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N° 4992 - 24/10/2016
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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4992 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 177/SSDCCYC/16
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES ARTÍCULO 1.-OBJETO DE LA CONTRATACION. El objeto del presente Pliego consiste en estipular las bases y condiciones particulares
para
la
contratación
de
un
servicio
de
desarrollo
y/o
personalización, instalación y puesta en marcha de un sistema de filas inteligentes (el “Servicio”) a implementarse en diversos efectores de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El objetivo de dicho Servicio consiste en mejorar la gestión de las colas de atención, reduciendo los tiempos de espera y organizando el flujo de circulación dentro de los edificios, en miras a cubrir la necesidad de mejorar los sistemas de atención ciudadana en el ámbito del esta Ciudad. ARTÍCULO 2.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN. El presente procedimiento de selección, se convoca mediante Licitación Pública
de
Etapa
Única
Nacional en los términos del Régimen de
Contrataciones vigente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley N° 5454) y su reglamentación, las normas contendidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N°396/DGCYC/14, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y las circulares que se emitieran en caso de corresponder. ARTÍCULO 3.- RENGLONES El Servicio descripto, deberá ser prestado en un todo de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas que forma parte del presente y conforme los renglones que se detallan a continuación:
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 177/SSDCCYC/16 (continuación)
RENGLON 1
2
3
SERVICIO
PLAZO
Desarrollo y/o Personalización de VEINTE (20) días corridos un Software de Filas Inteligentes. Provisión de Licencia de Uso para la utilización del Software. Provisión
del
Equipamiento
Instalación.
e VEINTE (20) días corridos para ambas Etapas
Puesta en marcha, configuración, VEINTE (20) días corridos 4
capacitación, soporte de software para ambas Etapas del sistema de efectores de salud.
Los renglones Nº 2, Nº 3 y Nº 4 se realizaran en dos etapas, de conformidad con el siguiente detalle: • •
Etapa 1: Cesacs N° 7, 29, 4, Hospital Cecilia Grierson y Hospital Materno Infantil R. Sardá Etapa 2: Cesacs N° 1, 31, 32, 35, 43, 8 y 5
Si el adjudicatario se encontrara en condiciones podrá proceder a ejecutar en forma conjunta ambas etapas del Renglón Nº 2, sin perjuicio de lo cual no se tratará de un requisito excluyente. La adjudicación de la totalidad de los Renglones antes descriptos, lo será a un solo oferente, con lo cual, aquél oferente que resultare adjudicatario de la presente Licitación, deberá encontrarse en condiciones de cumplimentar la totalidad de los Servicios requeridos en cada uno de los Renglones, con los niveles de calidad exigidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas. ARTÍCULO 4.-DEFINICIONES. Se entenderán las siguientes definiciones de conformidad con lo establecido en el presente artículo.
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i.
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Adjudicación: Es el acto por el cual se acepta la oferta más conveniente para el GCABA.
ii.
Circular con consulta: Respuestas del GCABA a todo pedido de aclaración.
iii.
Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el GCABA pueda formular en el marco de esta licitación.
iv.
Contrato: Conjunto de instrumentos por los cuales se formaliza el objeto de la presente licitación, una vez adjudicada la Oferta más conveniente y aprobada dicha adjudicación, y que rige las relaciones entre el GCABA y el adjudicatario, cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales.
v.
Adjudicatario: Oferente cuya propuesta haya sido declarada más conveniente por acto formal del GCABA.
vi.
Flujo de Circulación: Se considera flujo de circulación a todo el grupo de personas que circula por la Sede, ya sea ingresando, egresando y principalmente esperando a ser atendido.
vii.
Tiempos de espera: La espera en tiempo real de la persona humana en la sede/puesto en la cual debe realizar el trámite, consulta o solicitar el servicio.
viii.
Dirección General: Es la Dirección General de Atención y Cercanía Ciudadana dependiente de la Subsecretaria de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía de la Jefatura de Gabinete de Ministros a cargo de la ejecución del presente contrato.
ARTÍCULO
5.
DOCUMENTACIÓN
CONTRACTUAL-
ORDEN
DE
PRELACIÓN. Rigen
la
presente
contratación
los
siguientes
documentos
que
se
complementan recíprocamente. Todos los documentos que integran esta contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación: a. Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones que sean de aplicación a la presente. 3
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b. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. c. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias y/o modificatorias. d. La oferta. e. El acto administrativo de adjudicación. f. La orden de compra resultante de la adjudicación. Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu y finalidad del objeto de la contratación. ARTÍCULO 6.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS. Se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP) en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas. En caso de corresponder, se considerará como domicilio constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda conforme el Artículo 6º del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales.
Los
domicilios
así constituidos
se
reputarán
subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Uspallata Nº 3160, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos a que aquí se refiere, excepto para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para las notificaciones judiciales que, para tener 4
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validez deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay Nº 458, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77-PG/06. ARTÍCULO 7.- PLIEGOS. CONSULTA DE PLIEGOS. CIRCULARES. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el presente Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas y los correspondientes Anexos y circulares aclaratorias, se encontrarán a disposición de los interesados para su consulta en el sitio web www.buenosairescompras.gob.ar, siendo gratuita la obtención de la mencionada documentación. Las consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrán efectuarse conforme el cronograma establecido en el sistema Buenos Aires Compras (BAC), siempre en forma previa a la apertura de ofertas, y serán respondidas por idéntico medio, mediante la emisión de circulares. ARTÍCULO 8.-GARANTIAS. Las
garantías
previstas
para
el presente
procedimiento
deberán ser
constituidas en las formas y los plazos previstos en la Ley 2095 y su reglamentación, y por los importes señalados a continuación: i. De mantenimiento de Oferta: cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. ii. De cumplimiento del contrato: diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. iii. De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante, conforme lo establecido en el art. 16 del presente Pliego. ARTÍCULO 9.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE Para concurrir como oferentes a la presente licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
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a) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia. b) Tener una antigüedad superior a siete (7) años desde la fecha de su constitución hasta la del llamado a la presente licitación. Asimismo, se deberá presentar copia del instrumento de constitución y de su inscripción en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio,
según
corresponda,
los
cuales
deberán
encontrarse
certificados por Escribano Público. c) En el caso de las Uniones Transitorias (UT) que se conformen para intervenir en la presente Licitación Pública, deberá al menos uno de sus integrantes acreditar experiencia en el rubro. La totalidad de los integrantes
que
conformen
la
U.T.
no
deberán
encontrarse
comprendidos dentro de los impedimentos estipulados en el artículo siguiente del presente pliego. Se deberá acompañar el poder suficiente a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha UT. En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una UT. ARTÍCULO 10.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte
de
alguno de los Poderes u Órganos
mencionados en el artículo 2° de la Ley N° 2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las Sociedades integradas por agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética en el ejercicio de la función Pública N° 4895 (texto consolidado Ley N° 5454) o la norma que en el futuro la reemplace.
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c) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. d) Los inhibidos. e) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, declarados tales por autoridad competente. f) Las personas jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo "Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley N° 451 (Texto consolidado Ley N° 5454). g) Las personas jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o Unión Transitoria, en las condiciones que determine la reglamentación. ARTÍCULO 11.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste en forma fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínima de diez (10) días al vencimiento del plazo, concordante con el Art. 102 inc. 5) del Decreto Nº 95/14.
ARTÍCULO 12.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico. Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección General Técnica 7
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Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Uspallata Nº 3160, piso 2º, CABA, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas. Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original. ARTÍCULO 13.- CONTENIDO DE LA OFERTA. El oferente deberá ser una persona jurídica radicada en la República Argentina y deberá contener la siguiente documentación: a) Personería y Representación: Contrato Social y Estatuto con todas sus modificaciones, con las constancias de su inscripción en el registro correspondiente. b) El objeto social deberá contemplar la viabilidad de prestaciones como las requeridas. c) Documentación que acredite que el firmante de la oferta, se encuentra facultado para contraer las obligaciones emergentes del presente Pliego en representación de la sociedad, si correspondiere. d) Acta de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad, inscripta en el Registro correspondiente. e) La Declaración Jurada exigida en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. f) Carta de presentación firmada por el oferente o su representante donde manifieste: a. su decisión de participar en el presente procedimiento; b. la aceptación de todas las cláusulas de los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales y de Bases y Condiciones Particulares, y las circulares aclaratorias y/o modificatorias, si las hubiere, correspondientes a la presente contratación. g) Declaración jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar. h) Balances de los últimos dos (2) ejercicios económicos, con sus correspondientes cuadros de resultados y anexos, con la firma ológrafas 8
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en todas sus hojas del Representante Legal y Contador interviniente. En el caso de las Uniones Transitorias (UT), se deberá acompañar Declaración Jurada que contenga el compromiso de su constitución, en caso de resultar Adjudicataria y de mantener la vigencia de la Unión Transitoria, hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes de la presente Licitación Pública. La Declaración Jurada deberá ser abarcativa del compromiso de mantener la composición de la Unión Transitoria durante el plazo mencionado en el párrafo anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin previa aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. i) Certificados de implementaciones exitosas anteriores y actuales, tanto privadas como públicas. Estos certificados deberán ser de prestaciones similares en calidad y cantidad a la exigida en el presente pliego. En caso de UTs, todos sus integrantes podrán presentar la documentación prevista en el presente inciso. j) Acreditar DOSCIENTOS (200) empleados contratados bajo modalidad de relación de dependencia. k) Acreditar condición de fabricante, representante o distribuidor oficial del servicio requerido. l) Acreditar fehacientemente su condición de fabricante (del Hardware), representante
o
distribuidor oficial del equipamiento
o
solución
propuesta. m) Certificación de Fabricación ISO 9001. n) Se deberán incluir todos los folletos, catálogos, métodos y manuales de instalación, así como cualquier otra documentación técnica que permita una eficaz evaluación de los elementos. PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN EN U.T. (Unión Transitoria) Deberán ajustarse estrictamente a lo dispuesto por la normativa dispuesta en el Código Civil y Comercial de la Nación, y además de lo detallado en los ítems anteriores deberán:
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•
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Al menos uno de los integrantes de la U.T., deberán acreditar mediante documentación fehaciente, el cumplimiento de los requisitos exigidos en este Pliego, Anexos y circulares si las hubiere. La totalidad de los requisitos exigidos en el presente Pliego, podrán ser cumplidos por una de las empresas integrantes de la U.T. o existir una complementación entre las empresas integrantes para el cumplimiento de éstos.
