3.1- Arancel Básico Aduanero según Sistema Armonizado: 10%

Fecha de confección: 25/08/2009 1.-Descripción: Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado, desodorantes corporales, preparacione

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3.1.-Arancel Básico Aduanero según Sistema Armonizado: 100%
Fecha de confección: 19/08/2009   1.- Descripción del producto: Trigo y morcajo (tranquillón) (Los demás) 2.- Posición Arancelaria: 1001 90 (Argenti

Sistema Armonizado y Partidas Arancelarias
Sistema Armonizado y Partidas Arancelarias 2 Empezando por lo básico… NOMENCLATURA es 1) Un sistema de nombres utilizado en una arte o ciencia. P.e

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Fecha de confección: 25/08/2009

1.-Descripción: Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado, desodorantes corporales, preparaciones para el baño, depilatorios y demás preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones desodorantes de locales, incluso sin perfumar, aunque tengan propiedades desinfectantes.

2.- Posición Arancelaria: 3307 (Argentina) 3307 (India) 3.- Tratamiento arancelario: La India define cuatro categorías básicas para la importación de productos. Los productos incluidos en las diferentes listas pueden variar de tanto en tanto. La información suministrada a continuación corresponde a la actualización de Jun/2009. Las categorías de productos de importación son las siguientes: - Productos de importación prohibida, - Productos de importación restringida, - Productos de importación canalizada, y - Productos de importación libre Estos productos caen bajo la normativa de producto de importación libre y recibe el tratamiento arancelario que se resume a continuación.

3.1- Arancel Básico Aduanero según Sistema Armonizado: 10% 3.2.- Convenios vigentes con Argentina: El Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) y la India firmaron el 17 de Junio de 2003 un Acuerdo Preferencial de Comercio (APCMI) (http://commerce.nic.in/flac/india_mercosur_pta.htm) Este acuerdo entró en vigencia el 1 de Junio y fija el otorgamiento de preferencias arancelarias mutuas de entre 10 y 100% para una nomina de 452 posiciones arancelarias Mercosur a la India, y 450 posiciones arancelarias Indias al Mercosur. Las posiciones arancelarias correspondientes a este producto no están incluidas en el APCMI.

4.- Otras tasas o gravámenes a la importación: En adición al Arancel Básico Aduanero, las importaciones que ingresan a la India se ven gravadas con una serie de recargos con destinos específicos calculados sobre diferentes bases. La aplicación, o no, de los recargos adicionales varían según la posición arancelaria.

www.infodriveindia.com es un sitio que cuenta con el aval del Directorate General of Foreign Trade de la India. El mismo está dedicado a comentar y difundir diferentes aspectos de las políticas de importación y exportación de la India. El mismo cuenta con un capítulo dedicado al calculo de los derechos de importación de todas las posiciones arancelarias del nomenclador. Para el caso de Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado despachada por esta posición (http://www.infodriveindia.com/Calculator/CalculateCustomDuty.aspx?1=10&2=&3=8&4 =4&5=3&6=3&HSCode=3307 ) el cálculo arroja un recargo total a la importación de 24.67 %.

5.- Restricciones no arancelarias: Los siguientes productos son considerados cosméticos, y deben ajustarse a las especificaciones establecidas de tiempo en tiempo por BIS (Bureau of Indian Standards) 1. Talco 2. Talco para niños 3. Polvo para dientes 4. Pasta para dientes 5. Cremas para la piel 6. Aceites para el cabello 7. Champú, (jabón) 8. Champú, (detergente-sintéticos) 9. Cremas para el cabello 10. Tinturas oxidantes para el cabello, líquidos 11. Colonias 12 Esmaltes para las uñas 13. Lociones para después de afeitar 14. Pomadas y brillantinas 15. Depiladores químicos 16. Cremas de afeitar 17. Lápices cosméticos 18. Lápiz labial 19. Jabón de tocador 20. Jabón de tocador líquido 21. Jabón de tocador para bebes 22. Jabón para afeitar 23. Jabón de tocador trasparente 24. Bálsamo labial 25. Tinturas de cabello en polvo 26. Bindi (líquido) 27. Polvo Kum Kum

28. Polvo Henna 5.1- Requerimientos en Materia de Etiquetado Según el Acta de Drogas y Cosméticos 1945, y Reglas de Drogas y Cosméticos 1945 los fabricantes de cosméticos deben seguir las siguientes normas acerca del etiquetado de productos: 1. Las etiquetas exteriores e interiores deben llevar A) El nombre del cosmético B) El nombre del fabricante y la dirección completa de los locales del fabricante donde se ha fabricado el cosmético. 2. La etiqueta exterior debe llevar la declaración de contenidos netos expresado como peso sólido, semi-sólido o fluidos. 3. La etiqueta interior debe indicar, A) Indicaciones para uso seguro B) Avisos al consumidor C) Una lista de los nombres y las cantidades de los ingredientes peligrosos o venenosos. 4. Cada partida debe llevar un número distintivo de tanda de producción. 5. El número de la licencia de fabricación, el número debe ser precedido por la letra M 6. En los casos en que un cosmético sólo tiene una etiqueta, la etiqueta deberá contener toda la información requerida por las normas vigentes. 5.2- Requisitos de Importación específicos para cosméticos El Acta de Drogas y Cosméticas 1940 regula la importación de cosméticos, en la India. Según estas normas. 1. Las mercaderías deben ser acompañadas por una declaración mencionando los nombres y cantidades de cada producto, el nombre y dirección del fabricante. 2. Antes de importar las mercaderías una declaración firmada por el fabricante y/o el importador debe ser presentada al Cobrador de Aduana. Esta declaración indica que las mercaderías acatan las disposiciones del Capítulo III del Acta y las reglas, que hablan de la importación de drogas y cosméticas. 3. Si el oficial de aduanas entiende que las mercaderías no acatan dichas disposiciones puede instruir el análisis de una muestra. Los costos de estos análisis corren por cuenta del exportador/importador.

