INDICE. 1.- Objeto del Pliego de Condiciones. 2.- Ambito del servicio. 3.- Generalidades del servicio. Trabajos que comprende

PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE HA DE SERVIR COMO BASE PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCURSO PUBLICO DEL MANTENIMIENTO DE LOS PARQUES, ZONAS AJARD

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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE HA DE SERVIR COMO BASE PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCURSO PUBLICO DEL MANTENIMIENTO DE LOS PARQUES, ZONAS AJARDINADAS, TALUDES, CAMINOS Y ARBOLADO DEL MUNICIPIO DE ARRIGORRIAGA.

INDICE

1.- Objeto del Pliego de Condiciones. 2.- Ambito del servicio. 3.- Generalidades del servicio. Trabajos que comprende. 4.- Periodicidad de las labores. 5.- Características de la oferta técnica a realizar por las empresas oferentes. 6.- Control de la realización de los trabajos. 7.- Ampliaciones y disminuciones. 8.- Infracciones. 9.- Sanciones. 10.- Aspectos generales del servicio. Anexos (del 1 al 7).

PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE HA DE SERVIR COMO BASE PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCURSO PUBLICO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS PARQUES, ZONAS AJARDINADAS, TALUDES, CAMINOS Y ARBOLADO DEL MUNICIPIO DE ARRIGORRIAGA.

1.- OBJETO. El objeto del presente Pliego de Condiciones es el de servir como base para la contratación mediante concurso público de los trabajos de mantenimiento de parques, jardines y zonas verdes en general del municipio de Arrigorriaga, regulando los aspectos técnicos básicos de la forma de realización del servicio, estableciendo las zonas de actuación y los sistemas a emplear para conseguir un servicio que cumpliendo unas mínimas exigencias pueda resultar adecuado a las posibilidades municipales.

2.- AMBITO DEL SERVICIO DE JARDINERIA REGULADO POR ESTE PLIEGO. El ámbito del servicio se circunscribirá a todas aquellas zonas para las que el Ayuntamiento de Arrigorriaga, previo acuerdo municipal, así lo demande. A continuación se detallan los diferentes tipos de superficies que serán objeto de atención por el presente pliego en base a la similitud del tratamiento a aplicar: A.- Zonas ajardinadas. B.- Taludes y zonas a desbrozar y limpiar periódicamente (ferrocarril, ríos, arroyos, ...) C.- Caminos de propiedad municipal. Limpieza y desbroce de taludes laterales y cunetas. D.- Mantenimiento de jardineras cerámicas y de hormigón y de árboles de alineación no incluidos en los demás grupos. E.- Plantaciones de temporada. Tanto la composición de cada uno de los grupos como el desglose de sus superficies, y sin perjuicio de las posibles ampliaciones o disminuciones que en el futuro puedan producirse, se detallan en el anexo 1. En el anexo 2 se sitúan sobre un plano del término municipal los identificativos que corresponden a cada una de las superficies que serán objeto de mantenimiento en base al presente pliego.

3.- GENERALIDADES DEL SERVICIO. TRABAJOS QUE COMPRENDE. El servicio a realizar comprende una serie de labores que podemos clasificar en labores de conservación, labores de reposición y labores de poda de arbolado. 1.- Labores de Conservación. 1.1.- Siega de césped.