•
Las ofertas deberán contener, además de la documentación requerida para las personas jurídicas anteriormente mencionada, los documentos de constitución de la U.T., en los que deberán constar: o El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato. o El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior y hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del
Contrato,
así
como
modificaciones
en
los
integrantes
que
también estatutos
importen
una
de de
no las
alteración
introducir empresas de
la
responsabilidad, sin la previa aprobación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. o Designación de uno o más representantes legales que acrediten,
mediante
poder
para
actuar
ante
la
administración pública, facultades suficientes para obligar a su mandante. •
Las empresas integrantes de la U.T. serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación.
•
Para el caso que la U.T. esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública en unión transitoria de empresas.
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ARTÍCULO 14.- PROPUESTA TÉCNICA. La oferta presentada deberá contemplar óptimas condiciones técnicas y económicas por parte de los oferentes. Se evaluará la idoneidad y calidad técnica de los oferentes y de sus equipos profesionales, de manera que en la adjudicación se ajuste a los requisitos especificados. En su oferta, se deberá acompañar los siguientes ítems, los cuales se analizaran en forma conjunta con la oferta económica para establecer la oferta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. •
Plan de Trabajo: Se deberá establecer un Plan de desarrollo por un período de SESENTA (60) días corridos que abarque la provisión del software e instalación del hardware en las sedes determinadas por el GCBA. Se valorará especialmente aquellas ofertas que presenten un camino crítico que permita cumplir o abreviar el plazo establecido.
•
Equipo de trabajo: Deberá indicarse la cantidad de recursos humanos que serán afectados para la ejecución del servicio. Atento la brevedad de los plazos, las dificultades horarias que se presentan y la necesidad de desarrollo/personalización del software y su instalación en diversos efectores de salud, se dará prioridad a las empresas que demuestren contar con un plantel profesional estable de por lo menos DOSCIENTOS (200) trabajadores, de conformidad con lo exigido en el inciso j) del artículo 13 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 15.- ANTECEDENTES Los oferentes deberán acreditar una antigüedad de SIETE (7) años en servicios similares al presente. Asimismo, deberán detallar los proyectos desarrollados, con el mayor nivel de detalle posible (Tiempo de elaboración, dimensión de los mismos, tiempo de duración/ etc.) 11
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Lo antedicho se
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deberá complementar con una breve mención de las
actividades actuales del oferente, focalizando en los servicios que se relaciones con el objeto de la presente. ARTÍCULO 16.- FORMA DE COTIZAR. Los oferentes deberán cotizar el precio por Renglón y por la totalidad de los Renglones, de conformidad con el siguiente esquema: RENGLON 1 2
SERVICIO
Precio
Desarrollo/ Personalización Software Provision de Licencia de uso en Sedes Etapa 1: Provisión de Licencia de uso en Sedes Etapa 2:
SUBTOTAL
IMPORTE EN PESOS ($) IMPORTE EN PESOS ($) IMPORTE EN PESOS ($) IMPORTE EN PESOS ($)
RENGLON 2 Provisión de Equipamiento e Instalación (Etapa 1)
IMPORTE EN PESOS ($)
IMPORTE EN PESOS ($)
3 Provisión de Equipamiento e Instalación (Etapa 2) SUBTOTAL
IMPORTE EN PESOS ($)
RENGLON 3 Puesta en marcha: Configuración,
IMPORTE EN PESOS ($)
Capacitación, Soporte de Software del Sistema
4
de efectores de salud Etapa 1. Puesta en marcha: Configuración,
IMPORTE EN PESOS ($)
Capacitación, Soporte de Software del Sistema de efectores de salud Etapa 2.
SUBTOTAL
IMPORTE EN PESOS ($)
RENGLON 4
TOTAL
IMPORTE EN PESOS ($)
RENGLONES 1, 2 , 3 y 4
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No se aceptarán cotizaciones parciales de las cantidades requeridas o los renglones
propuestos.
La
cotización
ofrecida
no
podrá
encontrarse
condicionada o sujeta a variables de acuerdo a fecha o lugar de entrega. ARTÍCULO 17.-ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS. La apertura de ofertas se realizará mediante BAC el día y hora fijados en el Acto Administrativo de llamado a Licitación Pública conforme artículo 8° del Anexo I de la Resolución N° 1160-MHGC/11. ARTÍCULO 18.- ANÁLISIS DE LA OFERTA. Realizada la apertura, la Comisión Evaluadora de Ofertas, analizará y evaluará toda
la
documentación
exigida
y presentada
por
los
oferentes. La
recomendación de la Comisión de Evaluación de Ofertas deberá recaer en la oferta más conveniente, teniendo en cuenta para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta. A dichos fines la documentación presentada, será calificada con el siguiente esquema de puntuación: a. Antecedentes: Se otorgará un puntaje máximo de TREINTA Y CINCO (35) puntos. A los fines de evaluar los antecedentes de la empresa proponente se tendrán en cuenta los años desde su constitución, la estructura con la que cuenta y la realización de servicios similares en complejidad y volumen. b. Tiempo de Desarrollo: Se otorgará un puntaje máximo de VEINTE (20) puntos a los oferentes que presenten un cronograma de trabajo más breve para la implementación del Servicio, conforme el camino crítico exigido en el artículo 14, apartado Plan de Trabajo. Si el adjudicatario se encontrara en condiciones podrá ofrecer la ejecución en forma conjunta
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de las etapas previstas en los renglones Nº 2, Nº 3 y Nº 4, sin perjuicio de lo cual, este no se tratará de un requisito excluyente. c. Equipo de Trabajo: Se otorgará un puntaje máximo de VEINTICINCO (25) puntos a la empresa que acredite contar con un staff de profesionales en cantidad e idoneidad acorde con el servicio a encomendar. d. Precio: Se otorgará un puntaje máximo de VEINTE (20) puntos. A los fines de establecer el puntaje relativo a la oferta económica, se adjudicarán los VEINTE (20) puntos a la oferta más económica y a partir de allí, proporcionalmente a las restantes propuestas. De conformidad con lo expuesto, la oferta más conveniente será aquella que obtenga un puntaje mayor en la sumatoria de los ítems a analizar. ARTÍCULO 19.- FALSEAMIENTO DE DATOS El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder. ARTÍCULO 20.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Será rechazada toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios: a) Si careciera de la Garantía de mantenimiento de Oferta en cualquiera de las formas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares. b) Si contuviere condicionamientos. c) Si contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la presente licitación ARTÍCULO 21.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
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La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Licitación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la Licitación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación. ARTÍCULO 22.- CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE LA LICITACIÓN Todas las ofertas deberán contener sin excepción la totalidad de los servicios cuya contratación se licita. Bajo ningún concepto será admitidas ofertas parciales. No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de renglón. ARTÍCULO 23.- PREADJUDICACIÓN. La preadjudicación será efectuada conforme los lineamientos establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, por el presente Pliego, los Pliegos de Especificaciones Técnicas, Anexos y circulares, sobre la propuesta que resulte más conveniente para el GCABA, teniendo en cuenta la calidad, la idoneidad, el precio y demás condiciones de la oferta. ARTÍCULO 24.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN. De conformidad con lo previsto en el Art. 20, inc. b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, los Oferentes tendrán un plazo de TRES (3) días para formular impugnaciones a la preadjudicación, contados desde su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente. La impugnación deberá ser deducida a través del BAC mediante el uso de los formularios correspondientes. ARTÍCULO 25.- ADJUDICACIÓN.
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El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolverá en forma fundada la adjudicación. Para la presente, por las características específicas del servicio que se propicia contratar, en su caso, se adjudicara de forma global a un oferente la totalidad de los renglones. Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. ARTÍCULO 26.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al Adjudicatario. El Adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato dentro del término de CINCO (5) días hábiles de notificada mediante BAC la orden de compra. Si el Adjudicatario no integrara la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que el Adjudicatario haya dado cumplimiento a su obligación, se le rescindirá el contrato con la consecuente pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta. La pérdida de dicha garantía operará, sin perjuicio del cargo que se le formule a la Adjudicataria por los daños y perjuicios que le cause al GCABA la conducta por ella asumida. ARTÍCULO 27.-PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.
