SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA DEL NODO DE INTERCAMBIO DE CONTENIDOS EDUCATIVOS DIGITALES

23/03/2016 09:07:11 Pliego de Prescripciones Técnicas Procedimiento: Negociado Sin Publicidad SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA Esta es una copia aut
Author:  Adrián Vidal Cano

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23/03/2016 09:07:11

Pliego de Prescripciones Técnicas Procedimiento: Negociado Sin Publicidad

SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma de Murcia, según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a28394a2-aa03-262a-600262380284

Firmante: AVILES PEREZ, CELESTINO

22/03/2016 19:25:32 Firmante: RODES BELMONTE, VICENTE

PLATAFORMA DEL NODO DE INTERCAMBIO DE CONTENIDOS EDUCATIVOS DIGITALES

Referencia:

CRI_15_plie_Soporte Tecnico Nodo Contenidos (NSP) (1.0)

Creación:

23 de febrero de 2016

Consejería:

Hacienda y Administración Pública

CRI:

Centro Regional de Informática

Área:

Informática del Sector Educativo

Servicio:

Servicio de Gestión Informática (Educación y Universidades)

[Pliego de Prescripciones Técnicas]

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ÍNDICE 1. Objeto y precio estimado ......................................................................................... 3 2. Descripción técnica del servicio. .............................................................................. 3 2.1.

Condiciones generales ................................................................................... 3

2.2.

Especificación del alcance del servicio. .......................................................... 3

2.2.1.

Entorno tecnológico ............................................................................................ 4

3.1.

Conceptos. ..................................................................................................... 4

3.2.

Indicador........................................................................................................ 5

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma de Murcia, según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a28394a2-aa03-262a-600262380284

Firmante: AVILES PEREZ, CELESTINO

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3. Acuerdo de Nivel de Servicio. Indicadores ............................................................... 4

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1. Objeto y precio estimado El objeto del presente pliego es establecer las especificaciones técnicas y condiciones que han de regir la contratación del SERVICIO de empresa especializada para el mantenimiento del aplicativo Nodo de Intercambio de Contenidos EDUCATIVOS DIGITALES, denominado Sistema de Transformación Educativa Digital “SEDIGITAL”.

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma de Murcia, según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a28394a2-aa03-262a-600262380284

Firmante: AVILES PEREZ, CELESTINO

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El precio estimado para la presente contratación asciende a 20.000,00 euros IVA excluido, más 4.200,00 euros del 21% de IVA, lo que hace un total de 24.200,00 euros IVA incluido. El contrato podrá ser prorrogable.

2. Descripción técnica del servicio. Los requisitos exigidos en este Pliego deberán ser considerados mínimos y, por tanto, de indispensable cumplimiento por parte de los licitadores. A los efectos de aceptación de las ofertas, se efectuará una comprobación exhaustiva del cumplimiento de todos y cada uno de ellos. Los licitadores podrán ampliar y mejorar en sus ofertas lo requisitos recogidos en el presente Pliego.

2.1.

Condiciones generales

El contrato se establece en modo servicio, de forma que el adjudicatario dispondrá de los medios adecuados y necesarios para su realización.

2.2.

Especificación del alcance del servicio.

Con carácter global, el servicio que ha de proporcionar la empresa adjudicataria, consiste en el mantenimiento del aplicativo Nodo de Intercambio de Contenidos EDUCATIVOS DIGITALES. Para ello deberá realizar las siguientes actuaciones: •

Atención a las incidencias producidas por la sincronización y carga de usuarios y grupos en el Nodo, a partir de la información proporcionada por los sistemas ERP (sistemas de información gerenciales) de la Consejería de Educación.



Soporte a las editoriales participantes en la carga de sus catálogos y resolución de las incidencias producidas por las cargas automatizadas que las editoriales realizan mediante las funcionalidades habilitadas en el Nodo para tal fin.



Soporte a las editoriales en la Publicación de credenciales en Nodo Neutro y resolución de incidencias detectadas en la publicación de las mismas y en su asignación a los alumnos en función del centro de pertenencia.