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La siega consistirá en el corte periódico del césped, con el fin de obtener un manto compacto y vigoroso, sin malas hierbas o especies que como consecuencia del paso del tiempo, tiendan a desplazar a las especies implantadas inicialmente. La altura máxima de corte nunca superará los 4 cm. La recogida del césped se realizará de forma inmediata, para su posterior reciclado o compostaje. En este apartado se contempla la siega de los alcorques, que se realizará sin levantar las losetas cubre alcorques. 1.2.- Desbroces. Consiste básicamente en la eliminación de toda la vegetación que no sea objeto de conservación ni de aprovechamiento botánico alguno alrededor de las plantas y en la eliminación de toda la maleza de los taludes, arcenes y cunetas hasta una altura de dos metros. La altura máxima de las plantas cortadas con respecto al terreno será de cuatro centímetros. Los productos resultantes de la operación de corte, así como cualquier otro material como botes, plástico, piedras, etc. que queden a la vista se recogerán de forma inmediata y serán clasificados y transportados para su posterior reciclado. 1.3.- Riego. Esta labor se realizará dependiendo de las condiciones climáticas y de las especies vegetales existentes, de forma tal que todos los elementos vegetales encuentren el suelo con el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo. El riego se efectuará preferentemente a primera hora de la mañana o al atardecer. La aportación de agua se realizará de las bocas de riego existentes o en su defecto desde un vehículo apropiado. Los oferentes deberán indicar los medios que destinarán al efecto. En cuanto al riego del arbolado de alineación y macizos arbustivos irá precedido de un entrecavado que facilite la penetración del agua hasta capas profundas, consiguiendo así una mayor oxigenación, un calado profundo y ahorro de agua. El riego de las jardineras se realizará, previo labrado, con boquilla al objeto de evitar la compactación y disgregación de la tierra. El agua se obtendrá siempre de la red municipal, cumpliendo la normativa de uso vigente en cada momento. Como medida de seguridad se evitará que el agua moje la calzada. Si fuera necesario estacionar al borde de la calzada vehículos cisterna u otros materiales de riego se adoptará la señalización consignada en las Normas BAT (Normas Técnicas para las Carreteras de Bizkaia). 1.4.- Abonado. Consiste en el aporte sobre las praderas de césped, macizos de flor de temporada, vivaces, masas de arbustos, arbustos y arbolados, de los abonos que fueren necesarios para conseguir un mejor desarrollo vegetativo y estado fisiológico de las especies vegetales. En las praderas, la aplicación de los productos, se realizará sobre el césped, bien de forma manual o mecánica. Cuando el abonado se realice sobre arbustos, arbolado, setos, macizos de flor, bulbos o vivaces, éste se practicará sobre la zona previamente entrecavada. Una vez 3

aportado el nutriente, se procederá a su cubrición mediante aportación de viruta de madera o del compostaje autogenerado. 1.5.- Tratamientos fitosanitarios. Consiste en la actuación encaminada a la lucha contra las plagas y enfermedades que puedan aparecer y sufrir el arbolado, arbustos, setos y césped. Los medios y procedimientos de aplicación serán eficaces y no tóxicos requiriéndose la autorización municipal. Las horas de tratamiento serán tales que no causen perjuicios al vecindario. 1.6.- Recorte y podas de arbustos, setos y vivaces. Esta tarea se realizará con el fin de mejorar y mantener las diferentes formas de las plantas, al objeto de incrementar su valor ornamental. La ejecución se realizará con medios manuales o mecánicos, evitando cortes indebidos, deformaciones y mutilaciones, al objeto de obtener las formas indicadas. En el caso de los arbustos, la selección de las ramas a podar tenderá a fortalecerlo, eliminando ramas secas debilitadas, mal formadas o competitivas con las de alrededor, de forma que se obtengan formas regulares y armónicas con el entorno. La poda se realizará respetando el período de floración. En los setos se evitarán las varetas aisladas o sobresalientes una vez finalizada la poda. Si los setos formaran pantallas, la poda tenderá a aumentar su vigor ornamental para lo que han sido destinadas. En el caso de plantas vivaces se eliminarán las hojas y ramas viejas, con el fin de revitalizarlas, procediendo posteriormente a retirar los residuos obtenidos para su posterior conversión en compost. 1.7.- Aireado, verticut, horadado y enarenado. Se realizará sobre el césped cuando el terreno lo necesite para modificar y mejorar su estructura. El material obtenido será eliminado de los jardines tras la finalización de las tareas. Realizadas las pasadas necesarias con la maquinaria referida, se procederá al enarenado del césped, y si fuera necesario se procederá a realizar labores de abonado y siembra. Las partes de las zonas verdes dedicadas a plantas de flor y arbustos se entrecavarán de forma continuada, de manera que no existan malas hierbas y se mantenga la estructura del suelo. Para evitar la compactación del suelo, todos los terrenos de cualesquiera de las zonas serán rastrillados de forma continuada y en particular después de cada labor de entrecavado. Igualmente, en las zonas enarenadas donde se produzcan irregularidades en la nivelación y aspecto superficial, se precederá a realizar un rastrillado hasta alcanzar un buen estado.

