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Author:  Sara Rojo Olivera

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LOS ASPECTOS POLÍTICOS EN LAS NEGOCIACIONES ENTRE COMUNIDAD ANDINA Y EL MERCOSUR. LA EXPERIENCIA VENEZOLANA

Autora: Gabriela Patricia Carrasco Contreras (1) C.I.: 11.560.218

Caracas, Octubre de 2004

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“En nuestro problema político, hay una angustiosa doble faz, un adverso y un reverso que no es sino el necesario ajuste y equilibrio entre la cuestión interior de amoblar la casa, ordenarla, hacerla más adecuada a las exigencias de hoy y la cuestión exterior que no puede ser ajena a ningún pueblo sobretodo cuando es potencialmente rico pero políticamente débil” (Mariano Picón Salas, 1941). (2)

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Los aspectos políticos en las Negociaciones entre Comunidad Andina y el MERCOSUR. La Experiencia venezolana RESUMEN EJECUTIVO

El presente Trabajo Especial de Grado ofrece al lector un panorama de la negociación CAN – MERCOSUR en sus aspectos políticos, en vista del reciente culminado proceso de negociaciones entre ambos bloques para la creación de una zona de libre comercio (ZLC). El trabajo se dividió en cuatro capítulos, comenzando por la introducción en la que se da un panorama macro de lo que representó el Acuerdo CAN-MERCOSUR en las relaciones internacionales. En el Capítulo I se plantean los Antecedentes detallando desde las breves reseñas de cada uno de los esquemas regionales, hasta la Estrategia de negociación llevada a cabo por Brasil y Argentina a los largo del proceso. En el Capítulo II se señala el Proceso de Negociaciones, es decir, la situación internacional, los problemas que se evidenciaron en ambos bloques subregionales a raíz de dichas negociaciones, así como, el logro consolidado de las negociaciones, como lo es el Acuerdo de Complementación Económica No. 59. En el Capítulo III se realiza una evaluación de la experiencia venezolana, al igual que, un análisis comparativo de las políticas exteriores en materia de negociaciones en los últimos tres períodos presidenciales. Finalmente, en el Capítulo IV se esbozan las Conclusiones y Recomendaciones de este Trabajo Especial de Grado.

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DEDICATORIA

A Dios y a mi religión, por afianzar la fe en cada una de mis actuaciones.

A mis queridos Padres, con todo mi amor, quienes mi educación y formación profesional ha sido una prioridad.

A querido abuelo Luis David Contreras Jaimes por inculcarme el amor hacia el Derecho.

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AGRADECIMIENTOS

Agradezco y expreso mi profundo aprecio a todos aquellos que contribuyeron a hacer posible este Trabajo Especial de Grado:

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A quienes a través de sus obras y con el ejemplo de sus vidas me trasmitieron la sabiduría jurídica. He tratado de aprender de su legado;



A mis amigos, colegas, y compañeros que, con su voluntad de compartir y su sinergia, potenciaron en buena medida mi pensamiento;



A la Universidad Central de Venezuela, auspiciadora a través del Centro de Estudios de Postgrado, de la Especialización de Derecho y Política Internacionales, por ayudar a la formación de los futuros profesionales y negociadores;



A todos los involucrados en el tema, por su abnegado apoyo;



A Eduardo Porcarelli, Luis Alberto Russián, José Luis Rivas, y Rhaiza Medina, por su paciencia, discernimiento y guía;



Sobre todo a mi familia cuyo cariñoso apoyo ha sido un estímulo indiscutible. En parte fue ella quien me enseñó qué es lo importante y por qué debe dársele prioridad.

INDICE RESUMEN EJECUTIVO............................................................................................3 DEDICATORIA..........................................................................................................4 AGRADECIMIENTOS ...............................................................................................5 INTRODUCCIÓN.......................................................................................................9 Capítulo I Antecedentes ..........................................................................................11

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1.1.

Breve reseña de la CAN ..............................................................................11

1.2.

Breve Reseña del MERCOSUR...................................................................15

1.3.

Estructura organizativa de ambos esquemas...............................................17 1.3.1. CAN .....................................................................................................17 1.3.2. MERCOSUR ........................................................................................19

1.4.

Origen de las Negociaciones CAN-MERCOSUR .........................................21

1.5.

Características de las Negociaciones CAN-MERCOSUR ............................22

1.6.

Acuerdos preliminares y Mandato Presidencial............................................24

1.7.

Evolución de las Negociaciones CAN – MERCOSUR..................................25

1.8.

Etapas en las Negociaciones CAN-MERCOSUR.........................................25 1.8.1. Etapa de mayor impulso.......................................................................25 1.8.2. Etapa de mayor estancamiento............................................................25

1.9.

Tratamientos y ventajas entre los bloques ...................................................27

1.10.

Establecimiento de las Negociaciones .........................................................28

1.11.

Principales divergencias ..............................................................................33

1.12. Obstáculos enfrentados en el Proceso de Negociación CAN-MERCOSUR .35 1.12.1. Peso de la situación al interior de la CAN.............................................36 1.12.1.1. Situación de Perú año 1997: Retiro y Reincorporación.....................36 1.12.2. Peso de la situación al interior del MERCOSUR ..................................37 1.12.2.1. Situación de Brasil año 1999 ............................................................37 1.12.2.2. Estrategia de negociación de Brasil y Argentina...............................39 Capítulo II Proceso de Negociaciones.....................................................................40 2.1.

Situación Internacional.................................................................................40 2.1.1. Nuevas orientaciones que en política económica prevalecían para ese momento......................................................................................................41

2.2.

Breve recuento de la labor de los técnicos de los bloques subregionales ....42

2.3.

Problemas de ambos bloques que se evidenciaron a raíz de las negociaciones CAN-MERCOSUR .......................................................................................43

2.4.

Acuerdo Marco para la Creación de la Zona de Libre Comercio (ZLC) entre MERCOSUR y la Comunidad Andina ..........................................................44

2.5.

Acuerdo de Complementación Económica suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa de Brasil, de la República de Paraguay y de la República Oriental del Uruguay – Estados Partes del MERCOSUR y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República de Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela – Países Miembros de la Comunidad Andina ......................................................................................46

Capítulo III Experiencia de Venezuela………………………………………55

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3.1.

Acuerdos Bilaterales (Políticos y Comerciales) Previos y Geopolítica de las Relaciones de Venezuela con Brasil ............................................................55 3.1.1. Campo Limítrofe...................................................................................55 3.1.2. Campo Económico- comercial..............................................................56 3.1.3. Campo Energético ...............................................................................56

3.2.

Problemática Estructural de la formulación de la Política Exterior en Venezuela, en materia de negociaciones .......................................................................56

3.3.

Percepción de la Relación Venezuela – Brasil – Venezuela-MERCOSUR...57

3.4.

Análisis comparativo de las políticas exteriores en materia de negociaciones comerciales aplicadas al caso CAN-MERCOSUR, desde la perspectiva venezolana ..................................................................................................60

3.5.

Posición de Venezuela frente a las negociaciones CAN-MERCOSUR .......................................................................................66 3.5.1. Cambios de direcciones de la posición venezolana en las negociaciones CAN-MERCOSUR ............................................................................................67 3.5.2. Obstáculos en las negociaciones CAN-MERCOSUR ...........................68 3.5.3. El posible ingreso de Venezuela en el MERCOSUR ............................69 3.5.4. Conveniencia de formar parte del MERCOSUR ...................................69

Capítulo IV Conclusiones y Recomendaciones .......................................................76 ANEXOS A - Texto Acuerdo Marco .........................................................................86 ANEXOS B - Cuadros .............................................................................................92 BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................................97 GLOSARIO DE TÉRMINOS ..................................................................................110

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INTRODUCCIÓN

El objetivo de este Trabajo Especial de Grado consiste en determinar y evaluar, haciendo especial énfasis en el caso de Venezuela, la influencia que han tenido los aspectos políticos en el desarrollo de las negociaciones CAN-MERCOSUR en el período comprendido entre 1995-2004, y en la posibilidad de que las mismas concluyeran para Venezuela, como medio de cumplir con un objetivo de política exterior. El estudio pretende de esta forma contribuir a un debate complejo y significativo vinculado con la definición y contornos de la cuestión política en dichas negociaciones, bajo la significación que tienen los aspectos en tanto respuestas específicas y diferenciadas frente a las modificaciones planteadas a lo largo de la negociación recién concluida. En su acepción tradicional se entiende que las negociaciones de un proceso de integración se conforman por dos niveles: el que atañe a las políticas correctoras de desequilibrios que se originan como consecuencia de la implementación del acuerdo fundacional y el que se refiere a la participación de los actores sean estos principales y/o secundarios, en la medida que los mismos son los destinatarios de los cambios que propugna el proceso de integración. De esta confluencia entre la participación y las políticas se podría definir distintos grados de aproximación en un proceso de negociaciones. Esta acepción tradicional posibilitaba diferenciar en la escala de un proceso de integración a una zona de libre comercio de una unión aduanera y un mercado común no solamente en cuanto a los objetivos propiamente dichos, sino también en cuanto a la inclusión del tema netamente político en el proceso. La Integración de las naciones es un hecho político. No hay teoría económica o ciencia natural o social que pueda explicar por sí sola este tipo de relación entre los países. Es por este motivo que las razones para la integración son diversas, responden a necesidades y se expresan en voluntades recogidas de manera fiel por la historia. Las motivaciones que han justificado la decisión de integrarse se fundamentan en exigencias históricas particulares como las de supervivencia y afirmación de la identidad cultural, la

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interdependencia entre estados para alcanzar los equilibrios políticos y económicos entre sí y frente a otros o para promover su desarrollo nacional mediante un proyecto compartido que abra nuevas y mayores opciones y oportunidades. A partir de 1994, al reforzarse las dinámicas internacionales apuntadas desde finales de los ochenta y noventa, sobre todo debido al éxito de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay del GATT y la creación de la Organización Mundial de Comercio (OMC), y en consonancia, por un lado, con el progreso del proceso de integración europea y el desarrollo de la política exterior y, por otro, el avance de los procesos de integración, la situación y el status de las relaciones internacionales inician un cambio muy significativo, produciéndose una importante revalorización en América Latina en sus relaciones exteriores. En consecuencia, dicha aceleración y replanteamiento que a partir de ese momento conocen las relaciones internacionales, la sucesión encadenada de decisiones comunitarias, en relación a MERCOSUR y la Comunidad Andina de Naciones, las nuevas orientaciones para la cooperación al desarrollo y, sobre todo, la firma con América Latina de los acuerdos de cuarta generación, sólo dos años después de los de tercera generación, serán la prueba más evidente de este hecho. Es por ello que el Acuerdo recientemente concluido por ambos bloques representa un acuerdo de cuarta generación. Estos acuerdos tienen como novedad y característica general más importante el pretender el fortalecimiento de las relaciones entre las partes en base a los principios de reciprocidad y de intereses comunes, estableciendo un nuevo modelo de relación, que se podría calificar como de “Asociación” política y económica, en el caso del Acuerdo CAN-MERCOSUR sería de carácter interregional. Su objetivo último, a través de la profundización del diálogo político y de las relaciones económicas, es el establecimiento a medio plazo de zonas de libre comercio, incluyendo una mayor cooperación política, científico-técnica y cultural. Adicionalmente, este tipo de acuerdos se fundamentan en la llamada “cláusula democrática” y se despliegan en tres líneas o apartados básicos, que son diálogo político y económico regular, la liberalización progresiva y recíproca de los intercambios y la cooperación económica avanzada. De acuerdo a lo anterior, el Acuerdo firmado y suscrito entre la CAN y el MERCOSUR, podría ubicarse en calidad de un acuerdo de cuarta generación, debido no sólo en el tiempo en que se materializó, sino bajo las condiciones en las que fue negociado. Sin embargo, de aquí en adelante, será preciso evaluar si las reglas que estuvieron en juego sobre las cuales quedó consolidada la zona de libre comercio permitirá crecer desde todos sus frentes ambos bloques subregionales.

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Capítulo I Antecedentes 1.1.

Breve reseña de la CAN

La dimensión política del proceso de integración andino estuvo presente desde sus orígenes, como refleja la Declaración de Bogotá que en 1996 significó el punto de partida del establecimiento del proceso de integración andino(3). En 1968 los entonces presidentes de Chile y Colombia, Eduardo Frei Montalva y Carlos Lleras Restrepo, respectivamente, convocaron a sus pares de Ecuador, Perú y Venezuela para iniciar un proceso de integración mucho más profundo del que en ese momento se llevaba a cabo en la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC).

Concurrieron a la cita de Bogotá, además de los convocantes, el presidente Raúl Leoni de Venezuela y los representantes presidenciales de Fernando Belaunde Terry y de José M. Velasco Ibarra, quien ejercía la presidencia del Ecuador por quinta vez. Fueron ellos Fernando Schwalb, ex canciller peruano y Galo Plaza, ex presidente ecuatoriano. Con la Declaración de Bogotá(4) se inician las negociaciones, que culminarían con la suscripción por los delegados plenipotenciarios de Bolivia(5), Colombia(6), Chile(7), Ecuador(8) y Perú(9) del Acuerdo de Cartagena(10) el 26 de mayo de 1969. Entonces firmó Bolivia(11) pero no así Venezuela(12).

Desde el momento de la instalación de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, el gobierno de Venezuela expresó su voluntad de formar parte de él. La Comisión del Acuerdo de Cartagena, argumentando que Venezuela había sido signataria de la Declaración de Bogotá, que formaba parte como miembro de pleno derecho de la Corporación Andina de Fomento(13), que era de gran interés que pudiese participar

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plenamente en el proceso de integración subregional y que resultaba aconsejable otorgarle un tratamiento especial y diferenciado, estableció que este país podía participar en sus reuniones ordinarias en calidad de invitado especial durante 1970. Más tarde puso en marcha un mecanismo para que Venezuela pudiese participar en las reuniones relacionadas con el proceso de integración subregional. Luego se creó un grupo de trabajo integrado por representantes de los Países Miembros y de Venezuela, para determinar la forma de incorporar a este país en el Acuerdo de Cartagena.

Finalmente, la Comisión del Acuerdo de Cartagena expresó su deseo de iniciar negociaciones encaminadas a establecer las condiciones de la incorporación de Venezuela al Acuerdo de Cartagena(14). Venezuela ingresa oficialmente al Grupo Andino en febrero de 1973(15) y se estipuló que dentro de los ciento veinte días siguientes a la fecha en que Venezuela depositase en la Secretaría de la Comisión el instrumento de adhesión al Acuerdo de Cartagena, procedería a eliminar totalmente de gravámenes y restricciones la importación de una serie de productos originarios del Grupo Andino, hasta llegar a la liberalización total el 31 de diciembre de 1980(16).

El 11 de septiembre de 1973 cayó el gobierno democrático del presidente Salvador Allende y fue sustituido por un régimen militar que modificó radicalmente la posición de Chile en el área económica, y en especial en su relaciones con el Grupo Andino. Muy pronto comenzó un largo proceso de negociaciones que culminó con el Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena, firmado el 5 de octubre de 1976. En él se creó una comisión especial formada por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, por una parte, y Chile, por otra, con el objeto de que en un plazo de veinticuatro días se acordase un régimen especial y por plazo definido durante el cual la nación se sujetaría a los derechos y obligaciones derivados de su condición de País Miembro del Acuerdo de Cartagena. Se convino que, si no se alcanzaba ningún arreglo, Chile se retiraría del Acuerdo renunciando a todos sus derechos y obligaciones a partir del 30 de octubre de 1976(17). La salida de Chile del Grupo Andino significó un duro retroceso(18).

En la misma fecha en que Chile(19) se retiro del Grupo Andino, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela aprobaron el Protocolo de Lima, que modificó los plazos establecidos en el protocolo firmado con Venezuela y que introdujo nuevas flexibilidades al cronograma propuesto inicialmente, producto de la coyuntura que atravesaban los Países Miembros y del reciente retiro de Chile(20). Desde la fecha y hasta nuestros días, la Comunidad Andina es el bloque de integración económico y social conformado por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela que tiene por objetivos promover el desarrollo equilibrado y armónico de los

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Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social.

Ese Proceso de integración subregional ha sido el resultado de un momento histórico-económico en el que convergen la necesidad de una reacción colectiva para enfrentar el subdesarrollo y la experiencia exitosa de la integración europea.

Fue ésta una clara muestra de decisión política. Los países andinos vivían de espaldas unos de otros, con un comercio de menos de cien millones de dólares y una relación muy pobre en otras áreas. Se lanzaron a este proyecto convencidos de una suerte de mandato histórico de unirse e inspirados, en la economía, por el planteamiento cepalino de sustitución de importaciones, como vía de industrializarse y para lo cual se requería ampliar los estrechos mercados nacionales.

Los primeros años fueron bastante promisorios, pues el comercio creció tanto que en 1976 representaba el 4% del intercambio de los países andinos con el mundo, y a inicios de esa década había sido sólo el 2%. Se establecieron una serie de normas para orientar el desarrollo de la subregión. La más notoria de ellas fue la controvertida Decisión 24(21), que regulaba la inversión extranjera, restringiéndola para ciertos sectores, obligándola a asociarse con capital nacional para aprovechar el mercado andino y limitando la transferencia de divisas al exterior. Fue esta Decisión la que en el año'76 esgrimiría Chile, como argumento, para su salida. Para entonces, había ingresado Venezuela (1973).

En 1979, al conmemorarse el décimo aniversario de la suscripción del Acuerdo, los Presidentes andinos a través del Mandato de Cartagena dieron un poderoso impulso a la dimensión política del proceso de integración al reconocer que éste ha de ser el instrumento principal “para constituir una fuerza moral, política y económica cada vez más influyente en el ámbito mundial” por lo que la integración “es una empresa que configura esencialmente un hecho y un objetivo político”. A ese fin, los Presidentes encomendaron a los Ministros de Relaciones Exteriores adoptar una política externa de largo alcance y constituirse en la instancia política orientadora del proceso de integración subregión(22).

El año 1979 marcó el inicio de una importante acción política conjunta, que se vio reflejada en el seno de la Organización de Estados Americanos (OEA) en relación con el derrocamiento de la dictadura somocista de Nicaragua, haciendo prevalecer los principios de no intervención y libre determinación; así como en la condena a los golpes de estado en la región y la consolidación de los procesos de transición a la democracia

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en tres de los Países Miembros. En noviembre del mismo año los Cancilleres suscribieron, en Lima, el Instrumento Constitutivo del Consejo de Ministros Exteriores del Grupo Andino, como mecanismo aún no jurídicamente institucionalizado, con la responsabilidad principal de formular la política exterior conjunta.

Los años 80's fueron una década perdida también para la integración; el comercio entre los países andinos decreció en ese período. Pero en 1989 se inicia una nueva etapa con la adopción, en la Cumbre de Galápagos, del “Diseño Estratégico para la Orientación del Grupo Andino” que va a permitir pasar en apenas siete años de 900 millones de dólares a casi 6,000 al comercio entre los países andinos. Los años 90's fueron difíciles en términos de las relaciones del Perú con la integración andina.

En los últimos años, nuevos retos se le han planteado a la Comunidad Andina. Quizás el más importante de ellos ha sido el de afrontar una cantidad de negociaciones no solo de tipo comercial sino político con otros países o grupos de países. Juntos fueron los andinos a su negociación en el marco del ALCA. Juntos también obtuvieron que Estados Unidos les otorgara el Sistema de Preferencias ATPA-DEA, que ha tenido un impacto significativo en las exportaciones andinas. Juntos han concluido negociando el Acuerdo de Libre Comercio con MERCOSUR y acaban de firmar en diciembre último un Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación con la Unión Europea que podría ser el primer paso para una negociación de Zona de Libre Comercio CAN-UE.

Pero la integración andina no sólo tiene una agenda económica y comercial, también la tiene política y sobre todo social. Estos nuevos retos llevaron a Allan Wagner Tizón(23) a plantear, cuando asumió la Secretaría General, en enero de 2004, la necesidad de contar con un nuevo Diseño Estratégico que permita asumir con eficacia las dos mayores y más urgentes tareas que tienen los países. De un lado la inserción competitiva en la economía internacional, y de otro la agenda interna del desarrollo de los pueblos, y eso marcara esta nueva etapa.

No ha sido éste un proceso fácil. Ha tenido marchas y contramarchas y, como se dice de los jueces, ha contado con "amigos tibios y enemigos calientes"; pero 35 años después tenemos un mercado liberado para el comercio de los bienes, normas para la circulación de personas (ya los turistas circulan sólo con su DNI por la integración, salvo Venezuela que lo permitirá en el 2005), aspiran a liberalizar el comercio de servicios en el 2005, al igual que los capitales y en cuanto al libre ejercicio laboral ya se han adoptado las normas pertinentes. Es decir, la Comunidad Andina esta en vías de un mercado común aunque no perfecto pero sí perfectible. Junto a ello la Comunidad Andina posee una institucionalidad muy desarrollada, que no tiene ningún otro proceso de integración entre países en desarrollo.

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La integración sigue siendo un proyecto atractivo y válido, no excluyente, lo prueban los acuerdos recientes y la negociación conjunta con Estados Unidos para un acuerdo de libre comercio(24).

Desde el punto de vista organizacional, el Artículo 48 del Acuerdo de Cartagena(25) define a la Comunidad Andina como una organización subregional con personalidad jurídica internacional compuesta por un lado por los cinco Estados Soberanos y por el otro, por los órganos e instituciones que conforman el denominado "Sistema Andino de Integración".

La modificación introducida refleja más allá de la sustitución de la antigua denominación de "Grupo Andino" por "Comunidad Andina"(26), la vocación de dotar al proceso de un contenido más amplio y trascendente que involucre al ciudadano andino mismo y que dé idea de una interrelación entre las aspiraciones de los Países Miembros y la institucionalidad comunitaria creada con el objeto de canalizar adecuadamente tales aspiraciones.

En este sentido, luego de una experiencia histórica acumulada de ya 35 años de acción integradora, la Comunidad Andina considera que el incremento de la competitividad de los países miembros se sustenta en la constitución de un espacio económico ampliado y en la decisión política, unida a la capacidad técnica, para asumir posiciones comunes en una economía internacional caracterizada por la conformación de bloques y el avance sostenido hacia la globalización.

Ambas aspiraciones dependen en mucho de una estructura jurídica e institucional consolidada que trascendiendo la voluntad individual de sus elementos conformantes, constituya una efectiva garantía de seguridad jurídica y estabilidad en el manejo de las políticas que son objeto de la acción integradora(27).

1.2.

Breve Reseña del MERCOSUR

En 1985 los Presidentes de Brasil y Argentina, José Sarney y Raúl Alfonsín, respectivamente suscribieron la Declaración de Foz de Iguazú(28) mediante la cual se creó una Comisión Mixta de Alto Nivel con el objeto de acelerar la integración binacional entre los dos países y así superar la desconfianza recíproca y la rivalidad que caracterizaba a la relación política bilateral de la Argentina y Brasil. Se inicia así un proceso de acercamiento entre las dos repúblicas de mayor tamaño de América del Sur.

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El hecho es significativo porque en épocas anteriores su propia gravitación en el subcontinente había dado lugar a la formación de áreas de influencia y a tensiones entre sus gobiernos. El establecimiento en ambos países de gobiernos democráticos elegidos constitucionalmente –durante la primera mitad de la década de los ochenta- estimuló una actitud de mayor cooperación.

Estos Mandatarios firmaron en julio de 1986 el “Acta para la Integración Argentino–Brasileña” mediante la cual se estableció un Programa de Integración y Cooperación Económica entre Argentina y Brasil (PICAB) de carácter gradual, flexible y equilibrado entre los dos países y en consecuencia, se aprobaron, para su primera etapa, doce protocolos. Se otorgó especial importancia al sector de bienes de capital y también se hizo énfasis en el trigo, los alimentos, el sector siderúrgico y el automotriz.

En 1988 se firmó en Buenos Aires el Tratado de Integración Cooperación y Desarrollo, con el objetivo de consolidar el proceso de integración y cooperación económica bilateral y de conformar un “espacio económico común”. Para ello, se acordó la conformación de una Zona de Libre Comercio en un plazo de diez (10) años y, en una segunda etapa, el establecimiento de un Mercado Común a través de la armonización de políticas aduaneras, comerciales y sectoriales.

En este contexto, los entonces Presidentes Carlos Menem y Fernando Collor de Mello suscribieron en julio de 1990 el “Acta de Buenos Aires”, en la que se aceleraron los plazos a fin de poner en marcha el Mercado Común el 1º de enero de 1995. Por otra parte, Paraguay y Uruguay expresaron su interés de incorporarse al proyecto en marcha entre la Argentina y Brasil. En marzo de 1991, los entonces Presidentes Carlos Menem, Fernando Collor de Melo, Andrés Rodríguez y Luis Alberto Lacalle Herrera firmaron en Asunción, el “Tratado para la constitución de una Mercado Común”, conocido como “Tratado de Asunción” (29). Después de haber sido ratificado por todos los miembros, el Tratado fue homologado ante la ALADI bajo la forma del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N° 18, en enero de 1992.

En 1994, mediante la suscripción del Protocolo de Ouro Preto(30) se introdujeron algunas reformas institucionales dándole personalidad jurídica internacional al Mercosur. En la cumbre de Ouro Preto se puso fin al período de transición y se adoptaron los instrumentos fundamentales de política comercial común que rigen la Zona de Libre Comercio y la Unión Aduanera(31) que caracterizan hoy al Mercosur. A partir de 1995, el Mercosur se constituyó como Unión Aduanera. Este hecho marcó cambios fundamentales para las economías de los cuatro países, que se traducen en una tendencia natural al disciplinamiento conjunto de las políticas económicas nacionales,

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asegurando conductas previsibles y no perjudiciales para los socios, cuyo primer estadio ha sido la negociación y fijación del Arancel Externo Común. Desde entonces, los Estados Partes iniciaron una nueva etapa -de consolidación y profundización- en la que la Zona de Libre Comercio y la Unión Aduanera constituyen pasos intermedios para alcanzar un mercado común generador de un mayor crecimiento de sus economías, aprovechando el efecto multiplicador de la especialización, las economías de escala y el mayor poder negociador del bloque.

1.3.

Estructura organizativa de ambos esquemas 1.3.1. CAN

El año 1996, fue el año de la reforma institucional. En efecto, en marzo de 1996 los Países Andinos suscribieron el Protocolo de Trujillo(32) que modificó el Acuerdo de Cartagena, creando un sistema organizacional compuesto por diversos órganos encargados de la dirección, control y administración general de la integración subregional y del desempeño de labores específicas en el campo financiero y de gestión social. Este sistema fue denominado "Sistema Andino de Integración". Actualmente la institucionalidad andina está conformada por los órganos e instituciones siguientes:

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-

El Consejo Presidencial Andino: Es el máximo órgano del Sistema Andino de Integración, define la política de integración subregional, orienta e impulsa acciones de interés común, evalúa el desarrollo y los resultados del proceso de integración y examina su proyección externa. Emite directrices. Su presidente tendrá la representación del Consejo y de la Comunidad Andina;

-

El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores(33): Tiene la atribución de formular la política exterior de los Países Miembros en asuntos de interés subregional, orientar y coordinar la acción externa de los diversos órganos del Sistema Andino de Integración, formular, ejecutar y evaluar, en coordinación con la Comisión, la política general del proceso de integración, suscribir convenios y acuerdos internacionales, coordinar la posición conjunta en foros internacionales y representar a la Comunidad Andina. Emite Declaraciones y Decisiones, elige y remueve al Secretario General. Evalúa la gestión del Secretario General;

-

La Comisión de la Comunidad Andina: Formula, ejecuta y evalúa la política de integración, adopta medidas para lograr los objetivos del Acuerdo de Cartagena, adopta medidas para cumplir directrices presidenciales, se puede reunir sectorialmente, decide sobre las normas indispensables para la ejecución del Acuerdo de Cartagena, permite la coordinación de los planes de

desarrollo y armonización de las políticas económicas de los países andinos y vela por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Acuerdo. Emite Decisiones. Es un órgano subordinado al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y al Consejo Presidencial Andino; -

La Secretaría General de la Comunidad Andina: Es un órgano ejecutivo de la Comunidad Andina que sustituye a la Junta del Acuerdo de Cartagena, vela por la aplicación del Acuerdo y por el cumplimiento de las normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina y formula propuestas de Decisión para que sean consideradas por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión de la Comunidad Andina. Está dirigida por un Secretario General elegido por consenso por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para un período de cinco años, quien será una personalidad de alta representatividad y reconocido prestigio nacional en alguno de los Países Miembros;

- El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; - El Parlamento Andino(34); - El Consejo Consultivo Empresarial; - El Consejo Consultivo Laboral(35); - La Corporación Andina de Fomento; - El Fondo Latinoamericano de Reservas(36); - El Convenio Simón Rodríguez(37), los Convenios Sociales que se adscriban al Sistema Andino de Integración y los demás que se creen en el marco del mismo; - La Universidad Andina Simón Bolívar; - Los Consejos Consultivos que establezca la Comisión; y, - Los demás órganos e instituciones que se creen en el marco de la integración subregional andina. El Tribunal(38) se incorporó al Sistema en 1979 como resultado de la creciente complejidad del ordenamiento jurídico andino. El Parlamento, por otro lado fue el resultado de la convicción de que la vocación democrática era esencial para la proyección futura del proceso. Como el accionar de los representantes del sector empresarial y laboral no fue el esperado, más tarde éstos se dividieron en dos consejos consultivos separados, para evitar que se repitiesen a nivel comunitario, las confrontaciones nacionales entre ambos sectores.

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La integración andina no ha sido un proyecto de fácil trámite. Las crisis de credibilidad han sido recurrentes a lo largo de su historia, pero como el mundo globalizado no permite, ni hace viables las autarquías a partir de 1989 los Presidentes decidieron tomar en sus manos la conducción del proceso de integración, actuando los cancilleres como una instancia preparatoria de sus reuniones.

En 1996 se vio la necesidad de integrar el funcionamiento de los distintos órganos decisorios, ejecutivos, jurisdiccionales, deliberantes, consultivos y especializados en un conjunto coherente y coordinado. De allí que ahora se hable del Sistema Andino de Integración. En la visión del legislador andino las instituciones y órganos andinos antes que estar vinculados por una razón de subordinación, lo están por razones de complementación funcional, bajo la dirección política de un solo órgano: el Consejo Presidencial Andino.

Se puede apreciar, en efecto, que la estructura institucional de la Comunidad Andina, se basa en una suerte de división entre los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales, todos con funciones supranacionales y ejercitando una suerte de contrapeso, control y balance entre los intereses nacionales y los comunitarios.

Resulta importante señalar que dentro del esquema institucional descrito, el Acuerdo de Cartagena dispone que sea la Secretaría General el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina y en tal carácter actúa únicamente en función de los intereses de la subregión, intereses que van más allá de la simple suma de los intereses nacionales. 1.3.2. ME RCOS UR La estructura institucional del MERCOSUR es relativamente simple y se previó que iría creciendo en la medida en que lo requieran los resultados del proceso de integración. El órgano principal es el Consejo del Mercado Común (CMC), es la máxima instancia del MERCOSUR, de nivel presidencial, donde las decisiones son adoptadas mediante el consenso con la presencia de todos los signatarios del Tratado de Asunción, en reuniones llevadas a cabo cada seis meses, pudiendo reunirse de manera extraordinaria cuando se requiera. El Consejo del Mercado Común debe reunirse con la presencia de los Presidentes de los países miembros, lo que implica un alto nivel de apoyo y compromiso político en las decisiones que se adopten, por lo cual juega un papel importante en la conducción política del proceso de integración. Está integrado por los respectivos Ministros de Relaciones Exteriores -que tendrán a cargo la coordinación del mismo- y los de Economía, de cada uno de los Estados Parte del MERCOSUR; el Grupo Mercado Común (GMC), es el órgano ejecutivo del MERCOSUR, y la instancia que pone en práctica todas las decisiones tomadas en el seno del Consejo del Mercado Común (CMC), además de recoger las recomendaciones de los Grupos de Trabajo

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Sectoriales y los resultados de las reuniones especializadas. Los miembros del Grupo Mercado Común son altos funcionarios de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía, Comercio y de los Bancos Centrales de cada país miembro, siendo el primero, coordinador nacional de MERCOSUR. Las decisiones que se adoptan en el seno del GMC deben ser sobre la base del consenso. Tiene su sede permanente en la ciudad de Montevideo. La Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM), es una instancia relativamente nueva, que comenzó su funcionamiento a partir del Protocolo de Ouro Preto, y que tiene por misión administrar las relaciones comerciales entre los países miembros a través de estudios de seguimiento y la supervisión en la aplicación efectiva de medidas de política comercial aprobadas por el Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, tanto para el mercado interno como para el intercambio con terceros países. Este órgano es directamente dependiente del Grupo Mercado Común (GMC) y está conformado por diez comités técnicos aproximadamente especializados de tipo sectorial, los cuales procuran alcanzar soluciones vía recomendación. Dentro del organigrama del MERCOSUR, existen dos entes colegiados consultivos: la Comisión Parlamentaria Conjunta (CPC), órgano representativo de los parlamentos de los países del MERCOSUR y el Foro Consultivo Económico y Social (FCES), órgano de representación de los Sectores económicos y Sociales. Además, cuenta con una Secretaría Administrativa (SAM) que comenzó a operar en enero de 1997 como organismo internacional para proporcionar apoyo técnico y operativo a todas las instituciones anteriormente mencionadas. Su Director es elegido por el Consejo del Mercado Común (CMC) para un período de dos años, con sede en Montevideo, Uruguay.

