del PAS. • Se elaborarán atendiendo a los conocimientos científicos, humanísticos y técnicos y a su evolución de cuerdo con la realidad social. • La Unidad Básica para su Planificación será el Ciclo Académico. • Los planes de Estudio señalarán las disciplinas obligatorias y optativas que integran cada ciclo académico. • El Proyectos del Plan serán elaborados por una Comisión elegida por la Junta de Centro. En esta Comisión se incluirá la COMISIÓN DE DOCENCIA DEL CENTRO. • El Anteproyecto de Plan será expuesto en el D.to y Centro durante 15 días. • El Proyecto aprobado por la JG será remitido al Consejo de UNI. • La Comisión de Docencia de cada Centro será la encargada del seguimiento y cumplimiento de los planes de Estudio. • Se podrán introducir modificaciones parciales, aprobadas por la JG y las remitirá al Consejo de UNI para su homologación. • Para obtener el Título de Doctor será necesario: − Estar en posesión de un Título UNI Superior. − Realizar y aprobar los Cursos de Tercer Ciclo, duración mínima 2 cursos. − Elaborar, defender y aprobar una Tesis Doctoral. • Los estudios para obtener un doctorado se realizan bajo la dirección y responsabilidad de un D.to. • Se estructuran en Cursos y Seminarios, y asegurarán al Alumno: • Profundizar en los Estudios de su Área de Conocimiento. 7

• Especialización en el Área Científica de su Tesis. • Formación en las Técnicas de Investigación. • Los programas de Doctorado habrán de contener, como mínimo: − Cursos y Seminarios específicos, especificando si son obligatorios u optativos. − Número de horas teóricas o prácticas − Sistemas de Evaluación de los Estudios. − Propuestas de Asignación de Créditos académicos a cada curso y seminario. − Profesores encargados de los Cursos y Seminarios • Criterios de Selección de los Alumnos. − Asignaturas Cursadas en II Ciclo. − Motivaciones Profesionales del alumno. − Entrevista Personal − Currículum Académico COMISIÓN DE DOCTORADO • Constituida por 20 Doctores: 4 del área Científica + 4 del área Técnica + 4 del área de Biomédica + 4 del área de Humanísticas + 4 de áreas Sociales. • Funciones: − Elaborar el programa de objetivos de los estudios de Doctorado. − Aprobar y publicar la relación de programas de Doctorado, con indicación de: Cursos y Seminarios, D.to responsable, número de plazas, periodo lectivo, créditos... − Supervisión de los Cursos de Doctorado. − Admitir las Tesis de Doct a trámite y proponer a los Tribunales para Juzgarlas. − Proponer el número mínimo de alumnos por curso. • La comisión, previo Informe del D.to, podrá conferir la calidad de Curso de Doctorado a cursos afectados por Convenio. • La Comisión podrá convalidar créditos obtenidos en otras UNI. • La obtención del titulo de Doctor se ajustará a la Legislación Vigente. TESIS DOCTORAL • El proyecto de Tesis se presenta ante el Consejo de D.to, con una M que contendrá: Tema del proyecto, hipótesis de trabajo, materias y método de estudio. 8

