FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División

FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División La Junta Directiva d

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División La Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol en el uso de las atribuciones que le confiere su Estatuto en los artículos 47, 58, 59, 91 y 102, y cumpliendo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento General de Competiciones, dicta las siguientes disposiciones normativas, que regirán las actividades de la Comisión de Torneos Nacionales Inter-Clubes durante la Temporada 2013-2014: Las presentes NORMAS COMPLEMENTARIAS constan de disposiciones adicionales al Reglamento General de Competiciones y a las Normas Reguladoras de la Categoría Nacional de la Temporada 2013-2014, de aplicación limitada a la TERCERA DIVISION y las mismas serán interpretadas y aplicadas, preferentemente, sobre aquellas que pudieran ser análogas o concomitantes en los instrumentos mencionados. CAPITULO I DE LA PARTICIPACIÓN Artículo 1: La Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol en el uso de las atribuciones que le confiere su Estatuto en el Artículo 47 incisos b y c, convoca a participar, en los Torneos de la Temporada 2013-2014 de la TERCERA DIVISION a los clubes afiliados a las Asociaciones de Fútbol respectivas, que cumpliendo con lo pautado por la Ley del Deporte, hayan participado en las competencias clasificatorias precedentes y ganado el derecho deportivo, de acuerdo a las Normas Reguladoras de la Temporada 2012-2013 y las Resoluciones que al efecto se dicten: ATL. SUCRE C.F. ATL.CHIVACOA C.A.L.H. C.F. BEJUMA C.S.ITALO-VALENCIA CARABOBO F.C. CENTRO HISPANO DVO. COLONIA F.C. DVO. PEÑAROL F.C. ESTRELLA ROJA F.C. FUND. VALENCIA F.C. LA TRINIDAD F.C. O.D. CACHIMBOS ORTIZ F.C. PARAGUANA F.C. PELLICANOS F.C. U.D. LARA UNION LARA S.C. VICTORIANOS F.C.

A.F. GUANARE ALIANZA ZULIANA ATL. LA FRIA ATL. SAN CAMILO ATL. SOCOPO ATL. TUREN CIUDAD VINOTINTO DIAMANTES DE GUAYANA DVO. TACHIRA FUND. EL VIGIA J.B.L. ZULIA LANCEROS DE ZAMORA LIBERTAD SOCIALISTA MARGARITA F.C. MINASORO F.C. POTROS DE BARINAS SOMOS ESCUQUE U.A. ALTO APURE U.A. ZAMORA

Artículo 2: El Club que haya confirmado su participación en las competiciones señaladas en el artículo anterior y se retire de las mismas voluntariamente, le serán aplicables las disposiciones disciplinarias contempladas en el Código de Ética.

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División Artículo 3: La CTN se reserva el derecho de admitir o rechazar la participación de cualquier equipo que así lo solicite, estando obligada a hacerlo con Resolución motivada. De dicha decisión denegatoria podrá la Asociación de Fútbol respectiva apelar ante la Junta Directiva de la FVF de acuerdo a lo establecido por los reglamentos respectivos. CAPITULO II DE LA TEMPORADA OFICIAL Artículo 4: La Temporada Oficial 2013-2014 de la Categoría Inter-Regional, comenzará con el Campeonato de la Tercera División. Artículo 5: El Campeonato de la Tercera División, dará inicio el 14-09-2013 y constará de dos Torneos: Torneo Apertura 2013 y Torneo Clausura 2014. Los mismos se desarrollarán con base a los requisitos exigidos en estas Normas y deben de culminar, como plazo máximo, el mismo día que finalicen las Fases de Segunda División. El Torneo Apertura 2013 se jugará con treinta y ocho (38) Equipos distribuidos en cinco (5) grupos de seis (6) equipos cada uno y dos (2) grupos de cuatro (4) equipos cada uno, integrados por aproximación geográfica de la siguiente forma:

GRUPO CENTRAL I FUND. VALENCIA F.C. VICTORIANOS F.C. DVO. PEÑAROL F.C. C.A.L.H. DVO. COLONIA F.C. O.D. CACHIMBOS

GRUPO CENTRAL II PELLICANOS F.C. LA TRINIDAD F.C. ATL. SUCRE C.F. CENTRO HISPANO ORTIZ F.C. C.S.ITALO-VALENCIA

GRUPO CENTRAL III PARAGUANA F.C. C.F. BEJUMA UNION LARA S.C. CARABOBO F.C. ATL.CHIVACOA U.D. LARA

GRUPO ORIENTAL DIAMANTES GUAYANA MARGARITA F.C. ESTRELLA ROJA F.C. CIUDAD VINOTINTO LIBERTAD SOCIALISTA MINASORO F.C.