2.- Labores de reposición. Tanto la planta anual, vivaces, bulbos, arbustos y arbolado como las semillas necesarias para la ejecución de las labores recogidas en este apartado serán suministradas por el Ayuntamiento. 2.1.- Reposición, plantaciones de planta anual, vivaces, bulbos, arbustos y arbolado. 4

La plantación de especies anuales, vivaces, y bulbos se realizará 2 veces al año, básicamente a partir del uno de junio para la plantación de verano y segunda quincena de octubre para la plantación de invierno. Las especies a utilizar dependerán exclusivamente de la decisión municipal. Con anterioridad a la plantación se laboreará, labrará y abonará la tierra en profundidad. Tras la plantación se procederá a un riego de implantación qué será respetuoso con la misma. La plantación de arbustos se realizará bien en agrupaciones bien de forma aislada, siendo el tamaño del arbusto siempre inferior a 1,50 m. entregado, bien con cepellón, a raíz desnuda o en cubeta. Para la plantación de éstos se preparará el terreno previamente, bien mediante la apertura de hoyo de 40x40x40 o bien mediante el laboreo del terreno en profundidad. En el primer caso se aportarán tierras de calidad, abonadas y mezcladas con humus. En el segundo se procederá al estercolado y/o abonado si fuera preciso. Realizada la plantación se procederá al riego continuo durante dos días consecutivos. Si fuese necesario el entutorado, éste se realizará de forma seguida a la plantación. En lo referente a la plantación de árboles, éstos se plantarán en el período enero-febrero, principalmente. Para asegurar la inmovilidad de los árboles, si éstos lo requirieran, se colocará un tutor al que se liga el árbol plantado a la altura de las primeras ramificaciones. Los tutores deberán hincarse en el terreno natural en una profundidad de al menos 20 cm. y las ataduras serán elásticas para permitir el desarrollo en grosor de árbol. En las plantas de ramificaciones muy bajas, o que tengan un tamaño grande, la colocación de tutores puede no ser posible, o ser insuficiente. Entonces se recurrirá a la fijación por medio de vientos, cuerdas o cables desde el tronco al suelo. También en este caso se protegerá la corteza con ataduras elásticas. Finalizadas estas labores se procederá a un riego de instalación durante cuatro veces, dos consecutivas y las otras dos espaciadas, 10 días cada una. 2.2.-. Siembra del césped. La siembra del césped comprende la preparación previa del terreno a sembrar, la posterior siembra propiamente dicha, los riegos de implantación necesarios y la primera siega con medios mecánicos. 2.3.-. Colocación de tepes. Para la colocación de tepes se procederá al previo laboreo del terreno natural con desfonde, aporte de abono para seguir con otro laboreo y reperfilado, para posteriormente disponer sobre el terreno ya preparado las losetas de césped. Tras la colocación de las losetas de césped se procederá al rulado con pisón y al riego de implantación, evitando el encharcamiento. 3.- Poda de arbolado. En primer lugar se podarán las ramas enfermas, estropeadas o muertas. La eliminación de ramas vivas y sanas solo se justificará para aclarar la copa permitiendo la entrada de aire y luz, compensar la pérdida de raíces, dar buena forma al árbol eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas o para revitalizar los árboles viejos o poco vigorosos. Los cortes se realizarán a nivel de la base de la rama a eliminar, dejando la herida enrasada con la rama a la que pertenece. Si fuera necesario eliminar grandes ramas se extremarán las precauciones para evitar que el peso de las mismas desgaje una larga tira de corteza. Tras la eliminación de la rama se eliminará definitivamente el 5