• El proyecto de Tesis: lo Aprueba la Consejo de D.to, el cual lo comunica a la Comisión de Doctorado. • Para poder presentar la Tesis tendrán que haber pasado dos años desde la aceptación del proyecto y cuatro desde el inicio del programa de Doctorado. • El Doctorando deberá obtener del D.to el reconocimiento de Suficiencia para investigar. • Presentada la Tesis en la Comisión de Doctorado. Esta durante 15 días depositará un ejemplar en el D.to y otro en la Secretaria G de la UNI, para que cualquier doctor pueda hacer las observaciones que estime oportunas. Transcurrido este plazo la Comisión decide si admite a trámite la Tesis. En caso contrario deberá emitir un informe motivado. • Una vez admitida a trámite la Comisión designará un Tribunal, este será nombrado por el Rector. Los Tribunales tienen un mes para valorar la Tesis. • La UNI convocará anualmente Becas para realizar estudios de 3º ciclo. • La UNI en uso de su Autonomía, puede establecer e impartir enseñanzas conducentes a diplomas o títulos no oficiales. Estos Títulos los Expide el Rector. • Los Programas de estos títulos deberá aprobarlos la JG. • Las Tasas de estos títulos las fija el CS. • Los D.to e Institutos podrán desarrollar cursos que conduzcan a obtener certificados de asistencia, de estos se dará cuenta a la COMISIÓN DE DOCENCIA. • Los programas para títulos no oficiales deberán autofinanciarse. • Los alumnos podrán inscribirse gratuitamente en los cursos a títulos no oficiales que desarrolle su D.to. • Es uno de los fines de la UNI. • Triple Objetivo: • Creación de ciencia y cultura. • Solución de los problemas tecnológicos. • Aprovechamiento de los Recursos locales como generadores de riqueza. • La Investigación se reconoce como un Dº y un Deber para todos los Profesores como objetivo de la mejora de la enseñanza. • Uno de los objetivos de la UNI es formar a personal investigador. • La UNI constituirá equipos de Investigación en: − En los D.tos. − En los Institutos de Investigación. − En Centros Coordinados con entidades públicas y privadas. COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN: • Misión: Controlar la labor Investigadora del Personal. • Compuesta por: el Vicerrector de Investigación + 22 miembros (4 de cada una de las cinco áreas de conocimiento) + 1 alumno del 1º ciclo + 1 del 2ºciclo. • Funciones: − Estimular y articular la investigación. − Organizar la utilización y distribución de los Recursos para la Investigación. − Elaborar una M. Anual. 9

− Fomentar la Colaboración entre grupos de Investigación. • Se fomentará desde el primer ciclo la investigación entre los alumnos • La UNI orientará sus investigaciones hacia: Fuentes de Energía, Recursos Agropecuarios o Hidráulicos, Problemas de Polución y Ecológicos, Conservación del Patrimonio Cultural y Artístico. • La Uni podrá nombrar Becarios, vinculados a un D.to, a propuesta de este y con cargo a los ingresos obtenidos por el mismo. • Si por la explotación o cesión de la invención se obtienen, ingreso estos se distribuyen: − 30 % para la UNI. − 30 % para el D.to. − 40 % para el inventor. • En cada Centro existirá una COMISIÓN DE DOCENCIA, formada por 2/3 de profesores y 1/3 de alumnos, su número total no será mayor de 12. • Competencias: − Presentar un Informe en caso de Incompatibilidad. − Decidir sobre convalidaciones, homologaciones y adaptaciones de acuerdo con el Consejo de UNI • COMISIÓN DE DOCENCIA, esta compuesta por : 1/3 de Alumnos + 2/3 de Profesores, los profesores son elegidos por cuatro años y los alumnos anualmente. La JG convocará las Elecciones. • Las Facultades, Escuelas y Colegios publicarán cada año los Programas Docentes, expresando al menos: − Regulación y normas adm. − Objetivos y Contenidos de las Disciplinas. − Programación Didáctica y Docente − Profesorado y D.tos responsables. − Bibliografía. • Las Facultades, Escuelas y Colegios UNI elaborarán una M valorativa de su funcionamiento docente. • Los D.tos e Institutos elaboran, anualmente una M de actividades Doc. e Investigadoras. • Para garantizar la calidad de la Docencia y de acuerdo con la LRU, la UNI asume la evaluación del rendimiento Docente y Científico de su profesorado. • La Evaluación y Control de Docencia corresponde a una COMISIÓN en cada Centro, existirá una a nivel de la UNI. • COMISIONES DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA DOCENCIA estarán formadas por igual número de Profesores que de Alumnos. • Existirá una Evaluación anual de la labor Docente del Profesorado, esta evaluación se llevará acabo basándose en: • Resultado de las encuestas de evaluación cumplimentadas por los alumnos. 10

