360 SECRETARIA DE ECONOMIA

360 SECRETARIA DE ECONOMIA Clave Grupos de clasificación 39 Otros idiomas extranjeros V Se ignora NOTAS: a) Escribir la clave en la columna nú

13 downloads 229 Views 5MB Size

Story Transcript

360

SECRETARIA DE ECONOMIA

Clave

Grupos de clasificación

39

Otros idiomas extranjeros

V

Se ignora

NOTAS: a) Escribir la clave en la columna número 44. b) En la columna 44 se marcará una V cuando se trate de un extranjero, conforme a la anotación de la columna 42, en el caso de que la columna 44 aparezca en blanco. Religión (columnas 45 y 46). La crítica de este campo se hará conforme a las normas siguientes: a)

Cuando un empadronado no tenga anotación en ninguna de las

dos columnas, el crítico anotará la religión que tengan los demás miembros de la familia. En el caso de que la omisión afecte a todos los miembros de la familia, se marcará cruz en la columna 45 si el individuo es de nacionalidad mexicana y de apellidos propios de familias nacionales. Si es mexicano o extranjero, pero tiene apellidos no españoles, se anotará en la columna 45 la clave V relativa a "se ignora". b) En los casos de personas con anotación de: masón, espiritista,

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

impersonalista, teosofista, liberal, librepensador, etc., por la imposibilidad de determinar su religión se anotará en la columna 45 la clave correspondiente a "se ignora". c) Sólo cuando expresamente en la columna 46 exista la anotación de "ninguna", "sin religión", "agnóstico" o "ateo"; se escribirá la clave 5 que corresponde a otros sin religión. d) Si una persona aparece con cruz en la columna 45 y al mismo tiempo tiene una indicación en la columna 46, se pondrá en la columna 45 la clave de la religión cuyo nombre aparezca escrito en la columna 46, porque se supone que la anotación en la columna 45 se hizo erróneamente y en cambio se escribió la declaración del empadronado en la columna 46. e) El examinador escribirá las claves que correspondan, conforme a la tabla siguiente: Claves para la pregunta RELIGION (Columnas 45 y 46) Clav¿

Grupos de clasificación

1

Católica

2

Protestante (evangelista, metodista, bautista, presbiteriana, etc.)

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950 Clave

361

Grupos de clasificación

3

Israelita

4

Otros con religión indicada

5

Otros sin religión

V

Se ignora (cuando la columna 45 y la 46 vengan en blanco)

NOTA: La clave se escribirá en la columna número 45. Por costumbre (columnas 47 a 50). Para hacer la crítica de este campo se observarán las siguientes normas: Columna 47 a) Para todas aquellas personas menores de un año y que, por tanto, tienen la anotación de cero en la columna 9, se escribirá con lápiz rojo una M en la columna 47 e inmediatamente se trazará línea azul de la 48 a la 57. b) En el caso de que aparezca sin anotación esta columna para personas mayores de un año, se anotará "sí" o "no" según la anotación predominante entre los miembros de la familia. Si no se puede aplicar se escribirá "sí" o "no" según las anotaciones predominantes en el cuestionario cuando no sea posible aplicar las reglas dadas con anterioridad, se utilizará la clave V relativa a "se ignora". Una vez depurada la columna 47 conforme a lo ya indicado, se escribirá lo que corresponda según la tabla siguiente: Claves para la pregunta COME PAN DE TRIGO (Columna número 47) Clave M

Grupos de clasificación Para los menores de un año (inmediatamente trazar raya azul de la columna 48 a la 57)

V

Se ignora

NOTA: La clave se escribirá en la columna número 47. Columnas 48 a 50 a) Se aplicarán las mismas normas que se dan, en el inciso 6), para la columna 47. b)

Cuando en alguna de estas columnas aparezcan comillas u otro

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

esta norma por no aparecer anotaciones para los miembros de la familia,

362

SECRETARIA DE ECONOMIA

símbolo semejante, el examinador escribirá sobre el mismo la clave que corresponda. c) En los casos en que por error del empadronador haya anotaciones simultáneas en dos o más columnas de la 48 a la 50, se circundará con lápiz rojo la anotación que se considere correcta tachándose con lápiz azul la incorrecta. Como correcta se tomará la que corresponda a los demás miembros de la familia o la que predomine en el cuestionario. d) En la columna 48 se escribirá la clave que corresponda, conforme a la tabla siguiente: Claves para la pregunta sobre CALZADO (Columnas 48 a 50) Clave

Grupos de clasificación

1

Zapatos

2

Guaraches

3

Descalzo

V

Se ignora

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

NOTA: La clave se escribirá en la columna número 48. Características de la vivienda (columnas 51 a 57). La crítica de este campo se hará conforme a las normas siguientes: a) Trazar una línea azul de la columna 51 a la 57, para todas aquellas personas que no tengan anotación de "Jefe de familia censal" en la columna 5. Cualquier anotación en las columnas 51 a 57 que se encuentren en un renglón que no corresponda a un jefe de familia, táchese, a no ser que un simple examen indique que ha habido error de colocación de las anotaciones. Al efecto se indicará con una línea o flecha la colocación correspondiente. b)

Para todo jefe de familia censal que no traiga anotaciones de

la columna 51 a la 57, se escribirá una V en la columna 51. Columna 51 En la columna 51 debe haber siempre anotación de "sí" o "no", sólo para los jefes de familia, en el caso de que haya anotaciones en cualquiera de las columnas de la 52 a la 57. Si la columna 51 aparece en blanco existiendo anotaciones en las columnas de la 52 a la 57, para jefes de familia, escríbase la palabra "no" en la 51.