Configuración de servicios del protocolo Marsupial (protocolo que establece los formatos soportados y los métodos de acceso a los recursos educativos) en el

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23/03/2016 09:07:11 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma de Murcia, según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: https://sede.carm.es/verificardocumentos e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a28394a2-aa03-262a-600262380284

Firmante: AVILES PEREZ, CELESTINO

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Sistema de Gestión de Aprendizaje "LMS" de Aula XXI. Soporte en la configuración y uso de los componentes del protocolo Marsupial que han de permitir la sincronización de información con las editoriales en el momento de que los alumnos acceden a los contenidos digitales a través del LMS. •

Resolución de incidencias del protocolo Marsupial relativas al Nodo y LMS Aula XXI. Soporte en la resolución de las incidencias producidas en el consumo de los servicios del protocolo Marsupial tanto desde el LMS como su integración con el Nodo en el momento de acceder a los contenidos digitales educativos.



Identificación de incidencias de servicios del protocolo Marsupial de la Editoriales, resolución de las mismas y/o soporte a las Editoriales en caso de que los errores detectados se deban a una errónea llamada a los servicios Marsupial desde los propios contenidos educativos.



Resolución de incidencias en la utilización de Aula XXI – Offline para SO Android. Soporte en la resolución de incidencias en la publicación y encriptación de contenidos en Nodo y acceso a los contenidos.



Y aquellas otras actuaciones que puedan surgir durante la ejecución del contrato.



Actualización de versiones de producto.

2.2.1. Entorno tecnológico El servicio cubrirá el soporte de las siguientes estructuras: •

Nodo Neutro



Protocolo Marsupial



LMS Aula XXI



Aula XXI – Offline para SO Android



Y además: −

Uso de CLIP, una herramienta basada en GLPI para la recepción y gestión de incidencias.

3. Acuerdo de Nivel de Servicio. Indicadores 3.1.

Conceptos. Se detalla a continuación los conceptos que repercutirán en el indicador del Acuerdo de Nivel de Servicio ofertado. •

Los plazos de las tareas a realizar serán: 1. En el caso de incidencias: 1. 1 día en el caso de prioridad muy urgente (urgencia muy alta e impacto muy alto). 2. 2 días en el caso de prioridad urgente.

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3. 3 días en el caso de prioridad mediana, baja o muy baja (urgencia muy alta o alta e impacto bajo o bien urgencia mediana e impacto medio o bajo o bien urgencia baja e impacto alto, medio o bajo). 4. La urgencia viene fijada por el usuario, mientras que el impacto viene fijado por el responsable del contrato y será alto, medio o bajo en base a si el incidente supone un perjuicio muy grave, grave o limitado sobre las funciones de la CARM, sus activos o sobre los individuos afectados.

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2. En el caso de solicitudes: consensuados entre el responsable del contrato y el Jefe de Proyecto asignado por el contratista en el momento de dar de alta la tarea. Una vez asignado el plazo, las tareas tendrán un tiempo de resolución máximo que permita determinar si se ha realizado en plazo.

3.2.



El tiempo de resolución se define como el tiempo transcurrido desde que se asigna un ticket al equipo de soporte de la empresa adjudicataria hasta que el trabajo a realizar en dicho ticket por parte del equipo de soporte está correctamente concluido. Se excluye el tiempo imputable a otros equipos de trabajo.



El cómputo del tiempo de resolución no tendrá en cuenta el horario no laboral ni los festivos y fines de semana.



En situaciones excepcionales y debidamente justificadas, el adjudicatario podrá solicitar al responsable del contrato una modificación del Acuerdo de Nivel de Servicio, siendo potestad del responsable del contrato admitir esta modificación.

Indicador. A continuación se define el indicador objetivo por los que se va a evaluar la prestación del servicio, la periodicidad con la que se va a medir, el Acuerdo de Nivel de Servicio requerido, el nivel de mejora máximo admitido y las desviaciones. •

%TPlazo: Porcentaje de tareas realizadas dentro de plazo.

Indicador

Periodicidad medida

%TPlazo

Mensual

SLA requerido

Umbral máximo mejora

Desviación leve

Desviación media

Desviación grave

80%

95%

Hasta 20%

>20% y ≤40%

Más de 40%

El licitador deberá de rellenar el siguiente cuadro para indicar cuál es su %TPlazo ofertado (que en este contrato será entre el 80% y el 95%)

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Indicador

%TPlazo

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Periodicidad medida Mensual SLA ofertado ___%

Murcia, 23 de febrero de 2016

EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE LA COORDINACIÓN INFORMÁTICA

Certifica que el presente documento ha sido informado favorablemente por la Comisión celebrada el día 24/02/2016 EL JEFE DE SERVICIO DE GESTIÓN INFORMÁTICA (Educación y Universidades)

Fdo.: Vicente Rodes Belmonte Fdo.: Celestino Avilés Pérez

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