2.012)

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GACHANCIPA CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO No. 024/2.012. ACUERDO No. 024 (Noviembre 15/ 2.012) POR MEDIO DEL CU

2 downloads 95 Views 168KB Size

Story Transcript

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GACHANCIPA CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDO No. 024/2.012.

ACUERDO No. 024 (Noviembre 15/ 2.012) POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA CELEBRACION DE LOS REYES MAGOS EN LA VEREDA SAN BARTOLOME DEL MUNICIPIO DE GACHANCIPÁ

El Concejo Municipal de Gachancipá Cundinamarca, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el artículo 32 de la Ley 136 de 1994, y

CONSIDERANDO: 1. Que según la UNESCO en la declaración Universal sobre la Diversidad cultural Expone : a. IDENTIDAD,DIVERSIDAD Y PLURALISMO Art.1: La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es, para el género humano, tan necesaria como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras. Art 3. La diversidad cultural factor de desarrollo

CONCEJO CON COMPROMISO SOCIAL Calle 6 No. 2-10 - Gachancipá – Cundinamarca Telefax: 091 857 8384, Celular 313 887 6770 [email protected]

1

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GACHANCIPA CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDO No. 024/2.012.

La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.

2.

3.

4.

5.

b. DIVERSIDAD CULTURAL Y CREATIVIDAD Artículo 7 – El patrimonio cultural, fuente de la creatividad Toda creación tiene sus orígenes en las tradiciones culturales pero se desarrolla plenamente en contacto con otras. Esta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus formas, debe ser preservado, valorizado y transmitido a las generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, con el fin de nutrir la creatividad en toda su diversidad e instaurar un verdadero diálogo entre las culturas. Que el artículo 311 de la Constitución Política de Colombia, establece que al Municipio como entidad fundamental de la división político administrativa del Estado, le corresponde, prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes. Que el numeral 5 del Artículo 3, Ley 1551 de 2012 antes numeral 3 del artículo 3 de la Ley 136 de 1994, establece como función Promover la participación comunitaria, la cultura de Derechos Humanos y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes. El fomento de la cultura será prioridad de los municipios y los recursos públicos invertidos en actividades culturales tendrán, para todos los efectos legales, el carácter de gasto público social de conformidad con el artículo 1°, numeral 8 de la Ley 397 de 1997. Que artículo 71 de la Ley 136 de 1994, establece que los proyectos de acuerdo pueden ser presentados por los concejales, los alcaldes y en materias relacionadas con sus atribuciones por los personeros, los contralores y las Juntas Administradoras Locales. También podrán ser de iniciativa popular de acuerdo con la Ley Estatutaria correspondiente. Que el artículo 70 de la Ley 397 de 1997 ordena que las funciones y los servicios del estado en relación con la cultura se cumplirán en

CONCEJO CON COMPROMISO SOCIAL Calle 6 No. 2-10 - Gachancipá – Cundinamarca Telefax: 091 857 8384, Celular 313 887 6770 [email protected]

2

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GACHANCIPA CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDO No. 024/2.012.

conformidad con lo dispuesto en el artículo primero de la misma ley, teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia, son la preservación del patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional. 6. Que la celebración cultural y religiosa de la presentación de los reyes magos en la vereda San Bartolomé se lleva a cabo aproximadamente hace 40 años, donde lo realizaban en una finca llamada la cañada ubicada a unos trescientos metros de balcón de la virgen del Carmen, siendo protagonistas la junta de acción comunal del momento encabezada por los señores Ernesto García y Álvaro Rodríguez. 7. Que la celebración de los reyes magos de la vereda de San Bartolomé, siempre convoca a toda la comunidad a participar de estos actos culturales y religiosos entre ellos involucrando niños, adultos y tercera edad. Además por su Ubicación geográfica se le da alternativa a la comunidad gachancipeña de un espacio no solo cultural sino ambiental y recreativo siendo llamativo para turistas. 8. Que la celebración de los reyes magos en la Vereda de San Bartolomé en el año de 1999 le rinde homenaje a la señora María Dolores Garzón González nombrada como dama de honor en Gachancipá por diferentes actos tales como la creación de la junta de acción comunal, la donación del lote para la construcción de la escuela de la vereda, entre otros.

ACUERDA Artículo Primero: Institucionalícese el segundo puente festivo del mes de enero de cada año, la celebración de los reyes magos en la vereda San Bartolomé en el municipio de Gachancipá. Artículo Segundo: Entiéndase como celebración de reyes magos los actos promovidos por la junta de acción comunal de la vereda San Bartolomé los tres días comprendidos del segundo puente festivo.

CONCEJO CON COMPROMISO SOCIAL Calle 6 No. 2-10 - Gachancipá – Cundinamarca Telefax: 091 857 8384, Celular 313 887 6770 [email protected]

3

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GACHANCIPA CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDO No. 024/2.012.

Artículo Tercero: La organización y realización de la obra de los reyes magos estará a cargo de la Junta de Acción Comunal de la vereda San Bartolomé Parágrafo Primero: La Secretaria de Desarrollo social del municipio de Gachancipá o la dependencia que haga sus veces. Deberá reglamentar cada año mediante Resolución Motivada, todo lo relacionado con la organización y logística, teniendo en cuenta la participación de las personas, organizaciones y grupos culturales del municipio. Artículo Cuarto. Facúltese al señor Alcalde Municipal para hacer los ajustes presupuestales y/o crear el rubro necesario para hacer efectivo el presente Acuerdo. Artículo Quinto: El presente acuerdo rige a partir de su publicación y sanción. Dado en el recinto del Honorable Concejo Municipal de Gachancipá Cundinamarca, a los Quince (15) días del mes de Noviembre del año dos mil doce (2.012). PUBLICASE Y CUMPLASE

MAGDA JANETHE SANCHEZ LOZANO Presidente

YULI PAOLA FLOREZ MOSCOSO Secretaría General.

CONCEJO CON COMPROMISO SOCIAL Calle 6 No. 2-10 - Gachancipá – Cundinamarca Telefax: 091 857 8384, Celular 313 887 6770 [email protected]

4

DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE GACHANCIPA CONCEJO MUNICIPAL

ACUERDO No. 024/2.012.

LA SUSCRITA SECRETARÍA DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE GACHANCIPA CUNDINAMARCA

CERTIFICA:

Que el presente Acuerdo sufrió primer debate reglamentario el día 06 de Noviembre de 2.012 en la Comisión de Servicios Públicos, Salud y Educación y el segundo en Plenaria celebrada el día 15 del mes de Noviembre de la misma anualidad teniendo en cuenta que el Concejo Municipal se reunió en Periodo de Sesión Ordinaria.

Dado en la Secretaría del Honorable Concejo Municipal de Gachancipá Cundinamarca, a los Quince (15) días del mes de Noviembre de dos mil doce (2.012). La Secretaría.

YULI PAOLA FLOREZ MOSCOSO

CONCEJO CON COMPROMISO SOCIAL Calle 6 No. 2-10 - Gachancipá – Cundinamarca Telefax: 091 857 8384, Celular 313 887 6770 [email protected]

5

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.