muñón, aplicando en la herida un producto cicatrizante que evite la posterior podredumbre. En los árboles jóvenes se realizará una poda de formación, hasta conseguir el porte y la forma deseada. Las labores de poda se realizarán preferentemente en la época de parada vegetativa, no siendo preceptiva esta norma para las limpiezas vegetativas y pinzamientos. Los restos derivados de la poda se retirarán de forma inmediata, para su posterior reciclado o compostaje. 4.- PERIODICIDAD DE LAS LABORES. Se establecen en el presente apartado una serie de períodos de tiempo que serán los que marquen las frecuencias máximas que en condiciones normales habrán de tener los distintos trabajos a realizar, y que dependerán del lote de que se trate. Las empresas que opten a la adjudicación deberán, tomando estas frecuencias como tope de las labores a realizar y teniendo en cuenta tanto las características climatológicas del municipio como los demás aspectos propios de las zonas a mantener, elaborar un Estudio Técnico a la baja en el que se planifique pormenorizadamente la realización de las labores que se consideren suficientes, de modo y manera que garantizándose un perfecto estado de las zonas a mantener, se minimice el presupuesto anual del servicio. Este Estudio Técnico, cuya inclusión en la oferta será obligatoria, será la base de partida a la hora de establecer la oferta económica. Será asimismo la referencia para la confección de los Programas Mensuales de Labores a Realizar, los cuales serán presentados al responsable municipal con al menos una semana de antelación al inicio del mes en cuestión. El ayuntamiento podrá manifestar por escrito las puntualizaciones que se estimen oportunas, así como incluirse de oficio las labores que sin ser periódicas proceda realizar (como podas, recortes de setos, abonados, u otros trabajos no periódicos). El adjudicatario podrá modificar en base a las primeras la programación mensual, estando obligado a incorporar las segundas. En los partes de trabajo deberá justificarse el cumplimiento de los trabajos previstos en el programa, así como, cuando proceda, los motivos de su no cumplimiento. 4.1.- Zonas ajardinadas de Propiedad Municipal. − Los riegos dependerán de la época del año, siendo, como máximo, de dos veces por semana los meses de junio, julio, agosto y septiembre; de una vez por semana en primavera y otoño y según necesidades en invierno. No obstante lo anterior, la meteorología del momento adaptará la frecuencia del riego. − Las siegas de césped se realizarán una vez por semana en mayo, junio, julio, agosto y septiembre; dos veces por mes en marzo, abril, octubre y noviembre y una vez al mes en el resto de meses. Se pretende conseguir un manto compacto y vigoroso de color uniforme, sin malas hierbas. − Los abonados serán, de estimarse necesarios, orgánico y mineral. El abonado orgánico con mantillo se realizará los meses de enero y febrero, con una dosificación de 2 l/m2. El abonado mineral será nitrogenado y fosfo-potásico. El primero con una dosificación de 10 gr/m2, se extenderá en dos aportaciones, una en los meses de febrero y marzo y la otra en abril o mayo. El segundo se extenderá, con 6

una dosificación de 50 gr/m2, del 10% de riqueza entre los meses de noviembre a enero. − Los entrecavados de árboles y arbustos se realizarán dos veces al año, una en los meses de octubre y noviembre y la otra en los de abril y mayo. El entrecavado en macizos y parterres se realizará con periodicidad mensual entre los meses de abril y septiembre. − Las labores de rastrillado se realizarán al menos coincidiendo con entrecavados y siegas. − Los trabajos de conservación de bordes de césped se realizarán dos veces al año, la primera en los meses de marzo y abril y la segunda en el mes de septiembre. − Las podas de árboles y arbustos se realizarán según necesidades. Los recortes de setos sólo serán realizados en algunas especies y entre los meses de mayo y septiembre ambos incluidos. − Los tratamientos fitosanitarios serán aplicados en caso de ser necesarios. 4.2.- Taludes y Caminos a limpiar y desbrozar periódicamente. Limpieza de Cunetas. Las zonas comprendidas en los grupos B y C gozarán de una periodicidad trimestral para las labores a realizar en ellas. No obstante lo anterior podrá ordenarse por el Ayuntamiento la realización de otro tipo de acciones o el incremento de las frecuencias para conseguir tenerlas en las debidas condiciones. No se podrá utilizar el fuego como medio de eliminación, sino de roza y en casos especiales de elevada dificultad se permitirá el uso de herbicidas sistémicos, cuya autorización quedará sujeta al tipo de herbicida, toxicidad y zona a tratar. 4.3.- Arbolado de alineación y en general el no recogido en otros apartados. Los trabajos a realizar en el arbolado de alineación no incluido en grupos anteriores comprenderán el entrecavado, aireado y rastrillado al menos una vez al año. 4.4.- Varios. Dentro de este apartado de varios se incluyen las frecuencias de los trabajos a realizar en las jardineras diseminadas por el término municipal. El mantenimiento en buen estado de todas y cada una de las jardineras o composición de ellas implica la realización de una serie de trabajos inaplazables como el riego, limpieza, entrecavado, desherbado, etc., que serán habitualmente realizados. Estos elementos tendrán atención constante, debiendo vigilarse permanentemente, y actuarse en ellas, orientativamente, una vez por semana. Serán obligatoriamente realizadas las siguientes labores: − − − − −