En sus inicios, el Tratado de Asunción previó un período de transición entre marzo de 1991 y diciembre de 1994, con establecimiento de un cronograma taxativo de reducción de los niveles arancelarios para el comercio entre los países miembros. Durante este período operaron once subgrupos de trabajo para el estudio de asuntos especializados. Tras la Reunión de Ouro Preto en 1994, se produjo una reestructuración de los grupos técnicos especializados: comunicaciones, minería, reglamentos técnicos, asuntos financieros, transporte e infraestructura, medio ambiente, industria, agricultura, energía, asuntos laborales, empleo y seguridad social. En junio de 1999 se crearon dos grupos de trabajo adicionales: el Comité de Coordinación Macroeconómica y el Comité de Coordinación Comercial.

Adicionalmente, con el desarrollo institucional del MERCOSUR se han ido creando otras instancias de carácter económico, político o social, tales como: la Coordinadora de Centrales Sindicales del Cono Sur (1991); el Foro Económico y Social (1994); la Comisión Sectorial para Empresarios; las Comisiones Parlamentarias; entre otras.

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Para la solución de controversias existe desde 1992 el Protocolo de Brasilia, pero no ha sido puesto en plena vigencia. En la práctica, la Comisión de Comercio ha buscado soluciones negociadas para los problemas que se han presentado.

Tomando en cuenta el cuadro anterior, se observa que la brecha diferencial entre las estructuras organizativas de la CAN y el MERCOSUR surge del diseño funcional de esos esquemas de integración, según el cual en la CAN la toma de decisiones reposa en los presidentes y cancilleres de los Países Miembros, quienes por sus altas responsabilidades se ven impedidos de atender adecuadamente el tema, mientras que en el MERCOSUR nombra funcionarios que se dedican exclusivamente a esa materia. También señala que la función legislativa en la CAN es laxa y en cambio la de MERCOSUR actúa directamente en la “armonización de las legislaciones nacionales”.

1.4.

Origen de las Negociaciones CAN-MERCOSUR

Las negociaciones entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR se remontan al mes de febrero de 1995, cuando las dos partes celebraron su primera reunión en la sede de la Secretaría General de la ALADI, en Montevideo. Para entonces, Bolivia que participó activamente en ese primer encuentro entre los dos bloques, aún no había iniciado las negociaciones de un Acuerdo de Libre Comercio en forma individual.

Un mes después, tuvo lugar una segunda reunión en la capital uruguaya, en la que se constató que las posiciones estaban bastante alejadas en cuanto al alcance que se quería dar al Acuerdo.

El Grupo Andino presentó una propuesta de Acuerdo de Tercera Generación(39), muy ambiciosa que incorporaba los "nuevos temas" resultantes de la Ronda Uruguay. Para ese momento, el MERCOSUR aún no tenía un formato claro de negociación, aunque sostenía con firmeza que su objetivo era negociar un Acuerdo circunscrito al comercio de bienes con disciplinas comerciales básicas relativas a ese comercio.

Después de las dos reuniones se generó en el Grupo Andino una dinámica individual, pues cada país se reunió de ésta forma con el MERCOSUR, algunos para hablar de renegociación del Patrimonio Histórico, otros como el caso de Bolivia para negociar un Acuerdo de Libre Comercio, que finalmente suscribió en diciembre de 1996.

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Luego de avances y retrocesos de ambas partes, respecto a si primero se negociaba el Patrimonio Histórico y después el resto del Universo Arancelario o si la negociación cubriría de inicio la liberación de todos los productos, un año y medio después de la última reunión celebrada en marzo de 1995 en Montevideo, volvieron a encontrarse ambos grupos los días 17 y 18 de octubre de 1996, ocasión en la que hubo un nuevo intercambio de propuestas. Luego de varios encuentros técnicos, en la Reunión Ministerial celebrada el 13 de diciembre de 1997 en Montevideo, la Comunidad Andina y el MERCOSUR, tomando en cuenta las diferencias existentes en las posiciones, resolvieron prorrogar las negociaciones por 6 meses y por ende la vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial y acordaron celebrar una nueva reunión técnica en marzo de 1998 en Lima.

Como muestra de la amplia voluntad política que las anima, ambas partes suscribieron el 16 de abril del presente 1998, un Acuerdo Marco para la creación de una Zona de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y MERCOSUR que establece las bases sobre las cuales se conformaría la zona de libre comercio más grande de Latinoamérica, en dos etapas; la primera con un Acuerdo de preferencias arancelarias que entraría en vigor el 1 de octubre de 1998 y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 1999, y la segunda con la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio que entraría en vigor el 1º de enero del año 2000.

De esta forma, las negociaciones se fueron desarrollando en el marco de una compleja dinámica que abarca desde la normativa que regiría la liberalización del comercio entre ambos bloques hasta la definición de las listas de productos que formarían parte de los distintos ritmos de desgravación, todo esto sobre la base de un amplio entramado de acuerdos de preferencias arancelarias, que vincularían a ambos grupos de países, cuya compatibilización en un solo acuerdo demandaría un amplio grado de coordinación al interior de cada parte(40).

1.5.

Características de las Negociaciones CAN-MERCOSUR

Con la firma del Acuerdo Marco, el 16 de abril de 1998, se volvería al esquema de negociación del Patrimonio Histórico, como una salida frente a la imposibilidad de establecer directamente una Zona de Libre Comercio a fines de 1997. Este hecho significó un avance muy importante en el proceso de convergencia entre ambos bloques. En efecto, una de las directrices del Acta de Sucre(41) señalaba en diciembre de 1997 el plazo en el cual debía suscribirse un acuerdo de libre comercio entre la Comunidad Andina y el Mercosur. Las diferencias en los plazos de desgravación arancelaria, las diferentes listas de sectores sensibles, el tratamiento del sector agropecuario, la negociación del Patrimonio Histórico, las normas de origen, entre otros, fueron temas en torno de los cuales hicieron diferencias importantes en lo que respecta

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a las negociaciones técnicas. Las diferencias de criterio en varias materias pueden constatarse en el cuadro 2 (ver anexo). Se propició entonces una negociación política de alto nivel, que tampoco pudo superar las diferencias presentadas. Todo ello hizo imposible cumplir la meta de un acuerdo para diciembre de 1997. Cabe resaltar, que para la fecha, estas negociaciones ya no se estaban dando como al comienzo, en términos de cuatro + uno (MERCOSUR como bloque y cada uno de nuestros países aisladamente) sino una negociación bloque a bloque (con un tratamiento especial a Bolivia debido a su calidad de país asociado del MERCOSUR). Sin embargo, existían asimetrías a distintos niveles en los avances hacia la consolidación de una zona de libre comercio en la región. La confluencia hacia la integración hemisférica no era tan sencilla; por un lado, teníamos las diferencias de tamaño y/o grado de desarrollo entre los países como grupos y al interior de los mismos, aunque es cierto que la situación era distinta al interior de la Comunidad Andina, donde los países son de similar desarrollo relativo y no existía una potencia claramente hegemónica; y por el otro, teníamos los factores políticos e institucionales. La prioridad de consolidar la unidad de ambos bloques era indiscutible, pues se entiende que ello daría mayor fluidez a las relaciones externas de la Comunidad Andina, tanto en el espacio americano como en los bloques extraregionales. Esto además agregaría más ventajas dinámicas para ofrecer un mercado subregional ampliado que dinamizaría las exportaciones de mayor valor agregado que tenían los países socios, de lo cual Perú no constituía una excepción. Por lo tanto, es crucial resaltar la importancia que tuvo la amplitud en los plazos y secuencias de la liberalización (arancelarias y fundamentalmente las no-arancelarias); fue relevante el mantenimiento de los tratados preferenciales respecto de países y a grupos de países, así como la coordinación de políticas entre países y grupos de países (Por ejemplo, Argentina frente a Brasil); con el fin de proteger la vulnerabilidad de las economías latinoamericanas frente a los shocks externos. La interdependencia aumentó de manera diferencial. De allí las propuestas de coordinación que se hicieron entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina, que incluyeron, en el caso CAN, la discusión radicó en aplicar mecanismos Antidumping y cláusulas de salvaguardias regionales. Son varios los temas que estuvieron en debate: la vieja discusión de los costos y beneficios de la integración, y la compatibilidad de los acuerdos de integración subregionales con la integración hemisférica, entre otros. Difícilmente el MERCOSUR y la Comunidad Andina renunciarían a los beneficios que sus bloques de integración les ofrecen, para concretar una integración hemisférica que implique el desmantelamiento de las políticas que los hicieron posible. En ese contexto, adquirió mayor relevancia la negociación de una zona de libre comercio entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR. Esto constituiría la primera experiencia de

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articulación de dos uniones aduaneras, que marcharía de acuerdo al cronograma de negociación establecido, superando el entrampamiento al que se llegó a fines de 1997(42).

1.6.

Acuerdos preliminares y Mandato Presidencial

Las relaciones comerciales de los países andinos con los del MERCOSUR se rigieron por Acuerdos de Alcance Parcial suscritos en el marco de la ALADI. Es así como Bolivia suscribió un Acuerdo de Libre Comercio (ACE No. 36) con Mercosur; y, que en agosto de 1999 Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, suscribieron un Acuerdo de Complementación Económica (ACE No. 39) con Brasil por el cual se establecieron preferencias arancelarias fijas hasta agosto del 2001, y que en junio de 2000 lo hicieron con Argentina (ACE No. 48). Los Acuerdos con Argentina y Brasil, configuraron un avance sustancial en el relacionamiento con el bloque del sur, puesto que el ámbito total de productos negociados, incluidos los acordados con ocasión de la Segunda Reunión de la Comisión Administradora del ACE No. 39, sumarían un total de 3059 subpartidas Naladisa, que cubrirían más del 95% de las exportaciones totales de los países andinos a los señalados países. Las exportaciones andinas a Argentina, de productos en los cuales se recibirían preferencias, alcanzaron en 1998 a 294 millones de dólares lo que representarían el 97% del total exportado a ese país ese año. En el caso de Brasil, las exportaciones andinas, en ese mismo año, fueron de 1187 millones de dólares y representarían el 96% del total exportado a ese país. En lo que respecta a Paraguay y Uruguay se mantuvieron vigentes los acuerdos bilaterales del Patrimonio Histórico con cada país andino, esto luego de los contactos sostenidos por el Presidente de los Representantes Alternos ante la Comisión con representantes de ambos países en Barbados, en septiembre de 2000, con ocasión de la Reunión del Comité de Negociaciones Comerciales del ALCA, se enviaron comunicaciones a dichos países, señalando el interés de Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela de prorrogar los acuerdos del Patrimonio Histórico vigentes para la época, hasta el 31 de agosto de 2001. Paraguay respondió a la comunicación, manifestando su aceptación de prorrogar los acuerdos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2001 y su interés en negociar en el más breve plazo, un acuerdo de preferencias arancelarias fijas con los cuatro países andinos(43). En cuanto a los aspectos normativos que rigieron los acuerdos antes señalados, cabe indicar que las disciplinas comerciales se basaban principalmente en las Resoluciones del Comité de Representantes de la ALADI en materia de Origen y Salvaguardias, así como disposiciones básicas en materia arancelaria, toda vez que se trataba de acuerdos de preferencias arancelarias fijas.

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1.7.

Evolución de las Negociaciones CAN – MERCOSUR

En el Tratado de Montevideo de 1980 encontramos los antecedentes primitivos a estas negociaciones. Este Tratado promovía la concertación de acuerdos abiertos a la participación de los países miembros de la ALADI(44), con el fin de establecer un espacio económico ampliado. Hasta 1994, los Acuerdos vigentes CAN – MERCOSUR, referidos al tema de complementación económica, suscritos en el marco de la ALADI, eran generalmente bilaterales y de alcance parcial. El ámbito de aplicación de estos acuerdos era muy limitado: se basaban principalmente en una reducción arancelaria negociada producto por producto(45), no contenían normativas en materia de barreras no arancelarias ni normas de origen y salvaguardias. En general, carecían de normas específicas que reglamentasen sus intercambios recíprocos y no preveían mecanismos de solución de controversias generados por la interpretación de los mismos.

1.8.

Etapas en las Negociaciones CAN-MERCOSUR 1.8.1. Etapa de mayor impulso

En 1994 arrancan los primeros intentos. Se discute la construcción de una Zona de Libre Comercio de Nueva Generación, esquema en el que no sólo se tratan temas tradicionales, como el intercambio de bienes, sino que además se incorporaron asuntos innovadores: compras gubernamentales, servicios, inversiones, medio ambiente y aspectos laborales.

Demasiada ambición, que suponía negociar temas complejos para los que en ese momento no existían políticas comunitarias. Para muestra un botón: fue este año cuando la CAN adoptó una decisión sobre el tema de los servicios. Una Zona de Libre Comercio implica la eliminación de aranceles intrarregionales en un plazo determinado, pero con el mantenimiento de las políticas comerciales independientes.

1.8.2.

Etapa de mayor e stanca miento

Ante el fracaso del esquema anterior, entre 1995 y 1996 se optó por el camino de la renegociación del Patrimonio Histórico. Con esta definición se agrupaban los acuerdos parciales de preferencias negociados en el marco de la ALADI. Bajo un esquema de preferencias se intercambiaron beneficios en los porcentajes arancelarios de una lista reducida de productos. No suponíancero arancel. Venezuela ha negociado acuerdos individuales de alcance parcial con todos los países del MERCOSUR, igual sucedió con los demás socios de la CAN.

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Estos fueron Tratados sobre excedentes y faltantes: se vende lo que se produce en demasía y se compra lo que hace falta. No significaban una mayor liberalización del comercio; por eso se pensó que cada nación andina debería renegociar esos acuerdos por separado frente al MERCOSUR, que sí actuaba como una unión aduanera.

1.8.3. Problemas sustanciales existentes

El nivel de relacionamiento económico y comercial diferenciado en la CAN y el MERCOSUR, pudo haber sido un factor determinante en la dificultad de coordinar esfuerzos comunes entre ambos. Los países de la CAN tienen debido a factores históricos, económicos y de ubicación geográfica una mayor cercanía y vinculación con los EE.UU; mientras los países del MERCOSUR por razones similares han privilegiado sus vínculos con Europa. Los intereses de Venezuela en materia petrolera de mantener y lograr mejores precios para su principal producto de exportación, pudieron haber influenciado negativamente en aquellos países que no son productores del mismo. De hecho, la visión de democracia y participación ciudadana de la administración del Presidente Chávez, puede crear importantes diferencias. En este sentido, el Presidente Chávez, tuvo que coordinar esfuerzos con algunos Presidentes que en sus países provienen del “establishment” que él combatió y desplazó en su país. Puede mencionarse el caso de las relaciones entre el Presidente Pastrana(46) y Chávez, las cuales han estado enmarcadas en períodos de conflictos y acercamiento continuo, especialmente en lo relacionado al tema de la Guerrilla y Para-militares en Colombia. Un factor a considerar en esta área en América del Sur, ha sido -en líneas generales- la falta de continuidad en el trato de los asuntos internacionales que ha caracterizado a la región, debido a que generalmente la política exterior no ha respondido a políticas de Estado, sino a políticas e intereses de gobiernos de turno, aunque en el caso de Brasil en este sentido quizás pudiera constituir cierta excepción.

La política exterior para la CAN es el instrumento a través del cual el bloque busca una mayor presencia en el escenario internacional, tal como se está planteando en el presente con la propuesta de Allan Wargner en torno a la construcción del espacio sudamenricano, fortalecer la identidad del bloque y propiciar y coordinar su articulación y convergencia con el resto de los procesos de integración de América Latina y el Caribe. Las primeras actividades conjuntas en esta área se iniciaron a partir de 1979 cuando los países andinos dieron un importante apoyo e impulso al proceso de democratización de los países centroamericanos.

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Igualmente, se estableció que las negociaciones internacionales en las cuales participa la CAN, estarán enmarcadas en el regionalismo abierto(47) y situarse dentro del marco de prioridades establecidas en materia de política exterior común del bloque subregional, lo cual se ha evidenciado en la participación de la CAN en el proceso del ALCA donde ha actuado en forma conjunta “vocería única” y en las negociaciones con el MERCOSUR. Por su parte, los países del MERCOSUR, no poseen una política exterior común institucionalizada y debidamente sistematizada como la Comunidad Andina. Desde un punto de vista crítico, se podría decir que en el escenario de la integración de América del Sur podrían profundizarse las diferencias sociales existentes al interior de cada país, debido a que podría presentarse -al igual en un futuro con el ALCA- una reubicación de la producción industrial en aquellos países que ofrecen mejores oportunidades competitivas y de inversión, en lo cual el Brasil tiene una posición privilegiada debido a su política de captación de capitales extranjeros. Los distintos criterios constitucionales existentes en la región, colocan en condición de mayor vulnerabilidad a aquellos países (Argentina y Venezuela) que adoptaron un criterio jurídico dualista, es decir, los acuerdos internacionales tienen jerarquía constitucional pasando a formar parte del ordenamiento jurídico de cada uno. Si bien este aspecto no es fundamental para la formación de un área de libre comercio, las dificultades que se han presentado tanto en la CAN como en el MERCOSUR con respecto a la aplicación de las normas comunitarias, evidencian la necesidad de una coordinación efectiva, aún cuando ya esto se ha solucionado en gran medida. El Acuerdo entre la CAN y el MERCOSUR, traerá mayores oportunidades en el escenario internacional y a las puertas de un posible acuerdo hemisférico, demandará una coordinación fuerte entre todos los países de América del Sur, debido a que también participarán del bloque Guyana, Surinam y Trinidad y Tobago, con importantes diferencias culturales con el resto de la subregión. La construcción de un espacio económico sudamericano a través de un acuerdo de libre comercio entre la CAN y el MERCOSUR, podría ser muy promisorio en el ámbito político y económico, si se fortaleciera la posición de la sub-región en negociaciones importantes tales como deuda externa, pobreza, acceso a mercados y fortalecimiento de la democracia. Pero, sus beneficios sólo podrían favorecer a todos los países de América del Sur, en la medida que prevalezcan los intereses comunes y no se reproduzcan en el plano político las enormes asimetrías existentes en el plano económico.

1.9.

Tratamientos y ventajas entre los bloques

Era evidente las diferencias en desarrollo que existían entre los dos bloques negociadores, por lo que la CAN exigió tratamientos y ventajas al MERCOSUR, por su parte el MERCOSUR, no estaba dispuesto a otorgar demasiadas ventajas, sólo

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demandó medidas de protección para su producción agrícola, sector en el cual el MERCOSUR posee obvias ventajas comparativas. Bajo este contexto, la CAN acusó al MERCOSUR de ser poco flexible, exigir normas de origen demasiado elevadas y de pretender consolidar linealmente las preferencias arancelarias existentes.

1.10. Establecimiento de las Negociaciones En la ciudad de Quito, en noviembre de 1994, se acordó definir un marco conceptual y los criterios que conformarían la posición andina para la negociación de los mencionados acuerdos. Por su parte, la propuesta de negociación del MERCOSUR fue hecha vía resolución 45/94, donde se definieron los criterios a aplicarse en las negociaciones con otros países o grupos de la ALADI. Las primeras conversaciones se inician en febrero de 1995, cuando ambas partes celebraban su primera reunión en la sede de la Secretaría General de la ALADI, en Montevideo. La agenda de discusión se centró en la formación de una zona de libre comercio (ZLC) de nueva generación, la cual incorporaba los nuevos temas resultantes de la Ronda Uruguay. Además del intercambio de bienes, se incluían negociaciones sobre los siguientes temas: las compras del gobierno, servicios, inversiones, medio ambiente y el tema laboral. Este ambicioso proyecto requería de la negociación de temas complejos para los que, en muchos casos, no existían políticas específicas al interior de cada acuerdo. Esta situación llevó a la imposibilidad de seguir una negociación con ese esquema. Un mes después, en marzo de 1995, tuvo lugar una segunda reunión en la capital uruguaya, en la que se constató que las posiciones continuaban bastante alejadas. Después de las dos reuniones se generó en la Comunidad Andina una dinámica individual, pues cada país entabló relaciones bilaterales y en el caso boliviano, se llegó a la asociación con el MERCOSUR. En el período 1995–1996, se adoptó otro esquema: la (re)negociación del Patrimonio Histórico (acuerdos parciales de preferencias negociados en el marco de la ALADI), que implicaba la negociación de los beneficios en los porcentajes arancelarios de una lista reducida de productos. Se planteó que cada miembro de la Comunidad Andina debería (re)negociar esos acuerdos por separado; es así que en octubre de 1996 se comenzarían a intercambiar nuevas propuestas. Durante las reuniones con el MERCOSUR de febrero y marzo de 1995 se presentaron las siguientes propuestas: 1) La negociación se regiría por los principios de trato nacional, trato de la nación más favorecida, no discriminación, transparencia y reconocimiento de asimetrías.

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2) El programa desgravación arancelaria cubriría el universo de productos, las formas de liberalización y las listas de excepciones. La forma de negociación consistía en que el MERCOSUR actuaba como bloque y cada país andino negociaba individualmente. Se proponía que en caso de que algunas de las partes redujeran su arancel hacia terceros países durante el proceso de liberalización, el arancel de partida se reduciría proporcionalmente. Así también, el Grupo Andino podría seguir aplicando el sistema de franjas de precios. 3) En relación al tema del Patrimonio Histórico y específicamente a los acuerdos de alcance parcial, se aceptaría la multilateralización de las preferencias en un esquema cuatro + uno. Las máximas preferencias se aplicarían en función de bandas. Se dejó abierta la posibilidad para el MERCOSUR o alguno de los países andinos pudiese establecer algunas excepciones a este tratamiento. Se tomaron en cuenta las asimetrías existentes como producto de los diversos grados de desarrollo relativo de las partes. El universo arancelario que no se encontrara cubierto por los acuerdos parciales se liberarían en un máximo de diez años. En noviembre de 1996 se establece una propuesta de Acuerdo Marco para el establecimiento de la Zona de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y MERCOSUR en un plazo diez años. Asimismo, se establecieron listas de excepciones por parte de ambos miembros, así como un programa de reducción y eliminación de las barreras no arancelarias (BNA) que se encontraban vigentes en los países del MERCOSUR, sin embargo, no se pudieron establecer nuevas restricciones o aumentar las ya existentes. Los temas de negociación incluían: a) Normas de origen: Estas normas de origen deberían propiciar el comercio de las partes, deberán ser claras y transparentes y buscar la adopción de criterios armonizados. b) Salvaguardias: Se establecerán cláusulas de salvaguardias que deberán estar en concordancia con lo establecido por la OMC y los propios acuerdos. Pero además de lo estipulado por la OMC se contemplaba el establecimiento de salvaguardias cuando se presentasen medidas de devaluación monetaria y políticas de liberalización. El plazo de establecimiento de esas medidas no sería mayor a un año, el cual podría ser prorrogado. c) Valoración: Se busca uniformizar las posiciones que existen al interior del MERCOSUR y de los procesos andinos. Los temas a tratar serían: Tipo de cambio, establecimiento de garantías, establecimiento de precios de referencia mínimos, los cuales serían transitorios. d) Dumping y subvenciones: Se aplicarán las reglamentaciones en concordancia con lo establecido por la OMC. e) Compras del gobierno: Se establecerán tomando en cuenta los principios de trato nacional. f) Normas técnicas, medidas sanitarias y ambientales: Se busca establecer la reglamentación adecuada para no obstaculizar el comercio entre las partes.

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g) Inversiones: Se busca establecer disposiciones generales que promuevan inversiones y las protejan. h) Propiedad intelectual, variedades vegetales y derechos de autor: Se buscará establecer una armonización en esta materia tomando como base lo tratado en los acuerdos. i) Servicios: Se buscará negociar todo el sistema de servicios, iniciándose las negociaciones con los sectores de transporte, telecomunicaciones y turismo. j) Solución de controversias: Se establecerán en concordancia con lo establecido en la OMC.

En 1997, a iniciativa del MERCOSUR, nuevamente se cambió el esquema de negociación y se enfocó al establecimiento de una zona de libre comercio. Pero, a diferencia de la primera fase, sólo se incluiría el tema de la reducción arancelaria. En esta oportunidad la Comunidad Andina decidió negociar en bloque. En octubre del mismo año(48), ambas partes acordaron como objetivo el establecimiento de un área de libre comercio, para lo cual debieron eliminar los gravámenes y las restricciones que afecten el comercio entre ellas. Los temas de negociación incluidos en esa oportunidad fueron los siguientes: a) Programa de Liberalización Comercial: La Zona de Libre Comercio se establecería en un plazo de 10 años, para lo cual se desarrolló un Programa de Liberalización Comercial, el cual consistió en la desgravación arancelaria y demás gravámenes de forma progresiva y automática (MERCOSUR). El acuerdo incorporó las preferencias arancelarias negociadas con anterioridad entre ambas partes del acuerdo o de la Preferencia Arancelaria Regional (PAR) en el marco de la ALADI. A partir de la entrada en vigor del acuerdo, las preferencias negociadas anteriormente dejan de tener efecto. El programa de desgravación arancelaria propuesto por la Comunidad Andina señala que a partir del 1 de enero de 1998 se establecería un comercio recíproco de los productos incluidos en el Anexo(49). En cuanto a los productos incluidos en los demás anexos se acordó condiciones específicas. Los Países Miembros de la CAN seguirían aplicando el sistema de estabilización de precios para productos agropecuarios, en el comercio entre ambas partes, con el compromiso de no aumentar el número de subpartidas sujetas al sistema. Respecto a la presencia de zonas francas, sectores sensibles con políticas nacionales o regionales de desarrollo, se acordó analizar dichas políticas para definir específicamente las condiciones en las que se desarrollaría el comercio.

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En relación al tema de franjas de precios, este bloque acordó no aplicar estos mecanismos. Aplicó el arancel vigente “para la época” para terceros países de productos provenientes de zonas francas o áreas aduaneras especiales. En cuanto al tema de mercancías usadas se acordó que no se beneficiarían del Programa de Liberalización Comercial. No se podrán establecer gravámenes que incidan en las exportaciones o importaciones después de la fecha de suscripción del acuerdo. Se buscó establecer las medidas necesarias para eliminar las notas complementarias, así como aplicar los principios de trato nacional en materia de tributación y reglamentaciones internas. b) Prácticas de Dumping y Subvenciones(50): Estas prácticas se regirían de acuerdo a lo establecido por la OMC. Se busco establecer medidas(51) frente a la realización de importaciones desde terceros mercados, hecha por una de las partes, en condiciones de Dumping que afecten sus exportaciones. Se estableció el compromiso de informar cualquier modificación o cambio en las leyes y reglamentos en esta materia en un plazo no mayor a 15 días. c) Prácticas restrictivas de la Libre Competencia: Se buscó establecer medidas necesarias para elaborar un marco adecuado que identifique y sancione estas prácticas. El plazo propuesto por la Comunidad Andina es antes del 31 de diciembre de 1999; por su parte el MERCOSUR no señaló una fecha. d) Subvenciones a la exportación: El acuerdo de desgravación no incluyó a los productos que gocen de estas subvenciones para la CAN y el MERCOSUR. Estos acuerdos se encuentran de conformidad con lo establecido por la OMC en el acuerdo de agricultura. e) Medidas de Salvaguardias: Se encuentran establecidas conforme al acuerdo sobre Salvaguardias del GATT de 1994 y a las medidas previstas en los demás acuerdos en el marco de la OMC. Se aplicarían con el fin de prevenir o reparar el daño grave a la rama de producción doméstica y facilitarían el reajuste del sector productivo que se viera afectado. La aplicación de estas medidas sería de carácter excepcional. Al respecto el MERCOSUR manifestó que a menos que exista un acuerdo entre las partes, las medidas de salvaguardia no podrían utilizarse una vez establecida el área de libre comercio. En el caso de la propuesta del MERCOSUR, la preferencia aplicable al momento de la adopción de la salvaguardia se mantendría para un cupo de importaciones, que sería el promedio de las importaciones hechas en los tres últimos años anteriores al período en el que se determinó que hubo daño grave.

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Al terminar el período de aplicación de la medida se aplicaría el margen de preferencia establecido en el programa de liberalización comercial. Los aranceles que se aplicasen no serán en ningún caso mayores a los vigentes en la OMC. La duración de la medida sería dos años (incluye el plazo en que hubieran estado vigentes medidas provisionales). La CAN planeó además (a diferencia del MERCOSUR) establecer una reducción del 25% de la medida después del primer semestre del segundo año, pudiéndose prorrogar por un año más (la CAN manifiesta que debería establecerse una reducción arancelaria de 50% al inicio de la prórroga). En circunstancias críticas en las que cualquier demora perjudique más al sector, las partes contratantes adoptarían medidas de salvaguardias provisionales, las cuales no excederían los 180 días y adoptarían la forma de disminución o suspensión de las preferencias. Las diferencias entre las partes respecto de la justificación de la aplicación o prórroga de una medida de salvaguardia serían analizadas y resueltas en el ámbito de la Comisión Administradora. La CAN (a diferencia del MERCOSUR) señaló que si entran en diferencias con lo establecido en la OMC se pudieran aplicar a productos del ámbito agropecuario incluidos en el Anexo I del Acuerdo sobre Agricultura de la OMC en casos especiales. Las medidas a aplicarse serían: suspensión del incremento de preferencias, disminución o eliminación del margen de preferencias. f) Valoración Aduanera: Se regirían de acuerdo a las normas establecidas por la OMC. g) Servicios: Se buscó promover la liberalización, expansión diversificación progresiva del comercio de servicios en su territorio, en un plazo a ser determinado y en concordancia con la OMC. h) Propiedad Intelectual: Establece las medidas necesarias para que los derechos de propiedad no representasen un obstáculo al comercio y que se encontrasen en concordancia con lo establecido por la OMC. i) Cooperación Científica y tecnológica: Estimuló el desarrollo de los proyectos de cooperación para la investigación científica y tecnológica a través del intercambio de conocimiento, producto de investigaciones científicas conjuntas, información, equipos, seminarios, entre otros. j) Administración del acuerdo: La administración, evaluación y seguimiento del acuerdo estaría a cargo de una Comisión Administradora, integrada por miembros de ambos grupos. Esta comisión se constituirían dentro de los 90 días de firmado el acuerdo. Las reuniones serían anuales. Las decisiones serían tomadas por consenso.

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k) Disposiciones varias: Se referirían a la posibilidad de integración de terceros países que además tengan relaciones con cualquiera de los bloques, lo que se podrá dar con posterioridad a la entrada en vigor del acuerdo.

