3 REUNIÓN CELEBRADA EL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DE Presidente: Sr. A. Shoyer (Estados Unidos)

RESTRICTED ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO G/NOP/3 11 de enero de 1996 (96-0067) Grupo de Trabajo sobre las Obligaciones y Procedimientos de Not

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RESTRICTED

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL

COMERCIO

G/NOP/3 11 de enero de 1996 (96-0067)

Grupo de Trabajo sobre las Obligaciones y Procedimientos de Notificación

REUNIÓN CELEBRADA EL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DE 1995 Presidente: Sr. A. Shoyer (Estados Unidos) Nota de la Secretaría

1. Se adoptó el orden del día propuesto para la tercera reunión del Grupo de Trabajo que se había distribuido con la signatura WTO/AIR/222. Introducción 2. El Presidente señaló que el informe de la segunda reunión figuraba en el documento G/NOP/2 y recordó que la lista de todas las notificaciones exigidas por los acuerdos del Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC se había distribuido con la signatura G/NOP/W/2/Rev.1. El Presidente sugirió que con esta reunión se considerara concluida la primera etapa de la labor del Grupo, vale decir: i) la elaboración de la lista de temas que serían examinados en detalle y ii) la elección de una metodología para que el Grupo enfocara estos temas en la siguiente etapa que comenzaría con el nuevo año. Punto 2A i) del orden del día - Duplicación/superposición de las obligaciones de notificación 3. Al abrir el debate sobre este punto el Presidente mencionó los documentos pertinentes que acababan de ser distribuidos: i) una comunicación de la delegación de los Estados Unidos distribuida con la signatura G/NOP/W/4; ii) una nota de la Secretaría contenida en el documento G/NOP/W/6; iii) un documento del Comité de Agricultura sobre la notificación de subvenciones distribuido con la signatura G/AG/W/13; y iv) una comparación gráfica del ámbito de aplicación de los acuerdos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias y sobre obstáculos técnicos al comercio, contenida en el documento G/SPS/W/32, distribuida por el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. 4. El Presidente recordó que en las reuniones anteriores se habían citado cuatro grupos de acuerdos que podían contener elementos de duplicación, a saber, los formados por los Acuerdos de Agricultura/Subvenciones, MIC/Subvenciones, Agricultura/Licencias de Importación y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias/Obstáculos Técnicos al Comercio. Además los Estados Unidos habían mencionado otros temas donde podrían existir duplicación. 5. En las observaciones generales, varios delegados mencionaron la dificultad que suponía para el Grupo realizar un examen completo de la situación de las notificaciones debido a la poca experiencia de los Miembros en la preparación de las notificaciones y en su examen en los comités pertinentes. Por lo tanto, en algunos aspectos la labor del Grupo era prematura porque no se tenía una visión general de las dificultades que encontrarían los Miembros para cumplir sus obligaciones de notificación. Esta situación hacía preciso que el Grupo examinara las obligaciones de notificación e hiciera recomendaciones para su mejora basándose más en la teoría que en la experiencia práctica. Por lo tanto sería difícil llegar a los compromisos necesarios para armonizar el procedimiento en algunos sectores. Si bien

