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ACTA DE REFORMA ESTATUTOS ACTA No. 2 Reunión Extraordinaria de la Asamblea General de accionistas de la SOCIEDAD COLOMBANA DE MEDICINA PREVENTIVA SAS. En la ciudad de Bogotá D.C., siendo las 7:00p.m., del día 09 de Diciembre, del año 2009, se reunió la Asamblea General de la SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA PREVENTIVA SAS, conforme a la convocatoria realizada por el representante legal el día 21 de Noviembre mediante comunicación escrita dirigida a cada accionista, con el objeto de reformar los estatutos de la SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA PREVENTIVA SAS. Estuvieron presentes los siguientes miembros de la Asamblea General. NOMBRE COMPLETO
IDENTIFICACION
1. Hugo Mario Galindo Salom
73.112.436 Cartagena
2. Nubia Rocio Leudo Ospina
51.851.811 Bogotá
3. Carlos Alberto Carrillo Bravo
79.569.576 Bogotá
4. Claudia Marcela Núñez Mosos
52.045.804 Bogotá
5. Helber Armando Prieto Lozano
79.568.846 Bogotá
6. Claudia Patricia Sánchez Rodríguez
52.265.606 Bogotá
7. Mario Enrique Bejarano
19.259.486 Bogotá
8. Jorge Ignacio Córdoba Restrepo
19.055.949 Bogotá
9. Juan Manuel Luna
19.079.122 Bogotá
10. Alejandro Carmona Collazos
9.101.527 Cartagena
11. Manuel Alejandro Luna Monsalve
80.730.329 Bogotá
Los miembros de la Asamblea General aprueban por unanimidad el siguiente orden del día: 1. Designación de presidente y secretario de la reunión. 2. Verificación del quórum. 3. Aprobación de la reforma estatutaria. 4. Lectura y aprobación del texto integral del acta.
1. Designación del presidente y secretario de la reunión: Se designaron por unanimidad como presidente y secretario de la reunión a HUGO MARIO GALINDO SALOM (Presidente) y CAROL VIVIANA OLARTE ROJAS (Secretaria), identificados como aparece al pie de sus firmas, quienes tomaron posesión de sus cargos. 2. Verificación del quórum de la reunión. El presidente de la reunión verifica el quórum de la reunión estando presentes él 61.1 % de acciones suscritas que conforman la Asamblea General de la SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA PREVENTIVA SAS. 3. Aprobación de la Reforma Estatutaria. El presidente de la reunión, manifiesta que cumpliendo con el procedimiento consagrado en los estatutos para proceder a reformar los estatutos, pone en consideración de la Asamblea General la reforma a los artículos: Articulo 2º. Objeto Social, Articulo 26º. Fraccionamiento del voto, Artículo 28º. Representación legal (Gerente), Articulo 7º. Capital pagado. Una vez analizados las respectivas modificaciones, solicita que se apruebe la reforma estatutaria. Los artículos modificados quedarán de la siguiente manera: Artículo 2º. Objeto social.- La sociedad tendrá como objeto cualquier actividad económica lícita tanto en Colombia como en el extranjero. 1. Promover la investigación, la aplicación y el desarrollo de la medicina preventiva en el ámbito nacional y/o internacional. 2. Comercialización, distribución, mercadeo, importación, exportación de: productos naturales, nutraceuticos, fitoterapeuticos, nutrientes, cosméticos, elementos terapéuticos y aparatologia, medicamentos y materia prima, con la obtención de sus respectivos registros sanitarios. 3. Avalar productos, equipos y servicios a nombre de la SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA PREVENTIVA SAS. 4. Hacer campañas y firmar contratos de salud pública con entidades del estado, del sector central y descentralizado (municipios y otras entidades). 5. Hacer campañas de salud en los conjuntos residenciales, comerciales y mixtos; así como en colegios, universidades y otras instituciones en forma presencial y virtual.