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El plazo de prestación del Servicio será por un periodo de SESENTA (60) días corridos a partir del perfeccionamiento contractual, de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Nº 1: En un plazo de hasta VEINTE (20) días corridos a partir de la notificación de la Orden de Compra el adjudicatario deberá proceder al desarrollo y/o personalización de un Software de Filas Inteligentes Renglón Nº 2. Luego de finalizado el Renglón Nº 1, el adjudicatario deberá proceder a proveer la licencia de Uso para la utilización del Software en las distintas dependencias, acreditando la titularidad o representación de la misma. En un primer momento se deberá otorgar las licencias necesarias para cumplimentar la Etapa Nº 1 y posteriormente aquellas necesarias para la Etapa Nº 2. Una vez desarrollado/personalizado el software por parte del adjudicatario, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, el mismo deberá garantizar su mantenimiento por un periodo de DOCE (12) meses, sin costo alguno al GCBA. El adjudicatario conservará la titularidad o licencia del software desarrollado /personalizado en el marco del presente contrato, pudiendo proceder a su comercialización dentro o fuera del país, debiendo para ello, modificar todos aquellos diseños, colores y logos que se relacionen con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Renglón Nº 3. La provisión del Equipamiento e Instalación se desarrollara en forma inmediatamente posterior a la finalización del Renglón Nº 1. Esto implica que finalizado el desarrollo del Software, dentro de las 48 hs., el adjudicatario deberá comenzar con la puesta en marcha del Renglón Nº 3 conforme las Etapas N° 1 y 2, referenciadas en el artículo 3. Asimismo, el Adjudicatario deberá, sin costo alguno para el GCBA, contemplar TREINTA (30) días adicionales en concepto de guarda y/o depósito de los
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bienes. La guarda se realizará exclusivamente en caso de ser ordenada por escrito por el GCBA. Renglón N° 4. La puesta en marcha, configuración y capacitación del personal de los efectores de salud, se realizará posteriormente a la finalización del Renglón Nº 3 en cada uno de los efectores contemplados en el presente Pliego. Esto implica que realizada la provisión e instalación del equipamiento en cada efector de salud, dentro de las 48 hs., el adjudicatario deberá comenzar con la ejecución del Renglón Nº 4. Asimismo, como parte integrante del Renglón Nº 4, el adjudicatario deberá proveer en forma continua y durante un plazo de DOCE (12) meses, el soporte del software del sistema Si el adjudicatario así lo hubiera ofertado, deberá proceder a ejecutar en forma conjunta las Etapas Nº 1 y Nº 2 correspondientes en los renglones Nº 2, Nº 3 y Nº 4. ARTÍCULO 28.- PRORROGA. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá hacer uso de la opción de prórroga de acuerdo a la normativa vigente. Dicha opción será notificada al adjudicatario, con una antelación no menor de DIEZ (10) días corridos de la fecha de vencimiento del contrato original. ARTÍCULO 29.- MODIFICACIÓN DE LOS EFECTORES DE SALUD EN LOS CUALES SE INSTALARÁ EL EQUIPAMIENTO Las tareas relativas a la instalación y configuración del Equipamiento se realizará en los distintos establecimiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires indicados en el Pliego de Especificaciones Técnicas, sin perjuicio de que la Dirección General de Atención y Cercanía Ciudadana pueda modificarlos por medio de notificación fehaciente previa y con una antelación no menor a CINCO (5) días hábiles. ARTÍCULO 30.-RECEPCIÓN. FORMA DE PAGO.
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El pago se efectuará dentro del plazo de TREINTA (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura, la cual se deberá emitir una vez que se haya otorgado el Parte de Recepción Definitiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 29 y 30 del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales
aprobado
por
medio
de
la
Disposición
N°
396/DGCYC/14. Los Partes de Recepción Definitiva se emitirán, de conformidad con el siguiente cronograma: •
Renglón Nº 1: Cuando se hubiere entregado, testeado y aprobado por la Dirección General de Atención y Cercanía Ciudadana el desarrollo y/o personalización del Software, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas;
•
Renglón N° 2: Una vez que se cumpla de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas con la provisión de las Licencias de Uso para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en todas las Sedes pertenecientes a cada Etapa (Etapas N° 1 y 2), se emitirán los Partes de Recepción Definitiva (PRD) para cada una de ellas respectivamente.
•
Renglón Nº 3: Una vez que se proceda a la provisión e instalación del equipamiento de cada Etapa (Etapas Nº 1 y 2), se emitirán los Partes de Recepción Definitiva (PRD) para cada una de ellas.
•
Renglón Nº 4: Una vez que se cumpla de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas con la puesta en marcha del software desarrollado y/o personalizado para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en todas las Sedes pertenecientes a cada Etapa, se emitirán los Partes de Recepción Definitiva (PRD) para cada una de ellas respectivamente.
ARTÍCULO 31.- INDEMNIDAD LABORAL El personal afectado por el Adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales no tendrá relación laboral ni vínculo alguno con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires. En este sentido, el adjudicatario se
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obliga a mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos de todo reclamo y acción judicial que resulte en consecuencia. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente exonerado el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente asentado que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario. ARTÍCULO 32.-OBLIGACIÓN DEL ADJUDICATARIO. 32.1.- Del Personal: 32.1.1.- Relación entre el personal afectado y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: El personal afectado por el Adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales no tendrá relación laboral ni vínculo alguno con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires. En este sentido, la adjudicataria se obliga a mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos de todo reclamo y acción judicial que resulte en consecuencia.
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Estarán a exclusivo cargo de la adjudicataria los salarios, seguros, y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente exonerado el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente asentado que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre la adjudicataria y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre la adjudicataria. 32.2. Seguros: 32.2.1 Generalidades. El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente Artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio. Asimismo, es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCBA, o cada vez que el GCBA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños
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que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad. El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2016 o la finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, lo que ocurra primero. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan y el GCBA quedará facultado a rescindir el contrato por culpa del Adjudicatario El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Pliego, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras. 32.2.2 De las Compañías Aseguradoras. Las compañías aseguradoras con las cuales el adjudicatario contrate las coberturas establecidas en este artículo, deben ser de primera línea, reconocida solvencia y autorizadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Estas Compañías Aseguradoras deberán cumplir con los siguientes requisitos: Estar habilitado por la Superintendencia de Seguros de la Nación para operar como tal en los riesgos que presenta su propuesta. Contar con un Patrimonio Neto superior a los $ 350.000.000 (pesos trescientos cincuenta millones), de acuerdo al último balance anual presentado a la
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Superintendencia de Seguros de la Nación y publicado por la misma y acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo antedicho no será requerido en los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento). 32.2.3 De las Coberturas En Particular. Las coberturas que el adjudicatario ha de contratar, aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación: 1) Seguros Laborales Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART. El adjudicatario en cumplimiento de la legislación vigente, debe contar con un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscrito con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)” autorizada para brindar ese tipo de cobertura. No se podrá afectar personal alguno a la prestación del servicio contratado, cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes. Se deberán presentar al GCABA, junto con la póliza/contrato de afiliación, los certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales estará incluido el siguiente texto: “Por lapresente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición,de subrogación ó de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N°24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie odinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o exdependiente del adjudicatario amparados por la cobertura del contrato de afiliación N°XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por elhecho o en ocasión de trabajo.”
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2) Seguro de Accidentes Personales. En el caso que el adjudicatario, contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por La Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de Accidentes Personales con las siguientes características: Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar mínima: Muerte: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil). Invalidez Total y/ó parcial permanente por accidente: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil). Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): $ 15.000 (Pesos Quince Mil). La citada póliza deberá incluir el siguiente texto: “La compañía ……….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 3499903208-9, sus funcionarios y/o empleados.” 3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva. El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros. Suma Asegurada: El adjudicatario deberá contratar un Seguro por la suma mínima comprensiva de $ 1.000.000 por hecho y por persona, que cubra los riesgos de responsabilidad
civil,
por
los
daños
que, como
consecuencia
de/las
prestación/es de servicio/s que se contrata/n, se ocasione/n a persona/s, cosa/s y/o bien/es de tercero/s y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicha póliza deberá ser endosada a favor del mismo. Se detallan 24
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a continuación de manera indicativa los adicionales de cobertura básica, los cuales deberán tener correspondencia con las actividades a realizarse: A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión, descargas eléctricas. B) Daños por caída de objetos C) Suministro de alimentos y/o bebidas Asimismo, deberá tener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza, La citada póliza deberá incluir el siguiente texto: “La compañía…………renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados.” ARTÍCULO 33.- PENALIDADES. El incumplimiento de las obligaciones del contrato coloca al adjudicatario en estado de mora automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 2.095 y su reglamentación. La Administración podrá aplicar multas y/o sanciones aún vencido el plazo contractual, cuando los incumplimientos se hubieran producido dentro de la vigencia del contrato, aun cuando el importe sea determinado con posterioridad a la conclusión del contrato. ARTÍCULO 34.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Serán causales de extinción del contrato las siguientes: a) Mutuo acuerdo; b) Quiebra del contratista; c) Rescisión por incumplimiento del adjudicatario, en los términos del presente Pliego;
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d) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA; e) Presentación en concurso del contratista, sólo en caso que dicha circunstancia impida el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente pliego Y del Pliego de Especificaciones; f) Cuando quedara en firme la prórroga a la que se hace referencia en el presente Pliego y cualesquiera de los seguros no cubriera el lapso que media hasta la finalización de la misma y el adjudicatario no procediera a renovarlo, previo a la fecha en que comienza la prórroga; g) Cuando las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas, alcanzaren en su monto el diez por ciento (10%) del importe total del contrato original. La enunciación precedente es taxativa, sin perjuicio de las penalidades establecidas en la normativa vigente. En todos los casos en que se declare la extinción y/o rescisión del contrato, el contratista perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieren al GCABA. ARTÍCULO 35.- REVOCACIÓN. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá revocar el contrato de pleno derecho de acuerdo a lo establecido en la Ley 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y su reglamentación. ARTÍCULO 36.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN. El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto de la presente licitación sin previa autorización fundada de la autoridad competente. La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la contratación, con la pérdida total de los depósitos en garantía constituidos, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto. ARTÍCULO 37.- COMPETENCIA JUDICIAL
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N° 27
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 177/SSDCCYC/16 (continuación)
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse,
las partes quedan
sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (art. 7° del Pliego Único de Condiciones Generales).
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N° 28
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 177/SSDCCYC/16 (continuación)
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Especificaciones Técnicas y/o Descripción Detallada Del Producto y/o del Servicio a Adquirir y/o Prestar 1. Generalidades. El objeto del presente Pliego, consiste en describir las especificaciones técnicas que deberán tenerse en cuenta para la correcta prestación del servicio de desarrollo y/o personalización, instalación y puesta en marcha de un sistema de filas inteligentes (el “Servicio”) a implementarse en diversos efectores de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El adjudicatario deberá instalar en las salas de espera de los efectores de salud un servicio de turnos, materializado a través de un “Totem” que emitirá un ticket que permita individualizar al paciente, el sector y su prioridad. Una vez que el paciente haya obtenido su ticket, esperara a ser llamado en una sala de espera. A tales fines, deberá instalar Pantallas de Led Full HD donde se indicaran el orden de los turnos dados, así como el cableado y su respectiva instalación junto con el hardware y software correspondiente.