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hicieron mención de estas circunstancias, los oradores expresaron que tenían muy en cuenta el mandato del Grupo y continuarían trabajando para lograr sus metas. 6. Al considerar los posibles sectores de duplicación de las obligaciones de notificación previstos en el Acuerdo sobre la Agricultura y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, algunos delegados destacaron que existían diferencias en los objetivos del procedimiento de notificación de cada acuerdo. En el Acuerdo sobre la Agricultura el objetivo de la notificación de las subvenciones era asegurar el cumplimiento del programa de reforma, en gran parte basado en medidas cuantitativas, mientras que en el Acuerdo sobre Subvenciones el procedimiento de notificación estaba destinado a presentar información económica y jurídica sobre los compromisos en sí mismos. Se destacó que el cumplimiento de los objetivos de estos acuerdos no debía verse afectado por los esfuerzos de simplificación administrativa. Sin embargo, algunos delegados consideraron que era posible tratar de lograr una cierta unificación de los modelos de las notificaciones, haciendo algunas adiciones al modelo del Acuerdo sobre la Agricultura para incorporar los requisitos de notificación esenciales del Acuerdo sobre Subvenciones. La meta sería cumplir con los requisitos informativos de ambos acuerdos suprimiendo la duplicación en la comunicación de información. Se insistió en que este proceso no debía alterar las obligaciones de notificación en sí mismas, ni menoscabar la consecución de los objetivos de los acuerdos. También se expresó la opinión de que, en los casos en que el examen minucioso mostrara que la duplicación era mínima, quizá no se justificara cambiar los modelos. 7. Con respecto a la posibilidad de duplicación entre el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio se dijo que esta situación era un problema "mecánico" y no de carácter jurídico o institucional y que en general los Miembros entendían la diferencia existente entre los procesos de comunicación de información de estos dos acuerdos. También se dijo que la superposición entre el Acuerdo sobre la Agricultura y el Acuerdo sobre Licencias de Importación era una diferencia legal que podía implicar una interpretación de las obligaciones de notificación en sí mismas. Se debatió si el tratamiento de estas cuestiones correspondía a este Grupo o si debía dejarse a los comités respectivos. También se sugirió examinar la posibilidad de combinar algunos requisitos de notificación de estos acuerdos mediante ajustes en el modelo de uno de ellos. Con respecto a las demás esferas de posible superposición mencionadas en el documento de los Estados Unidos (G/NOP/W/4), algunos delegados observaron que se necesitaban más aclaraciones para poder examinarlas. De todas formas algunas de las cuestiones sugeridas en el párrafo 2 de ese documento (posibles superposiciones entre las disposiciones del GATT de 1947 y el GATT de 1994) eran transitorias, sólo por este año. 8. Se observó que la experiencia y conocimientos de este Grupo tenían ciertas limitaciones a la hora de examinar los detalles específicos de cada uno de los acuerdos en cuestión. Por lo tanto una posibilidad era que el Grupo hiciera recomendaciones acerca del enfoque o los procesos que podrían aplicarse a problemas específicos y que luego los comités pertinentes se ocuparan de dichos problemas. 9. La cuestión del cumplimiento de las obligaciones de notificación se planteó en relación con la considerable importancia asignada a la necesidad de mantener la transparencia. Una de las opiniones expresadas fue que el incumplimiento de algunos Miembros podría deberse a una escasez de recursos humanos, y posiblemente a una falta de experiencia que daba lugar a una interpretación poco clara de algunas de las disposiciones de los acuerdos. Otra opinión fue que el incumplimiento no se debía sólo a estas razones sino también a la preocupación de algunos Miembros por las consecuencias que podría acarrearles la notificación de determinada información o la indicación de que no contaban con la legislación necesaria. Para responder a esta posibilidad, se consideró que la Secretaría debería aplicar un enfoque más "pedagógico" y explicar no sólo los requisitos sino también las consecuencias de su cumplimiento o incumplimiento.