1.11. Principales divergencias Como sabemos, las negociaciones fueron complejas debido a las diferencias en las concepciones de integración, las asimetrías entre bloques y los sectores sensibles al interior de cada uno de ellos. Los problemas que se presentaron a fines de 1997 estuvieron relacionados al tema de los sectores sensibles, al plazo para la liberalización de aranceles de una amplia gama de productos y al tema de normas de origen. Dos sectores sensibles fueron el de agricultura y al automotriz. En el caso del sector agrícola, la Comunidad Andina buscaba mantener el mecanismo de franjas de precios y plazos largos de hasta 18 años para proteger la producción de algunos bienes; mientras que el MERCOSUR quería una liberalización rápida y no establecer precios de aduana. Para algunos productos agrícolas, el MERCOSUR propiciaba un plazo no mayor a 15 años. En el sector automotriz, el MERCOSUR mantuvo políticas públicas que protegían a esta industria, tales como la regulación de acceso al mercado de las exportaciones e importaciones; estas normas favorecieron la producción nacional y la exportación, pero impidieron la importación. La Comunidad Andina no pudo ajustarse a ello, países como el Perú no tenían virtualmente producción en el sector, lo que generó una desviación del comercio. El MERCOSUR deseaba una apertura más inmediata, sin el establecimiento de salvaguardias especiales y sin franjas de precios, a diferencia de la Comunidad Andina. La propuesta de los andinos estableció veinte años para culminar la liberalización y la del MERCOSUR quince. Respecto a las normas de origen, el MERCOSUR buscó establecer múltiples requerimientos desde comienzos de la negociación(52). Otro aspecto que se incluyó en la discusión fue lo referido al establecimiento de un mecanismo de solución de controversias. El MERCOSUR solicitó que este tema se tratase con posterioridad a la etapa negociadora, mientras que para la Comunidad Andina era muy importante definirlo en ese momento. La Comunidad Andina ya contaba con un mecanismo de este tipo, sin embargo, al interior del MERCOSUR seguía siendo un tema de discusión entre sus miembros. El primer encuentro de ministros, en diciembre de 1997, fue un fracaso(53).

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La posición asumida por el MERCOSUR generó divergencias con respecto a la propuesta andina: no aceptó el establecimiento de mecanismos de solución de controversias en sectores sensibles, en materia de normas de origen; exigía niveles muy altos de contenido regional que no necesariamente se podría lograr en las empresas andinas, asimismo, pidió la eliminación de los regímenes aduaneros. A fines de 1997, se abrió un compás de espera para analizar las alternativas de negociación que podrían alcanzarse. Bolivia, que desde abril de 1997 es parte de un acuerdo asimétrico de liberalización con los cuatro socios del MERCOSUR, participó como observador activo en las negociaciones con el objetivo de lograr una convergencia en el acuerdo global. Definitivamente, las principales dificultades para avanzar en la agenda establecida para la conformación de la zona de libre comercio entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina, radicó en lo complicado de la propia negociación resultante básicamente de dos elementos: •

El primero de ellos se refirió a que las partes son dos uniones aduaneras imperfectas, en vías de consolidación, pero que habían desarrollado importantes y crecientes flujos de comercio al interior de sus mercados que pretendían ser preservados.



El segundo tenía que ver con las modalidades con las que serían multilateralizadas las concesiones que se otorgarían bilateralmente entre los países de una y otra unión aduanera, como paso previo a la conformación de una zona de libre comercio.

En todo caso, la diferencia de peso que cada uno de los bloques le asignó al Patrimonio Histórico estaba relacionada directamente con la magnitud del comercio “preferencial” así como su capacidad exportadora. Los Países de la Comunidad Andina no poseían las estructuras productivas ni las escalas suficientes que le permitiesen generar flujos de comercio significativos hacia el MERCOSUR en nuevos productos adicionales a los ya negociados. Por lo tanto, más que pretender penetrar con nuevos productos, estaban interesados en consolidar aquellos en los que ya habían obtenido un acceso preferencial. Por el contrario, un importante porcentaje de las exportaciones de los países del MERCOSUR hacia la CAN estaban concentradas en productos que no tienen preferencias. Más específicamente, en 2000 más el 90% de las exportaciones conjuntas de Argentina y Brasil a los Países Miembros de la Comunidad Andina, exceptuando a Bolivia, no gozaban de preferencias arancelarias, y sólo el 1% ingresó a ese mercado libre de aranceles. En contraste, en el caso de importaciones desde la CAN, en el 2000 19% se efectuó bajo márgenes de preferencias situados en niveles entre 86% y 100%, mientras que el 71,5% no gozó de preferencias.

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Teniendo en cuenta estos hechos no resultó sorprendente que los países andinos se conformasen con la mera prórroga de los acuerdos bilaterales, y que los países del MERCOSUR pretendiesen negociar productos nuevos y productos del Patrimonio Histórico que generaban comercio. Por otro lado, las negociaciones conjuntas a nivel del MERCOSUR fueron muy complejas por la existencia de importaciones divergentes de intereses que respondieron a una distinta visualización de los socios de su inserción en la región y en especial en lo que atañe a su patrón exportador. Brasil pretendió profundizar el proceso de regionalización de sus exportaciones, en especial de productos industriales en los que poseía una importante capacidad competitiva, y América Latina es un mercado particularmente apto para todos sus productos. En este sentido, es interesante resaltar que las exportaciones de Brasil a los países de la ALADI estaban constituidas en un 86% por productos manufacturados, de los cuales el 20% se dirigían a la Comunidad Andina. Al mismo tiempo, Brasil deseó negociar el sector petrolero a fin de tener un abastecimiento más seguro del producto venezolano, con precios atractivos como consecuencia de los beneficios que este sector recibía por parte del Estado. En el caso de Argentina, la defensa y acceso a mercados externos de su producción primaria y agroindustrial resultó prioritaria debido a la alta participación de estos sectores en su pauta exportadora. No obstante ello, los países andinos constituyeron un importante mercado de destino para la producción manufacturera argentina, adsorbiendo en 1998 más del 31% de las ventas argentinas extrazona de tales productos. Los principales sectores sensibles fueron: agropecuario, siderurgia y petróleo.

1.12. Obstáculos enfrentados en el Proceso de Negociación CANMERCOSUR Los principales obstáculos enfrentados en dicho proceso, se pueden concentrar en cuatro grandes grupos, según lo indicado por Toro Guerrero(54) . Las primeras se refieren a las dificultades derivadas de la propia negociación, dado que existe una actuación diferente entre el MERCOSUR que actúa en bloque y la CAN que en ocasiones tiene impedimentos para asumir una estrategia grupal. Las segundas están relacionadas con los problemas derivados de la constitución de un área de libre comercio, puesto que los países de mayor desarrollo económico están preocupados por la entrada a sus mercados de productos no originarios de los países miembros del esquema previsto que puedan perjudicar a sus industrias(55). Los obstáculos del tercer grupo son de tipo estructural, tales como el diverso nivel de desarrollo industrial de ambos bloques, la distinta cohesión de la CAN y el MERCOSUR, la conformación en el MERCOSUR de una Unión Aduanera imperfecta, objetivo que, si bien venía contemplando también en el caso de la CAN, en el MERCOSUR aparece aún más difuso, y a las dificultades de acceso en ambos bloques evidenciados en las barreras no arancelarias por razones coyunturales, las cuales

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pueden llegar a desviar las negociaciones y las preferencias concedidas; finalmente, en cuarto lugar, los problemas ligados al Patrimonio Histórico que para la CAN es punto de honor mientras que en el MERCOSUR el tema fue tomado en cuenta pero, también estaba interesado en incorporar nuevos productos. Las anteriores consideraciones en torno a los conflictos en las negociaciones de la CAN y el MERCOSUR confirman que el camino hacia la integración de un espacio sudamericano esta minado de múltiples dificultades que deberían superarse a fin de lograr los objetivos propuestos, principalmente con miras a jugar un rol significativo en el actual escenario mundial caracterizado por la convivencia de la religionalización y la mundialización de la economía. 1.12.1. Peso de la situac ión a l inter ior de la C AN 1.12.1.1. Situación de Perú Reincorporación

año

1997:

Retiro

y

Desde principios de 1992 hasta la adopción del Protocolo de Sucre en Quito, Ecuador, en agosto de 1997, el Grupo Andino se vio afectado por una situación incongruente: por un lado, el proceso de intercambio comercial intrasubregional siguió su curso ascendente, pero por otro lado, las negociaciones en la Comisión del Acuerdo de Cartagena no pudieron resolver ni técnica ni jurídicamente la incorporación de Perú a la Zona de Libre Comercio ni la formulación del Arancel Externo Común, instrumento esencial para la creación de la Unión Aduanera, y tampoco se lograron acuerdos en torno a los criterios para la armonización de las políticas macroeconómicas, lo que trajo consigo un retroceso significativo en la consolidación de la Zona de Libre Comercio(56). Luego de la firma del Acta de Barahona, en diciembre de 1991 el desarrollo de las negociaciones permitió identificar una serie de limitaciones de los Países Miembros para instrumentar técnicamente las decisiones políticas tomadas por los Presidentes. Estas dificultades tuvieron un punto de inflexión en agosto de 1992, cuando se resolvió la suspensión temporal de Perú(57), y su momento culminante en abril de 1997, cuando Perú anunció su retiro del Grupo Andino(58). En la firma del Acta de Barahona, hubo tres elementos que condicionaron la Posición de Perú en el Grupo Andino: (i) la participación en la Zona de Libre Comercio, (ii) la discusión del Arancel Externo Común y (iii) la suspensión de las relaciones entre Venezuela y Perú a raíz de los acontecimientos del 5 de abril de 1992 en Perú, en los cuales se disolvieron el Parlamento y la Corte Suprema de Justicia. El debate al interior del gobierno peruano dio como resultado que las tendencias que propiciaban un retiro definitivo del Grupo Andino no pudieran materializarse plenamente. Por esta razón, el 25 de agosto de 1992 la Comisión del Acuerdo de Cartagena adoptó la Decisión 321(59), en la cual se estableció que Perú suspendería sus obligaciones con respecto al Programa de Liberación y el Arancel Externo Común hasta el 31 de diciembre de 1993 y que, durante ese periodo, no participaría en la adopción de decisiones relativas a la armonización de políticas macroeconómicas, a la

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definición del AEC, al perfeccionamiento de la Zona de libre Comercio Andina y a las negociaciones comerciales que los restantes países adelantasen con terceros; en consecuencia, la decisiones que se adoptaran en tales materias no serían de aplicación para Perú. Perú mantendría una condición equivalente a la de observador en las reuniones de la Comisión que se llevasen a cabo para tratar materias relacionadas con los temas indicados, pero conservaría su estatus de participante activo en las demás materias. Se señalaba que, no obstante, lo dispuesto en los artículos precedentes, Perú podría celebrar acuerdos comerciales con cualquiera de los Países Miembros en el marco del ordenamiento jurídico en el Grupo Andino. Los demás Países Miembros podrían suspender las obligaciones del Programa de Liberación con respecto a Perú dentro de los sesenta días siguientes de entrar en vigencia de la mencionada Decisión. Posteriormente, la suspensión se extendería hasta el 30 de abril de 1994 mediante la Decisión 347 y Modificación de la Decisión 321(60). Esto significó un volver atrás para el avance del Grupo Andino, ya que cercenaba la constitución de la Zona de Libre Comercio y se incorporaba un elemento de parálisis al debate del AEC. Así, el Pacto Andino entraba a un periodo de incertidumbre que solo superaría parcialmente cinco años más tarde, cuando se adoptó el Protocolo de Sucre(61), y con la posterior aprobación de la Decisión 414 en la cual se reguló la participación de Perú en la Zona de Libre Comercio. En abril de 1994, la Comisión del Acuerdo de Cartagena adoptó la Decisión 353(62) Participación de Perú en el Grupo Andino, en la cual se estableció que Perú reasumiría su plena participación en lo relativo a la adopción de decisiones sobre armonización de políticas macroeconómicas y sobre negociaciones comerciales conjuntas con terceros países, pero que podría mantener niveles arancelarios del 15% y 25% y que conservaría una condición equivalente a la de observador en las reuniones de la Comisión que se llevasen a cabo para tratar materias relacionadas con el AEC. Perú incorporaría inmediatamente a la Zona de Libre Comercio la subpartidas NANDINA que, en la propuesta de la Junta sobre el AEC que dio origen a la Decisión 335, se encontraban con niveles arancelarios de 0%, 5%, y el 31 de diciembre de 1994, aquellas que se encontraban con nivel arancelario del 10%. Esta Decisión no fue ejecutada y más tarde la Decisión 387 tuvo un importante retroceso en esta materia(63).

1.12.2. Peso de la situac ión a l interior de l MERCOSUR 1.12.2.1. Situación de Brasil año 1999 A comienzos de 1999 y en pleno curso de la negociación bloque a bloque, el formato de las negociaciones sufrió una drástica transformación cuando el 26 de marzo de 1999, Brasil específicamente dio respuesta a la propuesta presentada por la CAN,

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indicando en líneas generales que dicha propuesta no satisfacía los intereses mínimos de MERCOSUR, razón por la cual presentó un nuevo planteamiento de negociar sólo Brasil con la CAN o cada país andino individualmente, y que para ello prorrogaría los Acuerdos Bilaterales por un período de tres meses. Asimismo, manifestó que si en el transcurso de esos tres meses la negociación no se culminaba, los referidos acuerdos quedaban sin efecto pues no se prorrogarían nuevamente(64). El 28 de marzo de 1999, de manera oficial, Brasil anunció que decidió continuar la negociación de forma unilateral con los cuatros países andinos en lo referente a la profundización de las preferencias arancelarias, evidenciado no solamente la existencia de intereses múltiples y contradictorios al interior del MERCOSUR sino una etapa fundamental en la consecución del área sudamericana. Posteriormente, se recibió otra comunicación en la que Argentina y Uruguay presentaban el mismo planeamiento, con la diferencia de que estarían dispuestos a prorrogar los acuerdos hasta el 31 de diciembre de 1999. Ante estos planteamientos, el 12 de abril de 1999, la Comisión de la Comunidad Andina notifica mediante una respuesta conjunta a los Cancilleres de los países miembros del MERCOSUR que ha decidido aceptar la propuesta brasileña de negociar un Acuerdo de Preferencias Arancelarias con Brasil por un lado y con Argentina, Uruguay y Paraguay por el otro. Luego de cuatro reuniones técnicas de negociación entre el 21 de abril y el 25 de julio de 1999, la Comunidad Andina y el Brasil concluyeron las negociaciones sobre los márgenes de preferencia, alcanzándose acuerdos sobre más de 3000 subpartidas arancelarias(65). Al concluirse las negociaciones del Acuerdo de Preferencias Arancelarias, el paso siguiente fue su suscripción y protocolización en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), esquema integracionista que nació por el Tratado de Montevideo de 1980 y que sustituyó a la ALALC(66). La ALADI se encuentra conformada por los mismos países que dieron origen al primer esquema de integración, latinoamericana, teniendo como meta la organización y construcción del Mercado Común Latinoamericano. Por consiguiente, la ALADI pasó a ser el marco legal donde se fundamenta todos los acuerdos preferenciales llevados a cabo por sus miembros, por lo que allí deben inscribirse. El Acuerdo CAN-Brasil fue registrado en la ALADI como Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N° 39. Los resultados del ACE N° 39 fueron favorables para los países andinos pues se consiguió incrementar sustancialmente las preferencias arancelarias con que contaban anteriormente y se mantuvo un adecuado grado de asimetría a su favor, lo que ocasionó un incremento de las exportaciones andinas y del intercambio comercial entre Brasil y la Comunidad Andina en general(67). En este contexto, en la I Reunión Administradora del

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ACE N° 39 celebrada en Lima el 13 y 14 de julio de 2000, se acordó profundizarlo, mejorando las condiciones de acceso a los mercados involucrados y la afiliación de nuevos productos al universo ya negociado(68). Este acuerdo ha sido profundizado mediante tres Protocolos Adicionales a través del incremento de algunas preferencias y la inclusión de nuevas(69).

1.12.2.2. Estrategia Argentina

de

negociación

de

Brasil

y

Bajo todo contexto, a lo largo del tiempo se ha podido percibir la concepción diferente que poseen Brasil y Argentina en relación a la estrategia de negociación propiamente dicha. Así, para Brasil existía la necesidad de aumentar sus exportaciones industriales y, por tanto, de abrir los mercados andinos a sus productos. En cambio, para Argentina, y también Uruguay, el objetivo principal siempre fue el acceso a mercados externos para sus productos primarios y agroindustriales, los cuales constituyeron materias sensibles para los países de la Comunidad Andina. Es decir, la negociación 4 + 4 se dificultó por la materia agrícola(70). No obstante, a pesar de lo tratado en materia comercial se debe resaltar que la articulación que han llevado a cabo Brasil y Argentina en materia de política exterior (P.E.) es realmente diferente, no solo entre ellos sino en contraste abierto con los de la Comunidad Andina. En este sentido, puede apreciarse la tendencia continuada de la P.E. en su diseño y aplicación, sino que se hace de las oportunidades que se le presentan en el devenir del contexto internacional, tal fue el caso de la crisis argentina, hecho que le valiera el adoptar la dirección protagónica del MERCOSUR, dejando a ésta a su sombra; también se puede mencionar el caso de la adopción del ideal sobre el intento bolivariano de integración, bandera que ha hecho suya para fomentar la unión entre los bloques de la Comunidad Andina y el MERCOSUR. Por su parte Argentina, buscaba en la década del noventa, como fin de su P.E., la eliminación de los puntos contenciosos de su agenda de P.E. no solo al interior del MERCOSUR y la Comunidad Andina, sino inclusive con los Estados Unidos, para así conseguir el pleno apoyo, en el camino de su reconstrucción económica.

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Capítulo II Proceso de Negociaciones

2.1.

Situación Internacional

Los acuerdos de integración inducen, a través de los distintos protagonistas, cambios en la geografía política y económica de los países involucrados. Se espera que la intención de cambiar de fronteras rígidas, que se perciben como fronteras cerradas, por fronteras flexibles y abiertas, se traduzca en un proceso dinámico no sólo por los acuerdos de intercambio comercial, sino por toda una serie de cambios en la infraestructura y en los flujos, los cuales expresan la integración, el acercamiento de los pueblos, la modernización de los aparatos productivos, la especialización y la complementariedad económica(71). El énfasis y estímulo, en las dos últimas décadas, de los procesos de integración hace esperar nuevos cambios económicos, políticos y regionales en América Latina. La integración de Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y Venezuela en la Comunidad Andina de Naciones (CAN), de Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) –al cual se incorporaron Chile, Bolivia, Perú, México y Venezuela como países asociados- y el interés de los países de la CAN por establecer otros acuerdos económicos, hacen pensar en una integración del subcontinente latinoamericano y aún más allá, hacia un espacio sudamericano de integración. La integración significa, teóricamente, que estos países llegarían a acuerdos fundamentales, a compartir valores y orientaciones básicas de su desarrollo político y económico, aunque no significa total coincidencia en sus modalidades políticas y económicas, sean internas o externas, macroeconómicas o sectoriales. Su sustentabilidad descansa en que, siendo países independendientes, pueden compartir algunos valores primordiales referidos a la democracia, la estabilidad macroeconómica y las sociedades abiertas(72). Sin embargo, la particularidad de cada sociedad, en lo referente a la forma de interpretar sus propios problemas, expectativas, aspiraciones, relaciones de poder y

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desarrollo, marcará, sin duda, su forma de inserción al proceso de integración. Y, a la vez, estas particularidades del proceso estarán influidas e influirán en la diferenciación geográfica o regional de cada país participante, no sólo por las características geográficas de cada territorio sino por las cualidades históricas en la ocupación de los mismos. De esto se deriva la importancia de visualizar los posibles impactos geográficos y políticos al concretarse un tratado de integración y, a partir de allí, considerar las posibles transformaciones geoeconómicas de Venezuela, expresadas en cambios regionales, al incorporarse al MERCOSUR. Tal como ocurrió en julio del corriente. 2.1.1. Nueva s orientac ione s que en preva lecían para e se momento

política

económica

Entre el período de 1995–2004, en el cual se enmarca este Trabajo Especial de Grado, se puede observar algunos cambios en la política económica, inclusive desde la fundación de ambos bloques regionales. Si se hace un ejercicio retrospectivo, se puede encontrarnos un proceso lleno de contradicciones permanentes y complejas que se han venido manifestando en lo económico, jurídico, social y político de cada país, así como, en el proceso que ha vivido cada bloque regional en su constitución. En la agenda política de los países el tema de la política económica ha ocupado un lugar importante, no obstante, los cambios se han sentido específicamente en América Latina, donde se han incrementado los esquemas de integración económica, en particular los esquemas de zona de libre comercio. En la década de los ochenta las nuevas orientaciones en política económica empiezan a sentirse debido a la apertura comercial que permitió cumplir con los compromisos adquiridos, sin embargo, empezó ha evidenciarse ciertas debilidades en el ámbito regional en diversos esquemas. Es así, como en los años 90’ se creó la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), tras su vertiginoso deterioro, se creó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), luego el Grupo Andino –hoy Comunidad Andina de Naciones (CAN)-, y después, se creó el Mercado Común del Sur (MERCOSUR). Al realizar un rápido recorrido se podrá apreciar la diversidad e intensidad de las contradicciones que han caracterizado no sólo el proceso de negociación CAN-MERCOSUR, sino en general, cualquier negociación o vale decir mejor, la participación de Venezuela en los distintos escenarios. A lo largo de la historia, se indica que el sistema económico internacional contemporáneo se encuentra caracterizado no sólo por la política económica sino por la integración económica, que hoy en día, en este siglo, sigue formando parte de la agenda política y económica de los gobiernos. Los esquemas de integración económica se han intensificado significativamente y los países continúan suscribiendo acuerdos para proyectar una agenda más dinámica en su funcionamiento. En consecuencia, los países y los gobiernos han invertido una importante cantidad de recursos humanos y materiales, desde distintas perspectivas y con distinto grado de intensidad, bien como un componente relevante de sus estrategias de desarrollo económico, bien buscando

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incrementar y consolidar su poder político o buscando una inserción más eficiente en la economía mundial. Esto, sin duda, ha fortalecido la integración económica, y afianzó la creación de los dos esquemas más importantes de integración económica en el área sudamericana, como son la Comunidad Andina (CAN) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), asentando sus zonas de libre comercio, conformando sus uniones aduaneras y consolidando un mercado común, recientemente concluido, pero aún en una etapa de evolución y ordenamiento administrativo. Bajo este contexto, los aspectos políticos reflejados en la propia negociación CAN-MERCOSUR, con especial atención a la actuación de Venezuela, nos hace reflexionar acerca de la profunda crisis, llamada por algunos conocedores de la materia como “sistémica(73), que vivenció el equipo oficial negociador venezolano para dichas negociaciones, que no escaparon de las evoluciones e involuciones del proceso, así como, de los períodos de auge y optimismo, escepticismo, desconfianza e incumplimientos de las contradicciones que puede representar un proceso de negociación comercial, económico y político de un país que no sólo se encuentra en una permanente transformación, sino que vive una realidad política particular.

2.2.

Breve recuento de la labor de los técnicos de los bloques subregionales

Las negociaciones entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR responden al propósito de fortalecer la integración sudamericana y consolidar un espacio económico ampliado sudamericano mediante la suscripción de un acuerdo de libre comercio entre ambos bloques. En tal sentido, los mandatarios andinos otorgaron prioridad a las negociaciones y emitieron en reiteradas ocasiones su compromiso y voluntad de culminar dichas negociaciones a la brevedad posible. En un principio, los países andinos a través de la labor de sus técnicos, mostraron cohesión y consistencia en sus planteamientos y posición conjunta, actuando mediante vocería única, lo que fortaleció al bloque andino pese a las dificultades que el curso de las negociaciones se fueron presentando en las altas complejidades del proceso de negociación(74). En el período entre 1997 y finales de 1998, se desarrollaron intensas negociaciones con miras a suscribir el acuerdo de libre comercio, hoy una realidad. Sin embargo, no fueron pocos los obstáculos que se encontraron en el camino, pues hubieron diferencias de fondo en cuanto a determinados temas como el tratamiento a los productos del Patrimonio Histórico, del ámbito agrícola y el Sistema Andino de Franjas de Precios, el porcentaje de Contenido Regional dentro el Régimen de Origen, la determinación de los plazos máximos de desgravación y los puntos iniciales de desgravación, así como diferencias sustanciales en cuanto al carácter que debía tener el mecanismo de solución de controversias.

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Pese a esos problemas, ambas partes hicieron amplias y continuas manifestaciones de voluntad política y disposición para continuar el ritmo de negociación y concluirla cuanto antes. No era la primera vez que los técnicos hablaban acerca de la terminación de la negociación en eventos, en viajes de negociaciones, en abundantes comidas regionales, haciendo votos de mejor integración, en uniones y alianzas estratégicas, sus tareas parecían interminables. Esto se convirtió en una etapa dramática para la historia de ambos bloques, ya que la labor de los técnicos se vio finiquitada y estaba, incluso, estancada en espera de la voluntad política que cristalizase el acuerdo decisivo del proceso, que finalmente concluyó en el 2004.

2.3.

Problemas de ambos bloques que se evidenciaron a raíz de las negociaciones CAN-MERCOSUR

En el contexto de las dificultades que limitaron los avances de la CAN se encuentran contenidas fases de expansión y de estancamiento, con la peculiaridad que el conjunto social de sus países miembros se hicieron evidentes, en las últimas, desde su creación e incluso aún con treinta y cinco años de existencia. Los años setenta son la expansión y construcción del esquema andino y se corresponden con una fase floreciente del comercio, pero los contrasentidos no dejaron de estar ausentes y, en 1976, se retira Chile, uno de sus miembros promotores de la integración andina. El retiro de Chile y luego la fase recesiva por la que atravesó toda la región en la década de los ochenta, en parte, como consecuencias de la crisis energética y la crisis de la deuda externa, conllevaron a un serio lapso de paralización para el proyecto de integración subregional andino. Los 80’ fue la llamada “la década pérdida de la integración”(75), quizás debido a la situación que pasaban cada uno de los Países Miembros, y que en la práctica, se observó una acentuada discordancia entre los compromisos asumidos y su aplicabilidad. De esta manera se recurrió a la fórmula más simple, la que representaba menor costo político interno para cada país: la reforma del Acuerdo de Cartagena mediante el instrumento de los Protocolos Modificatorios, que postergaban los compromisos, y a las Declaraciones y a los discursos políticos que auspiciaron mejores tiempos. En cuanto a las complicaciones del MERCOSUR manifestadas en ocasión de la negociación con la CAN, se observó, que las mismas estaban basadas más en las discrecionalidades políticas que en la racionalidad económica. El ejemplo más palpable de está situación se mostró con respecto a las debilidades del arancel externo común, debido a que cada uno de los países permanecían bajo sus visiones rígidas de soberanía nacional modificando unilateralmente las tarifas en incumplimiento con los compromisos de su norma comunitaria. En este sentido, el gobierno brasileño realizó individualmente importantes modificaciones en su arancel y luego movilizó su fortaleza

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política al interior del MERCOSUR para lograr una aprobación comunitaria de sus actos individuales. Uno de los conflictos más atenuados al interior del MERCOSUR, fue la notable oposición en las políticas macroeconómicas y en el déficit fiscal inclemente en la región, así como, la fuerte situación económica que vivió Brasil y Argentina, y que definió o redefinió de manera determinante, la orientación general de la política comercial y el acceso al mercado de ese bloque. En consecuencia, y especialmente, la crisis financiera de Brasil, obligó al MERCOSUR ha experimentar con rigor las contradicciones del mundo financiero globalizado, como la ausencia coordinada de políticas macroeconómicas internas, así como, sus verdaderas debilidades institucionales para enfrentar dificultades internas de emergencia. Al igual que en el foro de la CAN, el MERCOSUR produjo múltiples compromisos, declaraciones y discursos políticos con el objetivo de avanzar, aunque sea en papel, en la conformación de un mercado común paralelamente al perfeccionamiento de su unión aduanera.

2.4.

Acuerdo Marco para la Creación de la Zona de Libre Comercio (ZLC) entre MERCOSUR y la Comunidad Andina

Durante 1996 y 1997 la CAN y el MERCOSUR celebraron distintas reuniones con miras a firmar un Acuerdo, concluyendo en 1998 con la firma del Acuerdo Marco para la Creación de una Zona de Libre Comercio entre la CAN y el MERCOSUR, donde se establecieron las bases sobre las cuales se constituiría el acuerdo final. Las negociaciones entre ambos bloques para el logro de un Acuerdo de Preferencias Arancelarias, buscaron en un primer lugar la armonización e incremento de las preferencias que en acuerdos anteriores los países de ambos bloques de forma bilateral se habían concedido. En 1998 se firmó el Acuerdo Marco para la Creación de la Zona de Libre Comercio entre la CAN y el MERCOSUR. En palabras de Canciller Celso Lafer “A formação de uma área de livre comércio entre os países do Mercosul e a Comunidade Andina significa, na practica, a criação de uma zona de livre comércio na América do Sul, uma vez que Chile e Bolivia já contam com acordos de livre comércio com o Mercosul. Guiana e Suriname, por sua vez, que também estão fora dos outros grupos regionais já assinaram com o Mercosul memorandos de entendimento de cooperação, que representam um primeiro passo de aproximação”(76). Posterior a la firma del Acuerdo Marco en 1998, se dio inicio a las negociaciones para las Preferencias Arancelarias. Las de negociaciones de preferencias arancelarias no fueron productivas y llevaron a extender la fecha para finalizarlas a Marzo de 1999 así como a prorrogar la vigencia de los acuerdos bilaterales.

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Para Marzo de 1999, durante la octava reunión de negociaciones y ante la imposibilidad de conciliar posiciones y lograr un acuerdo, Brasil decidió negociar y firmar un Acuerdo de Alcance Parcial y Complementación Económica con la CAN en 1999, tratando en forma individual y fuera del MERCOSUR. Hecho que fue imitado por la Argentina en junio del 2000, llegando a un Acuerdo de similares características con los países andinos. En Septiembre del 2000 por invitación del Presidente Fernando Henrique Cardoso, se realizó en la ciudad de Brasilia la Primera Cumbre de Presidentes de América del Sur, con la participación de los Jefes de Estado y de Gobierno de Chile, Guyana, Surinam y Trinidad y Tobago, con el propósito de impulsar las negociaciones no sólo para la construcción de un espacio económico sudamericano, sino también en temas de infraestructura, democracia y narcotráfico. La Declaración de Brasilia (Septiembre 01 de 2000), establece que la construcción de un espacio económico sudamericano a través de un acuerdo de libre comercio entre la CAN y el MERCOSUR deberá realizarse antes de Enero del 2002. Esto en forma simultánea al perfeccionamiento y profundización de ambos bloques, a las negociaciones del ALCA y de la OMC. Lo más destacado de esta declaración es el reconocimiento de las dificultades que envuelve el contexto globalizador en el que se plantea la integración de la subregión. •

Posteriormente, se firma en Buenos Aires el 16 de Abril de 1998 entre la CAN y el MERCOSUR el Acuerdo Marco para la creación de una Zona de Libre Comercio, en donde se estableció que para el 1 de enero del año 2000 se debía iniciar la zona de libre comercio entre ambos bloques.

Las negociaciones tuvieron un nuevo impulso con la firma del Acuerdo Marco. Entre julio de 1998 y marzo de 1999 se realizaron ocho (08) Reuniones de Negociación entre la CAN y el MERCOSUR, con el objetivo de alcanzar un Acuerdo de Preferencias Arancelarias, aunque ya el plazo establecido en el Acuerdo Marco había vencido. El Acuerdo Marco entre la CAN y el MERCOSUR, estableció como principio de una futura asociación entre ambos bloques, los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo de 1.980, a través del cual se creó la ALADI: El Acuerdo Marco entre la CAN y el MERCOSUR, buscaba contribuir a la expansión del comercio mundial, ofreciendo a los agentes económicos y a los mercados, reglas claras en el desarrollo del intercambio de bienes y servicios, con el objetivo de lograr un desarrollo común y de una adecuada infraestructura física. Esto se refleja detalladamente en sus objetivos. En el Acuerdo Marco, se hacía una espcial distinción en materia de solución de controversias. Con relación a este tema, su discusión pudo haberse constituido en un obstáculo importante para el logro de un Acuerdo debido a las diferencias existentes en esta área.

