10 = ====================== En el local de la Intendencia Departamental de Florida, a los

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= A C T A N° 974/10 = ====================== En el local de la Intendencia Departamental de Florida, a los siete días del mes de junio del año dos mil diez, el Intendente Departamental, Dr. Fernando LAMAS, asistido por el Sr. Secretario General, Dr. Julio C. MATOS, resolvió y despachó los asuntos que a continuación se detallan. ======================================= RESOLUCIÓN Nº 22.918/10.-EXPEDIENTE N

2010-86-001-01209. SRA. STELLA

BIDEGAIN POR CORO VOCES DE SARANDÍ. SOLICITA COLABORACIÓN CONSISTENTE

EN

PASAJES

OFRECIENDO

SUS

ACTUACIONES

COMO

CONTRAPARTIDA. RESOLUCIÓN. 1)MODIFÍCASE la Resolución Municipal Nº 22.817/2010, en relación a la beneficiaria de los pasajes dispuestos ya que debió ser para la Sra. Teresita FERRARI, Directora del Coro Voces de Sarandí. 2)CONTINÚESE con la citada Resolución. ========================================================== RESOLUCIÓN Nº 22.919/10.-EXPEDIENTE N 2009-86-001-05072. CARLOS VIDAL VIDAL, ENCARGADO DE COMEDOR Nº 66. COMUNICA ROTURA DE VIDRIO EN UNA DE LAS VENTANAS. RESOLUCIÓN. 1)ARCHÍVESE. ===================== RESOLUCIÓN



22.920/10.-EXPEDIENTE

N

2010-86-001-01660.

JUNTA

DEPARTAMENTAL DE FLORIDA. BIDEGAIN, ESTHER. PLANTEAMIENTO DE LA HORA PREVIA DE LA SRA. SUPLENTA DE EDILA REFERIDO A LA CLAUSURA DE UN QUIOSCO EN LA CIUDAD DE FLORIDA. RESOLUCIÓN. 1)REMÍTASE a la Junta Departamental de Florida, con la información aportada, en respuesta al planteamiento presentado por la Sra. Edil Esther BIDEGAIN. 2)VUELVA luego y archívese. =========== RESOLUCIÓN Nº 22.921/10.-EXPEDIENTE N

2010-86-001-01776. CÁMARA DE

REPRESENTANTES PRESIDENCIA. COMUNICA QUE SE DEJE SIN EFECTO EL PASE EN COMISIÓN DEL FUNCIONARIO GERMÁN EDUARDO FIERRO, A PARTIR DEL 8

DE JUNIO 2010. RESOLUCIÓN. 1)DÉJASE sin efecto a partir del día 8 de junio del año en curso, el pase en Comisión del funcionario Sr. Germán FIERRO, conforme a lo planteado por la Presidencia de la Cámara de Representantes. 2)PASE al Departamento de Recursos Humanos para su conocimiento, registro y notificación del funcionario. 3)CUMPLIDO, archívese. =========================================================== RESOLUCIÓN Nº 22.922/10.-EXPEDIENTE N

2010-86-001-01567. MEVIR SAN

GABRIEL. SOLICITA FRACCIONAMIENTO SEGÚN LEY 18.308. VISTO: Estas actuaciones relacionadas con la solicitud de la COMISIÓN HONORARIA PRO ERRADICACIÓN DE LA VIVIENDA RURAL INSALUBRE (MEVIR), para que se incorpore a la zona suburbana de San Gabriel, el inmueble rural empadronado con el Nº 18.611; CONSIDERANDO: 1)Que el inmueble ha sido destinado por MEVIR, a la construcción de un programa de viviendas; 2)Que División Agrimensura de esta Intendencia ha informado que el padrón 18.611 se encuentra ubicado con frente a la ruta Nº 6 en su cruce con la Nº 56, que las viviendas que comenzaron a construirse antes de la vigencia de la ley 18.308, se encuentran finalizadas y han sido entregadas a los beneficiarios, habiendo participado la Administración en la ejecución de varias obras; 3)La importante, eficaz y fundamental labor que MEVIR cumple en el objetivo de erradicar la vivienda rural insalubre, siendo para muchas familias la única opción que poseen de acceder a una vivienda digna; 4)Que en el departamento de Florida, no se han aprobado aún los instrumentos de ordenamiento territorial a que refiere la Ley 18.308; en consecuencia y por imperio de lo dispuesto en varias de sus disposiciones (arts. 31, 39, etc.) no es posible en zona rural la construcción de urbanizaciones o edificaciones que puedan generar la necesidad de infraestructura o servicios urbanos, lo que impide aprobar el complejo de MEVIR en San Gabriel; 5)Que el Gobierno Departamental es competente para categorizar el suelo en todo el