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950

363

Columna 52 El examinador deberá trazar una línea vertical, en color azul, bastante tenue, a lo largo de la columna número 52, abarcando del renglón 1 al 45, o bien hasta el último renglón que esté lleno dentro del cuestionario, ya que estos datos serán materia de posterior tabulación especial. Columna 53 El examinador deberá escribir la clave que corresponda al material predominante en los muros o paredes de la casa o vivienda, conforme a la tabla de claves que a continuación se cita. En el caso de no existir anotación relativa al material de construcción de que está hecha la casa o vivienda, deberá escribirse la clave correspondiente al material predominante en el mismo cuestionario y, en su caso, al que domine en los cuestionarios de la localidad. Sólo en caso de que no se pueda aplicar la norma anterior, se escribirá la clave V relativa a "se ignora". Claves para la pregunta sobre MATERIAL PREDOMINANTE EN LOS MUROS

Clave

Grupos de clasificación

1

Adobe

2

Embarro

3

Ladrillo o tabique

4

Madera

5

Manipostería

6

Piedra sobrepuesta

7

Varas

9

Otros materiales

Y

Se ignora

NOTA: La clave se escribirá en la columna número 53. Columnas 54 a 57 a)

El examinador deberá escribir en la columna 54 la clave que co-

rresponda, según la anotación que aparezca en cualquiera de las columnas de la 54 a la 57, las que, como el examinador puede observar, se excluyen una a otra. Esto quiere decir que una anotación en alguna de estas 4 columnas hace lógicamente imposible otra anotación en cualquiera de las otras 3 columnas. En el caso de que el empadronado haya

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

(Columna 53)

364

SECRETARIA DE ECONOMIA

incurrido en el error de poner anotación en dos o más columnas de la 54 a la 57, deberá escribirse con lápiz rojo la clave que corresponda a la anotación correcta que será la dominante en el cuestionario o en la mayoría de los cuestionarios de la localidad. b) Cuando no haya ninguna anotación en las columnas de la 54 a la 57, se anotará una V en la columna 54.

La tabla de claves relativa

a las columnas de la 54 a la 57 es la siguiente: Claves para la pregunta SERVICIO DE AGUA EN LA VIVIENDA (Columnas 54 a 57) Clave

Grupos de clasificación

1

Agua entubada de uso exclusivo

2

Agua entubada de uso común (hidrante)

3

Pozo

4

Algibe o depósito

V

Se ignora o carece de servicio

NOTA: La clave se escribirá en la columna número 54.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

4. Material de trabajo y notas relativas.

El material de trabajo de

que será dotado el examinador es el siguiente: a) Cuestionarios censales que serán entregados al examinador, por el Jefe de Grupo respectivo, debidamente enlegajados. b) Instructivo para la crítica. c) Catálogo de Claves para la clasificación de ocupaciones, posición en el trabajo y ramas de actividad económica. d) Lápiz o lapicero con puntilla de color rojo. e) Lápiz o lapicero con puntilla de color azul. /) Una goma de borrar. g) Una regla. h) Hojas para rendir el informe diario de trabajo. i) Hojas para sugestiones y proposiciones. ;) Otro material necesario para la realización del trabajo. Indicaciones: 1) El crítico invariablemente deberá usar el lápiz de color azul para testar las anotaciones erróneas contenidas en los cuestionarios. La eliminación de las anotaciones incorrectas se hará de tal manera que quede visible la anotación incorrecta. EL CRITICO NUNCA DEBERA BORRAR LAS ANOTACIONES PUESTAS POR EL EMPADRONADOR.

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950

365

2) El crítico invariablemente deberá usar el lápiz de color rojo para escribir las claves, para hacer las anotaciones que suplan la falta u omisión de datos y para anotar los datos correctos que substituyan a los erróneos. 3) Invariablemente las claves deberán escribirse en los lugares que se indican, para cada caso, en este instructivo. 4)

Cualquier anotación original defectuosamente escrita, deberá ser

aclarada con lápiz rojo por el examinador. 5. Carácter de las instrucciones. Estas instrucciones deben aplicarse rigurosamente y de manera invariable en todos los casos. Los problemas de crítica y de clasificación que no puedan resolverse de manera directa mediante este instructivo, se resolverán ajustándose a las disposiciones complementarias que, por escrito, dé a conocer la Oficina Central de Control del Censo de Población, las que se aplicarán en lo futuro con carácter general a todos los casos idénticos o similares que se vayan presentando. Estas instrucciones deberán ser aplicadas sistemáticamente en cada uno de los renglones del cuestionario, ya que de esto depende la aplicahabitantes según sus características. Estas instrucciones están sujetas a modificaciones de acuerdo con lo que aconseja la práctica, pero ningún examinador ni revisor podrá modificarlas por sí mismo. Todas las modificaciones serán dadas a conocer, por escrito, por la Oficina Central de Control del Censo de Población. Las modificaciones que sufran estas instrucciones tendrán como base las sugestiones que los examinadores y revisores hagan, derivadas de las observaciones que desprendan de la ejecución práctica de su trabajo. Dichas sugestiones serán expuestas por duplicado sobre la forma a esqueleto especial que se pondrá a su disposición (forma número 5) la que entregarán directamente a la Oficina Central de Control del Censo de Población. Toda sugestión aceptada por el C. Director, según sea la importancia de ella, su autor será gratificado con una cantidad de hasta $ 20.00. 6. A.

Control de trabajo. El trabajo de crítica se realizará en dos turnos: uno matutino

de las 8 a las 14.30 horas, y otro vespertino de las 16.30 a las 21.30.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

ción de normas uniformes, que sirvan para clasificar y agrupar a los

366

SECRETARIA DE ECONOMIA

Según las necesidades del trabajo se establecerá el número de plazas que se aceptarán para cada turno. En caso necesario, se podrá establecer un tercer turno cuya duración se fijará oportunamente. B.

