2014, de 28 de febrero, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA

INFORME SOBRE EL REAL DECRETO 126/2014, de 28 de febrero, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA GABINETE TÉCNICO MARZO

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INFORME SOBRE EL REAL DECRETO 126/2014, de 28 de febrero, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA

GABINETE TÉCNICO MARZO 2014

INFORME SOBRE EL REAL DECRETO 126/2014, de 28 de febrero, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA El objeto de este Real Decreto es el de establece el currículo básico de la Educación Primaria. La LOMCE ha modificado el artículo 6 de la LOE donde se define el currículo y establece que estará integrado por los objetivos de cada enseñanza, las competencias, los contenidos (ordenados en asignaturas), los estándares de aprendizaje evaluables, los criterios de evaluación y la metodología didáctica. En el mismo artículo se establece que corresponde al Gobierno el diseño del currículo básico que garantice el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones. Las asignaturas se organizan de acuerdo a la distribución de competencias entre el Estado, las Comunidades Autónomas y los centros y se agruparán en tres bloques: troncales, específicas y de libre configuración autonómica. Por todo ello este Real Decreto introduce modificaciones en el currículo, la organización, objetivos, promoción y evaluaciones de Educación Primaria. Se implantarán para los cursos 1º, 3º y 5º en el curso escolar 2014-2015, y para los cursos 2º, 4º y 6º en el curso escolar 2015-2016. A partir de la total implantación, quedará derogado el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria y donde se incorporaban, por primera vez, las competencias básicas, es decir, el aprendizaje imprescindible que han de alcanzar los alumnos para su realización personal, el ejercicio de la ciudadanía activa y la incorporación a la vida adulta.

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Distribución de competencias (Artículo 3)

ASIGNATURAS Y COMPETENCIAS GENERALES

TRONCALES

ESPECÍFICAS

Corresponde al Gobierno

- Determinar los contenidos comunes, los estandares de aprendizaje evaluables y el horario lectivo mínimo. ANEXO I

-Determinar los estándares de aprendizaje evaluables. ANEXO II

LIBRE CONFIGURACIÓN

COMPETENCIAS GENERALES

- Determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos y del grado de adquisición de las competencias correspondientes. Determinar las características generales de las pruebas en relación con la evaluación final de 6º de Primaria.

Corresponde a las Administraciones Educativas - Complementar los contenidos. - Fijar el horario lectivo máximo correspondiente a los contenidos de estas asignaturas. - Complementar los criterios de evaluación relativos a este bloque de asignaturas. - Establecer los contenidos. Fijar el horario correspondiente a los contenidos de estas asignaturas. - Complementar los criterios de evaluación relativos a este bloque de asignaturas. - Establecer los contenidos. Fijar el horario correspondiente a los contenidos de estas asignaturas. - Establecer los criterios de evaluación de este bloque de asignaturas. - Establecer los estándares de aprendizaje evaluables relativos al este bloque de asignaturas.

- Realizar recomendaciones de metodología didáctica para los centros docentes de su competencia.

Corresponde a centros docentes

Complementar los contenidos de este bloque y configurar su oferta educativa. - Determinar la carga horaria de las asignaturas.

Complementar los contenidos de este bloque y configurar su oferta educativa. - Determinar la carga horaria de las asignaturas.

Complementar los contenidos de este bloque y configurar su oferta educativa. - Determinar la carga horaria de las asignaturas.

- Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios.

Definiciones (Artículo 2) a) Currículo: regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje. b) Objetivos: referentes relativos a los logros que el alumno debe alcanzar al finalizar el proceso educativo. c) Competencias: capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.

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los

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Las competencias del currículo serán las siguientes: 1.º Comunicación lingüística. 2.º Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. 3.º Competencia digital. 4.º Aprender a aprender. 5.º Competencias sociales y cívicas. 6.º Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 7.º Conciencia y expresiones culturales. Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. d) Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas. e) Estándares de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables. f) Criterios de evaluación: son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura. g) Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado para el logro de los objetivos planteados.