• Por el informe del Interesado. • En caso de dos evaluaciones consecutivas negativas, la COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y CONTROL de la UNI, elevará un I al Rector para que lo traslade a la JG para su Conocimiento y Efectos. • Caso de que el 25% del Profesorado de un D.to reciba una Evaluación negativa, la Comisión de Evaluación y Control de la Docencia de la UNI analizará la situación docente del D.to y propondrá las soluciones necesarias. • La Comisión de Evaluación y Control de la Docencia de la UNI actuará en los casos de Denuncia contra Profesores , D.tos o Centros. • Tipos de Profesores: − Catedráticos y Profesores Titulares de UNI y de Escuelas UNI. − Ayudantes. − Profesores Asociados. − Profesores Visitantes. − Profesores Eméritos. • El Profesorado estará constituido por: Funcionarios, Interinos, Contratados y Eméritos. • Catedráticos y Profesores titulares de UNI => Plena capacidad Docente e Investigadora. • Catedráticos y Profesores Escuelas UNI => Plena Capacidad Docente, Si son Doctores => Plena capacidad Investigadora. • Prof. Asociados: Especialistas de Reconocida Competencia en el área para la que ese les contrata, para la Docencia e Investigación (Contrato temporal) max. 4 años. • Prof. Visitantes: Especialistas de Reconocida Competencia, necesarios para la UNI para el desarrollo de actividades Docentes e Investigadores no habituales (contrato temporal) max. 4 años. • Prof. Asociados y Visitantes: Están sujetos a la organización e un D.to. No podrán tener responsabilidad Docente en el 1º y 2º ciclo. • Prof. Ayudantes: Son Titulados que han superado los programas de 3º ciclo y acrediten un mínimo de 2 años de actividad investigadora. Contratados por 2 años, prorrogados una vez por 3 años. • Los Ayudantes de Escuelas UNI: serán contratados a T. Completo. • Los D.tos formularán las demandas de profesorado a la Comisión de Docencia de la UNI. • La Convocatoria de Plaza irá acompañada de la descripción de las tareas Docentes. • COMISIÓN para la provisión de una plaza: − Propuesta del nombramiento de Presidente y Vocal del tribunal: la Comisión de Docencia de la UNI − El Concurso de méritos no será posible para una plaza de nueva creación. − La comisión será nombrada por el Claustro, está compuesta por 6 miembros. • La propuesta de Contratación se hará por la Comisión de Contratación del Centro, que la elevará a la JG para su aprobación definitiva. • COMISIÓN DE CONTRATACIÓN DE CENTRO, composición: − Presidente: elegido pro la Junta de Centro.

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− Dos Catedráticos, dos Prof. Titulares, dos Ayudantes. − Tres estudiantes, uno del 3 ciclo. • Los candidatos rechazados podrán presentar impugnaciones ante la COMISIÓN DE GARANTÍAS. COMISIÓN DE GARANTÍAS • Presidida por el Vicerrector de Ordenación Académica. • Compuesta de: 2 Catedráticos de UNI + 2 Prof. Titulares + Dos Prof de Escuela + 4 Ayudantes + 3 Estudiantes // Profesorado => 4 años // Alumnos => anualmente. • La JG convocará las elecciones a eta Comisión. PERMISOS Y LICENCIAS DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN • Se concederán por el Rector. • En permisos de menos de 15 días los autoriza el Decano o Director. • Los Profesores Titulares a T.C. => Derecho por cada 7 años de servicio a un AÑO SABÁTICO (máximo 12 meses). DERECHOS • A no ser objeto de discriminación. • Participar en los órganos de Gobierno y Gestión de la UNI. • Libertad Académica así como a la Libertad Sindical. • A la Formación Permanente. DEBERES • Cumplir los Estatutos. • Respetar el Patrimonio de la UNI. • Contribuir a la Mejora de la UNI como Servicio Público. • Tendrán derecho a matricularse los que estén en posesión de los Títulos o Estudios legalmente establecidos para el ingreso en la UNI. • El acceso a los centros, estará condicionado a la capacidad de los Alumnos que será determinada por la JG. • Los estudiantes Extranjeros deberán hacer una prueba en la que acrediten el conocimiento de la Lengua. • Los asuntos de convalidaciones, homologaciones y adaptaciones serán informados por la Comisión de Docencia de cada Centro y resueltas por la UNI. • La UNI establecerá ayudas Económicas al Estudiante. • Los fondos de estas ayudas procederán: • Una partida del presupuesto de la UNI. • Fondos que obtiene la UNI a partir de los Contratos. • Los complementos de Matrícula que establezca el CS. • La UNI se encargará de mantener un servicio de Asistencia e Información al Estudiante. • Los Estudiantes ejercen libremente el Dº de Asociación. • Tendrán Dº a la protección de la SS. • Dº a participar en los programas de Gobierno y Gestión, y Comisiones de la UNI. 12

