2011 DEL 20 DE ABRIL. FeS Federación de Servicios

FeS Federación de Servicios Secretaria de Igualdad Área de Migraciones Guía de interpretación básica: reglamento nueva ley de extranjerÍa rd 557/20

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2011 de 15 abril
Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 1ª).Auto núm. 41/2011 de 15 abrilJUR\2011\198174 Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 1ª). Auto núm.

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Secretaria de Igualdad Área de Migraciones

Guía de interpretación básica: reglamento nueva ley de extranjerÍa rd 557/2011 DEL 20 DE ABRIL

Índice Introducción ..................................................................................................................................4 1. Resumen del Real Decreto 557/2011. Reglamento de la LOEX 2/2009 ................................... 6 1.1. Colaboración entre Administraciones Públicas ............................................................... 6 1.2. Regularidad y mercado de trabajo .................................................................................7 1.3. Entrada y salida del territorio nacional ...........................................................................7 1.4. Tránsito aeroportuario ....................................................................................................8 1.5. Estancia por estudios ..................................................................................................... 8 1.6. Investigadores y personal altamente cualificado ............................................................8 1.7. Residencia temporal .......................................................................................................9 1.8. Residencia de larga duración - UE ................................................................................ 9 1.9. Arraigo  ...........................................................................................................................10 1.10. Retorno voluntario al país de origen ...........................................................................11 1.11. Violencia de género .....................................................................................................11 1.12. Colaboración con redes organizadas .........................................................................12 1.13. Víctimas de trata de seres humanos ..........................................................................12 1.14. Unidad de Grandes Empresas ...................................................................................12 1.15. Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS) .....................................................13 2. Principales articulados del nuevo Reglamento ......................................................................14 2.1. Entrada y salida ............................................................................................................14 2.2. Estancia en España ......................................................................................................15 2.3. Residencia temporal .....................................................................................................15 2.4. Residencia temporal por circunstancias excepcionales ...............................................19 2.5. Residencia de larga duración y larga duración-UE ......................................................21 2.6. Extinción de autorizaciones ..........................................................................................21 2.7. Menores ........................................................................................................................22 2.8. Infracciones y régimen sancionador .............................................................................23 Enlaces de interés .....................................................................................................................24 Fuentes ......................................................................................................................................25

Edita: Área de Migraciones Secretaría de Iguadad de FeS-UGT Para más información: [email protected] www.fesugt.es

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Introducción

Razones para un nuevo reglamento »»

La adaptación a los distintos cambios legales y el aumento del protagonismo de las normas comunitarias en este ámbito.

»»

El refuerzo de los principios de la política migratoria (Ley Orgánica de Extranjería 2/2009) que son: a) Ordenación de los flujos migratorios laborales en función de la situación nacional de

El pasado 30 de Junio del año 2011, entró en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería, habiendo

empleo.

sido previamente informado y discutido por numerosos actores, instituciones, organismos y agentes sociales (entre ellos el Dpto. Confederal de Migraciones de UGT), durante todo el

b) Integración social de las personas inmigrantes.

periodo de su tramitación.

c) Lucha contra la inmigración irregular. d) Relaciones con terceros estados en materia de flujos migratorios. »»

Polémico desde sus inicios, nos preguntamos si mas allá de la transposición de las directrices

La clarificación y simplificación de unos procedimientos complejos con el objeto de dotarlos de una plena seguridad jurídica.

europeas, la norma se plantea, tal y como describe en su preámbulo, objetivos más ambiciosos. »»

La incorporación de las nuevas tecnologías con aplicaciones informáticas comunes que faciliten las gestiones.

»»

El descenso del número de solicitudes de entrada por motivos laborales y el aumento del número de procedimientos iniciados por extranjeros en España que desean renovar o prorrogar sus autorizaciones.

»»

El desarrollo imprescindible de la adaptación reglamentaria de la Ley Orgánica 2/2009 del 11 de diciembre.

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Resumen del Real Decreto 557/2011 Reglamento de la LOEX 2/2009

1.2. Regularidad y mercado de trabajo »»

Mejor regulación del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura y de los certificados que emiten los servicios públicos de empleo.

