La experiencia del Plan Piloto del Presupuesto Participativo y su ejecución hasta junio del 2003 * (versión preliminar)

1 La experiencia del Plan Piloto del Presupuesto Participativo y su ejecución hasta junio del 2003* (versión preliminar) Resumen Ejecutivo Habiéndose

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Presupuesto participativo
Presupuesto participativo Diplomado en Participación Ciudadana I. Organización Comunitaria –C OCODE’S– II. Planificación Participativa III. Presupues

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La experiencia del Plan Piloto del Presupuesto Participativo y su ejecución hasta junio del 2003* (versión preliminar) Resumen Ejecutivo Habiéndose aprobado el proyecto de Ley Marco del Presupuesto Participativo en la sesión de la Comisión Permanente del día 7 de julio del 2003 el CIP ha estimado conveniente preparar el siguiente informe que trata la experiencia del Plan Piloto del Presupuesto Participativo del 2003, evalúa lo que ha sido ejecutado hasta junio del presente año, señala cómo se va desarrollando el proceso de elaboración de los presupuestos participativos correspondientes al 2004 para los gobiernos regionales y locales, hace una comparación entre las tres iniciativas legislativas presentadas en el Congreso, y presenta algunas conclusiones finales. El Plan Piloto del Presupuesto Participativo para el 2003 fue elaborado en coordinación por la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza, el Ministerio de la Presidencia y el Ministerio de Economía y Finanzas. El Presupuesto Participativo para el 2004 será elaborado por cada uno de los gobiernos regionales y los municipales. El Ministerio de Economía y Finanzas será el encargado de los talleres y la dirección del proceso de elaboración. Esta vez la dimensión será nacional. 1 ¿Qué es el Presupuesto Participativo? Es una innovación a la forma tradicional de realizar el Presupuesto del Sector Público. Consiste en combinar mecanismos de democracia participativa y representatividad en la elaboración del presupuesto general de la República. 1. Con esta medida se busca asignar los escasos recursos del país con criterios de eficiencia, eficacia, equidad, transparencia y descentralización. Así se contribuye a fortalecer el proceso democrático del país.2 Por otro lado, y siendo un documento que se elabora con la participación de instituciones privadas, organismos no gubernamentales de desarrollo y la cooperación internacional, debe quedar consignada la manera como dichas

Documento elaborado por Carlota Casalino, investigadora del Area de Estudios Sociales del CIP y ha contado con el apoyo de Isabel Chávez del Area de Estudios Económicos. Versión actualizada a junio del 2003. 1 Esta experiencia se inició hace doce años en la ciudad de Porto Alegre creando un nuevo centro de decisiones que juntamente con el Poder Ejecutivo y el Legislativo democratizaron efectivamente a la acción política e integraron a los ciudadanos en un nuevo espacio público y potenciaron la ciudadanía al convertirlos en más exigentes, responsables y críticos. Esta experiencia replicada en otras ciudades ha logrado la participación de los ciudadanos en la determinación de cuáles son las prioridades en las que gastar los recursos, donde y cuando realizar las inversiones y cuales son los planes y acciones que debe llevar a cabo el Gobierno por intermedio de un proceso de debates y consultas. Roy Cotrina.- El Presupuesto participativo en la ciudad de Buenos Aires. www.presupuestoparticipativo.com. Tarso Genro.-«El Presupuesto participativo y el Estado». Etica y Desarrollo: http://www.iadb.org/etica/documentos/ve_gen_presu.htm 2 MEF. Instructivo Nº 001-2002-EF/76.01. Pautas para el desarrollo de la operación piloto: planeamiento y programación participativa del presupuesto del sector público para el año fiscal 2003 en materia de gastos de inversión, p. 1. *

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instituciones contribuyen y se comprometen a desarrollar el esfuerzo conjunto de luchar contra la pobreza de cada departamento. De esta manera se ingresa a una experiencia donde se atienden de manera simultánea la distribución de la renta y la socialización de la política. Opiniones de expertos inciden cada vez más en la necesidad de afrontar la pobreza desde estas dos líneas, pues la falta de una de ellas puede generar paternalismo y reforzar la anomia. Así: «Distribuir renta sin socializar a la política es muy poco y puede acarrear un cierto tipo de paternalismo, que es nocivo para la afirmación de la autonomía de los individuos y de las organizaciones con base en la sociedad. Socializar la política sin tocar a la renta, puede promover el desaliento con la misma eficacia de la lucha política y la “retirada” de las personas, para el ámbito cada vez más privado de sus existencias.»3 Al observar la función del presupuesto participativo desde la óptica legal, observamos que tanto éste como el plan departamental de desarrollo concertado (PDDC) son los principales instrumentos con los que cuentan los gobiernos regionales para administrar sus recursos. Según lo aprobado por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Art.15º ) son los Consejos Regionales los encargados de aprobar el Plan anual y presupuesto regional participativo, en el marco del PDDC. El recientemente aprobado Dictamen de la ley marco de presupuesto participativo define este instrumento de la siguiente manera : «Mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos que fortalece las relaciones Estado-sociedad civil, en ese sentido los gobiernos regionales y locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. Así el proceso de programación participativa (se desarrolla). en armonía con los planes de desarrollo concertados donde se trata de recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución .y optimizar su uso ... a través de un adecuado control social en las acciones públicas.» 2. Principios del Presupuesto Participativo Las experiencias de participación ciudadana en Latinoamérica son recientes, sin embargo un presupuesto participativo garantiza que los gobiernos subnacionales tengan poder decisorio. La experiencia de Porto Alegre en Brasil nos deja tres grandes principios que debería cumplir todo presupuesto participativo4: •

Universalidad: Participación abierta de todos los ciudadanos sin ningún status especial atribuido a cualquier organización, ni siquiera las comunitarias

Tarso Genro.-«El Presupuesto participativo http://www.iadb.org/etica/documentos/ve_gen_presu.htm 4 Souza Santos «Participatory Budgeting in Porto Alegre» 3

y

el

Estado».

Etica

y

Desarrollo:

3

• •

Autoreglamentación: Combinación de la democracia directa y la representativa, cuya dinámica institucional atribuye a los propios participantes la definición de las reglas internas Deliberación: Locación de los recursos para inversiones basado en la combinación de criterios generales y técnicos, o sea, compatibilización de las decisiones y reglas establecidas por participantes con las exigencias técnicas y legales de la acción gubernamental, respetando los límites financieros

3. El proceso de conformación del Plan Piloto y el Presupuesto Participativo 2003 En el año 2002 se inició un Plan Piloto en el cual participaron la «Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza» (que convoca instituciones públicas, privadas, Ongs y la cooperación internacional), la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas; y el Ministerio de la Presidencia. Estos organismos prepararon una metodología e instrumentos que fueron definidos por consenso entre todos los participantes. Luego de un proceso selectivo basado en la presentación oportuna del Plan de Desarrollo Departamental Concertado, de una evaluación técnica y de participación en talleres específicos para la elaboración del Presupuesto participativo y el establecimiento de la prioridad de los gastos de inversión lograron iniciar una operación piloto de Planeamiento y Programación de proyectos de inversión. Un esquema del proceso de elaboración del Plan Piloto para el 2003 es el siguiente: Cuadro°1 Niveles del proceso

número

Departamentos que elaboraron los Planes de Desarrollo Departamental Concertado PDDC

245

Departamentos que cumplieron con los requisitos mínimos

096

Departamentos evaluados técnicamente y que tuvieron participación en talleres para la elaboración del Presupuesto Participativo7

078

Amazonas Ayacucho Cusco Ica Lambayeque Madre de Dios Piura Tacna Amazonas Huancavelica Moquegua Puno San Martín Huánuco Junín Pasco San Martín

Departamentos Ancash Cajamarca Huancavelica Junín Lima Moquegua Puno Tumbes Huánuco, Junín, Pasco Tacna

Apurímac Callao Huánuco La Libertad Loreto Pasco San Martín Ucayali

Huancavelica Moquegua Tacna

Fuente página web de la Mesa de Concertación: http://www.mesadeconcertacion.org.pe ventana : Mesas departamentales.. Fuente página web de la Mesa de Concertación: http://www.mesadeconcertacion.org.pe ventana : Presupuesto participativo y operación piloto 2003. 7 En los talleres se determinó las prioridades de inversión teniendo en cuenta las restricciones fiscales y viabilidad técnica de los proyectos. Se tomo como base el criterio de severidad de la pobreza. 8 Fuente : Seminario Descentralización y Desarrollo, Lima, 19 de setiembre 2002. MEF Nelson Shack.- La 5 6

4

Fuente.- Mesa Nacional de Concertación de Lucha contra la Pobreza. Ministerio de Economía y Finanzas.

En esta operación piloto se ha puesto en marcha un nuevo proceso presupuestario que se origina en la Mesa de Concertación de Lucha contra la pobreza y en organismos de concertación con similar nivel, luego se pasa a la etapa de planeamiento estratégico multianual, después se comienza la programación, luego la formulación pasa por la etapa de aprobación. En el 2003 se inició la etapa de ejecución, el control y evaluación. De lo señalado hasta el momento se deduce que el documento clave que orienta el establecimiento de las prioridades es el Plan de Desarrollo Departamental Concertado, pues es en dicho documento donde se han señalado los objetivos del crecimiento y desarrollo a mediano y largo plazo en cada región. Por otro lado, con este presupuesto y planeamiento participativo se busca moderar las expectativas sociales y ordenar las demandas de gasto. Así como hacer más eficiente el gasto público. Un aspecto fundamental será la etapa de la vigilancia ciudadana9 pues garantizará que haya transparencia en el gasto, no se propicie manipulación política y que no se beneficien intereses particulares. Un estudio más detallado que evalúe el índice de distribución de recursos en la operación piloto y los principales indicadores tomados en consideración, así como un balance de los talleres realizados para la elaboración de los presupuestos y proyectos nuevos nos podrá dar mayores luces sobre esta experiencia. A partir del 2003 se está tomando un nivel de base de asignación que irá variando al tomar en consideración el diferencial en la reducción de pobreza de cada departamento. Asimismo, se tomó como base el criterio de severidad de la pobreza para establecer la restricción presupuestal: Cuadro°2 Indice de distribución de recursos en la operación piloto 2003 y distribución de recursos Distribución Severidad : Severidad : Departamento Población (enmillonesdenuevos tasa (%) índice (%) soles) TOTAL 25,896,337 10,7 100,0 1,294,0 Huancavelica 457,169 33,5 5,4 78,6 Huánuco 812,918 27,2 7,8 60,0 Cusco 1,195,508 22,1 9,3 112,2 Puno 1,272,852 20,6 9,3 93,9 Cajamarca 1,505,016 19,7 10,4 82,7 Apurímac 466,761 18,1 3,0 74,4 Ayacucho 554,604 17,7 3,5 57,1 Amazonas 429,241 16,9 2,6 41,0

operación piloto en el presupuesto 2003: balance y perspectivas. Sin embargo, en el planeamiento y programación participativo del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003 en materia de gastos de inversión, numeral 4 de las consideraciones finales del instructivo Nº 001-2002-EF/.01 señala que los departamentso que conformarán la operación piloto : planeamiento y programación participativa son : Amazonas, Huancavelica, Huánuco, Junín, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín y Tacna. 9 El concepto de vigilancia ciudadana complementa el de fiscalización pues abre un canal para que la sociedad civil realice seguimiento sobre el cumplimiento de acuerdos, compromisos y decisiones que asume el Estado. Roxana García Bedoya.- «Vigilancia y participación social», Lima, marzo 2002. www.mesadeconcertacion.org.pe

5

Loreto Ucayali Pasco San Martín Ancash Piura Lambayeque Junín La Libertad Arequipa Tumbes Ica Madre de Dios Lima Tacna Moquegua

916,401 458,216 267,151 765,867 1,111,356 1,626,747 1,120,693 1,253,288 1,503,983 1,106,303 201,560 682,211 100,783 7,638,979 289,888 158,843

15,5 14,6 13,2 12,3 11,3 11,0 10,7 9,2 8,8 6,3 5,4 4,6 3,9 3,2 3,1 2,9

5,0 2,4 1,2 3,3 4,4 6,3 4,2 4,0 4,7 2,5 0,4 1,1 0,1 8,6 0,3 0,2

37,3 22,1 15,1 58,9 69,8 78,3 42,8 51,8 52,8 54,1 17,2 28,3 13,7 117,9 17,4 16,7

Tomado de: Nelson Shack.-«La operación piloto en el Presupuesto 2003: Balance y Perspectivas», MEF, Lima, 2002. Fuente: ENAHO IV Trimestre 2001 (INEI)

Otro criterio importante que fue tomado en cuenta en el presupuesto 2003 fue la continuación y/o culminación de los proyectos aprobados, comprometidos e iniciados. En ese sentido, un 50% del total de proyectos están en ejecución, hay un 30% de proyectos nuevos, y un 20% han pasado a constituir el FIDE, que es el Fondo Intergubernamental para la Descentralización, porque los proyectos no fueron considerados viables10. Asimismo, en la asignación de estos montos están contemplados aquellos que administrarán los gobiernos regionales y aquellos que el gobierno central reservará que son «únicamente los gastos de inversión que le son propios ya sea por la naturaleza de sus funciones, por la envergadura de los proyectos de inversión que trascienden el ámbito regional o por la existencia de convenios o contratos preestablecidos».11 A continuación presentamos cada uno de los presupuestos participativos del Plan Piloto que fueron incorporados en el Anteproyecto de ley de presupuesto 2003. Asimismo señalamos lo que se ha ejecutado desde enero a junio del presente año. 3.1 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de Huancavelica De acuerdo a la programación global multianual de inversiones 2003-2006, se establecieron tres grandes rubros: 1. Desarrollo humano, 2. Desarrollo económico y 3. Desarrollo institucional. El primero comprende construcción de aulas y establecimientos de salud, equipamientos de laboratorios, centros de cómputo, de unidades de enseñanza, ampliación de establecimientos de salud e infraestructura de saneamiento básico. El segundo comprende Construcción de infraestructura de riego, promoción y desarrollo agropecuario, apoyo y promoción industrial, estudios de complejos y circuitos turísticos, entre otros. El tercero comprende delimitación y redelimitación territorial, estudio sobre fortalecimiento institucional y liquidación de obras. Para el año 2003 los montos serían los siguientes : El FIDE promoverá el financiamiento y cofinanciamiento de estudios de pre-inversión y proyectos de desarrollo, la administración de estos fondos estará a cargo del Consejo Nacional de Descentralización. 11 Instructivo Nº 001-2002-EF/76.01, p. 9. 10

6

Cuadro°3

Departamento de Huancavelica (millones de nuevos soles) Desarrollo humano 31.73 Desarrollo económico 40.99 Desarrollo institucional 1.38

El rubro denominado desarrollo institucional está vinculado al objetivo «Institucionalidad y gestión» : Cuadro°4 Sector Organizaciones comunales

Programa Proyecto Fortalecimiento de las • Capacitación en gestión comunal y municipal dirigida a comunidades campesinas líderes y dirigentes comunales. y de las organizaciones • Formación de facilitadores comunales en el diseño y gestión supra comunales y de planes de desarrollo participativo y concertado. gremiales • Fortalecimiento de organizaciones supra comunales. • Organización de la Escuela campesina y casa campesina. Gobiernos locales Fortalecimiento de los • Escuela de capacitación de alcaldes, regidores y funcionarios gobiernos locales de gobiernos locales. • Elaboración de planes de desarrollo concertado y participativo. • Propuesta de ley de municipios rurales. • Fortalecimiento de la gestión administrativa y presupuestal de los gobiernos locales. • Fortalecimiento de organizaciones vecinales. Organizaciones Fortalecimiento • Fortalecimiento de las organizaciones sociales de base en de base institucional sus diferentes niveles, tanto reivindicativos como gremiales. • Formación y capacitación de líderes. Organizaciones Fortalecimiento • Fortalecimiento institucional de federaciones de mujeres de mujeres institucional campesinas. • Fortalecimiento y apoyo a clubes de madres, comités de vaso de leche y otras formas de organización de mujeres. • Formación y capacitación de líderes para el desarrollo. Jóvenes y niños Organización de jóvenes • Promoción y organización de jóvenes y niños. para participación en • Fortalecimiento de organizaciones existentes de jóvenes. acciones de desarrollo • Programas de desarrollo productivo empresarial para jóvenes y niños. • Formación y capacitación de líderes para el desarrollo y la competitividad. Instituciones Promoción y • Mejoramiento de la capacidad de gestión y manejo de fortalecimiento de Ongs programas y proyectos de desarrollo local y regional. Fuente : Plan de Desarrollo Departamental Concertado de Huancavelica

Cuando se analizan los montos destinados a los proyectos en ejecución y los nuevos nos encontramos con la misma realidad de otros departamentos: los montos asignados a los primeros son muy superiores a los segundos: Cuadro°5

Presupuesto Participativo de Huancavelica Proyectos de inversión considerados en el Presupuesto del sector público para el 2003 (en miles de nuevos soles) Proyectos en ejecución 11,384,0

7

Proyectos nuevos Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe

2,265,0

Los proyectos en ejecución comprenden delimitación y redelimitación territorial, varios estudios de pre-inversión, equipamiento es colegios, construcción y mejoramiento de carreteras, canales y un proyecto de instalación y producción de truchas en jaulas flotantes. Los proyectos nuevos comprenden liquidación de obras y atención a obras de emergencia. En este caso, cuando comparamos los proyectos del Plan de Desarrollo Departamental Concertado y el Presupuesto Participativo encontramos que tampoco se han incluido aquellos proyectos relacionados a la formación de líderes y de desarrollo institucional. Al situarnos en la ejecución presupuestal 2003 , podemos decir que hasta la fecha los proyectos más importantes ejecutados en el departamento corresponden a la función educación y cultura e involucran el equipamiento de mobiliario en provincias como Tayacaja, Churcampa y Angaraes; durante el primer semestre de este año se han ejecutado 950 mil soles. Debemos también mencionar que existen proyectos presupuestados para este año que aún no han iniciado su ejecución; para dar ejemplo de estos casos podemos mencionar la construcción del canal de irrigación de Acobamba (2.8 millones de soles) y la carretera Palca- Ampruco (1.5 millones de soles) Cuadro°6 Proyectos de Inversión más importantes por Ejecución (Millones de Soles) Función

