Aborto en Chile

Derecho Penal chileno. Delitos contra la vida. Interrupción embarazo. Ética y moral

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Introducción.− Los índices de embarazo adolescente han aumentado considerablemente este último tiempo, las violaciones son pan de cada día y las razones sociales para abortar, innumerables. La polémica siempre ha existido, los partidarios del aborto plantean sus razones, los contrarios las suyas, yo me considero miembro del segundo bando por una simple razón: para que el hombre desarrolle plenamente su humanidad y su proyecto de vida es requisito fundamental que se le respete el derecho a la vida. El Aborto Podemos definir al aborto como la destrucción de la criatura concebida y no nacida en cualquier etapa de su vida ya sea por expulsión violenta del embrión o feto o por su destrucción en el vientre de la mujer. Se han dado diversas justificaciones para el aborto: a.− El negar la calidad de persona de la criatura: Si sostenemos que el ser persona es una característica esencial de la vida humana, el problema pasa por determinar cual es el momento en que comienza la vida humana. Resulta arbitrario establecer un plazo, por ejemplo, 2 meses. En este caso, ¿cuál es la diferencia que existe entre la criatura de 1 mes y 29 días y la de 2 meses cumplidos? ¿Pasó a ser persona por el mero transcurso de unas horas? No hay ningún cambio cualitativo que lo asegure, ser mórula, blastocisto, feto, niño, adolescente, adulto y anciano son estados del mismo ser. A partir de su estructura genética podemos determinar que estamos en presencia de un ser humano único y distinto de la madre y en una etapa temprana de su desarrollo, pero ser humano al fin. Es notorio que, apenas concebido el cigoto comience a comportarse como un ser vivo, independiente, en posesión de un patrimonio genético absolutamente individualizado y perteneciente de modo exclusivo a la especie humana, procediendo a desarrollarse de modo homogéneo y continuo El respeto al derecho a la vida de la criatura

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no nacida pasa por reconocerla como un otro semejante a mí. b.− El aborto es un derecho de la mujer: (tesis de algunos grupos feministas) Esta tesis implica sostener que la criatura es una cosa ya que sólo de las cosas se puede disponer de acuerdo al derecho civil. Otra forma de argumento es sostener que la mujer tiene derecho a disponer de su cuerpo y a hacer su vida como estime conveniente, pero se debe establecer que en caso de que se produzca un conflicto de derechos, debe primar el derecho de mayor entidad y ningún derecho es de mayor entidad que el derecho a la vida. Además, el nuevo ser no es parte de la mujer así como un dedo o una pierna, ya que posee una configuración genética propia y diferente. c.− Aborto en caso de violación: La violación es un delito, pero un delito no se cura con otro. Es deber de toda la sociedad castigar severamente el delito de violación y apoyar material y sicológicamente a la mujer para que lleve adelante su embarazo. Existe la posibilidad de que la mujer entregue a su hijo en adopción una vez nacido si esto es recomendable para su integridad síquica. d.− Aborto terapéutico: Se argumenta que el aborto es legítimo en caso de que el embarazo ponga en peligro la vida de la madre. En primer lugar, se debe sacar a luz el supuesto implícito en el argumento: la vida de la madre es más valiosa que la vida de la criatura Me parece que no existen fundamentos para mantener esta tesis, puesto que ambas vidas son igualmente humanas y, por lo tanto, igualmente valiosas. En este caso, el médico debe considerar que tanto la madre como la criatura son pacientes En segundo lugar, se debe decir que lo que no es moralmente correcto es el aborto directo, es decir, atentar directamente contra la vida de la criatura. El aborto indirecto, en cambio, consiste en intervenir a la madre para salvarla, provocando como consecuencia indirecta la muerte del feto. Viéndolo de este modo, no se trataría propiamente de aborto terapéutico, ya que este consiste en matar a la criatura para salvar a la madre.

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e.− Aborto por razones sociales: Se justifica el aborto aludiendo a la sobre población o a las posibles malas condiciones de vida del niño; este argumento implica sostener la muy discutible tesis de que el Estado puede disponer de la vida de otro. El Papa León VI, en octubre de 1965, ante la Organización de las Naciones Unidas (O.N.U.) expresó: En vuestra asamblea, incluso en lo que concierne al problema de la Natalidad, es donde el respeto a la vida debe encontrar su más alta profesión y su más razonable defensa. Vuestra tarea es actuar de tal suerte que el pan sea lo suficientemente abundante en la mesa de la humanidad, y no favorecer un control artificial de los nacimientos que sería irracional, con vistas a disminuir el número de comensales en el banquete de la vida. f.− La pastilla del día después o píldora post−coital: Aún cuando no se haya determinado exactamente el comienzo de la vida humana, el solo riesgo de matar a un ser humano es suficiente para no autorizar el uso de este medicamento. Los partidarios del uso de esta píldora sitúan arbitrariamente el comienzo del embarazo en el momento de la implantación del óvulo fecundado en el útero de la madre, lo que ocurre dentro de 5 a 7 días después de la fecundación; esto implica desconocer que el huevo fecundado, que es el embrión, es una célula viva, es la forma original y primera del ser humano, con un material genético único y distinto de sus progenitores, destinado desde ese momento, a dar origen a un ser humano. Desde el instante en que el óvulo recibe al espermatozoide la totalidad de la información necesaria y suficiente se encuentra reunida en este huevo y todo está escrito para ser un hombre que nueve meses más tarde podremos identificar plenamente. Después de la fecundación a ese huevo fertilizado no entrará ninguna otra información genética. La corte suprema reconoce que la fertilización es un proceso continuo que no resulta separable en etapas o momentos y concluye que el óvulo fecundado o embrión es ya un individuo de la especie humana y como tal, digno de

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protección constitucional y legal para alcanzar su pleno desarrollo hasta que el nacimiento se produzca El recurso de protección fue, en definitiva acogido. Con esto concluyo mi argumento contra el aborto recalcando que sería imposible e irreal hablar siquiera de la palabra Derecho si se privara el principal, el de mayor entidad; no existirían derechos de propiedad, a la salud, a la educación ni nada si no existiera respeto por lo más valioso, la vida. Bibliografía: • Revista Médica Legal • Introducción al Derecho, Jorge Iván Hübner Gallo ...un mes y veintinueve días... Ensayo sobre el aborto Persona, Peter Singer ser con autoconciencia, autocontrol, sentido del pasado y del futuro, capacidad de relacionarse con otros, de comunicarse, de tener curiosidad y preocupación por los demás. Artículo, Possenti, ¿Es el embrión persona?. Sobre el estatuto ontológico del Embrión humano. Ética Médica, juramento de Hipócrates. Introducción al Derecho, Jorge Iván Hübner Gallo, capítulo 1, La explosión demográfica. Considerando N°18

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