Organización (Artículo 8) La etapa comprende seis cursos y se organizarán en áreas.

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PRIMARIA. DISTRIBUCIÓN DE ASIGNATURAS

ASIGNATURAS

TRONCALES

ESPECÍFICAS

Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales Lengua Castellana y Literatura Matemáticas Primera Lengua Extranjera Educación Física Religión, o Valores Sociales y Cívicos Educación Artística Segunda Lengua Extranjera Religión Valores Sociales y Cívicos

Lengua Cooficial y Literatura

DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA (UNA O MÁS)

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Otras del bloque de las específicas no cursadas Profundización o refuerzo de las áreas troncales Otras áreas a determinar. Podrán se entre otras, asignaturas relacionadas con el aprendizaje del sistema braille, la tiflotecnología, la autonomía personal y las lenguas de signos

OBSERVACIONES

- Obligatorias. Deben cursarse en cada uno de los cursos.

- Son obligatorias y deben cursarse en cada uno de los cursos. - Religión, o Valores a elección de los padres o tutores legales. - Se elegirá al menos una. - Dependerán de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes. - Religión o Valores solo se escogerán si no se han elegido anteriormente en el bloque de las específicas obligatorias. - Será obligatoria en aquellas Comunidades Autónomas que posean dicha lengua cooficial. - Los alumnos podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha área en las condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. - Esta asignatura recibirá un tratamiento análogo al del área Lengua Castellana y Literatura.

- Se podrán cursar algún área más, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes.

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Horarios El horario lectivo mínimo correspondiente a las asignaturas del bloque de asignaturas troncales, computado de forma global para toda la Educación Primaria, no será inferior al 50% del total del horario lectivo fijado por cada Administración educativa como general para dicha etapa. Elementos transversales (Artículo 10) En el Real Decreto se establece que las Administraciones educativas: -

-

Fomentarán la inclusión educativa de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades y no discriminación de las mismas, medidas de flexibilización y alternativas metodológicas, adaptaciones curriculares, accesibilidad universal, … Fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género. Fomentarán el aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, así como de los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos y el rechazo a la violencia terrorista, la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y consideración a las víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo de violencia. La programación docente debe comprender la prevención de la violencia de género, de la violencia terrorista y de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío como hecho histórico. Los currículos incorporarán elementos relacionados con el desarrollo sostenible y el medio ambiente, los riesgos de explotación y abuso sexual, las situaciones de riesgo derivadas de la utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la protección ante emergencias y catástrofes. - Fomentarán las medidas para que el alumnado participe en actividades que le permita afianzar el espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial y los currículos incorporarán elementos curriculares orientados al desarrollo y afianzamiento del espíritu emprendedor. - Adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil, promoverán la práctica diaria de deporte y ejercicio físico durante la jornada escolar. El diseño, coordinación y supervisión de las medidas, serán asumidos por el profesorado con cualificación o especialización adecuada en estos ámbitos. - Incorporarán elementos curriculares y promoverán acciones para la mejora de la convivencia y la prevención de los accidentes de tráfico, con el fin de que el alumnado conozca sus derechos y deberes como usuario de las vías.

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Promoción y evaluación (Artículos 11 y 12) El alumno o alumna accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los objetivos de la etapa o los que correspondan al curso realizado, y que ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Se podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo. Se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo. Se atenderá especialmente a los resultados de las individualizadas de 3º curso y final de Educación Primaria.

evaluaciones

Los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los ANEXOS I y II a este Real Decreto serán los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las asignaturas de los bloques de asignaturas troncales y específicas. Cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades. Los maestros evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo que establecerán indicadores de logro en las programaciones docentes. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos y alumnas podrán estar exentos de realizar la evaluación del área Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica correspondiente. - Evaluación individualizada al finalizar 3º curso: según dispongan las Administraciones educativas, en la que se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas. - Evaluación final individualizada al finalizar 6º curso: se realizará de acuerdo con las características generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas. Se comprobará el grado de adquisición de la competencia en Comunicación lingüística, de la Competencia matemática y de las Competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa.