Proyecto

PIA

Ejecutado

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Tayacaja

0.40

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Churcampa

0.65

0.39 0.31

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Angaraes

0.55

0.25

Transporte

Terminación de Carretera Huaracco-Telepaccha

0.30

0.21

Transporte

Mejoramiento Carretera Lachocc Villa de Arma

0.30

0.21

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Huancavelica

0.68

0.20

Asistencia y Previsión Social

Atención de emergencia Huancavelica

0.90

0.16

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Huaytará

0.40

0.11

Administración y Planeamiento

Elaboración Estudios Preinversión Huancavelica

0.53

0.10

Agraria

Terminación Irrigación Palca

0.20

0.06

Fuente: MEF Elaboración: CIP- Area económica

Cuadro°7 Proyectos de Inversión más importantes por Presupuesto de Apertura (Millones de Soles) Función Transporte

Proyecto Construcción y Mejoramiento de Carreteras: Proyecto en Proceso de Viabilidad

PIA 5.20

Ejecutado 0.00

Agraria

Construcción Canal de Irrigación Acobamba

2.80

0.00

Educación y Cultura

1.81

0.00

Transporte

Edificaciones Escolares: Proyecto en Proceso de Viabilidad Construcción de Carretera Palca-Ampruco

1.50

0.00

Administración y Planeamiento

Elaboración Estudios Preinversión

1.20

0.02

Agraria

Promoción Agraria: Proyecto en Proceso de Viabilidad

1.09

0.00

Asistencia y Previsión Social

Atención de emergencia Huancavelica

0.90

0.16

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Huancavelica

0.68

0.20

Educación y Cultura

Equipamiento de Mobiliario Escolar Churcampa Equipamiento de Mobiliario Escolar Angaraes

0.65

0.31

0.55

0.25

Educación y Cultura Fuente: MEF Elaboración: CIP- Area económica

8

3.3 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de Tacna El Plan Departamental Concertado de Tacna elaboró una programación multianual 2003-2006 sobre la base de cinco objetivos estratégicos generales : • Integración de Tacna en el esquema transversal macroregional y pleno acceso al norte de Chile, de Bolivia y en menor medida con la región occidental del Brasil. • Consolidación de los recursos hídricos y su balance con las demandas productivas y de consumo humano. • Mejoramiento del bienestar de la población y desarrollo de sus potencialidades y capacidades productivas y sociales. • Establecimiento, desarrollo sostenible e integración regional mediante la estrategia de Clusters de la producción en especial de aquella orientada a la exportación. • Modernización, descentralización y democratización del Estado, fortalecimiento de los gobiernos locales, evaluación de la gobernabilidad regional y del ejercicio de la ciudadanía. Este programa de inversiones según el objetivo estratégico ha sido elaborado de acuerdo a la fuente de financiamiento: sector público, sector privado, sociedad civil, cooperación internacional. Cuadro°8

Departamento de Tacna Programa de inversiones del sector público según objetivo estratégico y en función al total de la inversión S/. % Objetivo estratégico Objetivo 1. Integración de Tacna en el esquema transversal macrorregional 75,385.23 19.32 Objetivo 2. Consolidación de los recursos hídricos ... 225,877.23 64.78 Objetivo 3. Mejoramiento del bienestar de la población ... 15,540.84 30.40 Objetivo 4. Establecimiento, desarrollo sostenible e integración regional ... 51,869.14 67.05 Objetivo 5. Modernización, descentralización y democratización del Estado 18,723.00 96.82 Fuente: Plan de Desarrollo Departamental Concertado de Tacna

A continuación se presenta el presupuesto participativo que corresponde a los proyectos en ejecución : Cuadro°9

Presupuesto Participativo Proyectos de inversión considerados en el Presupuesto Departamento de Tacna (en miles de nuevos soles) Proyectos en Ejecución PIA Ejecutado Pliego ejecutor Gestión de proyectos 893.0 104.1 GR.Tacna Gestión de proyectos 2,500 1.5 INADE Apoyo a la actividad agropecuaria en el Departamento 235.0 0.0 GR.Tacna de Tacna Producción y productividad de maíz amarillo duro 122.2 0.0 GR.Tacna Mantenimiento y mejora de la producción de cultivo de 131.6 0.0 GR.Tacna orégano en la provincia de Tarata Producción y productividad de ajo en la provincia de 213.5 0.0 GR.Tacna Candarave

9

Ejecución de obras de «Vilavilani –derivación Maure ... 1,310.0 Aprovechamiento de excedente del Río Locumba para 1,500 irrigación Lomas Sama Obras de represamiento Yarascay para mejoramiento 1,565.0 de riego del valle de Sama y ampliación de nuevas tierras Construcción e implementación de unidades de 432.8 enseñanza Apoyo y promoción industrial, capacitación e 325.5 implementación de PYMES Apoyo y promoción industrial; infraestructura para el 395.7 desarrollo (Parque industrial) Promoción e infraestructura turística 139.1 Cultivo de ostras del Pacífico en el departamento de 51.8 Tacna Construcción de establecimientos de Salud 208.7 Programa PROEMPLEO 40.0 Asistencia técnica para el Centro de Formación Agraria 280.0 de Tacna Rehabilitación vial y de infraestructura social 866.5 Urbanización e infraestructura 54.4 Total 11,264.8

709.1 28.3

INADE INADE

71.2

INADE

316.6

GR.Tacna

0.0

GR.Tacna

208.4

GR.Tacna

0.0 0.0

GR.Tacna GR.Tacna

0.0 nd 52.0

GR.Tacna FONCODES GR.Tacna

0.0 15.8 1,507.0

GR.Tacna GR.Tacna

Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe MEF

Se puede observar que este presupuesto participativo tiene tres pliegos ejecutores cuya participación de cada uno es la siguiente: Inade (8,375.0), GR Tacna (5,289.8) y FONCODES (40.0). Además podemos concluir que de los once millones planificados por el presupuesto participativo del departamento se han ejecutado en el primer semestre del año el 13% de los mismos. Otro detalle a mencionar es que en este departamento tampoco hay proyectos relacionados a la formación y fomento de la institucionalidad y del capital social. 3.3 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de Huánuco Los objetivos generales y específicos diseñados hasta el 2006 son de tres tipos: desarrollo de capacidades humanas, desarrollo económico y capital social institucional. Sobre esta base recogimos información sobre el programa de inversión para conocer la manera como dichos objetivos generales y específicos se traducen en proyectos. Así, el Plan de Desarrollo del Departamento de Huánuco estableció en el programa de inversión multianual 2003-2006 los siguientes rubros y montos para el año 2003 : Cuadro°10

Departamento de Huánuco (miles de nuevos soles) Función PIA Justicia 3,000 Agraria 6,028 Educación y cultura 6,860 Energía y recursos naturales 2,676 Industria, comercio y turismo 1,859,6 Salud y saneamiento 5,675

10

Transportes Estudios y actividades

18,419 15,482

Fuente : Plan de Desarrollo Concertado del Departamento de Huánuco

Cuando se analiza el rubro «Estudios y Actividades» encontramos que en este presupuesto sí hay proyectos que buscan la formación del capital social. Como ejemplo de ello vale la pena enumerar algunos de ellos : • Fortalecimiento organizacional. Tiene un presupuesto al 2006 de 1,300 (en miles de nuevos soles) programados para el 2004, 2005 y 2006 cuya fuente de financiamiento es el sector público. • Proyecto de creación y fortalecimiento organizacional de derechos humanos. Tiene un presupuesto al 2006 de 532.2(en miles de nuevos soles) programados también entre el 2004 y el 2006. • Formación de líderes en zonas urbano marginales rurales y nativas. Tiene un presupuesto al 2006 de 104.0 (en miles de nuevos soles) programados en el 2003. • Programa de formación democrática en jóvenes. Tiene un presupuesto de 800.0 (en miles de nuevos soles) programados entre el 2044 y el 2006. • Formación de líderes en el valle del Monzón. Tiene un presupuesto de 50.0 (en miles de nuevos soles) programados en el 2003. • Programa de formación y fortalecimiento de capital social. Tiene un presupuesto de 1,000.0 (en miles de nuevos soles) programados entre el 2004 y el 2006. • Jóvenes organizados desarrollando iniciativas. Tiene un presupuesto de 119.1 (en miles de nuevos soles) programados desde el 2003 hasta el 2006. Esta información es bien sugerente porque nos está indicando varios asuntos. El primero de ellos es que en este departamento no sólo reconocen la importancia de la organización, la institucionalidad y el capital social, sino que están en capacidad de plantear proyectos que refuercen estos aspectos. Lo segundo que podemos apreciar es que en esta línea hay determinadas prioridades, que se manifiestan en la programación anual del gasto. Así, para el 2003 han incorporado los proyectos de formación de líderes en zonas urbano marginales y nativas, la formación de líderes del valle del Monzón y jóvenes organizados desarrollando iniciativas. Finalmente, si desagregamos el presupuesto en función a los proyectos en ejecución y los nuevos tenemos la siguiente información : Cuadro°11

Presupuesto Participativo de Huánuco Proyectos de inversión considerados en el Presupuesto del sector público para el 2003 (en miles de nuevos soles) Proyectos en ejecución 10,191,6 Proyectos nuevos 4,609,7 Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe

Los proyectos en ejecución comprenden la continuación de la construcción de canales de irrigación, electrificación, redes de agua potable, carreteras, también incluye algunos programas

11

de estudios: de desarrollo regional, de infraestructura social y económica, productivos, turísticos y de recursos naturales. Los proyectos nuevos contemplan la construcción de un nuevo pabellón para el establecimiento de sentenciados de Huánuco, represas, irrigación de la margen derecha del Río Monzón y obras de interés social y emergencia. De la comparación de los proyectos propuestos en el Plan departamental concertado y los incluidos en el Presupuesto Participativo observamos que no están incluidos aquellos relacionados al desarrollo y promoción del capital social. Si observáramos el gasto en inversiones en el departamento, tendríamos que hacerlo bajo la óptica de lo presupuestado (PIA : presupuesto de apertura) y lo ejecutado. Los proyectos más importantes de acuerdo a los montos que estos involucran fueron: la construcción de nuevas edificaciones escolares; sin embargo al ser considerado como proyecto en proceso de viabilidad no se ha iniciado su ejecución. Otro proyecto importante de acuerdo al monto presupuestado es la carretera Tantamayo - Monzón; hay que notar que se subestimó los costos del proyecto ya que tan solo en este primer semestre ya se excedió el presupuesto anual en 9% aproximadamente. Cuadro°12 Proyectos de Inversión m ás im portantes por PIA (M illones de Soles) Función

Proyecto

PIA

Ejecutado

Educación y Cultura

Edificaciones Escolares: Proyecto en Proceso de Viabilidad

3.19

0.00

Agraria

Estudio de Proyectos de Recursos Naturales

1.68

0.00

Transporte

Carretera Tantam ayo-Monzon Obras de interés social y de Em ergencia: Atender Obras de Em ergencia

0.78

0.85

0.74

0.06

Transporte

Carretera Acotam bo-San Pedro de Chonta

0.73

0.04

Salud y Saneam iento

Agua Potable de San Luis IV Etapa Carretera Huacaybam ba-Cochabam ba-Arancay Tram o: Cochabam baArancay

0.70

0.04

0.60

0.05

Asistencia y Previsión Social

Transporte Agraria

Canal de Irrigación Huecrococha III Etapa

0.60

0.07

Transporte

Carretera Cajan-Pinra-Huaracillo-Conchabam ba Carretera Tantam ayo-Jircan-Arancay Tram o: Jircan-Arancay

0.57

0.06

0.50

0.14

Transporte Fuente: M EF

Elaboración: CIP- Area económica

Cuadro°13 Proyectos de Inversión m ás im portantes por Ejecución (M illones de Soles) Función

Proyecto

PIA

Ejecutado

Asistencia y Previsión Social

Program a de Estudios de Infraestructura Social y Económ ica

0.32

Transporte

Carretera Tantam ayo-Jircan-Arancay Tram o: Jircan-Arancay

0.50

0.30 0.14

Energía y Recursos Minerales

Electrificación Chaupihuaranga-Colpas II Etapa

0.22

0.10

Transporte

Carretera Tantam ayo-Monzon

0.78

0.08

Agraria

Canal de Irrigación Pacro Yuncan Shurca

0.20

0.08

Transporte

Carretera Antacolpa-Raura Canal de Irrigación Huecrococha III Etapa

0.30

0.07

0.60

0.07

Canal de Irrigación Churubam ba IV Etapa Obras de interés social y de Em ergencia: Atender Obras de Em ergencia

0.41

0.06

0.74

0.06

Carretera Cajan-Pinra-Huaracillo-Conchabam ba

0.57

0.06

Agraria Agraria Asistencia y Previsión Social Transporte Fuente: MEF

Elaboración: CIP- Area económica

12

3.4 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de Junín El Plan Departamental Concertado de Junín elaboró una programación multianual sobre la base de cuatro objetivos estratégicos generales : • Promover la producción, productividad y competitividad agrícola, pecuaria, piscícola, turística y agroindustrial. • Invertir en desarrollo humano, aprovechar las capacidades y generar oportunidades para mejorar el nivel de vida de la población. • Conservación y protección de la diversidad biológica y disminución agresiva de los factores contaminantes. • Fortalecimiento institucional y modernización de la gestión en el marco de la reforma del estado con participación ciudadana. La promoción, organización, capacitación y participación asumidas como prioridades estratégicas significan un cambio de actitud y mentalidad entre los agentes y los actores del desarrollo. Cuadro°14

Departamento de Junín (miles de nuevos soles) Objetivo general 1 34,228 Objetivo general 2 11,728 Objetivo general 3 1,500 Objetivo general 4 4,444 Fuente: Plan de desarrollo departamental concertado de Junín

El objetivo general 4 relacionado al fortalecimiento institucional tiene básicamente tres proyectos: modernización institucional, equipamiento y sensibilización de la participación ciudadana. Cuadro°15

Presupuesto Participativo de Junín Proyectos de inversión considerados en el Presupuesto del sector público para el 2003 (en miles de nuevos soles) Proyectos en ejecución 5,710,0 Proyectos nuevos 1,497,0 Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe

Los proyectos en ejecución incluyen instalación de algunos proyectos productivos, investigaciones y estudios de sistemas productivos, de promoción de la pequeña y mediana empresa, construcción de carreteras, redes de desagüe, entre otros. Originalmente los proyectos nuevos eran un total de 68, pero de ellos la gran mayoría han sido observados y el resto está en situación de presentado. Dichos proyectos incluyen construcción de carreteras, sistemas de riego, canales, colegios, puestos de salud, así como programas de gestión de proyectos.

13

En ese caso sí hemos encontrado que entre los proyectos nuevos hay uno relacionado a la gestión de proyectos, pero no hay aquellos relacionados directamente a la formación del capital social. Cuadro°16 Proyectos de Inversión más importantes por Ejecución (Millones de Soles) Función

Proyecto

PIA

Ejecutado

Asistencia y Previsión Social

Promoción y Asistencia Social: Obras de Emergencia

1.35

Transporte

Construcción y Mejoramiento de Carreteras

0.00

0.31 0.17

Educación y Cultura

Construcción y Ampliación de unidades de enseñanza, investigación y apoyo

0.00

0.15

Administración y Planeamiento

Gestión de Proyectos: Estudios

0.00

0.11

Trabajo

Inversión Focalizada para la Promoción y Desarrollo Productivo

0.00

0.05

Educación y Cultura

Construcción Colegio Nacional Antonio Encinas (Janjallo)

0.15

0.02

Administración y Planeamiento

Gestión de Proyectos: Liquidación de Obras

0.00

0.02

Agraria

Infraestructura de Riego: Construcción de Canales de Irrigación

0.00

0.01

Salud y Saneamiento

Infraestructura de Saneamiento Básico

0.00

0.00

Energía y Recursos Minerales

Electrificación Rural

0.00

0.00

Fuente: MEF Elaboración: CIP- Area económica

En el cuadro anterior se muestran los proyectos que involucran los mayores montos de ejecución en lo que va del año. Como se puede observar las prioridades del gobierno regional son la promoción y asistencia social; y la construcción y mejoramiento de carreteras. Ambos proyectos han involucrado un gasto que asciende a quinientos mil soles hasta junio del presente año. 2.5 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de Moquegua El Plan Concertado del Departamento de Moquegua estableció las prioridades de sus programas y proyectos en función a tres dimensiones: a) dimensión económico productiva b) dimensión social c) dimensión institucional En la dimensión institucional han programado doce proyectos y programas a desarrollarse entre el 2003-2007 : • Programa de consolidación de los espacios de concertación. • Programa de desconcentración de la gestión pública en la región Moquegua. • Programas de capacitación a líderes locales en gestión del desarrollo (planificación, vigilancia ciudadana, liderazgo y presupuesto participativo). • Programa de capacitación de líderes y funcionarios en gestión pública en la región Moquegua. • Campañas permanentes de información a la ciudadanía sobre derechos y obligaciones enfatizando en las áreas rurales. • Campañas para la institucionalización y difusión de los planes de desarrollo como instrumento guía de la gestión en los diferentes niveles de gobierno. • Programa de capacitación y sensibilización ciudadana para autoridades y servidores públicos. • Programa de profesionalización en administración pública.

14

• • • •

Implementación de las comisiones de derechos humanos. Sistema de vigilancia ciudadana. Programa de capacitación para la implementación de Presupuestos participativos. Creación de los consejos de desarrollo y reconstrucción de Moquegua12.

En el caso del Departamento de Moquegua el Presupuesto del 2003 contempla la continuación de proyectos en ejecución y un programa de inversiones. Los proyectos en ejecución son los siguientes : Cuadro°17

Moquegua : Proyectos en ejecución (miles de nuevos soles) Concepto PIA* Gestión de proyectos 414.3 Proyecto de apoyo al desarrollo agroindustrial de 100.0 Moquegua Construcción de aulas de CE Luis E. Valcárcel 145.0 Apoyo y promoción industrial 200.0 Apoyo y promoción turística 80.0 Repoblamiento de recursos Trucha arco iris en ambientes 50.0 hídricos andinos de los distritos de Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro Construcción de carretera Sacuaya Yojo 346.8 Proyectos en ejecución 1,336,1 Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe, MEF *PIA: Presupuesto inicial de apertura

Ejecutado 193.7 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 ND

Aquí también encontramos que se ha designado presupuesto para un proyecto de gestión de proyectos, pero como en el caso anterior, no hay proyectos vinculados al desarrollo institucional, formación de líderes, etc. Sin embargo, es bastante claro que a pesar de lo planificado para este año, muchos de los proyectos nuevos no han iniciado su ejecución. 3.6 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de Pasco El Plan de Desarrollo Departamental de Pasco propuso un presupuesto donde el monto mayor está destinado a proyectos que ya han comenzado con anterioridad. Entre ellos figuran proyectos de demarcación territorial, mejoramiento de producción de Alpaca, construcción de colegios, inversión de agua y desagüe, construcción, mejoramiento y conservación de carreteras. En el caso de los proyectos nuevos están la construcción de tres puentes, tres trochas y construcción de dos carreteras.