»»

Se abre la posibilidad de cubrir ofertas de empleo, desarrollando acciones formativas entre los trabajadores extranjeros ya incorporados al mercado de trabajo nacional.

»»

En cuanto a las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena de duración determinada, y en cuanto a la gestión colectiva de contrataciones en origen, se ha tenido muy presente la consideración de la situación nacional de empleo.

»»

Gestión colectiva de contrataciones en origen: sustituye el término de contingente, aumenta la relevancia de la Comisión Laboral Tripartita, hace excepcional la Tarjeta de Identidad

El Real Decreto 557/2011, surge como reflejo de los cambios sustanciales que se han originado no

de Extranjero.

solo en nuestro país sino también en la totalidad de la Unión Europea, respecto a los movimientos »»

migratorios. No hay que perder de vista que estos ciclos migratorios están estrechamente ligados

Trabajadores transfronterizos: se detallan los requisitos para su autorización y se precisa el ámbito geográfico limítrofe a la residencia del trabajador.

a la coyuntura económica y social que vivimos en la actualidad. Ante este escenario y en vista de la cambiante realidad de este fenómeno sumado a los previsibles cambios gubernamentales en esta materia, la Federación de Servicios de la UGT a través

1.3. Entrada y salida del territorio nacional

de su Secretaria para la Igualdad, considera que es más necesario que nunca, reflexionar si

»»

Autorización de regreso, vigencia no superior a 90 días.

»»

Mayor rigor en la custodia de los puestos fronterizos (requisitos sanitarios, carta de invitación

finalmente estamos ante una regulación definitiva.

y posible registro de entrada y salida). »»

1.1. Colaboración entre Administraciones Públicas »»

la resolución de devolución.

Fortalecimiento de las Autonomías en la regulación de los informes de esfuerzo de

»»

integración. »»

Salidas obligatorias y devoluciones, se producen cambios en los plazos de prescripción de

Denegación de entrada, se exige el cumplimiento de los servicios sociales, jurídicos y sanitarios en las instalaciones de los puestos fronterizos donde los extranjeros permanezcan.

Colaboración administrativa en datos estadísticos sobre las áreas de reagrupación familiar y situación nacional de empleo.

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1.4. Tránsito aeroportuario

1.7. Residencia temporal

»»

La exigencia de visado de tránsito aeroportuario, será la establecida por la Unión Europea.

»»

»»

Se incorporan las modificaciones del Código Comunitario de Visados.

lucrativa. »»

de 65 años en casos excepcionales. Se precisa mejor la residencia independiente de los familiares reagrupados.

Transposición de la Directiva 2004/114/CE relativa a estancias por estudios, investigación o »»

formación, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado. »»

»»

»»

con escasas limitaciones geográficas. Se establece un régimen especial para los estudios de especialización en el ámbito sanitario.

»»

Se promueve la movilidad de los estudiantes dentro de la Unión Europea.

reagrupación familiar. Posibilidad de delegar sobre los Ayuntamientos estas competencias.

1.8. Residencia de larga duración - UE

Investigadores: Autorización inicial de residencia temporal y trabajo para investigación. Duración mínima de 3 meses y máxima de 5 años. Necesidad de un visado de investigación,

»»

Facilita la movilidad a otro estado miembro, del titular y de su familia.

»»

Se exige residencia legal y continuada en España durante 5 años o en la UE como titulares de la tarjeta azul - UE.

salvo en ejercicio de movilidad. Posesión de una titulación superior. Convenio de acogida »»

firmado con organismo de investigación autorizado. »»

Comunidades Autónomas y gestión colaborativa de la inmigración: elaboración y efectos del Informe de esfuerzo de integración. Preparación de informe sobre la vivienda para la

1.6. Investigadores y personal altamente cualificado »»

Renovación de la autorización: Informe de esfuerzo e integración cuya elaboración es competencia de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia.

La autorización de estancia por estudios permite realizar actividades por cuenta propia

»»

Ámbito laboral: se regulan los medios económicos, materiales y personales a acreditar por el empleador, así como lo relacionado con el alta en la Seguridad Social.