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Esto llevó a que dicho aspecto fuese adscrito a las normas y procedimientos de la OMC, foro en el cual participan como miembros todos los países de América del Sur. En relación a los ACE celebrados con Argentina y Brasil con la CAN estos mantuvieron en su estructura una fuerte similitud con el Acuerdo Marco, es decir, se reconoció al Tratado de Montevideo de 1980 como pilar del proceso de integración para América del Sur, así como el objetivo posterior de lograr un Acuerdo que incluya a todos los países de la región. Ambos Tratados reconocieron la importancia de los acuerdos preexistentes en las negociaciones de nuevos acuerdos de libre comercio. Así como también se basaron en el otorgamiento de márgenes de preferencias fijos otorgados recíprocamente, utilizando la nomenclatura arancelaria de la ALADI de 1993, quedan fuera del acuerdo, los bienes usados y reconstruidos dentro de las Preferencias que en forma mutua se otorgan las partes. La vigencia de ambos Acuerdos es diferente, el acuerdo celebrado entre la Argentina y la CAN tuvo una vigencia de un año prorrogable a un segundo desde su aprobación, mientras el Acuerdo entre Brasil y la CAN tendría una duración de dos años. En ambos casos se estableció que en el momento cuando se logre un Acuerdo entre la CAN y el MERCOSUR, ambos acuerdos dejarían de estar en vigencia. Se puede decir que la incorporación de normativas existentes en Acuerdos Multilaterales al proceso de integración de América del Sur (normativas de ALADI y la OMC) evidenció la necesidad del pronto logro de un Acuerdo Subregional por una parte y por otra puede servir de garantía a estos nuevos esfuerzos de lograr una integración económica en la subregión.

2.5.

Acuerdo de Complementación Económica suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa de Brasil, de la República de Paraguay y de la República Oriental del Uruguay – Estados Partes del MERCOSUR y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República de Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela – Países Miembros de la Comunidad Andina Acuerdo de Libre Comercio Colombia, Ecuador, Venezuela - MERCOSUR (ACE-59) Resumen(77)

I. ASPECTOS GENERALES Colombia, Ecuador y Venezuela suscribieron el 16 de diciembre de 2003 con el MERCOSUR, un Acuerdo de Libre Comercio, luego de un largo proceso de negociación

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iniciado en 1995, que fue encarado mediante dos etapas, la primera de renegociación del denominado Patrimonio Histórico, donde los países andinos negociaron acuerdos de preferencias fijas con Argentina y Brasil y la segunda iniciada el año 2001 en la que se dio un salto cualitativo hasta concretar el Acuerdo de Libre Comercio. Sumado a los Acuerdos de Libre Comercio suscritos previamente por Bolivia (ACE No. 36) y por Perú (ACE No. 58) con el MERCOSUR, el Acuerdo completa el vínculo comercial entre la COMUNIDAD ANDINA y el MERCOSUR que genera actualmente un intercambio comercial de alrededor de 6.000 millones de dólares anuales que se estima podría multiplicarse en los próximos años. De esta manera la COMUNIDAD ANDINA y el MERCOSUR conforman el primer acuerdo de libre comercio entre bloques de países en el mundo. El Acuerdo denominado en el marco de la ALADI, Acuerdo de Complementación Económica No. 59 entrará en vigor el 1 de julio de 2004 tras haber concluido durante la el pasado 2 de abril las negociaciones sobre las concesiones arancelarias y los Requisitos Específicos de Origen. El ACE No. 59 es un acuerdo para la liberación del comercio de bienes cuyo objetivo es establecer un marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y al plena utilización de los factores productivos, en condiciones, asimismo tiene como objetivo formar un área de libre comercio mediante la expansión y la diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y de las no- arancelarias que afecten al comercio recíproco, cuenta por tanto con disciplinas que norman y promueven el incremento del intercambio comercial entre las Partes Signatarias a través de un efectivo acceso a sus mercados, mediante la eliminación de los aranceles aduaneros y las restricciones al comercio. Asimismo, prevé en el futuro, la ampliación del comercio de bienes a los servicios e incorpora elementos referidos a la integración física e infraestructura como medio de promover y consolidar la integración de los mercados así como la cooperación en las áreas científica y tecnológica tendientes a propiciar un mayor grado de complementación e integración productiva. Constituye por tanto un instrumento que coadyuvará a alcanzar el desarrollo armónico en la región, tomando en consideración las asimetrías derivadas de los diferentes niveles de desarrollo económico de las Partes Signatarias, a la vez que impulsará las inversiones entre los agentes económicos y promoverá un mayor grado de coordinación y consultas en negociaciones comerciales que se efectúen con terceros países y agrupaciones de países extra regionales.

II. CONTENIDO DEL ACE No. 59 El ACE No. 59 contiene, entre otras, las siguientes disciplinas: - Programa de Liberación Comercial

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- Régimen de Origen - Trato Nacional - Medidas Antidumping y Compensatorias - Prácticas Restrictivas de la Libre Competencia - Aplicación y Utilización de subvenciones - Salvaguardias - Solución de Controversias - Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la conformidad - Medidas Sanitarias y Fitosanitarias - Medias Especiales - Propiedad Intelectual a) Programa de Liberación Comercial Se establece la eliminación de los aranceles aduaneros de las Partes Signatarias mediante un proceso gradual y automático en un plazo máximo de 15 años. Se acordaron los siguientes cronogramas y plazos de desgravación: Desgravación Inmediata, Cronograma General (4, 5, 6, 8 10 y 12 años). Cronograma para el Patrimonio Histórico (8 y 10 años). Cronogramas para productos sensibles (12 y 15 años). En virtud del tratamiento asimétrico a los países de menor desarrollo, algunos cronogramas cuentan con períodos de gracia para productos sensibles otorgados a Ecuador y Paraguay durante tales períodos el proceso de desgravación no se inicia. Los productos del Patrimonio Histórico no sensible cuentan con período de desgravación de 10 años mientras que los sensibles para los países andinos se desgravan en un plazo de 15 años. El ámbito de productos objeto del Programa de Liberación Comercial corresponde al universo arancelario en Naladisa 96 es decir 6524 subpartidas. Los productos del ámbito del Sistema Andino de Franjas de Precios, se desgravarán solo en su componente fijo y no así en el componente variable. El Acuerdo incorpora las preferencias previamente negociadas por las Partes Signatarias en el marco de la ALADI tal como se presentan en el Programa de Liberación. En materia de restricciones no arancelarias se acordó que las Partes no podrán mantener ni introducir nuevas restricciones al comercio. Por otra parte no se podrán adoptar gravámenes y cargas de efecto equivalente distintos de los derechos aduaneros pudiendo mantenerse solo aquellos que constan en un anexo al Acuerdo.

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b) Régimen de Origen El Acuerdo cuenta con un Régimen General de Origen y con Requisitos Específicos. El Régimen General Establece los criterios generales de calificación del origen de las mercancías tales como: • •

Mercancías enteramente obtenidas en los territorios de las Partes Signatarias. Mercancías producidas con materiales no originarios de las Partes Signatarias.



Mercancías producidas enteramente a partir de materiales originarios de las Partes Signatarias.

En el caso de las mercancías producidas con materiales no originarios de las Partes Signatarias, éstas deben resultar de un proceso de transformación que les confiera una nueva individualidad, es decir que se clasifiquen en una partida arancelaria diferente de aquellas en las se clasifican cada uno de los materiales no originarios. De no ser así, el valor CIF de los materiales no originarios no deberá exceder en el caso de Argentina y Brasil el 40%, para Colombia, Venezuela y Uruguay el 50% por un período de 7 años y a partir del octavo el 45%. En el caso de Ecuador y Paraguay el porcentaje de partida será del 60%, a partir del sexto año será del 55% y a partir del décimo año del 50%. Cabe señalar que las Partes analizarán la posibilidad de que estos alcancen el 40% en algún momento durante la vigencia del Acuerdo. El Régimen establece también la acumulación del origen entre las Partes Signatarias incluidos Bolivia y Perú lo que permite potenciar las posibilidades de producción entre los países andinos y del MERCOSUR. Se incluyen asimismo, disposiciones que garanticen la seguridad en la certificación y control del origen de las mercancías mediante mecanismos de consulta, verificación y sanción si fuera el caso. Requisitos Específicos Dadas las condiciones de la producción de determinados productos, se establecen Requisitos Específicos de Origen (REOs) que buscan una mayor utilización de materiales de las Partes Signatarias, los mismos que prevalecen sobre los criterios generales salvo que se trate de mercancías que sean enteramente obtenidas en el territorio de las Partes Signatarias o enteramente obtenidas a partir de materiales originarios de las Partes Signatarias.

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En este sentido se acordaron REOs en determinados productos agrícolas (ejm. Lácteos, oleaginosas) y en productos de sectores tales como el automotor, textil, agroquímico y siderúrgico. La fijación de tales REOs tiene como objetivo promover la complementación productiva mediante el empleo de materiales e insumos de la región en sectores donde es posible hacerlo o existe un potencial productivo conjunto. c) Trato Nacional Las Partes acordaron regirse por lo dispuesto en el Artículo III del GATT de 1994 y el Artículo 46 del Tratado de Montevideo de 1980. d) Medidas Antidumping y Compensatorias En esta materia las Partes se regirán por sus respectivas legislaciones, las que deberán ser consistentes con las normas de la OMC. e) Prácticas Restrictivas de la Libre Competencia Se acordó promover las acciones para disponer de un marco para identificar y sancionar eventuales prácticas restrictivas de la libre competencia. f) Aplicación y Utilización de subvenciones Se condena toda práctica desleal de comercio y se establece el compromiso de eliminar las medidas que puedan causar distorsiones al comercio bilateral de conformidad con lo dispuesto en la OMC. Se acordó ir más allá de lo establecido por la OMC en el sentido de no aplicar subvenciones a las exportaciones al comercio recíproco agrícola. En cuanto a las ayudas internas, se acordaron criterios para que las mismas no tengan efectos distorsionantes del comercio recíproco. Los productos que no cumplan con lo anteriormente señalado no se beneficiarán del Programa de Liberación Comercial y en caso de que una Parte se considere afectada por alguna medida podrá solicitar la realización de consultas a la Parte signataria exportadora. g) Salvaguardias y Medidas Especiales Con el propósito de evitar que las importaciones y las condiciones en las que se realizan amenacen causar o causen daño a la producción nacional, se establecen medidas de salvaguardia que podrán ser aplicadas por las Partes Signatarias con carácter excepcional para productos que se benefician del Programa de Liberación

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Comercial. En tal sentido podrán hacerlo individualmente como país o de manera conjunta como grupo de países. El período durante el cual se podrán aplicar medidas de salvaguardia es aquel que dure el proceso de desgravación y un período adicional de 4 años después de concluido dicho proceso de desgravación. Al cabo de dicho plazo adicional las Partes evaluarán su continuidad o no. Las medidas a adoptarse son de carácter arancelario y podrán consistir en la suspensión del incremento del margen de preferencia establecido en el Acuerdo o la disminución parcial o total del margen de preferencia vigente. En ambos caos se mantendrá la preferencia vigente para un cupo a efectos de no interrumpir las corrientes comerciales. Las medidas tendrán una duración máxima de 2 años y podrán ser prorrogadas por una sola vez por un plazo adicional de 1 año. Se establece asimismo, un régimen de medidas provisionales que podrán ser aplicables cuando cualquier demora entrañe un perjuicio difícilmente reparable. Medidas Especiales Colombia, Ecuador y Venezuela podrán aplicar a las importaciones provenientes de Argentina y Brasil Medidas Especiales para un ámbito reducido de productos de origen agrícola. Paraguay y Uruguay no son partícipes de este mecanismo y no serán objeto de la aplicación del mecanismo por parte de Ecuador ni podrán aplicarlo a sus importaciones desde ese país, quedando, por tanto los productos del ámbito definido por Ecuador, congelados en sus preferencias actuales y sin la aplicación del Programa de Liberación del Acuerdo. La vigencia del mecanismo es por el plazo que dure el período de transición hasta la eliminación total de los aranceles más un período adicional de 4 años al igual que la salvaguardia general. Luego de dicho lapso de tiempo se evaluará el mecanismo para decidir su continuidad. Este mecanismo se aplica bajo el principio de presunción de daño o amenaza de daño y está sujeto a la verificación a posteriori de la existencia de dicho daño o amenaza de daño. No será aplicable simultáneamente a las medidas de salvaguardia y los productos del ámbito del Sistema Andino de Franjas de Precios podrán ser objeto del mismo cuando dejen de pertenecer a dicho mecanismo de precios. Las causales de activación de las Medidas Especiales son dos, la Activación por Volumen, cuando las importaciones superan un 20% de las importaciones promedio y la Activación por Precio, cuando el precio promedio de las importaciones sean inferiores al precio de activación en al menos un 15%.

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En el caso de la Activación por Precio, el porcentaje será incrementado por Colombia y Venezuela hasta llegar a un 20% en un plazo de 5 años. Las medidas consisten al igual que en la salvaguardia, en medidas de carácter arancelario como la suspensión del incremento del margen de preferencia o la disminución o suspensión del mismo. Su vigencia es por un plazo de 2 años prorrogable por 1 año adicional. h) Solución de Controversias El Acuerdo contiene un Régimen de Solución de Controversias Transitorio y otro definitivo. Régimen Transitorio Cuya vigencia será desde la entrada en vigor de Acuerdo hasta la ratificación del Régimen definitivo que será incorporado al Acuerdo mediante un Protocolo Adicional. El mecanismo establecidos:

consisten

tres

instancias

con

plazos

y

procedimientos



Consultas recíprocas y negociaciones directas.



Intervención de la Comisión Administradora, que emitirá recomendaciones que serán adoptadas por consenso.



Grupo de Expertos, cuando las recomendaciones de la Comisión Administradora no son acatadas o no son cumplidas cualquiera de las Partes Signatarias involucradas podrá solicitar la conformación de un grupo de expertos, cuyas recomendaciones, salvo consenso en contrario, serán adoptadas total o parcialmente por la Comisión Administradora. En caso de no cumplir las medidas dispuestas, el país afectado podrá solicitar nuevamente que el grupo de expertos se reúna para que defina medidas referidas a la suspensión o retiro de concesiones equivalentes al daño causado.

Régimen Definitivo El Régimen Definitivo, entrará en vigencia una vez que todas las Partes Signatarias la hayan ratificado mediante su legislación interna. Este Régimen consta de tres instancias:

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Negociaciones directas



Intervención de la Comisión Administradora



Procedimiento Arbitral, a través de la composición de un Tribunal Arbitral compuesto por 3 árbitros, que emitirá su laudo el cual será inapelable, obligatorio para las Partes y tendrá respecto de ella fuerza de cosa juzgada.

i) Eliminación de obstáculos al comercio Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la conformidad El Acuerdo incorpora un Anexo cuyo objetivo es evitar que las Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la conformidad que las Partes Signatarias adopten, se constituyan en obstáculos técnicos innecesarios al comercio recíproco. En este sentido las Partes Signatarias reafirman sus derechos y obligaciones ante el Acuerdo sobre Obstáculos Técnico al Comercio de la OMC, el Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio mediante la superación de Obstáculos Técnicos al Comercio de la ALADI. El mecanismo propicia la celebración de Acuerdos de Reconocimiento entre los organismos competentes en áreas de metrología, normalización, reglamentación técnica y evaluación de la conformidad. Se establece un marco de cooperación y asistencia técnica entre las Partes Signatarias así como promover su prestación a través de organizaciones internacionales o regionales competentes en aspectos inherentes a este capítulo. Define asimismo un mecanismo de transparencia mediante el cual las Partes se notificarán los nuevos reglamentos técnicos, procedimientos de evaluación de la conformidad y cualquier otra medida obligatoria que se pretenda adoptar. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Las Partes acordaron regirse por lo establecido en el Acuerdo sobre la Aplicación de medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC y por lo establecido en el Acuerdo. Se establece que las medidas sanitarias y fitosanitarias no se aplicarán de manera que constituyan una restricción encubierta al comercio. El Acuerdo promueve la celebración de acuerdos de reconocimiento de equivalencia de sus medidas sanitarias y fitosanitarias y promueve la confianza mutua entre las respectivas autoridades competentes. Se incorporan cláusulas relativas al reconocimiento de zonas o áreas libres o de escasa prevalencia así como mecanismos de control, inspección y aprobación. Al igual que en el caso de las normas técnicas se incluye disposiciones sobre transparencia y contra notificaciones mediante las cuales las Partes Signatarias se

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comprometen a notificar los proyectos de sus medidas sanitarias y fitosanitarias que pretendan adoptar. Asimismo, se incluyen disposiciones sobre Cooperación Técnica. j) Propiedad Intelectual Las Partes acordaron regirse por el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio de la OMC y por los derechos y obligaciones que constan en el Convenio sobre la Diversidad Biológica de 1992. Por otra parte procurarán desarrollar normas y disciplinas para la protección de los conocimientos tradicionales. III. ASPECTOS COMPLEMENTARIOS El Acuerdo contiene además de las disciplinas antes descritas, otras referidas a Valoración Aduanera, Promoción e Intercambio de Información Comercial, Servicios, Inversiones y Doble Tributación, Transporte, Infraestructura, Cooperación Científica y Tecnológica, Cooperación y Zonas Francas así como cláusulas referidas a la Administración y Evaluación del Acuerdo, Convergencia, Adhesión, Vigencia, Denuncia, Enmiendas, Disposiciones Finales en las que se precisa la no aplicación por parte de Brasil del Adicional al Flete para la Renovación de la Marina Mercante y por parte de Argentina de la Tasa de Estadística. Finalmente existen cuatro Disposiciones Transitorias referidas a la conformación de la lista de árbitros para el mecanismo de Solución de Controversias definitivo, la elaboración por parte de la Comisión Administradora de las Reglas de Procedimiento de los Tribunales Arbitrales y del Reglamento del Régimen definitivo de Solución de Controversias, al plazo de ratificación de dicho régimen definitivo y a las labores que realizará la Comisión Administradora respecto de los productos farmacéuticos para garantizar la transparencia en cuanto a las disposiciones legales de las Partes Signatarias.

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Capítulo III Experiencia de Venezuela 3.1.

Acuerdos Bilaterales (Políticos y Comerciales) Previos y Geopolítica de las Relaciones de Venezuela con Brasil 3.1.1.

Campo Limítrofe

En un conjunto de las relaciones limítrofes de Venezuela, destacan de manera positiva las sostenidas con el Brasil por su menor grado de controversia. Por ello se puede decir que es un caso único en nuestras relaciones diplomáticas con países vecinos. Hoy estas relaciones han superado el distanciamiento y la falta de interés recíproco vigente en el pasado, para ofrecer grandes posibilidades y alternativas tendientes a ampliar un movimiento integrador a escala continental, presentándose al mismo tiempo como una eventual salida para superar la grave crisis de perspectivas que vive nuestro país. Se trata de dos naciones que vivieron a espaldas, separadas por el enorme espacio de la selva amazónica, siguiendo procesos formativos desiguales y dándole respuestas a imperativos diferentes. Sin embargo, la sociedad brasileña avanzó con mayor dinamismo en su extenso territorio, reproduciendo su matriz inicial de mestizaje y extendiéndose desde las áreas aledañas a la costa Atlántica hasta alcanzar los apartados confines de la selva amazónica, y así tomar contacto con los países vecinos, entre ellos Venezuela. Al encontrarse la sociedad brasileña y la venezolana, empiezan a descubrirse similitudes en sus procesos de formación, las propias de los “pueblos nuevos”, con un desarrollo desigual, en comparación con los “pueblos testimonio”, determinados en su actuación presente por la tradición de lata culturas prehispánicas(78) o por los “pueblos trasplantados” caracterizados por la imposición de la cultura de sus olas migratorias(79). Las relaciones venezolano-brasileñas, se pueden referenciar a lo largo de su historia en tres hitos: el primero, alrededor del Tratado de 1859; el segundo, en torno a la formulación, a principios de siglo, de un deslindamiento geopolítico satisfactorio, y en el tercero, la búsqueda de la complementariedad neoeconómica en el siglo XX hacia el

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surgimiento de una singular coyuntura propicia para redefinir el curso histórico de los dos países(80). 3.1.2.

Campo Económico- comerc ia l

En esta área, se destaca la década de los ochenta, en la cual se inicia con un acercamiento calificado por muchos estudiosos del tema, como de “gigantesca expansión comercial”. El acercamiento surge básicamente en un intento de reagruparse subregionalmente, como respuesta a la agresión comercial de los países industrializados. Pero sobre todo por la coincidencia ante el acoso de la enorme deuda externa. Otros factores inciden, entre ellos la democratización en Brasil. 3.1.3.

Campo Energético

En esta materia Venezuela tiene importancia estratégica para Brasil por cuanto puede ofrecer seguridad de abastecimiento de petróleo. El complejo económico venezolano tiende a desempeñar un papel primordial como suplidor de bienes y servicios para el enorme triángulo que conforman las ciudades brasileñas de Boa Vista, Manaos y Belem do Para. Además, nuestro país ha estado siempre en capacidad de suministrarle energía eléctrica desde la repesa del Guri hasta la ciudad de Boa Vista y Manaos, extendiéndola al resto del territorio fronterizo. Esto funciona desde aproximadamente, 1997, cuando se firmaron Convenios de Interconexión eléctrica entre los dos país, la prensa que cubrió el evento en ese momento lo catalogó como “La Interconexión eléctrica ilumina relación entre Venezuela y Brasil”(81).

3.2.

Problemática Estructural de la formulación de la Política Exterior en Venezuela, en materia de negociaciones

El aproximarse al estudio de las políticas públicas nacionales y en especial de la política exterior, supone la contemplación de múltiples variables sobre las cuales lograr el análisis y posterior diagnóstico de las mismas; entre los factores a considerar se encuentra la continuidad en la observación de los problemas domésticos, así como de la dinámica en el escenario internacional y sus diferentes actores. Al identificar los temas fundamentales de la política exterior y en particular de los que se observan con preocupación, se pueden resumir para la política exterior de Venezuela en los siguientes: reorientación económica internacional; las relaciones bilaterales; el petrolero; la cooperación internacional; la integración regional; y seguridad internacional y la regional. Como se puede evidenciar el hecho de poseer una nueva Carta Magna redirecciona los objetivos de las políticas y de todo el cuerpo normativo nacional; como es lógico las prioridades de la política exterior (P.E.) hicieron lo propio con el nuevo régimen político. Es precisamente con este hecho coyuntural que se culmina con la continuidad en la instrumentalización y diseño de la P.E., dado que el actual Presidente

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de la República, Hugo Chávez, desde 1999 ha realizado cambios en el paradigma de lo que representaba la P.E. para Venezuela. Los instrumentos de política exterior utilizados por Venezuela en sus relaciones hemisféricas son de tipo diplomáticos y económicos, en materia comercial regional. Aspecto que se mantiene aun hoy, y que se hace patente en el hecho de que el Gobierno Nacional ha tenido una instrumentalización primeramente presidencialista y ministerial, para luego dar paso a uno netamente presidencialista, con lo que se afina que es una política de carácter mixto. En este sentido, se puede llegar a decir que la P.E. venezolana se ha tornado con visos de mayor complejidad, producto de su interés de lograr un rol de mayor protagonismo regional e internacional. Es por lo anterior que ”en el proceso de configuración de esa política se ha establecido una serie de fines y objetivos precisos, así como un conjunto de mecanismos que traducen estas aspiraciones en acciones concretas de política exterior”(82). Dentro de estas apreciaciones técnicas, es posible señalar que a pesar de mantenerse las relaciones diplomáticas, comerciales, culturales, políticas, y tradicionales, los vínculos han tratado de llegar a nuevos frentes, dentro de lo que se ha dado por llamar fachadas por el Ejecutivo; estos nuevos focos de atención atienden más a los lineamientos ideológicos y políticos, que a los económicos comerciales e incluso de identificación cultural. Tal es el caso de los países de la ex URSS, Cuba, y los del Medio Oriente, como Irak, Irán, Libia y Siria.

3.3.

Percepción de la Relación Venezuela – Brasil – VenezuelaMERCOSUR

La finalidad de la integración de América del Sur, es fundamentalmente un proyecto de tipo político, que reposa en aranceles económico comerciales que deben ser reformados y fortalecidos. La política exterior económica y comercial de Venezuela hacia estos dos grandes socios (Brasil y MERCOSUR) se considera dinámica; lógicamente esta área se lleva de manera intensiva debido a que, se reflejará en el desarrollo y crecimiento de la nación los beneficios aportados producto de los acuerdos alcanzados en ésta materia, así como que concentrará los esfuerzos y deseos de políticos nacionales de fortalecer lazos de este tipo con Brasil y MERCOSUR; esfuerzos sustentados en la labor diplomática. La cual, responde al relanzamiento de una política de Estado promotora de inversiones y exportaciones que adelanta en su función continuada, la Cancillería venezolana. La política exterior de Hugo Chávez se puede caracterizar como activa a nivel político; es “activa” dado el protagonismo que se ha manifestado en la aplicación de acciones encaminadas hacia el afianzamiento del Interés Nacional en la dimensión exterior de la actuación del Estado, es decir, la identificación y promoción de los Intereses Nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, caracterizados por la

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necesidad de procurar nuevos consensos liderizados por el Jefe de Estado, y por ende de procurar la internacionalización de su proyecto político. En términos de concretar la caracterización de la política exterior de Venezuela hacia estos dos frentes, se puede analizar que en líneas generales esta, ha sido una Política de cordialidad, de cooperación y de protagonismo político. El nexo con Brasil, durante muchos años fue relegado de la esfera de atención de Venezuela, ante la existencia de prioridades diferentes en los objetivos de nuestra política exterior, sin embargo, hoy se vive un promisorio momento y los esfuerzos venezolanos se han orientado hacia un plan de amplia cooperación. Vale la pena acotar que en lo que a política exterior se refiere, Brasil es reconocido por conservar una línea de continuidad, incluso, esta condición es tomada en consideración por relevantes políticos como es el caso del ex- Secretario de Estado de EE.UU Henry Kissinger, quien describe al servicio diplomático brasileño como “o mais eficiente da América Latina, bem treinado, poliglota, defendendo o interesse nacional do Brasil com um misto de charme, persistência e sofisticada avaliação da realidade internacional”(83). En este mismo orden de ideas, Venezuela y Brasil han instrumentado una firme política de ampliación del comercio y de integración infraestructural, misma que se ha convertido en un proceso de adecuación de vías terrestres, así como de posibilidades para la interconexión de las redes de transmisión de energía eléctrica y una posible interconexión fluvial entre los ríos Orinoco y Amazonas. También es relevante señalar que la naturaleza productiva complementaria de la economía de ambos países, ha permitido el abastecimiento de energía por parte de Venezuela al Norte de Brasil y, viceversa, el flujo de servicios de Brasil hacia el sur de Venezuela, todo lo cual representa un desafío para el aparato productivo de ambas zonas limítrofes con miras a su crecimiento. Asimismo se han trabajado “iniciativas de complementación energética entre las empresas estatales petroleras PDVSA y PETROBRAS en áreas tales como el desarrollo de crudos pesados, explotación de gas y exploración en aguas profundas (...) lo que ha traído como consecuencia un incremento sustantivo en las exportaciones de petróleo a Brasil en los últimos años, lo cual augura además la identificación de otras posibles áreas de cooperación en materia de nuevas energías”(84). Finalmente, aparte de intensificar estas relaciones en el plano bilateral, la coincidencia entre Venezuela y Brasil ha servido también para darle un fuerte impulso a la consolidación institucional del Tratado de Cooperación Amazónica, para lo cual Venezuela ha apoyado el establecimiento de la nueva Secretaría Permanente del organismo en Brasilia; así como el mantenimiento en vigencia de los esfuerzos y planes a cerca de la integración de los bloques de la CAN y el MERCOSUR. Aspecto este último que ha llevado a Venezuela a convertirse incluso, en miembro asociado de éste esquema de integración regional y el lograr la celebración del Acuerdo Marco de Creación para la Creación de la Zona de Libre Comercio (ZLC) entre MERCOSUR y la Comunidad Andina de Naciones.

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Por su parte, si definimos el MERCOSUR desde la perspectiva valorativa de sus cuatro miembros, se diría que, instituye el instrumento para la adecuación industrial y productiva de Argentina a la nueva realidad económica internacional, buscando una mejor inserción externa. El MERCOSUR, es parte de la política económica y comercial de Brasil con el objetivo de mejorar su imagen internacional y presentarse como referente económico y político de la región; la necesidad de los industriales del Uruguay(85) en ampliar el comercio con sus socios regionales y la condicionalidad externa del Paraguay(86) de mantenerse dentro de un sistema democrático. En lo que a Brasil concierne, el MERCOSUR, le ha posibilitado, el alcanzar una sustentación para su estrategia de conseguir el reconocimiento como potencia media mundial, en concordancia con el liderazgo que ejercería puertas adentro del bloque, y por medio de éste en los países sureños; la finalidad de dicho proceso se evidencia en el hecho de que Brasil pretendía luchar con EE.UU por la hegemonía en el ámbito subregional sudamericano. Aun cuando el tema de la relación con los EE.UU, no es un aspecto focal en la investigación, su relevancia estriba en su participación en la contienda por el poder o hegemonía en la región, la cual es complementada por Brasil; es importante no sólo en el área de política exterior, “sino en aspectos ligados a la necesidad de formulación de un proyecto nacional”(87). En esta enunciación, la integración regional bien sea con el MERCOSUR, o con el resto de América del Sur, su objetivo de consolidar su presencia en este mercado consolidándose como el referente económico y político de la región, se ve amenazado o puede verse diluido por el ALCA (cuyas negociaciones para el momento se encuentran estancadas). Dado el peso específico de Brasil dentro del esquema de integración sureño, es importante hacer una revisión de lo que para él representa a nivel político el MERCOSUR:

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La significación de la consolidación de un Instrumento trascendental en la redefinición de la inserción internacional.



La ampliación de su poder de negociación con frentes de particular importancia como los EE.UU y la Unión Europea (UE).



La definición como una prioridad absoluta que no dejara de existir por la participación en un acuerdo de mayores dimensiones geográficas.



El planteamiento de un modelo de integración como un medio de convergencia regional.



El instrumento más viable para el acercamiento con otros bloques regionales.



El otorgamiento de ventajas de tipo económico y ayuda a fortalecer e incrementar su influencia en la política a nivel mundial.



El otorgamiento la posibilidad de posicionarse como portavoz de América Latina ante la UE y precursor de la integración económica de la región.

La UE, es el principal socio comercial del Brasil y del bloque(88). Debe destacarse que a diferencia de las relaciones comerciales del bloque con EE.UU, el diálogo con la UE no se limita a aspectos comerciales. La diferencia radica principalmente en que el Acuerdo Marco de Cooperación con la UE y el MERCOSUR de 1995, incluye una instancia de diálogo político, pero básicamente es un acuerdo de librecambio. Con relación a la agenda brasileña, sus desafíos después de haber firmado el Acuerdo Marco, se pueden concretar en los siguientes lineamientos: •

Ampliar su acceso a mercados en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio, MERCOSUR y el ALCA.(89)



Consolidar aun más el MERCOSUR y el acuerdo de libre comercio del bloque con la Comunidad Andina.



Formar una asociación interregional con la UE(90).



Plantear una nueva perspectiva futura ronda global de la OMC.

Bajo este contexto, la percepción de ambas relaciones nos hace concluir que, la decisión unilateral de Brasil de negociar fuera del MERCOSUR con la CAN, significó reeditar la acción que le ha criticado a EE.UU de querer negociar en forma unilateral con cada país y no desde los bloques existentes; sin embargo este no es el único país con el cual se presenta esta tendencia, pues como se registró anteriormente, Venezuela hizo lo propio ante el MERCOSUR. Esta estrategia de Brasil y Venezuela es válida, pues pareciera que en ambos países existe un interés muy particular y estratégico de consolidar su presencia en materia económica y política en América del Sur.

3.4.