Habrá un Delegado de Crítica, el que estará bajo las órdenes

directas del Jefe de la Oficina Central de Control del Censo de Población y sus obligaciones serán las siguientes: a) Distribuir y ordenar el trabajo entre los jefes de grupo de crítica. b) Vigilar la ejecución de las órdenes administrativas expedidas por el Jefe de la Oficina Central de Control del Censo de Población. c) Dictaminará sobre la suspensión o destitución de los examinadores de acuerdo con las instrucciones que se incluyen en la parte relativa de este instructivo. d) Será el responsable del cómputo periódico de liquidación a los examinadores, preparando para el efecto, quincenalmente, con toda oportunidad, los documentos administrativos correspondientes. e) Vigilará el orden y el aseo, organizará la limpieza de los salones y arreglo del mobiliario y de la documentación.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

/) Hará las requisiciones mensuales de utilería y demás material de trabajo necesario para los examinadores, y será el responsable de su distribución. g) Será el responsable de la oportunidad y corrección de los trámites relativos al recibo y entrega de los legajos. h) Resolverá las dudas que sobre crítica presenten los jefes de grupo en la interpretación de las instrucciones dadas a conocer por la Oficina Central de Control del Censo de Población. i) Si algún punto no está cubierto por las instrucciones, lo someterá a la consideración del Jefe de la Oficina Central de Control del Censo de Población, y oportunamente dará a conocer a los examinadores la norma que se adopte. El delegado de Crítica estará auxiliado por un ayudante y una secretaria. C.

Habrá un jefe de grupo por cada 25 examinadores. Los jefes

de grupo serán los superiores inmediatos de los examinadores, y sus obligaciones serán. a) Distribuir los legajos entre los examinadores de manera que un mismo examinador no trabaje más de un legajo del mismo municipio.

MEMORIA DE LOS, CENSOS 1950

367

6) Conservar la disciplina del personal y asignar las mesas de trabajo. c) Atender las consultas que le hagan los examinadores que están bajo su control, para lo que acudirá a la mesa de trabajo del examinador, d) Llevar un registro de disciplina del personal a sus órdenes, para la aplicación de estímulos y sanciones. e) Será el responsable directo del control diario de labores, así como de la exactitud del informe diario de trabajo, el que llevará por medio de los informes individuales diarios que los examinadores deberán rendir en el momento de terminar su jornada. Dichos informes diarios individuales se rendirán utilizando formas o esqueletos mimeográficos, y el jefe de grupo los aceptará sólo provisionalmente, para ayudarse a requisitar de manera definitiva la "Hoja de Crítica", así como la "Hoja de producción de Crítica" de cada examinador, la que se ajustará, para fines de pago y de sanciones, tomando en consideración los errores cometidos por el examinador, encontrados en la revisión de la Crítica. jos, con la Oficina Receptora de Documentación Censal, llenando la hoja de control respectiva. g) Trabajará directamente bajo las órdenes del delegado de Crítica. 7.

Medidas disciplinarias.

Con la finalidad de asegurar la rapidez

y calidad del trabajo, el examinador deberá observar las normas siguientes : a) Todo examinador que falte a su trabajo más de dos días, seguidos o no, durante el mes, cualquiera que sea la causa, excepto por enfermedad que impida salir de la casa, debidamente comprobada con certificado médico, será suspendido definitivamente. En caso de enfermedad que no permita salir a la calle, 6 días será el máximo de faltas tolerable. b) También será suspendido definitivamente quien no alcance el mínimo promedio diario de trabajo que esté vigente. c) La crítica no significa una substitución de los datos originales, lo que está estrictamente prohibido hacer al examinador, sino que sólo tiene por objeto corregir las omisiones e incompatibilidades visibles, así como aquellas que se desprendan de las relaciones que lógicamente deben existir entre unos datos y otros. La alteración dolosa de algún dato será motivo de suspensión definitiva.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

/) Correrá los trámites relativos al recibo y entrega de los lega-

368

SECRETARIA DE ECONOMIA

d) Será motivo de suspensión o destitución, según la gravedad de la falta, el descuido o negligencia en el trabajo, la falta de veracidad al rendir el informe diario de labores, la no observancia de las instrucciones de crítica y cualquier hecho u omisión que retrase el trabajo o que cause perjuicios al mismo, a los muebles, máquinas, útiles o documentos. e) Cuando en la revisión del trabajo de un examinador o revisor se encuentren errores fundamentales que excedan del límite de tolerancia que esté vigente, el examinador o revisor será suspendido definitivamente. /) Los examinadores y revisores responsables de errores en la colocación de claves de localidades y municipios, serán suspendidos definitivamente. Como es obvio, esta clase de errores tienen suma gravedad y, por tanto, se sancionarán en la forma indicada, lo mismo que los errores consistentes en incluir o pasar inadvertida la incorrecta colocación de un cuestionario en un legajo o el de estar en un legajo que no corresponda. El personal de crítica y supervisión será contratado a destajo. La aceptación del trabajo supone, de parte del empleado, su conformidad con las cuotas de remuneración (de destajo) y los coeficientes de erro-

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

res tolerables y la obligación de aplicar con cuidado e invariablemente estas normas de crítica. Ei censo de población de 1950 se diferencia fundamentalmente de los censos anteriores por ser el primer censo mexicano de población que se hace, en algunos aspectos esenciales de conceptos o preguntas y definiciones, dentro de normas mínimas de carácter internacional. Por tanto, la organización y la iniciación de estas labores está supeditada al desarrollo de trabajos técnicos que realizan organismos internacionales, en los cuales nuestros país está representado por la Dirección General de Estadística y ha participado varios años directamente en la formulación de normas y proyectos. Como los recursos presupuéstales de que se ha dispuesto y se puede disponer para los trabajos de los censos de 1950, son notablemente inferiores a los disponibles en censos anteriores, se ha debido dar a los trabajos de levantamiento y crítica la organización adecuada para obtener la mavor eficiencia y rapidez con el mejor aprovechamiento de esos muy limitados recursos. A estos esfuerzos deben prestar su cooperación los examinadores. Los empadronadores de los grandes centros de población fueron personas que tienen en general un nivel homogéneo, relativamente alto, de preparación; en los poblados medianos y pequeños, fué también ho-

selección de enumeradores. grado de instrucción y el conferencias con ejercicio» y sus instructivos.