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10. También se sugirió que se podría mejorar el cumplimiento si los modelos de las notificaciones fuesen acompañados de directrices explicativas que podrían elaborar los correspondientes comités. Además, se sugirió que, si bien el Grupo no tenía necesariamente que ocuparse de la elaboración específica de las directrices, podía examinar este tema como cuestión genérica y, si se constatase que las directrices explicativas podían ser de utilidad a los Miembros, se podrían recomendar para su tratamiento por los comités pertinentes. Algunos delegados expresaron la preocupación de que la elaboración de las directrices podía dar lugar a una interpretación de las disposiciones de los acuerdos y necesitarían negociaciones en algunos casos, planteando así en los comités cuestiones delicadas. Punto 2A ii) del orden del día - Simplificación de las prescripciones de suministro de datos y uniformidad de los modelos 11. El Presidente recordó que en septiembre la Secretaría había preparado una nota (G/NOP/W/3) donde se enumeraban los acuerdos para los que se habían elaborado modelos de notificaciones y los documentos publicados a este respecto por los diversos comités. Mencionó además que en el debate de este tema se habían destacado dos puntos clave: i) en algunos casos la información requerida en ciertos cuestionarios parecía ir más allá de lo que exigían específicamente los acuerdos; y ii) sólo se habían elaborado modelos para algunos acuerdos pero sería útil considerar la posibilidad de contar con modelos en otras esferas. 12. Algunos delegados hicieron observar que la elaboración de modelos de notificaciones era una forma práctica de ayudar a los Miembros y, al mismo tiempo, de mejorar el cumplimiento. También se sugirió que el Grupo considerara la posibilidad de elaborar modelos que sirvieran para más de una obligación de notificación. Punto 2A iii) del orden del día - Mejoras del calendario de presentación de notificaciones 13. El Presidente hizo referencia al documento G/NOP/W/5, nota de la Secretaría sobre los aspectos temporales de las obligaciones de notificación. Recordó que en reuniones anteriores algunas delegaciones habían expresado que la cuestión del calendario debió ser una consideración secundaria relacionada con el examen de los dos temas, la duplicación y la simplificación. En otras palabras, al hacer propuestas sobre estos dos temas la consideración de los aspectos temporales podía estar implícita más bien que tratarse como punto separado. También se hizo referencia a las ventajas que se derivarían de coordinar las fechas de presentación de las notificaciones que tuvieran alguna relación entre sí. 14. Al examinar este punto se sostuvo que la cuestión del calendario estaría subordinada a los temas principales de la duplicación y la simplificación/uniformidad. En efecto, poco se conseguiría tratando de aligerar la carga de la notificación simplemente mediante un cambio de las fechas de presentación. Sin embargo, la armonización de las comunicaciones, por ejemplo las relativas a las subvenciones agrícolas y demás subvenciones, en cuanto a las fechas de su presentación y en cuanto a su examen en los comités, facilitaría la labor en algunos casos. El calendario también tenía importancia cuando se utilizaban referencias cruzadas, vale decir cuando se utilizaba una sola notificación para responder a las obligaciones previstas en dos acuerdos. Punto 2A iv) del orden del día - Asistencia a algunos países en desarrollo para el cumplimiento de sus obligaciones de notificación 15. El Presidente señaló que en el Grupo se habían planteado dos puntos: i) invitar a la División de Cooperación Técnica y Formación a que expusiera sus actividades en este terreno; y ii) considerar la posibilidad de simplificar algunas obligaciones de los países en desarrollo y, posiblemente, elaborar comentarios explicativos para adjuntarlos a los modelos o cuestionarios. A continuación el Presidente

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invitó al Sr. A. Campeas, Director de la División de Cooperación Técnica y Formación, a que hiciera uso de la palabra. 16. El Sr. Campeas explicó que en el trabajo de la División se atribuía una gran prioridad al tema de las obligaciones de notificación. Señaló que la División había establecido en la persona del Sr. Marchese el centro de coordinación de sus actividades de asistencia en esta esfera, con el fin de facilitar explicaciones globales de las obligaciones de notificación y complementar la labor de las divisiones encargadas del funcionamiento de los acuerdos. Con respecto a los programas específicos, el orador dijo que para febrero de 1996 estaba previsto un seminario sobre notificaciones similar a la reunión celebrada en Ginebra en mayo de 1995. En él las secretarías de los diversos comités de la OMC presentarán ponencias sobre las obligaciones de notificación y se facilitarán textos y documentos conexos en apoyo de esas ponencias. En los seminarios periódicos de cooperación técnica impartidos por la División se viene incluyendo un módulo sobre la cuestión de los requisitos de notificación. El Sr. Campeas agregó que algunas misiones, especialmente en África, se habían concentrado específicamente en las obligaciones de notificación, y que se realizarían otras en el futuro dentro de los límites presupuestarios. Destacó que las actividades de cooperación técnica incluían la comunicación de información sistemática sobre los requisitos de notificación, las aclaraciones de las disposiciones pertinentes de los acuerdos y las respuestas a preguntas; sin embargo, las decisiones sobre la información concreta que habrían de presentarse y el método de reunirla correspondían, necesariamente, a cada uno de los Miembros. 17. Los delegados expresaron su reconocimiento por la presentación y por el incremento de los trabajos de cooperación técnica en materia de notificaciones. Se consideró que los comités encargados de examinar las notificaciones podrían beneficiarse de la información proveniente de la actividad de cooperación técnica que los ayudaría a ver las dificultades que plantea a los Miembros el cumplimiento de las obligaciones de notificación. 18. Sobre el segundo punto planteado por el Presidente se sugirió que en algunas esferas podría concederse una prórroga de los respectivos plazos a los países en desarrollo que se hallasen en proceso de establecer o notificar sus leyes o reglamentos relativos a algunos acuerdos. También se podrían considerar marcos temporales más amplios cuando fuese necesario traducir las leyes. Sobre la cuestión de simplificar los modelos, un delegado observó que quizá ello fuera posible para los países Miembros menos adelantados. Punto 2B del orden del día - Organización de los trabajos futuros, con inclusión de un programa de reuniones para 1996 19. El Presidente tomó nota de las directrices sobre la programación de las reuniones de los órganos de la OMC propuestas para el año siguiente (WT/GC/W/16). Observó que 1996 sería el último año de actividad del Grupo ya que, según su mandato, debía hacer recomendaciones al Consejo del Comercio de Mercancías para fin de año, y sugirió que los Miembros debían tratar de finalizar su labor, incluido el informe y las recomendaciones, para la primera semana de octubre. Con respecto a las fechas de la reunión el Presidente sugirió que, teniendo en cuenta la naturaleza de la labor del Grupo, sería conveniente celebrar reuniones bastante frecuentes pero más cortas, una vez al mes, durante un día entero o posiblemente medio día, según conviniera. 20. El Grupo autorizó al Presidente a concertar fechas provisionales para la primera semana de cada mes (con exclusión de agosto y la segunda semana de septiembre).