• Participarán de forma ordinaria en el Control de la Docencia. • Una Asignatura con planteamientos contrapuestos será impartida por más de un profesor. • Dº a conocer el Programa de cada asignatura ante de Matricularse. • Dº a asistencia mediante Tutorías. • La Evaluación del Alumno podrá ser: continuada, directa y objetiva. • Existirán tres convocatorias por curso. • Los Criterios de Evaluación de cada Disciplina ser harán públicos al comenzar cada curso. • Dº a revisar y discutir toda prueba que sirve para su evaluación. • Dº a ser Evaluado por un Tribunal, tras solicitud escrita al Decano o Director. • El CS determina las normas de permanencia de los que no superen las pruebas. DERECHOS • No ser objeto de discriminación. • Participar en los órganos de Gobierno y Gestión de la UNI. • Utilizar las Instalaciones y Servicios. • Recibir y participar en las enseñanzas: teóricas y prácticas. • Libertad de Estudio. • Libertad de Asociación Política, Cultural, Deportiva y Recreativa. DEBERES • Cumplir los Estatutos. • Participar en Cursos y Seminarios. • Respetar el Patrimonio de la UNI. • Asumir las Responsabilidades de los cargos representativos para los que sean elegidos. • Funciones de Gestión Económico−adm., Apoyo y Asistencia y Asesoramiento, según la legislación vigente. • El PAS está constituido por: Funcionarios y Laborales, así como el personal de otras UNI o Adm. que presten sus funciones en la UNI. • El PAS se regirá por: Estos Estatutos, la Ley 30/84, así como por la legislación en materia de FP de la CA. El personal Laboral se regirá por el Estatuto de los Trabajadores y el Convenio Colectivo aplicable. • Se clasifica en cinco grupos: A, B, C, D y E. • La GERENCIA de la UNI elaborará las plantillas que serán elevadas por el Rector al CS para su aprobación. • Las Plantillas señalarán, como mínimo: • Plazas reservadas a Funcionarios y a Laborales. • Unidades a la que se adscribirán los puestos de trabajo. • La Denominación de los Puestos. • Los Niveles Jerárquicos. • Las retribuciones complementarias de cada puesto. • Las Plantillas orgánicas se revisarán y aprobarán cada 4 años. • El PAS podrá participar en el Desarrollo de los Contratos del Art. 11 de la LRU. • Los miembros del Comité de Representantes tienen derecho, a las garantías: • No podrán ser sancionados por los actos que deriven de sus funciones de representación. • Derecho a expresar libremente sus opiniones en las materias concernientes a su representación.