GRUPO OCCIDENTAL I J.B.L. ZULIA ATL. LA FRIA FUND. EL VIGIA SOMOS ESCUQUE ALIANZA ZULIANA DVO. TACHIRA

GRUPO OCCIDENTAL II POTROS DE BARINAS ATL. TUREN LANCEROS DE ZAMORA A.F. GUANARE GRUPO OCCIDENTAL III ATL. SOCOPO ATL. SAN CAMILO U.A. ALTO APURE U.A. ZAMORA

Cada grupo de seis (6) jugara “todos contra todos” a dos (2) vueltas, con tabla de clasificación independiente. Los dos grupos de cuatro (4) jugara “todos contra todos” a dos (2) vueltas y une Serie enfrentándose entre sí a una (1) vuelta, con tabla de clasificación independiente.

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División Artículo 6: La clasificación de los catorce (14) equipos de Tercera División al Torneo de Promoción y Permanencia de Segunda División 2014, se obtendrá con el primero y segundo de cada uno de los cinco grupos de seis (6) equipos y el mejor tercero de entre ellos, además clasificará el primero de cada grupo de cuatro (4) equipos y el mejor segundo de entre ellos. Para determinar la escogencia de los mejores segundos o terceros, se elaborará una tabla de promedios sacada de dividir puntos obtenidos entre juegos jugados y en caso de empate a puntos se aplicara lo establecido para tal fin en estas Normas. Los veinticuatro (24) equipos no clasificados, obligatoriamente se integrarán en el Torneo Clausura de Tercera División que dará inicio en Enero del 2014. Artículo 7: El Torneo Clausura de la Tercera División 2014 clasificará a veintidós (22) equipos para el Torneo Apertura de Tercera División de la Temporada 2014-2015. Este Torneo Clausura estará integrado por los veinticuatro (24) equipos no clasificados a la Serie de Promoción y Permanencia y se le agregarán el número de equipos aspirantes que determine la C.T.N. El Torneo Clausura 2014 se jugará en grupos integrados por aproximación geográfica de “todos contra todos”; “Disposiciones Especiales” como anexo a estas Normas Complementarias, se dictarán al respecto. De acuerdo a los grupos conformados se procederá a determinar la clasificación de los veintidós (22) equipos que permanecerán en la Tercera División para Temporada 2014-2015. Artículo 8: Al término de los Torneos de Tercera División y de la Serie de Promoción y Permanencia de Segunda División la C.T.N. hará una evaluación de la observancia de las disposiciones reglamentarias, por parte de los Equipos participantes, tomando como base el cumplimiento cabal de sus obligaciones deportivas, económicas y de infraestructura. De tal resultante podrán derivarse medidas administrativas. DISPOSICION APLICABLE: La integración de la Tercera División de la Temporada 20142015 tendrá una conformación dividida en Zonas a las cuales se asignarán los equipos que tengan derecho a solicitar su incorporación por ser filiales de los Clubes de Categoría Nacional o provenir de la Serie Inter-regional Sub-20 y Sub-18. CAPITULO III DE LA INSCRIPCIÓN DE JUGADORES Artículo 9: Todo club tiene la opción de tener en nómina un máximo de treinta (30) jugadores. Los plazos de inscripción de los jugadores de la Temporada 2013-2014, serán los siguientes: a) Para el Torneo Apertura 2013, culminará UNA SEMANA después de su inicio. b) Para el Torneo Clausura 2014, culminará DOS SEMANAS después de su inicio. Artículo 10: Durante la temporada 2013-2014 de Tercera División, se permitirá tener registrado un máximo de DOS (2) jugadores extranjeros, que reúnan la condición de