territorio del departamento y puede hacerlo con carácter cautelar hasta tanto se elaboren los instrumentos mencionados; 6)Que la inclusión del padrón rural Nº 18.611 en la zona suburbana resulta técnicamente aconsejable y posibilita la regularización de una solución habitacional de gran contenido social para familias de nuestro departamento; ATENTO a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 45 de la Constitución de la República, artículo 30 y concordantes de la ley Nº 18.308; EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de decreto: Artículo 1.-Incorpórase con carácter cautelar a la zona suburbana de la localidad de San Gabriel, el padrón rural empadronado con el número 18.611, sito en la Segunda Sección Catastral del departamento de Florida. Artículo 2.-Plazo y Medidas de Protección: La categorización se realiza por el plazo de cinco años y con la finalidad y destino exclusivos de la construcción en el inmueble de viviendas por parte de MEVIR. Artículo 3.Comuníquese, etc. ===================================================== RESOLUCIÓN Nº 22.923/10.-EXPEDIENTE N 2010-86-001-01565. MEVIR MENDOZA. SOLICITA FRACCIONAMIENTO CHICO SEGÚN LA LEY 18.308. VISTO: Estas actuaciones relacionadas con la solicitud de la COMISIÓN HONORARIA PRO ERRADICACIÓN DE LA VIVIENDA RURAL INSALUBRE (MEVIR), para que se incorpore a la zona suburbana de Mendoza Chico, el inmueble rural empadronado con el Nº 15.428; CONSIDERANDO: 1)Que el inmueble de referencia será destinado a la construcción de un nuevo programa de viviendas a cargo de MEVIR, por cuanto este organismo ha detectado una demanda importante de aspirantes en la zona en cuestión; 2)Que División Agrimensura de esta Intendencia ha informado que el padrón 15.428 es contiguo a la zona suburbana y se encuentra emplazado junto a otro núcleo de viviendas construidas por MEVIR; 3)La importante, eficaz y fundamental labor que MEVIR cumple en el objetivo de erradicar la

vivienda rural insalubre, siendo para muchas familias la única opción que poseen de acceder a una vivienda digna; 4)Que en el departamento de Florida, no se han aprobado aún los instrumentos de ordenamiento territorial a que refiere la Ley 18.308; en consecuencia y por imperio de lo dispuesto en varias disposiciones de la Ley de Ordenamiento Territorial (Arts. 31, 39, etc.) no es posible en zona rural la construcción de urbanizaciones o edificaciones que puedan generar la necesidad de infraestructura o servicios urbanos, lo que impide avanzar en el proyecto de MEVIR en la localidad de Mendoza; 5)Que el Gobierno Departamental es competente para categorizar el suelo en todo el territorio del departamento y puede hacerlo con carácter cautelar hasta tanto se elaboren los instrumentos mencionados; 6)Que la inclusión del padrón rural Nº 15.428 en la zona suburbana resulta técnicamente aconsejable y posibilita el avance de un proyecto de solución habitacional de gran contenido social para familias de nuestro departamento; ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 45 de la Constitución de la República, artículo 30 y concordantes de la ley Nº 18.308; EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE FLORIDA RESUELVE: Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de decreto: Artículo 1.-Incorpórase con carácter cautelar a la zona suburbana de la localidad de Mendoza Chico, el padrón rural empadronado con el número 15.428, sito en la Quinta Sección Catastral del departamento de Florida. Artículo 2.-Plazo y Medidas de Protección: La categorización se realiza por el plazo de cinco años y con la finalidad y destino exclusivos de que en el inmueble se construyan viviendas por parte de MEVIR. ==================== RESOLUCIÓN Nº 22.924/10.-EXPEDIENTE N 2010-86-001-01568. MEVIR CASUPÁ, SOLICITA FRACCIONAMIENTO SEGÚN LEY 18.308. VISTO: Estas actuaciones relacionadas con la solicitud de la COMISIÓN HONORARIA PRO ERRADICACIÓN DE LA VIVIENDA RURAL INSALUBRE (MEVIR), para que se incorpore a la zona suburbana