12

Plan concertado del Departamento de Moquegua.

15

Cuadro°18

Presupuesto Participativo de Pasco Proyectos de inversión considerados en el Presupuesto del sector público para el 2003 (en miles de nuevos soles) Proyectos en ejecución 8,067,0 Proyectos nuevos 3,966,0 Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe

Esta información no puede ser comparada con el Plan de Desarrollo Departamental Concertado de Pasco, porque éste solo tiene el diagnóstico y no han presentado las secciones III y IV que corresponden a los objetivos, metas, programa y proyectos; y, las prioridades de inversión para el 2003 respectivamente. Cuadro°19 Proyectos de Inversión más importantes por PIA (Millones de Soles) Proyecto

Función

PIA Ejecutado

1 Salud y Saneamiento

Estudios Rehabilitación y Construcción Carretera Inategración Oxapampa-Pasco

2.50

0.00

2 Educación y Cultura

Edificaciones Escolares: Proyectos a ser considerados como viables

2.06

0.00

3 Transporte

Puente Santa Isabel

1.05

0.00

4 Salud y Saneamiento

Construcción de Planta de Tratamiento de Agua Potable de Villa de Rica

0.80

0.00

5 Salud y Saneamiento

Construcción Carretera San Miguel Cuchis-Vilcabamba

0.71

0.00

6 Transporte

Trocha Carrozable Nueva Aldea-Rio Palcazu

0.63

0.00

7 Transporte

Trocha Carrozable Alvariño-Chinchihuaqui

0.63

0.00

8 Transporte

Trocha Carrozable Lagarto-Mazuazo

0.63

0.00

9 Salud y Saneamiento

Construcción Carretera Pan de Azucar Iscozacin

0.55

0.00

10 Salud y Saneamiento

Construcción Sistema de Agua Potable Villa Rica

0.53

0.00

Fuente: SIAF Elaboración: Centro de Investigación Parlamentaria-Área Económica

Cuadro°20 Proyectos de Inversión más importantes por Ejecución (Millones de Soles) Proyecto

Función

PIA Ejecutado

1 Educación y Cultura

Ampliación y Mejoramiento de Infraestructura e Implementación de Equipos

0.00

0.41

2 Educación y Cultura

Construcción Colegio Nacional Jose Carlos Mariategui II Etapa

0.12

0.15

3 Salud y Saneamiento

Construcción Carretera 8 de Diciembre-Colquipucro

0.30

0.14

4 Salud y Saneamiento

Construcción de Establecimientos de Salud

0.00

0.13

5 Administración y Planeamiento

Elaboración de Estudio de Infraestructura

0.00

0.12

6 Educación y Cultura

Construcción Colegio Nacional Mariscal Castilla II Etapa

0.12

0.12

7 Salud y Saneamiento

Construcción Carretera Oxapampa-Villa Rica Elaboración de Estudios de Preinversión a fin de buscar financiamiento del sector público y privado

0.20

0.11

0.24

0.07

8 Administración y Planeamiento 9 Asistencia y Previsión Social 10 Transporte

Promoción y Asistencia Social: Obras de Emergencia

0.20

0.07

Construcción y Mejoramiento de Carreteras: Proyecto en Proceso de Viabillidad

0.08

0.06

Fuente: SIAF Elaboración: Centro de Investigación Parlamentaria-Área Económica

Si observáramos el gasto en inversiones en el departamento, tendríamos que hacerlo bajo la óptica de lo presupuestado (PIA: presupuesto de apertura) y lo ejecutado. Los proyectos planificados que involucran los mayores montos fueron los estudios Rehabilitación y

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Construcción Carretera Integración Oxapampa-Pasco (2.5 millones de soles) y la construcción de edificaciones escolares (2 millones de soles). Sin embargo; es claro que los proyectos que involucran mayores montos en el departamento no han iniciado su ejecución en este primer semestre del año. ( Ver cuadro°19) A pesar de lo antes mencionado, existen proyectos que no fueron planificados pero cuyas ejecuciones han sido las de mayores montos en la región y aportan infraestructura principalmente a la función educativa. (Ver cuadro°20) 3.7 El Presupuesto Participativo 2003 del Departamento de San Martín El plan Departamental de Desarrollo Concertado estableció sus prioridades de inversión para el año 2003 que constaba de 81 proyectos relacionados a la construcción vial, de sistemas de agua y desagüe, infraestructura para servicios de salud y educación. Entre los proyectos estratégicos considerados también están : • Proyecto de capacitación para el fortalecimiento de cadenas productivas. • Instalación de 1,000 has. de palma aceitera. • Desarrollo de proyectos de acuicultura. Los proyectos de inversión considerados en el Presupuesto Participativo del Departamento de San Martín son : Cuadro°21 Proyectos de inversión considerados en el Presupuesto Departamento de San Martín (en miles de nuevos soles) Proyectos en ejecución PIA Ejecutado Construcción Sede central GR San Martín 1,000.00 0.00 Proyecto irrigación Abisado 1,119.64 60.50 Irrigación Saposoa 2,050.00 1,056.00 Manejo integral de bosques 274.00 272.10 Monitoreo de la producción 268.00 520.17 Ampliación y equipamiento del Centro de Salud de la Merced 300.00 196.17 1,014.40 Construcción de carretera pongo de caynarachi-Barranquita-Pelejo 1,992.45 Construcción camino rural quebrada Fernández 720.00 171.84 Construcción Puente Yuracyacu 6,000.00 3,361.05 Sistema de riego abisado 3,000.00 1,274.33 Construcción carretera rural yuracyacu 1,237.60 746.64 Total proyectos 17,961.69 8,673.20 Fuente: www.mesadeconcertacion.org.pe

Pliego ejecutor GR INADE INADE INADE INADE GR INADE INADE INADE INADE INADE

Se observa claramente que el principal organismo ejecutor en el departamento es el Instituto Nacional de Desarrollo . Los proyectos se han ejecutado hasta junio del presente año en un 48% de lo planificado. 4. El proceso de elaboración del Presupuesto Participativo para el 2004 En el año 2004 el Presupuesto Participativo será el mecanismo metodológico llevado a cabo por todos los gobiernos Regionales y municipales. El Ministerio de Economía y Finanzas elaboró

17

una directiva para su programación, formulación y aprobación. La Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza al ser un espacio de diálogo y concertación permanente entre el Estado y la Sociedad desarrollará una labor complementaria para la labor específica a la que se dedica.13 Uno de los objetivos de la elaboración del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales es vincular el gasto con el Plan de Desarrollo Regional Concertado. El calendario tiene cinco etapas : 1. 01 mayo al 15 de mayo. El ámbito de la actividad se concentra en el nivel distrital, con la elaboración de la visión de desarrollo, ubicación de los problemas en el ámbito distrital y provincial. Esta actividad concluye con la elaboración de las actividades y proyectos. 2. 16 mayo al 30 de mayo. El ámbito de la actividad incluye el nivel distrital, provincial y regional. En el ámbito provincial y regional se trata la visión de desarrollo, así como la ubicación de los problemas en el ámbito regional y provincial. Como en la etapa anterior, se concluye esta etapa con la elaboración de actividades y proyectos. 3. 02 de junio al 16 de junio. También incluye los tres ámbitos: distrital, provincial y regional. Las actividades y proyectos son elaborados según la estructura funcional programática. 4. 17 junio al 17 de julio. Se aprueba el plan de corto plazo. Se concluye la formulación y aprobación del proyecto de presupuesto 2004, se presenta dicho documento a la Dirección Nacional de Presupuesto Público. 5. 18 al 31 de julio: consolidación del proyecto de presupuesto nacional. Por otro lado, se han previsto ocho pasos para la programación participativa: Pasos Actividad 1er. paso Determinación de agentes participantes 2do. paso Convocatoria pública 3er. paso Primera asamblea 4to. paso Trabajo técnico (primera parte) 5to. paso Segunda asamblea 6to. paso Trabajo técnico (segunda parte) 7mo. Paso acuerdos Formulación presupuestaria 2004 8vo. paso Control de la comunidad El Ministerio de Economía y Finanzas ha emitido la Directiva Nº 009-2003-EF/76.01 «Directiva para la programación, formulación y aprobación del presupuesto de los gobiernos regionales para el año fiscal 2004». En dicho documento se establecen las pautas 5. El dictamen y los proyectos de ley sobre el Presupuesto Participativo Entre enero y abril del 2003 se presentaron tres proyectos de ley relacionados a la regulación del presupuesto participativo y la inversión pública descentralizada. 13

Ver el Boletín Informativo de la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza, Año 1, Nº 8, julio 2003.

18

El primero de ellos es el Nº 5379 presentado el 24 de enero de 2003 cuyos autores son los señores y señoras Congresistas : Máximo Mena, Iván Calderón, Enith Chuquival, Luis Heysen Zegarra, Jaime Velásquez Rodríguez y Carlos Infantas Fernández. El segundo de ellos es el Nº 6304 presentado el 3 de abril de 2003 cuyos autores pertenecientes al Grupo parlamentario de Unidad Nacional son los señores y señoras Congresistas: Rafael Valencia Dongo Cárdenas, Fabiola Morales Castillo e Hildebrando Tapia Samaniego. El tercer proyecto es el Nº 6490 fue presentado el 15 de abril de 2003 cuyo autor es el señor Congresista Ernesto Herrera Becerra. Los aspectos medulares de dichos proyectos y que pueden ser apreciados en el siguiente cuadro comparativo son cuatro aspectos : 1. definición o concepto, 2. objeto de la ley, 3. proceso de elaboración del Presupuesto Participativo y la 4. manera como la ciudadanía debe participar. Definición o concepto

Objeto de la ley

Proyecto 5379 El presupuesto participativo se constituye en un instrumento de gestión democrática, para una asignación eficiente y eficaz de los recursos públicos, fortaleciendo las relaciones gobierno-comunidad a través de un conjunto de acciones de los diversos actores de la sociedad en el proceso de gestión y fiscalización de los recursos públicos de inversión.

[...] lograr la participación de la población organizada en la gestión de los planes y presupuestos en los niveles de gobiernos regionales y locales.

Proyecto 6304 El Presupuesto participativo constituye un procedimiento que permite participar a la ciudadanía opinando previamente acerca de la aplicación de los fondos públicos en gastos de inversión y controlando las rendiciones de cuentas referentes a su utilización, a las que están comprometidos los responsables en los períodos inmediatos posteriores a la gestión del período presupuestario. El acuerdo consensuado sobre el programa de inversiones tiene carácter vinculante y deberá incluirse sin modificación alguna en las propuestas de Presupuesto Municipal y Presupuesto Regional, así como en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República correspondiente. [...] lograr y establecer las pautas generales para la participación de la ciudadanía debidamente organizada en la elaboración de los planes y presupuestos en el nivel regional y local.

Proyecto 6490 El presupuesto participativo es un proceso de participación ciudadana y de planificación y gestión presupuestaria mediante el cual las organizaciones de la sociedad civil y el Estado concertan la asignación de los recursos públicos de inversión priorizando proyectos y programas a ejecutar a fin de contribuir a la sostenibilidad en el marco de los planes estratégicos de desarrollo. El presupuesto participativo es una herramienta que articula la descentralización, con la democracia y el desarrollo sostenible.

[...] establece las normas fundamentales que rigen las distintas fases del presupuesto participativo, los criterios técnicos y los mecanismos operativos en materia de gastos de inversión, que permitan

19

Proceso

Las fases del proceso comprende dos (2) etapas: la primera, orientada al planeamiento estratégico concertado, en donde se definen entre otros: la visión, los objetivos, los ejes estratégicos de desarrollo, el rol de los actores públicos y privados, así como los programas y principales proyectos; la segunda, referida la presupuesto participativo de inversión a través del cual la comunidad interviene en la definición de las prioridades de inversión, la ejecución de los proyectos y fiscalización de los mismos.

Las fases en las cuales se debe desarrollar el presupuesto participativo son: a) Discusión de alternativas de inversión. Esta fase supone que la ciudadanía y/o representantes de organizaciones debidamente acreditados, reunidos por zonas y temas, identifican demandas, establecen propuestas y señalan prioridades de inversiones en obras y servicios. En esta fase, se debe elegir a los delegados para la fase siguiente. b) Sistematización de demandas En esta fase técnica, se sistematizan las demandas establecidas por la población en la primera fase, teniendo en cuenta criterios objetivos de oportunidad y necesidad, así como de viabilidad técnica, legal y financiera; organizando una propuesta de programa de inversiones. Se eligen a los delegados para la tercera fase. c) Programa de inversiones En esta fase se organiza, armoniza y estructura el Programa de inversiones, el cual una vez consensuado es publicado en el portal internet y propuesto para su correspondiente aprobación.

Participación de la La sociedad civil participa en Las organizaciones de la

optimizar la gestión administrativa y financiera del Estado. El presupuesto participativo comprende los principios, normas, técnicas, métodos y procedimientos que lo regulan. El proceso del presupuesto participativo se desarrolla básicamente en las siguientes etapas: 1) Aprobación o actualización del plan de desarrollo y organización del proceso. 2) Concertación del porcentaje del presupuesto participativo. 3) Difusión de los términos de referencia del presupuesto participativo. 4) Capacitación e información a los participantes. 5) Organización y ejecución de asambleas para la rendición de cuentas del ejercicio anterior, intercambio de información técnica, priorización de proyectos y programas, determinación de los recursos concertados y elección de delegados. 6) Organización y ejecución del taller central con asistencia de delegados, en el que se elige la mesa directiva, se aprueba el Reglamento para el desarrollo del taller, se debate y se toma decisiones. 7) La mesa directiva entrega los acuerdos a la autoridad competente y realiza el monitoreo durante la ejecución de los proyectos y difunde periódicamente sobre el desarrollo de la implementación. 8) Evaluación y rendición de cuentas de la gestión anterior. El proceso de planificación del presupuesto participativo es conducido por las entidades a que se refiere el artículo 3º de la presente ley.

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ciudadanía

las diferentes fases del proceso de planificación y presupuesto, mediante encuentros, convenciones, asambleas, mesas de trabajo, consultas populares o cualquier otro mecanismo que garantice su participación debidamente representada. El plan y presupuesto participativo integrarán a la sociedad civil, a través de sus miembros elegidos democráticamente por el período de un (01) año, los mismos que deberán estar legalmente acreditados por las organizaciones regionales, provinciales y distritales, según corresponda, y que se hayan inscrito en el Registro que abrirá para tal efecto el gobierno regional y local. Las organizaciones de la sociedad civil vinculadas al ámbito territorial que podrán participar son: asociaciones de productores, gremios empresariales y laborales, colegios profesionales, juntas y comités vecinales, universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación, organizaciones de mujeres y jóvenes, entre otros. Los gobiernos regionales y locales promueven acciones tendientes a la participación de la comunidad en la ejecución de los proyectos mediante el aporte de mano de obra. Los proyectos deben formularse y ejecutarse dentro del marco normativo que los regula.

sociedad civil participan en el proceso, se inscriben en el registro que para tal efecto abran los Gobiernos Regionales y Municipalidades; acreditando actividad institucional comprobada en el ámbito de referencia y en el tema propuesto. Cada una elegirá con arreglo a su norma un delegado que participa en el proceso. Las organizaciones de la sociedad civil que podrán participar son : organizaciones de productores, gremios empresariales, laborales, profesionales, agrarios y vecinales; universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación y organizaciones de mujeres y jóvenes, entre otros.

Sobre las propuestas contenidas en los proyectos de ley y después de recibir opiniones de otros sectores, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República presentó a la Comisión Permanente en su sesión del 10 de julio del presente año el proyecto de dictamen sobre la Ley Marco del Presupuesto Participativo.