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División residente y en posesión de la cédula de identidad expedida por la autoridad venezolana competente. Artículo 11: Todo club de Tercera División podrá utilizar durante el desarrollo de la Temporada 2013-2014, hasta un máximo de cinco (5) jugadores venezolanos, por encuentro, de los registrados en su Filial Sub-20 o Sub-18, siempre y cuando tengan Licencia de Juego expedida a nombre del Club y los mismos estén participando en el Torneo Inter-Regional que organiza la FVF y no estén sometidos a sanción disciplinaria alguna. Si el equipo de Tercera División es filial de un Club que actúa en Primera o Segunda División de la Categoría Nacional, podrá utilizar dentro del cupo máximo de cinco (5) jugadores hasta un máximo de tres (3) jugadores venezolanos de estas categorías siempre y cuando tengan Licencia de Juego expedida por la FVF a nombre del Club, y no estén sometidos a sanción disciplinaria alguna. Parágrafo Único: En situaciones excepcionales que prefiguren un estado de extrema necesidad, y previa autorización, por escrito, de la Junta Directiva de la FVF, se podrá utilizar un número mayor de sus jugadores pertenecientes a los equipos filiales. Artículo 12: Todo Club de Tercera División durante el desarrollo de la Temporada 20132014, inscribirá para cada juego, con carácter obligatorio, en la nómina de jugadores titulares, hasta un mínimo de un (1) jugador venezolano, de los registrados en Tercera División, Sub-20 y Sub-18, nacido en los años 1995, 1996 y/o 1997,este último con dieciséis años cumplidos, que no estén sometidos a sanción disciplinaria alguna. La violación de esta disposición será considerada alineación indebida, con las consecuencias reglamentarias que tal acto acarrean. Todo jugador nacido en los años 1995, 1996 y/o 1997, inscrito con carácter obligatorio, en la nómina de titulares sólo podrá ser sustituido durante el desarrollo del encuentro por otro jugador venezolano registrado en las mismas edades y condiciones. Artículo 13: Todos los clubes participantes en los Torneos Interregionales de Tercera División, al finalizar la Fase Apertura, podrán solicitar la inscripción de jugadores que hayan sido dados de baja, siempre que cumplan las disposiciones establecidas en las “Normas para el Registro de Jugadores”. DISPOSICIONES ESPECIALES APLICABLES A LA INSCRIPCIÓN DE JUGADORES Artículo 14: Cuando un Club inscriba a un jugador venezolano, en su nómina de Tercera División; el mismo deberá estar en posesión del “Pasaporte del Jugador” en el que conste que al menos ha estado en posesión de una “Licencia de Jugador” en los dos años inmediatos anteriores. Si el jugador no poseyera el “pasaporte” con lo requerido, su proceso de inscripción se someterá al siguiente procedimiento: 1. Adicionalmente a los documentos exigidos por las Normas de Registro de Jugadores consignará: 2. Copia certificada de la Partida de Nacimiento. 3. Rendir declaración ante el funcionario, del Departamento de Registro y Licencias, designado.