4. Si los resultados del análisis revelan la existencia de insumos prohibidos, el importador tiene que devolver las mercaderías dentro de 2 meses al país de fabricación o entregarlo a la agencia india correspondiente para su destrucción. 5. Según la Norma 43 A del Acta de Drogas y Cosméticos los cosméticos se despachan sólo por los siguientes puertos y aeropuertos: Chennai, Kolkata, Mumbai, Cochin, Nhava Sheva, Kandla, Delhi, Ahmedabad y Hyderabad, por ser estos los que cuentan con laboratorios habilitados para los análisis. 6. Las normas en materia de ingredientes químicos peligrosos para la salud (arsénicos, plomo, mercurio, hexaclorofeno etc) deben revisarse con detenimiento por parte de los exportadores. Para mayor información el The Drugs and Cosmetics Act 1945 se puede revisar en la siguiente dirección electrónica: http://cdsco.nic.in/html/Copy%20of%201.%20D&CAct121.pdf

6.- Documentación de aduanas: La siguiente es la documentación básica requerida por la Aduana India para trámites de importación: 1) Conocimiento de Embarque (Bill of Lading), u Orden de Entrega (Delivery Order)/Carta de Porte Aéreo (Airway Bill) (original del Conocimiento de Embarque debe ser debidamente firmado y sellado por el banco en el dorso del documento. El mismo documento también debe ser endosado por un funcionario autorizado de la empresa exportadora con el sello indicando su designación) 2) Factura Comercial sin formato predeterminado; se suele pedir el original y 3 copias. 3) Lista de Embalaje 4) Factura Proforma /Orden de Compra (específicamente el documento al que se hace referencia en la factura) 5) Catálogos/ Literatura Técnica 6) Copia de la Carta de Crédito / Carta de Crédito o Letra Bancaria cuando resulte necesaria. 7) Certificado de Seguro y Flete /Póliza de Seguro, solo se requieren si los términos de la operación son C&F/F.O.B. 8) Para productos en que se solicita un tratamiento arancelario preferencial (por ejemplo los casos de los productos incluidos en el Acuerdo Mercosur – APCMI) resulta necesario presentar el Certificado de Origen correspondiente. Los lineamientos generales por los cuales un producto queda incluido dentro de los alcances del APCMI y las condiciones para acceder a las preferencias arancelarias

acordadas se encuentran en el ANEXO III del Acuerdo y en la siguiente dirección electrónica de la agencia aduanera india: (http://www.cbec. gov.in/customs/cs-act/formatted-htmls/agmt-mercosur.htm). En esta última dirección electrónica también se encuentra el formulario de Certificado de Origen a ser completado con la información incluida en los demás documentos de exportación. Un funcionario de la empresa exportadora debe firmar el certificado, y este debe ser intervenido por una cámara de comercio en la Argentina. El número de las copias depende de las instrucciones del importador. No se han identificado documentos específicos adicionales. No obstante lo cual según el caso se sugiere consultar con un despachante de aduana. La información reunida en este punto fue extraída de las siguientes fuentes. http://www.ttb.gov http://www.cbec.gov.in

7.- Impuestos internos: La normativa tributaria india es compleja y varia según los estados. En el siguiente sitio: http://www.mahavat.gov.in se encuentra información sobre normas tributarias para el Estado de Maharashtra. Información sobre el cálculo y aplicación del IVA (VAT), se encuentra en siguiente dirección: http://www.sbc-ca.com/VAT%20Rate%20Schedule.pdf

8.- Estadísticas de comercio: 8.1.- Comercio de/hacia todo origen/destino 8.1.1.- Importación total India para esta posición arancelaria procedente de todo el mundo: Posición Arancelaria: 3307 Año

Valor (en millones US$)

Total importaciones Indias (en millones US$)

Volumen (en miles de Kg)

Participación en total importaciones Indias

11,180.73 12,510.9 9,773.02

0.0124 0.0124 0.0125

235,338.40 29.26 2008-09 251,562.26 31.12 2007-08 185,604.10 23.28 2006-07 Fuente: http://commerce.nic.in/

8.1.2.- Exportación total india para esta posición arancelaria con destino a todo el mundo: Posición Arancelaria: 3307 Año

Valor (en millones US$)

Total exportaciones Indias (en millones US$)

Volumen (en miles de Kg)

Participación en total exportaciones Indias

28,058.32 30,419.39 72,270.22

0.0549 0.0526 0.0612

131,126.62 72.04 2008-09 162,983.90 85.69 2007-08 126,262.67 77.28 2006-07 Fuente: http://commerce.nic.in/

8.2.- Comercio bilateral Argentino/Indio para la posición arancelaria 3307 (Argentina), 3307 (India) 8.2.1.- Importación total India procedente de la Argentina Posición arancelaria 3307

2007-2008

2008-2009(AprDec)

Variación %

0.04

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Fuente: http://commerce.nic.in/

Aclaración Metodológica La información que se ha consignado en los puntos anteriores se encuentra en permanente evolución y pueden haberse producido modificaciones entre la fecha de la elaboración de este informe y de consulta por parte del usuario. Adicionalmente en el caso de diferentes productos que se despachan a plaza por una misma posición arancelaria, las exigencias y documentación para sus despachos a plaza pueden ser diferentes. En este contexto la información brindada debe ser considerada orientativa y se recomienda consultar con el CGMUM o su despachante de aduanas para actualizar la operación.

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