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• El Comité de Representantes y el Comité de Empresa elegirán entre sus miembros a sus representantes en la JG. • Los tribunales de Oposiciones, a Funcionarios, estarán compuestos de: − El rector, su presidente. − El Gerente − Un representante de la Secretaria de la UNI + Un representante de la Secret. de Estado para las AAPP + un miembro del PAS + dos del Comité de representantes del PAS. • Los tribunales, de selección de laborales, los designa el Rector. • Promoción Interna: la UNI convoca anualmente el 50% de las Vacantes; la organización de las pruebas corresponderá a la Gerencia y al Comité de Representantes. DERECHOS • No ser objeto de discriminación. • Participar en los órganos de Gobierno y Gestión. • Participar en las Actividades Sindicales. • Asistir a cursos para su formación, que organice o concierte la UNI. DEBERES • Cumplir los Estatutos. • Contribuir a mejorar los fines y funcionamiento de la UNI. • Asumir las responsabilidades que comporten los Cargos para los que sean elegidos. • La UNI creará, concertará, organizará, mantendrá y fomentará servicios de asistencia a toda la CU, con el fin de lograr el cumplimiento de sus objetivos. • La BIBLIOTECA es una unidad funcional de apoyo a la docencia e investigación. • Esta constituida por todos los fondos bibliográficos, documentales y audiovisuales adquiridos por los Centros y servicios, así como los procedentes de: legados, Donaciones e Intercambios. • Es Cometido de la Biblioteca la conservación e incremento de los fondos necesarios para la investigación, enseñanza e Información, poniéndolos al servicio de la CU. • Consta este servicio de biblioteca de: Biblioteca General de Centro y de D.to. • Contará con un Reglamento Propio, aprobado por la JG y elaborado por la COMISIÓN DE BIBLIOTECAS. • Director: un funcionarios del cuerpo Facultativo de Archiveros y Bibliotecarios, asimismo también será director del Archivo Histórico de la UNI. • Se constituirá una Comisión en todas las Bibliotecas de la UNI, y Comisiones de Bibliotecas de Facultad, Escuelas y otros Centros. • Composición de la COMISIÓN: − El Vicerrector Correspondiente. − El Director y Subdirector de la Biblioteca UNI. − Los Directores y encargados de las diferentes Bibliotecas.

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− Un Representante Docente de cada Centro. − Tres alumnos. • El Personal de la Biblioteca estará constituido por: Funcionarios de los Cuerpos Facultativos de Archiveros y Bibliotecarios, Ayudantes de Archivos y Bibliotecas y los propios de la UNI. • Al frente de cada Biblioteca habrá un Bibliotecario. • Cada Biblioteca contará con el personal Adm. y subalterno necesario. • El Archivo Histórico esta constituido por el Conjunto de Documentos producidos por cualquier órgano o servicio de la UNI, así como por los aportados a estos, según la legislación vigente. • El Personal del Archivo Histórico tendrá las mismas categorías que el de la Biblioteca UNI. • Son Centros integrados en la UNI, que proporcionan residencia a estudiantes y posgraduados. • La UNI podrá crear Colegios Mayores, por acuerdo de la JG, oído el CS. • Su Director será nombrado por el Rector, con Informe preceptivo, previo y favorable de la JG. • COMISIÓN DE COLEGIOS MAYORES, esta integrado por: • Vicerrector, en representación del Rector, convoca y preside las reuniones. • Directores de todos los Colegios Mayores. • Una representación de Colegiales de dichos colegios. • Principio de Respeto de la Dignidad de las personas, será el que regule la convivencia en estos Colegios. • Hasta que no se desarrolle la ley 50/84 de presupuestos Generales del Estado para el 85 se estará a dispuesto en estos Estatutos (RD 1271/85, 29 de mayo). • Deberá desarrollar actividades deformación continuada y de extensión extrahospitalaria. • La UNI podrá establecer convenios con otras Instituciones Hospitalarias para fines Docentes, previo informe del CU. Estos Convenios serán aprobados por la JG, y dependerá de la Facultad de Medicina y de la Escuela UNI de Enfermería la regulación de todas las actividades Docentes que se impartan en estos Centros Asociados. • El Hospital Clínico UNI prestará asistencia sanitaria a la CU y aquellas personas que no estando incluidas en la SS trabajen en la UNI. La JG regulará las características de este tipo de prestaciones sanitarias. • Es un órgano de servicio para el apoyo de las tareas de adm., gestión, investigación y docencia de toda la UNI. • Esta Organizado en: • Servicio Central del Centro de Cálculo. • Servicio del Centro de Cálculo en los Centros, tanto propios como integrados • Servicio del Centro de Cálculo en D.to e Institutos. • El Rector nombrará un Delegado. A éste le corresponderá presidir la Comisión de Usuarios. Deberá ser un miembro del Personal de la UNI, con dedicación a T. C. • El Centro de Cálculo tendrá un Director Técnico, seleccionado por Concurso, por un plazo no mayor a 4 años trabajará a T.C. • COMISIÓN DE USUARIOS DEL CENTRO DE CÁLCULO, constituida por: • Delegado del Rector, presidente. • Director Técnico del Centro de Cálculo, Secretario. 15