Análisis comparativo de las políticas exteriores en materia de negociaciones comerciales aplicadas al caso CAN-MERCOSUR, desde la perspectiva venezolana

En materia de política exterior, al analizar los aspectos políticos de cualquier negociación, es necesario tomar en cuenta en primer lugar, la relación existente entre el orden constitucional y la política exterior propiamente dicha. En segundo lugar, lo que se ha estipulado en materia de política exterior en las Constituciones o por lo menos en la más reciente, en este caso en la venezolana, y tercer lugar, resaltar los resultados

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aplicados en las negociaciones CAN-MERCOSUR. De hecho, los estudios sobre los proyectos nacionales de los países, sobre estilos políticos, sobre los marcos institucionales, sobre las ventajas y desventajas del formalismo y sobre la relación entre el ordenamiento jurídico y la cultura política, han ido ganando nueva relevancia para el análisis político. Igualmente, en lo que respecta a la organización misma de la vida social, es evidente el reconocimiento de la contribución de los estudios constitucionales en la búsqueda y el establecimiento de reglas de juego y acuerdos formales. En el caso que nos ocupa, cuando reflexionamos sobre el actual orden constitucional venezolano en su dimensión internacional, mediante un suscito análisis comparativo de las Constituciones de 1961 y 1999 en materia de principios orientadores, procedimientos y temas relacionados con la política exterior, observaremos los propósitos fundamentales de algunos aspectos que han caracterizado a esas Constituciones; tales como: (i) la defensa y promoción de la democracia representativa, (ii) la promoción de la democracia a la democratización de la sociedad internacional, (iii) viejos y nuevos procedimientos y; (iv) integración y relaciones económicas internacionales. Además, lo que ambas Constituciones contienen en el área internacional. En relación con la defensa y promoción de la democracia representativa, especialmente hacia la región latinoamericana, este principio fue fundamental en el Preámbulo de la Constitución venezolana de 1961. Como bien lo ha reconocido la mayoría de los estudiosos y analistas de nuestra política exterior, ese principio fue uno de los principales lineamientos de la política exterior del Estado venezolano durante la denominada etapa de la democracia representativa, entre 1958 y 1998. Ciertamente, durante esas cuatro décadas Venezuela se distinguió en el hemisferio occidental por mantener una actuación internacional dirigida a defender, consolidar y expandir un sistema de pluralismo y libertades, y lograr el ideal de una América Latina democrática e integrada, como lo dejó establecido Rómulo Betancourt en 1969. Bajo este contexto, en la actualidad, nos encontramos con lo que se ha llamado la promoción de la democracia a la democratización de la sociedad internacional, establecida de manera distinta en lo que corresponde a política exterior. De acuerdo, con el Preámbulo de la Constitución Bolivariana de 1999 el fin supremo del Estado es “refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural”, mientras que el artículo 2 de ejusdem establece que “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derecho y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Sin embargo, en la nueva Constitución no se menciona, ni en el Preámbulo ni en el apartado “De las Relaciones Internacionales”, la promoción de la democracia como un lineamiento o fin de la política exterior venezolana, aun cuando en el Preámbulo se establece la democratización de la sociedad internacional, a pesar de que en el artículo 152 se especifica que la República

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mantendrá la práctica democrática en todos internacionales. Este artículo reza textualmente:

los organismos

e instituciones

“Las relaciones internacionales de la República responden a los fines del Estado en función del ejercicio de la soberanía y de los intereses del pueblo; ellas se rigen por los principios de independencia, igualdad entre los Estados, libre determinación y no intervención en sus asuntos internos, solución pacífica de los conflictos internacionales, cooperación, respeto de los derechos humanos y solidaridad entre los pueblos en la lucha por su emancipación y el bienestar de la humanidad. La República mantendrá la más firme y decidida defensa de estos principios y de la práctica democrática en todos los organismos e instituciones internacionales”. Por su parte, el artículo 153 establece que la República promoverá y favorecerá la integración latinoamericana y caribeña, en aras de avanzar hacia la creación de una comunidad de naciones, defendiendo los intereses económicos, sociales, culturales, políticos y ambientales de la región. Pero para nada se menciona el objetivo de defensa y promoción de la democracia representativa que contemplaba la Constitución Nacional de 1961 que, siguiendo el principio jurídico establecido en la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA), se expresaba en estos términos: “Sustentar el orden democrático como único e irrenunciable medio de asegurar los derechos y la dignidad de los ciudadanos, y favorecer pacíficamente su extensión a todos los pueblos de la tierra...”. La no mención del objetivo de la defensa y la promoción de la democracia representativa en la Constitución de 1999 puede explicarse por la concepción de la democracia que guía esa Carta fundamental, así como por la visión de mundo idealista y de izquierda –que desafía a la concepción ideológica liberal- que en ella subyace. No por casualidad el fin supremo de la refundación de la República que se plantea sugiere de entrada que esa Constitución busca llevar a cabo un cambio político radical de las instituciones y del sistema político y, a la vez, establecer una sociedad democrática “participativa” y “protagónica”, en la que la democracia sea más que un sistema político, una forma de vida que no sólo configure las instituciones políticas sino también las sociales(91). Tampoco es casual que en la Constitución de 1999 se destaque la eliminación, en relación con la tradición constitucional precedente, del calificativo “representativo” del gobierno, a pesar de que ello “es más por el prurito de insistir en el concepto de democracia ‘participativa’ que por desconocer el concepto de representatividad, ya que éste se consagra expresamente en el artículo 6, aunque en lugar de gobierno representativo se utilice el concepto de gobierno ‘electivo’, lo que en definitiva es lo mismo”(92). Asimismo fue eliminado del texto constitucional, el objetivo de la defensa y la promoción de la democracia representativa, también desapareció del discurso

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gubernamental nacional e internacional de la administración del presidente Hugo Chávez, siendo reemplazado –de manera poco clara y contradictoria– por una tendencia a la promoción de una democracia participativa y revolucionaria en el ámbito latinoamericano y en el escenario mundial, haciendo énfasis en los principios de la no intervención y la autodeterminación de los pueblos. De allí que durante la XXIX Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, realizada en la Ciudad de Guatemala en el mes de junio de 1999, el canciller venezolano, para esa época, José Vicente Rangel, presentara un proyecto de declaración sobre “Democracia Participativa” que contrastó con la iniciativa norteamericana de fortalecer la tesis de la democracia representativa y de crear un grupo de países miembros de la OEA a fin de prestar asistencia institucional a países con problemas políticos. Con esta propuesta, el actual gobierno venezolano replanteó la concepción democrática sobre la cual el Estado venezolano diseñó y desarrolló su política de promoción y defensa de la democracia en el continente americano y en el mundo por 40 años. En cuanto a reglas y procedimientos para la formación de la política exterior venezolana, podemos observar que la Constitución de 1999 no plantea cambios fundamentales en relación con la Constitución de 1961(93). Una muestra de ello lo constituye el procedimiento para la aprobación de los tratados internacionales que, tanto en la Carta Magna de 1961 (artículo 128) como en la de 1999 (artículo 154), se prevé sean aprobados por el Poder Legislativo (Congreso Nacional o Asamblea Nacional) antes de su ratificación por el Presidente de la República, a excepción de aquellos mediante los cuales: a) se trate de ejecutar o perfeccionar obligaciones preexistentes de la República; b) aplicar principios expresamente reconocidos por ella; c) ejecutar actos ordinarios en las relaciones internacionales; o d) ejercer facultades que la ley atribuya expresamente al Ejecutivo nacional. Es más, se podría alegar como argumento en favor de la democratización que el texto de 1999 abre a la consulta popular la aprobación de ciertos compromisos internacionales. En efecto, el artículo 73 de la Constitución de 1999 establece en su segundo párrafo: “(…) Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales, podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea o por el quince por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral”. Sin embargo, debilita en general el papel del Legislativo –ahora Asamblea Nacional unicameral– como contrapeso al Ejecutivo. En ese sentido favorece una mayor concentración del proceso de formación de decisiones en el Presidente. Esto estuvo presente durante la vigencia de la Constitución de 1961, pero en un marco de referencia que ofrecía posibilidades de mayor contrapeso y control desde un Congreso bicameral y no sujeto a la posibilidad de disolución desde la Presidencia.

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De allí que el artículo 226 numeral 21 y artículo 240 aboguen por “la remoción del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva en tres oportunidades dentro de un mismo período constitucional”, como consecuencia de la aprobación de mociones de censura, lo que faculta al Presidente o Presidenta de la República para disolver la Asamblea Nacional. El decreto de disolución conlleva la convocatoria de elecciones para una nueva legislatura dentro de los sesenta días siguientes a su disolución. La Asamblea no podrá ser disuelta en el último año de su período constitucional. En lo que respecta a la Integración y relaciones económicas internacionales, el estudio de la dimensión económica de la política exterior en las Constituciones de 1961 y 1999 se concentra en tres aspectos básicamente: las concepciones contenidas en los principios generales en los que se sustentan las relaciones económicas internacionales y las previsiones sobre el régimen económico con sus orientaciones para la política exterior; las disposiciones específicas en materia comercial y de integración, financiera, petrolera y en el ámbito de la propiedad intelectual junto a algunas referencias o aspectos procedimentales que ya tienen tratamiento especial en el análisis del tema de la democracia; y, finalmente, la aproximación a las tensiones entre las normas constitucionales, así como entre ellas y su práctica efectiva. En conclusión, aunque son pocos los artículos de las constituciones venezolanas que se refieren de manera expresa a las relaciones internacionales y a la política exterior(94), esas referencias tienen –en el conjunto del ordenamiento constitucional– especial trascendencia en un ámbito en el que se procura hacer al Estado una unidad efectiva de decisión y de influencia frente a otros Estados(95). En las catorce Constituciones venezolanas del siglo XX se observa una relativa continuidad en lo que respecta a orientaciones generales que favorecen el arreglo pacífico de controversias y la observancia de principios generales del derecho internacional; igualmente, se encuentra en las Constituciones un patrón similar de ordenación de competencias en materia internacional en las que el peso del Poder Ejecutivo –y específicamente el Presidente– va acompañado de atribuciones legislativas en el proceso de aprobación de los tratados internacionales. Lo que, sin embargo, ha establecido la diferencia entre unas y otras ha sido la sustentación doctrinaria e ideológica de los gobiernos, y eso se manifestó claramente en las Constituciones de 1947 y 1961 a través de los elementos de un programa democrático(96) que, en el ámbito de la política exterior significó un más explícito compromiso con principios del derecho internacional, con la defensa de los derechos humanos, con la cooperación y la integración económica y con la adopción de medios pacíficos para la solución de controversias internacionales. En este contexto, comparar el texto constitucional de 1999 con el de 1961, en lo que concierne a la política exterior, supone revisar tanto sus aspectos orgánicos como los dogmáticos. Por otra parte, esa comparación ha debido considerar la nueva riqueza y complejidad de las relaciones internacionales –que sin duda desbordan lo propiamente interestatal- como la renovada importancia del estudio de lo constitucional, no sólo en

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tanto expone principios ordenadores de competencias, sino también en cuanto revela las orientaciones doctrinarias e ideológicas que influyen en la proyección internacional del Estado. El análisis de los dos aspectos constitucionales más relevantes en materia de política exterior en lo que respecta al tema de negociaciones –democracia y relaciones económicas internacionales- ha puesto en evidencia la importancia que tanto la Constitución de 1961 como la de 1999 confieren a las relaciones internacionales. El estudio del conjunto de los principios que orientan a la política exterior nos lleva a concluir que la Constitución de 1999 está más explícita y predominantemente cargada de consideraciones doctrinarias. Éstas se traducen en una propuesta que contiene elementos marcadamente radicales y revolucionarios, tal y como se nota en el énfasis en la promoción de la democracia participativa y protagónica, en un régimen socioeconómico ostensiblemente estatista, y en una concepción de la seguridad sustentada en una visión de la soberanía que privilegia al componente de no intervención sobre el de responsabilidad internacional. Esta sucinta aproximación comparativa a las dos constituciones deja, en todo caso, abierto el debate sobre cada uno de los dos aspectos tratados. El más importante conjunto de reflexiones pendientes se refiere, indudablemente, a las continuidades y rupturas en el sustrato ideológico del tratamiento de lo internacional, en general, y de la política exterior venezolana, en particular(97). Luego, de esta breve reseña de lo concebido en la Constitución de 1999 acerca del área internacional, se realizará un análisis de comparativo, en base a cuadros individuales de los tres últimos períodos presidenciales, es decir, el segundo gobierno de Carlos Andrés Pérez, el segundo gobierno de Rafael Eduardo Caldera; y el actual gobierno de Hugo Rafael Chávez en materia de política exterior, tomando en consideración las apreciaciones de Elsa Cardozo(98) y María Teresa Romero(99), como se puede apreciar en los cuadros 3, 4, y 5 (ver anexos). En lo que a Política Exterior en la CAN y el MERCOSUR se refiere, podemos aclarar que en un Área de Libre Comercio, la política exterior no es un elemento que deba imperiosamente ser coordinado, sin embargo, en una unión aduanera sí resulta es relevante. Pese a lo anterior, en el escenario de la asociación entre la CAN y el MERCOSUR será un factor a coordinar si ambos bloques desean fortalecerse en el escenario internacional. La dificultad estaría por su parte, en la asignación de prioridades en esta área, debido a que sí bien existen problemas comunes en la región, a saber: deuda externa, pobreza, educación, comercio, cultivo y tráfico de drogas; la importancia de cada uno de estos varía y es considerada de diferente manera por cada país en función de sus realidades.

65

3.5.

Posición de Venezuela frente a las negociaciones CAN-MERCOSUR

Como se viene señalando para Venezuela el tema de la integración constituye uno de los principales factores que consolidan los objetivos de la política exterior, en este sentido, la integración regional no sólo es fundamental en las manifestaciones de los actores políticos que instrumentan dicha política sino que, la participación venezolana en distintos escenarios donde se ha tratado el tema, se ha encaminado en aras de la constitución de un solo bloque regional que consolidara la unión latinoamericana. En este mismo orden de ideas, la unidad con el MERCOSUR resultó ser, de orden prioritario en esta materia, pues la intención se encaminaba a lograr la integración del bloque con el esquema de la Comunidad Andina de Naciones. En consecuencia, la primera visita que realizara el actual Presidente Hugo Chávez, como Jefe de Estado electo, fue a Brasil, país de especial relevancia para Venezuela dada las aspiraciones nacionales ya mencionadas, de ingresar al MERCOSUR así como de la significación estratégica del país vecino(100). En atención a esas ideas sobre cómo promover la integración latinoamericana, son de particular relevancia las propuestas presentadas ante la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Los discursos del Presidente en las reuniones del Consejo Presidencial Andino en Cartagena (mayo, 1999), Lima (junio, 2000) y Carabobo (junio, 2001) presentan una buena síntesis de los rasgos del proyecto de integración del régimen de Chávez. En Cartagena, durante la celebración de los treinta años del nacimiento del Grupo Andino, el Presidente planteaba una integración que fuese más allá de la CAN para "conformar un gran bloque de fuerza para enfrentar ese mundo multipolar del siglo veintiuno (...) Tenemos que hacerlo pluripolar y aquí por todas las condiciones geográficas, humanas, históricas y potenciales, nosotros estamos llamados a conformar uno de los polos de fuerza de poder." (Chávez 1999). Luego, en la cumbre de Lima, el Presidente definió a la integración como unión política, económica, militar, científica y cultural sustentada en el bolivarianismo como "sistema ideológico" (Chávez 2000), volviendo desde allí a la idea de la Confederación de Repúblicas para negociar en condiciones de igualdad con los demás centros de poder mundial. Lo económico, lo comercial, pasa a segundo plano: "la integración y la vida de nuestros pueblos es (sic) algo demasiado serio para dejárselo sólo a las comisiones técnicas o a los economistas" (Chávez, 2000). Luego, en su discurso en Carabobo, Chávez (2001) vuelve a plantear que "Yo a (sic) nombre de Venezuela, vengo proponiendo desde hace ya dos años, desde que nos vimos en Cartagena de Indias en la Cumbre de 1999, la necesidad de revisar en profundidad el mecanismo de integración, en este caso la Comunidad Andina de Naciones. (...) Creo que debemos inyectarle mayor voluntad política a la integración y entonces estaríamos buscando de nuevo el camino aquel de Panamá, cuando Bolívar convocaba era a eso, Bolívar no convocaba a una Zona de Libre Comercio, no era esa

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la convocatoria inicial, seguramente hubiese venido a consecuencia de la integración política". Las acciones del presente gobierno venezolano han reflejado lo planteado en el discurso. Por una parte, se han orientado a criticar y a desafiar la institucionalidad integracionista tradicional y el proyecto hemisférico; y por la otra, a construir alianzas para promover su propio proyecto político. Según la propuesta chavista, la unión política puede y debe lograrse antes que y con independencia de la integración de las economías. Esta concepción cambia completamente el terreno de la discusión y la acción, convirtiendo a la integración en un proyecto destinado a confrontar el orden mundial, sus ideas dominantes y sus estructuras de poder. En realidad, desde la óptica de la concepción y la práctica de la integración latinoamericana, no es posible separar su dimensión económica de su dimensión política. La integración las incluye a ambas. La verdadera oposición entre la propuesta revolucionaria-bolivariana-militarista y el proyecto democrático prevaleciente hasta 1998 en Venezuela, está planteada entre una alianza política para confrontar el orden de la globalización y la unipolaridad, por una parte, y un régimen económico sociopolítico para articularse al orden mundial desde un espacio democrático de integración, regional y hemisférica. 3.5.1. Cambios de direcciones de la posic ión venezo la na en las negoc iac ione s CAN-ME RCOS UR En la administración del Presidente Hugo Chávez, se percibió un cambio drástico en la dirección de la negociación CAN-MERCOSUR, debida principalmente al impulso político y personal que éste le diera al proceso. Dado que parte importante de la política exterior que él ha desarrollado en los primeros dos años de su primer período de gestión, se concretan en labores de promoción y acercamiento al MERCOSUR; está tendencia se observa producto de la necesidad de Venezuela de ampliar sus mercados y de disminuir la influencia que el intercambio comercial con EE.UU tiene sobre su economía, así como con la línea de constantes desafíos(101) de su gobierno al nuevo orden internacional. El Presidente Chávez siempre ha destacado que “el MERCOSUR es nuestra prioridad de integración y haremos todo cuanto podamos para concretar nuestra relación con este bloque”(102), viéndola como una prioridad para la consecusión de sus objetivos dentro del ámbito sudamericano. En este sentido, Brasil se hace del apoyo del principal proveedor de petróleo de EE.UU y poseedor de las más grandes reservas de petróleo pesado del mundo. Cabe señalar que esta insistente pauta de conducta e interés del mandatario venezolano hacia el MERCOSUR ha despertado preocupación en el seno de la CAN (especialmente por parte de Colombia, el segundo socio comercial de Venezuela). Es por tanto importante considerar que lo que Chávez plantea es que un acercamiento de su país al MERCOSUR facilitaría la integración entre ambos bloques.

67

3.5.2. Obstácu lo s en la s neg oc iacione s CAN-ME RCOS UR El acercamiento de Venezuela hacia el MERCOSUR, no es una política planteada por la administración del Presidente Chávez, esta tiene su inicio formal en 1.994 en el gobierno del ex-Presidente Rafael Caldera (1994 -1998), cuando Venezuela es invitada por Brasil a negociar un acuerdo de libre comercio con el MERCOSUR. La aproximación continuó durante los años 1997 y 1998 cuando el entonces Canciller Venezolano Miguel Angel Burelli Rivas firmó en Buenos Aires con su par Guido Di Tella un protocolo, a través del cual se le otorgaba a la nación andina el mismo status de relación que tienen Bolivia y Chile. En 1998 estas negociaciones se paralizaron, debido a la crisis económica y política que envolvía al gobierno del Presidente Caldera y al clima de tensión en el cual se encontraba inmerso el proceso electoral, por el que llegó al poder el Teniente Coronel Hugo Chávez. El Acuerdo de libre comercio entre la CAN y el MERCOSUR, significa un primer y definitivo paso hacia la construcción de un espacio económico sudamericano, siendo un proceso que se desarrolla en un contexto político de democracia, en el marco de una visión económica muy similar en todos los países del continente, con un objetivo común, el de poder insertarse de una manera más competitiva en el escenario económico mundial. Es importante señalar que, la política exterior del Brasil se ha convertido en los lineamientos de dirección del MERCOSUR luego de que este asumiera el rol protagónico del bloque a partir de la crisis argentina, por lo que la construcción de un espacio económico sudamericano forma parte de la política de integración de Brasil, en donde existen tres círculos concéntricos, y su análisis es fundamental: 1. Consolidación y profundización del MERCOSUR, en el corto plazo. 2. Construcción de un espacio económico sudamericano, profundizando la cooperación existente en América del Sur y en el propio bloque. 3. Aproximación a América del Norte, en negociaciones entre bloques. En estos escenarios el MERCOSUR, juega un papel importante debido a que es la plataforma desde donde el Brasil puede consolidar su presencia en América del Sur y posteriormente negociar con EE.UU, viéndose fortalecido por el apoyo regional. Para su élite dirigente es importante políticamente mantener al bloque como lo ha dicho el propio Ministro Lafer “con paciencia”(103). La construcción de un espacio económico sudamericano a través de un acuerdo de libre comercio entre la CAN y el MERCOSUR como se ha mencionado, conlleva para el Brasil la posibilidad de incrementar sus exportaciones de productos manufacturados, debido a que son estos los que comercializa mayoritariamente con América del Sur, obteniendo con esto mejores beneficios económicos debido al valor agregado de los

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mismos. En consecuencia, esto no significa únicamente la consolidación y aumento de presencia de sus productos en América del Sur, sino que está en juego también, la posibilidad de acceder en condiciones favorables a insumos importantes(104) para mantener su política de desarrollo industrial, abasteciéndose directamente de sus vecinos de América del Sur. 3.5.3. El p osib le in greso de Venezue la e n el MERCOS UR En cuanto a acciones específicas, en materia internacional, el Presidente Chávez, en abierto desafío a la CAN, anunció en abril de 2001, en Brasilia, su intención de postular a Venezuela para una asociación con el MERCOSUR, y estuvo buscando intensivamente los apoyos necesarios, aun cuando como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela ostentaba en ese momento, la presidencia rotativa de la CAN y desde allí, se estaban desarrollando negociaciones bloque a bloque, convenidas entre los presidentes suramericanos en la propia Brasilia en septiembre de 2000. Es así como, finalmente, en julio de este año, en primera fase de integración americana, MERCOSUR ofrece a Venezuela figura de observador, para luego el 08 de julio, en Puerto Iguazú, Argentina, aceptar su ingreso como Estado asociado(105). En este sentido, es preciso aclarar, según palabras expresadas por el Canciller argentino Rafael Bielsa, en declaraciones ofrecidas en una rueda de prensa, en la XXVI Cumbre de Jefes de Estado de MERCOSUR, “(...) el estatuto del MERCOSUR prevé la posibilidad de que un país que quiera formar parte del bloque se incorpore bajo este status, que precisa menos requisitos que la figura de país asociado al bloque (...)”. “Inmediatamente, esta figura de observador –que no es una figura Ah Hoc- puede ser ofrecida como camino no convencional para empezar a transitar el camino que va a terminar efectivamente con la integración(106)” En consecuencia, dicha asociación entraría en vigencia cuando el acuerdo se protocolice en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). 3.5.4.

Con ven ienc ia de for mar parte del ME RCOS UR

Venezuela como país andino se planteó en el año 2003, -en vista de las intenciones del Presidente Hugo Chávez, de negociar de manera individual-posibles escenarios de negociación con Mercosur, de esta manera se colocó en primer lugar, en calidad de Miembro Pleno, analizando dos alternativas: 1) Dado que MERCOSUR es una Unión Aduanera en perfeccionamiento, no es factible la incorporación como nuevo miembro de un país que sea parte de otra Unión Aduanera. 2) Por esta vía Venezuela tendría que retirarse de la Comunidad Andina de Naciones denunciando el Acuerdo de Cartagena. Y, en segundo lugar, en calidad de Asociado, evaluando tres alternativas:

69

1) Se produce la asociación al suscribir con MERCOSUR un acuerdo de Zona de Libre Comercio. 2) Chile y Bolivia se han asociado a MERCOSUR al suscribir cada uno de ellos un acuerdo de libre comercio. 3) Venezuela hacia una asociación mediante la negociación en bloque que se dividió en dos etapas: primero la revisión del Patrimonio Histórico que debería haber culminado en marzo del 2003 e inmediatamente la negociación de un acuerdo de Zona de Libre Comercio que formalizó la asociación, tal como se negoció en julio de este año. Esto tuvo una gran significación política para la política exterior, no solamente en Venezuela, sino en cada uno de los países de los bloques subregionales, siendo el empuje de la personalidad de Hugo Chávez lo que llevaría a la firma y culminación de las negociaciones CAN-MERCOSUR, esto sin duda, se convirtió en una nueva manera de hacer política exterior. Adicionalmente, Venezuela estudió los impactos de la negociación tanto en bloque (CAN) o individual para la Asociación con el MERCOSUR, en el mismo no sólo se refleja el aspecto político sino algunos otros aspectos de importancia para nuestros intereses. En este sentido y tomando en consideración las valoraciones de la Dirección General Sectorial de Comercio Exterior del Ministerio de la Producción y el Comercio, en ponencia de uso interno, señalan lo siguiente(107):

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Cuadro 6 Impactos de la Negociación

Aspectos

Negociación en Bloque (CAN)

Negociación Individual

Contribuye a consolidar el papel que Venezuela ha

Debilita el proceso de

jugado en el desarrollo y consolidación de la

consolidación de la CAN.

integración andina lo que nos ha permitido liderizar desde 1997 la reactivación de la CAN que ha

Replantea una crisis de

consistido fundamentalmente en:

credibilidad ya superada en 1997.

La reincorporación de Perú Jugaríamos

Visión

un

papel

Estratégica de

El lanzamiento del mercado común con el inicio de

marginal en el proceso de

la Integración.

las negociaciones en materia de servicios

toma de decisiones de MERCOSUR ya que no

La reestructuración Institucional que condujo a la

seríamos miembros

creación de la Secretaría General, la revisión del

pleno

Tratado del Tribunal Andino de Justicia, la

asociados.

derecho

de sino

consolidación de la CAF, el FLAR y la revisión de los Convenios Sociales y la reforma de los Consejos Laboral y Empresarial. Permite fortalecer y dinamizar la actual estrategia de

Desajusta la estrategia

inserción internacional conjunta con los andinos

que

Inserción en el

particularmente en el marco del ALCA, Unión Europea

ejecuta.

contexto

(SGP Andino), EEUU, Canadá, Centroamérica y el

internacional

Caribe. y que nos ha permitido entrar en el SGP

actualmente

se

Andino de Europa y la inclusión probable en el ATPA de EEUU.

Unión Aduanera Andina(108)

Contribuye a consolidarla. De hecho MERCOSUR

Se deteriora

negocia en bloque para consolidar su Unión Aduanera

Aduanera Andina ya que

que está en formación.

Venezuela

estaría

perforando los niveles del Arancel Externo Común Andino(109).

71

la Unión

Permite fortalecer el mercado andino que constituye el

Debilitaría sensiblemente

primer mercado para las exportaciones no petroleras

el

venezolanas que gozan de mayor valor agregado y

básicamente

generan una mayor tasa de empleo. Es un mercado en

credibilidad que se ha

donde participa la pequeña y mediana industria.

ganado

Impacto sobre el

mercado

andino, la

con

la

incorporación de Perú.

Mercado Se podrían incrementar la

Andino

aplicación de derechos correctivos

y

otras

restricciones a

nuestras

exportaciones

en

los

países andinos.

Impacto sobre el

Mercado

Andino (Continuación)

En el total de las exportaciones no petroleras venezolanas Colombia ha ocupado en los últimos seis años el 1er lugar.

Constituye

un

gran

mercado,

pero

MERCOSUR nuestros

produce principales

No representa una competencia desplazante para las

productos de exportación

exportaciones venezolanas. Cada país andino tiene

y tiende a

exportaciones específicas.

con

protegerlos

medidas

para-

arancelarias.

Poder negociación

de

Otorga un mayor poder de negociación frente al

Nos presenta más débiles

MERCOSUR tanto en los temas Normativos como en

para la defensa de los

la liberación comercial.

temas sectores (agrícola,

normativos

sensibles automotriz,

siderurgia, textil, etc.).

72

y

Compartimos básicamente las mismas sensibilidades

A

en el sector productivo:

andinas se deben sumar

las

las

individuales

de

Sector manufacturero: particular sensibilidad de sector

Venezuela

que

se

automotor

incrementan

dadas

las

con

el

(existe

convenio

andino

en

el

cual

Venezuela registra las mayores exportaciones).

asimetrías

Sector agrícola es de gran sensibilidad para todos los países de la CAN, en bloque se refuerza la capacidad de acción frente a MERCOSUR que aspira una liberación rápida. Entre los sectores más sensibles se destacan: oleaginosas, cereales, azúcar y productos Tratamiento de

sensibilidades

cárnicos.

MERCOSUR, ejemplo

como

en

el

sector

manufacturero, siderurgia

la

y

algunos

productos petroquímicos, textiles, de cerámica y papel.

las sensibilidades

La negociación agrícola es un gran reto toda vez que

ha

recibido

tratamiento especial en las

Negociaciones

Comerciales: Exceptuado

de

la

PAR y del G-3 Medidas

especiales

en la OMC Plazos más lentos con Chile (hasta el 2012) Otorga mayor fuerza para la defensa de las franjas de

Venezuela sólo dispone

precio en el sector agrícola. Todos los países andinos,

de las franjas de precio

Tratamiento de

excepto

como mecanismo básico

las franjas de

estabilización de precios aceptado en la OMC.

Bolivia

utilizamos

este

instrumento

de

precios

de

apoyo

al

sector

agrícola y MERCOSUR lo rechaza (lo califica como medida proteccionista). Permite disfrutar del origen acumulativo: cualquier

Perdemos

el

origen

insumo andino incorporado en un producto de

acumulativo con la CAN:

exportación es considerado originario.

cualquier insumo andino

Origen

incorporado

acumulativo

producto venezolano de exportación

en

un es

considerado de terceros países.

73

Otorga mayor poder de negociación en

Individualmente nos encontramos

temas

más débiles para enfrentar la

básicos

que

MERCOSUR

rechaza:

rígida posición de MERCOSUR en aspectos

Una instancia vinculante en el

negociación

mecanismo

mecanismo

de

solución

de

controversias;

como

mecanismo

como

el

solución

de

los de

la

requisitos origen,

el

tratamiento de las asimetrías y el

de

desmonte

de

los

mecanismos

para-arancelarios.

Materias Lograr

tales de

específicos

protección. normativas

de

controversias,

Evitar los requisitos específicos de origen

básicos

algunos

puntuales

para

beneficios enfrentar

las

asimetrías. Poder

desmantelar

progresivamente los mecanismos para-arancelarios, particularmente de Brasil. Utilizar las posibilidades que nos ofrece

la

OMC

en

valoración

aduanera. El actual proceso en curso lleva más de

Se

tres

negociación

años

de

negociación

tanto

individual como colectiva.

iniciaría un nuevo proceso de

revisión

lo de

que la

conllevaría

la

metodología,

procedimientos y nuevos tiempos de la Con la suscripción del Acuerdo Marco Tiempos

de

Negociación

la

negociación

está prevista la negociación en dos etapas: la revisión del patrimonio que

Adicionalmente se tendría que revisar

culminaría en Marzo del presente año e

todo el

inmediatamente se inicia la negociación

actualmente en funcionamiento con el

de Zona de Libre Comercio.

sector productivo

esquema de coordinación

Fuente: Ministerio de la Producción y del Comercio de Venezuela, RAMÍREZ, Tatiana, Funcionaria Especialista de dicha Dirección.

En este sentido, podría decirse que el Acuerdo concebido entre los países de la Comunidad Andina y el MERCOSUR abre importantes oportunidades para el aparato productivo en general, en la medida en que se haya logrado negociar un tratamiento especial para el sector agrícola, se acordaran plazos de desgravación asimétricos para todo el universo arancelario, se mantuvieran mecanismos de defensa de la producción nacional y se sentara un precedente para las distintas negociaciones futuras del país.