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División El expediente así constituido se someterá a la decisión de la C.T.N., la cual determinará si se acepta o rechaza la inscripción. CAPÍTULO IV DEL CUERPO TÉCNICO Artículo 15: Todos los Clubes participantes en los Torneos de Tercera División están obligados desde el inicio de la competencia a tener un Cuerpo Técnico debidamente acreditado por la FVF, inscrito en el Colegio de Entrenadores de Fútbol y que cumplan con lo establecido en las Normas para el Registro de Jugadores, Agentes de Jugadores, Técnicos y Personal Auxiliar. Único: Los Preparadores Físicos deberán consignar título de carreras de cultura física o en su defecto constancia de estudio de la misma. Artículo 16: Los Clubes consignarán ante la C.T.N. el listado de los integrantes de su Cuerpo Técnico en original y dos (2) copias, acompañado de la respectiva fotocopia de la cédula de identidad de cada uno y una fotografía de frente tamaño carnet (sin lentes y gorros). CAPÍTULO V DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 17: Los Clubes de Categoría Inter-Regional que actúen en la Tercera División, cancelarán como cuota de participación la cantidad y en las condiciones, que en su oportunidad establezca la Tesorería de la F.V.F. además deberán cumplir con todo lo establecido en el Reglamento de Solvencia Económica aprobado con fecha del 6 de junio de 2007. Artículo 18: Cuando en cualquiera de los encuentros de la Tercera División, oficiales o amistosos, se cobre al público por presenciarlos, el Club local al término del mismo se obliga a entregar al Delegado de Campo, o en su defecto al Árbitro, una relación veraz de asistencia, especificada por costo de entrada y número de asistentes. Del monto de dicha relación el Club está en la obligación de cancelar: a) El 1% a la Asociación de Fútbol de su respectiva jurisdicción. Se entiende por jurisdicción la que corresponda al lugar donde se efectúe el encuentro. CAPÍTULO VI DE LAS INSTALACIONES Artículo 19: Todo Club de Tercera División, que participen en la Temporada 2013-2014, no podrá efectuar encuentros, ni se le autorizará instalación alguna, que no reúna las siguientes condiciones: a) Aforo de tribunas y graderías en Tercera División para un mínimo de mil personas. b) Terreno de juego engramado, en buen estado sin huecos ni piedras, con medidas mínimas de 100 mts por 64 mts y máximas de 110 mts por 75 mts. Cuando la superficie sea artificial del Concepto de Calidad para césped artificial de la FIFA o el internacional Artificial Turf Estándar, salvo si la FIFA otorga una dispensa especial. NORMAS COMPLEMENTARIAS DE TERCERA DIVISION – TEMPORADA 2013-2014

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División c) Perfecta iluminación para efectuar juegos nocturnos. d) Cerca de malla o enrejado que impida totalmente el acceso del público al terreno de juego. e) Disponer de "Baños Públicos" con un número de piezas sanitarias proporcional al aforo. f) Camerinos independientes para los Clubes visitante y local, que contarán con duchas, lavamanos, urinarios, w.c, mesa de masaje, banco o asientos para sentarse veinte (20) personas simultáneamente, luz y agua corriente obligatoriamente. ÚNICO: Si el camerino asignado al club visitante no reúne las condiciones mínimas establecidas el Delegado de Campo procederá a instalar al Club visitante en el que esté en mejores condiciones. g) Camerino para árbitros que contará con duchas, lavamanos, urinarios, w.c, mesa para escribir y sillas o bancos en buen estado, closet o perchero para ropa, luz y agua corriente obligatoriamente. h) Pizarra que indique el resultado del juego a los asistentes al estadio. i) Parlantes internos, con el fin de transmitir el Himno Nacional, los cambios de jugadores e informaciones de interés para la concurrencia. Artículo 20: Todos los terrenos de juego, donde se efectúen encuentros de Tercera División, deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 33 del Reglamento General de Competiciones de la F.V.F., además se exige: 1. Perfecto y visible marcado del terreno de juego con rayas continuas de pintura blanca. 2. Perfecto y visible marcado del área técnica con rayas no continuas de pintura blanca. 3. Perfecto y visible pintado de color blanco de los Arcos. 4. Colocación de los banderines de esquina, que serán de la altura reglamentaria (1,50 mts.) y flexibles. 5. Perfecto y visible estado de la malla en los Arcos. 6. Bancas de suplentes con capacidad mínima para trece (13) personas, con techo que resguarde del sol y la lluvia, y protección espaldar que impida que los ocupantes puedan ser agredidos con objetos arrojados desde las tribunas y/o graderías. 7. Mesa Técnica, a la altura del medio campo, con toldo y protección espaldar y tres (3) sillas para uso del Delegado de Campo y Delegados de los clubes contendientes. 8. Tres (3) mástiles visibles para la colocación del Pabellón Nacional y Banderas del club local y club visitante, que son de obligatoria colocación. 9. Paso destinado a los jugadores y árbitros, debidamente protegido, desde la salida de los vestuarios, tribuna y/o gradería hasta el terreno de juego. Artículo 21: Toda instalación apta para efectuar encuentros de los Campeonatos de Tercera División, no podrá ser utilizada, simultáneamente, por más de dos (2) clubes, preservando el orden de llegada a la CTN independientemente que el propietario lo autorice. De presentarse más de dos (2) clubes con la autorización respectiva, prevalecerá la que corresponda a un equipo filial de los que participan en la Categoría Nacional, siempre y cuando su equipo de máxima categoría tenga como sede dicha instalación. ÚNICO: La CTN podrá expedir autorización temporal, en salvaguarda de los intereses de la competición y de los Clubes participantes.