de Casupá, el inmueble rural empadronado con el Nº 11.776; CONSIDERANDO: 1)Que el inmueble de referencia está destinado a la construcción de un nuevo programa de viviendas a cargo de MEVIR; 2)Que División Agrimensura de esta Intendencia ha informado que el padrón 11.776 es contiguo a la zona suburbana y cercano a otro núcleo de viviendas también construidas por MEVIR; 3)La importante, eficaz y fundamental labor que MEVIR cumple en el objetivo de erradicar la vivienda rural insalubre, siendo para muchas familias la única opción que poseen de acceder a una vivienda digna; 4)Que en el departamento de Florida, no se han aprobado aún los instrumentos de ordenamiento territorial a que refiere la Ley 18.308; en consecuencia y por imperio de lo dispuesto en varias disposiciones de la Ley de Ordenamiento Territorial (arts. 31, 39, etc.) no es posible en zona rural la construcción de urbanizaciones o edificaciones que puedan generar la necesidad de infraestructura o servicios urbanos, lo que impide avanzar en el proyecto de MEVIR en la localidad de Casupá; 5)Que el Gobierno Departamental es competente para categorizar el suelo en todo el territorio del departamento y puede hacerlo con carácter cautelar hasta tanto se elaboren los instrumentos mencionados; 6)Que la inclusión del padrón rural Nº 11.776 en la zona suburbana resulta técnicamente aconsejable y posibilita el avance de un proyecto de solución habitacional de gran contenido social para familias de nuestro departamento; ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 45 de la Constitución de la República, artículo 30 y concordantes de la ley Nº 18.308; EL INTENDENTE DE FLORIDA RESUELVE: Elévese a la JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA, para su estudio y consideración, el siguiente proyecto de decreto: Artículo 1.-Incorpórase con carácter cautelar a la zona suburbana de la localidad Casupá, el padrón rural empadronado con el número 11.776, sito en la Segunda Sección Catastral del departamento de Florida. Artículo 2.-Plazo y Medidas de Protección: La categorización se realiza por el plazo de cinco años y con la finalidad y destino exclusivos de