74

Con la firma del Acuerdo se logra consolidar la integración Suramericana. De acuerdo con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, en el 2002 el mercado suramericano representó 344 millones de habitantes, un Producto Interno Bruto cercano a 0.9 billones de dólares (PIB per cápita de US$ 2.445, mas altos que el colombiano US$ 1.739) y unas exportaciones aproximadas de 160.000 millones de dólares (2.5% del total mundial) e importaciones por 120.000 millones (1.8% del total mundial). Las cifras de comercio exterior para el 2002 muestran que MERCOSUR es el bloque comercial más importante en Suramérica, representando el 64% de las exportaciones y el 58% de las importaciones de la región. Por su parte la comunidad andina representa el 24% de las exportaciones y 26% de las importaciones suramericanas. Así las cosas, el MERCOSUR ofrece a la Comunidad Andina un mercado potencial de 216 millones de habitantes, con un Producto Interno Bruto cercano a los 0.6 billones de dólares, lo cual le permite una demanda por productos importados cercana a los US$ 60.000 millones y unas exportaciones de US$ 106.000 millones(110).

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Capítulo IV Conclusiones y Recomendaciones Con la finalidad de obtener una mejor explicación y comprensión de las más resaltantes diferencias y semejanzas existentes entre la CAN y el MERCOSUR, quienes constituyen los dos principales actores en la posible construcción de un espacio económico sudamericano, se agruparan en dos áreas: Político - Institucionales y Económico - Comerciales. •

Político – Institucionales:

Haciendo una revisión desde la perspectiva político - institucional, se observa la existencia de importantes semejanzas y diferencias entre ambos procesos de integración. Diferencias: 1. El mayor grado de institucionalización de la CAN frente a la estructura más flexible del MERCOSUR es una diferencia que destaca por sí misma. La estructura de la CAN, al contrario de la del MERCOSUR, aborda áreas que van más allá del intercambio comercial. El MERCOSUR, otorga prioridad a la integración vía libre circulación de bienes, dejándose para etapas posteriores la profundización de la estructura institucional y de los mecanismos de armonización y coordinación de políticas de legislación. 2. En la CAN está institucionalizada la coordinación de una Política Exterior Común, a cargo de los Ministros de Relaciones Exteriores de los Países Miembros; en el MERCOSUR se coordinan acciones en esta área en foros y negociaciones específicas a través del CMC. Semejanzas: Desde el punto de vista político, todos los países de la región se encuentran inmersos en crisis en el ámbito político y económico.

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En el MERCOSUR, si bien el máximo organismo está a cargo de los Cancilleres y Ministros de Economía, la participación de los Presidentes de cada uno de los países es fundamental como queda evidenciado en la llamada Diplomacia Presidencialista. En la CAN, el máximo órgano está a cargo directamente de los Presidentes de cada uno de los países del bloque. En esta área, es importante resaltar la profunda inestabilidad institucional existente en Colombia, debido a la guerrilla y movimientos para-militares, lo que paulatinamente está dejando de ser considerado como un conflicto nacional por los efectos que el mismo tiene en países limítrofes, especialmente en Ecuador, Panamá y Venezuela. La falta de credibilidad en las instituciones democráticas y en especial en la clase política, ha hecho que en los últimos años los países de la región hayan y estén experimentando alternativas electorales que no provienen de la “clase” política tradicional. Ello ha generado en los principales socios comerciales de la región (EE.UU., UE, Japón) enormes expectativas e incertidumbres. Desde el punto de vista institucional, puede decirse que ambos procesos tienen en mayor y menor grado el modelo de estructura institucional de la UE como paradigma, en este aspecto resalta la similitud de la CAN con la estructura europea. Dentro de su estructura, coincide en su propósito la Comisión Parlamentaria del MERCOSUR con el Parlamento Andino, en su objetivo de armonizar las distintas legislaciones, aunque se diferencia en la conformación de sus miembros. •

Económico - Comerciales:

Diferencias: Desde esta perspectiva de análisis y como se ha expuesto anteriormente, la principal diferencia entre la CAN y el MERCOSUR -que influyó en su desarrollo- está dada por el distinto contexto internacional en que ambos procesos se formaron. En un principio se ha mencionado, que el mayor dinamismo en el intercambio comercial del MERCOSUR, estuvo determinado con el contexto económico - político de apertura y reformas neoliberales de inicios de los años noventa, así como con el nuevo paradigma de las Relaciones Internacionales determinado por la Economía Internacional y la Globalización. Así mismo, se observa como en la CAN, la revitalización del proceso coincide igualmente con este período de reforma estructural y apertura económica. Desde el punto de vista de la estructura del MERCOSUR posee un AEC(111) uniforme, que es aplicado por todos los países partes; mientras en la CAN se esta a punto de lograr tal objetivo.

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Los principales mercados de exportación de ambos grupos son diferentes debido a que el principal socio comercial de la CAN es indudablemente los EE.UU.; lo cual se podrá reflejar en las negociaciones e intereses en el ALCA, mientras que para el MERCOSUR la UE constituye su principal socio comercial. Se observa, que la distribución del Comercio Exterior del MERCOSUR es más diversificada, debido a que no se concentra en un sólo mercado, por el contrario esta mejor distribuida dándole una especial participación al comercio intrabloque. La CAN, tiene una concentración en sus exportaciones de casi el 50% con los EE.UU., que se diferencia notoriamente del intercambio con la UE y los otros mercados. En este sentido, los países de la CAN se benefician del ATPA(112) (Andean Trade Preference Agreement o Ley de Preferencias Arancelarias Andinas), a través del cual productos de estos países tienen libre ingreso al mercado de EE.UU. Igualmente, la CAN disfruta del SGP de la UE(113)que permite a un productor determinado en alguno de los países del bloque, poder acceder al mercado europeo libre del pago de arancel para la mayoría de los productos industriales y agrícolas hasta el año 2004. Cabe destacar, que estas preferencias otorgadas por la UE están dirigidas al combate de cultivos de insumos para la producción de drogas que esta en línea con lo establecido en 1993 en el Acuerdo Marco de Cooperación entre la UE y la CAN, cuyo objetivo es incrementar el diálogo político, el desarrollo de relaciones comerciales y la lucha contra las drogas desde una visión de “responsabilidad compartida”. La estructura de las exportaciones de la CAN y el MERCOSUR es también diferente. La CAN en su mayoría exporta productos básicos (minerales) destacándose especialmente el petróleo, derivados de petróleo, gas natural en estado gaseoso, cátodos y secciones de cátodos, minerales de zinc, plomo refinado, alambre de cobre refinado, frijoles de soja, café, oro, banano, seguidos por la hulla bituminosa, y la harina de pescado. En cuanto a las importaciones, los principales productos que compra la Comunidad Andina al MERCOSUR son: Aceite de soja, tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soya, demás vehículos con motor de émbolo, demás maíz duro, aparatos emisores con aparato receptor incorporado, medicamentos excepto analgésicos, frijoles, gasóleo, aceites crudos de petroleo, y productos intermedios de hierro o acero sin alear(114) Mientras que en la estructura de exportaciones del MERCOSUR, si bien los productos básicos (alimenticios mayormente) son el principal en las ventas externas con un 38,8%, la venta de productos manufacturados es de un 37%, seguidos por productos manufacturados basados en recursos naturales 8%, metales y minerales 6,8% y productos crudos de origen agrícola un 4,5%(115).

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La UE es el principal socio comercial del MERCOSUR, con el que mantiene actualmente importantes negociaciones relacionadas con la creación entre ambos bloques de una Asociación Interregional, así como también en lo relacionado al comercio agrícola donde los países sudamericanos enfrentan fuertes barreras por parte del bloque europeo. En lo que respecta al comercio intrabloque, se muestra como el nivel de comercio en el MERCOSUR es más dinámico que el intercambio intrabloque de la CAN. En materia de reservas internacionales, los países del MERCOSUR duplican ampliamente a las reservas de la CAN, teniendo un monto de 64 mil millones de dólares contra 32 mil millones de la CAN. Desde el punto de vista de las inversiones, el MERCOSUR supera a la CAN como receptor de capitales extranjeros, así como en la implementación de Proyectos de Inversión Intrabloque ejecutados por empresas nacionales y binacionales. En líneas generales, la balanza comercial del MERCOSUR en los últimos años se presenta con un elevado déficit desde 1995 a 1999, mientras la balanza comercial de la CAN presenta un constante superávit interrumpido sólo en los años de 1995 y 1998. Por su parte la balanza comercial de la Comunidad Andina con el MERCOSUR se muestra deficitaria en toda la serie 1994 – 2003; se registró en los años 2002 y 2003 los mayores déficit de todo el período, mismos que alcanzaron 3.009 y 2.856 millones de dólares, respectivamente. Semejanzas: Si bien en la estructura de exportaciones del MERCOSUR los productos manufacturados e industriales representan el 37% de las ventas, la exportación de productos básicos sigue siendo la principal fuente de ingresos. La CAN igualmente es un fuerte exportador de productos básicos. En el comercio intrabloque, en ambos procesos el porcentaje de comercialización de productos manufacturados, bienes y servicios, es elevado a diferencia de sus ventas extrabloque. Es decir, existe un intercambio comercial intrabloque con mayor valor agregado que el existente con el resto de sus respectivos mercados. En ambos bloques por separado, y en el contexto de América del Sur, no existe una economía lo suficientemente fuerte como para llevar el peso de la integración económica, como lo hizo Alemania en el proceso de integración europeo. Las asimetrías existentes en las economías al interior de cada bloque, hacen que para los países con economías más pequeñas (Bolivia, Ecuador, Paraguay y Uruguay), la importancia comercial de cada bloque sea mayor, que para las economías más grandes (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Venezuela).

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El comportamiento de las exportaciones para ambos bloques ha sido positivo en los últimos años, pues para ambos bloques las ventas al exterior se incrementaron. Las exportaciones del MERCOSUR pasaron de 50 mil millones de US$ en 1992 a 73 mil millones de US$ en 1999. Sin embargo, las exportaciones andinas hacia el MERCOSUR han experimentado un descenso de 7,9% ene le año 2003 respecto al año anterior, pasando de 1.352 millones de dólares en el año 2002 a 1.245 millones de dólares en el año 2003. Las exportaciones desde la Comunidad Andina hacia el MERCOSUR presentan un comportamiento variable en el período de 1994 – 2003, registrando una tasa acumulada promedio anual de 0,3%. Las importaciones de la CAN provenientes del MERCOSUR en el año 2003, registraron un valor 4.101 millones de dólares, lo que representa una disminución del 6% con respecto al año anterior. El comportamiento de las importaciones tiene una tendencia creciente en el período 1994–2003, reflejando una tasa acumulada promedio anual de 6,2%. Como se observa, entre la CAN y el MERCOSUR existen diferencias importantes a considerar en la conformación de una Zona de Libre Comercio entre ambos bloques, el perfil de sus exportaciones, la accesibilidad a los principales mercados internacionales, y sobre todo las profundas asimetrías existentes entre las economías de Argentina, Brasil, Colombia y Venezuela con el resto de los países de la región. La inexistencia de una economía locomotora como la de Alemania en la UE, y la de EE.UU. en el NAFTA, hace que las perspectivas de construcción de un espacio económico sudamericano a través de un acuerdo de libre comercio entre la CAN y el MERCOSUR, se limiten a la conquista de nuevos mercados por parte de los países más competitivos, y de una posible al igual que en el ALCA- reubicación de las principales empresas multinacionales. Estas en un escenario de libre comercio, podrían concentrar su producción en los países más competitivos. Por lo tanto, Brasil en el contexto de América del Sur se verá aún más favorecido debido a sus políticas de captación de inversiones y competitividad. En este punto surge la interrogante de por qué no consideramos al Brasil como la posible economía locomotora de América del Sur pese a los datos competitivos y el tamaño de su economía. Se sostiene esta afirmación, debido a que eventualmente ésta podría constituirse en la economía que lidere a la región. Por eso se considera que en el contexto de América del Sur, hubiese sido pertinente que la Argentina y Brasil a través de políticas conjuntas encabezaran los esfuerzos de integración económica subregional. En términos de la propia negociación, la visión de la creación una Zona Libre Comercio entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR, concreta, la tendencia a cambios positivos para viabilizar, la culminación de la negociación en base a la

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aplicación estratégica de una metodología de mayor transparencia y donde el espíritu dominante fue con miras a resolver de forma realista las dificultades de los socios. Con relación a lo anterior, un punto de coincidencia radica en ver a la integración de América del Sur, como un proceso que trasciende a la negociación meramente comercial, para llevarla a adquirir un carácter multifuncional, pues debe contener la agenda de negociación temas de índole póntica, de desarrollo humano, de cooperación financiera, de gobernabilidad democrática y de promoción competitiva. La ratificación de que este proceso de negociación se llevo a cabo otorgando preeminencia al factor político sobre el económico, por lo que la década de los noventa constituyó un período de crecimiento y consolidación del proceso, jugando los jefes de Estado un papel crucial para darle pujanza a la integración andina. Además, las reuniones presidenciales no sólo permitieron impulsar el proceso de integración económica, sino que también ampliaron la integración en los aspectos culturales, sociales y políticos, los cuales habían quedado relativamente rezagados hasta ese momento(116). Es precisamente por el ritmo lento y las complicaciones que se sucitaron en el desarrollo de la negociación, que se puede plantear una serie de interrogantes, dirigidas hacia la reflexión a cerca de los distintos niveles de responsabilidad y decisión asumidos en torno al tema: ¿cuáles han sido las dificultades políticas a lo largo de la negociación?, ¿Acaso fueron de tipo técnico?, ¿falta de compromiso político?, ¿Acaso lo ateniente a sectores sensibles?, ¿o fueron los desacuerdos de lo negociado?, ¿Acaso las marcadas diferencias entre los bloques?, ¿o, fue distracción de los actores hacia otros intereses?.... El empuje que demostraron los países de ambos bloques para llevar a buen término la negociación de unión de estos, se debió al ánimo resultante de la crisis, crisis que los obligó a renovar su entusiasmo por dicha negociación y en consecuencia, transformó la percepción no sólo del MERCOSUR sino de la evolución del proceso de negociación. En este sentido, lo que marco la diferencia fue la participación activa presidencial aunado a labor de negociación técnica. Es así como uno de los principales actores a través de su vocero, como fue el ex Presidente Fernando Enrique Cardozo, pronunció: “Siempre hablamos de aranceles, de coordinación macroeconómica y hoy hablamos de sociedades que se unen, de culturas, de voluntad política y de un espíritu de solidaridad que va más allá de los mercados, y es la integración de la gente”(117). Esta idea de inyectar una mayor dosis política a la negociación se convirtió en la idea fundamental de la llamada Carta de Buenos Aires. Es posible considerar que a partir de la perspectiva estratégica, de agrupar grandes ejes de integración y desarrollo regional, deberán identificarse requerimientos físicos, normativos e institucionales para lograr el desarrollo de la infraestructura básica al nivel sudamericano, en la década; así como que, se deduce que los principales problemas macroeconómicos de la Comunidad Andina de Naciones, es la estabilización con las últimas medidas acordadas.

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Existe un tercer grupo de actores que han interactuado en el proceso, este se conforma por un componente social de empresarios y la sociedad civil, que han establecido con su apoyo la liberalización comercial de acuerdo a las reglas de la OMC y a los procesos de integración regional, a través de la profundización de los acuerdos vigentes y del intercambio de experiencias entre los sectores públicos y privados; así como el fortalecimiento y reconocimiento de la sociedad civil como parte de la negociación, ha permitido el desarrollo de posiciones contrarias al regionalismo abierto y a la globalización. Al igual que, en este caso la intervención del Estado se ha reivindicado para regular los efectos negociativos de éstos procesos, con el fin de reglamentar los efectos negativos en los sectores sociales más desfavorecidos. En conclusión con el aspecto antes señalado, se podría resumir que la finalidad de incorporar estos nuevos actores a la negociación, radica en que esta inclusión debe ser tomada en cuenta para la generación de planes de desarrollo integral, armonizados con las Políticas de Estado, y por ende, del bloque de integración. Por esta razón se podría llegar a la derivación, de que las posiciones más favorables en el acuerdo entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR, siempre fueron la de los gobiernos de Brasil y Venezuela, y las más opuestas y a la vez las más favorables a un ALCA, la de los de Argentina y Colombia. De todas formas los intereses que se manejaban detrás de las preferencias nacionales, fueron también distintos: en Colombia el interés por el ALCA se basaba en mantener y profundizar las relaciones comerciales que existen con EE.UU.; en Argentina en desarrollar ese tipo de relaciones frente a la insuficiencia y las limitaciones que representaba el MERCOSUR. Ambos gobiernos constituyeron además organismos especiales con participación empresarial para negociar el ALCA, pero no hicieron lo mismo para las negociaciones entre el MERCOSUR y la CAN. En Venezuela el interés por acercarse al MERCOSUR por la vía de Brasil pareció poner más énfasis en lo político que en lo económico, lo cual no ocurrió con la posición brasileña. A éste respecto los gobiernos de los países, apoyaron los objetivos políticos del proceso de negociación, pero este se vio obstaculizado –en algunas fases- por sus aspectos técnicos, donde las posiciones empresariales tuvieron peso. En lo que a la cara práctica se refiere, el haber establecido un acuerdo para la unificación de los bloques de integración subregional, confiere al área el incremento de su expansión de la capacidad exportadora y de los niveles de producción. Así como que, el resultado numérico de habitantes y por tanto de consumidores, es de 385 millones aproximadamente, entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR, lo que incide efectiva y contundentemente en los flujos comerciales. La última consideración contrasta con las cifras de la UE, que posee 417 millones de habitantes aproximadamente; con lo que un posible acuerdo entre ambos, generaría condiciones favorables en la negociación para el esquema CAN-MERCOSUR, pues le otorga un mayor peso específico, sumado a sus características de producción y explotación (industria extractiva minera y agrícola), misma que comparte con la UE

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sobre todo luego de la expansión de 2004, y que se favorecería dada la relación tradicional de intercambio, contacto político, técnico y humanitario, que ambos esquemas sudamericanos tienen con el viejo continente. Ahora bien, en perspectiva, se puede hacer referencia a uno de los países que conforma el MERCOSUR y que posee especial importancia no solo en éste modelo de integración subregional, sino entre todos los países de la región e icluso el de mayor relevancia fuera del hemisferio, este es Brasil; quien propulsa una de las políticas exteriores de mayor coherencia y continuidad, además de ésto, uno de sus objetivos en dicha materia es diversificar sus frentes de relación político comercial y de integración. En relación a lo anterior, la concepción de concretar esta diversificación de frentes, expresa la intención clara y reiterada de alejarse de los Estados Unidos de América en su relación comercial. Los medios para la consecusión de este objetivo, se resumen en la negociación y formación de uniones comerciales y de integración, con miras a lograr no solamente la unificación del esquema CAN–MERCOSUR, sino consolidar uno con la Unión Europea, con el bloque sudafricano y con los países del Pacífico Sur. Con esto, Brasil, aumentaría su balanza comercial y por tanto impulsaría una bonaza económica, al igual que ampliaría su capacidad de pasar de ser una potencia media mundial a una potencia emergente, pues su peso específico en la escena internacional se incrementaría de manera considerable, así como sus potencialidades geo estratégicas y geo ploíticas; con lo que se hace patente, la inclinación hegemónica del país amazónico, dado que generaría un obvio y contundente contrapeso a los EEUU, creando un total contrapeso en en espacio sudamericano de integración, transformandose en esta forma en un par de vital importancia en unas eventuales negociaciones del ALCA; pudiendo aceverar que sería visto como el EE.UU. de América del Sur. Definitivamente, el ALCA ha servido de propulsor para el acercamiento entre la CAN y el MERCOSUR y además resultó útil para promover ajustes y cambios importantes en el proceso andino; al igual que otros interlocutores ejercen en la actualidad “presión”, sobre el proceso andino, siendo el mejor ejemplo, el caso de la UE. En lo que a Venezuela atañe, el Presidente Chávez se propuso lograr una renovada visión y estilo, cuyo propósito esencial es abrir nuevos espacios para Venezuela en el mundo en función también de nuevos valores políticos, sociales y éticos; siendo además reflejo de aquellos que animan su gestión en el ámbito interno. Por tanto, se puede decir que la Política Exterior venezolana busca promover la consolidación de un mundo multipolar, fortalecer y diversificar sus vínculos internacionales. El alto nivel protagónico del Presidente en su participación directa en el incentivo de la concreción de la implementación de la Política Exterior, ha ido en detrimento de las facultades de los Ministerios para la instrumentalización de la Política Exterior, basicamente en el caso de la Cancillería y el Ministerio se la Producción y del

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Comercio. Ejemplo de esto, ha sido el desarrollo equivocado de la política exterior en materia comercial, la figura de las Macro Rueda de Negocios, que funcionaron como instumento de promoción y de concresión del acuerdo CAN-MERCOSUR. Esto se puede interpretar como una estrategia del Presidente Hugo Chávez, para cumplir con sus objetivos políticos y personales a nivel regional, así como para aprovechar el respaldo que le manifestara el Presidente Lula, basado en la proximidad de los objetivos políticos, económicos y tácticos. Pese a lo ya expresado, se evidencia la carencia de un verdadera política exterior de Estado, en los lineamientos del presente gobierno revolucionario, es decir, vista como una política pública que se desarrolla en una sociedad democrática y nace de un proceso político lo cual ha supuesto debates, diálogos, alternativas, múltiples canales, conflictos, desacuerdos, incoherencia y discontinuidad(118). Con la reflexión siguiente se evidencia la realidad de la actualidad venezolana, y se presta al ejercicio racional de análisis en torno al tema: “... en vez de verse discontinuidad, se ve adaptación a un entorno nacional e internacional cambiante; en vez de incoherencia, se percibe pluralismo intergubernamental; en vez de participación, se observa debate nacional democrático, en vez de falta de prioridades, consecuencia con diversas identidades nacionales; en vez, en suma, de lamentar la falta de una política de Estado, se intenta establecer el Estado de la política”.(119) En cuanto a las recomendaciones, se puede argumentar que el apoyo que debe prestar un país a un esquema de negociación no debe ser retórico, ni ambiguo sino, debe ser preciso y claro, para no perder el liderazgo frente a las otras partes de la Negociación. Bajo este contexto, se puede proyectar la experiencia de ésta negociación hacia lo que podría ser, un espacio sudamericano de integración consolidado, que debería ser un objetivo estratégico a mediano plazo de los países que integran este acuerdo CANMERCOSUR. No obstante, este objetivo demandará mucha más voluntad política que la que demando la negociación CAN-MERCOSUR, por el alcance y la magnitud, de la significación del proyecto para América del Sur.

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¿No es el mejor y más sereno símbolo de la vida intelectual de un país ese dialogo, es cuestionario a a veces angustiado, a veces caviloso, con que cada generación quiere aprender e interroga a las que la precedieron? (Mariano Picón Salas, 1947)(120).

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ANEXOS A Texto del Acuerdo marco para la creación de la Zona de Libre Comercio entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina 16 de abril de 1998

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Los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur -MERCOSUR- y los Gobiernos de la República de Bolivia, de la República de Colombia, de la República del Ecuador, de la República del Perú y de la República de Venezuela, Países Miembros del Acuerdo de Cartagena, en adelante denominados "las Partes Signatarias" del presente Acuerdo Marco, cuyas "Partes Contratantes" son el MERCOSUR y la Comunidad Andina, CONSIDERANDO: Que es necesario fortalecer y profundizar el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo 1980, mediante la concertación de acuerdos abiertos a la participación de los demás Países Miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADI-, que permitan la conformación de un espacio económico ampliado; Que la integración económica regional es uno de los instrumentos esenciales para que los países de América Latina avancen en su desarrollo económico y social, asegurando una mejor calidad de vida para sus pueblos; Que la conformación de áreas de libre comercio en América Latina constituye un elemento relevante para aproximar los esquemas de integración existentes, además de ser una etapa fundamental para el proceso de integración y el establecimiento de un área de libre comercio hemisférica -ALCA-; Que los Países Andinos han conformado la Comunidad Andina como una instancia para la consecución de los objetivos de la integración regional; Que los Estados Partes del MERCOSUR, a través de la suscripción del Tratado de Asunción de 1991, han dado un paso significativo hacia la consecución de los objetivos de la integración latinoamericana; Que el Acuerdo de Marrakech, por el que se crea la Organización Mundial del Comercio, constituye el marco de derechos y obligaciones en el que se desarrollarán los compromisos del presente Acuerdo; Que la vigencia de las instituciones democráticas constituye un elemento esencial para el desarrollo del proceso de integración regional; Que las Partes Contratantes promueven la libre competencia y rechazan el ejercicio de prácticas restrictivas a ella; Que para contribuir a la expansión del comercio mundial y al eficiente funcionamiento de los mercados, es fundamental ofrecer a los agentes económicos reglas claras para el desarrollo del intercambio de bienes y servicios, así como de las inversiones recíprocas entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina;

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Que el proceso de integración debe abarcar aspectos relativos al desarrollo y a la plena utilización de la infraestructura física; Convienen en celebrar el presente Acuerdo Marco:

TITULO I OBJETIVOS

Artículo 1

El presente Acuerdo tiene por objetivos: a) Crear un área de libre comercio entre las Partes Contratantes, mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de los gravámenes y las restricciones que afecten el comercio recíproco; b) Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física, que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos, en condiciones de competencia y de equidad, en correspondencia con el esfuerzo que realicen las Partes Contratantes; c) Promover el desarrollo y la utilización de la infraestructura física, con especial énfasis en el establecimiento de corredores de integración, que permita la disminución de costos y la generación de ventajas competitivas en el comercio regional y con terceros países fuera de la región; d) Establecer un marco normativo para promover e impulsar las inversiones recíprocas entre los agentes económicos de las Partes Contratantes; e) Promover la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica; y, f) Procurar la coordinación de posiciones entre ambas Partes Contratantes en el proceso de integración hemisférica y en los foros multilaterales.

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TITULO II LIBERACION COMERCIAL

Artículo 2

El MERCOSUR y la Comunidad Andina negociarán la creciente liberalización de su comercio recíproco, de acuerdo con las siguientes bases: a) Hasta el 30 de septiembre de 1998 el MERCOSUR y la Comunidad Andina negociarán un Acuerdo de preferencias arancelarias sobre la base del patrimonio histórico y que podrá incluir productos nuevos. Dicho Acuerdo reemplazará a los Acuerdos de Alcance Parcial hoy existentes entre los países del MERCOSUR y de la Comunidad Andina. b) El referido Acuerdo de preferencias arancelarias entrará en vigencia el 1 de octubre de 1998, establecerá márgenes de preferencia fijos e incorporará las disciplinas comerciales vigentes en el marco de la ALADI. c) Entre el 1 de octubre de 1998 y el 31 de diciembre de 1999, el MERCOSUR y la Comunidad Andina negociarán un Acuerdo de Libre Comercio que abarcará los productos contemplados en el Acuerdo mencionado en el literal b) y los demás productos del universo arancelario. Este Acuerdo de Libre Comercio entrará en vigencia el 1 de enero del año 2000.

Artículo 3

Para Bolivia regirá el Acuerdo de Complementación Económica Nº 36. Sin perjuicio de ello, participará en las negociaciones entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR, con la finalidad de compatibilizar dicho Acuerdo, en lo que corresponda, con los Acuerdos que las Partes suscriban, mediante negociaciones a efectuarse en el marco de tales tratativas.

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TITULO III COOPERACION ECONOMICA Y COMERCIAL

Artículo 4

Para apoyar las acciones tendientes a incrementar los intercambios comerciales de bienes y servicios, las Partes Contratantes estimularán, entre otras iniciativas, las siguientes: a) La promoción de reuniones empresariales y otras actividades complementarias que amplíen las relaciones de comercio e inversión entre los sectores privados de ambas Partes Contratantes; b) El fomento y apoyo a las actividades de promoción comercial, tales como: seminarios, misiones comerciales, simposios, ferias y exposiciones comerciales e industriales; c) El desarrollo de actividades de facilitación del comercio; d) El intercambio de información, en los siguientes temas: •

Políticas comerciales vigentes;



Marco institucional vigente para la ejecución de las políticas comerciales;



Sistemas de transporte y canales de comercialización nacionales, regionales e internacionales;



Ofertas y demandas regionales y mundiales de sus productos de exportación; y,

v) Cualquier otro tema que las Partes Contratantes consideren oportuno. e) La promoción de la complementación y de la integración industrial, con la finalidad de lograr el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles e incrementar el comercio de las Partes Contratantes; f) El examen de la posibilidad de suscribir entre las Partes Signatarias nuevos Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, así como de Acuerdos para evitar la doble tributación; y, g) El desarrollo de acciones conjuntas orientadas a la ejecución de proyectos de cooperación para la investigación científica y tecnológica mediante el intercambio de conocimientos y de resultados de investigaciones y experiencias, informaciones sobre tecnologías, patentes y licencias, intercambio de bienes, materiales, equipamiento y

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servicios necesarios para la realización de proyectos específicos, la investigación conjunta y la organización de seminarios, simposios y conferencias. TITULO IV COMISION NEGOCIADORA Artículo 5 Para el logro de los objetivos del presente Acuerdo, las Partes Contratantes convienen en establecer una Comisión Negociadora, integrada por los Representantes Alternos ante la Comisión de la Comunidad Andina y del Grupo Ad Hoc del Grupo Mercado Común del MERCOSUR.

TITULO V DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 6 El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma.

Artículo 7 Las Partes Signatarias acuerdan mantener vigentes los Acuerdos de Alcance Parcial suscritos en el marco de la ALADI, hasta el 30 de septiembre de 1998. Los Acuerdos de Alcance Regional subsistirán en tanto no entre en vigencia el Acuerdo de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR.

Artículo 8 La Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADIserá depositaria del presente Acuerdo, del cual entregará copias debidamente autenticadas a las Partes Signatarias. EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Acuerdo en la ciudad de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos.

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ANEXOS B Cuadros

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CUADRO 1 Comparación entre la Estructura Organizativa del MERCOSUR y la Comunidad Andina MERCOSUR

Consejo del Mercado Común (CMC)

Comunidad Andina

Órgano

superior

conducción política y

toma

decisiones

Órgano

Común (GMC)

Órgano Consejo Presidencial Andino (CPA)

Máximo órgano del SAI. Emite directrices

andino

compuesto

por

Presidentes de países miembros, es menos ágil. Siempre es más difícil agenda de un Presidente, que de otro funcionario

ejecutivo.

Vela

Grupo del Mercado

de

BRECHA DIFERENCIAL

por

el

cumplimiento

de

Consejo Andino

los objetivos de la

de Ministros de

integración.

Relaciones

Compuesto por 4

Exteriores

funcionarios

(CAMRE)

representando

El sureño tiene funcionarios

a

Órgano de dirección

dedicación exclusiva, mientras que

política, integrado por

los andinos ha de atender múltiples

los

asuntos.

Miembros

de

En

CAN

comparte

dirección política con el Consejo

RR.EE

Presidencial

a

cada gobierno

Comisión de Comercio del Mercado (CCM)

Asiste

al

Vela

por

el

cumplimiento

de

acuerdos

de

comercio

intra-

Órgano

GMC.

Comparte capacidad legislativa Comisión

Comisión

CAMRE.

de

el

Atiende

comercio

e

inversiones

a

Hace

normas

emanadas por

En caso sureño vela por aplicación de políticas pautadas por CMC y GMC; en el andino formula políticas en

materia

de

comercio

e

inversiones. En el primero de los bloques,

papel

más

ejecutivo,

mientras en el segundo caso, su función es más legislativa

la

entrada en vigor de las

con

políticas en materia

MERCOSUR

Coadyuva

normativo.

el

Parlamentaria

CMC, GMC, y la

Conjunta

CCM, así como a

para

sugerencias la

generación

Parlamento

normativa

Andino

proceso.

del Promueve

armonización

la armonización de

de

La

versión

sureña

participa

directamente en la armonización; la andina

se

limita

a

plantear

sugerencias

legislaciones

legislaciones nacionales Órgano formal de la Foro Consultivo Económico-Social (FCES)

estructura

organizativa representa

sociales

Consultivo

que

Empresarial

los

Andino

sectores económicos

93

a

Consejo

(Institución y no y

un Órgano de la CAN)

Emite motus

opinión

o

El sureño es un órgano formal de la

cuando se (o solicita

institucionalidad. El andino es un

el CAMRE o la SG,

ente consultivo de las Instituciones

en materias de su

de apoyo

interés

propio

por

Órgano de apoyo

Hace veces del GMC

operativo,

sureño; ya que es el

responsable de la prestación

Secretaría

de

Administrativa del

servicios

MERCOSUR (SAM)

demás órganos del

a

los

MERCOSUR.