Las podas de árboles y arbustos. Las resiembras y reposiciones. Los trabajos de abonado en tipo II. El recorte de setos en tipo II. La realización de trabajos puntuales en jardineras o composición de ellas. 7

− En general, trabajos esporádicos no periódicos. 5.- CARACTERISTICAS DE LA OFERTA TECNICA A REALIZAR POR LAS EMPRESAS OFERENTES. Las empresas oferentes deberán realizar una oferta técnica adecuada (tanto en medios humanos como técnicos). A estos efectos deberán complementar las fichas que como anexos 3, 4, 5 y 6 se recogen junto al presente Pliego. Las fichas en cuestión recogerán los siguientes elementos: 5.1.- Ficha correspondiente a recursos humanos: En ella se recoge básicamente el número de personas que prestarán su servicio, cualificación técnica de las mismas, horarios, etc. En relación a este apartado deberán tener en cuenta los siguientes puntos: * La empresa adjudicataria vendrá obligada a absorber el personal que se relaciona nominalmente en el anexo 7. Una vez comenzado el contrato entregará mensualmente en el Ayuntamiento los boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2). * En ningún supuesto el personal de la empresa adjudicataria podrá considerarse con relación laboral o funcionarial con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, debiendo tenerse por dicha empresa debidamente informado a su personal de este extremo. * Se notificará al Ayuntamiento cualquier modificación de la plantilla que en el transcurrir de la adjudicación se produzca. * La empresa adjudicataria adquiere el compromiso de mantener la plantilla ofertada durante la duración total del contrato, independientemente de casos de enfermedad, permisos, sanciones, vacaciones o cualquier otra circunstancia. 5.2.- Ficha correspondiente a medios materiales: En ella se recogen básicamente las características y el número de los medios mecánicos a utilizar con dedicación total al servicio objeto de este contrato. Tanto la maquinaria como los vehículos deberán conservar en todo momento un buen aspecto, tanto exterior como interior. Asimismo deberán encontrarse en perfecto estado de utilización y conservación, pudiendo ser desechados por el Ayuntamiento cuando no reúnan las debidas condiciones, debiendo en estos casos proceder a su sustitución de forma inmediata. 5.3.- Ficha correspondiente a la descripción técnica de la oferta: En ella se recogen básicamente las características de la oferta: descripción de las tareas a realizar, periodicidad de las mismas a lo largo del año, jornada de trabajo, etc. Además de las citadas fichas anteriormente mencionadas, las empresas oferentes deberán presentar otra ficha (anexo 6) en la que se recojan todos aquellos elementos que se refieran al servicio no incluidos en las fichas anteriores (v.g.: elementos técnicos y/o humanos sin adscripción total al servicio, medios adscritos al 100% al servicio pero en periodos concretos o únicamente cuando sean necesarios, ...). 8

6.- CONTROL DE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. La empresa adjudicataria será directamente responsable de la calidad del servicio, controlando continuamente todos los aspectos con él relacionados por el sistema que considere oportuno, de tal manera que pueda responderse en cualquier momento y de inmediato cualquier cuestión planteada por los responsables municipales y relacionada con el servicio. Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia municipal, pudiendo el Ayuntamiento realizar las revisiones de personal y material que estime oportunas en cualquier momento o lugar. El Ayuntamiento tendrá acceso a los locales o dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise sobre la organización del mismo. El contratista deberá en todo caso presentar partes diarios de trabajo, con el resumen de los trabajos realizados y de cualquier incidencia ocurrida en la jornada. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de cambiar las tareas previamente planificadas por la empresa adjudicataria, siempre que ello no suponga incremento de coste para la misma.