Se simplifican las normas de procedimiento y se establece la figura de la prórroga de estancia por estudios, hasta la resolución del procedimiento.

»»

En la reagrupación familiar: inclusión de la persona que tenga una relación de afectividad con el reagrupante similar a la conyugal. Posibilidad de reagrupar ascendientes menores

1.5. Estancia por estudios »»

Se fijan los requisitos y medios económicos a acreditar en los supuestos de residencia no

Recuperación de una residencia de larga duración cuando el extranjero regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno.

Profesionales altamente cualificados o Tarjeta azul-UE: autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados. Duración de 1 año. Renovación por periodos bianuales de la autorización de residencia y trabajo. Autorización de residencia temporal y trabajo de los familiares, ante órgano competente.

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1.9. Arraigo

1.10. Retorno voluntario al país de origen

Laboral:

»»

»»

Permanencia continuada en España como mínimo durante 2 años.

»»

Carencia de antecedentes penales en España, su país de origen o los de residencia en los

Estado, los que retornan voluntariamente al margen del programa. »»

últimos 5 años. »»

Se incluyen: los que se acogen a programas de retorno voluntario financiado por el

Compromiso de no regreso a España por el plazo acordado o en un plazo de 3 años en su defecto.

»»

Relaciones laborales de duración no inferior a 6 meses, acreditada.

Recuperación de los periodos de residencia previos siempre que se cumplan los requisitos para ello y el compromiso de no retorno.

Social: »»

Permanencia continuada en España como mínimo durante 3 años.

»»

Carencia de antecedentes penales en España, su país de origen o los de residencia en los

»»

1.11. Violencia de género

últimos 5 años.

Mujer extranjera en situación irregular, víctima de violencia de género:

Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento

»»

del proceso penal.

de la solicitud para un periodo no inferior a un año, con salvedades. »»

»»

El procedimiento administrativo sancionador incoado se suspende hasta la finalización

»»

Tener vínculos familiares con extranjeros residentes o presentar un informe de arraigo

Autorización provisional de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales desde

que acredite su integración social emitido por el organismo de la Comunidad Autónoma

que se haya dictado una orden de protección que aprecie la existencia e indicios de violencia

competente.

de género. »»

Por Orden del Ministerio de la Presidencia, se podrá determinar la aplicación de la

Hijos menores de edad: autorización provisional de residencia por circunstancias excepcionales.

situación nacional de empleo a las solicitudes de autorización de residencia temporal por »»

razones de arraigo social.

Hijos mayores de 16 años en España en el momento de la denuncia: autorización provisional de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

Familiar: »»

»»

el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las

Una vez finalizado el proceso penal:

obligaciones paterno-filiales respecto al mismo. »»

10

Tramitación preferente del procedimiento

Cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española: siempre que

»»

Cuando se trate de hijos de padre o madre originariamente españoles.

Sentencia condenatoria: duración de autorización de 5 años y archivo del procedimiento sancionador.

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»»

»»

Sentencia no condenatoria: denegación de la autorización solicitada e inicio/continuación del

Particularidades en el procedimiento: autorización de residencia temporal sin autorización de trabajo para los familiares de los trabajadores concernidos.

procedimiento.

1.12. Colaboración con redes organizadas

1.15. Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS)

»»

Ante el caso de un extranjero que se encuentre irregularmente en España y sea víctima,

»»

Determinación de la edad: procedimiento bajo la dirección del Ministerio Fiscal.

perjudicado o testigo de un acto de tráfico ilícito de seres humanos, inmigración ilegal,

»»

Procedimiento de repatriación: petición de informes, periodo de prueba, trámite de audiencia,

explotación laboral o de tráfico ilícito de mano de obra: exención de responsabilidad del

resolución y ejecución.

extranjero, suspensión temporal del procedimiento sancionador incoado.

»»

Intervención del representante del menor: posibilidad siendo menor de 16 años de nombrar a un defensor judicial.

1.13. Víctimas de trata de seres humanos »»

Protocolo marco de protección

»»

Regulación del procedimiento de identificación de la víctima.