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División CAPITULO VII DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ENCUENTROS Artículo 22: Los delegados de los clubes participantes están en la obligación de presentar al Delegado de Campo, o en su defecto al Árbitro del encuentro, con 30 minutos de anticipación a la hora fijada para el comienzo del juego, la planilla contentiva de la alineación de jugadores: once (11) titulares y siete (7) suplentes y personal técnico: Seis (6) en total como máximo, acompañadas de sus respectivas Licencias de Juego y credenciales de Personal Técnico. Artículo 23: Los clubes quedan obligados a elaborar su propia planilla de alineación en original y dos copias, que contendrá los siguientes datos:  Identificación del encuentro, con lugar y fecha.  Número de Uniforme, Nombre y Apellido, Número de Licencia de cada jugador titular y suplente.  Identificación del Capitán.  Identificación de la categoría.  Nombre y Apellido, número de Credencial del Director Técnico y Delegado del Club y los cuatro (4) miembros restantes del personal auxiliar.  Firma autógrafa del Delegado del Club. Artículo 24: Si transcurridos treinta (30) minutos de la hora señalada para el inicio del encuentro, uno de los dos equipos no se hubiese presentado o lo hiciera, con un número de jugadores inferior a ocho (8), el árbitro levantará el acta correspondiente, haciendo constar en la misma una u otra circunstancia, dándole al infractor por no comparecido. Se entiende por presentarse a la “hora señalada”: el hacerlo en el terreno de juego debidamente uniformado y chequeado. Artículo 25: La duración de los encuentros será de 90 minutos, divididos en dos tiempos de 45 minutos. Artículo 26: En el transcurso de los encuentros oficiales de Tercera División, podrán ser sustituidos hasta un máximo de tres (3) jugadores (incluido el arquero). Artículo 27: Cuando se produzca la suspensión de un juego de Tercera División por causa de fuerza mayor que pueda ser imputable al club sede (impedimento de utilización de cancha por lluvia), el club local deberá manifestar por escrito en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, el compromiso de cubrir los gastos de traslado (transporte y comida) del club visitante con el fin de que retorne a cumplir el compromiso aplazado, de lo contrario la CTN decidirá el resultado del juego de acuerdo a lo pautado en el artículo 17 de las Normas Reguladoras de la Categoría Nacional de la Temporada 2013-2014. Artículo 28: Todo club está en la obligación de tener inscrito un uniforme oficial que utilizará con carácter obligatorio cuando actúa de local o visitante y un uniforme alterno (ambos de colores contrastados entre sí) para cuando se enfrenten clubes cuyos uniformes pueden ser iguales o que a juicio del árbitro del encuentro se preste a confusión por su semejanza; en este caso el club visitante usará el uniforme alterno. Todos los uniformes deberán cumplir con las siguientes disposiciones: NORMAS COMPLEMENTARIAS DE TERCERA DIVISION – TEMPORADA 2013-2014

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División a) b)

Llevar en la parte posterior de la franela, en forma visible y destacada, con suficiente contraste de colores, el número que le corresponda del 1 al 99. Llevar estampado o cosido el escudo oficial de la FVF, en la manga de la franela y en el pecho el escudo del Club.