7.- AMPLIACIONES Y DISMINUCIONES. La adición o detracción de unidades a mantener (m² de zona verde, árboles de alineación, jardineras, ...) al presente contrato, así como la modificación del programa de actuación sobre ellas, dará lugar a ampliaciones o disminuciones del servicio siempre que ello conlleve modificación de la oferta técnica (esto es que se modifiquen los elementos humanos o mecánicos destinados al efecto). En el supuesto de modificaciones de dicha oferta técnica, y al efecto de introducir un valor objetivo para ambas partes, las empresas oferentes incluirán en su proposición el importe de hora de trabajo de oficial y de peón, tal y como se recoge en el modelo de oferta.

8.- INFRACCIONES. Las infracciones por incumplimiento de las prescripciones de este Pliego o de normas de carácter general aplicables al presente contrato se clasificarán en leves, graves y muy graves. 8.1.- Son infracciones leves: a) Falta de uniforme reglamentario en el personal, el estado indecoroso del mismo, o llevar distintivos ajenos al diseño establecido. b) El incumplimiento de las tareas mínimas exigibles de acuerdo con el presente Pliego o con la oferta realizada. c) Utilización de maquinaria y herramientas en mal estado de conservación o funcionamiento. d) Omisión del deber de comunicar de inmediato las situaciones de personal. e) Modificación de un servicio sin causa justificada y sin notificación previa. f) Las riñas o peleas entre operarios durante el desempeño del servicio. g) Otros incumplimientos de las normas generales y específicas previstas en este Pliego. 9

8.2.- Son infracciones graves: a) Ocupación del personal en tareas distintas a las especificadas en el contrato. b) El detraer personal de la contrata para dedicarlo a otros cometidos o incorporar a ella personal proveniente de otros centros de trabajo sin conocimiento del Ayuntamiento. c) Negarse o demorarse en facilitar la información, que relativa al servicio contratado, sea demandada por el Ayuntamiento. d) El falseamiento de la documentación relacionada con todos los elementos de la empresa. e) La desobediencia inexcusable a las órdenes que el Ayuntamiento dé por escrito para corregir deficiencias concretamente señaladas por éste. f) Falta de los elementos de seguridad necesarios para la prestación de cada servicio. g) La comisión de tres faltas leves en el periodo ininterrumpido de doce meses. 8.3.- Son infracciones muy graves: a) La comisión de dos faltas graves en el periodo ininterrumpido de doce meses. b) La falta de afiliación de algún trabajador a la Seguridad Social.

9.- SANCIONES. A las infracciones señaladas en la cláusula anterior les serán de aplicación sanciones consistentes en multas por importe de las cuantías que a continuación se detallan, revisándose las mismas de igual forma que el precio del contrato para años sucesivos: - Infracciones leves: de 300,00 a 1.500,00 euros. - Infracciones graves: de 1.500,001 a 3.000,00 euros. - Infracciones muy graves: de 3.000,01 a 30.000,00 euros. El importe de las multas se hará efectivo contra la facturación primera posterior a su imposición o, en última instancia, contra la garantía definitiva, debiéndose ésta reponer en su importe en el plazo de quince días.

10.- ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO. 1.- Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. El uniforme llevará el identificativo de la empresa y el del Ayuntamiento. La cantidad y calidad de vestuario a facilitar al personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos en vigor. 2.- La empresa adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o maltrato que el personal observe con respecto a terceros, así como de cualquier perjuicio, que como consecuencia de la prestación del servicio, sea infringido a los bienes y propiedades municipales. 3.- Asimismo todos los vehículos destinados de forma permanente al servicio deberán llevar el identificativo de la empresa y el del Ayuntamiento. 10