Grupo de señoritas que fueron preparadas como empadronadoras en Rayón, S. L P.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Los jefes de ios sectores del Censo reciben instrucciones para la ¡Los «numeradores fueron seleccionados teniendo en cuenta su lugar en que tenían su casa habitación. Se les dieron varias para que tuvieran conocimientos sobre ios cuestionarios

370

SECRETARIA DE ECONOMIA

mogéneo su nivel de instrucción aunque un poco menor, por razones derivadas de la estructura social de la nación. Por estos motivos, en cierta proporción de legajos los examinadores encontrarán pocos errores y omisiones del empadronador, en tanto que en otros legejos esos errores serán en mayor cantidad. En el conjunto de trabajo se compensarán los legajos más fáciles, menos laboriosos, con los más difíciles dt trabajar. A cada paso de su trabajo, el examinador no debe perder de vista que el censo de población se levantó con empadronadores que eran ciudadanos que desempeñaron

gratuitamente su

función

de empadro-

nadores, utilizando todos el mismo cuestionario y recibiendo las mismas instrucciones. Como la cooperación de las autoridades municipales y la calidad de los organizadores censales y de las personas que encabezaron el trabajo en cada municipio y localidad varía naturalmente de un lugar a otro, la calidad de los datos, para algunas preguntas relativamente difíciles, varía también de un lugar a otro; en tanto que es muy uniforme la calidad, en todo el país, de los datos referentes a las preguntas censales que no ofrecen especial dificultad para su comprensión. El levantamiento del censo general de población del 6 de junio de 1950, según la opinión unánime de la prensa nacional y de los observaDGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

dores nacionales y extranjeros, se efectuó con buen éxito. Por tanto, en la etapa de la crítica el trabajo cuidadoso de los examinadores y revisores debe tender a responder, con sentido de responsabilidad, al satisfactorio éxito alcanzado en el levantamiento del censo, para que la crítica de los datos recogidos en éste, esté en consonancia con la calidad del trabajo del levantamiento.

CATALOGO

DE

CLAVES

PARA LA CLASIFICACION DE OCUPACIONES

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Posición en el trabajo y ramas de actividad económica

CATALOGO DE CLAVES PARA LA CLASIFICACION DE OCUPACIONES, POSICION EN EL TRABAJO Y RAMAS DE ACTIVIDAD ECONOMICA Este Catálogo de Claves para la Clasificación de Ocupaciones, Posición en el Trabajo y Rama de Actividad Económica, está constituido por tres partes: I. Clasificación de ocupaciones: al Clasificación de ocupaciones por grupos mayores; b)

Clasificación de ocupaciones en grupos y subgrupos, de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión del Censo de las Americas de 1950, del Instituto Interamericano de Estadística: Tercer Proyecto.

II. Clasificación de la posición en el trabajo o posición ocupacional.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

III. Clasificación de las actividades económicas: a)

Clasificación de actividades económicas por grandes ramas de actividad;

bI

Clasificación de las actividades económicas por rama de actividad, divididas en grupos y subgrupos, de conformidad con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas

(Oficina de Estadística de las Naciones

Unidas.—Informes Estadísticos. Serie M, número 4. Lake Success. N.

31 de octubre de 1949).

Para facilitar la aplicación, se formaron dos índices. ai

Indice alfabético de ocupaciones indicando para cada ocupación

la clave correspondiente; b)

Indice alfabético de actividades económicas, con indicación, para

cada una. de la clave respectiva. Este volumen está destinado a estudio, consulta y aplicación en el trabajo de crítica v puesta de claves de los datos anotados por los empadronadores cívicos en los cuestionarios del 79 Censo General de Población, levantado en los Estados Unidos Mexicanos el martes 6 de junio de 1950. Conforme a este sistema de claves, serán necesarias seis cifras para determinar específicamente la ocupación, posición ocupacional y rama

374

SECRETARIA DE ECONOMIA

de actividad de cada persona. Las dos primeras cifras servirán para determinar la ocupación. La tercera corresponderá a la posición ocupacional y las tres últimas a la rama de actividad. A pesar de que la adopción de esta clasificación de ocupaciones, de posiciones ocupacionales y de ramas de actividad, creará algunos problemas de comparabilidad con las clasificaciones adoptadas en la tabulación de los censos mexicanos de población que se han venido levantando desde 1895 hasta 1940; la Dirección General de Estadística adoptó, para la tabulación de los datos del 7(? Censo General de Población de 1950, esta clasificación, no sólo para el objeto de mejorar la estructura y ciertas características de clasificación en esta materia, sino con el fin de cooperar en la labor de coordinación y uniformación básica que vienen realizando las Naciones Unidas y especialmente la Comisión del Censo de las Americas de 1950, instituciones a las que México ha prestado la cooperación necesaria con motivo de la preparación, levantamiento y tabulación de los Censos de Población y Agricultura de 1950. Se encargaron de este trabajo el Sr. Lic. Gilberto Loyo, Director General de Estadística, y el Sr. Ing. Rodolfo Flores Tal aver a, Jefe de la Oficina Central de Control del Censo General de Población. Auxiliaron al paciones y actividades, los señores licenciados Oscar Morales Cabanas, Pablo Patino Rodríguez y el estudiante de Economía Rafael Lagos Moreno. La necesidad de efectuar los trabajos de crítica, puesta de claves, perforación y tabulación de este Censo de Población, dentro del menor tiempo posible y conforme a los muy reducidos recursos disponibles, explica por qué no se adoptó una clasificación más detallada. México, D. F., a 22 de enero de 1951.