2. Lugar de prestación. El adjudicatario deberá implementar el servicio en los lugares detallados a continuación: Dependencia
Dirección
CeSAC N° 7
2 de Abril y Montiel
Hospital Cecilia Grierson
Av. Gral. Fernández de la Cruz 4402
CeSAC N° 29
Av. Dellepiane 6999
Hospital Materno Infantil R. Sarda
Esteban de Luca 2151
CeSAC N° 4
Alberdi y Pilar (Pza. Zalaberry)
CeSAC N° 35
Osvaldo Cruz y Zavaleta
CeSAC N° 1
Velez Sarsfield 1271
CeSAC N° 31
Av. Riestra y Ana M Janer
CeSAC N° 32
Charrua 2900
CeSAC N° 43
Fonrouge y Barros Pazos
CeSAC N° 8
Osvaldo Cruz y Luna
CeSAC N° 5
Av. Piedra Buena 3200
Sin perjuicio de ello, los lugares podrán verse modificados por instrucción del GCBA, debiendo notificar con una antelación no menor a cinco (5) días hábiles.
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N° 29
La ejecución del presente contrato, en sus renglones Nº 2, Nº 3 y Nº 4 se dividirá en DOS (2) ETAPAS que se podrán ejecutar en forma consecutiva o simultánea, conforme a la propuesta de trabajo que presente cada oferente. Etapa 1 -.
1
Licencia de uso
Cesacs N° 7, 29, 4, Hospital Cecilia Grierson, Hospital Materno
Sistema por Sede
Infantil R. Sardá Etapa 2 -
Licencia de uso 2
Sistema por Sede
Cesacs N° 1, 31, 32, 35, 43, 8 y 5.
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N° 30
3. Especificaciones por Renglón:
Renglón Nª 1: Desarrollo / Personalización del Software Ítem
Tipo
Descripción
Cantidad
Desarrollo /
1
Personalización de
Sistema Integrado de Atención, Gestión de Filas
un Sistema de Filas
Inteligentes, Administración de Turnos, Cartelería
Inteligentes
Digital y Monitoreo en línea.
1
Requerimientos Técnicos del Desarrollo/Personalización del Software a. Descripción del software El software requerido deberá cumplir los siguientes requerimientos técnicos generales: -
El sistema deberá ordenar las Filas o Colas dentro de la Sede y administrar los turnos para los distintos servicios, mediante la utilización de terminales de autogestión para identificación y asignación, emisión de tickets y pantallas de reproducción de llamado de turnos y multimedia.
-
El Sistema deberá contar con una Cartelera, la cual se podrá visualizar en un lado de la pantalla con material Audiovisual Digital de Alta Definición.Dichos contenidos multimedia
deberán
administrarse y ser
distribuidos en
forma centralizada y
segmentado por cada dispositivo, sector, sede o grupo de sedes, permitiendo ser configurado por el GCBA. Será posible editar carruseles de reproducción, asignando por ejemplo el orden, niveles de repetición, etc. También contar con un banner rotativo con texto informativo a configurar con iguales características que la Cartelera. -
Las interfaces de las Clientes o Perfiles deberán ser del tipo Web.
-
El software deberá ser de código abierto, que eventualmente permita modificaciones por parte del GCBA si así lo requiere.
-
Deberá tener la capacidad de convocar los turnos emitidos a través del llamado por voz.
-
El sistema deberá funcionar en múltiples sitios desde un único servidor, permitiendo iniciar sesión desde diferentes box de atención que cuenten con llamador en cada PC.
-
El software deberá establecer una prioridad a diversas personas, entre ellas, personas con capacidades especiales, mujeres embarazadas, adultos con niños menores de 2 años, adultos mayores, etc.
-
Será posible para los usuarios (médicos, profesionales y administrativos de la mesa de informes) acceder a lista de pacientes con su nombre y apellido, prioridad y los números de tickets correspondientes.
-
Deberá contar con múltiples tipos de atención, sin límite en la cantidad de categorías, sub-categorías y tipos de servicio, seleccionables mediante una estructura de árbol de fácil operación, y configurables por el GCBA.
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-
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Deberá tener la capacidad para acumular y combinar las prioridades asociadas a un tipo de atención.
-
Deberá contener múltiples usuarios / operadores a determinar en cada Sitio y habilitar los siguientes tipos de perfiles: de puestos de atención configurable con la/las filas a atender, de Recepción/Admisión, de Supervisión de Filas por Sector, de Reporte, de Supervisor en cada Sitio, de administración de Cartelería Digital y Banner informativos
-
Se deberá habilitar un perfil Administrador y Superadministrador con la cantidad de usuarios que el GCBA establezca con un login centralizado para la visualización de ambos efectores desde una Pantalla o Consola única.
-
El formato de ticket podrá ser tipo Letra-Cifra (por ejemplo AA24) o bien Nombre y Apellido asociado al número de puesto/box/consultorio y que permita distinguir las prioridades entre pacientes.
-
Prioridades configurables 100%.
-
Puesto de atención, cierre de trámite, derivación.
-
Puesto de atención, cambio de estado (disponible / no disponible).
-
Puesto de atención, visualizar turnos pendientes de atención para la atención de las especialidades de ese puesto.
-
Exportar datos visualizados.
-
Posibilidad de configurar más de una sesión de usuario en la misma computadora, notebook o tablets u otro dispositivo que estableciere el GCBA.
-
Inicio de sesión en llamador a través de usuario y contraseña, permitiendo que el usuario pueda elegir la fila de atención, numero de consultorio y múltiples especialidades, de entre los previamente configurados.
-
Posibilidad de cambiar instantáneamente de sesión, ya que la misma computadora, notebook, tablets u otro dispositivo que estableciere el GCBA podrá ser usada simultáneamente por distintos empleados.
-
Ticket-turno, poner en pausa la llamada de un ticket porque el paciente está ausente y llamarlo de nuevo después.
-
El sistema permitirá la gestión inteligente de filas, mediante avisos de atención por celular, pudiendo hacer que los pacientes no esperen físicamente en la sede hasta antes de ser atendidos, esta comunicación electrónica con los pacientes podrá ser a través de notificaciones al móvil por SMS, Mensajería instantánea, redes sociales, o correo electrónico.
-
El software establecerá una interfaz con el Sistema de Calidad del GCBA, que permitirá realizar encuestas al paciente, para medir la satisfacción de la atención brindada.
-
El software establecerá una interfaz con el Sistema de Gestión Hospitalaria en adelante, SIGEHOS que permitirá acceder e integrarse con la lista de Turnos programados, a las Agendas por Especialista y Especialidad, y al Padrón de pacientes del Sistema de Salud de la Ciudad.
-
Deberá desarrollar APIs o Web Services que permitan la integración con otros Sistemas del GCBA.
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Finalmente se hace saber que el GCBA proveerá al adjudicatario las instrucciones de diseño necesarias para cada pantalla del Sistema de Filas Inteligente. b. Configuración general 1.
La administración de los usuarios se deberán configurar de la siguiente manera: a. Activo / Inactivo b. Rol / Permisos, distintos niveles de acceso al sistema para distintos perfiles de operador, admisión, Administración de Banner, supervisión de filas. c. Perfil de usuario asociado a puestos disponibles.
2.
Altas / Bajas / Modificaciones a. Prioridades y flujo b. Estadístico c. Secciones d. Tramites e. Boxes f.
Pantallas
g. Configuración de colas de atención h. Banners i.
Usuarios
j.
Roles
k.
Permisos
l.
Salas de espera
m. Componentes 3.
Idioma a. Español
c. Estadísticas El adjudicatario deberá proponer distintos reportes predefinidos estadísticos centralizados, que permitan ser impresos o exportados a un archivo para cada efector según las necesidades del administrador. El perfil de administrador deberá poder construir informes a medida, eligiendo los datos que quiere cruzar. (Tiempo de espera de los pacientes, Tiempo de transacción, mínimos, máximos, desvíos, promedios ya sea por día, hora, mes, año, por sede o grupo de sedes, estadísticas graficas de los días y horas picos del día, u cualquier otra especificación que el GCBA requiera). d. Monitoreo en línea. El adjudicatario deberá proveer una consola centralizada de monitoreo en tiempo real de todas las variables del proceso de atención como puestos de atención, tiempos de espera, niveles de servicio y toda otra que permita generar alertas antes desvíos en
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parámetros definidos. También de la información que se está reproduciendo en las Pantallas, y el estado del hardware instalado, a fin de que el GCBA pueda controlar y
corroborar su correcto funcionamiento, debiendo contar con un sistema de alertas en caso de fallas, que podrán ser notificadas por pantalla o a través de sistemas de mensajería (mail, SMS, etc.). También deberá contar con la posibilidad de acceder remotamente al equipamiento para realizar tareas de configuración y control. e. Gerenciamiento de contenidos audiovisuales El adjudicatario deberá proveer una consola centralizada de gerenciamiento de contenidos audiovisuales que puede ser mostrado en un lado de las pantallas con contenido e información de importancia de gobierno. Esta permitirá generar, distribuir y monitorear, dicho material que se reproduce de manera continua durante el momento de espera del paciente, según las especificaciones de la Descripción del software. Especificaciones Técnicas mínimas de contenidos a soportar Formatos Video: archivo *.MPG (MPEG2) ProgramStream, en PAL 720x576 píxeles, Relación de Aspecto 4:3 con Bitrate constante a 8000 Kbps y 25frames/segundo, lower/bottomfieldfirst. Audio: con pista de audio aunque no se reproduzca en las pantallas. MPEG Audio Layer-2. Sample Rate: 48Khz. Audio Bitrate: 256Kbps. 2CH Stereo Formatos de Video adicionales: archivos *.mp4, *.webm, *.mov (Códec H264) en 720x576 píxeles a 25frames/segundo. Relación de aspecto 4:3 con Bitrate constante a 6000 Kbps a 25frames/segundo, lower/bottomfieldfirst. Audio: con pista de audio aunque no se reproduzca en las pantallas.. MPEG-4 perfil ACC de baja complejidad. SampleRate: 44.1Khz. 2CH Stereo. Bits/Sample 16. Formato de Imágenes: *.SVG, *.JPG, *.PSD, *.TIF (RGB a 72Dpi) en 720x576 píxeles. Podrá soportar archivos de hasta 250MB de tamaño, que garanticen la calidad y distribución eficiente. Los mencionados estarán sujetos a modificaciones por el GCBA en función de las actualizaciones que cree necesarias.