»»

Suspensión de la expulsión o devolución acordada, si la hubiera.

»»

Periodo de restablecimiento y reflexión mejor regulado.

»»

Retorno asistido posible al país de procedencia.

»»

En el caso de menores de edad se preservará el interés superior del mismo

»»

Autorización de residencia: cuando la repatriación no es posible o bien transcurridos 9 meses desde que el menor haya sido puesto a disposición de los servicios de protección de menores.

»»

Registro de Menores Extranjeros No Acompañados coordinado por la Fiscalía General del Estado

1.14. Unidad de Grandes Empresas »»

Autorizaciones de residencia y trabajo en cuya actividad profesional concurran intereses económicos, sociales o laborales, o bien sean relativas a trabajos de docencia con requisito de alta cualificación o a trabajos de índole artística de especial interés cultural.

»»

Se da cabida a pequeñas y medianas empresas en sectores estratégicos de la economía, los requisitos de plantilla, la cifra anual de negocio y la inversión media bruta anual.

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Principales articulados del nuevo Reglamento

2.2. Estancia en España Art. 29

Visados

de expedir visados en fronteras

2.1. Entrada y salida Art. 8

Justificación del viaje a España

exteriores. Se refuerza la exigencia de la “carta

Se regula el visado de búsqueda de

de invitación”.

empleo para supuestos de gestión

La información relativa al hospedaje

colectiva de contrataciones en origen.

expresará si cubre la totalidad de su

Art. 37 a 44

manutención. Art. 15 y 23

Denegación y devoluciones

Se prevé la posibilidad excepcional

La

denegación

de

entrada

se

Estancia por estudios,

Prórroga de estancia por estudios:

intercambios, prácticas no

se amplía a 90 días posteriores a la

laborables y voluntariado

caducidad.

denomina “limitación de la libertad

Se contempla la posibilidad de realizar

para deambular”.

actividades por cuenta propia.

Las devoluciones tendrán carácter sancionador y en consecuencia se aplicará el criterio de prescripción que

2.3. residencia temporal

corresponda. Art. 15 y 23.4

Asistencia jurídica

Se suprime la exigencia de la doble solicitud

del

reconocimiento

Art. 47 a 51

del

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Plazo de inscripción

Se fijan los requisitos y medios económicos

a

acreditar

por

el

derecho de asistencia jurídica gratuita.

extranjero, tomando como base los

La

tramos del IPREM.

intención

del

extranjero

de

interponer recurso contencioso, se

La autorización no será renovada si no

hará constar por la Delegación del

hay una escolarización justificada de

Gobierno o el Director del CIE bajo

los menores de edad.

cuyo control esté. Art. 23.7

No lucrativa

Se valorará positivamente el esfuerzo

Empezará a contar una vez transcurrido

de integración, el cual deberá constar

el periodo de entrada reiniciado.

mediante informe de la Administración. FeS

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Art. 47 a 51 (cont.)

No lucrativa

El contenido mínimo de dicho informe versará

sobre

participación

Art. 52 a 61 (cont.)

Por reagrupación familiar

la

residencia

independiente de la del reagrupante

acciones formativas, aprendizaje de

en caso de víctimas de violencia de

las lenguas cooficiales, respeto de los

género o en el entorno familiar. Renovación: se valorará el esfuerzo

Fundamentales, etc. Por reagrupación familiar

concederá

en

valores Constitucionales y Derechos

Art. 52 a 61

Se

de integración. Podrán acceder a ella

Se incluye a la pareja de hecho como

los condenados por delito una vez

sujeto reagrupable.

cumplida la condena así como los indultados.

Se concretan las razones humanitarias Arts. 62 a 72

por las que el ascendiente menor

Trabajo por cuenta ajena

La autorización está condicionada

de 65 años podrá acceder a la

a la obtención del correspondiente

reagrupación: que no pueda proveerse

visado y también a ser dado de alta

por sí mismo, sea incapaz, sea

en la Seguridad Social. En el plazo

cónyuge de ascendiente mayor de 65

de un mes desde dicha alta se deberá

años que vaya a ser reagrupado, etc.

solicitar el TIE.