I. CLASIFICACION DE OCUPACIONES GRUPOS MAYORES Grupo 0 1 2 3 4

Denominación Profesionales, técnicos y trabajadores afines. Gerentes, administradores y funcionarios de categoría directiva, excepto agrícolas. Oficinistas y trabajadores afines. Vendedores y similares. Agricultores, ganaderos, madereros, pescadores, cazadores y trabajadores afines.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Sr. Ing. Flores Talavera, en labores de ordenamiento alfabético de ocu-

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950 Clave

375

Denominación y definición

5

Trabajadores en minas metálicas y no metálicas, en pozos petroleros y de gas, y en canteras, salinas, etc.

6 y 7

Artesanos y trabajadores que intervienen directamente en procesos de producción y trabajadores en la conducción de medios de transporte.

8

Trabajadores y jornaleros no ocupados directamente en

9

procesos de producción. Trabajadores de servicios y similares.

CLASIFICACION

DE

OCUPACIONES

GRUPOS MAYORES Y SUBGRUPOS La clave correspondiente a la ocupación principal del empadronado (columnas 22, 23 y 24 del cuestionario censal) se escribirá con dos cifras en la forma siguiente: GRUPO 0

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

PROFESIONALES. TECNICOS Y TRABAJADORES AFINES Definición: INCLUYE a las personas dedicadas a trabajos de tipo predominantemente intelectual y que requieren preparación altamente especializada y también a quienes estén comprendidos en alguno de los siguientes grupos, y, además, que llenen alguno de los requisitos que se indican: a) ingenieros, médicos, abogados, profesores, etc., dedicados a ocupaciones que requieren para su ejercicio una extensa instrucción académica en campos especializados y la posesión de un título o de un diploma equivalente, b) Personas cuya actividad profesional se relaciona con expresiones de orden literario o artístico, de orientación religiosa o espiritual, o de diversión, como escritores, pintores, músicos, sacerdotes, bailarines, etc. Estas ocupaciones, aun cuando necesitan de una amplia instrucción o experiencia, no requieren un título o licencia académica, c I Personas dedicadas a ocupaciones auxiliares o afines a una profesión técnica que exige conocimientos o preparación especializada, pero no un diploma o licencia para la aplicación práctica de sus conocimientos, d) Trabajadores afines que son aquellas personas dedicadas a labores de carácter generalmente comparable con las anteriores ocupaciones, es decir, que exigen determinado conocimiento o experiencia, como bibliotecarios, fotógrafos, intérpretes, traductores, etc. EXCLUYE a los capitanes y oficiales de navegación, pilotos y navegantes aéreos. También se excluye de este grupo a las personas que poseen preparación profesional, pero que en realidad están dedicadas a ocupaciones clasificadas en otras categorías, como las personas que tienen un título profesional, pero que están empleadas como funcionarios de categoría directiva en el gobierno o en empresas industriales, comerciales, de transportes, etc.

376 Clave 00

SECRETARIA DE ECONOMIA Denominación y definición Ingenieros; profesionales y técnicos afines Definición: INCLUYE a los profesionales técnicamente preparados que están dedicados a cualquier actividad de la ingeniería (civil, arquitectónica, mecánica, industrial, minera, eléctrica, química, etc.), o bien a actividades afines como son la agrimensura, la agronomía u otras análogas. Comprende también a los técnicos con ocupaciones relacionadas con las profesiones anteriormente descritas.

01

Químicos, farmacéuticos y técnicos de laboratorio Definición: INCLUYE a los profesionales técnicamente preparados que se dedican a investigaciones químicas o a Ja preparación de productos químicos y farmacéuticos, y quienes, para ejercer, deben poseer un título o licencia. Incluye a los técnicos de laboratorios químicos, biológicos, médicos u odontológicos que necesitan conocimientos técnicos especializados, pero no necesariamente un título o licencia para ejercer.

02

Profesores, maestros o enseñantes en grados preescolares y primarios

03

Profesores y maestros en escuelas de segunda enseñanza, técnicas y universitarias Definición: INCLUYE a las personas que se dedican a actividades docentes, en un plano superior■ de enseñanza. En este grupo se incluyen tanto a las que ejercen en planteles educacionales como a las que ejercen por su cuenta, fuera de establecimientos de educación.

04

Investigadores y técnicos en ciencias y en humanidades Definición: INCLUYE a todas las personas con ocupaciones técnicas altamente especializadas en la investigación. Ejemplos: investigadores en agronomía, biología, matemáticas, físicos, naturalistas, estadísticos, sociólogos, economistas, etc. La ocupación de investigador requiere una preparación o calificación que puede comprobarse mediante título o diploma, o bien por el hecho de pertenecer a instituciones científicas que exigen requisitos equivalentes a estudios especializados.

