ACCIONES DE RESPUESTA: VIGILANCIA EN SALUD AMBIENTAL

ACCIONES DE RESPUESTA: VIGILANCIA EN SALUD AMBIENTAL Por Aramis Cardoso 1. Concepto La vigilancia en Salud Ambiental se define como el conjunto de ac

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ACCIONES DE RESPUESTA: VIGILANCIA EN SALUD AMBIENTAL Por Aramis Cardoso

1. Concepto La vigilancia en Salud Ambiental se define como el conjunto de acciones que permiten conocer y detectar cualquier cambio en los factores determinantes y condicionantes del ambiente que interfieren en la salud humana. Su finalidad es identificar las medidas de prevención y de control de los factores de riesgo ambiental relacionados con las enfermedades u otros agravios a la salud resultantes del ambiente y de actividades productivas. La implementación de un sistema de vigilancia en salud ambiental significa un avance fundamental en las acciones de promoción y protección a la salud de la población, que por medio del monitoreo y del control de una variedad de problemas causados por el desequilibrio del ambiente, pretende eliminar o reducir la exposición humana a factores ambientales perjudiciales a la salud.

2. Acciones Las acciones de la vigilancia en salud ambiental relacionada con los productos peligrosos involucran desde la caracterización de las amenazas a salud humana hasta la vigilancia de la exposición y el monitoreo de esas poblaciones expuestas o bajo riesgo de exposición, además de la participación activa en conjunto con otros órganos e instituciones en las acciones de prevención, preparación, respuesta y control de las emergencias con productos peligrosos. Desde el punto de vista de la promoción de la salud, el subsistema de vigilancia ambiental en salud relacionada con accidentes con productos peligrosos también se refiere a los principios y características de la estrategia de la Atención Primaria Ambiental (APA), propuesta por la Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS). La APA propone la integración entre los diferentes niveles del gobierno y el fortalecimiento del nivel local para crear un sistema que cuente con la participación de los diferentes segmentos de la sociedad.

3. Objetivos El sistema de Vigilancia Ambiental en Salud relacionada con los accidentes con productos peligrosos implica un conjunto de acciones cuya finalidad es: -

“Caracterizar las amenazas, vulnerabilidades y recursos”;

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“Vigilar la exposición” mediante la clasificación y priorización de las amenazas o factores de riesgo bajo el punto de vista de exposición humana;

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“Vigilar los efectos” mediante la investigación de la ocurrencia de agravios a la salud humana, la notificación de accidentes, emergencias, desastres y el seguimiento a corto y largo plazo de las poblaciones expuestas o en riesgo de exposición en las actividades de extracción, transporte, producción, almacenamiento, uso y destino final de los productos peligrosos.

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4. Ejes de actuación -

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Estructurar el sistema de información para identificar las poblaciones expuestas y en riesgo de exposición a productos peligrosos, las necesidades del sector de salud para la asistencia , prevención eficiente y la práctica de la vigilancia a partir de la elaboración de mapas de amenazas, exposiciones, vulnerabilidades y recursos. Apoyar y promover la capacitación de profesionales relacionados con el tema. Prestar asesoría técnica para desarrollar la vigilancia en salud ambiental relacionada con accidentes con productos peligrosos. Promover y apoyar la aproximación y la articulación entre los diferentes niveles y sectores de gobierno. Apoyar y promover la cooperación técnica internacional. Elaborar y monitorear indicadores de eficiencia y eficacia de las acciones de vigilancia en Salud Ambiental. Promover la participación de la sociedad en programas federales, estatales y municipales de vigilancia, protección y atención a la salud frente a las amenazas con productos peligrosos. Apoyar investigaciones científicas, tecnológicas y epidemiológicas y proponer mecanismos de intervención. Apoyar los procesos de toma de decisiones durante la elaboración de políticas públicas diferenciadas y proponer mecanismos de intervención.

5. Campo de actuación El campo de actuación cubre: a) Actividades de extracción – son aquellas relacionadas con la explotación de minerales, sea subterránea, al aire libre o en pozos. b) Actividades de producción – son aquellas relacionadas con las transformaciones químicas y físicas necesarias para obtener productos manufacturados. c) Almacenamiento – significa la retención de una cantidad de productos peligrosos en una instalación fija, en depósitos, reservorios superficiales o subterráneos. d) Instalación fija – es una unidad técnica o establecimiento en donde se producen, usan, manipulan o almacenan productos peligrosos. e) Transferencia – conducción de productos peligrosos por ductos o tuberías entre instalaciones fijas de extracción, producción y almacenamiento y unidades de distribución y comercialización. f) Transporte – actividad logística relacionada con el traslado de productos peligrosos por aeronaves, embarcaciones y vehículos terrestres o ferroviarios. g) Destino final – conjunto de unidades, procesos y procedimientos cuyo objetivo es el destino ambientalmente adecuado de los residuos.