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Renglón 2: Provisión de Licencia de Uso
Licencias de Uso por la utilización en cada sede del Sistema de Filas Inteligentes encolador Renglón 3: Provisión e instalación de equipamiento El presente renglón se dividirá en DOS (2) ETAPAS que se podrán ejecutar en forma consecutiva o simultánea, de acuerdo a la propuesta de trabajo que presente cada oferente. Ítem
Tipo
Descripción
Cantidad
Etapa 1 - Cesacs N° 7, 29, 4, Hospital Cecilia Grierson, Hospital Materno Infantil R. Sardá. 1
Serv idor Modelo 1
Procesador: Intel i3 -3240 (3MB Cache - 2 núcleos y 4 hilos de 3.40 GHz) Memoria: 8Gb Disco Rígido: 1 x 1Tb SO: Linux.
3
2
Serv idor Modelo 2
Procesador: Intel Xeon E3-1231 v 3 (8M Cache, 3.40 GHz) Memoria: 8Gb Disco Rígido: 2 x 1Tb SO: Linux
2
3
UPS
Sistema de suministro ininterrumpido energía/estabilizador 550VA para Serv idor.
5
4
Tecnología Intel NUC. Procesador: Intel Celeron N2820 Mini PC (NUC) Modelo Chipset Intel Memoria: 4GB DDR3 (máx. 8GB) Disco Rígido: 1 SATA 500GB. Video: HD Intel Graphics. Placa Red: 10/100/1000 MB / W i-Fi. Sistema Operativ o: Linux
9
5
Tecnología Intel NUC. Procesador: Intel Core i5 4010U Mini PC (NUC) Modelo Chipset Intel Memoria: 4GB DDR3 (máx. 16GB) Disco 2 Rígido: SATA III 1TB. Video: HD Intel Graphics. Placa Red: 10/100/1000 MB / W i-Fi. Sistema Operativ o: Linux
8
6
Tótem
Terminal de Autgestiónantiv andálica de diseño ergonómico y compacto, con chapa de acero de 1,6 mm o superior, con base antiv uelco, terminado en pintura termoplástica con pantalla táctil de tecnología touchscreen SAW (Surface Acoustic W av e) de entre 17” y 19” y sistema de audio, con CPU e Impresora térmica incluida, Red LAN / W i-Fi, con puerta y panel traseros para serv icio técnico y de reemplazo de insumos con cerradura. Ploteo incluido.
7
7
Impresora Térmica
Impresora Térmica directa de v elocidad de impresión superior a 250 mm/s.
7
8
Pantalla Led 24"
Monitor / TV Led Smart Full HD de 24"
4
9
Pantalla Led 32"
Monitor / TV Led Smart Full HD de 32"
2
10
Pantalla Led 42"
Monitor / TV Led Smart Full HD de 40”/42"
11
Pantalla Led 48"
Monitor / TV Led Smart Full HD de 48"
12
Soporte Mini PC (NUC) Soporte guía para adaptar en el soporte de Pantalla
13
Soporte de Pantalla de Pared
Reforzado, móv il 24”32"40"42"
y
regulable
para
Pantallas
Led
14
Soporte Pantalla de Techo
Reforzado, móv il 24”32"40"42"
y
regulable
para
Pantallas
Led
15
Protección
Gabinete Protección contra daños para Pantallas Led
de
11 4 17 15 6 21
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antiv andálica Pantallas
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24”40”42”48” y Equipamiento, asegurado con cerradura.
N° 35
16
Intercomunicador Modelo 1
Tecnología de ajuste de v olumen de parlante y sensibilidad de micrófono Tensión de Trabajo: 12 VDC / Corriente de trabajo: 300 mA / Potencia de audio de Salida: 3W
14
17
Intercomunicador Modelo 2
Respuesta en frecuencia: Ecualizado para máxima inteligibilidad. Distorsión: Menor que 2%. Transmisión: Sistema Vox.Potencia de audio de salida: 5W
12
18
Switch
Conmutador de red administrable 24 Bocas 100/1000Mb
4
19
Splitter HDMI
Div isor de Seña Activ o1 entrada y 4 salidas LED/LCD
5
20
Rack
Rack montante 9 Unidades de 19 Pulgadas
1
Serv icio de Instalación por equipo Serv icio Cableado de Red, Audio/Video y Conectiv idad por puesto Serv icio Cableado de Tensión por puesto
Mano de obra e instalación del Hardware con Soportes y Accesorios
79
Mano de obra e instalación de Puestos de datos, audio/v ideo y su equipamiento
36
Mano de obra e instalación de Tomas eléctricos
44
21 22 23
Etapa 2 - Cesacs N° 1, 31, 32, 35, 43, 8 y 5. 24
Serv idor Modelo 1
Procesador: Intel i3 -3240 (3MB Cache - 2 núcleos y 4 hilos de 3.40 GHz) Memoria: 8Gb Disco Rígido: 1 x 1Tb SO: Linux.
6
25
Serv idor Modelo 2
Procesador: Intel Xeon E3-1231 v 3 (8M Cache, 3.40 GHz) Memoria: 8Gb Disco Rígido: 2 x 1Tb SO: Linux
1
26
UPS
Sistema de suministro ininterrumpido energía/estabilizador 550VA para Serv idor.
9
27
Tecnología Intel NUC. Procesador: Intel Celeron N2820 Mini PC (NUC) Modelo Chipset Intel Memoria: 4GB DDR3 (máx. 8GB) Disco Rígido: 1 SATA 500GB. Video: HD Intel Graphics. Placa Red: 10/100/1000 MB / W i-Fi. Sistema Operativ o: Linux
13
28
Tótem
Terminal de Autgestiónantiv andálica de diseño ergonómico y compacto, con chapa de acero de 1,6 mm o superior, con base antiv uelco, terminado en pintura termoplástica con pantalla táctil de tecnología touchscreen SAW (Surface Acoustic W av e) de entre 17” y 19” y sistema de audio, con CPU e Impresora térmica incluida, Red LAN / W i-Fi, con puerta y panel traseros para serv icio técnico y de reemplazo de insumos con cerradura. Ploteo incluido.
7
29
Impresora Térmica
Impresora Térmica directa de v elocidad de impresión superior a 250 mm/s.
5
30
Pantalla Led 32"
Monitor / TV Led Smart Full HD de 32"
4
31
Pantalla Led 42"
Monitor / TV Led Smart Full HD de 40”/42"
32
Soporte Mini PC (NUC) Soporte guía para adaptar en el soporte de Pantalla
33
Soporte de Pantalla de Pared
Reforzado, móv il 24”32"40"42"
y
regulable
para
Pantallas
Led
34
Soporte Pantalla de Techo
Reforzado, móv il 24”32"40"42"
y
regulable
para
Pantallas
Led
35
Protección antiv andálica Pantallas
Gabinete Protección contra daños para Pantallas Led 24”40”42”48” y Equipamiento, asegurado con cerradura.
de
11 13 10 5 15
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N° 36
36
Intercomunicador Modelo 1
Tecnología de ajuste de v olumen de parlante y sensibilidad de micrófono Tensión de Trabajo: 12 VDC / Corriente de trabajo: 300 mA / Potencia de audio de Salida: 3W
37
Intercomunicador Modelo 2
Respuesta en frecuencia: Ecualizado para máxima inteligibilidad. Distorsión: Menor que 2%. Transmisión: Sistema Vox.Potencia de audio de salida: 5W
2
38
Switch
Conmutador de red administrable 24 Bocas 100/1000Mb
6
39
Splitter HDMI
Div isor de Seña Activ o1 entrada y 4 salidas LED/LCD
2
Serv icio de Instalación por equipo Serv icio Cableado de Red, Audio/Video y Conectiv idad por puesto Serv icio Cableado de Tensión por puesto
Mano de obra e instalación del Hardware con Soportes y Accesorios
67
Mano de obra e instalación de Puestos de datos, audio/v ideo y su equipamiento
25
Mano de obra e instalación de Tomas eléctricos
41
40 41 42
6
N° 4992 - 24/10/2016
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Requerimientos Técnicos de la Instalación del Equipamiento
N° 37
a. Implementación del Hardware. La instalación del equipamiento. Esta instalación deberá tener en cuenta el funcionamiento de la Sede y hacerse solo durante las horas de poca afluencia, de noche e incluyendo los períodos de fin de semana. La instalación del equipamiento no deberá obstaculizar el funcionamiento habitual de la sede. El adjudicatario deberá cumplir obligatoriamente las normas de seguridad señaladas por la normativa vigente en la materia y aquella que le indique el personal responsable en virtud de las características especiales de los espacios en donde se realizaran los trabajos. La configuración del equipamiento. El
equipamiento
tiene que seguir
parámetros de accesibilidad
y funcionalidad,
adaptándose a la población de la Sede. Cuando el usuario del Sistema llame al próximo paciente, presionando dicha opción en su terminal virtual, se reproducirá el número de ticket a través del LED para indicar el paciente que será atendido. Asimismo, el equipamiento permitirá una interfaz con el sistema SIGEHOS. b. La garantía del equipamiento La garantía de la totalidad del equipamiento requerido deberá ser de UN (1) año y deberá especificarse en la oferta. A efectos de dar cumplimiento a la garantía requerida y en caso que el adjudicatario otorgara una garantía menor, deberá adicionar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo necesario hasta completar los períodos especificados en el párrafo anterior, indicando como un solo valor el precio del bien y su mantenimiento. Las ofertas con valores desagregados, serán rechazadas. Durante el período de tiempo en que se garantiza el funcionamiento, el G.C.B.A. no reconocerá gasto alguno en concepto de mano de obra, repuestos, ni de cualquier otra naturaleza tendiente a mantener, poner o reponer, el bien adquirido en estado de funcionamiento. El mantenimiento preventivo que deba realizar el adjudicatario, deberá ser coordinado en su magnitud y alcance, con la Sede en los elementos provistos. Se deberá garantizar la integridad las 24 horas del día, los siete días de la semana (de ahora en más 24/7) de todos los equipos y sistemas que componen la presente licitación.