que en el inmueble se construyan viviendas por parte de MEVIR. Artículo 3.-Comuníquese, etc. ================================================================ RESOLUCIÓN Nº 22.925/10.-EXPEDIENTE N 2009-86-001-00656. DEPARTAMENTO DE TALLERES Y DEPÓSITOS SR. ELBIO ALEGRE. INFORMA SITUACIÓN ACAECIDA POR FALTANTE DE COMBUSTIBLE EN EL DEPARTAMENTO. VISTO: Estos antecedentes. CONSIDERANDO: I)Que el Área de Asuntos Jurídicos de la Oficina Nacional del Servicio Civil, coincide plenamente con los informes de la Asesoría Jurídica y de la Instructora Sumariante de esta Intendencia, por cuanto consideran acreditada la falta, merecedora de la máxima sanción disciplinaria. II)Todo ello conteste con el procesamiento dispuesto por la Justicia por la comisión de un delito continuado de apropiación indebida en perjuicio del Gobierno Departamental de Florida. EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE FLORIDA RESUELVE: 1)MANTENER en todos sus términos la Resolución de fecha 20 de agosto de 2009 -actuación Nº 27- conforme a las actuaciones cumplidas. 2)PASE para su notificación a División Administración Documental. 3)CON conocimiento de las Direcciones Generales de Administración y Hacienda, reingrese a División Administración Documental para su remisión a la Comisión Nacional del Servicio Civil. 4)VUELTO que fuere, archívese. RESOLUCIÓN Nº 22.926/10.-EXPEDIENTE N 2010-86-001-01648. NANCY QUIJANO. SOLICITA CONSTANCIA DE CALIDAD PREFERENCIAL DE CALLES ANTONIO MARÍA FERNANDEZ Y BARREIRO. RESOLUCIÓN. 1)AUTORÍZASE al Departamento de Tránsito y Transporte, a entregar a la Sra. Nancy QUIJANO la constancia de calidad preferencial de calles gestionada. 2)CON conocimiento del citado Departamento, y notificada la interesada, archívese. ================================================== RESOLUCIÓN Nº 22.927/10.-EXPEDIENTE N 2010-86-001-01475. DANIEL SEGREDO, FICHA Nº 8954. SOLICITA LICENCIA ESPECIAL. RESOLUCIÓN. 1)NOTIFÍCASE al

funcionario Daniel SEGREDO de las presentes actuaciones, haciéndole saber que al no haber explicitado una situación especial que justifique la solicitud de licencia al amparo de lo previsto por el artículo 115 del Estatuto del Funcionario, no corresponde acceder a la petición, pasando a tales efectos al Municipio de Sarandí Grande. 2)CUMPLIDO de conformidad archívese. =========================================================== RESOLUCIÓN



22.928/10.-EXPEDIENTE

N

2010-86-001-01413.

DIRECCIÓN

GENERAL DE SALUD Y GESTIÓN AMBIENTAL. SOLICITA TRASLADO DEL FUNCIONARIO SR. PABLO FABRA, FICHA Nº 9842, PARA EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS. RESOLUCIÓN. 1)DÉJASE sin efecto la Resolución Municipal Nº 10.536/03, en virtud que el funcionario Sr. Pablo FABRA, Ficha Nº 9842, fue afectado a partir del día 27 de mayo próximo pasado al Departamento de Salud y Gestión Ambiental - Sección Salubridad. 2)DISPÓNGASE que a partir de la citada fecha el funcionario en cuestión, percibirá la Compensación prevista por tareas denominadas ingratas, de un 30% sobre su suelo, dada las taras asignadas. 3)PASE para su registro al Departamento de Hacienda. 4)CON anotaciones del Departamento de Recursos Humanos y notificado el funcionario, archívese. ================================================== RESOLUCIÓN Nº 22.929/10.-EXPEDIENTE N 2010-86-001-01102. ESCUELA Nº 103 BECAS PISCINA PARA ALUMNOS QUE CONCURREN A ESA ESCUELA. RESOLUCIÓN. 1)NOTIFÍCASE a la Dirección de la Escuela Nº 103, que la exoneración de los costos por trámite de ficha de Piscina y cuota mensual, se encuentra prevista en el Decreto Departamental Nº 03/1996, por lo que se deberá proporcionar el nombre y cédula de identidad de los interesados a la Oficina de Relaciones Públicas, y bajo las condiciones indicadas por la Dirección del centro deportivo, pasando a tales efectos a División Administración Documental. 2)CON conocimiento de la Oficina de Relaciones Públicas y Piscina Municipal,

archívese. =========================================================== RESOLUCIÓN



22.930/10.-EXPEDIENTE

N

2010-86-001-00275.

DPTO.