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El texto señala tres aspectos principales en el espíritu de la norma: • Que se convierta en una herramienta de trabajo de los gobiernos regionales y locales en el momento de elaborar el presupuesto con una metodología participativa. • Que asegure la efectiva participación de la sociedad civil en dos momentos: a) en el momento de elaboración de los planes concertados de desarrollo y establecimiento de las prioridades de inversión; y b) en el momento de la ejecución a través de la vigilancia y fiscalización de la gestión. • Que desarrolle mecanismos eficientes de lucha contra la corrupción y fomente en la sociedad una cultura del manejo de la gestión pública. El proyecto sustitutorio define las instancias del Presupuesto Participativo (Consejos de Coordinación), establece las fases del proceso participativo, vincula la programación participativa con los planes de desarrollo concertado y establece los mecanismos de vigilancia participativa. 6 Conclusiones en torno al Presupuesto Participativo 1) Con la operación piloto de los Presupuestos Participativos, la elaboración del gasto público deja de ser algo técnico y se convierte en un asunto político con la mayor participación de la sociedad. Asimismo se garantiza una mejor circulación de la información entre el gobierno y la sociedad. El país tiene una oportunidad para comenzar a desterrar de manera efectiva prácticas nocivas como el clientelismo y la corrupción. 2) Con excepción del Presupuesto Participativo de Tacna que incluye entre las fuentes de financiamiento no sólo al Estado, sino también a la empresa privada, cooperación internacional, ONGs, los demás presupuestos tienen al Estado como la única fuente de financiamiento. Es decir, se sigue pensando en que la única fuente de financiamiento que debe ser coordinada es la del gobierno central, con el peligro de repetir los errores de duplicación de esfuerzos de las distintas instituciones públicas y privadas que participan en la lucha contra la pobreza. 3) Se ha puesto énfasis en la culminación de los proyectos que ya están en ejecución y en algunos casos se han incorporado proyectos nuevos pero con las limitaciones presupuestales y fiscales así como la viabilidad técnica de los proyectos. 4) Entre los proyectos presupuestados podemos observar que siguen predominando aquellos relacionados a la construcción de edificios (colegios, entre otros) y las carreteras siguen siendo los mayoritarios. Muy pocos han considerado prioritario invertir en capital social, en refuerzo institucional y en formación de ciudadanos. 5) En el año 2002 se pensó que en el siguiente año se deberá tomar en cuenta los niveles diferenciales de la reducción de pobreza de cada departamento para promover el mejor uso de los escasos recursos del sector público. Un aspecto importante será la consideración del esfuerzo fiscal de cada circunscripción. Es necesario verificar que dicha pauta se esté llevando a cabo. 6) En relación a los montos que han sido ejecutados hasta junio del 2003 se aprecia, con una sola excepción, que se ha sobreestimado la capacidad de gasto. Es fundamental detectar las

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causas que han ocasionado un menor gasto hasta el momento para detectar oportunamente cualquier dificultad. 7) Es importante incidir que en el caso de los presupuestos piloto, la etapa de vigilancia en la gestión del gasto es fundamental para corregir oportunamente errores de incapacidad de gasto y para evitar mecanismos de corrupción. Se hace necesario realizar un seguimiento de las veces que se han realizado consultas, cómo han sido atendidas, el plazo y el tipo de respuestas que se han dado, entre otros temas. Fuentes y bibliografía.Calvacanti, Elvia y Reynaldo Mala .- «Contradicciones en un proceso democrático: la práctica del presupuesto participativo en las ciudades brasileñas» En : http://www.google.com.pe/search?q=cache:MMSKOfI0xYwJ:www.clad.org.ve/rev18/fadul .pdf+presupuesto+participativo&hl=es&ie=UTF-8 Díaz Palacios, Julio.- «La participación y los consejos de coordinación local» en: Seminario : planificación concertada y presupuesto participativo. PUCP, Lima, 2003. ----------- «Los nuevos retos de los gobiernos locales» en: Seminario : planificación concertada y presupuesto participativo. PUCP, Lima, 2003. ----------- «La participación ciudadana en los planes de desarrollo y en los presupuestos participativos» en: Seminario : planificación concertada y presupuesto participativo. PUCP, Lima, 2003. García Vásquez, Gilberto.-«Hacia un presupuesto participativo. Delegación Tlalpan, Distrito Federal». En: http://www.premiomunicipal.org.mx/site2002/docs/HACIAU~1.PDF Herrera Becerra, Ernesto.- Modernización del Estado, descentralización y presupuesto participativo. En:http://www.descentralizacion.org.pe/apc-aa/archivosaa/78d4d36dd224b4c6b805b4f3971afc61/moder_estado.ppt MEF.Morón, Eduardo; Claudia Gonzales del Valle y Tamiko Hasegawa.- Transparencia presupuestaria en el Perú y América Latina: el divorcio entre lo formal y lo percibido. Universidad del Pacífico – DFID, Lima, 2003. Red Perú de iniciativas locales para el desarrollo.- «Proyecto de ordenanza municipal sobre el Consejo de coordinación local provincial» en: Seminario : planificación concertada y presupuesto participativo. PUCP, Lima, 2003. Ugarte Ubilla, Alvaro.- Inicio de la gestión: agenda para los primeros cien días. INICAM, Lima, 2003. ----------«Planificación concertada» en: Seminario Planificación concertada y presupuesto participativo. PUCP, Lima, 2003. ---------- «Un paradigma del desarrollo» Propuestas para propiciar un debate orientado a la comprensión de las relaciones entre las dimensiones del desarrollo y el rol de la función pública bajo el principio de subsidiariedad. INICAM, Lima, 2003. Utzing, José Eduardo.- «El presupuesto participativo en Porto Alegre: análisis basado en el principio de legitimidad democrática y el criterio de desempeño gubernamental». En: http://www.worldbank.org/participation/spanish/B4.pdf Tanaka, Martín.- Participación popular en políticas sociales. Cuándo puede ser democrática y eficiente y cuándo todo lo contrario. IEP, Lima, 2001. Lima, julio del 2003

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ANEXOS I.

Proyectos y normas sobre presupuesto participativo en el Perú

PROYECTO DE LEY Nro: 5379 Fecha Presentación: 24/01/2003 Proponente: Congreso Grupo Parlamentario: Multiparlamentario Título: PRESUPUESTO: PARTICIPATIVO/LEY MARCO DEL... Sumilla: Propuesta de Ley Marco de Presupuesto Participativo. Autores: Mena Melgarejo, Máximo Calderón Castillo, Iván Chuquival Saavedra, Enith Heysen Zegarra, Luis Velázquez Rodríguez, Jaime Infantas Fernández, Carlos Iniciativas Agrupadas: Proyectos de ley Número: 6304, 6490 Seguimiento: 28/01/2003 Decretado a... Presupuesto y Cuenta General de la República 28/01/2003 Decretado a... Economía - Presupuesto 31/01/2003 En comisión Presupuesto y Cuenta General de la República 31/01/2003 En comisión Economía - Presupuesto 30/05/2003 Dictamen Favorable Sustitutorio Presupuesto y Cuenta General de la República Unanimidad - falta dictamen Economía 09/07/2003 En Relatoría – expediente incompleto, pidió: Cabero recibió: Villena, originales 09/07/2003 Dispensado de Dictamen Economía - Ac. Junta de Portavoces 10/07/2003 Orden del Día – c .Permanente 10/07/2003 Aprobado Comisión Permanente – Comisión Permanente 15/07/2003 Autógrafa Sobre Nº: 297 - vence:07/08/2003 Promulgado Ley Nº: 28056 el día 07/08/2003 Publicado - Ley N° 28056 el día 08/08/2003 El Peruano ¡Error! Marcador no definido.Presupuesto y Cuenta General de la República, Economía Número de Ley: Ley Nº: 28056 08/08/2003 LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Título de la Ley: LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EXPOSICIÓN MOTIVOS Fundamentos La práctica del presupuesto participativo en América Latina viene constituyéndose como un mecanismo efectivo para una administración democrática, transparente y responsable de los recursos públicos administrados por los gobiernos regionales y locales. En Brasil no menos de setenta ciudades aplican este sistema, el mismo que ha servido además para corregir irregularidades administrativas relacionadas con la concentración del poder, el despilfarro de los recursos públicos y la corrupción. En nuestro país el presupuesto participativo se viene desarrollando con éxito, demostrando que este mecanismo de compromiso compartido del gobierno con la población es necesario y esencial para romper las barreras burocráticas que no permiten una relación directa de Sociedad- Estado, y que impulse una identificación directa con los objetivos básicos de desarrollo económico, social y político de su zona. En la aplicación del presupuesto participativo, la planificación estratégica concertada se constituye en un paso previo necesario, para lograr que los planes de desarrollo distritales, provinciales, departamentales y regionales consoliden la visión de desarrollo, los objetivos, las metas, los ejes estratégicos y el rol que juega cada una de las instituciones en la ejecución del plan y materializados a través de proyectos, programas y acciones.

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La planificación concertada participativa ha tenido gran desarrollo en diversos países, llegando en algunos casos a someterse a votación ante la comunidad la priorización de los objetivos del plan, creando con ello una conciencia y visión de desarrollo para la mejora de las condiciones de vida de la población. Para que los planes estratégicos institucionales estén debidamente consistenciados, ellos deberán estar inmersos en el Plan Multianual del Sector Público y los Planes Estratégicos Regionales y Locales, los mismos que se conciben dentro del marco del Plan de Desarrollo Nacional Concertado, sustentado en el Acuerdo Nacional. En este marco, el presupuesto participativo se constituye en un mecanismo eficiente y eficaz para construir la gobernabilidad participativa y la democracia en nuestras ciudades, contribuyendo con ello en la reducción de las desigualdades, para la inclusión social y espacial, para que todos los miembros de la comunidad y los recursos existentes participen como agentes activos del desarrollo contribuyendo a la construcción de los proyectos locales y nacionales. Este cambio constituye una innovación importante en la forma tradicional de manejar la gestión de los recursos públicos (programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control), por cuanto considera en sus planes las aspiraciones de los grupos representativos de la sociedad, respecto a las prioridades del gasto público en materia de inversiones. Esta práctica permitirá además, ampliar la participación y control social en las acciones públicas, especialmente en materia de asignación y ejecución de los recursos de inversión, así como incrementar su productividad, además de propiciar la participación activa de los pobladores en su desarrollo, asignándole responsabilidades que permitan fortalecer el proceso de democratización, descentralización y modernización del Estado, iniciado por el actual gobierno. La participación ciudadana en el presupuesto estará centrada en los aspectos concernientes a inversiones, el mismo que no puede ser menor al 30% de las inversiones totales de cada pliego, facultándole la decisión de incrementar este porcentaje de participación. Este porcentaje mínimo se sustenta en que muchos gobiernos locales, incluyen en sus programas de inversión, proyectos varios tales como: compra de maquinaria, limpieza de canales, equipamiento municipal o proyectos que tienen una connotación integral en la jurisdicción los mismos que por su naturaleza o implicancia deben ser evaluados y priorizados desde una óptica institucional. De la información presentada en la Cuenta General de la República del año 2001, se tiene que los gastos de capital de los gobiernos regionales y locales ascendieron a S/. 1,624 millones, lo que nos muestra que la población estaría participando anualmente en determinar las prioridades de inversión en no menos de S/. 500 millones. Consideramos que es un nivel razonable para iniciar en forma progresiva este proceso a escala nacional y dependerá de los acuerdos a los que puedan llegar las autoridades y la ciudadanía para que este manejo se incremente progresivamente en forma concertada. BALANCE DE LA PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN PRESUPUESTAL GASTO DE CAPITAL – AÑO 2001 (Miles de nuevos soles) FUENTES DE FINACIAMIENTO G. REGIONAL 171,533 Recursos Ordinarios 151,296 Canon y Sobrecanon 48,678 Rentas de Aduanas FONCOMUN Otros Impuestos Municipales 19,588 Rec. Directamente Recaudados 5,168 Op. Oficiales de Créditos 15,067 Donaciones y Transferencias TOTAL 411,330 FUENTE : CUENTA AGENERAL DE LA REPUBLICA – 2001

G. LOCAL 173,427 17,496 646,727 62,199 93,996 183,259 39,407 1,216,511

TOTAL 171,533 324,723 66,174 646,727 62,199 113,584 188,427 54,474 1,627,841

Para que este mecanismo, tenga el éxito esperado, la difusión del marco legal y documentos de gestión referidos al Plan Estratégico, Plan de Trabajo Institucional y Presupuesto, resultan de singular importancia, por cuanto a partir de ello la población tendrá acceso al plan de trabajo de la institución, con la posibilidad de hacer aportes en forma directa a través de los organismos representativos en las diferentes etapas de la gestión pública. Esto no implica efectuar publicaciones costosas, por cuanto las regiones, las municipalidades provinciales y muchas distritales podrán hacerlo a través de la página web u otro medio local. La planificación estratégica y el presupuesto participativo como instrumento de desarrollo local deberá difundirse además a través de la currícula educativa, en

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los diversos niveles, a fin de que la participación de los jóvenes en un futuro inmediato sea cada vez más eficiente y responsable y conozca los mecanismos de participación activa en la gestión de los recursos. Esta tarea requiere que los gobiernos de nivel regional y local adecuen sus sistemas administrativos con el proceso de participación y de coordinación con la comunidad, la misma que deberá desarrollarse a través de las oficinas de participación vecinal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Inversiones, servicios públicos, Oficina de Comunicaciones, entre otras. Lo importante es que exista una permanente coordinación entre el gobierno y la ciudadanía. Un tema de debate cuando se trata de participación ciudadana, es quien designa a los representantes de la Sociedad Civil, para evitar estas indefiniciones, se precisa que los gobiernos regionales y locales, abrirán un libro de Registro de las diferentes organizaciones vinculadas directamente al quehacer local dentro del ámbito territorial, comprendiendo entre ellas a: las asociaciones de productores; gremios empresariales y laborales, colegios profesionales, juntas y comités vecinales; universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación, organizaciones de mujeres y jóvenes, entre otros. De esta manera la participación de la sociedad civil será en forma amplia y democrática, en las distintas fases del proceso de planificación y presupuesto, mediante encuentros, convenciones, asambleas, mesas de trabajo, consultas populares o cualquier otro mecanismo que garantice su participación. Otro aspecto no menos importante, es la participación de la población en el aporte de recursos en la ejecución de los proyectos a través de la mano de obra, y/o mediante trabajos comunitarios. Para reforzar estas acciones de participación ciudadana el Ministerio de Economía y Finanzas, viene implementando un programa de difusión, capacitación y asistencia técnica, a cargo de la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público a fin de fortalecer la capacidad de gestión de los gobiernos regionales y locales. La planificación concertada y presupuesto participativo implica cambios en la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado por lo que en la propuesta se da un plazo de 45 días a fin de que el Ministerio de Economía y Finanzas presente un Proyecto de Ley al Congreso de la República adecuando la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado a la presente Ley. EXPERIENCIA LATINOAMERICANA Brasil cuenta con una de las experiencias más desarrolladas de presupuesto participativo en la Región, debido a su historia que deviene desde los años 70 con la dictadura militar que provocó una gran movilización de la población entre ciudades y del campo a la ciudad, ello originó la formación de favelas o Asentamientos Humanos que requerían una mayor atención, ellas se organizaron en juntas de vecinos para participar en la decisión de soluciones de diversos problemas o temáticas que requerían acciones inmediatas en asuntos de vivienda, transporte, promoción de PYMES, desarrollo económico, entre otros, organizándose para ello diversos tipos de reuniones que buscaban llamar la atención y aportar soluciones. El Partido de los Trabajadores, que hoy es Gobierno, en atención a estas necesidades y recogiendo las iniciativas de la población ha venido implementando a través de los Gobiernos Municipales la práctica participativa de la población en el manejo de los fondos públicos. Hoy más de 70 ciudades manejan sus recursos en forma participativa, la misma que es de conocimiento por un 60% de la población, las cifras de inversión superan los 700 millones de dólares anuales En Porto Alegre por ejemplo, este manejo se desarrolla mediante rondas de asambleas: La primera ronda, a través de 6 plenarias temáticas, para dar cuenta de la ejecución del año anterior y las necesidades del próximo año que luego son evaluadas por funcionarios y especialistas de la comunidad para un plan tentativo de presupuesto. En la segunda ronda de asambleas se evalúan las prioridades por temas y la obras que se proponen llevar a cabo, se analiza el proyecto de recaudación, los gastos de personal y los gastos fijos, así como, el nivel de inversiones; de estas reuniones se conforma un consejo de delegados ad-honoren que se encarga de la formulación de la propuesta presupuestaria. En Santo André, se viene aplicando una modalidad similar desde el año 97, desarrollándose además asambleas informativas mediante sesiones temáticas, así mismo a través de reuniones intermedias abiertas y con votación de los asistentes se definen las prioridades, de otro lado propician la participación de la comunidad mediante la visita a los barrios para exponer los proyectos y de esta manera toda la comunidad conoce los problemas y las posibles soluciones. Uruguay, cuenta con una gran experiencia en el Departamento de Montevideo a partir del año 90, esta se divide en 8 zonas, creando en cada una de ellas centros comunales con una población de 80 mil habitantes, cada una a cargo de un Director funcionario de la Intendencia Municipal, que busca facilitar los servicios a los vecinos; de otro lado se ha constituido en Consejo Local conformado por representantes de cada zona elegidos por votación popular de los vecinos. El Presupuesto Participativo se sustenta sobre la base de los planes de desarrollo zonal y territorial, los

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mismos que son elaborados por los vecinos y los equipos descentralizados. Cada año mediante asambleas se da cuenta de la ejecución del Plan y del Presupuesto. Venezuela, tiene una experiencia importante en la ciudad de Guayana, donde la Municipalidad elaboró un boletín llamado “El Presupuesto no es una Caja Negra”. Esta se realiza a través de asambleas donde se formula el presupuesto, se rinde cuentas, se conforma gabinetes parroquiales, mesas técnicas y consejo consultivo. Cada Parroquia que agrupa entre 20 y 40 barrios diferentes, en donde existen las asociaciones de vecinos, nombran delegados para participar en las asambleas de formulación y evaluación del Presupuesto. EXPERIENCIA PERUANA La Dirección Nacional de Presupuesto Publico , en su calidad de ente rector del sistema de gestión presupuestaria del Estado, ha desarrollado una Operación Piloto de planeamiento y programación participativa del presupuesto, a partir de la emisión de la Directiva para la Formulación de los Planes Estratégicos Institucionales 2002-2006 y del Instructivo N° 001-2002-EF/76.01 “Pautas para el Desarrollo de la Operación Piloto: Planeamiento y Programación Participativa del Presupuesto del Sector Público, para el año Fiscal 2003 , en materia de Gastos de Inversión”. De igual modo, en forma coordinada con la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del MEF, el Ministerio de la Presidencia, los Gobiernos Transitorios de Administración Regional y otras instituciones del sector público; así como representantes del sector privado, de la Cooperación Técnica Internacional y de la Sociedad Civil, desarrollaron desde enero del año 2002 esfuerzos conducentes a la elaboración de un plan de desarrollo departamental concertado, en donde han tenido una especial participación las Mesas de Concertación de Lucha Contra la Pobreza, los municipios y los CTARs. En este sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas manejó para el presupuesto del año fiscal 2003, un Plan Piloto de Presupuesto Participativo en los departamentos de Amazonas, Huánuco, Huancavelica, Junín, Moquegua, Pasco, Puno, Tacna y San Martin, con resultados importantes en las inversiones de dichas regiones. Una de las experiencias mas exitosas en nuestro país se encuentra en la Municipalidad de Villa el Salvador, caso que ha sido expuesto en diversos continentes, debido los resultados obtenidos en los trabajos participativos, tanto en la elaboración del plan de desarrollo de la ciudad que data del año 1999, así como del Presupuesto Participativo en los temas concernientes a proyectos de ámbito zonal, con la presencia de representantes de los vecinos, jóvenes, mujeres, empresarios, promotoras de salud, asociaciones de padres de familia, entre otros. En lo que respecta al Presupuesto Participativo, el primer año se permitió la participación de la comunidad sobre el 30% del presupuesto de inversiones, mediante la priorización de proyectos con estrecha relación con los objetivos estratégicos del Plan. Para ello se ha dividido a Villa el Salvador en 8 zonas, cada zona dispone de una cierta cantidad de dinero que se define en función a tres criterios que son: niveles de pobreza o necesidades básicas insatisfechas, población y la mayor contribución en la renta zonal, luego en una asamblea se decide la priorización de los proyectos y las obras a ejecutar. El manejo del presupuesto participativo cambia aspectos de política municipal, como el de trabajar mas estrechamente con los dirigentes zonales, buscar soluciones de manera conjunta, concertar, de transformar a los dirigentes en gobernantes, política educativa permanente, participación de la comunidad en el financiamiento de los proyectos, a través de trabajos comunales, entre otros. Efecto de la Vigencia de la Norma sobre la Legislación Nacional El tema de la planificación y presupuesto participativo viene siendo legislado en diversas instancias del gobierno, tenemos por ejemplo el Ministerio de la Presidencia en el mes de Febrero del 2002 emitió Directivas sobre “Lineamientos para la Formulación de Planes Estratégicos de Gestión y Estrategia Departamental” el Ministerio de Economía y Finanzas por su parte en diciembre del 2001 ha emitido la Directiva para la Formulación de los Planes Estratégicos Institucionales 2002-2006, de igual modo con fecha 12 de Mayo del 2002 ha publicado un Instructivo, mediante la Resolución Directoral N°022-2002-EF/76.01, mediante el cual da la pautas para el desarrollo de la operación Piloto “Planeamiento y Programación Participativa del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003, en materia de gastos de inversión”. De otro lado, en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se hace referencia a los Planes de Desarrollo Regional Concertado, así como el Plan anual y el Presupuesto Regional Participativo. La Ley Orgánica de Municipalidad también, habla de los planes integrales de desarrollo, además que las municipalidades tienen que aprobar sus presupuestos y las formas y mecanismos de participación ciudadana. Así como el presupuesto participativo de toda la ciudad, sin referirse a la institución, haciendo mención de que las instituciones deben coordinar sus presupuestos y sus normas. En la Constitución Política del Perú indica que el gobierno de la ciudad corresponde a los vecinos y sus autoridades. Por tanto, el proyecto de ley, propone consolidar el marco legal que permita a los gobiernos regionales y locales contar con las normas generales para una gestión financiera de manera participativa.