05

Abogados, notarios, jueces y trabajadores afines Definición: INCLUYE: o) Funcionarios públicos con autoridad para presidir juzgados o tribunales y para dictar sentencia sobre asuntos en litigio, b) Personas que poseen un título universitario y por lo mismo están autorizadas para ejercer como patronos en litigios, como consejeros legales y como representantes de las partes en procedimientos legales, c) También quedan comprendidas en este grupo las personas con ocupaciones especializadas que requieren el conocimiento de la ley en lo relativo a procedimientos legales como los jueces de paz, encargados del registro público de la propiedad, del registro civil, etc.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Definición: INCLUYE a las personas dedicadas a la enseñanza en instituciones educacionales, o fuera de ellas.

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950 Clave 06

377

Denominación y definición Médicos cirujanos titulados y dentistas titulados Definición: INCLUYE a todos los profesionales que necesitan, para ejercer, de un título que certifica precisamente sus conocimientos sobre medicina y cirujía.

07

Enfermeros, enfermeras, parteros y parteras profesionales con título o diploma; pasantes y practicantes de medicina; otros profesionales y técnicos afines a la profesión médica como veterinarios, osteópatas, quiroprácticos, optometristas, etcétera Definición: INCLUYE: a) Todas las personas que poseen un título que certifica sus conocimientos en partos y enfermería, b) A los pasantes y practicantes de medicina, c) Otras personas con profesiones especializadas, relacionadas con la medicina, que requieren también, generalmente, la posesión de diploma o licencia para su ejercicio.

08

Escritores, autores, pintores, escultores, músicos y todos los demás artistas; atletas profesionales y otros con ocupacio-

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

nes afines Definición: INCLUYE: a) Personas dedicadas profesionalícente a escribir, a la creación de obras musicales o dramáticas, pintura, escultura o a otras ocupaciones relacionadas con las artes, b) Personas cuya ocupación se relaciona con el esparcimiento y las diversiones y cuya característica principal es que la habilidad y preparación altamente especializada que poseen, la ponen de manifiesto ante un público. 08

Editores, periodistas, reporteros, locutores de radio y trabajadores afines Definición: INCLUYE a todas aquellas personas cuya ocupación requiere una determinada especialización, técnica y habilidad en la captación y presentación al público de, hechos, acontecimientos, etcétera.

09

Otras ocupaciones profesionales (religiosas y trabajadores de bienestar social y caridad; bibliotecarios, intérpretes, traductores, fotógrafos, .etc.) Definición: INCLUYE a todos los trabajadores que tienen una especialidad y preparación técnica en determinada actividad, no considerada ya en otros subgrupos de clasificación. EXCLUYE a los miembros y empleados de órdenes o agrupaciones religiosas que se dedican, especialmente, a actividades remuneradas como los sacerdotes o monjas dedicados a la enfermería. También se excluyen los administradores, oficinistas y artesanos empleados por una institución religiosa.

378

SECRETARIA DE ECONOMIA

GRUPO 1 GERENTES, ADMINISTRADORES Y FUNCIONARIOS DE CATEGORIA DIRECTIVA, EXCEPTO AGRICOLAS Definición: INCLUYE: a) Personas ocupadas en la gerencia o dirección de un negocio, agencia o unidad administrativa que puede ser de índole gubernamental o privada, o de organizaciones e instituciones sin fines de lucro, b) Personas que ejercen funciones auxiliares de las anteriores, como funcionarios de elección popular, miembros de cuerpos legislativos e inspectores con autoridad para hacer cumplir la ley. Quedan comprendidos dentro de este grupo los jefes y oficiales de las fuerzas armadas. EXCLUYE a los propietarios, gerentes y administradores en la agricultura, caza y pesca.

10

Denominación y definición Funcionarios públicos de categoría directiva y de inspección Definición: INCLUYE a los funcionarios públicos designados por elección, por nombramiento o por prueba de capacitación, así como a los trabajadores afines que son responsables de funciones legislativas, administrativas o directivas de naturaleza similar a ías que a continuación se citan: Presidente de la República, gobernador de una entidad federativa, presidente municipal, secretario de estado, director general, miembro de un cuerpo legislativo, etc. Se incluyen también los inspectores con autoridad reguladora o coercitiva. EXCLUYE a los directores, gerentes y administradores de empresas propiedad del gobierno o con participación del gobierno, ya sean de transportes, industriales, de finanzas, de comunicaciones, etc. También se excluyen los oficiales de la policía y de los cuerpos de bomberos.

11

Jefes y oficiales de las fuerzas armadas Definición: INCLUYE a todos los jefes y oficiales del ejército, armada y íuerza aérea.

12

Propietarios, gerentes, directores y administradores en el comercio al por mayor o al por menor Definición: INCLUYE a todas las personas que administran o dirigen un negocio, como propietario o como empleados directivos o funcionarios con atribuciones de administración o de superintendencia.

13

Propietarios, gerentes, directores y administradores de toda clase de establecimientos industriales Definición: INCLUYE a todas las personas que administran o dirigen un establecimiento o negocio de industrias extractivas o de transformación, de propiedad privada, gubernamental o mixta. Comprende también a los funcionarios de categoría comparable a gerentes y administradores que trabajan como directores de personal, jefes de ventas, etc., en los establecimientos o negocios industriales mencionados. EXCLUYE a los propietarios, gerentes y administradores en la agricultura, pesca, caza v comercio al por mayor y ai por menor; los

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Clave

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950 Clave

379

Denominación y definición capataces y subordinados con funciones similares en todas las ramas de actividad económica; los propietarios o trabajadores independientes dedicados principalmente a las mismas labores ejecutadas por empleados de su propia empresa. Por ejemplo, panaderos y pintores (por cuenta propia), las amas de llaves en casas de huéspedes, pensiones, hoteles, etc.

