Story Transcript
108/09 REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 1.292 – 129/09 – 9.368 – 130/09 y Alc. 1
VISTO:
El expediente 9368/08 y sus alcances en el cual la empresa Gigas S.R.L. solicita autorización para realizar la obra de gas natural de media presión en calles de la localidad de Presidente Derqui, y
CONSIDERANDO:
Que la obra posee proyecto aprobado por la empresa Gas Natural BAN S.A. denominado PI-2437 Revisión 4, y
Que reúne las condiciones para que se declare la utilidad pública y el pago obligatorio en función de la aplicación del artículo 3º inciso c) de la Ordenanza General 165/73, y
Que la adherencia con contratos firmados entre la empresa y los vecinos es del 60,1 %
Por todo ello, este HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Declárase de utilidad pública y pago obligatorio la obra de red de gas natural de media presión a realizar en la calle Antonio Toro entre la calle General Gregorio Araoz de Lamadrid y la calle Medrano, en la calle Antonio Toro entre la calle Simón Bolívar y la calle Mariscal Antonio José de Sucre, en la calle Bernardino Rivadavia entre la calle General Julio Argentino Roca y la calle Carlos Pellegrini, en la calle Bernardino Rivadavia entre la calle General Simon Bolívar y la calle General Bernardo O´Higgins, en la calle General Bernardo O´Higgins entre las vías del F. C. C. U. y la calle Antonio Toro, en la calle General Gregorio Las Heras entre la calle General Simon Bolívar y la calle General Bernardo O´Higgins, en la
calle General Julio Argentino Roca entre la calle Bernardino Rivadavia y la calle Mariano Moreno, en la calle General Simon bolívar entre la calle Antonio Toro y la calle Bernardino Rivadavia, en la calle Mariano Moreno entre la calle General San Martín y la calle Dorrego, con las exclusiones indicadas en el plano parcelario obrante a folio 13.
ARTICULO 2º: Autorízase a la empresa Gigas S.R.L. a realizar la obra según el proyecto PI2897 de la empresa Gas Natural BAN S.A. obrante a folio 12.
ARTICULO 3º: Otórgase un plazo de 60 (sesenta) días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza para dar inicio a la obra.
ARTICULO 4º: La empresa Gigas S.R.L. deberá constituir domicilio legal dentro del Partido del Pilar hasta tanto se extingan toda actuación o tramitación referida a la presente obra.
ARTICULO 5º: La empresa autorizada será responsable por la correcta ejecución de la obra y por los perjuicios que pueda ocasionar a instalaciones de infraestructura existente y/o terceros, con la obligación de reparar a su costo todas las averías y/o roturas ocasionadas.
ARTICULO 6º: El tendido de cañerías no podrá hacerse a más de 2,00 metros de la línea municipal y a no menos de 0,60 metros de profundidad referido al nivel 0,00 que corresponde a la vereda existente. Los cruces de calle respetarán una tapada de no menos de 1,20 metros referido al nivel 0,00 que corresponde a la rasante existente, prohibiéndose la rotura de pavimentos.
ARTICULO 7º: Apruébase el contrato general cuyo original cuyos originales, duplicados y triplicados obran a folios 33, 81 y 129 respectivamente.
ARTICULO 8º: Apruébanse los contratos individuales cuyos originales están glosados a folios 34 a 80.
ARTICULO 9º: Aféctase a la obra de referencia y a los alcances de la presente Ordenanza las siguientes parcelas, identificadas catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 34, Parcelas 1, 26, 27 ,28, 29, 30, 31 y 32.
Circunscripción VI, Sección A, Manzana 40, Parcelas 10 a. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 41, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y8. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 79, Parcelas 7, 8 y 9. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 89, Parcelas 4 y 5 Circunscripción VI, Sección A, Manzana 90, Parcelas 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 Circunscripción VI, Sección A, Manzana 93, Parcelas 1, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 95, Parcelas 10, 11, 12, 13, 14 y 15. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 97, Parcelas 17, 18, 19, 20, 21 y 22 Circunscripción VI, Sección A, Manzana 100, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 101, Parcelas 1 y 14 Circunscripción VI, Sección B, Manzana 72, Parcelas 16, 17, 18, 19, 20 y 21
ARTICULO 10º: La empresa deberá presentar al finalizar la obra la copia del plano conforme a obra.
ARTICULO 11º: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 7 de mayo de 2009.
ORDENANZA N° 108/09
Corresponde al Expediente Nº 129/09 – 1.292/09 - 3.368/08 y Alc. 1/09
Pilar, 15 de Mayo de 2009
VISTO:
El expediente de referencia, la ley 11.622 la Ordenanza 55/01, el Decreto 933/01, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza 55/01, de fecha 26 de abril de 2001, promulgada por Decreto 933/01, oportunamente se aceptó
la donación de los inmuebles denominados
catastralmente como: Circunscripción X, Sección A, Manzana 34, Parcelas 5 a y 5 b, ofrecida por el Sr. Heriberto Pedro Schmalzle.
Que luego mediante Decreto 3537/02, se aceptó la referida donación y se condonó la deuda por tasas retributivas en los términos de la Ley 11.622.
Que la transacción arriba dispuesta está supeditada a la efectiva transferencia del dominio a nombre de las Municipalidades, y a tales fines al cumplimiento de los recaudos formales que así disponga la Escribanía General de Gobierno (art. 3º de la Ley 11.622).