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Análisis Costo Beneficio El Presupuesto Participativo no es una moda, ni una palabra nueva en la política del país, de lo que se trata es asentar la democracia en las Regiones, a través de los gobiernos regionales y locales, mediante una mayor participación de la población en la gestión de los recursos públicos. Sin duda que esta acción requerirá del esfuerzo de la comunidad en donde gobernantes y gobernados estén convencidos de que el trabajo en conjunto es la mejor alternativa para un manejo eficiente de los recurso públicos. Costo: El manejo del presupuesto participativo no debe significar un presupuesto adicional para los gobiernos locales y regionales, ya que estas pueden manejarse dentro de los niveles de gastos corrientes asignado a cada pliego. Para el desarrollo de las tareas de difusión, sensibilización, organización de asambleas y otros dependerá de la capacidad de convocatoria de las autoridades para que la sociedad civil participe en el financiamiento de los eventos de requerir el caso, principalmente a través del sector empresarial. En todo los pliegos involucrados existen funciones de participación ciudadana, en algunos de ellos estas se encuentran muy avanzadas a través de direcciones o gerencias, por lo que la coordinación con la comunidad no es una acción nueva, por tanto los gobiernos regionales y locales no generarán mayores gastos para implementar estas funciones de coordinación a otras áreas. En lo que respecta a los sistemas operativos o de trabajo, los barrios, asentamientos humanos o zonas de ciudad, alcanzan a los titulares del pliego solicitudes sobre requerimientos de obras debidamente sustentados, inclusive en muchos casos los interesados asumen el costo del expediente técnico como una muestra de interés y urgencia para ejecutar dicho proyecto; estas solicitudes son evaluadas primero por las áreas de participación vecinal o afines, que miden el impacto social del proyecto, luego por la Dirección de Obras elabora el informe técnico respectivo, para que finalmente la Comisión de Obras de Regidores emita el informe final al titular del pliego. En conclusión, las funciones de coordinación vecinal y los sistemas de trabajo con participación ciudadana se vienen manejando a escala nacional en distintas formas, lo que propone el proyecto legislativo es crear un derecho de participación ciudadana de manera organizada, legalmente representada y que la población asuma responsabilidades tanto en el activo como en el pasivo de la gestión pública, lo que implica cumplir con su obligaciones tributarias con su localidad, apoyo comunitario en las tareas municipales, colaborar en las campañas de recaudación, supervisión de obras, en otros. En tal sentido los gobiernos regionales y locales, deben adecuar sus funciones y sistemas de trabajo para que la sociedad civil asuma una actitud participativa en los diversos temas de gestión, principalmente el de inversión de su localidad. Para reforzar esta acción el Ministerio de Economía y Finanzas viene implementando un programa de difusión, capacitación y asistencia técnica a fin de fortalecer la capacidad de gestión de los gobiernos. Beneficios: 1. Crear conciencia de participación ciudadana, responsabilidad en el manejo de los recursos públicos, aportar ideas para el desarrollo local y regional y a participar activamente lo que podría significar el recurso más valioso para el desarrollo. 2. La participación de la comunidad en los planes de desarrollo regional y local, en la gestión de los recursos públicos, a través de la programación, formulación, ejecución y control de la inversión permitirá eliminar actitudes burocráticas, el abuso del poder o el manejo político en las decisiones de inversión, que tiene un costo altísimo en el desarrollo local. 3. El sistema de presupuesto participativo permite que la población en su rol activo, fiscalice el gasto de inversión y por tanto la productividad de los recursos será mayor y su desviación por manejos irregulares o de corrupción disminuirán significativamente, lo que permitirá a los pliegos ejecutar mayores obras. 4. El manejo de un presupuesto participativo motivará a la población aportar recursos de mano de obra para la ejecución de proyectos, lo que incrementará indirectamente los recursos financieros de los proyectos de inversión. 5. La acción participativa del presupuesto, es sinónimo de transparencia y sin duda tendrá un impacto directo en una mayor recaudación, tanto de las empresas como de los vecinos, incidiendo positivamente en mayores fuentes de financiamiento. 6. Otro aspecto no menos importante es la participación de los jóvenes en la gestión del desarrollo, quienes constituyen un sector importante de la población que son marginados; a partir de esta práctica participativa ellos tendrán la oportunidad de capacitarse para las que las futuras gestiones sean cada vez mejores, con incidencia directa en el desarrollo. Inclusive en algunos países la cultura del manejo de la gestión pública se imparte a los niños.

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7. La participación pasará a constituir un derecho del ciudadano de participar en los destinos de su comunidad, constituyendo un medio para ir construyendo la democracia participativa y la ciudadanía. 8. La conformación de una organización social para la gestión del desarrollo, con una nueva visión de futuro FORMULA LEGAL TEXTO DEL PROYECTO LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 1ª.- Concepto. El presupuesto participativo se constituye en un instrumento de gestión democrática, para una asignación eficiente y eficaz de los recursos públicos, fortaleciendo las relaciones gobierno-comunidad a través de un conjunto de acciones de los diversos actores de la sociedad en el proceso de gestión y fiscalización de los recursos públicos de inversión Artículo 2°.- Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto lograr la participación de la población organizada en la gestión de los planes y presupuestos en los niveles de gobiernos regionales y locales. Artículo 3°.-Finalidad. Recoger las aspiraciones de la sociedad, priorizando el gasto en materia de inversión, que coadyuven al fortalecimiento de: la democracia, la gobernabilidad, las organizaciones sociales y el desarrollo humano sostenible. Artículo 4°.- Fases del proceso Las fases del proceso comprende dos (2) etapas: la primera, orientada al planeamiento estratégico concertado, en donde se definen entre otros: la visión, los objetivos, los ejes estratégicos de desarrollo, el rol de los actores públicos y privados, así como los programas y principales proyectos; la segunda, referida al presupuesto participativo de inversión a través del cual la comunidad interviene en la definición de las prioridades de inversión, la ejecución de los proyectos y fiscalización de los mismos. Artículo 5°.- Presupuesto Participativo y Plan Estratégico Institucional. Los presupuestos participativos de los gobiernos regionales y locales, deben estar inmersos en los planes anuales institucionales, los mismos que se formulan en el marco de los planes de desarrollo concertados regionales y locales, respectivamente. Los planes de desarrollo regional y local concertados se articulan y deben considerar las potencialidades productivas de las jurisdicciones, ventajas competitivas, mercados, así como orientaciones de la política global y sectorial, que emanan del Plan Multianual del Sector Público y Plan de Desarrollo Nacional Concertado. Artículo 6°.- Adecuación de Los Gobiernos Regionales y Locales Para facilitar la participación ciudadana en la gestión y fiscalización del Presupuesto, los Gobiernos Regionales y Locales adecuaran sus funciones y sistemas operativos para desarrollar acciones de coordinación con representantes de la sociedad civil. Artículo 7°.-Tratamiento de los Proyectos de Inversión El Presupuesto de Inversiones se desarrollará mediante una metodología participativa, en no menos del 30% del total del Presupuesto de Inversiones de cada Pliego, dicho porcentaje podrá incrementarse de acuerdo al criterio técnico que maneje cada pliego, el mismo que se aprobará dentro del marco normativo que las regula. Para un manejo equitativo del presupuesto participativo de inversión, el Ministerio de Economía y Finanzas define criterios de asignación de recursos, que pueden ser entre otros población, niveles de pobreza y nivel de cumplimiento de aportaciones tributarias. Artículo 8°.- Participación de la Sociedad Civil. La sociedad civil participa en las diferentes fases del proceso de planificación y presupuesto, mediante encuentros, convenciones, asambleas, mesas de trabajo, consultas populares o cualquier otro mecanismo que garantice su participación, debidamente representada. El plan y presupuesto participativo integrarán a la Sociedad Civil, a través se sus miembros elegidos democráticamente por el período de un (01) año, los mismos que deberán estar legalmente acreditados por las organizaciones regionales, provinciales y distritales, según corresponda, y que se hayan inscrito en el Registro que abrirá para tal efecto el gobierno regional y local. Las Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas al ámbito territorial que podrán participar son: asociaciones de productores; gremios empresariales y laborales, colegios profesionales, juntas y comités vecinales, universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación, organizaciones de mujeres y jóvenes, entre otros.

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Los gobiernos regionales y locales promueven acciones tendientes a la participación de la comunidad en la ejecución de los proyectos mediante el aporte de mano de obra. Los proyectos deben formularse y ejecutarse dentro del marco normativo que los regula. Artículo 9°.- Difusión de la información Los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a difundir la información correspondiente a: plan estratégico, plan operativo y presupuesto de inversiones a través de su Página Web o cualquier otro medio; de igual modo se difundirá las evaluaciones que los pliegos alcanzan a los órganos de control, a fin de que la población tenga acceso a la información presupuestal y pueda a través de los mecanismos de participación dar aportes a los órganos del sistema. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Adecuación de la Ley de Gestión Presupuestaria. El Poder Ejecutivo en un Plazo de 45 días presentará al Congreso de la República un propuesta legislativa de adecuación de la Ley de Gestión Presupuestaria Segunda.- Reglamentación El Ministerio de Economía y Finanzas Reglamentara la presente Ley en un plazo de 60 días; así mismo adecuara las Directivas de formulación del Plan Estratégico y del Presupuesto participativo. Tercera.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

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PROYECTO DE LEY Nro: 6304 Fecha Presentación: 03/04/2003 Proponente: Congreso Grupo Parlamentario: Unidad Nacional Título: PRESUPUESTO:PARTICIPATIVO/LEY QUE REGULA... Sumilla: Propuesta de Ley que regula el Presupuesto Participativo. Autores: Valencia-Dongo Cárdenas, Rafael Morales Castillo, Fabiola Tapia Samaniego, Hildebrando Promulgado Ley Nº 28056 el día 07/08/2003 Publicado - Ley N° 28056 el día 08/08/2003 El Peruano Presupuesto y Cuenta General de la República, Economía Iniciativas Agrupadas: Proyectos de ley Número: 6304, 6490 Número de Ley: Ley Nº: 28056 08/08/2003 LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Título de la Ley: LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Seguimiento: 07/04/2003 Decretado a... Presupuesto y Cuenta General de la República 11/04/2003 En comisión Presupuesto y Cuenta General de la República 30/05/2003 Dictamen Favorable Sustitutorio Presupuesto y Cuenta General de la República Unanimidad 09/07/2003 En Relatoría – expediente .incompleto ,pidió: Cabero recibió: Villena, originales 10/07/2003 Orden del Día - Comisión Permanente 10/07/2003 Aprobado Comisión Permanente - Comisión Permanente 15/07/2003 Autógrafa Sobre Nº: 297 - vence:07/08/2003 07/08/2003 Promulgado Ley Nº: 28056 08/08/2003 Publicado - Ley N° 28056 Iniciativas Agrupadas: 5379, 6490 Número de Ley: Ley Nº: 28056 08/08/2003 LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Título de la Ley: LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Sumilla de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. EXPOSICIÓN MOTIVOS Fundamentos El Congresista de la República que suscribe, RAFAEL VALENCIA-DONGO CARDENAS, miembro del Grupo Parlamentario “Unidad Nacional” ejerciendo el derecho de iniciativa en la formación de leyes que le confiere el artículo 107º de la Constitución Política del Perú, así como el artículo 75º del TUO del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente Proyecto de Ley. CONSIDERANDO: Que, el inciso 17º, artículo 2º de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho a: “Participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación...”. Que, el inciso 18º, artículo 2º del Proyecto de Reforma de Constitución señala que toda persona tiene derecho a: “Participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social, ambiental y cultural y artística de la Nación...”. Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización” señala que: “17.1. Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas. 17.2. Sin perjuicio de los derechos políticos que asisten a todos los ciudadanos de conformidad con la Constitución y la ley de la materia, la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a ley. Que, el artículo 8º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” señala que la gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: 1) Participación: la gestión regional se desarrollará y hará uso de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana en las fases de formulación, seguimiento,

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fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes, presupuesto y proyectos regionales”. Que, conforme a la Agenda Legislativa aprobada por el Pleno del Congreso el 04 de setiembre del 2002, dentro de las políticas de Estado del Acuerdo Nacional se tiene la creación de un Gobierno en función de objetivos con planeamiento estratégico, prospectiva nacional y procedimientos transparentes, a través de una “Ley de Presupuesto descentralizado y participativo”. El Presupuesto Participativo es un procedimiento de Democracia Participativa, en la medida que incluye la participación directa del pueblo y/o sus delegados en forma periódica; y es complementario a los procedimientos de la Democracia Representativa convencional. El sistema de presupuesto participativo consiste en un conjunto de actividades a través de las cuales se van definiendo paulatinamente las demandas sectoriales, las prioridades de la comunidad, los criterios de asignación de fondos y el programa de inversión de la ciudad mediante la participación de la población. Para que la población haga un diagnóstico de sus necesidades, las cuantifique, elabore sus demandas, escoja las prioritarias y efectúe un seguimiento de la ejecución de tales acciones resulta de vital importancia, por un lado, que existan mecanismos que garanticen un flujo de información constante entre el gobierno y la sociedad y, por el otro, que se pongan sobre la mesa de discusión cuestiones tales como el urbanismo, el transporte público, la salud, la educación y la cultura. El principal objetivo es capturar de forma directa las necesidades y aspiraciones de la población, convirtiéndolas en hitos presupuestarios de inmediato desarrollo. El Presupuesto Participativo logra insertar en el ciclo anual presupuestario procedimientos de Democracia Participativa. En este sentido, el Presupuesto Participativo importa romper con la concepción tradicional del presupuesto que lo define como algo meramente técnico que sólo puede ser abordado por profesionales, para pasar a considerarlo como algo esencialmente político en el que todos y cada uno de nosotros estamos involucrados. Las experiencias comparadas, fundamentalmente la de Porto Alegre en Brasil, nos muestran como su aplicación ha permitido superar gran parte de los problemas que traen aparejados la concentración de poder, el despilfarro de recursos y la corrupción. El Presupuesto Participativo ha permitido reducir las prácticas clientelísticas, ha estimulado la participación ciudadana, ha favorecido una más justa distribución del ingreso y se ha traducido en una mejor calidad de la representación. El Presupuesto Participativo, podría decirse, nació en la ciudad de Porto Alegre (Brasil) en 1989. Desde entonces se lo aplica con un creciente nivel de participación social y con una mayor incidencia porcentual del presupuesto. La experiencia exitosa de Porto Alegre se extendió a otras ciudades de Río Grande do Sul, del Brasil y de otras ciudades y regiones. ¿En qué consiste el presupuesto participativo? El mecanismo convencional se basa fundamentalmente en la propuesta de los técnicos gubernamentales, quienes elaboran el presupuesto asignando partidas para cada área, para que luego sean los legisladores otorgan la aprobación y este se ejecuta. En cambio el Presupuesto Participativo en Porto Alegre procesa así: la ciudad se divide en 16 zonas y en 5 áreas temáticas donde los vecinos en asambleas discuten y acuerdan las necesidades según las demandas de la población. Se votan las prioridades y los delegados en asambleas ampliadas de la ciudad, otorgan puntos por densidad demográfica y nivel de carencias. Así se llega a la asignación definitiva. Luego los mismos delegados de cada zona / barrio controlan la ejecución. Cada año se repite la misma operatoria. La discusión de cómo distribuir los recursos se transformó así en una revisión sobre lo que se entiende por representatividad política por cuanto el Presupuesto Participativo equivale a poner el presupuesto de un espacio determinado, una ciudad en el caso de Porto Alegre, al alcance de su pueblo para que contribuya de manera democrática y organizada en su diseño, discusión, formulación de propuestas y, por último, ejercite el control de su ejecución. En ese sentido el Secretario Especial del Gabinete de Presupuesto y Finanzas del Gobierno del Estado de Río Grande do Sul, dice: “El Presupuesto Participativo es un proceso de democracia directa, voluntaria y universal, donde el pueblo puede discutir y decidir sobre el presupuesto y las políticas públicas. El ciudadano no limita su participación al acto de votar para elegir al ejecutivo o al parlamento sino que también decide las prioridades de gastos y controla la gestión del gobierno. Deja de ser un coadyuvante de la política tradicional para ser protagonista permanente de la gestión pública El Presupuesto Participativo, bastante más que una alternativa. Jorge Dobal Área de Promoción del Presupuesto Participativo. Instituto de Estudios y Formación CTA. Buenos Aires, septiembre de 2001.” En el Perú este mecanismo no es ajeno, ya el Ministerio de Economía, a través de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, ha puesto en marcha una operación piloto “Planeamiento y Programación Participativa del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003, en materia de gastos de inversión”, a través de la Directiva para la Formulación de los Planes Estratégicos Institucionales 2002-2006, y con fecha 12 de mayo del 2002 publicó