14

Otros directores, gerentes y administradores Definición: INCLUYE a todas las personas que tienen el carácter de directores, gerentes y administradores de empresas no comerciales o industriales, como instituciones bancarias, de seguros, bienes raíces, transportes de toda clase y almacenaje, correos, teléfonos, telégrafos y otros servicios públicos de carácter gubernamental o privado. Asimismo incluye a personas que en instituciones de fines no lucrativos trabajan como administradores, gerentes, directores o en otros empleos similares de carácter directivo.

GRUPO 2

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

OFICINISTAS Y TRABAJADORES AFINES Definición: INCLUYE: a) Personas cuyos trabajos consisten en redactar, escribir, clasificar, archivar o despachar comunicaciones escritas o documentos; en el manejo de dinero dentro o fuera de las oficinas, b I Personas que bajo las órdenes de un superior desempeñan trabajos de oficina similares a los descritos en el inciso anterior, c > Otras personas que se dedican a trabajos más o menos comparables con los ya citados, como telefonistas, mensajeros, carteros, taquilleros, tomadores de tiempo, etc. Clave 20

Denominación y definición Taquígrafos, mecanógrafos y operadores de máquinas de oficina en general Definición: INCLUYE, además de los taquígrafos, mecanógrafos y secretarios de oficina, a las personas dedicadas a ocupaciones que, por lo general, requieren de un período de preparación en el manejo de máquinas especializadas que se utilizan en oficinas (máquinas de contabilidad, de perforación, tabulación, etc. I.

21

Oficinistas en el ramo de contabilidad, caja, cobranza, archivistas y otras ocupaciones afines Definición: INCLUYE a todas las personas que desempeñan funciones de índole administrativa o trabajos similares que presentan como características de importancia las siguientes: o) Necesidad de un período de estudio, preparación o experiencia, como requisito indispensable para adquirir la habilidad necesaria, b) Responsabilidades especiales para el manejo de dinero o de cuentas financieras, o habilidad para tratar con el público. Quedan comprendidos en este subgrupo los contadores, tenedores de libros, auditores y cajeros.

380 Clave 22

SECRETARIA DE ECONOMIA Denominación y definición Oficinistas no especializados y trabajadores afines Definición: INCLUYE a las personas que desempeñan trabajos de oficina o administrativos de carácter secundario y para cuya ejecución necesitan de conocimientos elementales y su cometido no implica gran responsabilidad. Ejemplos: mensajeros, empleados de correspondencia, archivistas de correspondencia, ayudantes de bibliotecas, de consultorios médicos, de bufetes, de despachos; cuidadoras, mandaderos de oficinas, etc.

GRUPO 3 VENDEDORES Y SIMILARES Definición: INCLUYE: a) Personas que venden artículos y productos de toda clase, bienes raíces, valores o servicios, b) Trabajadores en ocupaciones afines o auxiliares de aquéllas como agentes viajeros, dependientes de mostrador, agentes de ventas, demostradores, solicitantes de pedidos, agentes de publicidad, vendedores al martillo, etc.

30

Denominación y definición Vendedores al por menor, dependientes v vendedores ambulantes Definición: INCLUYE: a) Personas que se dedican bajo vigilancia, a venta de productos en tiendas al por menor, b) Vendedores de productos o artículos en puestos o mostradores en las calles, plazas, mercados o a domicilio y vendedores ambulantes. También quedan incluidos en este subgrupo los agentes viajeros dedicados a las ventas al por menor.

31

Otros vendedores, agentes de ventas y trabajadores afines Definición: INCLUYE; «) Personas dedicadas a la venta de productos como agentes de ventas al por mayor o como representantes de fábricas. b) Personas dedicadas a venta de bienes raíces, valores, seguros o servicios especializados, como por ejemplo de publicidad o subscripciones, c) Personas que prestan sus servicios en ventas especializadas como rematadores, demostradores, etc. EXCLUYE a los trabajadores que son designados como agentes, pero que no se dedican propiamente al proceso de vender como taquilleras, agentes de transportes y publicidad, etc.

GRUPO 4 AGRICULTORES. GANADEROS. MADEREROS, PESCADORES, CAZADORES Y TRABAJADORES AFINES Definición: INCLUYE: a) Las personas dedicadas a la agricultura y a la ganadería. b) Personas que se dedican a la pesca, caza o atrapamiento de animales con fines de lucro, c) Al corte y transporte de trozas de, madera y productos brutos de aserradero, y actividades afines.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Clave

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950

381

Denominación y definición Propietarios, colonos, arrendatarios, aparceros y otras ocupaciones de categoría directiva en la agricultura Definición: INCLUYE a personas que como propietarios, arrendatarios o aparceros se dedican al manejo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. En este subgrupo deben incluirse aquellas personas cuya posición en el trabajo sea declarada como "patrón o empresario" o como que "trabaja por su cuenta", aun cuando el trabajo que realicen sea semejante, en algunos casos, al que hacen los trabajadores asalariados. Ejidatario Definición: Entiéndese por ejidatario aquella persona que, sin distinción de sexo, se dedica a la explotación de una parcela ejidal de 3a que fué dotada conforme a las leyes agrarias vigentes. Administradores y capataces Definición: INCLUYE a trabajadores que por un salario o como personas que ayudan a la familia sin retribución, se dedican a la dirección y vigilancia de los trabajadores ocupados en labores agrícolas, ganaderas o forestales.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Jornaleros o peones de campo Definición: INCLUYE a todas las personas que, por un salario, se dedican materialmente a la ejecución de los trabajos de cultivos agrícolas, cría de ganado, preparación de tierras para siembras, cuidado de las plantas, la elaboración primaria de productos agrícolas, la atención de maquinaria agrícola y otros servicios similares en las actividades agrícolas, hortícolas, ganaderas, etc. Personas que ayudan a la familia sin retribución Definición: INCLUYE a todas aquellas personas que, sin percibir un salario, ayudan a la explotación agrícola, ganadera, hortícola, forestal, etc., que es propiedad de la familia. Otros asalariados agrícolas o ganaderos Definición: INCLUYE a todos los demás asalariados agrícolas o ganaderos, no especificados en los subgrupos ya considerados. Madereros, hacheros, capataces, inspectores y peones en corte de árboles, transporte de trozas, plantación, conservación de bosques y otros trabajos afines Definición: INCLUYE a las personas con ocupaciones relacionadas con la silvicultura como madereros, hacheros, peones en el corte de árboles, transporte de trozas y la plantación, reforestación y conservación de bosques. EXCLUYE a los trabajadores y jornaleros ocupados en la recolección y preparación de productos forestales.