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Se utilizarán como referentes los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos I y II a este Real Decreto. El resultado se expresará en los siguientes niveles: Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB) para las calificaciones positivas. El nivel obtenido se hará constar en un informe, que será entregado a los padres, madres o tutores legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los centros en los que los alumnos y alumnas hayan cursado 6º curso y para aquellos en los que cursen el siguiente curso escolar. La asignatura Lengua Cooficial y Literatura deberá ser evaluada en la evaluación final de la etapa, y se tendrá en cuenta para el cálculo de la nota obtenida en dicha evaluación final en la misma proporción que la asignatura Lengua Castellana y Literatura. Las Administraciones educativas competentes concretarán los criterios de evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables y el diseño de las pruebas que se apliquen a esta asignatura, que se realizarán de forma simultánea al resto de las pruebas que componen las evaluaciones finales. Con respecto a la asignatura de Religión, las Administraciones educativas garantizarán que, al inicio del curso, los padres, madres o tutores legales puedan manifestar su voluntad de que sus hijos reciban o no reciban enseñanzas de religión. La determinación del currículo de la enseñanza de religión católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas. La evaluación de la enseñanza de la religión se realizará igual que el resto de asignaturas. Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores establecidos. En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del concierto correspondiente. Aprendizaje de lenguas extranjeras. (Artículo 13) Las Administraciones educativas podrán establecer que una parte de las asignaturas del currículo se impartan en lenguas extranjeras sin que ello suponga modificación de los aspectos básicos del currículo regulados en el presente real decreto. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial para aquél que presenta dificultades en su expresión oral.

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Los centros que impartan una parte de las asignaturas en lenguas extranjeras aplicarán los criterios para la admisión del alumnado establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Entre tales criterios no se incluirán requisitos lingüísticos. Documentos oficiales de evaluación. (Disposición adicional cuarta) Los documentos oficiales son: - el expediente académico. - las actas de evaluación. - los documentos de evaluación final de etapa y de 3º curso. - el informe indicativo del nivel obtenido en la evaluación final de etapa - el historial académico. - el informe personal por traslado. El historial académico, y en su caso el informe personal por traslado, se consideran documentos básicos para garantizar la movilidad del alumnado por todo el territorio nacional. Los resultados de la evaluación se expresarán en la Educación básica en los términos Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB) Irán acompañados de una calificación numérica, sin emplear decimales con las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10. La nota media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las áreas será la media aritmética de las calificaciones de todas ellas, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. Se podrán otorgar una Mención Honorífica o Matrícula de Honor a los alumnos y alumnas que hayan obtenido un Sobresaliente al finalizar Educación Primaria en el área para la que se otorga, y que hayan demostrado un rendimiento académico excelente. El historial académico recogerá los datos identificativos del estudiante, las asignaturas cursadas en cada uno de los años de escolarización, los resultados de la evaluación en cada convocatoria (ordinaria o extraordinaria), las decisiones sobre promoción y permanencia, la media de las calificaciones obtenidas en cada una de las áreas, el nivel obtenido en la evaluación final de Educación Primaria, la información relativa a los cambios de centro, las medidas curriculares y organizativas aplicadas. Tras finalizar la etapa, el historial académico de Educación Primaria se entregará a los padres, madres o tutores del alumno o alumna, y se enviará una copia del historial académico y del informe indicativo del nivel obtenido en la evaluación final de etapa al centro de educación secundaria en el que prosiga sus estudios el alumno o alumna, a petición de dicho centro de educación secundaria.