4.- El Ayuntamiento pondrá a disposición de la empresa adjudicataria el suministro de agua que precise para la ejecución de su cometido. Si por causas ajenas a la voluntad del contratista no fuese suministrada con la normalidad precisa no será de su responsabilidad la imperfección o la demora de la ejecución del contrato. 5.- Todas las tareas objeto del presente contrato se efectuarán observando por el personal que lo realizare todas las disposiciones vigentes en materia de Seguridad e Higiene del Trabajo, y normativa concordante. 6.- Dentro de las zonas ajardinadas, el Ayuntamiento de Arrigorriaga tendrá libertad absoluta para realizar tanto obras nuevas como mejoras en los espacios verdes entregados a conservación. A tal efecto, podrán crearse nuevos macizos de planta de flor, nuevas praderas, plantar árboles, transplantarlos, cambiar el pavimento de los paseos y cuantas actuaciones se juzguen oportunas. La empresa adjudicataria no podrá realizar obras nuevas ni mejoras que alteren o modifiquen el trazado o características de los elementos a conservar salvo autorización expresa y por escrito del Ayuntamiento. 7.- La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad de los daños y perjuicios que, en la ejecución del servicio, se pudieran ocasionar al Ayuntamiento o a terceros, debiendo acreditar la existencia de una póliza de seguro con una cobertura de al menos 50.000.000,- de pesetas. 8.- La empresa adjudicataria deberá contar con locales destinados al servicio a una distancia no superior a 2 km del municipio de Arrigorriaga. Arrigorriaga, a 2 de enero de 2006. El Secretario Acctal.

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Anexo 1 RELACION DE ZONAS A TRATAR SEPARADAS POR LOTES ZONAS AJARDINADAS. CASCO A-1 A-2 A-3 A-4 A-5 A-6 A-7 A-8 A-9 A-10 A-11 A-12 A-13 A-14 A-15 A-16 A-17 A-18 A-19 A-20 A-21 A-22 A-23 A-24 A-25 A-26 A-27 A-28 A-29

Jardín Aixarte Etorbidea-15 Jardín Centro de Día Jardín Aparcamiento Aixarte nos. 2-4-6 Isleta Severo Ochoa-Paseo Urgoiti Jardín Entorno Iglesia Jardín Aparcamiento Trasero Paseo Urgoiti nos.36 a 40 Rotondas Calle Severo Ochoa (2) Ugertza Parkea Lehendakari Agirre Parkea Jardines Interiores C/Joseba Andoni Uriarte Plaza y Entorno Centro Salud Barua Parkea Jardines junto aparcamiento Polideportivo Jardines y Solarium interior Polideportivo Jardines Odol Emoileen Enparantza y Entorno Jardín acceso Estación RENFE Nueva Rotonda de acceso Parque viviendas Lonbo Kalea Jardines Bº Larrasko Jardines Bº Cubo Barzubia Parkea Jardines Urbanización Arandia Nuevas Rotondas Travesia del Cristo (2) Jardín Acceso Cementerio Zonas ajardinadas entre edificios y parque J. Mª Makua Parque Torrontegui-Padura Jardines entre edificios C/Pedro Muro Jardines Lanbarketa 2,4 y 6 Jardines viviendas y P.P Martiartu II

920 m2 1.945 m2 300 m2 130 m2 815 m2 150 m2 180 m2 3.500 m2 11.400 m2 400 m2 450 m2 3.800 m2 1.200 m2 4.700 m2 2.850 m2 1.000 m2 400 m2 13.500 m2 750 m2 750 m2 5.800 m2 3.000 m2 2.500 m2 690 m2 10.500 m2 11.000 m2 3.800 m2 375 m2 2.700 m2

ZONAS AJARDINADAS. LAPEÑA-ABUSU A-30 A-31 A-32 A-33 A-34 A-35 A-36 A-37 A-38 A-39

Parque Ollargan Jardín Delantero Garajes Ollargan e Instituto Jardín trasero Bº Olatxu ( bajo Renfe) Parque Olatxu junto Arroyo Illumbe Jardines entre edificios C/Santa Isabel Parque entre vias Renfe y C/Santa Isabel y paseo Jardín en talud bajo Estación Renfe Jardines curva C/Santa Isabel y Campos Deporte Parque junto Río Nervión ( límite con Bilbao) elementos ajardinados en el barrio de Ollargan

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11.000 m2 1.000 m2 350,.m2 1.800 m2 315 m2 3.500 m2 2.600 m2 2.700 m2 4.550 m2

TALUDES Y ZONAS A DESBROZAR Y LIMPIAR PERIÓDICAMENTE. CASCO B-1 B-2 B-3 B-4 B-5 B-5a B-6 B-7 B-8 B-9 B-10 B-11 B-12

Talud Aixarte Etorbidea-Renfe Talud Renfe paso subterráneo Bº Cubo Talud márgenes Arroyo Txikito Talud Campo Futbito Bº Cubo Entorno Ermita Santo Cristo Taludes Campo de Fútbol Santo Cristo Talud camino al Instituto desde Lanbarketa Talud Renfe amos lados túnel Lanbarketa Talud Plaza Salud e Higiene Talud C/Lepanto Talud Polígono Atxukarro Talud margen izquierda Río Nervión en el Casco Talud Polígono Martiartu I