6. Forma de actuación La actuación se debe dar principalmente en los tres ejes siguientes: a. Mapeo de amenazas, vulnerabilidades y recursos La directriz de la Vigilancia en Salud Ambiental debe ser que la adquisición de puntos georeferenciados obedezca a las siguientes directrices: 2

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Las coordenadas geográficas, latitud y longitud se deben obtener en grados decimales y se usará la SAD 69.

b. Elaboración de planes de prevención, preparación y respuesta Los planes de prevención, preparación y respuesta seguirán las directrices establecidas en el ámbito de los Sistemas de Defensa Civil y observarán los aspectos relevantes bajo el punto de vista de la vigilancia en salud ambiental: -

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movilización temprana de los recursos para minimizar la exposición humana a los productos peligrosos; protección respiratoria y dérmica del personal de respuesta y de atención prehospitalaria y hospitalaria. vigilancia del comprometimiento de la calidad del aire y de los reservorios y cuerpos hídricos destinados al consumo humano notificación del evento e inserción del área impactada en un sistema de información de vigilancia en salud de las poblaciones expuestas y a suelos contaminados; participación en el grupo de respuesta y atención a los accidentes, comité de evaluación e investigación de las emergencias y análisis participativo de los accidentes para adecuar la planificación de las acciones a la evaluación realizada; realización de investigaciones sobre la morbilidad en la población afectada y ejecución de los protocolos de seguimiento de la salud de las personas expuestas.

c. Notificación de eventos y actuación: Los eventos se deben comunicar en el nivel central con un formulario armonizado por correo electrónico o incluso por teléfono. En caso de que el nivel local evalúe que dispone de la capacidad de respuesta para la atención plena de la emergencia a partir de sus recursos disponibles, el nivel central prestará asesoría a la localidad afectada. Si la localidad necesita recursos, los componentes del Sistema de Defensa Civil deberán proveer los recursos necesarios para la plena atención de las necesidades de esta localidad.

7. Bibliografía -

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ABIQUIM, Departamento Técnico. Comissão de Transportes. Manual para atendimento de emergências com produtos perigosos. 3. ed. São Paulo, 1999. 234p. Beltrami AC. Estruturação do Sistema de Informações na Área de Vigilância em Saúde Ambiental Relacionada aos Produtos Perigosos. En: 11º Congresso Mundial de Saúde Pública e 8º Congresso Brasileiro de Saúde coletiva; 2006, Rio de Janeiro, Brasil. Rio de Janeiro, Ministério da Saúde/ABRASCO;2006. Brasil. Presidência da República. Decreto n.96.044, de 18 de mayo de 1988. Aprueba el Reglamento para el Transporte Terrestre de Productos Peligrosos y da otras disposiciones. Diário Oficial da União, Brasilia, p. 8.737, 19 de mayo de 1988, Sección 1. Brasil. Presidência da República. Ley 9966, de 18 de abril de 2000. Regula sobre la prevención, el control y la fiscalización de la contaminación causada por la disposición de aceite y otras sustancias nocivas o peligrosas en aguas bajo jurisdicción nacional y

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da otras disposiciones. Diário Oficial da União, Brasilia, p. 1, 29 abril de 2000, Sección 1. Brasil. Presidência da República. Decreto 5098, de 3 de junio de 2004. Regula sobre la creación del Plan Nacional de Prevención, Preparación y Respuesta Rápida a Emergencias Ambientales con Productos Químicos Peligrosos - P2R2, y da otras disposiciones. Diário Oficial da União, Brasilia, p. 2, 4 de junio de 2004, Sección 1. Brasil. Agência Nacional de Transportes Terrestres - ANTT. Resolución 1431, de 26 de abril de 2006. Establece procedimientos para la comunicación de accidentes ferroviarios a la ANTT por las concesionarias y empresas autorizadas de servicio público de transporte ferroviario. Diário Oficial da União, Brasilia, p. 16.509, 28 de abril de 2006, Sección 1. Brasil. Conselho Nacional de Meio Ambiente – CONAMA. Resolución 001-A de 23 de enero de 1986. Establece la necesidad de comunicación previa a los órganos estatales de ambiente por el transportador de productos peligrosos sobre la ruta de transporte. Diário Oficial da União, Brasilia, p. 231, 15 de febrero de 1986, Sección 1. Brasil. Ministério da saúde. Modelo de Atuação - Vigilância em Saúde Ambiental Relacionada à Exposição Humana aos Acidentes com Produtos Perigosos. [accesado el 4 de junio de 2008, para informaciones de 2007 a 2008]. Disponible en: http://portal.saude.gov.br/portal/saude/area.cfm?id_area=1276 Brasil. Ministério da saúde. Formsus – Servicio del DATASUS para crear formularios en la WEB -[accesado el 4 junio, 2008, para informaciones de 1996 a 2006]. Disponible en: http://formsus.datasus.gov.br/site/default.php Brasil. Agência Nacional de Transportes Terrestres. Resolución n.° 1644, de 26 de setembro de 2006. Altera el Anexo a la Resolución n.º 420, de 12 de febrero de 2004, que aprueba las Instrucciones Complementarias al Reglamento del Transporte Terrestre de Productos Peligrosos. Diário Oficial da União, Brasilia, p.679, 29 de diciembre de 2006. Sección 1. CETESB - Companhia de Tecnologia de Saneamento Ambiental -. Sistema Integrado de Gestión para la Prevención, Preparación y Respuesta a los Accidentes con Productos Químicos – Manual de Orientación. São Paulo: CETESB; 2003. Coordenadoria Estadual de Defesa Civil do Paraná [accesado durante los años 2007 y 2008, para informaciones de 2003 a 2006]. Disponible en: http://www.defesacivil.pr.gov.br/modules/conteudo/conteudo.php?conteudo=39 FEPAM - Fundação Estadual de Proteção Ambiental Henrique Luiz Roessler. Manual de Análise de Riscos Industriais. [accesado el 6 de junio de 2008 para informaciones de 1996 a 2004] Disponible en:: http://www.fepam.rs.gov.br/biblioteca/manual_analise_risco.asp Ferreira, CEC. Acidentes com motoristas no transporte rodoviário de produtos perigosos. São Paulo Perspectiva, 2003;17:2. Disponible en:

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