382 Clave 47

SECRETARIA DE ECONOMIA Denominación y definición Trabajadores y jornaleros en la recolección de productos forestales y su preparación en los bosques (gomas, resinas, chicles, savias, cortezas, fibras, etc.) Definición: INCLUYE a las personas con ocupaciones relacionadas con la recolección y preparación de productos forestales dentro de los mismos bosques como gomas, resinas, savias, cortezas, fibras, etc. EXCLUYE a los trabajadores y jornaleros con ocupaciones relacionadas con el corte de árboles, transporte de trozas, plantación y reforestación de bosques y otros trabajos similares.

48

Pescadores y trabajadores afines Definición: INCLUYE a todas las personas que trabajan en la pesca o recogen mariscos u otros animales acuáticos o productos de agua dulce o salada, como perlas, corales, etc.

49

Cazadores y trabajadores afines

GRUPO 5 TRABAJADORES EN MINAS METALICAS Y NO METALICAS, EN POZOS PETROLEROS Y DE GAS, Y EN CANTERAS, SALINAS, ETC. Definición: INCLUYE a todas las personas dedicadas a ocupaciones directamente relacionadas con la extracción de toda clase de minerales (metálicos y no metálicos) y aceites minerales (petróleo), así como al tratamiento primario de minerales. Se incluyen en este grupo también a las personas dedicadas al acarreo y transporte del mineral extraído hacia la superficie. Clave SO

Denominación y definición Trabajadores en minas de carbón Definición: INCLUYE a todas las personas dedicadas a la extracción, acarreo a la superficie y otras ocupaciones de trabajo material y de vigilancia relacionadas con las actividades anteriores.

51

Trabajadores en minas metálicas Definición: INCLUYE a todas las personas dedicadas a la extracción, acarreo a la superficie del material extraído, tratamiento primario del mineral, trabajos materiales y de vigilancia relacionados con las actividades anteriores.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

Definición: INCLUYE a todas las personas que cazan o atrapan animales para obtener pieles o carne, o bien para venderlos vivos. Quedan comprendidas en este subgrupo las personas con ocupaciones afines a esta actividad como por ejemplo los que actúan como guías en las cacerías.

MEMORIA DE LOS CENSOS 1950 Clave 52

383

Denominación y definición Trabajadores dedicados a la extracción de canteras, piedras, arcillas, arenas, etc. Definición: INCLUYE a las personas ocupadas a) En Ja extracción de piedra, pizarra, arcilla, arena, cascajo, b) En la vigilancia relacionada con las actividades anteriores.

53

Trabajadores dedicados a la extracción de petróleo y gas natural Definición: INCLUYE a todas cionadas con la perforación y de gas, así como los que cionadas con las actividades

54

las personas con ocupaciones relay explotación de pozos de petróleo tienen funciones de vigilancia relaanteriores.

Trabajadores en minas no metálicas Definición: INCLUYE a las personas con ocupaciones en la explotación de minas no metálicas, inclusive la extracción de sal y la recolección de guanos y turba: el acarreo hacia la superficie del material extraído, el tratamiento primario de los productos obtenidos, así como los trabajos de vigilancia y de inspección.

DGE. Memoria de los Censos Generales de Población : Agrícola Ganadero y Ejidal 1950. 1952

GRUPOS 6 Y 7 ARTESANOS Y TRABAJADORES QUE INTERVIENEN DIRECTAMENTE EN PROCESOS DE PRODUCCION Y TRABAJADORES EN LA CONDUCCION DE MEDIOS DE TRANSPORTE Definición: Se entiende que una persona interviene directamente en el proceso de la producción, cuando su trabajo se aplica de modo directo a operaciones mediante 1 as cuales se transforma o beneficia alguna materia prima o artículo sem¡acabado o se obtienen productos, artículos o servicios. Por ejemplo: el hilandero interviene directamente en la producción de hilaza, el alfarero interviene directamente en la producción de loza, etc. Como ejemplos de trabajadores que sólo intervienen en forma indirecta en el proceso de la producción, pueden citarse los siguientes: contador, cajero, mozo, velador, etc. Concretando, una operación o trabajo indispensable para la fabricación de un artículo o la producción de una mercancía o servicio, es el que desempeña el trabajador que interviene directamente en el proceso de la producción. Un operario aun cuando sea útil, pero que no sea indispensable para producir el artículo o el servicio, no forma parte del trabajo en el proceso de producción: podrá formar parte de los trabajos en otros procesos como distribución, contabilidad, control administrativo, cobranzas, etcétera. INCLUYE: a) Artesanos y trabajadores similares especializados dedicados a ocupaciones que requieren en general para su ejercicio, un período relativamente largo de aprendizaje o de entrenamiento, y además implica el uso de herramientas manuales o la operación de máquinas de precisión, b) Operarios de fábricas y otros trabajadores manuales ocupados en el proceso de producción.

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.