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187 LA DIRECTIVA DE RESPONSABILIDAD POR EL PRODUCTO 85/374 CEE Por Javier Toniollo' 1. PRINCIPALES RASGOS DE LA DIRECTIVA La directiva establece e

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BOE núm. 312 Martes 29 diciembre 1992 Disposición final segunda. Entrada en vigor de la Ley. La presente Ley entrará en vigor el dia 1 de enero de

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187

LA DIRECTIVA DE RESPONSABILIDAD POR

EL PRODUCTO 85/374 CEE

Por Javier Toniollo'

1. PRINCIPALES RASGOS DE LA DIRECTIVA La directiva establece el principio en el artículo 1 de que el productor responde por los

daüos causados por defecto del producto. Se pueden destacar las siguientes razones gue lucen en el preámbulo: a. Previene la distorsión en la competencia de los productores de los diferentes Estados miembros, que afecta la libre circulación de mercaderías en la comm1idad.

b. Afianza la protección del consumidor, que aparece ocho veces al menos en el preámbulo y que no había sido tenida muy en cuenta por los fundados de la Comunidad Europea. Se trata sin duda del mm.r1miento consumerista, que no es diferente de los Estados Unidos de .t'llilérica y que fue instalado después de las guerras. c. Se trata de una justa distribución de riesgos entre productores y consumidores.

1.1. Entre los puntos importantes de la directiva, podemos sintetizar: -Establece la responsabilidad sin culpa u objetiva por los daúos causados por mercaderías defectuosas. a) La Responsabilidad gue recae, primero sobre el productor, pero se extiende a otros sujetos de la cadena de comercialización.



UNL-Santa Fé, Argentina

188 b) El productor se libera de responsabilidad probando ciertas causas de liberación, pero no puede hacerlo por cláusulas contractuales que son nulas y responde de todos los insumos que demande la fabricación del producto y solidariamente con quien proveyó los insumos y por tales defectos. Entonces el productor par

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