ALGUNAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

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ALGUNAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA ¿Qué es el Libro Blanco de la Dependencia? El Libro Blanco sobre la "Atención a las personas en situación de dependencia en España" es un documento en el que se ofrece un diagnóstico veraz y riguroso de la situación de las personas dependientes en España y constituye un referente imprescindible para el diálogo social y político que el Gobierno pretende llevar a cabo con los agentes sociales, con las administraciones autonómicas y locales y con los grupos parlamentarios antes de presentar el proyecto de Ley de Atención a las Personas en situación de Dependencia durante el próximo periodo de sesiones.

¿Qué se entiende por persona en situación de dependencia? Se asume como concepto válido de dependencia la definición del Consejo de Europa que entiende por tal "aquel estado en que se encuentran las personas que, por razones ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria". De acuerdo con esta definición la dependencia puede afectar a cualquier sector de la población y a cualquier edad. Si bien es cierto que la dependencia tiende a aumentar con la edad, y que la vejez se caracteriza por aparecer frecuentemente asociada con múltiples problemas de salud, no debe tomarse como criterio de referencia.

¿Qué factores determinan la situación de dependencia? Para que podamos hablar de una situación de dependencia, y de acuerdo con la definición aceptada por el Consejo de Europa, debe darse la concurrencia de tres factores: ¾ ¾ ¾

Existencia de una limitación física, psíquica o intelectual que merme determinadas capacidades de la persona. La incapacidad de la persona para realizar por sí mismo las actividades de la vida diaria. La necesidad de asistencia o cuidados por parte de una tercera persona.

¿Qué se entiende por actividades de la vida diaria? Las actividades de la vida diaria, que la persona no puede o tiene dificultades de realizar y que dan lugar a una situación de dependencia objeto de protección se han especificado en la Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud, EDDES 1999 (INE, IMSERSO, Fundación ONCE, 2001) en los siguientes términos: ‰ Actividades relativas al cuidado personal: (asearse, lavarse y cuidarse de su aspecto; controlar las necesidades y utilizar solo el servicio; vestirse, comer y beber...) ‰ Movilidad en el hogar: (cambiar y mantener las diversas posiciones del cuerpo; levantarse, acostarse y permanecer de pie o sentado; desplazarse dentro del hogar....) ‰ Tareas domésticas:( cuidarse de las compras y control de los suministros y servicios; cuidarse de las comidas, limpieza, planchado de la ropa, mantenimiento de la casa; cuidarse del bienestar de los demás miembros de la familia...) ‰ Movilidad extradoméstica: (deambular sin medio de transporte..)

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‰ Funciones básicas de tipo mental/intelectual: (reconocer personas y objetos y orientarse; entender y ejecutar órdenes y/o tareas sencillas. La mayor o menor dificultad para desarrollar alguna de estas actividades requiere, sin duda la atención de los servicios sociales, pero sólo la concurrencia de la imposibilidad o dificultad grave para realizar aquellas que se consideran básicas llevaría consigo el reconocimiento de la prestación de dependencia.

¿Qué grados se van a contemplar en la valoración de las situaciones de dependencia? La protección de la dependencia debe graduarse en función de la cantidad y el tipo de ayuda que se necesite de una tercera persona. Siguiendo las experiencias de los países de nuestro entorno el Libro Blanco concluye que para la clasificación de la dependencia deberían establecerse tres grados: ¾ Dependencia moderada.- Cuando la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día. ¾ Dependencia severa.- Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador. ¾ Gran dependencia.- Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continua de otra persona.

¿Cuántas personas se van a beneficiar? Teniendo en cuenta los grados de dependencia establecidos el Libro Blanco cifra en 1.125.190 el número de personas que pueden ser susceptibles de una calificación de dependientes, de los cuales 826.551 tienen mas de 65 años. Además se constata otro colectivo de personas necesitadas de algún tipo de ayuda, en torno a 1.657.400, para realizar alguna actividad de la vida diaria de menor intensidad y frecuencia que pueden beneficiarse de otros servicios sociales de provisión pública.

¿Cómo se va a valorar si una persona está o no en situación de dependencia? La valoración de las situaciones de dependencia se llevará a cabo mediante la aplicación de un baremo, d ámbito estatal, que el Gobierno aprobará en el desarrollo de la Ley de Atención a las personas en situación de Dependencia, mediante el cual sea posible discriminar, con criterios objetivos, si una persona se encuentra en situación de dependencia y en que grado. La aplicación de estos baremos, cuya elaboración se llevará a cabo en base a criterios científicos, se hará de forma homogénea en el conjunto de las Comunidades Autónomas. El Libro Blanco recomienda que esta valoración se lleve a cabo por equipos "ad hoc" en los que se integran profesionales de perfil social y sanitario. La valoración, así establecida, determinará el derecho a las prestaciones que se establezcan, y graduada en función de la intensidad de la ayuda requerida.

¿Qué personas se consideran beneficiarios? De acuerdo con las indicaciones que contempla el Libro Blanco podrán tener la consideración de beneficiarios a los efectos de protección:

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¾ ¾

Las personas mayores de 18 años, que residan legalmente en España, y se encuentren en situación de dependencia. Las personas que tengan a su cargo menores de 18 años que se encuentren en situación de dependencia.

Asimismo se podrá contemplar el establecimiento de medidas de protección a favor de los españoles no residentes en España de acuerdo con las condiciones que se establezcan.