Que asimismo los inmuebles que ingresen al dominio de las Municipalidades en los términos de la Ley Provincial mencionada deben ser destinados a fines de solidaridad social.
Que a fs. 83 del expediente 1934/01, la Escribanía General de Gobierno informa que el poder general de autos no es suficiente para aceptarse la donación (art. 1881, inc. 8º CC), en los mismos términos oportunamente se expidió la Dirección General de Asuntos Jurídicos a fs. 86 del mismo expediente.
Que a fs. 93 del Expediente arriba mencionado se agrega constancia de intimación cursada al Sr. Schmalzle a los fines acompañe Poder Especial dentro del plazo de 15 días de
notificado, bajo apercibimiento de revocarse todo lo actuado en autos y oportunamente remitirse al archivo sin más trámite, resultando notificado con fecha 9/8/08.
Que pese a la intimación cursada el Sr. Heriberto Pedro Schmalzle no ha comparecido en autos ni ha mostrado voluntad alguna para efectivizar el traspaso de dominio en cuestión.
Que en virtud de todo lo expuesto, no habiendo el interpelado comparecido a regularizar la situación corresponde, revocarse todo lo actuado oportunamente a favor de la aceptación de donación y condonación de deuda dispuesta sin más trámite.
Que, por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza Nº 108/09.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA
ARTÍCULO 1º: Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal Nº 108/09, cuya parte dispositiva dice:
Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y pago obligatorio la obra de red de gas natural de media presión a realizar en la calle Antonio Toro entre la calle General Gregorio Araoz de Lamadrid y la calle Medrano, en la calle Antonio Toro entre la calle Simón Bolívar y la calle Mariscal Antonio José de Sucre, en la calle Bernardino Rivadavia entre la calle General Julio Argentino Roca y la calle Carlos Pellegrini, en la calle Bernardino Rivadavia entre la calle General Simon Bolívar y la calle General Bernardo O´Higgins, en la calle General Bernardo O´Higgins entre las vías del F. C. C. U. y la calle Antonio Toro, en la calle General Gregorio Las Heras entre la calle General Simon Bolívar y la calle General Bernardo O´Higgins, en la calle General Julio Argentino Roca entre la calle Bernardino Rivadavia y la calle Mariano Moreno, en la calle General Simon bolívar entre la calle Antonio Toro y la calle Bernardino Rivadavia, en la calle Mariano Moreno entre la calle General San Martín y la calle Dorrego, con las exclusiones indicadas en el plano parcelario obrante a folio 13.
Artículo 2º: Autorízase a la empresa Gigas S.R.L. a realizar la obra según el proyecto PI-2897 de la empresa Gas Natural BAN S.A. obrante a folio 12.
Artículo 3º: Otórgase un plazo de 60 (sesenta) días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza para dar inicio a la obra.
Artículo 4º: La empresa Gigas S.R.L. deberá constituir domicilio legal dentro del Partido del Pilar hasta tanto se extingan toda actuación o tramitación referida a la presente obra.
Artículo 5º: La empresa autorizada será responsable por la correcta ejecución de la obra y por los perjuicios que pueda ocasionar a instalaciones de infraestructura existente y/o terceros, con la obligación de reparar a su costo todas las averías y/o roturas ocasionadas.
Artículo 6º: El tendido de cañerías no podrá hacerse a más de 2,00 metros de la línea municipal y a no menos de 0,60 metros de profundidad referido al nivel 0,00 que corresponde a la vereda existente. Los cruces de calle respetarán una tapada de no menos de 1,20 metros referido al nivel 0,00 que corresponde a la rasante existente, prohibiéndose la rotura de pavimentos.
Artículo 7º: Apruébase el contrato general cuyo original cuyos originales, duplicados y triplicados obran a folios 33, 81 y 129 respectivamente.
Artículo 8º: Apruébanse los contratos individuales cuyos originales estan glosados a folios 34 a 80
Artículo 9º: Aféctase a la obra de referencia y a los alcances de la presente Ordenanza las siguientes parcelas, identificadas catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 34, Parcelas 1, 26, 27 ,28, 29, 30, 31 y 32. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 40, Parcelas 10 a. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 41, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y8. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 79, Parcelas 7, 8 y 9.
Circunscripción VI, Sección A, Manzana 89, Parcelas 4 y 5 Circunscripción VI, Sección A, Manzana 90, Parcelas 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 Circunscripción VI, Sección A, Manzana 93, Parcelas 1, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 95, Parcelas 10, 11, 12, 13, 14 y 15. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 97, Parcelas 17, 18, 19, 20, 21 y 22 Circunscripción VI, Sección A, Manzana 100, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11. Circunscripción VI, Sección A, Manzana 101, Parcelas 1 y 14 Circunscripción VI, Sección B, Manzana 72, Parcelas 16, 17, 18, 19, 20 y 21
Artículo 10º: La empresa deberá presentar al finalizar la obra la copia del plano conforme a obra.
Artículo 11º: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 7 de mayo de 2009.
ARTÍCULO 2º: Dése al Registro Municipal, pase a la Secretaria de Desarrollo Humano y Social, Dirección de Tierras y Urbanismos, notifíquese, con las debidas constancias, archívese.-
DECRETO Nº 1320/09