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un instructivo mediante Resolución Directoral Nº 022-2002-EF/76.01, mediante el cual da las pautas para el desarrollo del mencionado piloto. Hay principios sobre los cuales debe basarse la implantación del mecanismo del presupuesto participativo. El primero es la universalidad del sistema: todos los debidamente acreditados pueden participar, proponer, votar. El segundo es la discusión del presupuesto preventivo (preliminar). El tercero es la presentación del balance consuntivo (consensuado). El objetivo del presupuesto participativo es que el mayor número de ciudadanos definan cómo destinar el dinero público del año siguiente, llegando a una propuesta de presupuesto. El proceso, que combina democracia participativa y democracia representativa, es complejo y por demás dinámico. Puede ser modificado y perfeccionado cada año mediante la contribución de la población. La experiencia internacional muestra prácticas exitosas en materia de inversiones en el nivel local y en segundo lugar en el nivel regional/estadual. En consecuencia, por las razones antes esgrimidas resulta de cabal importancia la incorporación del mecanismo del presupuesto participativo, en la gestión presupuestaria del país, a nivel municipal y regional. Efecto de la Vigencia de la Norma sobre la Legislación Nacional El efecto de la vigencia de la norma que se propone sobre la legislación nacional, no es otro que establecer las pautas necesarias sobre las cuales debe basarse la implementación de una nueva institucionalidad en materia de procedimientos democráticos del presupuesto participativo Análisis Costo Beneficio La proposición de ley no irrogará gastos adicionales al erario público para su implementación, pues podría financiarse con un proceso de racionalización de los gastos presupuestados a cada pliego; sin embargo, es conveniente precisar que su dación traerá consigo beneficios netos incuantificables para la sociedad y el Estado. Beneficios: Garantizará que la gestión presupuestaria y decisoria del Estado sea más transparente. Ejercicio y afianzamiento del principio de “participación ciudadana”, mediante el involucramiento de los ciudadanos en las decisiones públicas, estructurando la participación de la sociedad civil. Reducirá y eliminará progresivamente las prácticas clientelísticas. Permitirá una mayor justa distribución de los ingresos del Estado, en especial en materia de lucha contra la pobreza. Permite una mejor calidad de representación. Permitirá una mayor fiscalización del gasto público. Garantizará una sociedad más plural y participativa en función de intereses y objetivos concretos. Acabará con la cultura de secreto imperante en el país, a la vez, que se constituirá en un poderoso instrumento para luchar contra la corrupción y el clientelismo. Mejoramiento en la administración de servicios públicos y programas sociales y mayor eficiencia en la gestión pública Formula Legal Texto del Proyecto EL Congresista de la República que suscribe, ejerciendo el derecho de iniciativa consagrado en el artículo 75° del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso, propone el siguiente Proyecto de Ley. FÓRMULA LEGAL Texto del Proyecto EL CONGRESO DE LA REPUBLICA HA DADO LA LEY SIGUIENTE: “LEY QUE REGULA EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” ARTICULO 1º.- Definición El Presupuesto Participativo constituye un procedimiento que permite participar a la ciudadanía opinando previamente acerca de la aplicación de los fondos públicos en gastos de inversión y controlando las rendiciones de cuentas referentes a su utilización, a las que están comprometidos los responsables en los períodos inmediatos posteriores a la gestión del período presupuestario.

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El acuerdo consensuado sobre el programa de inversiones tiene carácter vinculante y deberá incluirse sin modificación alguna en las propuestas de Presupuesto Municipal y Presupuesto Regional, así como en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República correspondiente. El Presupuesto Participativo se formula anualmente con arreglo al Plan de Desarrollo Concertado, el Plan Anual y los Lineamientos Estratégicos acordados. ARTICULO 2º.- Finalidad El Presupuesto Participativo tiene por finalidad facilitar el ejercicio del derecho de participación ciudadana y de las organizaciones de la sociedad civil en el proceso presupuestario referido a las inversiones, que organizan los Gobiernos Regionales y Municipalidades. ARTICULO 3º.- Objetivo La presente ley tiene por objeto lograr y establecer las pautas generales para la participación de la ciudadanía debidamente organizada en la elaboración de los planes y presupuestos en el nivel regional y local. ARTÍCULO 4º.- Fases Las fases en las cuales se debe desarrollar el presupuesto participativo son: a) Discusión de alternativas de inversión Esta fase supone que la ciudadanía y/o representantes de organizaciones debidamente acreditados, reunidos por zonas y temas, identifican demandas, establecen propuestas y señalan prioridades de inversiones en obras y servicios. En esta fase, se debe elegir a los delegados para la fase siguiente. b) Sistematización de demandas En esta fase técnica, se sistematizan las demandas establecidas por la población en la primera fase, teniendo en cuenta criterios objetivos de oportunidad y necesidad, así como de viabilidad técnica, legal y financiera; organizando una propuesta de programa de inversiones. Se eligen a los delegados para la tercera fase. c) Programa de Inversiones En esta fase se organiza, armoniza y estructura el Programa de Inversiones, el cual una vez consensuado es publicado en el Portal Internet y propuesto para su correspondiente aprobación. ARTICULO 5º.- Organización del Proceso Los Programas de Inversiones son de alcance distrital, provincial y regional y son parte de los Presupuestos Participativos aprobados por los respectivos Consejos Distritales, Provinciales y Regionales respectivamente. En los casos de Municipalidades inician el proceso los ciudadanos y las organizaciones de sociedad civil participantes de nivel distrital y provincial. En el caso regional se inicia el proceso con las organizaciones de alcance provincial y regional. En el caso de Municipalidades Distritales, la fase final es responsabilidad de la Asamblea de Autoridades Distritales, con la participación plena de los Delegados elegidos en la segunda fase y la asistencia de la Oficina de Presupuestos. En el caso de Municipalidades Provinciales, la fase final es responsabilidad de la Asamblea Provincial de Alcaldes, con la participación plena de los Delegados elegidos en la segunda fase y la asistencia de los titulares de la Oficina de Presupuesto. En el caso de los Gobiernos Regionales la fase final es responsabilidad del Consejo de Coordinación Regional, con la participación plena de los Delegados elegidos en la segunda fase y la asistencia de las Gerencias. El Consejo de Coordinación Regional consolida, armoniza y compatibiliza el programa de inversiones de todo el ámbito. ARTÍCULO 6º.- Ejecución de las inversiones Una vez aprobado el presupuesto, la población sigue la etapa de ejecución de las inversiones. Los Gobiernos Regionales y las Municipalidades deben poner a disposición de los ciudadanos, de los Consejos de Coordinación Regional y de las Asambleas Provinciales de Alcaldes y de Autoridades Distritales, la información y los mecanismos de transparencia necesarios para el control y seguimiento de la ejecución del Programa de Inversiones. ARTÍCULO 7º.- Secretaría Técnica En cada caso, la Oficina de Presupuesto correspondiente hace las veces de Secretaría Técnica en apoyo al proceso. Los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales acudirán en apoyo de las Provincias y Distritos que no cuenten con la mencionada dependencia. ARTICULO 8º.- Participación de la sociedad civil Las organizaciones de la sociedad civil participantes en el proceso, se inscriben en el registro que para tal efecto abran los Gobiernos Regionales y Municipalidades; acreditando actividad institucional comprobada en el ámbito de referencia y en el tema propuesto. Cada una elegirá con arreglo a su norma un delegado que participa en el proceso.

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Las organizaciones de la sociedad civil que podrán participar son: organizaciones de productores, gremios empresariales, laborales, profesionales, agrarios y vecinales; universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación y organizaciones de mujeres y jóvenes, entre otros. ARTÍCULO 9º.- Reglamentación El Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de 60 días procederá a elaborar el reglamento de la presente ley. ARTÍCULO 10º.- Vigencia de la Ley La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Lima, 01 de Abril de 2003 RAFAEL E. VALENCIA – DONGO C. Congresista de la República

FABIOLA MORALES CASTILLO Congresista de la República

PROYECTO DE LEY Nro: 6490 Fecha Presentación: 15/04/2003 Proponente: Congreso Grupo Parlamentario: Perú Posible Título: INVERSIÓN:PÚBLICA.DESCENTRALIZADA/LEY MARCO DEL PRESUPUESTO Sumilla: Propuesta de Ley Marco del Presupuesto Participativo en la Inversión Pública Descentralizada. Autores: Herrera Becerra, Ernesto Seguimiento: 21/04/2003 Decretado a... Presupuesto y Cuenta General de la República 22/04/2003 En comisión Presupuesto y Cuenta General de la República 30/05/2003 Dictamen Favorable Sustitutorio Presupuesto y Cuenta General de la República Unanimidad 09/07/2003 En Relatoría – expediente .incompleto ,pidió: Cabero, recibió: Villena, originales 10/07/2003 Orden del Día - Comisión Permanente 10/07/2003 Aprobado Comisión Permanente - Comisión Permanente 15/07/2003 Autógrafa Sobre Nº: 297 - vence:07/08/2003 07/08/2003 Promulgado Ley Nº: 28056 08/08/2003 Publicado - Ley N° 28056 Iniciativas Agrupadas: 5379, 6304 Exposición Motivos Fundamentos El actual contexto político social tiene como uno de sus rasgos característicos la creación de nuevos marcos normativos, políticos e institucionales para facilitar una gestión pública del desarrollo más descentralizada, democrática, eficiente y transparente. En esta perspectiva, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la autógrafa de la Ley Orgánica de Municipalidades, institucionalizan nuevas herramientas de gestión como los espacios de concertación, los planes de desarrollo concertados los presupuestos participativos, los indicadores del desarrollo, la rendición de cuentas y la vigilancia ciudadana. Se abre así el camino para que, de las pocas experiencias de presupuesto participativo que se aplican en los espacios locales en el Perú, como es el caso de la provincia de Ilo, pasemos a una etapa de implementación gradual de esta importantísima herramienta de gestión participativa, que naciendo en Porto Alegre (Brasil), es

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adecuada a nuestra realidad. En ese contexto debemos, considerar a los gobiernos regionales como ejes promotores para la consolidación de este proceso. Si el presupuesto participativo es bien concebido y aplicado, se convierte en un instrumento que favorece una gestión más descentralizada y democrática, contribuye a la eficiencia y a la calidad de gasto, así como a una mayor transparencia de las decisiones respecto de las prioridades en la asignación de recursos económicos desde el nivel local y regional. Las prioridades en la asignación de recursos deben responder a principios y criterios innovadores y por supuesto a cambios culturales. Se trata de priorizar las inversiones que ayuden a crear las condiciones necesarias para el desarrollo sostenible de las poblaciones, locales y regionales y de la nación. En este proceso el ciudadano asume un rol protagónico, decisivo, que busca el cambio sin caer en los errores del pasado, donde el activismo político y la falta de comprensión de los problemas colectivos, originaron distorsiones y contribuyeron a disolver el tejido social organizado. Las nuevas prácticas contenidas en el presupuesto participativo obligan a repensar el tipo de desarrollo que necesita el país. El presupuesto participativo es un innovador proceso de democratización y descentralización del Poder, da paso a la construcción de un nuevo tejido social desde las organizaciones sociales y el gobierno. Descentralizar los recursos es una forma de descentralizar el poder. El objetivo debe ser que ese poder se democratice en cada una de las personas y la sociedad en su conjunto. El presupuesto participativo contribuye a una mayor eficiencia, a mejorar la calidad del gasto, a la transparencia en las decisiones y rendición de cuentas. Facilita la vigilancia social sobre las políticas y planes de desarrollo, así como el desempeño de las autoridades y funcionarios. Es eficaz contra la corrupción y la falta de transparencia. La participación ciudadana en el presupuesto recrea la relación Estado y sociedad, estableciendo relaciones de confianzas, pues los ciudadanos entienden, comprenden y deciden en conjunto el uso de los recursos y las inversiones. Los aciertos y errores del presupuesto son compartidos mutua y responsablemente. Frente al Colapso de las formas autoritarias de gestión estatal, y del fracaso de regímenes con sus modelos de gestión basados en el Estado mínimo y en la regulación de la vida económica y social por medio del mercado, los mecanismos de democracia deliberativa como los del presupuesto participativo surgen como caminos alternativos y posibilidades abiertas a la transformación democrática del Estado y de la sociedad. Las experiencias de presupuestos participativos representan la construcción de una nueva dimensión de ciudadanía y de gestión. Además de su dimensión renovadora en el plano de la política, los presupuestos participativos representan una gran innovación en los mecanismos de planificación de las políticas públicas en América Latina por ello en ésta parte del continente americano se viene constituyendo como un mecanismo efectivo para una administración pública democrática, transparente y responsable de los recursos públicos administrados por los gobiernos en sus diferentes niveles. En Brasil no menos de 70 ciudades aplican este sistema, el mismo que ha servido además para corregir irregularidades administrativas relacionadas con la concentración del poder, el despilfarro de los recursos públicos y la corrupción. Dentro del proceso del presupuesto participativo, la planificación estratégica concertada se constituye necesariamente en un paso previo para lograr que los planes de desarrollo de los diferentes niveles de gobierno consoliden la visión de desarrollo, los objetivos, las metas, los ejes estratégicos y el rol que juega cada una de las instituciones en la ejecución del plan y materializados a través de proyectos, programas y acciones. El presupuesto participativo se constituye en un mecanismo eficiente y eficaz para construir la gobernabilidad dentro del contexto de la combinación de la democracia representativa con la directa o participativa, contribuyendo con ello en la reducción de las desigualdades y la inclusión social y espacial, para que todos los miembros de la comunidad y los recursos existentes participen como agentes activos del desarrollo. El presupuesto participativo también permitirá ampliar la participación y control social en las acciones y decisiones públicas, especialmente en materia de asignación y ejecución de los recursos de inversión, así como incrementar su productividad, además de propiciar la participación activa de los pobladores en su desarrollo, asignándole responsabilidades que permitan fortalecer el proceso de democratización, descentralización y modernización del Estado. En Sudamericana tenemos experiencias como las de Brasil, Uruguay y Venezuela. Brasil cuenta con una de las experiencias más desarrolladas de presupuesto participativo en la Región, debido a su historia que deviene desde los años 70 con la dictadura militar que provocó una gran movilización de la población entre ciudades y del campo a la ciudad, ello origino la formación de favelas o Asentamientos Humanos que requerían una mayor atención, ellas se organizaron en juntas de vecinos para participar en la decisión de soluciones de diversos problemas o temáticas que requerían acciones inmediatas en asuntos de vivienda, transporte, promoción de PYMES, desarrollo económico, entre otros, organizándose para ello diversos tipos de reuniones que buscaban dar solución a todos sus problemas. A continuación algunas experiencias del presupuesto participativo: a. La experiencia de Porto Alegre

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Se establecen reuniones de asambleas (rondas), la primera para definir el marco anual del procedimiento a seguir, la segunda para definir las áreas temáticas de inversión denominada ronda intermedia, y luego una tercera donde se negocian los temas y las prioridades. Se crean el Foro de los Delegados Regionales y de los Delegados para cuestiones temáticas y el Consejo Municipal del Plan de Gobierno y del Presupuesto. Luego de las negociaciones se presenta el Plan Presupuestal anual para su publicación y difusión. b. La experiencia de Santo André. La experiencia es similar a la de Porto Alegre pero con el agregado de que existen las denominadas “asambleas de retorno” que es una suerte de vigilia de lo señalado en el Plan Presupuestal y conforme el calendario de prioridades. c. La experiencia de Montevideo. Se trabaja de manera similar a las dos anteriores pero con un plan general quinquenal (que llaman zonal) formulado por los ciudadanos y gente especializada de la Intendencia (órgano de gobierno equivalente a la región). Luego es enviado a los gobiernos locales para su priorización. Una vez priorizada regresa a las Intendencias y se vuelve a discutir con los ciudadanos, y el resultado de las negociaciones es la aprobación del Plan y del mecanismo de ejecución. d. La experiencia de Guayana, Venezuela. Se realizan asambleas y consultas vecinales para aprobar el presupuesto. El concepto de presupuesto participativo es definido como política de gobierno y su aprobación se hace siguiendo la figura de un plebiscito aprobador. e. La experiencia en la ciudad de Ilo, Perú. Una experiencia exitosa se encuentra en la Municipalidad Provincial de Ilo donde luego de la aplicación del tercer presupuesto participativo se obtuvieron los siguientes impactos: Impactos ambientales: Positivos: - Protección del cause del río Osmore por la ejecución de proyectos de defensa ribereña - - Ampliación de 912 m2 de áreas verdes entre el 2000 y 2001, y espacios de recreación (parques, plazas, malecones). - - Estudio de conservación de Manejo de Punta Coles. - - Capacitación en manipulación de alimentos. - - Construcción de 3,295.37 m de desagües y 17 buzones (años 2000 y 2001). - - Asignación de recursos para estudio epidemiológico. - - Preservación de recursos pesqueros con el centro de cultivos marinos. - - Conservación del ecosistema por el mínimo uso de recursos naturales. - - Con la construcción en el año 2001 de 135 m de graderías de acceso Alto Ilo–Pampa Inalámbrica se redujo la demanda de transporte. - - Construcción de 1,895.63 m2 de veredas. Impactos sociales: Positivos: - Contribuyó al empoderamiento de la sociedad civil por haber recibido la delegación de facultades decisorias en materia de inversiones. - - Mejoró la calidad de la participación ciudadana, esta vez decidió con mayores elementos de juicio dado que desarrolló capacidades en el tratamiento de la inversión pública (planes estratégicos, planes operativos, expedientes técnicos, presupuestos y priorización de inversiones). - - Intervención de la comunidad en el control social sobre la gestión de los proyectos de inversión. - - Promovió la integración, la solidaridad y responsabilidad de los grupos sociales Impactos económicos. Positivos: - Aporte económico compartido entre la Municipalidad, la Comunidad y las Empresas Públicas-Privadas en el financiamiento de los proyectos: en el 2001 por ejemplo la Municipalidad aportó con S/. 550,000, la Comunidad con S/. 370,000 y las Empresas S/. 121,172. - - Mayor utilización de mano de obra local. - - Priorización de obras de mayor necesidad de la comunidad. - - Promovió la accesibilidad de la población a los servicios básicos (agua potable, desague, luz). - - Con la construcción de graderías (Alto Ilo – Pampa Inalámbrica) se promovió el desplazamiento peatonal, economizando en pasajes. - Negativos: - - Atomización en los proyectos, generando mayores gastos administrativos. - - No se ha logrado promover una política sustentable de adquisiciones en el municipio y los proveedores. Es decir una política “ecológica” de adquisiciones.