DE

TALLERES Y DEPÓSITOS, ELBIO ALEGRE. SOLICITA SE INICIE TRÁMITE PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REPARACIÓN DE CUBIERTAS. RESOLUCIÓN. 1)ADJUDICAR a la Empresa Pedro Miguel ALARCÓN SORIA, la reparación de los cuatro ítems ofertados, al precio cotizado y en las demás condiciones establecidas en el Pliego Particular de Condiciones que rigió el llamado. 2)DECLÁRASE desierto el llamado relacionado al rubro, -reparación de fallas de ruedas-, en virtud de la falta de cotizaciones. 3)PASE al Departamento de Hacienda y División Abastecimientos, para su registro, notificación del oferente y demás efectos. 4)SIGA al Departamento de Talleres y Depósitos para su conocimiento, y consideración del punto 2 del informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones. 5)OPORTUNAMENTE vuelva a este Despacho. ============ RESOLUCIÓN Nº 22.931/10.-EXPEDIENTE N 2009-86-001-02853. GRUPO INSPECTIVO AMBIENTAL. VERTIDO DE AGUAS SERVIDAS HACIA LA VÍA PÚBLICA EN FINCA DE CALLE 10 DE JULIO Nº 3001, PROPIEDAD DE LA SRA. GLADIS PIEDRABUENA. RESOLUCIÓN. 1)AUTORIZASE a División Administración Documental, a entregar al Sr. Claudio GARAY, copia autenticada del presente expediente a su costa. 2)INTÍMASE por parte de la misma División, a los propietarios del bien -de acuerdo a la certificación notarial que surge en anexo de actuación Nº 34-, la solicitud y obtención de la habilitación municipal con plazo de 30 días y bajo apercibimiento de aplicársele sanciones, Artículo 9 de la Ordenanza de Tasa de Contralor Ambiental, así como la conexión al saneamiento de acuerdo a lo previsto por el artículo 98 de la Ordenanza de Construcciones. 3)PASE para su reserva al Departamento de Salud y Gestión Ambiental, informando posteriormente las resultancias del caso. ===============================================================

RESOLUCIÓN Nº 22.932/10.-EXPEDIENTE N 2008-86-001-02670. COMISIÓN DEL CENTRO EVANGÉLICO “CRISTO VIVE” DEL BARRIO SAN FERNANDO. SOLICITA EXONERACIÓN DE CORTE DE PAVIMENTO SITO EN LA CALLES MENDOZA Y DURAN DE NUESTRA CIUDAD. RESOLUCIÓN. 1)HABIÉNDOSE tomado conocimiento, archívese. =========================================================== RESOLUCIÓN



22.933/10.-EXPEDIENTE

N

2010-86-001-01469.

DIRECCIÓN

NACIONAL DE CATASTRO. COMUNICA NÓMINA DE PADRONES DEL MES DE MARZO 2010. RESOLUCIÓN. 1)ARCHÍVESE. =============================== RESOLUCIÓN



22.934/10.-EXPEDIENTE

N

2008-86-001-02641.

MARIELA

ACEVEDO, FICHA Nº 8620. SOLICITA CAMBIO DEL ESCALAFÓN TÉCNICO AL ESCALAFÓN PROFESIONAL. RESOLUCIÓN. 1)ESTABLECESE que no habiendo prosperado el recurso interpuesto por parte de los funcionarios del Escalafón Profesional, ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; se mantiene firme la resolución dictada por esta Administración y a través de la cuál se dispuso el cumplimiento del horario establecido en el Estatuto del funcionario, es decir, 30 horas semanales. 2)PASE para su conocimiento y notificación de las funcionarias al Departamento de Recursos Humanos y con conocimiento de la Dirección General de Salud y Gestión Ambiental, archívese. ====================== RESOLUCIÓN



22.935/10.-EXPEDIENTE

N

2008-86-001-02642.

FABIANA

MOREIRA, FICHA Nº 9111. SOLICITA CAMBIO DEL ESCALAFÓN TÉCNICO AL ESCALAFON PROFESIONAL. RESOLUCIÓN. 1)ESTABLECESE que no habiendo prosperado el recurso interpuesto por parte de los funcionarios del Escalafón Profesional, ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; se mantiene firme la resolución dictada por esta Administración y a través de la cuál se dispuso el cumplimiento del horario establecido en el Estatuto del funcionario, es decir, 30 horas semanales. 2)PASE para su conocimiento y

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