• Un Representante de cada Centro en donde exista un Centro de Cálculo. • Uno de los PAS del Centro de Cálculo. • Todos los medios del Centro de Cálculo serán accesibles a la CU. • El Centro de Cálculo deberá arbitrar el apoyo de programación y impartición de cursos que los usuarios precisen para tareas de gestión de la UNI, de investigación y de docencia, mediante criterios que aseguren el uso equilibrado de sus recursos. • Anualmente el Centro de Cálculo presentará a la COMISIÓN DE USUARIOS una M. • Todo Servicio Informático que exista en la UNI se regirá por un RRI que deberá ser aprobado por la JG, y su personal estará adscrito al Centro de Cálculo de la UNI. • La UNI posee en la ciudad de Jaca una Residencia con diversas instalaciones. Estas cubrirán: cursos de verano, cursillos, seminarios, congresos y actividades deportivas; Organizadas por la UNI y además servirá de alojamiento a la CU y de sus familias. • El Rector nombrará un Director entre los miembros de la UNI, con dedicación a T.C. que, contará con la asistencia de una Comisión Asesora. • Funciones de este Director: • Organización de los Servicios. • La propuesta de tasas, a la JG, por el uso de las instalaciones para su aprobación. • Se podrá atender a personas ajenas a la UNI, siempre que tengan preferencia los de la CU • El Director propone a la JG un RRI para su aprobación. • Son estos Servicios: − Servicio de Información y Asesoramiento al Estudiante. − Servicio General de Asistencia a la CU. − Servicio de Orientación y Asistencia en Materia de Comedores y Residencias. − Servicio de Actividades Culturales y Deportivas. − Servicio de Talleres y Laboratorios de Propósito Específico. − Otros servicios Generales de Asistencia e Información. • Cualquier Servicio deberá tener las correspondientes cargas, que se establecerán según el número de usuarios. Cuanto mayor sea este número menor serán las tasas. • La JG establecerá estas tasas. • Los ingresos por estos conceptos que obtenga la UNI, se aplicarán a ampliar la oferta de dicho servicio, obedeciendo al principio de igualdad de oportunidades. PATRIMONIO • Esta constituido por: • Los bienes contenidos en su inmovilizado material. • Sus valores mobiliarios. • Sus derechos por publicaciones, marcas, patentes... • Los demás bines y derechos que le pertenezcan. 16

• La UNI asume la titularidad de los bines estatales que se encuentren afectos al cumplimiento de sus fines y los que sena adscritos en el futuro. • El Inventario se presentará ante la JG, que lo elevará al CS para su aprobación. PRESUPUESTO • Recogerá la actividad económica y financiera de la UNI, tendrá carácter anual. • Se podrá aprobar una Programación Plurianual. • El Presupuesto recogerá los ingresos y gastos previstos de la UNI para cada periodo anual. • Presupuesto: público, único y equilibrado, y contendrá todos los gastos e ingresos. • Contendrá en su Estado de Ingresos: − La subvención del Estado o de la CA. − Tasas Académicas y demás Derechos. − Subvenciones, legados y donaciones. − Rendimientos de su patrimonio. − Ingresos derivados de los contratos (art. 11 LRU). − Producto de las operaciones de crédito. − Remanentes de tesorería. • Contendrá en su Estado de Gastos. − Compras de bienes. − Remuneraciones del personal. − Gastos de formación e investigación. − Becas. • La Estructura de su presupuesto y de su Sistema Contable se adaptará a las normas dictadas para el Sector Público. • ELABORACIÓN del Presupuesto y de la Programación Plurianual: • La Comisión Económica => Elabora el Anteproyecto. • D.to y Centros, elaboran un Informe con Gastos e Ingresos que remiten a la Comisión Económica. • El Anteproyecto, teniendo en cuenta los Informes, será presentado ante la JG. • La JG aprueba el Anteproyecto, elevando el proyecto resultante al CS para su aprobación • Los créditos serán ampliables excepto los créditos correspondiente al Personal, tanto Docente como PAS. • TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. − CORRIENTE − CAPITAL − CORRIENTE