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- No se alentó la construcción de infraestructura desmontable y/o reutilizable. - Los proyectos ejecutados aún son los tradicionales por la no definición de instrumentos que mejoren cualitativamente la gestión del presupuesto. Es necesario identificar mecanismos para dar ese salto. Efecto de la Vigencia de la Norma sobre la Legislación Nacional La iniciativa no modifica ni deroga ninguna norma del sistema jurídico peruano, constituyendo más bien el desarrollo de la norma establecida en la Constitución, Ley de Bases de Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley de Modernización del Estado que tratan sobre el presupuesto participativo. Análisis Costo Beneficio La implementación del presupuesto participativo en los diferentes niveles de gobierno, los ministerios y los organismos públicos descentralizados no significará un presupuesto adicional, sino que busca que la población participe en las decisiones para determinar que obras y proyectos deben ejecutarse y que guarden directa relación con la visión y objetivos estratégicos de los planes e desarrollo. En cambio producirá una serie de beneficios como: -

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La oportunidad que la población participe en las decisiones centrales de los asuntos públicos. Da mayor transparencia a la ejecución del gasto. Fomenta un espacio natural para el desarrollo de liderazgo con capacidades técnicas adaptadas a la realidad del país. Mayor identidad ciudadana y creación de una conciencia participativa y responsable. Formula Legal

Texto del Proyecto El Congresista de la República que suscribe, ERNESTO HERRERA BECERRA, del Grupo Parlamentario Perú Posible por el departamento de Moquegua, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107 de la Constitución y el artículo 75° del reglamento del Congreso, propone el siguiente: PROYECTO DE LEY LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN LA INVERSION PÚBLICA DESCENTRALIZADA ARTICULO 1°: DEFINICION DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. El presupuesto participativo es un proceso de participación ciudadana y de planificación y gestión presupuestaria mediante el cual las organizaciones de la sociedad civil y el Estado concertan la asignación de los recursos públicos de inversión priorizando proyectos y programas a ejecutar a fin de contribuir a la sostenibilidad en el marco de los planes estratégicos de desarrollo. El presupuesto participativo es una herramienta que articula la descentralización, con la democracia y el desarrollo sostenible. ARTICULO 2°: OBJETO DE LA LEY. La presente ley establece las normas fundamentales que rigen las distintas fases del presupuesto participativo, los criterios técnicos y los mecanismos operativos en materia de gastos de inversión, que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera del Estado. El presupuesto participativo comprende los principios, normas, técnicas, métodos y procedimientos que lo regulan. ARTICULO 3°: AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY. La presente ley se aplica a: a) Los Ministerios. b) Los Organismos Públicos Descentralizados. c) Los Gobiernos Regionales. d) Los Gobiernos Locales. Asimismo, se encuentran comprendidas las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, cuando así lo señalen las leyes anuales de presupuesto y otras normas. ARTICULO 4°: OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. Son objetivos del presupuesto participativo: 1) Optimizar y lograr la eficiencia y transparencia del gasto público. 2) Promover la participación y el control social efectivo en las acciones públicas, combinando la democracia representativa con la participativa y creando mejores condiciones para el desarrollo sostenible. 3) Contribuir a lograr los objetivos nacionales, regionales, locales e institucionales establecidos en los planes estratégicos de desarrollo concertados.

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4) Promover el desarrollo de la ciudadanía en lo económico, social, político, ambiental y cultural. 5) Fomentar y afirmar la gobernabilidad y el fortalecimiento del estado de derecho, fortaleciendo las relaciones Estado-ciudadano a través de la confianza mutua. 6) Propiciar la construcción de una conciencia ciudadana activa, participativa, organizada y responsable. 7) Fortalecer el proceso de democratización, descentralización y modernización del Estado. 8) Priorizar la lucha contra la pobreza y la exclusión social, el desempleo y la degradación ambiental. ARTICULO 5°: PRINCIPIOS. El presupuesto participativo se rige fundamentalmente por los principios de: 1) PARTICIPACION Y CO-RESPONSABILIDAD, De todos los ciudadanos en el proceso de toma de decisiones. 2) DEMOCRACIA: Reconocida como un sistema de democracia de representación y participación activa de los ciudadanos que fortalecen el orden y estado de derecho desde la ciudadanía a través de la participación en decisiones presupuestarias. 3) GOBERNABILIDAD; sobre la base del compromiso ciudadano por el que los participantes elaboran y aprueban sus propias normas. 4) TRANSPARENCIA; en la que el Estado otorga a los ciudadanos toda la información necesaria para la toma de decisiones en la gestión y ejecución del presupuesto. 5) EQUIDAD; que lleva a compartir y buscar el equilibrio, eliminando la exclusión étnica, de género y generacional. 6) TOLERANCIA; reconociendo el aporte de los que participan con un razonamiento distinto, actuando con mente abierta y respetando a los demás. 7) CONCERTACION O SOLIDARIDAD; en tanto que el logro de objetivos y metas no debe ser conquistas de mayorías o minorías. 8) RENDICION DE CUENTAS; el gasto público, en forma anual y al final de cada gestión. ARTICULO 6°: ASIGNACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. El presupuesto participativo es gradual. Anualmente se asigna un porcentaje no menor al 30% del presupuesto de inversiones al presupuesto participativo, el cual debe incrementarse conforme a la concertación de cada institución con las organizaciones de la sociedad civil. El porcentaje del presupuesto participativo, en un proceso progresivo, nunca es inferior a lo asignado en el ejercicio anterior. En el transcurso de cuatro (04) años, el presupuesto participativo comprende el 100% del presupuesto de inversiones. ARTICULO 7°: CRITERIOS PARA ASIGNAR RECURSOS. Los criterios para asignar recursos son: 1) La satisfacción de las necesidades básicas aún no atendidas. 2) El nivel de tributación de los contribuyentes. 3) El grado de organización y desarrollo de capacidades. 3) El grado de participación de las organizaciones sociales en los procesos de desarrollo. 5) La reducción de los niveles de pobreza. 6) La contrapartida de la comunidad en la ejecución de proyectos y programas. 7) La inversión realizada en el período presupuestal anterior. 8) El enfoque de desarrollo sostenible. ARTICULO 8°: CRITERIOS PARA PRIORIZAR PROYECTOS. Los criterios para priorizar proyectos son: 1) La potencialidad económica y la cantidad y calidad de los impactos tangibles a generar. 2) La Magnitud del aporte concertado de la sociedad civil, así como de la cooperación nacional e internacional. 3) El número de beneficiarios. 4) La vinculación a la visión y objetivos estratégicos de los planes. 5) La viabilidad técnica y legal. 6) La complementariedad entre las inversiones nacionales, regionales y locales. 7) La generación de sinergias con otros proyectos. 8) El desarrollo de capacidades humanas y de capital social. 9) La recuperación total o parcial de las inversiones. 10) La atención efectiva de problemas prioritarios. 11) La reducción de los desequilibrios y desigualdades. 12) La incorporación de innovación tecnológicas y el uso de materiales de construcción sostenibles. ARTICULO 9°: DIFUSION DE LA INFORMACION.

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Las entidades a que se refiere el artículo 3 de la presente ley difunden la información correspondiente al plan estratégico, plan operativo, programa de inversiones, presupuesto de inversiones entre otras necesarias para la toma de decisiones. ARTICULO 10°: DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. El proceso del presupuesto participativo se desarrolla básicamente en las siguientes etapas: 1) Aprobación o actualización del plan de desarrollo y organización del proceso. 2) Concertación del porcentaje del presupuesto participativo. 3) Difusión de los términos de referencia del presupuesto participativo. 4) Capacitación e información a los participantes. 5) Organización y ejecución de asambleas para la rendición de cuentas del ejercicio anterior, intercambio de información técnica, priorización de proyectos y programas, determinación de los recursos concertados y elección de delegados. 6) Organización y ejecución del taller central con asistencia de delegados, en el que se elige la mesa directiva, se aprueba el Reglamento para el desarrollo del taller, se debate y se toma decisiones. 7) La mesa directiva entrega los acuerdos a la autoridad competente y realiza el monitoreo durante la ejecución de los proyectos y difunde periódicamente sobre el desarrollo de la implementación. 8) Evaluación y rendición de cuentas de la gestión anterior. El proceso de planificación del presupuesto participativo es conducido por las entidades a que se refiere el artículo 3° de la presente ley. ARTICULO 11°: RESPONSABLES. El Titular del Pliego y los órganos colegiados correspondientes son solidariamente responsables del presupuesto participativo que conlleve al logro de los objetivos nacionales, regionales, locales e institucionales y, en lo específico, al cumplimiento de las metas establecidas en los presupuestos institucionales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA: NORMAS COMPLEMENTRIAS. Las entidades a que se refiere el artículo 3 de la presente ley complementariamente establecen el marco normativo del presupuesto participativo en sus respectivos sectores de acuerdo a sus propias realidades, teniendo como fuente la presente ley cuyas normas son de orden público. SEGUNDA: PLAZO DE NORMAS COMPLEMENTARIAS. Las entidades a que se refiere la presente ley, dentro del plazo de 90 días calendarios, dictan las normas complementarias a que se refiere la disposición precedente, bajo responsabilidad de los titulares de los pliegos presupuestarios en forma solidaria con sus respectivos órganos colegiados si fuera el caso. Lima, abril del 2003. Proyecto de dictamen Nos 5379,6304y 6490/2002-CR LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Señor presidente: Ha ingresado para Dictamen de su Comisión de Presupuesto y Cuenta general de la República. Los proyectos de Ley N° 5379/2002-CR, de los congresistas: Máximo Mena Melgarejo, Luis Heysen Zegarra, Carlos Infantas Fernández, Enith Chuquival Saavedra, Jaime Velázquez Rodríguez, Iván Calderón Castillo y Alberto Cruz Loyola; N°6304/2002-CR, de los Congresistas: Rafael Valencia-Dongo Cárdenas, Fabiola Morales Castillo e Hildebrando Tapia Samaniego; y N°6490/2002-CR del Congresista Ernesto Herrera Becerra, que proponen la Ley Marco del Presupuesto Participativo. I

FINALIDAD DE LA PROPUESTA

El proyecto de Ley permitirá definir el proceso del presupuesto participativo, dentro de la fase de programación del presupuesto de los gobiernos regionales y gobiernos locales, para de esta manera asegurar la efectiva participación de la sociedad civil recoger sus aspiraciones necesidades, para considerarlos en los planes de desarrollo y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que se alcances los objetivos de desarrollo humano, integral y sostenible. De otro lado, garantizar la participación de la sociedad civil en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales. II ANTECEDENTES

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El tema de la planificación concertada y presupuesto participativo, viene siendo desarrollado en diversas instancias del Gobierno, así tenemos: • En la Constitución Política del Perú indica que el gobierno de la ciudad corresponde a los vecinos y sus autoridades. • El Ministerio de la Presidencia en el mes de febrero del 2002 emitió Directivas sobre “Lineamientos para la formulación de Planes Estratégicos de Gestión y Estrategia Departamental” • El Ministerio de Economía y Finanzas por su parte en diciembre del 2001 ha emitido la Directiva para la formulación de los Planes Estratégicos Institucionales 2002-2006. Proyecto de dictamen Nos Ley N° 5379, 6304 y 6490/2002-CR El Ministerio de Economía y Finanzas con fecha 12 de mayo del 2002, mediante Resolución Directoral N° 022-2002-EF/76.01, da las pautas para el desarrollo de la operación Piloto “Planeamiento y Programación Participativa del presupuesto del sector Público para el año fiscal 2003, en materia de gastos de inversión¨ • La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales hace referencia a los Planes de Desarrollo Regionales Concertados, así como un Plan anual y al Presupuesto Regional Participativo. • Ley Orgánica de Municipalidades, también norma respecto a los Planes de Desarrollo Local Concertados, así como el Plan anual y el Presupuesto Local Participativo. Por tanto, el Proyecto de Ley propone consolidar el marco legal que permita a los gobiernos regionales y gobiernos locales contar con normas generales para el desarrollo de la programación participativa del presupuesto. III • •



OPINION SECTORIAL Mediante Oficio N° 512-2003-FONCODES/GG, el FONCODES emite opinión favorable alcanzando sugerencias para los artículos 2° 4° y 8° al Proyecto de Ley. Mediante Oficio N° 075-2003-PROMPYME-AL, La Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresas, analiza aspectos referidos a la participación ciudadana impresos en la Constitución Política del Perú, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, Ley de Bases de la Descentralización, concluyendo que su desarrollo este a cargo de los Gobiernos Regionales y Locales. Mediante Oficio N° 1053-2003-MIDES/SG.03012, El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, apoya la iniciativa y respalda las actividades propuestas, alcanzando una serie de sugerencias para el desarrollo de análisis y evaluación del proyecto. Análisis y evaluación de la Norma. El Proyecto de Ley- Ley Marco del Presupuesto Participativo, atendiendo el programa de trabajo, La Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República a sido consultado y sometido a debate en cinco (5) talleres descentralizados y el Forum Internacional realizado en la Ciudad de Lima, el 25 de abril del presente según detalle: Proyecto de Dictamen N°s 5379,6304 y 6490/2002-CR A estos talleres asistieron presidentes de los gobiernos regionales, alcaldes provinciales y distritales, funcionarios regionales y locales, así como la sociedad civil debidamente representada por sus dirigentes, todos ellos con experiencia en los temas de debate. Estos talleres han permitido recoger aportes importantes ampliando y enriqueciendo el texto inicial. Los resultados de los talleres podemos resumir: 1. 2. 3. 4. 5.

Amplio apoyo de los gobiernos regionales y locales, así como un activa participación de la sociedad civil. En los cinco talleres se dio un consenso sobre la importancia de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, para que norme lo concerniente a la participación ciudadana en la gestión de los recursos públicos de los gobiernos regionales y locales. Los aportes han estado orientados básicamente a la vigilancia ciudadana y la fiscalización del presupuesto de los gobiernos regionales y gobiernos locales. La necesidad del manejo de planes concertados como instrumentos de desarrollo sostenido regional y la articulación de planes de los gobiernos locales, con los regionales y los nacionales. Se han hecho aportes sobre los principios que deben regir la Ley Marco, así como de aspectos novedosos orientados a la difusión }, capacitación y la necesidad de programas por parte del gobierno nacional que asegure el éxito de la participación ciudadana.

De igual modo, se ha realizado un Forum Internacional, el día 25 de abril con la asistencia de aproximadamente 400 participantes entre ellos, congresistas, presidentes de región, vice presidentes regionales, alcaldes, funcionarios del Estado, representantes de la sociedad civil e invitados especiales, donde se desarrollaron los siguientes temas.

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El sistema de Gestión Presupuestaria del estado, Planeamiento Concertado y Presupuesto Participativo. Una mirada Estratégica. Nelson Shack-Director General de la Dirección Nacional del Presupuesto Publico del MEF. Avances del Proceso de Planeamiento Concertado y Presupuesto participativo, en el Perú. Experiencias Municipalidades – Alcaldes de Villa el Salvador y Anta. Ilo a cargo del Congresista Ernesto Herrera. Propuestas del CND para el desarrollo de los planes concertados y presupuestos participativos. Raúl Molina-Coordinador de gobiernos Locales CND. Aportes del proceso de descentralización al desarrollo de planes concertados y presupuesto participativos. FONCODES – Foro de ciudad Vida – ANC. Experiencias del Presupuesto Participativo y Control Social en América Latina. Pilar Arcidiácono – Poder Ciudadano Argentina. Cid Blanco – Gobernación de San André – Brasil Humberto Vargas – CERES, Bolivia Proyecto de Ley Marco del Presupuesto Participativo, Aportes de los gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Sociedad Civil. ING. Máximo Mena Melgarejo, Presidente de la Comisión del Presupuesto y Cuenta General de la Republica.

Mesas de Trabajo La comisión de Presupuesto y cuenta General de la Republica mediante oficios se ha dirigido a la Presidencia del Consejo de Ministros, Vice Ministro de Hacienda, Concejo Nacional de Descentralización, Asociación Nacional de Centros de Investigación, despacho de los Congresistas Rafael-Dongo y Ernesto Herrera, en su calidad de autores de dos de los proyectos y se invito a los asesores de todos los miembros de la comisión. Los Representantes de las Instituciones invitadas y asesores del congreso, han revisado los proyectos de leyes, los aportes de los talleres de trabajo y demás documentos referidos a las materias llevaron a cabo cuatro (4) reuniones de trabajo. IV • •

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V

BASE LEGAL Constitución Política del Perú en su artículo 31° ¨Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos (…). Es derecho de y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La Ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación. Ley N° 27245 – Ley Responsabilidad y Transparencia Fiscal, modificada por Ley N° 37958. Mediante la cual se establecen los lineamientos para una mejor gestión de las Finanzas Públicas, así como la creación de un fondo de estabilización fiscal; todo ello orientado a contribuir la estabilidad económica, que permita garantizar el crecimiento económico sostenible y el bienestar social. Ley N° 27580 – Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, sobre descentralización, que establece la formulación de planes de desarrollo debidamente articulados y presupuestados con participación de la población, bajo responsabilidad. Ley N° 27783, Ley de Base de la Descentralización, que norma entre sus objetivos la participación ciudadana en todas sus formas de organización y control social, superando toda clase de exclusión y discriminación, en la formulación del debate y concertación de sus planes y presupuestos., Ley N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; cuyos principios rectores son la participación ciudadana para alcanzar concertación en el conjunto de las acciones de gestión regional, la transparencia en los planes, presupuestos, resultados de gestión que deben ser de conocimiento público, la rendición de cuentas a que deben estar sujetas las autoridades, entre otros principios de participación ciudadana, los mismos que se desarrollan en el texto de la Ley, para normar la participación de la sociedad civil en los planes de seguimiento y fiscalización de actos públicos. La Ley N° 27972, la Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con Constitución Política del Perú, Ley de Bases de la Descentralización, entre otros, contiene aspectos de participación ciudadana tanto en los planes de desarrollo concertado como el presupuesto participativo. OBJETIVOS DEL PROYECTO

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Establecer de manera clara el proceso del presupuesto participativo, dentro de la fase de Garantizar la efectiva participación de la sociedad civil, presupuesto participativo, así como la vigilancia y fiscalización de los recursos de los gobiernos locales. Crear conciencia de participación ciudadana, en la gestión de los recursos públicos, así como en los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Mediante vigilancia y fiscalización del gasto se podrán detectar potenciales actos de corrupción y optimización del uso de recursos públicos. El manejo de un presupuesto participativo motivará a la población a aportar recursos de mano de obra para la ejecución de proyectos, lo que incrementará indirectamente los recursos financieros de os proyectos de inversión.