2.000 m2 150 m2 600 m2 700 m2 600 m2 1.500 m2 3.500 m2 1.000 m2 450 m2 1.400 m2 1.500 m2 3.850 m2 13.000 m2

TALUDES Y ZONAS A DESBROZAR Y LIMPIAR PERIÓDICAMENTE. LA PEÑA ABUSU B-13 B-14 B-15 B-16 B-17 B-18

Talud entorno Instituto Ollargan Talud entorno y Acceso Campo Futbol Montefuerte Taludes Laterales escaleras Ollargan desde Bº Olatxu Talud Renfe trasera Bº Olatxu Talud Arroyo Illumbe en Bº Olatxu Talud Renfe bajo Estación

5.230 m2 1.770 m2 3.100 m2 400 m2 720 m2 950 m2

LIMPIEZA Y DESBROCE EN TALUDES LATERALES Y CUNETAS EN CAMINOS MUNICIPALES C-1 C-2 C-3 C-4 C-5 C-6 C-7 C-8 C-9 C-10 C-11 C-12 C-13

Camino al Bº Beretza desde Bentako-Erreka y desde Ugao-Miraballes Camino Bentako-Erreka hasta Restaurante Camino al Bº Markio desde el túnel de Bentako-Erreka (hasta término de Arrigorriaga) Camino desde Bº Martiartu hasta Isasi Camino al Bº Altamira Camino a los Barrios Larrasko y Goikiri Camino de acceso al Instituto desde el Bº Lanbarketa Camino al Bº Brisketa desde el Polígono Atxukarro (término de Arrigorriaga) Camino desde Bº Atxukarro a Basoa y hasta puente Autopista Camino al Bº Goriko desde Venta Alta Camino de acceso Barrio Agirre Camino de acceso antiguo Instituto de Atxukarro Camino de acceso al barrio Agirre

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1.350 ml 500 ml 1.050 ml 450 ml 500 ml 600 ml 350 ml 1.250 ml 1.450 ml 1.150 ml 100 ml 380 ml 280 ml

Anexo 2 Planos de jardines y zonas ajardinadas

14

Anexo 3

RECURSOS HUMANOS DE ADSCRIPCIÓN PERMANENTE Y EXCLUSIVA

Relación del personal y cualificación del mismo 1 :

Horarios de trabajo 2 :

1

Especificar el número de personas correspondiente a cada época del año si es que hay modificaciones. 2 Especificar el horario correspondiente a cada época del año si es que hay modificaciones. 15

Anexo 4

RECURSOS MATERIALES DE ADSCRIPCIÓN PERMANENTE Y EXCLUSIVA

Maquinaria: nº

descripción

Vehículos: nº

descripción

Utiles varios: nº

descripción

16

Anexo 5

DESCRIPCIÓN TECNICA DE LA OFERTA

Descripción de tareas a realizar a lo largo del año (periodicidad):

17

Anexo 6

RECURSOS NO EXCLUSIVOS DEL SERVICIO

Recursos humanos:

Recursos materiales de adscripción permanente al servicio:

Recursos materiales de adscripción parcial al servicio:

18

Anexo 7 Relación de personal afecto al servicio. tipo contrato

dedicacion

07/10/97

INDEFINIDO

100%

OFICIAL

16/05/00

INDEFINIDO

100%

NOVAS

JARDINERO

05/03/01

INDEFINIDO

100%

SÁNCHEZ

MARTÍN

JARDINERO

11/09/00

INDEFINIDO

100%

MANUEL

SONTOTOMAS

CALVO

JARDINERO

01/10/04

INDEFINIDO

100%

XABIER

MATEOS

HERNANDO

JARDINERO

04/10/04

INDEFINIDO

100%

nombre

apellido 1

apellido 2

categoría antigüedad

ZIORTZA

REQUETA

IDIRIN

OFICIAL

IZASKUN

GAZTELU

MIÑAUR

FERNANDO

IGLESIAS

SERAFÍN

19

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