Medios económicos: los medios

Deberá

económicos acreditar serán el 150%

trabajo que garantice una actividad

del IPREM en el caso de dos miembros

continuada.

y se aumentará en un 50% por cada

Se fijan los medios económicos,

miembro adicional Prevalecerán

aportarse

contrato

de

materiales y personales que debe los

Informes

acreditar el empleador para asegurar

autonómicos aunque cabrá informe

que puede cumplir con las obligaciones

del Ayto. cuando así lo determine la

del contrato.

propia Comunidad Autónoma.

En caso de fallecimiento o desaparición

La autorización de residencia por

del empresario, el extranjero podrá ser

reagrupación, habilitará para trabajar

dado de alta por otro empleador.

a su titular sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.

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Arts.

62

a

72

Trabajo por cuenta ajena

Arts. 120 a 122

no se den los requisitos, cuando el

(cont.)

Arts. 73 a 84

Se prevé la renovación, aún cuando

Trabajo para investigación

Extranjeros que han retornado

Se regula un procedimiento para el

voluntariamente

retorno a España una vez transcurrido

cónyuge cumpla con los requisitos

el periodo de no regreso. Si no se fijara

económicos. La renovación se hará

el plazo, deberán haber transcurrido

efectiva respecto a las víctimas de

3 años desde el retorno al país de

violencia de género.

origen.

Su duración oscilará entre los 3

Se respetará el tiempo previo de

meses y los 5 años y será coincidente

residencia a efecto de renovaciones

con la duración del proyecto para el

y obtención de la tarjeta de larga

que se conceda.

duración.

Se deberá acreditar la titulación superior correspondiente y su relación con el proyecto de investigación. Arts. 85 a 96

2.4. residencia temporal por circunstancias excepcionales

Profesionales altamente

Su duración será de 1 año y habrá

cualificados

que

acreditar

la

capacitación

Art. 123 a 130

correspondiente. Arts. 97 a 101

El

arraigo

razones humanitarias

permanencia

laboral

requerirá

continuada

de

durante,

mínimo, 2 años y la existencia de

Trabajo por cuenta ajena

La

de duración determinada

coincidirá con la del contrato con un

relación laboral superior a 6 meses.

(temporeros)

límite máximo de 9 meses.

Arraigo social: Se deberá presentar

duración

Deberá sobre

Arts. 103 a 109

Arraigo, protección internacional,

Trabajo por cuenta propia

de

informarse los

la

autorización

al

elementos

trabajador

documentación acreditativa del grado

esenciales

de parentesco alegado. La corporación

del contrato así como del salario

local

previsto a percibir.

podrá emitir un informe de arraigo

Autónoma

habitual en un domicilio, la existencia

e incluso más allá con carácter

de

excepcional. valorará

Comunidad

con datos como la permanencia

Se podrá prorrogar hasta 9 meses

Se

o

empadronamiento,

vínculos

familiares… el

esfuerzo

de

integración.

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Art. 123 a 130

Arraigo, protección

Arraigo familiar: se incluye como

(cont.)

internacional, razones

supuesto

humanitarias

extranjeros de hijos españoles siempre

el

de

los

2.5. RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN Y LARGA DURACIÓN-UE

progenitores Art. 148

Larga duración

Tendrán

derecho

a

ella

los

que éste tenga a su cargo al menor y

extranjeros que hayan residido legal y

cumpla con las obligaciones paterno

continuadamente durante 5 años.

filiales.

Art. 151 a 154

Larga duración-UE

Se

favorece

la

movilidad

del

Razones humanitarias: se concederá

residente en otro estado miembro

a extranjeros víctimas de delitos contra

previendo su concesión cuando se

los derechos de los trabajadores o

acrediten medios de vida propios.

discriminados para acceder a alguna prestación

por

razón

de

origen,

raza…. Se prevé también para el caso de

tramitación

de

documentación

2.6. Extinción de autorizaciones

urgente en caso de desplazamiento de menores para seguir un determinado tratamiento médico. Arts. 131 a 134

Arts. 135 a 139

se

incoará

Art. 162 a 166

Por ausencias

Residencia temporal: cuando esté fuera de España más de 6 meses en

Mujeres víctimas de violencia

No

expediente

de género

sancionador si no existe previamente

1 año.

y se suspenderá en caso contrario.