CORRIENTE CAPITAL CAPITAL

J.G. C.S 17

− CAPITAL

CORRIENTE

C.S, previa autorización de la CA

• La UNI organiza sus cuentas según los criterios de una contabilidad presupuestaria, patrimonial y analítica. • El Gerente presentará trimestralmente un Informe al Rector, sobre la Ejecución del Presupuesto dando cuenta a la JG. • Podrán solicitar auditorías externas: el CS, la JG y el Rector. • Asimismo la UNI hará auditorias a D.to y Centros de manera aleatoria cuyo número fijará la JG. • La Comisión Económica Elabora al final de cada Ejercicio una M. Económica en la que se reflejará la situación económica de la Uni y el cumplimiento del Presupuesto. Esta M. Será presentada ante la JG quien la aprobará remitiéndola para su conocimiento al CS y al Claustro. • La M. Contedrá: • La liquidación definitiva del presupuesto. • El Estado de la situación patrimonial al final del Ejercicio. • Un informe sobre la gestión de los Recursos Económicos. • Aprobado el Presupuesto por el CS, los gastos recogidos en el mismo, se asignarán a los D.to y Centros a través de la JG. Estos D.to y Centros tendrán la Consideración de UNIDADES DE COSTE. • Clasificación de Gastos: (1) Personal Docente, (2) PAS, (3) Actividades Docentes (4) Actividades Investigadoras, (5) Gastos Generales y de Funcionamiento, (6) Inversiones, (7) Personal Colaborador, (8) Actividades culturales. • Los Gastos por Investigación se asignan: • Una parte a cada D.to o Centro. • El resto en función de los proyectos de investigación de cada D.to o Centro. • Cada D.to o Centro como Unidad de Coste elaborará un Presupuesto de Gastos. • Autorizar y ordenar los pagos => Rector • Los Directores de D.to y Directores y Decanos de Centro podrán disponer de una cantidad para gestionar autónomamente sus gastos menores. • Composición de la COMISIÓN ECONÓMICA: El Rector, el Gerente y el Jefe de Contabilidad y Presupuestos. • Una Comisión de Compras asesorará al Rector en esta materia. Esta estará formada por: • El gerente • El Jefe de Contabilidad y Presupuestos. • Otras personas que designe la JG, número no superior a Cinco. • Competencias de la Comisión de Compras, asesorar sobre: • Compra de bienes y equipos • La adjudicación de los Contratos de: Suministro, mantenimiento y servicios, asi como realización de obras. • Los D.to e Institutos UNI podrán contratar la realización detrabajos, realización de cursos. Estos contratos serán autorizados por la JG, el D.to o Instituto presentará una M., en la que especificará su justificación académica y social, el proyecto, plazo, recursos, humanos y materiales, previsión de Gastos e Ingresos. • Distribución de los fondos obtenidos con estos contratos: − Gastos de Gestión y Ejecución de los Contratos, en la que se incluye la remuneración del PAS 18