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N° 38
El adjudicatario deberá contar con un Centro de Asistencia Técnica debidamente instalado en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, apto para recibir las llamadas de servicio y por el término de la garantía, ya sea en forma telefónica, por fax o por correo electrónico a las direcciones acordadas entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Adjudicatario, considerándose todas estas formas igualmente válidas, no pudiendo ser "rechazadas" por el Adjudicatario, y comenzando a transcurrir el "tiempo de respuesta" a partir del momento en que se realizó la llamada o solicitud de servicio. Para el mantenimiento correctivo contingente, el adjudicatario debe garantizar un corte de servicio máximo, en horario de atención de 4 horas y fuera de horario de atención de 8 horas. El Servicio se brindará en el sitio donde se encuentra implementado el producto, si es necesario. El tiempo máximo de devolución de llamada a la solicitud de servicio será de 2 horas. También debe incluir, si lo hubiere, los updates de versiones del software que se liberen durante el periodo de garantía. Estas versiones deben ser entregadas en el GCBA por el proveedor, facilitado por medio óptico dentro de los SIETE (7) días de liberado por la empresa, adjuntando un informe de las correcciones sobre la versión anterior. Su instalación debe ser acordada con el GCBA. Si esta actualización de software requiriera adecuación de hardware debe estar incluida. En caso que el adjudicatario no cumpliese con esta cláusula, GCBA tendrá derecho a actuar por sí mismo o por terceros y los gastos emergentes serán facturados al Oferente Adjudicado o deducidos de la Garantía de Contrato en cuyo caso el Oferente Adjudicado debe reponer inmediatamente la parte utilizada. El plazo de garantía podrá prorrogarse otro año más, debiendo el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, abonar el costo correspondiente, previo consentimiento de las partes.
c. Requisitos particulares para la parte cableado y equipamiento de conectividad El adjudicatario se encargará de cablear el sistema para presentar una solución llave en mano, justificando la opción del cableado o del wifi. El adjudicatario deberá prever los switch necesarios para tener acceso a la red. Las instalaciones deberán ser realizadas con las protecciones necesarias en salida de gabinete, accesos a cajas de conexión y de paso, cruces de paredes, mamparas y cualquier sector del recorrido que pudiese significar un futuro daño en el cableado.
N° 4992 - 24/10/2016
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N° 39
Se tendrá en cuenta la limpieza funcional y estética del diseño propuesto a efectos de la adjudicación. Especificaciones técnicas – Puestos de red
-
El adjudicatario deberá proveer e instalar un cableado de voz/datos para dar soporte de conexión al equipamiento (puestosdobles).
-
Para el cableado horizontal que une cada puesto de trabajo con el armario de distribución, se deberá utilizar cable de 4 pares trenzados sin blindaje (UTP), certificado según categoría6.
-
Cada puesto de trabajo estará conformadopor:
-
Canalización metálica.
-
Un (1) periscopio metálico de 4módulos.
-
Dos (2) conectores modulares de 4 posiciones con sistema de conexión 110 tipo IDC (RJ45) Categoría 6, en el que terminarán los cables UTP, de cuatro pares trenzados sin blindaje, certificados según categoría 6.
-
Tres (3) tomas de tensión tipo IRAM (la instalación eléctrica deberá cumplir con TODAS las normas nacionales vigentes en materia de seguridad eléctrica).
-
El otro extremo del tendido deberá ser conectado en el rack secundario correspondiente a una patcherapara RJ45 categoría 6, rackeableen 19 pulgadas, con sistema
de conexión posterior
110 tipo
IDC para cables
desde 22AWG hasta
24AWG, de 24puertos.
-
Cada puerto del patchpaneldeberá contar con sistema de identificación por etiquetas frontal yposterior.
-
El canal completo deberá cumplir con las pruebas y desempeño de la norma EIA/TIA-568-B.
-
Finalizada la obra deberá entregar la certificación impresa de la medición de la categoría 6 en cada puesto de voz y datosinstalado.
Especificaciones técnicas – Equipos conectividad:
-
El adjudicatario deberá proveer e instalar de equipos SwitchesLayer 2 con PoE+ de 24 a 48 puertos 10/100/1000 Mbps para dar soporte de conexiónque cumplan con los siguientes requisitos:
-
Mecánicos: Debe incluir los accesorios necesarios para montar en Racks estándar de 19 pulgadas.
-
Alimentación y Consumo: Los equipos deben ser alimentados de 220 V - 50 Hz, monofásico con toma de 3 patas planas, sin necesidad de requerir un transformador adicional.
-
Management:
-
Agente SNMP versión 3 según RFC 1157 que permita monitorear el estado y el tráfico del dispositivo en forma remota desde entorno Windows / X Windows. Soporte de MIB II según RFC 1213.
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-
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N° 40
Debe enviar alarmas mediante traps de SNMP a estaciones de management en base a límites operativos.
-
Almacenamiento de la configuración en memoria Flash ó NVRAM. La configuración debe permanecer invariable ante caídas en la alimentación eléctrica ó cambios en la configuración de módulos.
-
Servicio de configuración por medio de consola remota Telnet según RFCs 854/855 y SSH sobre transporte TCP/IP según RFCs 793/791.
-
Consola remota vía WEB sobre TCP/IP (RFC 793/791).
Características Funcionales
-
Conmutador / Concentrador (Switch) Ethernet / Fast Ethernet / Gigabit Ethernet Administrable
-
Compatibilidad: IEEE 802.3, 10 BASE-T
-
Compatibilidad: IEEE 802.3u, 100 BASE-T
-
Compatibilidad: IEEE 802.3ab, 1000 BASE-T
-
Compatibilidad: IEEE 802.3x Control de Flujo (Half y Full Duplex)
-
Power over Ethernet con soporte IEEE 802.3af e IEEE 802.3at
-
Soporte de al menos 16.000 address MAC de red por switch.
-
Soporte de IGMP Snooping (versión 3)
-
Capacidad de soportar definición de dominios de broadcastVLANs (Virtual LANs) en cualesquiera de los Ports según IEEE 802.1Q. VLAN trunk.
-
El número de Virtual LANs a soportar: 250.
-
El criterio para el armado de VLAN's es por puerto en el switch.
-
Clasificación y Priorización de tráfico en base a: IEEE 802.1p y DSCP.
-
Soporte de IEEE 802.1d (SpanningTreeProtocol), IEEE 802.1w (Rapid STP) y múltiples instancias de STP IEEE 802.1s
-
Capacidad de agregación de vínculos: IEEE 802.3ad
-
Facilidad de monitoreo de tráfico por puerto o VLAN
En todos los casos en los cuales se hace mención a marcas se aceptaran productos de otras marcas siempre que resulten de la misma calidad, prestaciones y cumplan con las especificaciones técnicas requeridas. Renglón 4 Puesta en Marcha: Configuración, Capacitación, Soporte de Software. Ítem
Tipo
Descripción
Etapa 1 - Cesacs N° 7, 29, 4, 35, 1 y Hospital Cecilia Grierson. Configuración, Capacitación y Soporte del 1
Serv icio de Puesta en Marcha
Sistema
Etapa 2 - Cesacs N° 31, 32, 43, 8 y 5. Configuración, Capacitación y Soporte del 2
Serv icio de Puesta en Marcha
Sistema
Cantidad
5
7
N° 4992 - 24/10/2016
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N° 41
Se desarrollara en forma inmediatamente posterior a la finalización del Renglón Nº 3 en cada uno de los efectores contemplados en el mismo. Esto implica que realizada la provisión e instalación del equipamiento en cada efector de salud, dentro de las 48 hs., el adjudicatario deberá comenzar con la puesta en marcha del Renglón Nº 4. Requerimientos Técnicos de la Configuración, Soporte y Capacitación del Software a. Documentación técnica El adjudicatario deberá entregar previo al inicio de la implementación un plan de trabajo que deberá
incluir:
cronogramas de entrega
del
equipamiento,
instalación del
equipamiento, configuración de los puestos y un cronograma de capacitación. Definiendo en los ítems subsiguientes la cantidad de personal abocada a dicha tarea. b. Plan de soporte El adjudicatario deberá proveer un plan de soporte incluyendo la asistencia al usuario, al uso del software, y mantenimiento correctivo o modificación del software por imprevistos o errores de diseño de procesos de hasta 1 (un) año después de la implementación. Inclusive, el adjudicatario, deberá permitir el cambio de preguntas de los tótems hasta dentro de los 6 (seis) meses después de la implementación y puesta en marcha de los sistemas. g. Capacitación El adjudicatario deberá incluir en su prestación la capacitación de todos los operadores del GCBA del software y hardware, como asimismo proveer un manual del usuario. El adjudicatario deberá también prever una actualización, SEIS (6) meses después de la implementación, para los nuevos empleados que ingresen a la Sede o en virtud de los updates de versiones. h. Confidencialidad Toda
la
información
proporcionada
para
la
ejecución
de las tareas que son
encomendadas, es propiedad exclusiva del GCBA. La información, ideas, conceptos, práctica
y/o técnicas
a cuyo conocimiento el oferente acceda y/o se generen con
motivo del presente trabajo, forman parte del secreto comercial propiedad del GCBA, por lo que el oferente se compromete a: -
Mantener absoluta reserva de las mismas.
-
Custodiarlas apropiadamente.
-
No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
-
No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCBA.
N° 4992 - 24/10/2016
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N° 42
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 177/SSDCCYC/16 (continuación) En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al oferente, este se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad del cumplimiento de las mismas por su personal. En caso de que el oferente decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento del GCBA) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados. El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con GCBA.