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ANEXO I. Asignaturas troncales Ciencias de la Naturaleza El currículo se organiza en 5 bloques: - Bloque 1. Iniciación a la actividad científica. - Bloque 2. El ser humano y la salud. - Bloque 3. Los seres vivos. - Bloque 4. Materia y energía. - Bloque 5. La tecnología, objetos y máquinas. Ciencias Sociales Se organiza en 4 bloques: - Bloque 1. Contenidos comunes. - Bloque 2. El mundo en que vivimos. - Bloque 3. Vivir en sociedad. - Bloque 4. Las huellas del tiempo. Lengua Castellana y Literatura El currículo se organiza en 5 bloques: - Bloque 1. Comunicación oral: hablar y escuchar. - Bloque 2. Comunicación escrita: leer. - Bloque 3. Comunicación escrita: escribir. - Bloque 4. Conocimiento de la lengua. - Bloque 5. Educación literaria. Matemáticas El currículo se organiza en 5 bloques: - Bloque 1. Procesos, métodos y actitudes en matemáticas. - Bloque 2. Números. - Bloque 3. Medida. - Bloque 4. Geometría. - Bloque 5. Estadística y probabilidad. * En cada uno de los bloques anteriores se establecen los contenidos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada asignatura. Primera Lengua Extranjera Se organiza en 4 bloques: - Bloque 1. Comprensión de textos orales. - Bloque 2. Producción de textos orales: expresión e interacción. - Bloque 3. Comprensión de textos escritos. - Bloque 4. Producción de textos escritos: expresión e interacción. A los contenidos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables correspondientes, se añade un cuadro con el título de contenidos

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sintácticos-discursivos por idiomas (alemán, francés, inglés, italiano y portugués) ANEXO I. Asignaturas específicas Educación Artística: Educación Plástica y Educación Musical A) Educación Plástica Se organiza en 3 bloques: - Bloque 1. Educación audiovisual. - Bloque 2. Expresión artística. - Bloque 3. Dibujo geométrico. B) Educación Musical Se organiza en 3 bloques: - Bloque 1. Escucha. - Bloque 2. Interpretación musical. - Bloque 3. La música, el movimiento y la danza. Educación Física Se organiza en torno a 13 criterios de evaluación con sus correspondientes estándares de aprendizaje. Segunda Lengua Extranjera Se organiza en 2 bloques: - Bloque 1. Comprensión de textos orales. - Bloque 2. Producción de textos orales: expresión e interacción. - Bloque 3. Comprensión de textos escritos. - Bloque 4. Producción de textos escritos: expresión e interacción. Valores Sociales y Cívicos Se organiza en 3 bloques: - Bloque 1. La identidad y la dignidad de la persona. - Bloque 2. La comprensión y el respeto en interpersonales. - Bloque 3. La convivencia y los valores sociales.

las

relaciones

* En cada uno de los bloques anteriores se establecen los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada asignatura. Los contenidos de las mismas han de ser establecidos por las Administraciones educativas.