Artículo 29: Para una mejor implementación de lo pautado en el artículo anterior, se hace obligatorio que cada Club registre ante la C.T.N., previo el inicio de la Temporada, su uniforme oficial y el alterno con una descripción gráfica y a color de los mismos. Artículo 30: Todo Club de Tercera División que actúe como local (sede), está obligado a garantizar la cantidad de cinco (5) agentes de la fuerza pública como mínimo. El incumplimiento de esta disposición, en forma reiterada, causará la exclusión del Torneo donde esté participando. Artículo 31: Cuando a juicio del árbitro, la Fuerza Pública presente, exigida en el artículo anterior no sea suficiente como para dar garantías al inicio del encuentro, se fijará el comienzo para media hora más tarde en el mismo recinto de juego, exigiéndosele al club que actúa como local cumplir con los requisitos en dicho tiempo. Si pasada dicho tiempo, el encuentro no se puede efectuar, al Club que ejerce como local se le considerará renuente a cumplir con estas Normas y será calificado como incomparecencia. Artículo 32: Todos los clubes están obligados a preservar la integridad física del cuerpo arbitral, del delegado de campo y del equipo visitante, e impedir los actos de intimidación, agresión o violencia que se establecen como sancionables en el Código de Ética. La CTN por vía resolutiva podrá exigir la presencia de la fuerza pública, en el número que considere conveniente, en aquellos encuentro en que los clubes no cumplan con lo arriba señalado. La violación de estas exigencias puede ser causal de extrañamiento de la competencia. Artículo 33: En las instalaciones donde se efectúen encuentros del Torneo de TERCERA DIVISION se cumplirán con las siguientes previsiones: a) Impedir la presencia del público entre los espacios que separan el terreno de juego de las tribunas o cerca de separación del mismo. b) Dar protección a la terna arbitral y equipo visitante, esto incluye sus medios de transporte. c) Presencia de camillas y camilleros para prestar auxilio al desplazamiento de los jugadores al sector externo del terreno de juego. Artículo 34: Todo encuentro que una vez comenzado, sea suspendido por mal tiempo, mal estado del terreno de juego, falta de visibilidad o causa de fuerza mayor que apreciara el árbitro, se procederá de acuerdo a lo pautado en estas normas. Para la aplicación de este artículo, se tomará en cuenta: a) Si no había culminado el primer tiempo, se jugará de nuevo desde el principio. En este caso los jugadores que hayan sido amonestados o expulsados, se les computará la sanción como si el encuentro hubiera concluido. b) Si culminó el primer tiempo, siempre y cuando queden más de 15 minutos por jugarse, se proseguirá con los mismos jugadores que estaban en cancha al momento de la suspensión del mismo, como si de una interrupción se tratase.

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FEDERACION VENEZOLANA DE FUTBOL Comisión de Torneos Nacionales Normas Complementarias Categoría Inter Regional - Tercera División CAPITULO VIII DE LAS PREMIACIONES Disposición Especial para Tercera División: Los equipos que logren adquirir el Ascenso a la Segunda División en el Torneo de Promoción y Permanencia se les entregará una Placa de reconocimiento de tal logro. DISPOSICIONES FINALES Artículo 35: La Federación Venezolana de Fútbol publicará un “BOLETÍN INFORMATIVO” oficial, con una periodicidad mensual como mínimo, en el cual se contendrán resultados, tablas de clasificación, calendarios, resoluciones e información de interés relacionadas con el desarrollo de las actividades de los Torneos de Tercera División. Artículo 36: Las disposiciones del Código de Ética, serán aplicables mientras no sean modificadas, en los mismos términos de la Temporada 2012-2013. En consecuencia lo dispuesto en estas Normas es adaptable en armonía y concomitancia al Artículo 100 del mismo. Artículo 37: Lo concerniente al lapso y modo de cumplimiento de las sanciones de los jugadores y personal técnico, a quienes estas Normas Reguladoras permiten actuar en diferentes categorías, se regirán por lo dispuesto en Código de Ética y las disposiciones dictadas por el Consejo de Honor en su oportunidad. Artículo 38: Cualquier hecho no previsto en estas Normas, será resuelto, de acuerdo al Estatuto, los Reglamentos y las Disposiciones que dicte la Junta Directiva de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL. Caracas, 1 de Septiembre de 2013.

Laureano González S. Presidente (e)

Manuel Tomás Álvarez Secretario Ejecutivo

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