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
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N° 43
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 2102/MHGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ANEXO I
ORDEN
Nº ENTE SIGAF
BENEFICIARIO
CUIT
INSTITUCIÓN / ORGANIZACIÓN
DOMICILIO
CUENTA
SUCURSAL
MONTO
1 2 3 4
75,513 40,329 118,377 40,284
Club Atletico Lugano Club Social Cultural y Deportivo Homero Manzi - Asociacion Civil Club Social Cultural y Deportivo Bohemios Asociacion Social Cultural y Deportivo Flores Club Asociacion De Fomento Santiago de Liniers y Biblioteca Popular Democracia y Progreso Club Social y Deportivo Agronomia Central y Biblioteca William C Morris Circulo Social Vertiz Kimberley Atletico Club Club Social y Deportivo Miriñaque Club Social Cultural y Deportivo Juventud Unida De Villa Soldati Asociaclon Civil De Vecinos Florentino Ameghino Asociacion Mutual Eslovena Triglav (A.M.E.Triglav) Asociacion Civil Club Social y Deportivo Estrella De Boedo Asociacion De Fomento y Biblioteca Popular Mariano Acosta Club Social y Deportivo Caballito Juniors Club Deportivo y Social Colegiales Asociacion De Fomento y Cultura Villa Cerini Asociacion Club Social y Deportivo Raulies Club Cultural y Deportivo 17 de Agosto - Asociacion Civil Club Gimnasia y Esgrima Villa del Parque Asociacion Mutualista Social y Deportiva Fenix Club Club Social y Deportivo Estudiantes del Norte Club Social y Deportivo America del Sud Asociacion Cristiana de Jovenes de la Republica Argentina Club Social y Deportivo Jorge Newbery de Versalles Club Atletico General Lamadrid Institución Cultural y Deportiva Pedro Echagüe Club Social y Deportivo Pacifico - Biblioteca 12 De Octubre Club Social y Deportivo Argentino La Emiliana Club Social De Cultura y Recreación Asociacion Vecinal De Fomento Edilicio Cultural y Deportivo Jose Hernandez Club Atletico Juventud De Liniers Club El Talar y Anexo Biblioteca Bartolome Mitre Circulo Penacho Azul Cultural Social y Deportivo Club Arquitectura Sembrando Futuro - Centro Cultural Social y Deportivo Club Social y Deportivo Mitre Circulo de Villa Devoto Club Atletico la Paternal Asociación Civil Club Atletico Stentor Buenos Aires Sur Asociacion Civil Villa Sahores - Asociacion de Fomento Villa Juncal y Biblioteca Popular Dr. Juan Pablo Echagüe Lugano Foot-Ball Club Social y Deportivo Sporting Social Club Institución Civil Club Social y Deportivo Yupanqui Club Social Cultural Y Deportivo del Barrio M. T. de Alvear "Alvear Club" Club De Gimnasia y Esgrima de Velez Sarsfield Club Ferrocarril Oeste Club Vasco Argentino Gure Echea
30-68370640-6 30-62870597-2 30-66150684-5 30-68274140-2
Club Atletico Lugano Club Social Cultural y Deportivo Homero Manzi - Asociacion Civil Club Social Cultural y Deportivo Bohemios Asociacion Social Cultural y Deportivo Flores Club Asociacion De Fomento Santiago de Liniers y Biblioteca Popular Democracia y Progreso Club Social y Deportivo Agronomia Central y Biblioteca William C Morris Circulo Social Vertiz Kimberley Atletico Club Club Social y Deportivo Miriñaque Club Social Cultural y Deportivo Juventud Unida De Villa Soldati Asociaclon Civil De Vecinos Florentino Ameghino Asociacion Mutual Eslovena Triglav (A.M.E.Triglav) Asociacion Civil Club Social y Deportivo Estrella De Boedo Asociacion De Fomento y Biblioteca Popular Mariano Acosta Club Social y Deportivo Caballito Juniors Club Deportivo y Social Colegiales Asociacion De Fomento y Cultura Villa Cerini Asociacion Club Social y Deportivo Raulies Club Cultural y Deportivo 17 de Agosto - Asociacion Civil Club Gimnasia y Esgrima Villa del Parque Asociacion Mutualista Social y Deportiva Fenix Club Club Social y Deportivo Estudiantes del Norte Club Social y Deportivo America del Sud Asociacion Cristiana de Jovenes de la Republica Argentina Club Social y Deportivo Jorge Newbery de Versalles Club Atletico General Lamadrid Institución Cultural y Deportiva Pedro Echagüe Club Social y Deportivo Pacifico - Biblioteca 12 De Octubre Club Social y Deportivo Argentino La Emiliana Club Social De Cultura y Recreación Asociacion Vecinal De Fomento Edilicio Cultural y Deportivo Jose Hernandez Club Atletico Juventud De Liniers Club El Talar y Anexo Biblioteca Bartolome Mitre Circulo Penacho Azul Cultural Social y Deportivo Club Arquitectura Sembrando Futuro - Centro Cultural Social y Deportivo Club Social y Deportivo Mitre Circulo de Villa Devoto Club Atletico la Paternal Asociación Civil Club Atletico Stentor Buenos Aires Sur Asociacion Civil Villa Sahores - Asociacion de Fomento Villa Juncal y Biblioteca Popular Dr. Juan Pablo Echagüe Lugano Foot-Ball Club Social y Deportivo Sporting Social Club Institución Civil Club Social y Deportivo Yupanqui Club Social Cultural Y Deportivo del Barrio M. T. de Alvear "Alvear Club" Club De Gimnasia y Esgrima de Velez Sarsfield Club Ferrocarril Oeste Club Vasco Argentino Gure Echea
Cafallate 4155 Beauchef 1050 Necochea 984 Quirno 947
192873 269335 35107 39802
24 12 14 18
$20,000 $20,000 $20,000 $20,000
5
40,338
6
40,242
7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
88,241 40,316 107,408 116,178 107,410 40,313 49,022 167,387 40,241 107,381 40,334 127,041 40,294 99,080 156,443 40,301 32,996 40,302 75,512 126,389 40,311 40,312 40,304 88,242
31
40,340
32 33 34 35 36 37 38 39 40 41
26,463 40,295 40,260 116,150 182,880 40,315 115,786 156,109 40,347 106,617
42
40,331
43 44 45
107,409 51,434 88,392
46
75,005
47 48 49
40,335 32,329 87,792
50
40,289
51 52 53
40,327 96,468 102,116
54
96,470
55 56
40,303 39,255
57
27,144
58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70
40,308 107,406 178,692 88,393 87,794 49,025 40,298 116,177 40,299 75,439 74,960 74,867 28,202
71
99,033
72
48,767
73 74 75 76 77 78 79 80 81
40,314 87,668 88,394 87,661 75,004 75,530 87,744 64,430 40,288
82
89,486
83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94
40,287 40,344 87,654 88,391 75,245 126,833 40,336 167,394 100,581 156,462 49,015 40,341
Club Atlético All Boys Saavedra Anexo Biblioteca Bernardino Rivadavia Club Oeste Club Deportivo Social y Cultural Deprop Asociación Civil Peñarol Argentino Club Asociación Vecinal Villa Urquiza Nor-Oeste y Club Atletico California Club Social Deportivo y Cultural Eros Club Bristol Sholem Buenos Aires Asociacion Civil, Social, Cultural, Educativa , Deportiva y Recreativa Club Social de Santa Lucia Circulo General Urquiza Circulo Social y Deportivo Del Once Asociacion Civil Club Manuel Belgrano Club Gimnasio Chacabuco Asociación Civil Club Social, Cultural y Deportivo Río De La Plata Sunderland Club Asociación Patriótica Italiana Giovanni Gentile Club Liniers Asociación Vecinal De Fomento Edilicio y Cultural El Alba Biblioteca Gral. Artigas Liga De Fomento Villa Gral. Mitre y Biblioteca Popular Mitre Club Comunicaciones Asociación Civil Círculos Unidos Don Juan de Garay, Odeon, Neptuno Asociación Vecinal Villa Gral. Mitre, Biblioteca Popular Ciencia y Labor Club Unión Devoto Social Allende Club Primero Premier Asociación Civil Asociación Vecinal Villa Luro Norte Biblioteca Popular Club Atlético Nuestro Buenos Aires Club Social y Deportivo Moran Asociación de Vecinos Pro Fomento Pueyrredon Club Social Deportivo y Cultural Mariano Moreno Centro Cultural Resurgimiento Asociacion Civil Club Social y Deportivo Franja de Oro Asociacion Civil Sociedad de Fomento y Cultura Malvinas Argentinas Club Atletlco Barracas Junlors Club Social y Deportivo Glorias Argentinas Bochin Club Asociacion Civil Asociacion Cultural y Deportiva Juventud de la Nueva Era Club Atletlco Parque de los Patricios Almagro Boxlng Club Asociacion Civil Club Social y Deportivo Laureles Argentinos Circulo Martin Fierro Asociacion Civil Fundacion Nueva Generacion del Deporte Asociacion Civil Club Atletico Madre Del Pueblo
Club Social y Deportivo Union Marchigiana Asociacion Cultural Social y Deportiva El Ideal
30-66142689-2 30-68173539-5 30-71085561-3 30-68578389-0 30-70740575-5 30-70732654-5 30-71084539-1 33-60492889-9 30-69605983-3 30-71080109-2 30-67734623-6 30-68178138-9 30-65906134-8 30-70946309-4 30-54184541-7 30-52656091-0 33-68582757-9 30-70309351-1 30-59507637-0 30-52537019-0 30-69665859-1 30-55100977-3 30-59845346-9 30-69767081-1 30-65625149-9 30-70925659-5 33-60541413-9 30-68970611-4 30-68574455-0 30-70786083-5 30-53030968-8 33-71453045-9 30-69036642-4 30-52774230-3 30-68493440-2 30-70204809-1 30-70977126-0 30-59252193-4 30-70863562-2 30-70298817-5 30-67823992-1 30-60974963-2 30-69552104-5 30-52741726-7 30-52708228-1