Larga duración: ausencia del territorio

La protección se extiende a los hijos

UE durante 1 año consecutivo.

menores de edad.

Larga duración-UE: tras ausencia de

La autorización durará 5 años.

territorio español durante 6 años.

Colaboración contra redes

Se

organizadas

extranjero irregular colaborase con las

puede

conceder

cuando

el

autoridades en la persecución del delito de tráfico de seres humanos, inmigración ilegal, explotación sexual, etc.

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2.7. menores Art. 185 a 188

2.8. Infracciones y rÉgimen sancionador Residencia y desplazamiento

Los no nacidos en España obtendrán

temporal

la

residencia

permanencia continuada durante al

acción contra la resolución de expulsión

menos 2 años.

ante el delegado u Subdelegado del el

Gobierno o el Director del Centro de

desplazamiento

Internamiento de Extranjeros donde

temporal por motivos humanitarios y

se encuentre.

promoción de la escolarización. Art. 189 a 198

Menores no acompañados

El extranjero podrá manifestar su voluntad de recurrir o ejercitar la

contempla

acreditar

Voluntad de recurrir

una

Se

al

Art. 223

Art. 245

Se regula, en interés del menor, el procedimiento de repatriación.

Expulsión y prohibición de

La prohibición de entrada superior

entrada

a 5 años, requerirá de informe de la

El

menor

años

que

podrá

alcance

intervenir

los en

16

Comisaría

Extranjería

y

Fronteras.

los No se prohibirá la entrada cuando

procedimientos por sí mismo o por

el

medio de representante.

extranjero

durante El mayor de 12 años tiene juicio

la

abandone

España

tramitación

del

expediente o se revocará dicha

suficiente.

22

de

prohibición cuando se abandone en

La residencia se otorgará cuando

el plazo voluntario establecido en la

quede acreditada la imposibilidad de

orden de expulsión.

la repatriación.

No hay regulación del régimen de

El Registro de Menores Extranjeros

internamiento de extranjeros, al estar

no Acompañados será coordinado por

pendiente un desarrollo reglamentario

el Ministerio Fiscal. Incluirá los datos

expreso a tales efectos.

fisonómicos y biométricos del menor

Si así se solicita, el internamiento

y los traslados entre Comunidades

podrá comunicarse a los familiares,

Autónomas.

representante legal, ONGs, etc.

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Enlaces de interés

Fuentes

»»

Ley Orgánica 4/2000 de 11 enero tras su reforma por LO 2/2009: LOEX

»»

FeS-UGT Secretaria de Igualdad - Área de Migraciones

http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/12/pdfs/A01139- 01150.pdf

»»

UGT CEC - Departamento de Migraciones

Ley Orgánica 10/2011 de 27 julio: modificación de los arts. 31 bis y 59bis de la LOEX

»»

Revista Jurídica Lex Nova

http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/28/pdfs/BOE- A- 2011- 12962.pdf

»»

Boletín de Avances informativos Lex Nova

»»

»»

Real Decreto 557/2011 de 20 de Abril: Reglamento LOEX: http://www.boe.es/boe/dias/2011/04/30/pdfs/BOE- A- 2011- 7703.pdf

»»

Ley Orgánica 1/2004 de 28 diciembre: Contra la Violencia de Género http://www.boe.es/boe/dias/2004/12/29/pdfs/A42166- 42197.pdf

»»

UGT http://www.ugt.es

»»

Federación de Servicios UGT http://www.fesugt.es

»»

Libro Verde de la Unión Europea Sobre Reagrupación Familiar http://eur- lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0735:FIN:ES:PDF

»»

II Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2011- 2014 http://www.fundacionlengua.com/canal-desarrollo/es/i-plan-estrategico-ciudadania-eintegracion/art/3986/

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