− Remuneración del Profesorado. − Ingresos para los D.to e Institutos por el uso de su infraestructura. • El Importe total del contrato tendrá que justificarse (facturas y recibos). • El 50%, como mínimo, deberá ir a sueldos y retribuciones del personal no incluido en nómina (delineantes, técnicos especialistas,...). • Todos los D.to y Centros elaborarán antes de finalizar el primer trimestre una M. Económica, en la que figurarán: • Un Informe sobre la realización del Presupuesto del Ejercicio anterior. • Los Ingresos y Gastos derivados de los contratos anteriores − Esta M se remite a la JG para su conocimiento y efectos • La UNI al objeto de cumplir la tarea de creación y difusión de la cultura, tendrá que disponer de los cauces necesarios para la consecución de dicho fin. • Actividades Culturales de los D.to: • Actividades de carácter académico, orientadas hacia la investigación. Su objetivo es dar a conocer a los estudiantes y a la sociedad, los avances quue se produzcan dentro de una especialidad, por medio de conferencias, charlas, publicaciones... • La financiación de estas actividades correrá a cargo del D.to. • Actividades Culturales de los Centros: • Todos los Centros podrán participar en la difusión de la Cultura por medio de las COMISIONES DE CULTURA. En estas podrán participar Profesores, estudiantes y PAS que lo deseen, siendo las Juntas de Facultad o Escuela las encargadas de la creación y de la normativa por la que se regirán. • Las Actividades de las COMISIONES DE CULTURA abarcarán, desde las de tipo académico no cubiertas por el D.to, hasta otras interesantes para sus integrantes (debate, publicación de revistas...) estando dirigidas tanto a la CU, como a la Sociedad. • Actividades de los Colectivos UNI: La UNI podrá disponer los cauces para favorecer la creación de colectivos culturales que pudieran surgir en su seno, así como el desarrollo de las diferentes áreas de la cultura (cine, folklore, música...). • Actividades Extraordinarias: Se incluyen las organizadas por la UNI, así como las que diversas Entidades Culturales realicen a través o con el concurso de la UNI. • De la coordinación de las Actividades Culturales se encargará el Vicerrector correspondiente, el cual contará con la asesoría de la COMISIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES de la UNI. Este Vicerrector será el encargado de distribuir las cantidades que se asignen a los diferentes apartados. • Los Profesores, alumnos y Personal no Docente tienen Derecho a la práctica de Deporte y al uso de las Instalaciones de la UNI. • De la organización, planificación y coordinación de las actividades deportivas, así como del reparto de las cantidades, se encargará el Vicerrector correspondiente, el cual contará con la asesoría de la COMISIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS de la UNI. • En los Centros podrán constituirse COMISIONES DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS. • La UNI dentro de sus presupuestos establecerá las partidas necesarias para la organización y promoción de las Actividades Deportivas. • INICIATIVA => Claustro, ¼ miembros.

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• APROBACIÓN => Mayoría de 3/5 claustrales • Rechazado el proyecto => Reiteración en un año • REVISIÓN TOTAL O PARCIAL => cuando afecte a: T. Preliminar (Naturaleza y Fines); T. II (Gobierno, Adm. y Gestión de la UNI); T. VIII (Reforma), excepto cuando se cambie la composición y estructura de las comisiones, se procederá: • Aprobación por May. Absoluta del Claustro y disolución inmediata de este. • El nuevo Claustro elegido deberá ratificar el nuevo Testo y aprobarlo por Mayoría de 2/3. • No podrá iniciarse la Reforma, cuando falten menos de tres meses para finalizar el mandato del Rector. 1 13 ESTATUTO UNI DE ZARAGOZA RD 1271/85, 29 de mayo DEPARTAMENTOS CENTROS ÓRGANOS COLEGIADOS • 5 de Todos los sectores. • Rector • Secretario General. • Gerente. • 180 Prof. • 90 Alumnos • 30 PAS • 60% Profesores. • 35% Alumnos. • 5% PAS ÓRGANOS UNIPERSONALES ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN • Secretaria. • Portería. • D.to. PLANES DE ESTUDIO TERCER CICLO Y DOCTORADO TÍTULOS Y ESTUDIOS NO OFICIALES 20

DE LA INVESTIGACIÓN ORDENACIÓN D E LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA DOCENCIA DEL PROFESORADO ESTUDIANTES PERSONAL DE Administración y Servicios (p.a.s.) DE LOS SERVICIOS DE LA UNI BIBLIOTECA Y ARCHIVO COLEGIOS MAYORES HOSPITAL CLÍNICO UNI CENTRO DE CÁLCULO RESIDENCIA UNI DE JACA OTROS SERVICIOS AUTOFINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO DE LA UNI ACTIVIDADES CULTURALES DE LA UNI REFORMA DE LOS ESTATUTOS •

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