La acción participativa del presupuesto, es sinónimo de transparencia y sin duda tendrá un impacto directo en una mayor recaudación, tanto de las empresas como de los vecinos, incidiendo positivamente en mayores fuentes de financiamiento. Otro aspecto no menos importante es la participación de los jóvenes en la gestión del desarrollo, quienes constituyen un sector importante de la población que son marginados; a partir de esta práctica participativa ellos tendrán la oportunidad de capacitarse para las futuras gestiones sean cada vez mejores, con coincidencia directa en el desarrollo. Inclusive en algunos países la cultura del manejo de la gestión pública se imparte a los niños. VI

ANALISIS

Si bien es cierto, el presupuesto participativo, se encuentra normado en la Reforma Constitucional, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Orgánica de Municipalidades; este no tiene un marco legal que regule su proceso; tanto los presidentes regionales como los alcaldes y la sociedad civil se encuentran en la espera de un marco legal que definan los mecanismos de la participación ciudadana en este proceso. 6.1

ASPECTOS SUSTANTIVOS, el Proyecto de Ley Marco del Presupuesto Participativo, definen la participación de la sociedad civil en la programación del presupuesto con énfasis en los gastos de inversión de los gobiernos regionales y gobiernos locales y que los acuerdos que se tomen sean respetados por los consejos respectivos al momento de la aprobación de sus presupuestos institucionales. En las demás fases del proceso presupuestario como son la formulación, aprobación, ejecución y evaluación, no podrían participar la población por cuanto la aprobación de acuerdo a Ley están a cargo de los consejos regionales y consejos municipales, respectivamente, quienes respetarán los acuerdos de priorización de proyectos llevado a cabo participativamente. En lo que respecta a la ejecución, esta es responsabilidad exclusiva del titular del pliego y de los funcionarios que tienen a su cargo la ejecución de acciones dentro del marco legal del sistema presupuestario, quienes asumen responsabilidades definidas de las normas administrativas y de control. De igual modo la fase de evaluación es una etapa netamente de consolidación de resultados de ejecución de ingresos y gastos, así como del cumplimiento de metas, cuya responsabilidad de plazos y detalles de información se encuentran definidos en las normas para estos fines emite el Ministerio de Economía y finanzas y los Órganos Rectores. Una tarea importante que se le asigna a la Sociedad Civil es la referida a la vigilancia y fiscalización del presupuesto y gestión de los gobiernos regionales y locales, para lo cual los pliegos pondrán a disposición de la sociedad civil la información correspondiente para el seguimiento de las acciones que desarrollan las autoridades.

ASPECTO PROCEDIMENTAL Uno de los aspectos fundamentales de la norma es definir el proceso de presupuesto participativo, para el cual es necesario la creación de una instancia del presupuesto participativo, conformada por los consejos de coordinación regionales y locales según corresponda, quienes les asignan estas tareas. De otro lado se definen las fases del proceso participativo, que constituyen le trabajo minino que deben tener, las instancias de participación en el ejercicio fiscal, y en esta parte nos referimos tanto a la participación en el proceso de programación del presupuesto participativo, así como, la vigilancia y fiscalización de igual modo se incluye la obligación de las autoridades de rendir cuenta a este espacio de participación de manera periódica, o cuando ésta así lo requiera. Otro aspecto importante es la capacitación que deben recibir los representantes que conforman el equipo de trabajo en materia presupuestaria, de contrataciones y adquisiciones, así como en otras materias que requieran sus funciones. La participación ciudadana en el presupuesto participativo no seria efectiva si las priorizaciones que se acuerden no

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son respetadas por los consejos al momento de aprobar el presupuesto integral de sus pliegos, por lo que se norma el carácter vinculante que deben tener estos acuerdos con el presupuesto total. De igual modo los presupuestos participativos deben estar inmersos o articulados, los planes de desarrollo concertados en donde en conjunto se definen, entre otros aspectos, la visión de desarrollo, los objetivos de mediano y largo plazo, los lineamientos de política para la lucha contra la pobreza, entre otros de enteres de la comunidad; todo ello dentro del marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. Finalmente se norma los aspectos relacionados a los mecanismos de vigilancia, el acceso a la información, la rendición de cuentas o el fortalecimiento de capacidades. De esta manera se considera que el proyecto recoge los aportes de los diversos sectores involucrados y esta propuesto dentro del marco legal de la autonomía de los gobiernos regionales y locales, de descentralización, de inversión pública, transparencia, buscando definir un escenario de participación de coordinación de consenso y de actuación de los titulares del pliego, autoridades que finalmente son los responsables de la ejecución del gasto, de tal modo, que el presupuesto participativo, se convierta en un instrumento de desarrollo y no en un obstáculo de gestión que lejos de contribuir, fomente acciones discordantes, entre autoridades y sociedad civil. VI CONSLUSIONES Y RECOMENDACIONES Por las consideraciones expuestas en el presente dictamen la Comisión de presupuesto y Cuenta General de la República, recomienda la APROBACIÓN de los proyectos de Ley N°S 5379,6304 y 6490/2002-CR, con el texto Sustitutorio siguiente: POR CUANTO: El Congreso ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Ha dado la Ley siguiente: LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. PRINCIPIOS RECTORES 1. Participación.- Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, promueven al desarrollo y mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados, así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. 2. Transparencia.- Los presupuestos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, son objeto de difusión por los medios posibles de información, a fin que la población pueda tener conocimiento de ellos. 3. Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad tiene las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial, o de otra naturaleza, en los procesos de planificación y presupuesto participativo. 4. Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas, de quienes conforman la sociedad, con un elemento esencial para la construcción de consensos. 5. Eficacia y eficiencia.- Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales organizan su gestión en torno a objetivos y me tas establecidas en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una optima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y e productos, normaos por las instancias correspondientes. 6. Equidad.- Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión regional y local sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidas de manera especial. 7. Competitividad.- Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos; así como, la ampliación de mercados internos y externos, en un entorno de innovación, de calida, de alianzas y acuerdos entre los sectores públicos y privados. 8. Respeto a los acuerdos.- La participación de la sociedad civil de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales se fundamenta en el compromiso del cumplimiento de los acuerdos y compromisos concertados. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Definición El proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones estado- sociedad civil. Para ello los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, promueven desarrollos de mecanismos de estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como, de la vigilancia y fiscalización de los recursos públicos.

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Artículo 2°.- Objeto La Ley tiene por objeto establecer, disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto el cual se desarrolla, en armonía con los planes de desarrollo concertado de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; así como, la fiscalización de la gestión. Artículo 3°.- Finalidad La Ley tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Así mismo, optimizar el uso de los recursos a través de una adecuado control social en las acciones públicas. CAPITULO II DE LA PROGRAMACIÓN PARTICIPATIVA Artículo 4°.- De las instancias del presupuesto participativo. Constituyen instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto, en concordancia con las disposiciones legales vigentes: • • •

El Consejo de Coordinación Regional. El Consejo de Coordinación Local Provincial. El Consejo de Coordinación Local Distrital.

Para el desarrollo del proceso los El Consejo de Coordinación Regionales y Locales, se constituyen, conforman su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo; dentro del marco de sus respectivas leyes y las normas que para regular este proceso se expidan. Artículo 5°.- Alcances del proceso de programación participativa del presupuesto. La sociedad civil toma parte activa en el proceso de programación participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con énfasis en los gastos de inversión, de acuerdo a las directivas y lineamientos que para estos fines emitirá la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual del sector público, del Ministerio de Economía y Finanzas. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidas, en los planes de desarrollo concertados a nivel regional y local. Artículo 6°.- Fases del Proceso Participativo. El proceso Participativo tiene las siguientes fases: • • • • • • •

Identificación de los agentes participantes. Capacitación a los agentes participantes de las instancias del presupuesto participativo. Desarrollo de talleres de trabajo. Evaluación técnica de prioridades. Formalización de los acuerdos. Rendición de cuentas. Otros que acuerden la instancia participativa.

Los titulares del pliego son los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso, con forme a los mecanismos que se establecen en la presente ley, su reglamento, directivas y lineamientos emitidos para dichos fines. El resultado de los talleres debe constar necesariamente en actas. Artículo 7°.- Oficialización del Compromiso. Los presupuestos participativos de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, reflejan de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos realizados a través de las distintas fases del proceso de programación participativa. Para ello, las instancias del presupuesto participativo, sustentan los acuerdos y compromisos

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adquiridos, ante los Consejos Regionales o Consejos Municipales, según sea el caso, para su inclusión en el presupuesto institucional. CAPITULO III VINCULACION DE LA PROGRAMACION PARTICIPATIVA CON LOS PLANES DE DESARROLLO CONCETADOS Artículo 8°.- Vinculación de la programación participativa con los planes de desarrollo concertados. Los gobiernos regionales y gobiernos locales, para efecto del proceso de programación participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el plan de desarrollo concertado, según corresponda, los cuales constituyen instrumentos orientadores de inversión, asignación y ejecución de los recursos, así como de la gestión individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones públicas o privadas promotoras del desarrollo. CAPITULO IV LOS MECANISMOS DE VIGILANCIA PARTICIPATIVA Artículo 9°.- Mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo. Son mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo que permiten el acceso a la información pública, la rendición de cuentas y el fortalecimiento de capacidades. Artículo 10°.- Acceso a la Información pública. Los gobiernos regionales y los gobiernos locales, están obligados a utilizar los medios a su alcance a fin de lograr adecuada y oportuna información a los ciudadanos, sobre el proceso de programación participativa del presupuesto y ejecución del gasto público. Artículo 11°.- Rendición de cuentas. Los titulares de pliego de los gobiernos regionales y gobiernos locales, están obligados a rendir cuentas de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación participativa, así como, del presupuesto de total de la entidad. Artículo 12°.- Fortalecimiento de Capacidades. El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Presupuesto público, en coordinación con los gobiernos regionales y los gobiernos locales programa e implementa acciones de capacitación dirigidas a los agentes participantes del presupuesto participativo, para los fines de la programación y vigilancia participativa. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera El Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo del Ministerio de Economía y Finanzas y a propuesta de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, reglamenta la presente Ley, en un plazo máximo de 60 días útiles. Segunda Para fines de la Programación participativa del presupuesto, correspondiente al ejercicio fiscal 2004, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la dirección Nacional del Presupuesto Público, establece las directivas y lineamientos correspondientes.

Proyecto de Ley Nro : 7901

Exposición Motivos Fundamentos Cumpliendo los anhelos de justicia social, el actual gobierno ha priorizado desde el primer año de su mandato, un auténtico proceso de descentralización que cambiará el rostro del país, integrando a los pobladores de las provincias ancestralmente olvidadas, convirtiéndolas en constructoras de su propio destino. Mediante Ley de Reforma Constitucional N° 27680, promulgada con fecha 06 de marzo de 2002, se modificó el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización. El artículo 188° reformado dispone: “La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo

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integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales. Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos así como el Presupuesto de la República se descentralizan de acuerdo a ley.” Asimismo, el artículo 43° de la Carta Magna dispone que “La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.” El artículo 191° sobre gobiernos regionales estableció que la estructura orgánica básica de los Gobiernos Regionales estaba conformada por el Consejo Regional, el Presidente y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley. Con fecha 16 de noviembre de 2002 se promulga la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la misma que a iniciativa del Poder Ejecutivo es modificada por la Ley N° 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, para regular la participación de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales y fortalecer el proceso de Descentralización y Regionalización. La ley N° 27902, de conformidad al precepto constitucional, incluye a los Consejos de Coordinación Regional en la estructura de los Gobiernos Regionales, como órganos consultivos y de coordinación del Gobierno Regional con las municipalidades, integrados por los Alcaldes Provinciales y por los representantes de la sociedad civil, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley, entre ellas emitir opinión consultiva, concertando entre sí, sobre el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. Con fecha 26 de mayo de 2003 se ha promulgado la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que incluye a los Consejos de Coordinación Provinciales y Locales como órganos de coordinación y concertación, que tienen entre sus funciones coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo. La formulación del presupuesto participativo debe garantizar que la asignación de las prioridades presupuestales guarde perfecta concordancia con las aspiraciones y necesidades de las regiones y localidades, en especial de las provincias y distritos más alejados y olvidados de la patria. Deberá cambiar la forma centralista y alejada de la realidad con que se construían tradicionalmente los correspondientes presupuestos. La Dirección Nacional de Presupuesto Público ha aprobado mediante RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-2003EF-76.01 el Instructivo N° 002-2003-EF/76.01 para la Programación Participativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el año fiscal 2004. Asimismo, ha emitido las Directivas Nº 009-2003-EF/76.01 “Directiva para la programación, formulación y aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el año fiscal 2004” y Nº 010-2003-EF/76.01 “Directiva para la programación, formulación y aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el año fiscal 2004”, y normas complementarias y modificatorias, en las cuales se dispone que para el adecuado ordenamiento en la elaboración presupuestaria correspondiente al año fiscal 2004, tanto los gobiernos regionales como los gobiernos locales deberán presentar sus anteproyectos de presupuesto participativo el 31 de julio de 2003 y los respectivos proyectos el 15 de octubre de 2003, así como el plazo para la presentación del presupuesto debidamente aprobado por el Consejo Regional, Provincial o Distrital respectivo. Que, por consiguiente resulta conveniente dar carácter de ley al establecimiento de los plazos antes referidos en concordancia con las disposiciones actuales de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. El establecimiento de estos plazos tiene por objetivo garantizar la participación de los respectivos consejos de coordinación sean regionales, provinciales o distritales en la elaboración de los presupuestos participativos. Efecto de la Vigencia de la Norma sobre la Legislación Nacional La presente iniciativa complementa la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Análisis Costo Beneficio El presente proyecto de ley no irrogará gasto al erario público, generando el beneficio de un adecuado ordenamiento en la presentación de información presupuestaria de parte de los Gobiernos Regionales y Locales, así como garantizará la participación de los respectivos consejos de coordinación regionales, provinciales o distritales en la elaboración de los presupuestos participativos. Formula Legal Texto del Proyecto

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PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE PLAZOS PARA LA PRESENTACION DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES El Congresista de la República, LUIS SOLARI DE LA FUENTE, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le concede el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, propone el siguiente proyecto de Ley: EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE PLAZOS PARA LA PRESENTACION DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES Artículo 1°.- Plazos de presentación de presupuesto participativo de los Gobiernos Regionales Los Presidentes de los Gobiernos Regionales deberán presentar a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en un plazo que no exceda del 31 de julio de cada año, el anteproyecto de presupuesto correspondiente al año fiscal siguiente, conjuntamente con un primer avance del proceso de programación participativa del presupuesto. El proyecto de presupuesto, conjuntamente con los resultados definitivos del proceso de programación participativa deberán ser presentados ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en un plazo que no excederá del 15 de octubre de cada año. El presupuesto debidamente aprobado por el Consejo Regional, en el marco de la Ley de Gestión Presupuestaria y la Ley Anual de Presupuesto, deberá ser remitido a la Dirección Nacional de Presupuesto Público en un plazo que no excederá del 15 de enero del año calendario al que corresponde el presupuesto aprobado. Artículo 2°.- Plazos de presentación de presupuesto participativo de los Gobiernos Locales Provinciales Los Alcaldes Provinciales deberán presentar a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en un plazo que no exceda del 31 de julio de cada año, el anteproyecto de presupuesto consolidado con información distrital, correspondiente al año fiscal siguiente, conjuntamente con un primer avance del proceso de programación participativa del presupuesto. El proyecto de presupuesto consolidado con información distrital, conjuntamente con los resultados definitivos del proceso de programación participativa deberán ser presentados por los Alcaldes Provinciales ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en un plazo que no excederá del 15 de octubre de cada año. El presupuesto debidamente aprobado por el Consejo Provincial, en el marco de la Ley de Gestión Presupuestaria y la Ley Anual de Presupuesto, consolidando información a nivel distrital, deberá ser remitido a la Dirección Nacional de Presupuesto Público en un plazo que no excederá del 15 de enero del año calendario al que corresponde el presupuesto aprobado. Artículo 3°.- Plazos de presentación de presupuesto participativo de los Gobiernos Locales Distritales A efectos que los Gobiernos Locales Provinciales puedan consolidar la información presupuestaria a nivel distrital, los alcaldes distritales deberán remitir a sus respectivos Alcaldes Provinciales, con una anticipación de quince días hábiles a las fechas señaladas en el artículo anterior 3.1 El anteproyecto de presupuesto correspondiente al año fiscal siguiente, conjuntamente con un primer avance del proceso de programación participativa del presupuesto de su municipalidad; 3.2 El proyecto de presupuesto correspondiente al año fiscal siguiente, conjuntamente con los resultados definitivos del proceso de programación participativa; y, 3.3 El presupuesto correspondiente al año en curso debidamente aprobado por el Consejo Distrital. Artículo 4°.- Medidas reglamentarias, complementarias y/o de precisión La Dirección Nacional de Presupuesto Público emitirá las disposiciones reglamentarias, complementarias y/o de precisión que sean necesarias para la aplicación de la presente ley. Artículo 5°.- Vigencia La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. En Lima, a los 13 días del mes de agosto de 2003

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II.

Normas sobre presupuesto participativo en América Latina

Ley Nº 28056. Ley Marco del Presupuesto Participativo Proyecto de Ley

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