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Punto 2C del orden del día - Otros asuntos i)

Presentación por la Secretaría sobre el establecimiento del Registro Central de Notificaciones

21. Como se propuso en la última reunión, el Presidente había tomado disposiciones para una presentación por la Secretaría sobre los progresos logrados en la organización del Registro Central de Notificaciones. 22. La Secretaría recordó que la Decisión Ministerial por la que se estableció el Registro Central de Notificaciones preveía la creación de una base de datos que mantendría un inventario de todas las obligaciones de notificación en virtud de la OMC y un índice de todas las notificaciones enviadas a la Secretaría por los Miembros, en cumplimiento de estas obligaciones. El Registro contendría un archivo para cada notificación presentada por los Miembros, donde figuraría determinada información específica. Esta base de datos estaba en funcionamiento desde la primavera y utilizaba un sistema prototipo. Hasta el momento el Registro Central de Notificaciones había recibido información sobre 1.100 notificaciones aproximadamente y había creado unos 900 archivos. Se esperaba completar en breve la entrada de los datos restantes correspondientes a 1995. El prototipo que se estaba utilizando sería reemplazado por un nuevo sistema de soporte lógico, más poderoso, desarrollado en los últimos meses y actualmente en prueba. Se esperaba que este nuevo sistema sería plenamente operativo a principios de 1996. Cuando estuviese instalado la Secretaría contaría con un instrumento apropiado que le permitiría realizar las tareas mencionadas, y le ayudaría a cumplir con las obligaciones del Registro Central de Notificaciones en cuanto a facilitar información sobre el cumplimiento de los Miembros, e información acerca de notificaciones individuales a petición de cualquier Miembro con derecho a recibir la información de que se trate. ii)

Informe de 1995 al Consejo del Comercio de Mercancías

23. El Presidente comunicó que, según se le autorizó en la última reunión, había transmitido un informe (G/L/30) al Consejo del Comercio de Mercancías sobre las actividades del Grupo en 1995. iii)

Recapitulación del Presidente

24. El Presidente sugirió que en el nuevo año la Secretaría recopilara una nota amplia general sobre el cumplimiento de las obligaciones de notificación en 1995. De esta forma el Grupo contaría con una base útil de conocimientos que podría indicar zonas problemáticas dignas de su atención y, por lo tanto, le sería útil en sus deliberaciones del próximo año. El Presidente propuso que, a partir de la siguiente reunión, el Grupo pasara a la segunda etapa, vale decir a un examen a fondo de las cuestiones ya identificadas, lo que conduciría a la etapa final de formular recomendaciones y preparar su informe.

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