En desarrollo del mismo podrá la sociedad ejecutar todos los actos o contratos que fueren convenientes o necesarios para el cabal cumplimiento de su objeto social y que tengan relación directa con el objeto mencionado, tales como: formar parte de otras sociedades de cualquier naturaleza. Artículo 26º. Fraccionamiento del voto: Cuando se trate de la elección de comités u otros cuerpos colegiados, los accionistas podrán fraccionar su voto. En caso de crearse junta directiva, la totalidad de sus miembros serán designados por mayoría simple de los votos emitidos en la correspondiente elección. Para el efecto, quienes tengan intención de postularse confeccionarán planchas completas que contengan el número total de miembros de la junta directiva. Aquella plancha que obtenga el mayor número de votos será elegida en su totalidad. Por los primeros dos años de funcionamiento de la sociedad (desde la aprobación de estatutos por cámara de comercio) se designará como representante legal (gerente) al DR. HUGO MARIO GALINDO SALOM, identificado con la cedula de ciudadanía número 73.112.436 de Cartagena, gestor de la sociedad. Asimismo serán nombradas integrantes de la Junta Directiva por los primeros dos años, a las siguientes diez personas (cinco principales y cinco suplentes) en su orden: 1. Helber Armando Prieto (principal 1) cc 79,568,846 Bogotá 2. Claudia Marcela Núñez Mosos (suplente 1) cc 52.045.804 Bogotá 3. Carlos Alberto Carrillo Bravo (principal 2) cc 79, 569,576 Bogotá 4. Claudia Patricia Sanchez Rodríguez (suplente 2) cc 52,265,606 Bogotá 5. Nubia Rocio Leudo Ospina (principal 3) cc 51.851.811 Bogotá 6. Jorge Ignacio Córdoba Restrepo (suplente 3) cc 19,055,949 Bogotá 7. Hugo Mario Galindo Salom (Principal 4) cc 73.112.436 Cartagena 8. Mario Enrique Bejarano (suplente 4) cc 19,259,486 Bogotá 9. Juan Manuel Luna (Principal 5) cc 19.079.122 Bogotá 10. Alejandro Carmona Collazos (suplente 5) cc 9.101.527 Cartagena
La junta Directiva, en su primera reunión, deberá elaborar el Reglamento respectivo sobre su funcionamiento y la postulación de cargos, su vigencia, y remuneración.- La junta directiva deberá estar conformada mínimo por dos accionistas fundadores y dos accionistas cofundadores. Cada accionista principal deberá tener un suplente de sus mismas características; es decir que un accionista fundador principal tendrá como
suplente solamente otro accionista fundador y un accionista cofundador principal tendrá como suplente solamente otro accionista cofundador. Artículo 28º. Representación Legal (Director General).- La representación legal de la sociedad por acciones simplificada estará a cargo de una persona natural o jurídica, accionista o no que se denominara Director General, quien tendrá un suplente, quien será nombrado por la junta directiva
por un término de 2 (dos) años con posibilidad de
reelección. Las funciones del representante legal terminarán en caso de dimisión o revocación por parte de la junta directiva, de deceso o de incapacidad en aquellos casos en que el representante legal sea una persona natural y en caso de liquidación privada o judicial, cuando el representante legal sea una persona jurídica. La cesación de las funciones del representante legal, por cualquier causa, no da lugar a ninguna indemnización de cualquier naturaleza, diferente de aquellas
que le
correspondieren conforme a la ley laboral, si fuere el caso. La revocación por parte de la junta directiva tendrá que estar motivada y podrá realizarse en cualquier tiempo. En aquellos casos en que el representante legal sea una persona jurídica, las funciones quedarán a cargo del representante legal de ésta. Toda remuneración a que tuviere derecho el representante legal de la sociedad, deberá ser aprobada por la junta directiva. Artículo 7º. Capital Pagado.- El capital pagado de la sociedad es de $9´000.000.oo, dividido en 9.000 acciones ordinarias de valor nominal de $1000 cada una. Será pagado en su totalidad a más tardar el 31 de Diciembre de 2009. El accionista que a la fecha 31 de Diciembre de 2009 no haya cancelado sus acciones será excluido de la SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA PREVENTIVA SAS automáticamente. La reforma estatutaria es aprobada por 100% de los participantes, adjuntando a la presente acta los estatutos los cuales forman parte integral de la misma.
4. Lectura y Aprobación del Acta. El presidente de la reunión hace lectura del acta y esta es aprobada por unanimidad y en constancia de todo lo anterior se firma por el presidente y secretario de la reunión.
_____________________________ HUGO MARIO GALINDO SALOM Presidente CC.73.112.436 de Cartagena
___________________________ CAROL VIVIANA OLARTE ROJAS Secretario CC.53.077.745 de Bogotá.