¿Cómo se llevarán a cabo las prestaciones? La materialización de las prestaciones se desarrollará en colaboración con las Comunidades Autónomas y con las Corporaciones Locales y su regulación debe recogerse en la normativa prevista para regular el sistema tras el diálogo con los grupos políticos, los agentes sociales, los representantes de ONGs y de las entidades sociales, y del sector empresarial sociosanitario que ya vienen realizando una importante labor en la atención a la dependencia. En este sentido el Libro Blanco considera dos alternativas: ¾

Que la persona en situación de dependencia reciba una cuantía económica de carácter personal, adecuada al grado de dependencia que se le reconozca, en idénticas condiciones en todo el territorio nacional, con la que hacer frente a los gastos de los servicios formales que requieran sus necesidades. En el caso de que la persona en situación de dependencia optara por ser atendida por cuidadcres informales recibiría el 50% de la prestación económica que se determine para cada grado de dependencia.

¾

Que el sistema proporcione la prestación de estos servicios. En esta alternativa, a las personas en situación de dependencia se les garantizaría la prestación de los servicios que necesitan con los recursos propios o concertados que el sistema disponga.

¿Qué servicios se contemplan en el sistema? Los servicios que integran el sistema son los siguientes: ¾ ¾ ¾ ¾ ¾

¾ ¾

Teleasistencia. Ayuda a Domicilio. Atención en Centros de Día. Servicios de ayuda persona i ( a personas con grave discapacidad que les facilite el acceso al ámbito educativo, rehabilitador, laboral y de ocio) Atención residencial (permanente y temporal) 9 Residencia Asistida. 9 Centros de Atención Dependientes Psíquicos. 9 Centros de Atención Dependientes Físicos. Ayudas Técnicas. Ayudas para la adaptación y accesibilidad del hogar.

¿Quiénes serán los prestadores de estos servicios? Con carácter general los servicios serán prestados por el sector público y las entidades privadas concertadas. En el ámbito del sector público estos servicios serán prestados por las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

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La persona beneficiaria podrá optar por ser atendido a través de los servicios, anteriormente citados, o bien por un cuidador formal o un familiar determinado por el propio beneficiario.

¿Cómo se financiará el sistema de atención a situaciones de dependencia? La financiación constituye un elemento básico para la implantación del sistema y para su posterior sostenibilidad. Con independencia de que este aspecto deberá ser determinado en el marco del proceso de diálogo que a partir del Libro Blanco va a iniciar el Gobierno en este documento se contemplan los siguientes escenarios: ¾ ¾

A través de los impuestos generales del Estado. En el marco del Sistema de la Seguridad Social.

En ambos supuestos el beneficiario participará en el coste de los servicios en función de sus recursos.

¿Qué otros aspectos positivos se derivan de este sistema? Con independencia de la atención directa a los beneficiarios del sistema de dependencia y sus familias y ampliar el Estado de Bienestar Social que con su implantación se va a conseguir, existen aspectos más concretos donde su incidencia va a ser más notoria. En este sentido debe destacarse la creación de empleo que ello va a suponer ya que los servicios sociales son uno de los sectores más intensivos en trabajo y constituyen uno de los yacimientos de empleo más importante desde un punto de vista cuantitativo. También en su aspecto cualitativo debe destacarse que la mayoría de estos empleos beneficiarán a los colectivos que tienen mayores dificultades para la inserción laboral con especial incidencia en el ámbito de la mujer. El Libro Blanco cifra en al menos 300.000 los puestos de trabajo que la puesta en marcha del sistema va a generar pudiendo verse incrementados en función de la cartera de servicios que se establezca en la Ley de Atención a las Personas Dependientes. Por otra parte debe destacarse que los recursos destinados al sistema generarán importantes retornos económicos debido principalmente a: ¾

Descenso en las prestaciones por desempleo al incorporarse trabajadores del desempleo subsidiado.

¾

Reducción importante del gasto sanitario y farmacéutico al reducir las estancias de pacientes susceptibles de ser tratados mediante los recursos alternativos que se crean.

¾

Incremento de los ingresos por cuotas de la Seguridad Social de los nuevos trabajadores.

¾

Ingresos procedentes del IVA y del Impuesto de Sociedades de las empresas prestadoras de servicios, así como incremento de la recaudación por IRPF aplicable a los salarios de los nuevos trabajadores.

¿Qué características conformarán el sistema de atención a situaciones de dependencia? El Gobierno se ha fijado como objetivo impulsar un Sistema Nacional de Dependencia que nos acerque a los niveles de atención de los países europeos de nuestro entorno y se configure como el cuarto pilar del Estado de Bienestar (trás el sistema educativo, el sistema

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de salud y el sistema de pensiones). Dicho sistema se ajustará a los siguientes criterios: ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾

Universalidad de la prestación. Carácter público de la prestación. Igualdad en el acceso a las prestaciones y servicios. Valoración y reconocimiento de la situación de dependencia mediante la aplicación de un baremo único en todo el país. Gestión descentralizada por parte de las Comunidades Autónomos y de las Corporaciones Locales. Financiación compartida con aportaciones de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales. Participación de los usuarios en el pago de los servicios, tal y como ya se viene dando en la actualidad. Prioridad en la prestación de servicios (ayudas técnicas, ayuda a domicilio, teleasistencia, plazas residenciales ) sobre la prestación económica. Incorporación y compatibilidad a la provisión pública de servicios de la iniciativa privada a través de la acción concertada. Articulación a través de una Ley estatal de carácter básico, en el marco del desarrollo de la Seguridad Social.

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