La

encabeza

un

Secretaría General

labor

ejecutivo:

formula

propuestas

de

decisión

al

CAMRE, administra el proceso

de

Subsumido por el

resolver

controversias desarrollan

CMC y GMC

la entre

esos dos órganos. Política

versus

órgano

ejecutivo. En el caso andino hace las veces del GMC sureño

de

Los

interpretar normas y

Apoyo operativo

integración

Director General La

órgano

andinos

tienen

un

órgano

exclusivamente encargado de lo

Tribunal de

jurisdiccional;

Justicia de la

Órgano Jurisdiccional

Comunidad

los

sureños

comparten esas responsabilidades en dos órganos superiores, y restan

Andina

importancia a controversias por la

del

figura del consenso

consenso

Fuente: GIACALONE, R. (2001). CAN-MERCOSUR a la sombra del ALCA. P. 72. Mérida: Editorial venezolana.

CUADRO 2 Diferencias de CAN y MERCOSUR en relación al Acuerdo Marco CAN

Materia Negociación tarifaria Calendario para la liberalización Tratamiento diferenciado

Reglas de origen

Reglas de base de carácter parcial

MERCOSUR Versión detallada del programa de desgravación tarifaria (carácter global)

Entre 15 y 18 años

Entre 12 y 15 años

Tratamiento diferenciado para los

No aceptó tratamiento diferenciado

países de menor desarrollo relativo Contenido regional entre 40 % y 50

Único: con 60 % de insumos

% o regional del 60 % y uno

originarios nacionales

especial del 50 %, para Ecuador Establecimiento de excepciones

Áreas sensibles

Defendió una consideración limitada

Contrario al establecimiento de

al establecimiento de excepciones

excepciones

Continuar con el tratamiento

Contrario al tratamiento especial,

especial de áreas sensibles

aunque en el caso de productos

(agrícola y automotor). En relación a

agrícolas estaban dispuestos a

los productos agrícolas no

otorgar concesiones provisorias

incorporados en preferencias comerciales. Mecanismo arbitral o régimen de solución de controversias Admisión temporaria de mercancías

Régimen de controversias desde el

Régimen de controversias a partir del

inicio del acuerdo

cuarto año

Solicitó que fuese definitiva

Sólo por cinco años

Fuente: GIACALONE, R. (1999). CAN-MERCOSUR a la sombra del ALCA – Elaborado con datos tomados de Grande y Shutt y Hillcoat: 45.

94

Cuadro 3 Análisis Carlos Andrés Pérez II (1989-1993) Temas de Política Exterior

Carlos Andrés Pérez II (1989-1993)

1.

Integración y cooperación subregional

La P.E. contribuyó a dar un nuevo impulso a la integración

2.

Implementación de una diplomacia comercial en

económica regional; se renovó el compromiso con la

lo bilateral y lo multilateral

defensa

3.

Mecanismos de alianzas estratégicas generales

concertación regional y se trabajo en la creación de medios

4.

Promoción de la Democracia

institucionales

5.

Temas económicos vinculados a la apertura

Colombia.

comercial y a la integración subregional

En conclusión una política activa de promoción de la

Reactivación de la Política Exterior en términos

democracia no debe confundirse con el protagonismo

de la coherencia del diseño y de la

sobredimensionado, pues el recurso de la democracia fue

implementación en términos burocráticos

utilizado para fortalecer la imagen de Venezuela y su poder

6.

y

promoción

para

democrática;

atender

la

se

agenda

impulsó

común

de influencia en América Latina. Fuente: elaboración propia.

Cuadro 4 Análisis Rafael Eduardo Caldera II (1994 -1999) Temas de Política Exterior

Rafael Eduardo Caldera II (1994-1999)

En su segundo período constitucional, intento recuperar el 1.

equilibrio

con

viejos

criterios,

se

plantearon

Éticos: lucha contra la corrupción, oposición a

transacciones que a la postre resultarían imposibles de

bloqueos o embargos, enfrentamientos a los

cumplir (como la Carta de Intención con el Pueblo de

regimenes no democráticos, lucha por los

Venezuela, en lo relativo con el Fondo Monetario

Derechos Políticos, por la paz y la libertad, en

Internacional)

el ámbito internacional.

contraproducentes (como el acento geopolítico regional

o

de

consecuencias

finalmente

en las relaciones con Brasil, debilitando las relaciones 2.

Jurídicos: reafirmar el Derecho Internacional

con Colombia con los efectos que ello contribuiría a

como norma de conducta entre los Estados y

generar sobre la seguridad fronteriza y el conjunto de la

revalidar los principios de no intervención y

Comunidad Andina).

autodeterminación de los pueblos.

Básicamente, la Política Exterior sostuvo referencias valorativas esencialmente democráticas. Fue desplazado el objetivo venezolano de defensa y

3.

Sociales: Reconocimiento de los Derechos

promoción de la democracia(121)

Humanos y de la democracia sustentada en

anticorrupción.

un compromiso de solidaridad y justicia social.

No gozaba de una buena imagen internacional. Resaltó

los

asuntos

bilaterales

por

el

de la

comerciales

y

fronterizos, especialmente moviéndose hacia nuevos esquemas como el MERCOSUR y el CARICOM, relegando a la Comunidad Andina. Enfatizó a cerca del principio tradicional de no intervención. Fuente: elaboración propia.

95

la

con

Cuadro 5 Análisis Hugo Rafael Chávez (1999- ....) Temas de Política Exterior(122)

Hugo Rafael Chávez (1999- ....) A partir de 1999(123), Venezuela rompe con la concepción de la política exterior con un proyecto internacional democrático, es una etapa de trastorno y abandono de la carga valorativa precedente. Además, constituye una política exterior de retórica ambivalente sustentada en el proyecto de revolución democrática, de corte presidencialista y ministerial en sus primeros momentos para luego dar paso al protagonismo presidencial. Desaparece el compromiso con la defensa y la

1.

EL

relanzamiento

de

la

diplomacia

promoción de la democracia y surge la concepción de la

comercial, económica y financiera

solidaridad entre los pueblos en la lucha por su

2.

La revitalización de la política de bloques

emancipación, así impulsa las coaliciones y alianzas

regionales

antiliberales

3.

Una política más audaz frente a actitudes

redireccionamiento hacia nuevos frentes especialmente

hegemónicas

con países de la EX-URSS y China.

Y la transformación de la estructura interna

Se mantiene la ambigüedad en materia de seguridad

de la Cancillería

regional y nacional(124).

4.

y

antinorteamericanas

y

el

La visión antiamericana la hace patente en que Chávez ve en la asociación regional un correctivo al tutelaje de Washington hacia los países sudamericanos. Con miras a cristalizar el concepto de mundo multipolar sustentado además en el fortalecimiento de la OPEP. El gobierno bolivariano busco hacer de su política exterior una política independiente y auténtica, en primer factor se consolida con la promoción de la integración y cooperación de los países de la región (con la utilización de la llamada “Diplomacia comercial, económica y financiera), y el segundo con la cancelación de la deuda pública externa.

Fuente: Elaboración propia.

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(editores) Integración Regional de América Latina. Procesos y Actores. Estocolmo: Instituto de Estudios Latinoamericanos, Universidad de Estocolmo, Grupo de Investigación de Integración Regional Regional, Universidad de los Andes.

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URBANEJA, D. (1992). Pueblo, petróleo y democracia en el siglo XX. CIED: Caracas.



VIERA, E. (1990). Negociaciones Conjuntas de la Comunidad Andina con Terceros. Revista S/N. Bogotá: Universidad Javeriana.



ZANIN, G. (1996). MERCOSUR, Pacto Andino y el Grupo de los Tres en el marco del regionalismo abierto. Buenos Aires: Ediciones Ciudad Argentina.



ZORRILLA, S. y SILVESTRE, J. (1997). Diccionario de Economía. México, D.F.: Limusa.

GLOSARIO DE TÉRMINOS la estructura institucional encargada de desarrollar las normas específicas. A Acuerdo comercial: Convenio, tratado o cualquier otro acto vinculante por el cual dos o más naciones se comprometen a acatar condiciones especificas en su intercambio comercial, lo cual incluye de ordinario, concesiones mutuamente benéficas.

Acuerdo multilateral: Compromiso celebrado entre más de dos países, aunque en la práctica su uso se restringe a los acuerdos establecidos entre las partes contratantes del GATT y a los que hoy son miembros de la OMC.

Acuerdo de alcance parcial: Se refiere a los acuerdos comerciales que no abarcan la totalidad del universo arancelario.

Acuerdo de Preferencias Fijas: acuerdo por el cual dos partes establecen un nivel determinado de preferencias arancelarias que se otorgan mutuamente para la importación.

Acuerdo general: Se refiere al acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio, también conocido como GATT, tanto en la versión del año 1947 como en la resultante el la ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales, también conocida como GATT/94.

Acuerdo Marco: es un convenio jurídico internacional entre dos o más Estados en el que se establecen objetivos y principios de carácter general, así como

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Acceso a mercado: Capacidad de los proveedores nacionales de bienes y servicios para penetrar el mercado correspondiente de otro país. El grado de acceso del mercado externo depende de la presencia y magnitud de las barreras comerciales.

Actividad Económica: Objeto social principal de toda persona natural o jurídica.

Acumulado: Sumatoria de cifras de Importaciones o Exportaciones o Balanza Comercial según criterios preestablecidos. Ejemplo: Importaciones por subpartida arancelaria, exportaciones por administración de aduana y país de destino y balanza comercial por capítulos y país. Arancel: Es un impuesto o derecho de aduana, que se cobra sobre una mercancía cuando ésta se importa o exporta.

Arancel aduanero: el arancel aduanero está definido en los Tratados de Libre comercio vigentes, y se refiere al arancel que deben pagar los bienes en la aduana de la parte importadora. Los TLC definen este término en el capítulo sobre acceso a los mercados de la siguiente manera: arancel aduanero incluye cualquier impuesto o arancel a la importación y cualquier cargo de cualquier tipo aplicado con relación a la importación de bienes, incluida cualquier forma de sobretasa o cargo adicional a las importaciones, excepto: a. cualquier cargo equivalente a un impuesto interno establecido de conformidad con el Artículo III:2 del GATT 1994, o cualquier disposición equivalente de un acuerdo sucesor del cual ambas Partes sean parte, respecto a bienes similares, competidores directos o sustitutos de la Parte, o respecto a bienes a partir de los cuales se haya manufacturado o producido total o parcialmente el bien importado; b. cualquier derecho antidumping o compensatorio que se aplique de acuerdo con la legislación interna de la Parte y no sea aplicada de manera incompatible con las disposiciones del Capítulo M (Derechos

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antidumping y compensatorios); c. cualquier derecho u otro cargo relacionado con la importación, proporcional al costo de los servicios prestados; y d. cualquier prima ofrecida o recaudada sobre bienes importados, derivada de todo sistema de licitación, respecto a la administración de restricciones cuantitativas a la importación, de aranceles cuota o niveles de preferencia arancelaria.

Arancel ad valorem: Arancel que se aplica en función al valor o como porcentaje del valor de los bienes autorizados en la aduana.

Arancel específico: Derecho o impuesto de aduana que se calcula a razón de una suma monetaria determinada por la cantidad del bien que ingresa a un país, es decir, tantos dólares por libra, etc., sin tomar en cuenta el valor del artículo importado.

Arancel General: Se dice del arancel que se aplica a las importaciones provenientes desde países que no gozan de tratamiento preferencial, es decir, que no son socios comerciales de la economía que establece dicho impuesto aduanero.

Arancelización: Consiste en el reemplazo de las barreras no arancelarias y para-arancelarias que se

le aplicaban a productos agropecuarios por un arancel equivalente (ad-valorem o específico) que ofrezcan un nivel de protección similar al que ofrecían las barreras no arancelarias. Área de libre comercio: Se refiere a un grupo de países entre los que se eliminaron las barreras arancelarias y de otra índole, no existiendo obstáculos para el intercambio comercial para los productos originarios de dichos países.

Apertura unilateral: Corresponde a la política de liberalización económica que un país emprende de manera independiente reduciendo sus aranceles a las importaciones que realiza desde el resto del mundo.

Asimetría: Concepto utilizado en el TLCN y acuerdos posteriores para canalizar y compromiso de mayores concesiones por parte de los países de mayor desarrollo económico con respecto a los de menor desarrollo.

B Barrera Comercial: Son aquellos obstáculos impuestos a nivel nacional que limitan el libre intercambio a fin de proteger la economía tales como: tarifas, cuotas, depósitos por importación, etc. Balanza comercial: Cuenta de la balanza de pagos de un país que incluye solo el intercambio de bienes y servicios.

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Barreras no arancelarias: Medidas distintas al arancel de importación corriente, destinada a restringir o evitar el ingreso al mercado nacional de productos importados y que aplicadas indebidamente se convierten en factores de distorsión al libre comercio internacional.

Barreras arancelarias: Son impedimentos formales a las importaciones, la aplicación de aranceles a un producto de un país dado con el fin de proteger a los productores nacionales del mismo bien o para desestimular la importación.

Bienes de Capital: Bienes de producción, llamados también medios de producción. La maquinaria y el equipo que se emplea en la producción conforman los bienes de capital. Bienes No Transables: Bienes que no son exportables ni están sujetos a la competencia de bienes importados; sus precios se los determina, mayormente, por la oferta y la demanda en el mercado interno. Bloques comerciales: Conjunto de países unidos con intención de competir comercialmente con otro bloque.

C Cantidad: Se refiere al número total de unidades comerciales de la mercancía contenida en la declaración de importación o documento de exportación.

Cláusula de la Nación más Favorecida: Cláusula insertada en los acuerdos o tratados de comercio, en la cual se estipula que todos los beneficios, ventajas o franquicias de cualquier genero (en materia de aranceles, transportes, tasas, etc.) que conceda en el futuro a cualquier tercer país uno de los contratantes, se harán automáticamente extensivo a los otro contratantes. Cláusulas de Salvaguardia: Tienen por finalidad posibilitar a los países la adopción con carácter transitorio de medidas de diversa naturaleza tendientes a contra restar consecuencias indeseables para su economía (ejemplo, exceso de importaciones en un país provenientes de otros que pudieren ocasionar u ocasiones daños a distintos sectores de su economía, viéndose ese país en la necesidad de reducir o suprimir dichas importaciones. Compensaciones o subsidios a la Exportación: (Drawback, Reintegros y Reembolsos). Auxilio directo que da el Estado a determinadas industrias singulares, consideradas en inferioridad de condiciones para ir a los mercados extranjeros, por razón de las pesadas cargas tributarias que han de soportar, por alguna deficiencia en el costo de producción o cualquier otra causa que produzca análogos efectos a la situación de la industria en su capacidad para exportar. Convenio: Acuerdo internacional de comercio exterior que Colombia ha suscrito con otros países o con las diferentes zonas geoeconómicas existentes.

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Competitividad: Proceso integral, de carácter estructural, sistémico, y de naturaleza muy dinámica, que se manifiesta en la capacidad que tiene el aparato productivo de un país para captar, mantener e incrementar su participación en mercados nacionales, regionales e internacionales.

Contracción de la economía: Paso de la economía hacia un nivel menor del ingreso y el empleo.

Crecimiento económico: Aumento, a través del tiempo, del valor de las variables macroeconómicas básicas de una sociedad, como el ahorro, la inversión, el ingreso y el empleo.

Déficit comercial: En general representan un exceso de la demanda. En la balanza de pagos, situación en la que el valor de las importaciones es mayor que el de las exportaciones de bienes y servicios de un país.

D Depreciación: Uso efectivo de recursos productivos durante el proceso de producción, se le denomina consumo de capital. En materia de política monetaria, la depreciación se refiere a reducir el valor de la moneda nacional con respecto al dólar a fin de incentivar las exportaciones.

Desarrollo económico: Proceso mediante y durante el cual mejora la calidad de vida de la sociedad económicamente, es decir que el país o nación está percibiendo mayores ingresos, realiza inversiones.

base del Acuerdo de Complementación Económica Nro. 35, y Bolivia sobre la base del Acuerdo de Complementación Económica Nro. 36.

G Desempleo: Existencia de capacidad productiva ociosa en una economía. Incapacidad económica para utilizar la fuerza de trabajo existente en un país.

Desmantelamiento: En el marco de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, el término desmantelamiento se refirió a la eliminación, de las medidas de restricción al comercio y los subsidios a la producción y la exportación.

Desviación del Comercio: Readecuación de los flujos del comercio, al entrar en vigencia un Acuerdo de liberación Comercial.

Divisa: Moneda extranjera referida a la unidad monetaria del país que se trata.

E Exportación: Desde un punto de vista comercial se entiende por tal la salida de una mercancía de un territorio aduanero, ya sea en forma temporal o definitiva. Estado Asociado: estatus otorgados a los países que hayan suscripto Acuerdos de Libre Comercio con el MERCOSUR. Hasta el momento los Estados Asociados son: Chile, sobre la

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Gravámenes Arancelarios: Son los derechos contemplados en el Arancel de Aduanas.

GATT: General Agreement on Tariffs and Trade: Este organismo intergubernamental, al que ha sucedido la Organización Mundial del Comercio (OMC) y que organizaba las negociaciones para la liberalización del comercio mundial, velaba por el sistema comercial multilateral y, en particular, por el principio de no discriminación, que rige las relaciones comerciales de las Partes Contratantes, principio comúnmente denominado "cláusula de la nación más favorecida" (NMF). Grupo Andino: Agrupación regional formada por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Globalización: Proceso dentro del cual la universalización de la información y la reducción significativa de sus costos y el del transporte permiten que las decisiones empresariales trasciendan las fronteras, desarrollándose las mismas en función de ofertas y demandas comerciales provenientes de la mayoría de los países del globo terrestre. Como parte del proceso se produce también una reducción de las trabas al comercio internacional y con la consiguiente liberalización.

I Importación: Se refiere a la entrada de mercancías de procedencia extranjera en un territorio aduanero. Integración Económica: Proceso de reducción de barreras económicas e implementación de acuerdos entre varios países a fin de ampliar sus mercados y aumentar su grado de interrelación. De acuerdo con el nivel de interrelación, un proceso de integración pasa por varias etapas: zona de libre comercio, unión aduanera, mercado común, unión económica, y unión monetaria. M Mercancía: Todo bien clasificable en el arancel de aduanas susceptible de ser transportado y sujeto a un régimen aduanero.

Mercado: En el lenguaje común se entiende por mercado un lugar –que puede ser una plaza o un edificio- donde se vende y se compra determinado bienes y se contrata algunos servicios, con intervención o no de intermediarios, por tanto el mercado es un elemento necesario de toda organización económica fundada en la división del trabajo y sobre el cambio. De ese concepto de mercado concentrado en un área (o edificio) determinada, se pasa a la idea de “ámbito geográfico” que comprende las áreas de producción, de recolección, de distribución y de consumo del producto en sentido económico, que puede tener una amplitud local o regional, nacional e internacional .Existen también otros mercados, como el financiero o mercado de capitales, el mercado de trabajo, el mercado monetario, entre otros, que

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presentan características y finalidades algo distintas del mercado de productos. Mercado Común: Denominase así la eliminación de las barreras al comercio entre un grupo de países, para que los productos de cada uno de ellos tenga libre acceso al interior de los demás como si fuera su propio territorio, sin mas costo adicional que el transporte. Para los efectos del comercio entre estos países y también con el resto del mundo, todos los que formen el grupo constituyen un solo territorio o mercado, con una tarifa aduanera externa uniforme respecto de los demás. MERCOSUR: Mercado común de América del Sur. Agrupación regional formada por Argentina; Brasil, Paraguay y Uruguay. El día 26 de marzo de 1991, en la ciudad de Asunción del Paraguay se firma el “Tratado de Asunción” para lo Constitución de un Mercado Común entre estos países. N Negociaciones comerciales multilaterales: Corresponden al proceso de apertura que buscan tres o más partes. Mercado Común: es una forma de integración económica de dos o más países que, además de constituirse en un solo territorio aduanero, armonizan sus políticas macroeconómicas, resultando en un mercado sin barreras en el que circulan libremente bienes, personas y capitales. Norma MERCOSUR: se denomina a todas las Decisiones del CMC, Resoluciones del GMC y Directivas de la CCM.

O Organización Mundial de Comercio (OMC): Es una instancia multilateral que reúne a más de 130 países que se establece en la Reunión Ministerial de Marrakech (acuerdo sobre la OMC) en 1994. Con el establecimiento de este Acuerdo se establece un marco común para los acuerdos de comercio que venían negociándose desde la época de la Segunda Guerra Mundial, en particular el Acuerdo sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). La OMC regula el comercio de bienes y servicios de sus miembros, además de la propiedad intelectual, a diferencia del GATT que únicamente se aplicaba al comercio de bienes. La OMC es reconocida como un marco jurídico más fuerte y claro que incluye mecanismos de solución de controversias más eficaz y fiable, reduce aranceles en un 40% y los acuerdos más amplios de apertura de mercados y establece un marco multilateral de disciplinas para el comercio de servicios y para la protección de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio, así como el reforzamiento de los sectores textiles y agropecuarios. P País miembro: Antiguamente denominado Parte Contratante, se refiere a un país que forma parte de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Presidencia Pro Tempore: período semestral por el cual uno de los Estados Parte del MERCOSUR, en orden

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alfabético, coordina el desarrollo de las negociaciones y trabajos. Tratado de Asunción: acuerdo suscripto por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay el 26 de marzo de 1991 por el cual se fija las bases para la constitución del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR). El mismo entró en vigencia el 29 de noviembre de 1992. El Artículo 2 establece: La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente; El establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros económico-comerciales regionales e internacionales; La coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se acuerden, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes; El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración. Protocolo de Ouro Preto: acuerdo suscrito el 17 diciembre de 1994 en la Ouro Preto (Minas Gerais-Brasil) por el cual se establece la Estructura Orgánica del MERCOSUR, las Fuentes Jurídicas del MERCOSUR, Sistema de Toma de Decisiones, Aplicación Interna de las

Normas Emanadas de los Órganos del MERCOSUR y Personalidad Jurídica Internacional. Protocolo de Brasilia: acuerdo por el cual se establece el Mecanismo de Solución de Controversias suscripto el 17 de diciembre de 1991 para las controversias que surgieran entre los cuatro Estados Partes sobre la interpretación, aplicación o incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Tratado de Asunción, de los acuerdos celebrados en el marco del mismo, así como de las decisiones del Consejo del Mercado Común y de las resoluciones del Grupo Mercado Común, serán sometidas a los procedimientos de solución establecidos en el presente Protocolo" (artículo 1). Procotolo de Olivos: acuerdo por el cual se establece un nuevo Mecanismo de Solución de Controversias, suscripto el 18 de febrero de 2002 en la Quinta Presidencial de Olivos1, y que reemplazará al Protocolo de Brasilia cuando sea ratificado por los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.

Período: Unidad de tiempo (año, semestre, trimestre, mes) utilizado para presentar la información de importaciones, exportaciones y balanza comercial.

Peso Bruto: Es la unidad de medida de la mercancía expresada en Kilogramos, incluyendo el embalaje.

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Peso Neto: Es la unidad de medida de la mercancía expresada en Kilogramos, sin incluir el embalaje.

Productos Básicos: (Commodities) son aquellos productos agrícolas, ganaderos o de la minería que no tienen o no han sufrido mayores tratamientos industriales. R Restricciones o Prohibiciones Aduaneras: A las franquicias aduaneras se les suele oponer numerosos procedimientos de restricciones del comercio de importación y exportación; estas prohibiciones pueden ser generales, limitadas, permanentes o temporales, se explican por diversas finalidades: fiscales, protección industrial o comercial, protección de la salud pública, defensa de la propiedad intelectual o artística, etc.

Reciprocidad: Intercambio mutuo de concesiones comerciales.

Retorsión: Hay retorsión cuando un Estado aplica a otro Estado la misma restricción o prohibición que éste, en uso de un derecho, ha aplicado en detrimento de los intereses de aquél. Ronda Uruguay: La última de las grandes negociaciones celebrada bajo los auspicios del GATT con el fin de liberalizar el comercio mundial de bienes y de servicios. Se inició en Punta del Este (Uruguay) en 1986 y se concluyó en Marraquech en 1995. Fue mucho más ambiciosa que sus antecesoras (Ronde Dillon, Ronda Kennedy, Ronda

Tokio), puesto que superó con creces el objetivo tradicional y primordial del desmantelamiento arancelario y procuró, por otra parte, una mayor integración de los países en desarrollo en el sistema comercial multilateral. Dio nacimiento a la OMC. S Sistema Armonizado: Sistema armonizado de designación y clasificación de las mercancías. Nueva nomenclatura universal de las mercancías adoptada por el Consejo de Cooperación Aduanera y aplicada por la mayoría de los países del mundo.

Sistema Generalizado de Preferencias (SGP): Acuerdo internacional negociado bajo los auspicios de la UNCTAD, en virtud del cual los países desarrollados conceden preferencias arancelarias temporales y no recíprocas a las importaciones de los países en desarrollo.

Subsidio o Subvención: Beneficio económico que un gobierno otorga a los productores de ciertos bienes o servicios o a los consumidores, a menudo para fortalecer la posición competitiva de esas empresas o la capacidad adquisitiva de los consumidores. El subsidio puede ser directo (Una donación o transferencia en efectivo) o indirecto (Créditos a la exportación, con intereses bajos y garantizados por una agencia del gobierno).

Sistema de Mercado: Modelo económico que descansa en los precios

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como mecanismo de asignación de recursos.

Subpartida Arancelaria: Es la prolongación razonable y lógica de la Nomenclatura Arancelaria del Sistema Armonizado utilizada en Colombia, su código numérico consta de 10 dígitos.

T Trato Nacional: Esta disposición se deriva del GATT y lo que quiere decir, básicamente, es que los bienes y servicios extranjeros deben recibir igual trato que los similares nacionales.

Transparencia: Término utilizado para denominar el conjunto de nuevas disciplinas comerciales de la OMC así como los nuevos Tratados de libre Comercio, bilaterales y multilaterales y que tienen relación con la obligación de los Países Miembros de anunciar con debida antelación, la medida de política comercial o de restricción al comercio que van a aplicar así como de notificar, sobre todo en el caso de la OMC, toda medida de política nacional que incida en el comercio internacional. U Unión Aduanera: Grupo de naciones que han eliminado los aranceles- y a veces también otras barreras que les impide comerciar entre sí- y que aplica un arancel externo común a los bienes importados de los países ajenos a la agrupación.

Valor CIF: Término de comercialización internacional que indica el precio de la mercancía incluyendo el costo, seguro y fletes. V Valor FOB: Término de comercialización internacional que indica el precio de la mercancía a bordo de la nave o aeronave (Free on Board). Esto no incluye fletes, seguros y otros gastos de manipulación después de embarcada la mercancía. Ventajas Comparativas: Concepto de importancia capital en la teoría del Comercio Internacional, según el cual un país o región e debe especializar en la producción y exportación de aquellos bienes y servicios que sea capaz de producir con más eficiencia relativa que otros bienes y servicios, y debe importar los bienes y servicios en los cuales tenga una desventaja comparativa.

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Ventaja Competitiva: Concepto moderno de las ventajas comparativas que, además de las ventajas naturales de que dispone un país para participar en el comercio internacional, incorpora una serie de elementos que definen la posibilidad real de inserción internacional. Entre otros la organización y nivel de los servicios de apoyo al comercio, las capacidades gerenciales, la organización pública y privada para el desarrollo del comercio. Z Zona Económica: Es la agrupación geográfica por Departamentos. De acuerdo con lo anterior el país se divide en las siguientes Zonas: Amazonía, Andina, Caribe, Llanos Orientales y Pacífica.

Zona Neoeconómica: Hace referencia a la creación mediante convenios y acuerdos, de grupos de países y bloques económicos regionales.

INDICE DE ABREVIATURAS Y SIGLAS Abreviatura

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Término

AEC

Arancel Externo Común

ALADI

Asociación Latinoamericana de Integración

ALALC

Asociación Latinoamericana de Libre Comercio

ALCA

Área de Libre Comercio de las Américas

ALCSA

Área de Libre Comercio de Sudamérica

APEC

Cooperación Económica del Asia Pacífico

ASEAN

Asociación de Países del Sureste Asiático

ATPA

Andean Trade Preference Agreement (Ley de Preferencias Arancelarias Andinas)

BANCOEX

Banco de Comercio Exterior de Venezuela

BNA

Barreras No Arancelarias

CAF

Corporación Andina de Comercio

CAMRE

Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores

CAN

Comunidad Andina de Naciones (Ex Pacto Andino)

CMC

Consejo Mercado Común

CNI

Confederación Nacional de Industrias del Brasil

CPC

Comisión Parlamentaria Andina

EE.UU.

Estados Unidos de América

FMI

Fondo Monetario Internacional

GMC

Grupo Mercado Común

G3

Grupo de los Tres (Colombia, México y Venezuela).

