18 DE JUNIO ELECCION ES SINDICAL ES FUNCIONARIOS
AGE. HAY UNA PROVINCIA QUE ES EL 17 DE JUNIO. www.apfp.es
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LEGISLACION SOBRE VOTO POR CORREO
BASE LEGISLATIVA. Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre (Art. 19). Reglamento de Elecciones a los Órganos de Representación.
NORMATIVA PARA EJERCER EL VOTO POR CORREO Y PROCEDIMIENTO DE CÓMO SE TIENE QUE REALIZAR QUE FACILITAMOS A TODOS LOS FUNCIONARIOS/AS PARA EJERCER EL VOTO POR CORREO DE FORMA LEGAL Y
RESPONSABLE. NO SE DEBE DEJAR LA FOTOCOPIA DEL DNI DEL FUNCIONARIO A NADIE PARA QUE SOLICITEN EN SU NOMBRE EL VOTO POR CORREO, ES UNA ILEGALIDAD. Cuando el funcionario/a de prisiones prevea que en la fecha de votación el 18 de junio no pueda votar directamente, podrá emitir su voto por correo, previa comunicación a la mesa electoral. Esta comunicación habrá de solicitarla a partir del día siguiente a la convocatoria electoral hasta cinco días antes de la fecha en que haya de efectuarse la votación. (Desde el 30 de abril al 12 de Junio) La comunicación habrá de realizarse a través de las oficinas de Correos siempre que se presente en sobre ABIERTO para ser fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada, exigiendo éste del interesado la exhibición del documento nacional de identidad, a fin de comprobar sus datos personales y la coincidencia de firma de ambos documentos. (Por tanto la firma debe coincidir con la del DNI) Comprobado por la mesa que el comunicante se encuentra incluido en la lista de electores, procederá a anotar en ella la petición y se le remitirán las papeletas electorales y el sobre en el que debe ser introducida la del voto. El elector introducirá la papeleta que elija en el sobre remitido, que cerrará, y éste, a su vez, juntamente con la fotocopia del documento nacional de identidad, en otro de mayores dimensiones que remitirá a la mesa electoral por correo certificado.
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Si la correspondencia electoral fuese recibida con posterioridad a la terminación de la votación, no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, procediéndose a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho. No obstante lo expuesto, si el elector que hubiese optado por el voto por correo se encontrase presente el día de la elección y decidiese votar personalmente, lo manifestará así ante la mesa, la cual, después de emitido el voto, procederá a entregarle el que hubiese enviado por correo si se hubiese recibido, y en caso contrario, cuando se reciba se incinerará.
Procedimiento: de cómo se hace el voto por correo
EL FUNCIONARIO/A TIENE QUE IR DOS VECES A LA OFICINA DE CORREOS: LA PRIMERA PARA SOLICITAR EL VOTO POR CORREO, Y LA SEGUNDA PARA VOTAR. El voto por correo se puede solicitar desde que se constituye la mesa, es decir desde el 30 de Abril, hasta el 12 de Junio, si bien el funcionario que quiera votar por correo. Primera visita a correos: El funcionario/a debe rellenar y firmar la hoja de solicitud de voto por correo para ser presentada ante la Mesa Electoral Coordinadora. Mesa Electoral Coordinadora Subdelegación Gobierno de C/ CP Para ello el funcionario/a tiene que ir la primera vez a correos siempre con él sobre ABIERTO y con la hoja de solicitud de voto por correo rellenada y firmada. El funcionario de correos le pedirá al funcionario/a su DNI, y comprobará que coincide nombre, apellidos, DNI y la firma del modelo de solicitud, con los datos del DNI, y le pondrá un sello a la hoja de solicitud en la margen derecha arriba de la solicitud, (llevando una copia para tener de justificante y pedir al funcionario de correos que se la sellen para tener constancia de que la ha presentado.) una vez puesto el sello, el funcionario de correo, ordenará al funcionario que cierre el sobre.
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El funcionario/a una vez cerrado pedirá que se le certifique dicha carta OJO, EL SOBRE ABIERTO, Y UNA VEZ COMPROBADO POR EL FUNCIONARIO DE CORREOS, PONDRÁ UN SELLO EN LA MARGEN DERECHA ARRIBA DE LA HOJA. POSTERIORMENTE CERRARA LA CARTA Y LA REMITIRA CERTIFICADA A LA MESA DE ELECTORAL COORDINADORA DE SU PROVINCIA.
Segunda visita a correos: El funcionario/a recibirá en el domicilio que ha indicado en la solicitud un sobre que le remite la Mesa Electoral En dicha dirección, el funcionario recibirá un sobre grande, el cual abrirá con cuidado, y dentro habrá DOS SOBRES (uno pequeño y otro mediano) y las papeletas de votación.
El proceso es el siguiente: 1º En el sobre pequeñito, se mete SOLO, la papeleta de VOTACION y se cierra ese sobre. 2º En el sobre mediano se introduce EL SOBRE PEQUEÑO, el funcionario sube a correos y con él sobre MEDIANO ABIERTO, OJO EL SOBRE MEDIANO TIENE QUE ESTAR ABIERTO CUANDO SE PRESENTA EN CORREOS. El funcionario tiene que hacer previamente una fotocopia de su DNI por las dos caras, que introducirá en el sobre abierto mediano. El funcionario de correos SACARA LA FOTOCOPIA DEL DNI del funcionario que vota, que está dentro del sobre mediano, abierto y comprueba que coincide el DNI (original) con el funcionario que tiene delante y que va a votar.
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Luego mete la fotocopia del DNI dentro del sobre mediano y una vez finalizado, el funcionario correos informara al funcionario que ya puede cerrar el sobre. (Por lo tanto la fotocopia del DNI va dentro del sobre mediano) Luego el funcionario/a certificará el envío de esta nueva carta.
EL MODELO DE SOLICITUD DE PETICION DE VOTO POR CORREO ES LIBRE, CADA UNO PUEDE EL MODELO QUE QUIERA. En todo caso puede pedir a su sindicato que le facilite el modelo que tenga realizado para PEDIR Y SOLICITAR el primer trámite de Solicitud de Voto por correo.
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