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COMENTARIOS DE FETE-UGT AL REAL DECRETO Las modificaciones que introduce este Real Decreto en la Educación Primaria y que ya estaban recogidas en la LOMCE son entre otras, la desaparición de los ciclos configurándose en una única etapa, la división de las asignaturas en tres bloques y el concepto de evaluación, en la que se destacan las dos evaluaciones individualizadas de 3º y 6º. Con respecto a la evaluación se observa una insistencia en los indicadores de evaluación. FETE-UGT considera que primero habría que fijar el objeto de la evaluación y después los parámetros de dicha evaluación. Asimismo el Real Decreto establece que la evaluación será continua y global, pero sin embargo destaca de una manera insistente la evaluación individualizada de 3º y 6º de Primaria que serán fundamentales para la promoción. La de 3º se tendrá en cuenta para adoptar medidas de mejora para el alumnado en caso de no superarla (incluso la repetición) y la de 6º para el informe de final de etapa. FETE-UGT defiende una evaluación continua, adecuada y contextualizada a las peculiaridades del centro y del alumnado. Han de estar realizadas por el profesorado del centro que es el que conoce las características y las necesidades del alumnado, con la finalidad de mejorar el proceso de aprendizaje del mismo y no ser censales, ni estandarizadas, encaminadas, por un lado, a la repetición, y por otro a aumentar los recursos de los centros con buenos resultados (premios) o a aplicar planes específicos de mejora en los que no los tienen (castigos), tal como se recoge en último párrafo del artículo 12de este Real Decreto. Por otro lado se establecen los estándares de aprendizaje evaluables, que será lo que se evalúe en las pruebas externas. Desde FETE-UGT creemos que pueden limitar la capacidad de los centros para adecuar el currículo a las necesidades del alumnado. Asimismo, comprobamos en muchos de estos estándares la dificultad para ser observables y medibles tal como están redactados, más concretamente los correspondientes a la asignatura de Valores Sociales y Cívicos. La Educación Artística queda relegada a la optatividad al configurarla dentro del bloque de asignaturas específicas y que de acuerdo con la regulación de cada administración educativa y/o de los centros se podrá elegir o no, por lo que no se garantiza su oferta en todos los centros y entra en colisión con la segunda lengua extranjera. Religión y Valores Sociales se oferta por dos vías, como obligatorias a elección de los padres y como optativas junto con artística y segunda lengua extranjera. El Real Decreto enumera siete competencias del currículo, pero especifica que se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística y Competencia matemática. Estas son las que se van a evaluar en las dos pruebas individualizadas de 3º y 6º. Del resto no se vuelve a hablar en el texto. FETE-UGT defiende la necesidad de desarrollar todas las competencias para que el alumnado reciba una formación integral, por lo Gabinete Técnico

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que aboga por un currículo flexible, aunque riguroso, que amplíe las posibilidades de aprendizaje del alumnado, introduciendo nuevas metodologías, nuevos conocimientos, organizando nuevos tiempos y objetivos, sin olvidarse de la importancia que en el desarrollo del mismo tiene el profesorado. Observamos una insistencia y una minuciosa exposición en determinados aspectos y contenidos, que desde FETE-UGT consideramos excesivos e innecesarios, debido a la edad del alumnado y a su falta de madurez para la adquisición de algunos conceptos (iniciativa empresarial, espíritu emprendedor, referencia a hechos históricos concretos,…), todos ellos con un sesgo ideológico y restando importancia a la formación integral del alumnado que es el eje principal de la educación. FETE-UGT considera que el procedimiento seguido por el Ministerio para la elaboración y aprobación de este Real Decreto, es una imposición al no haber sido consensuado con la mayoría de los sectores implicados. Un ejemplo claro lo tenemos en la falta de diálogo con las organizaciones sindicales a la hora de negociar las condiciones laborales del profesorado (maestros especialistas en Educación Musical pueden ver reducidos sus puestos de trabajo) Desde el sindicato lamentamos que no se tenga en cuenta que las modificaciones curriculares traerán cambios de organización de los centros, en la metodología, herramientas didácticas a utilizar,…, y todo ello, sin contar con el profesorado, que son los que conocen mejor la realidad de los centros y los que ha de llevar a efecto los cambios en la normativa educativa. FETE-UGT se suma a la opinión del dictamen del Consejo de Estado, que el Gobierno no ha tenido en consideración, en relación con el impacto económico que las modificaciones curriculares traen consigo. En esta línea comparte la inquietud del profesorado, centros y padres de alumnos, en relación a la configuración de los contenidos de las diferentes asignaturas en los nuevos libros de texto y su impacto en las economías familiares. Seguiremos con especial atención el desarrollo de estas normas en cada Comunidad Autónoma, haciendo las aportaciones necesarias para que el profesorado recupere y mejore sus condiciones laborales y obtenga el reconocimiento social que su labor necesita y merece.

Marzo 2014

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