MCCA

Mercado Común Centroamericano

MERCOSUR

Mercado Común del Sur

MRE

Ministerio de Relaciones Exteriores

NANDINA

Nomenclatura común del comercio de bienes en CAN

OMC

Organización Mundial del Comercio

OSD

Órgano de Solución de Controversias

OPEP

Organización de Países Exportadores de Petróleo

PBI

Productos Bruto Interno

PEC

Política Exterior Común

PETROBRAS

Petróleos de Brasil

PDVSA

Petróleos de Venezuela

RR.II

Relaciones Internacionales

RR.EE

Relaciones Exteriores

SAI

Sistema Andino de Integración

SELA

Sistema Económico Latinoamericano

SGP

Sistema Generalizado de Preferencias

UE

Unión Europea

URSS

Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas

NOTAS 1

Abogado de la Universidad Santa María. Especialista en Derecho y Política Internacionales y Funcionaria – Abogado IV de la Comisión Antidumping y sobre Subsidios venezolana. 2

Picón, M. (1998).Notas sobre el problema de nuestra cultura. En Suma de Venezuela (Biblioteca Mariano Picón Salas, tomo II). Caracas: Monteávila Editores. Pp. 115-116. 3

Secretaría General de la Comunidad Andina. (2001). El Futuro de la integración política andina: reflexiones de la Secretaría General. Documentos de la Secretaría General. Anexo 2: El acervo político de la integración andina. Perú: CAN. 4

Firmada el 16 de agosto de 1966 por Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela, y más tarde suscrita por Bolivia. 5

Suscribe el Acuerdo de Cartagena a través del Decreto Ley 08995 del 6 de noviembre de 1969, ratificando dicho acuerdo. 6

En el caso colombiano, el entonces Presidente de la República pretendió dar aprobación al Pacto Andino mediante un decreto de carácter legislativo (Nº 1245 de 1969), el cual fue demandado en acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de ese país, a quien entonces le correspondía la función de ser guardiana de la Constitución Política de Colombia, y en consecuencia, conocer de las demandas de inconstitucionalidad instauradas contra normas jurídicas internas de ese país. Sostuvo el demandante que el Pacto Andino era un convenio internacional independiente y no un simple acuerdo complementario en desarrollo del Tratado de Montevideo, como el Gobierno había supuesto al no someter su aprobación al Congreso (artículo 120-20 de la Constitución –La Constitución Política de Colombia, que provenía de 1886, fue sustituida en 1991-). La Corte Suprema de Colombia con ponencia del Magistrado José Gabriel de la Vega, dio la razón al demandante, aunque finalmente declaró inhibida, de acuerdo con la jurisprudencia entonces imperante según la cual “La Corte es juez de la constitucionalidad de los actos de derecho público interno que

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enumera el artículo 214 de la Carta Política, y no de actos internacionales, para cuyo juzgamiento, aunque contenga elementos jurídicos de índole interna, carece de jurisdicción.” En ese oportunidad dijo la Corte Suprema de Colombia: “(vi) El Pacto Andino y el derecho comunitario.-Ni se diga que existe un derecho de las comunidades internacionales, conforme al cual ciertas estipulaciones de tipo económico consagradas en pactos multilaterales, por elásticas, dan vida, así como así, a organizaciones diferentes y les confieren poderes superiores a los que son ajenos de ordinario a los Estados, aisladamente considerados, en el manejo de sus asuntos exteriores. No; ese derecho no existe, ni por semejas. Algunas asociaciones económicas, cuya comprensión abarca varios países y constituye ámbito regional, tan conocidas en los días que corren gozan de naturaleza por sí mismos, sin que siempre sea menester la intervención de los países miembros para imprimir eficacia a tales vínculos. Pero ello solo curre cuando se han celebrados pactos, muy expresos, muy precisos, atributivos de competencias determinadas a una respectiva fuente. Los cuerpos supranacionales derivan de instrumentos voluntarios suscritos por los Estados que lo integran. No es dable trasladar capacidades de una institución a otra, a talanquera y gusto de los intérpretes. (…) si ante los demás Estados partes del Acuerdo de Cartagena la ratificación de Colombia es válida e invulnerable, el Acuerdo no rige en el derecho interno de Colombia, pues el acto aprobatorio fue irregularmente expedido.” Tomado de: URIBE R., Fernando. El Derecho de la integración en el Grupo Andino. Publicación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, 1990, páginas 57 y siguientes. Posteriormente, en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia, en la sentencia antes comentada, el Gobierno colombiano sancionó la Ley 8ª de 1973, por la cual el Congreso de la República ratificó el Acuerdo de Cartagena. Tomado de: TANGARIFE, M. (2001). La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: El caso de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Lima: Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, páginas 121 a la 123. 7

Chile: Ratificó el Acuerdo de Cartagena a través del Decreto 428 de 30 de julio de 1969. Tomado de: INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN DE AMÉRICA LATINA (INTAL). Historia documental del Acuerdo de Cartagena. Junta del Acuerdo de Cartagena, 1974. Op. Cit., página 187. Posteriormente, se retiró del Acuerdo de Cartagena el 30 de octubre de 1976. Tomado de: TANGARIFE, M. (2001). La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: El caso de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Lima: Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, página 122. 8

Ecuador: Profiere el Decreto Ejecutivo 1932 del 24 de octubre de 1969, previo trámite ante el Congreso Nacional. Tomado de: TANGARIFE, M. (2001). La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: El caso de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Lima: Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, página 123. 9

Perú: Expidió el Decreto Ley 17851 del 14 de octubre de 1969 para ratificar el Acuerdo de Cartagena. Tomado de: TANGARIFE, M. (2001). La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: El caso de los Países Miembros de la Comunidad

122

Andina. Lima: Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, página 123. 10

Decisión 1 Designación del Acuerdo de Integración Subregional con el Nombre de Acuerdo de Cartagena. 11

Bolivia: La Constitución boliviana de 1967 -reformada en 1994- no hace una mención expresa al fenómeno de la integración, pero sí hace referencia a las facultades que tiene el Presidente de la República de negociar y suscribir tratados internacionales y al trámite que corresponde adelantar al Congreso de la República. Asimismo, existe en la Carta Política de Bolivia una prohibición de delegar atribuciones encomendadas a los poderes públicos, que pueden alcanzar a organismos internacionales como la Comunidad Andina. En las normas de la Constitución de Bolivia, no existe norma constitucional que formule criterios en virtud de los cuales dicho Estado puede formar parte del proceso de integración andino. Esta situación no ha generado hasta la fecha dificultades, sin embargo, deja en evidencia la necesidad de armonizar el texto constitucional con los propósitos que Bolivia pretende alcanzar a través de la integración andina. Tomado de: TANGARIFE, M. (2001). La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: El caso de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Lima: Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, página 123. 12

Venezuela: Posteriormente, se incorporó Venezuela mediante la Ley aprobatoria del Acuerdo Integración Subregional o Acuerdo de Cartagena, publicada en la Gaceta Oficial de la República 1620 Extraordinario del 1º de noviembre de 1973. Cabe destacar que los demás Países Miembros también procedieron a la ratificación del Instrumento Adicional al Acuerdo de Cartagena para la adhesión de Venezuela bajo el denominado “Consenso de Lima del 13 de febrero de 1973”, que dio lugar a la Decisión 70 que contiene las condiciones para la adhesión de Venezuela al Acuerdo”. Tomado de: TANGARIFE, M. (2001). La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: El caso de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Lima: Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina. 13

La Corporación Andina de Fomento (CAF) fue constituida antes de la firma del Acuerdo de Cartagena, el 7 de febrero de 1968, e inició sus operaciones el 8 de junio de 1970. Participaron Bolivia, Ecuador, Colombia, Chile, Perú y Venezuela. Chile se retiró de la misma en 1976. 14

Decisión 11 Participación de Observadores en las Reuniones de la Comisión, adoptada del 9 al 13 de marzo de 1970. Lima, Perú; Decisión 13 Participación de Venezuela en las Reuniones Relacionadas con el Proceso de Integración Subregional, adoptada del 13 al 17 de julio de 1970, Lima, Perú; Decisión 21 Participación de Venezuela en las Reuniones Relacionadas con el Proceso de Integración Subregional, adoptada del 14 al 31 de diciembre de 1970, Lima, Perú; Decisión 35 Creación de un Grupo de Trabajo Integrado por Representantes de los Países Miembros y de Venezuela, adoptada del 8 al 10 de marzo de 1971, Lima, Perú y Decisión 42

123

Incorporación de Venezuela al Acuerdo de Cartagena, adoptada del 8 al 16 de noviembre de 1971, Lima, Perú. 15

MALDONADO L., Héctor. El ingreso de Venezuela. Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina 2001, páginas 48 y 49. 16

Instrumento Adicional al Acuerdo de Cartagena para la Adhesión de Venezuela. Decisión 70 Condiciones para la Adhesión de Venezuela al Acuerdo (crf. nota nº 49 {D 42} y el Consenso de Lima, adoptados el 13 de febrero de 1973, Lima, Perú. 17

MALDONADO, H. (1999). La evolución legislativa. Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina. Lima: CAN, páginas de la 33 a la 142. 18

Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena 5 de octubre de 1976, Lima, Perú y Decisión 102 (cfr. Notas nº 40 {D 57} y 53 {D 91}Cese para Chile de los Derechos y Obligaciones Derivados del Acuerdo de Cartagena, adoptada el 4 de agosto y 30 de octubre de 1976, Lima, Perú. 19

MALDONADO, H. (2001). El retiro de Chile y el Protocolo de Lima. Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina. Lima: Comunidad Andina. Pp. de la 52 a la 54. 20

Protocolo de Lima Adicional al Acuerdo de Cartagena, adoptado el 30 de octubre de 1976, Lima, Perú. Decisión 100 Recomendación de Suscripción del Protocolo de Lima Adicional al Acuerdo de Cartagena, adoptada del 28 de febrero al 3 de marzo, el 30 de marzo y del 6 al 9 de abril de 1976, Lima, Perú. 21

Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías, adoptada del 14 al 31 de diciembre de 1970, Lima, Perú. 22

Ídem Nota 1. Inicios.

23

Actual Secretario General de la Comunidad Andina. Decisión 568, adopatada el 14 de noviembre de 2003. en santa Cruz de la Sierra, Bolivia. 24

GARCÍA, J. (2004).Integración Andina: 35 Años Después. Revista Caretas. Lima.

25

Los antecedentes del proceso de integración andina se encuentran plasmados en el documento denominado Declaración de Bogotá suscrito en 1966 y en la Declaración de los Presidentes de América suscrita en abril de 1967. 26

27

En 1995.

ROSELL, M. (1999). Marco Institucional y Seguridad Jurídica de la Comunidad Andina. Lima, Perú.

124

28

Suscrita en noviembre de 1985. Se consolida la Integración Argentina-Brasil.

29

Tratado de Asunción, suscrito el 26 de marzo de 1991 por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, que establece el MERCOSUR, tuvo por objetivo la constitución una Unión Aduanera a partir del 1º de enero de 1995. Los cuatro países del Mercosur contienen cláusulas constitucionales de cara a la integración permitiendo la delegación de atribuciones. Al realizar el análisis debemos dividir las cuatro constituciones en dos grupos: el primero formado por las cartas de Argentina y Paraguay, cuyos textos sin duda alguna no ofrecen ninguna dificultad para llegar a la conclusión de que permiten transferencia de competencias. El segundo grupo engloba a los dos países restantes (Brasil y Uruguay) que tienen cláusulas que se prestan a varias interpretaciones: - ARGENTINA: Establece en su constitución, artículo 75 incisos 22 y 24, en lo que respecta al inciso 22, este regula la competencia que tiene el poder legislativo de aprobar o desaprobar tratados internacionales; lo importante es que esta norma constitucional expresamente atribuye primacía a los tratados sobre las leyes internas. En cuanto al inciso 24, el cual regula las atribuciones del Congreso de la Nación y expresamente fija que es facultad del parlamento aprobar tratados de integración que deleguen competencias legislativas y jurisdiccionales a órganos supraestatales. La disposición condiciona tal aprobación a que los instrumentos respeten el orden democrático, además de ser firmados en condiciones de reciprocidad e igualdad de derechos. Como se ve, el texto habilita, en forma clara, la transferencia de competencias legislativas y ejecutivas hacia un eventual órgano que pueda tener capacidad para crear derecho. El inciso también confiere, expresamente, la facultad de delegar atribuciones jurisdiccionales y en forma explícita prescribe que el derecho derivado de los tratados de integración tienen primacía sobre las leyes. - PARAGUAY: La constitución de 1992 de Paraguay, constituye uno de los textos más claros en materia de integración que posee el grupo de constitución de los Estados Parte del Mercosur. La misma contiene un capítulo expreso que regula las relaciones del derecho interno con respecto al derecho internacional. - BRASIL: Esta constitución dispone una cláusula de habilitación en materia de integración que está regulada en el artículo 4, párrafo único. Bajo este artículo, el mandato es impulsar la integración, colocando en la cabeza a los tres poderes del estado, es un principio fundamental, por lo tanto si el país firma un tratado que busca la integración económica para llegar un mercado común, y siendo como sabemos que la conformación de un mercado común no se logra sin transferencia de competencias, por fuerza de este principio constitucional la carta magna brasileña estaría habilitando la delegación de atribuciones hacia órganos comunitarios. - URUGUAY: Esta constitución tiene su cláusula de habilitación en el artículo 6º, párrafo primero y segundo. Tomado de: PEROTI, Alejandro. La Supranacionalidad en el Constitucionalismo Latinoamericano: Caso Mercosur. Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, páginas de la 136 a la 140. Lima, Perú. Julio de 2001. 30

Protocolo de Ouro Preto, suscrito el 17 de diciembre de 1994, establece el cuadro institucional que rige la marcha del proceso a partir 1º de enero de 1995 y confiere personalidad jurídica internacional al MERCOSUR, dotándolo de representación externa y capacidad para negociar y obligarse ante terceros países o grupos de países.

125

31

Fase superior a la que representan las zonas de libre comercio porque van más allá de la eliminación de aranceles entre sus socios y porque implican el logro de políticas comerciales comunes. 32

Aprobado en el VIII Consejo Presidencial Andino.

33

Fue instituido el 12 de noviembre de 1979.

34

Se constituyó el 25 de octubre de 1979, en La Paz, Bolivia.

35

Decisión 176 Creación del Consejo Consultivo Laboral Andino, adoptadas de 24 al 28 de enero de 1983, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. 36

En 1991.

37

Suscrito el 26 de octubre de 1973, en Caracas, Venezuela.

38

El Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena fue creado el 28 de mayo de 1979 en Cartagena, Colombia. Decisión 184 Estatuto del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, adoptada el 19 de agosto de 1983, y el Reglamento Interno del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, adoptado por el mismo el 9 de mayo de 1984. De este modo se confirió autonomía al ordenamiento Jurídico del Acuerdo al señalar que este tratado y el Acuerdo de Cartagena tendrían vigencia independiente del Tratado de Montevideo, determinar los elementos que integran al ordenamiento jurídico andino y consagrar el principio de aplicabilidad directa de las decisiones de la Comisión. 39

Los Acuerdos de Tercera Generación fueron aquellos que aparecieron en el escenario internacional en la década de los 90’, tratando de responder al nuevo escenario internacional y a los nuevos retos de la democracia, el desarrollo y la globalización. La cooperación se ordena en base a dos ejes, que son la ayuda al desarrollo de los países menos desarrollados y la cooperación económica y comercial con los países más avanzados. Estos acuerdos de cooperación, de nivel bilateral o subregional, se firman, en 1990, con Argentina y Chile, en 1991, con Uruguay y México, en 1992, con Paraguay y Brasil, y finalmente, en 1993, con Centroamérica y el grupo Andino, con particularidades según países y regiones. Con ellos, la Unión Europea ha completado, en los casos de Chile y Paraguay, o renovado, según los casos, su red de acuerdos de cooperación con todos los países latinoamericanos, con la excepción de Cuba. Además de los citados hay otros acuerdos bilaterales de carácter sectorial. Sus características más importantes son las siguientes: En primer lugar, la fundamentación democrática de la cooperación. Que se concreta en la inclusión de una “cláusula democrática”, que expresa un compromiso común e institucionalizado con la democracia, y supone que en caso de violación la Unión Europea se reserva el derecho de suspender sus programas de cooperación. Esta cláusula se introdujo por primera vez en el acuerdo marco de cooperación comercial y económica suscrito entre la Unión Europea y Argentina, el 2 de abril de 1990, a petición

126

de la propia Argentina, y se ha repetido en todos los demás acuerdos de tercera generación suscritos posteriormente con los distintos países y subregiones latinoamericanas, con la única excepción del firmado en México, que no recoge dicha cláusula. Segundo, la incorporación de una “cláusula evolutiva”, según la cual ambas partes, de común acuerdo, podrán ampliar y completar los niveles y campos de cooperación establecidos en el acuerdo. Esta novedad es relativa, pues, como ya vimos, en el acuerdo de primera generación, suscrito con México en 1975, se incluyó también una “cláusula evolutiva”, si bien de sentido más limitado. Tercero, el papel que se le otorga a la denominada cooperación avanzada, que constituye la innovación más importante de los acuerdos de tercera generación. En este sentido, se complementa la asistencia tradicional con una nueva cooperación que, al tiempo que hace hincapié en los mecanismos asociativos sobre los asistenciales, pretende contribuir a mejorar la eficacia de los sistemas productivos. De un lado, se mantiene la ayuda al desarrollo tradicional apara las capas de población más desfavorecida y para los países más pobres, haciéndose hincapié en el sector rural, los aspectos humanos y estructurales del desarrollo, la cooperación regional, la ayuda a la reconstrucción y la asistencia medioambiental (América Central y área andina). De otro, abriendo nuevos caminos de cooperación, se impulsa la cooperación económica, industrial y científico-técnica, concebida en términos de reciprocidad e incluso de mercado, y el desarrollo de la regulación medioambiental, con los países o regiones de renta media y con mayor potencial de crecimiento. Y en cuarto lugar, se diversifican los ámbitos e instrumentos de la cooperación. CARRASCO, G. (2001). Descripción de los Mecanismos para la aplicación de Medidas Compensatorias en la CAN y el MERCOSUR para una aproximación concertada en las negociaciones comerciales de una zona de libre comercio. Lima: trabajo monográfico no publicado. 40

RICO, V. (1998). Negociaciones Comunidad Andina-MERCOSUR: Antecedentes y Perspectivas. Lima. Revisión de abril de 2004 de la WWW.: http://www.comunidadandina.org. 41

IX Cumbre Presidencial Andina.

42

FAIRLIE, A. (1999). Escenarios de Integración y Cooperación Económica. Serie Cuestión Perú. Friedrich Ebert Stiftung. Perú, Lima. Pp. 29 y 30. 43

Documento elaborado por la Secretaría General de la Comunidad Andina (con fines divulgativos para la inclusión de la Web de la CAN con las respectivas actualizaciones según los avances). Acciones en materia de negociaciones comerciales de la Comunidad Andina con terceros en los últimos meses. Perú, Lima. Octubre 2000. 44

Tratado de Montevideo 1980. Artículo 3 (d) (…) “Tratamientos diferenciales, establecidos en la forma que en cada caso se determine, tanto en los mecanismos de alcance regional como los de alcance parcial, sobre la base de tres categorías de países, que se integrarán tomando en cuenta sus características económico – estructurales. Dichos tratamientos serán aplicados en una determinada magnitud a los

127

países de desarrollo intermedio y de manera más favorable a los países de menor desarrollo económico relativo; y” (…). 45

Es decir, sin un mecanismo automático de desgravación y sin alcanzar el universo arancelario. 46

El Presidente Andrés Pastrana, proviene de una familia tradicional política y económicamente en su país, siendo hijo y nieto de Ex-Presidentes. 47

Refiriéndose a un enfoque básicamente aperturista coincidente con las políticas de ajuste estructural de corte neoliberal, dirigido a insertar los grupos de integración regional en los mercados globales y a acelerar la globalización. 48

Tomado del Texto Cuadro comparativo de las Propuestas andinas y del MERCOSUR, del acuerdo para el establecimiento de la Zona de libre Comercio Comunidad AndinaMercosur, de octubre de 1997. 49

No están en la lista de 100% de desgravación inicial ni en las listas de productos sensibles. 50

En el Programa presentado por MERCOSUR se les llama medidas Antidumping y medidas compensatorias. 51

Como solicitar una investigación contra el tercer país.

52

El porcentaje de contenido regional es de 60%, mientras que para la Comunidad Andina es de 40%. 53

MORETA, C. (1998). (Secretario Permanente del SELA). Boletín sobre Integración de América Latina y el Caribe. No. 11. 54

TORO, L. (2001). Potenciales efectos de un Área de Libre Comercio entre la CAN y el MERCOSUR. En: Jaime Behar, Rita Giacaldone y Noemí Mellado (editores) Integración Regional de América Latina. Procesos y Actores. Estocolmo: Instituto de Estudios Latinoamericanos, Universidad de Estocolmo, Grupo de Investigación de Integración Regional Regional, Universidad de los Andes. 55

En este punto, Toro (2001) al igual que Ojeda (2001), sostienen que constituye un obstáculo al proceso de integración CAN-MERCOSUR la carencia de un tribunal de solución de controversias en el MERCOSUR, colocando a sus países asociados en una situación de minusvalía con respecto a los Miembros de la CAN que sí lo poseen. MERCOSUR creó este tribunal en el 2002 y hay que esperar para observar cómo se desenvuelve a fin de establecer si constituirá un apoyo al proceso de negociación. 56

MALDONADO, H. (1999). Suspensión temporal de Perú. Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, Pp. de la 98 a la 102. Lima, CAN.

128

57

Decisión 321.

58

Perú lego de estar dos años fuera de la Zona de Libre Comercio, en abril de 1997 expresó su intención de retirarse definitivamente del grupo desconociendo sus obligaciones arancelarias con la CAN, pero en junio de ese mismo año cambió de opinión y solicitó su reincorporación al grupo, lo cual se concretó el 23 de julio de 1997 cuando en el Consejo Ampliado de Ministros de los países andinos se formalizó el acuerdo para la reincorporación gradual de Perú. 59

Suspensión Temporal del Perú, adoptada el 25 de agosto de 1992, Lima, Perú.

60

Decisión 347 Modificación de la Decisión 321 (crf. Nota n° 169 {D 321}, adoptada el 17 de diciembre de 1993, Lima, Perú. 61

1996. Este Protocolo permitió al esquema superar lo meramente comercial y económico para apuntar a la coordinación política necesaria dentro de cualquier negociación que afrontara el intercambio. De esta manera, los presidentes andinos, al firmar este Protocolo plasmaban los nuevos objetivos de la Comunidad Andina, entre los cuales se destacaban: (i) liberalización del comercio intrarregional, (ii) creación del Consejo Asesor de Ministros de Hacienda y Finanzas, (iii) conformación de un grupo de alto nivel con suficiente capacidad de negociación para acordar con Perú los términos de su retiro o permanencia definitiva en el Acuerdo de Cartagena, (iv) ratificación de la validez del Protocolo de Trujillo y fijar un plazo de 60 días para aplicar las disposiciones del Protocolo; y (v) designación del Embajador Sebastián Alegrett, de nacionalidad venezolana, como Secretario General de la Comunidad Andina, entre otros. 62

Adoptada del 4 al 5 de abril de 1994, Caracas, Venezuela.

63

MALDONADO, H. (1999). Participación de Perú en el Grupo Andino. Publicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina, páginas 108 y 109. Lima: CAN. 64

RAMÍREZ, T. (2002). Estado Actual de las Negociaciones con MERCOSUR para la conformación de una Zona de Libre Comercio. Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de la Producción y el Comercio, página 11 y 12. Julio de 2002. Caracas, Venezuela 65

SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA. Comunicados de las negociaciones CAN-BRASIL en: http://www.comunidadandina.org. 66

67

Asociación Latinoamericana de Libre Comercio.

De acuerdo a la opinión de Eduardo Porcarelli, Director General de Comercio Exterior del Ministerio de la Producción y el Comercio para la fecha, “el acuerdo ha sido beneficioso”, a menos de un año del mismo, se registró un incremento del comercio entre el 35 y un 40%.

129

68

RONDÓN, V. y URBINA, X. (2003). Negociaciones entre la Comunidad Andina (CAN) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para establecer una zona de libre comercio, avances y obstáculos, página 34. 2003 - Mérida, Venezuela: Editorial venezolana. 69

SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA. Balance de una Gestión Agosto 1997 – 2002, página 44. Lima Perú, octubre de 2002. 70

Ídem nota 62, páginas 21 a la 64.

71

GILLÉN, I. (2003). El Contexto Regional Venezolano frente al MERCOSUR, en: CANMERCOSUR a la sombra del ALCA. Mérida, Venezuela: Editorial Venezolana, C.A. 72

PEÑA, F. (1996). Raíces y proyección del MERCOSUR, en: MERCOSUR, un atlas cultural, social y económico. Instituto Herbert Levy-Manrique. Zago– Argentina: Ediciones. Brasil. 73

ARELLANO, F. (1999). Venezuela y la Integración Económica en la Región: ¿Una Crisis Sistémica? Universidad Central de Venezuela. Caracas, Venezuela: Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, Escuela de Estudios Internacionales. 74

SECRETARÍA GENERAL DE LA CAN. Balance de una Gestión Agosto 1997 - 2002. Documentos Informativos. Lima, Perú. Octubre, 2002. 75

Íbidem, p.97.

76

Diario Correio Braziliense “Entrevista com o Chanceler Celso Lafer”. Revisión de abril, 16 de 2004.WWW. : http://www.correoweb.com.br. 77

(Allan Wagner Tizón -Secretario General de la Comunidad Andina-, Iván Larrazabal y Víctor Salazar -Funcionarios encargados del tema en la Secretaría General de la Comunidad Andina- conversación telefónica, en julio 2004). 78

Por ejemplo, los mesoamericanos y los andinos.

79

Por ejemplo, los angloamericanos y rioplatenses.

80

MENDIBLE, A. (1999). La Historia de sus relaciones desde sus inicios hasta el umbral a del MERCOSUR. Universidad Central de Venezuela – Escuela de Comunicación Social. Caracas 81

82

EL NACIONAL. Viernes, 11 de abril de 1997. p.2 A/2.

MONDOLFI, G. (2002): Paper presentado en la Representación de la Universidad de Bologna. Buenos Aires: Embaven Brasil.

130

83

Diario O Estado do São Paulo, “Kissinger analisa as relações Brasil-EUA”, Revisión del 06/05/01. WWW. http://www.estadao.com.br. 84

Idem, p.142.

85

Tomando en cuenta que fueron los empresarios uruguayos los que motivaron al gobierno del país a considerar y posteriormente formar parte del MERCOSUR. 86

Los países de la región buscaban dar apoyo a la débil democracia paraguaya. En lo interno del país a través de la Cláusula Democrática del MERCOSUR se impone este sistema, so pena de separación del bloque. 87

GARCIA, M. (1999). “O Brasil e a ALCA: Regionalização e Projeto Nacional de Desenvolvimento”, en GRIMARÃES, S. “ALCA e Mercosul: Riscos e Oportunidades para o Brasil” . Brasilia : IPRI / FUNAG. 88

“Europa necesita al MERCOSUR como aliado estratégico” Cátedra MERCOSUR del Instituto de Estudios Políticos de París por Alfredo Valladão. Revisión del 30/04/01 a WWW. http://www.mercosur.com. 89

LAFER, C. (2001). Aula Ministrada no Instituto Río Branco pelo Ministro de Relações Exteriores. Brasilia: MRE Brasil, Pág. 03. 90

LAFER, C. (2001). O Itamaraty deve buscar defender os interesses nacionais de forma coerente e convincente junto a seus interlocutores. Clase Magistral en Itamaraty, Diario Fohla de São Paulo 13/04/01. 91

Brewer-Carías, Allan R. 2000, página 41.

92

Brewer-Carías, Allan R. 2000, página 60.

93

Cardozo, 2001.

94

Brewer-Carías, Allan R. 1985.

95

García Pelayo, 2000, página 19.

96

Urbaneja, 1992.

97

ROMERO, Carlos, ROMERO, María y CARDOZO, Elsa. La Política Exterior en las constituciones de 1961 y 1999: Una Visión comparada de sus principios, procedimientos y temas. Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, 2003, volumen. 9, nº 1 (enero.-abril), páginas de la 163 a la 183. 98

CARDOZO, E. (Des) ajustes y (Des) equilibrios venezolana/1959-2004. En www.visionvenezolana.com.

131

de

la

política

exterior

99

Romero, M. (2002). Política Exterior venezolana (El proyecto democrático 1959-1999). Pp. 166-167. 100

VER http://www.mre.gov.ve/temas/temas1.htm.

101

Más que desafíos a EE.UU, el principal socio comercial de Venezuela, esta posición del gobierno de Chávez debe ser interpretada desde dos posturas, la primera es un discurso que satisface a buena parte de los partidos de la coalición que lo llevaron a la Presidencia; y la segunda, reivindica en cierta forma y desde su visión, el concepto de soberanía y autonomía nacional, así como enfrenta el doble discurso de EE.UU, pues este país condena a Cuba pero negocia con Vietnam y China. Por lo que no es prudente catalogar a priori a la administración como de izquierda o comunista. 102

MERCOSUR. “Venezuela integrado al MERCOSUR: En calidad de observador” Caracas Revisión del 08/04/01 a WWW.: http.//www.mercosur.org. 103

Do Prado, M. .A Costura Pela Busca de Parceiros. Diario Gazeta Mercantil. Revisión del 19/04/01. WWW. http:// www.gazeta.combr 104

Específicamente productos básicos (petróleo, gas, energía eléctrica, productos agrícolas templados de la Argentina entre otros). 105

Camel, A. (2004, 09 de julio). Venezuela aceptada en MERCOSUR .El Universal. pp. 20-A. 106

REPORTE. Julio 2004.

107

RAMÍREZ, Tatiana. Funcionaria Especialista de dicha Dirección.

108

Una Unión Aduanera significa que los países pertenecientes a la misma tiene un Arancel Externo Común (AEC).

109

Bolivia tiene un tratamiento especial en el AEC andino y su incidencia comercial en el resto de los países andinos es muy débil. Asimismo los costos de transporte desde Bolivia equilibran cualquier perforación que exista.

110

Ministerio de Comercio Industria y Turismo de la República de Colombia. VER: http://www.mincomercio.gov.co. 111

Este AEC se ha visto perforado debido al anuncio las medidas económicas del Ministro de Economía Argentino (Abril 2001) Domingo Cavallo. El AEC en el MERCOSUR se acordó en el Protocolo de Ouro Preto de 1.994. En el MERCOSUR existen listas de excepciones de productos a los que no se aplica el AEC. 112

La Ley de Preferencias Arancelarias Andinas (ATPA, por sus siglas en inglés), fue aprobada por el Congreso de EE.UU en el año de 1991. Para el año de 1993 Bolivia,

132

Colombia, Ecuador y Perú, fueron incorporados como países beneficiarios de este esquema. Desde el año de 1991, Venezuela ha realizado esfuerzos importantes con la finalidad de ser incorporado como país beneficiario del ATPA, pero aún no lo ha logrado y sus productos sólo disfrutan de las preferencias otorgadas en el SGP de los EE.UU. 113

Al respecto consultar el Reglamento CE N° 2820/98 del 31/12/98.

114

Comunidad Andina. (2004). Documento estadístico: Intercambio Comercial entre la Comunidad Andina y el Mercosur 1994 – 2003. CAN: Perú. 115

Centro de Economía Internacional (CEI) “MERCOSUR: New Trade and Investment Opportunities” Ministry of Foreing Affairs, International Trade and Worship. International Economic Relations Secretariat. Argentine Republic, June 1.999, Pág. 24. 116

NOTO, G. (2001). Integración: ahora o nunca. Revista Capítulos del SELA. No. 61: Caracas. 117

Op. Cit. Pp. 186.

118

Romero, M. (2002). Política Exterior Venezolana (El proyecto democrático, 19591999). Caracas: CEC, S.A. 119

Guerón, C. (1991). La Política de Estado y el Estado de la política. Para un debate de la política exterior. En Pol´tica Internacional ·#23, Caracas: Asociación Política Internacional. 120

“Rumbo y problemática de nuestra historia. Op. cit. Pp. 72.

121

ROMERO, María. Caldera y su Política Exterior de Promoción de la Democracia. Revista Electrónica Bilingüe No. 13. Marzo 1997. VER: Venezuela Analítica (www.venezuelaanalítica.com o bien www.analítica.com). 122

Con la gestión de Rafael Caldera entre 1994 y 1999 se cierra el ciclo de la Política Exterior Democrática y se da paso a la Política de supuesto corte revolucionario de la administración del presidente Hugo Chávez, la cual está enmarcada en una nueva constitución y en un nuevo contexto de creación de un nuevo modelo político, cuyas orientaciones ideológicas y objetivos estratégicos nacionales e internacionales confieren, sin duda, de los prevalecientes durante los 40 años de democracia participativa pactada. Romero, M. (2002). Política Exterior venezolana (El proyecto democrático 1959-1999). Pp. 166-167. 123

“Desde 1999 -cuando se instala un gobierno de marcado sesgo militarista y de izquierda revolucionaria, y cuando los destinos del país empiezan a ser regidos por una nueva Constitución Nacional- hasta el presente, se observa un cambio en la propuesta internacional venezolana. Es más, se descubre en el pensamiento y acción del gobierno del presidente Hugo Chávez Frías el esbozo y el embrión de un proyecto hemisférico

133

(más bien latinoamericano) de carácter revolucionario, distinto al prevaleciente durante los gobiernos de la etapa democrática (1958-1998).”(El proyecto internacional de Hugo Chávez y su propuesta para la democracia y la integración. VER: http:// www.visionvenezolana.com). 124

Se encuentra en el texto de la Constitución de 1999 una concepción de la soberanía que privilegia los aspectos clásicos o "westfalianos" de independencia y de no intervención sobre los de interdependencia y de responsabilidad internacional. El componente nacionalista de la propuesta internacional de Hugo Chávez se asienta en esa idea de la soberanía, en la que la seguridad se concibe más colectivamente (de defensa frente a una amenaza o enemigo) que cooperativamente (como esfuerzo conjunto para anticipar, manejar y eventualmente resolver problemas comunes). La integración política es asumida dentro de esos términos, en los que la supranacionalidad (la aplicación directa y preferente de normas acordadas por las instituciones regionales existentes), encuentra obvias resistencias. (El proyecto internacional de Hugo Chávez y su propuesta para la democracia y la integración. VER: http:// www.visionvenezolana.com).

134

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