30-70847692-3 30-53150103-5 30-70739125-8 30-68277590-0 30-71000917-8 30-70706108-8 33-70228674-9 30-71133444-7 30-57806545-4 30-53068767-4 30-66322377-8 30-66105042-6 30-63082580-2 30-70395440-1 30-65808270-8 30-69547832-8 30-52673292-4 30-68576642-2 30-67705753-6 30-68501039-5 30-52775110-8 30-69611838-4 30-69040386-9 30-70732136-5 30-70809299-8 30-68500937-0 30-70924756-1 30-69772858-5 33-70916481-9 30-68009298-9 30-70904424-5 30-69610736-6 30-68274126-7 33-68211534-9 30-69665033-7 30-69094017-1 30-70229912-4 30-66152239-5 30-69445693-2 30-70701017-3 30-70952201-5 30-70229219-7 30-71430285-6 30-70859917-0 30-69671087-9
Club Atlético All Boys Saavedra Anexo Biblioteca Bernardino Rivadavia Club Oeste Club Deportivo Social y Cultural Deprop Asociación Civil Peñarol Argentino Club Asociación Vecinal Villa Urquiza Nor-Oeste y Club Atletico California Club Social Deportivo y Cultural Eros Club Bristol Sholem Buenos Aires Asociacion Civil, Social, Cultural, Educativa , Deportiva y Recreativa Club Social de Santa Lucia Circulo General Urquiza Circulo Social y Deportivo Del Once Asociacion Civil Club Manuel Belgrano Club Gimnasio Chacabuco Asociación Civil Club Social, Cultural y Deportivo Río De La Plata Sunderland Club Asociación Patriótica Italiana Giovanni Gentile Club Liniers Asociación Vecinal De Fomento Edilicio y Cultural El Alba Biblioteca Gral. Artigas Liga De Fomento Villa Gral. Mitre y Biblioteca Popular Mitre Club Comunicaciones Asociación Civil Círculos Unidos Don Juan de Garay, Odeon, Neptuno Asociación Vecinal Villa Gral. Mitre, Biblioteca Popular Ciencia y Labor Club Unión Devoto Social Allende Club Primero Premier Asociación Civil Asociación Vecinal Villa Luro Norte Biblioteca Popular Club Atlético Nuestro Buenos Aires Club Social y Deportivo Moran Asociación de Vecinos Pro Fomento Pueyrredon Club Social Deportivo y Cultural Mariano Moreno Centro Cultural Resurgimiento Asociacion Civil Club Social y Deportivo Franja de Oro Asociacion Civil Sociedad de Fomento y Cultura Malvinas Argentinas Club Atletlco Barracas Junlors Club Social y Deportivo Glorias Argentinas Bochin Club Asociacion Civil Asociacion Cultural y Deportiva Juventud de la Nueva Era Club Atletlco Parque de los Patricios Almagro Boxlng Club Asociacion Civil Club Social y Deportivo Laureles Argentinos Circulo Martin Fierro Asociacion Civil Fundacion Nueva Generacion del Deporte Asociacion Civil Club Atletico Madre Del Pueblo
Club Social y Deportivo Union Marchigiana Asociacion Cultural Social y Deportiva El Ideal TOTAL
Caaguazu 6151
20675
13
$20,000
Bauness 958
33705
20
$20,000
Andonaegui 1246 Joaquin V. Gonzalez 3238 Lynch 3471 Francisco I. Rabanal 2821 Av. Independencia 4264 Manuel Porcel de Peralta 1458 Constitucion 4151 Mariano Acosta 1544 Nicasio Oroño 566 Teodoro Garcia 2680 Arias 4775 Raulies 2043 Albarellos 2935 Tinogasta 2455 Vallejos 4516 Holmerg 4070 Francisco Bilbao 3760 Reconquista 439 Irigoyen 2050 Desaguadero 3120 Portella 836 San Tomé 3823 Albariño 2253 Terrada 4243
32429 789 429106 136770 99235 127864 147095 6411 16566 43102 28730 17545 158297 79 10025 17 28716 29016 134484 23216 335467 4637 1508 89760
20 43 42 12 56 19 56 50 29 7 20 29 20 43 46 69 18 18 19 19 18 43 47 27
$20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000
Bragado 5950
1379
36
$20,000
Montiel 1174 Nueva York 2960 Jose P. Tambolini 5658 Av. Francisco Beiro 2116 Balcarce 774 PB "1" Av. Segurola 1332 Pedro Moran 4151 Fragata Presidente Sarmiento 1951 Sarachaga 5634 Cochabamba 3650
19114 10278 31952 136848 23643 7094 11844 14232 32313 12861
13 27 20 12 52 59 27 29 13 56
$20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000 $20,000
San Tomé 2496
2457
43
$20,000
Lisandro de la Torre 4640 Heredia 1253 Guamini 4512
429113 30232 28150
42 20 24
$20,000 $20,000 $20,000
Jose Enrique Rodo 4190
4252483
42
$20,000
Joaquin V. Gonzalez 1511 Federico Garcia Lorca 350 Teniente General Juan Peron 2143
9250 8394 33590
59 29 9
$20,000 $30,000 $30,000
Besares 3142
78582
7
$30,000
Jose Maria Moreno 446 Av. Rivadavia 3777 PB Dpto "3" Zañartu 1547
173072 40981 135135
56 22 12
$30,000 $30,000 $30,000
Av. De los Constituyentes 5833
27454
20
$30,000
Uriarte 1609 La Rioja 1865
106104 148739
7 52
$30,000 $30,000
Maturin 2455
15914
30
$30,000
Av. Montes de Oca 1517 Frankiln D. Roosevelt 5345 Moreno 2583 Crisologo Larralde 5255 Miro 750 Ibera 5257 Lugones 3161 Juan Agustín Garcia 5270 Palmar 7035 Joaquin V. Gonzalez 2469 Navarro 2544 Gavilan 1540 Av. San Martin 5125
6404 28372 43188 11318 21425 142311 27423 674278 132679 8547 14607 15921 39314
66 20 22 8 50 20 20 59 13 43 27 30 5
$30,000 $30,000 $30,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000
Pavon 3918
23698
50
$40,000
General Cesar Diaz 2451
20903
19
$40,000
Melincue 4656 Campichuelo 472 Elpidio Gonzalez 5445 San Blas 4577 Pedro Moran 4246 Bazurco 2922 Freire 3151 Artigas 2262 Amancio Alcorta 3960
615008 14850 23360 614975 69249 14140 10629 23445 203454
59 52 19 59 27 27 8 43 16
$40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000
Av. Curapaligue 1155
20484
50
$40,000
Rio Cuarto 1400 Bragado 6875 Julian Alvarez 2355 General J.J Valle 2972 Alberti 2135 Av. Diaz Velez 4422 Laureles Argentinos 5056 La Rioja 1244 Piso 2°A Quintino Bocayuva 1241 Manzana 3 Casa 1 Villa 1-11-14 Nicasio Oroño 157 Montiel 5142
32726 57235 166087 427964 35589 137223 9007 15648 175917 430476 17842 27881
14 36 25 42 16 12 59 56 56 42 29 24
$40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $40,000 $ 2,690,000.00
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 44
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 2102/MHGC/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ANEXO II
ORDEN
BENEFICIARIO
INSTITUCIÓN / ORGANIZACIÓN
DOMICILIO
MONTO
1 2 3
Club Social y Deportivo Expreso Bariloche Asociación Mutual Casa del Boxeador Club Social y Deportivo Villa Malcolm Asociación Mutual Deportes de Contactos Artes Marciales y Afines de la República Argentina Sacachispas Fútbol Club Club Social y Deportivo Unión de Leones Alvaro Delmiro Almeyda Conde Club Atlético All Boys Club Social y Deportivo Liberal de Nueva Chicago Racing Club Asociación Civil Club Social y Deportivo Pampero Club Social y Deportivo Fulgor de Villa Crespo Club Social y Deportivo Villa Real Club Atlético Palermo Asociación Círculo Italo Argentino Liber Piemont Club Social, Cultural y Deportivo Villa Modelo Saber Asoc. De Fomento, Edificio, Agronomía y Biblioteca Popular El Resplandor Club Social, Cultural y Deportivo Homero Asociación Civil Deportivo Riestra Asociación de Fomento Barrio Colón Asociación Civil Nueva Estrella Asociación Atlética Argentinos Juniors Asociación de Fomento Parque Chas, Cultural, Social y Deportivo Asociación Civil Libertadores de San Cristobal para la Inclusión Social Ateneo Popular de Versailles Club Vecinal y Deportivo Defensores de Cervantes Club Social Cultural y Biblioteca Pedro Lozano Círculo Social y Deportivo Sin Rumbos Club Atlético Atlanta Bochin Clib Liniers Club Social Deportivo Cultural Español de la República Argentina Club Social y Deportivo Parque Asociación Asociación Civil Tierra, Techo y Trabajo Club Atlético San Telmo Darling Tennis Club Mano a Mano Asociación Civil Club Social y Deportivo Pinocho Club Social y Deportivo Albariño Centro de Graduados del Liceo Naval Militar Alte. Guillermo Brown Virgen del Carmen (Villa Nº 15)
Club Social y Deportivo Expreso Bariloche Asociación Mutual Casa del Boxeador Club Social y Deportivo Villa Malcolm Asociación Mutual Deportes de Contactos Artes Marciales y Afines de la República Argentina Sacachispas Fútbol Club Club Social y Deportivo Unión de Leones Federación Deportiva de Buenos Aires (FE.DE.BA.) Club Atlético All Boys Club Social y Deportivo Liberal de Nueva Chicago Racing Club Asociación Civil (Sede Villa del Parque) Club Social y Deportivo Pampero Club Social y Deportivo Fulgor de Villa Crespo Club Social y Deportivo Villa Real Club Atlético Palermo Asociación Círculo Italo Argentino Liber Piemont Club Social, Cultural y Deportivo Villa Modelo Saber Asoc. De Fomento, Edificio, Agronomía y Biblioteca Popular El Resplandor Club Social, Cultural y Deportivo Homero Asociación Civil Deportivo Riestra Asociación de Fomento Barrio Colón Asociación Civil Nueva Estrella Asociación Atlética Argentinos Juniors Asociación de Fomento Parque Chas, Cultural, Social y Deportivo Asociación Civil Libertadores de San Cristobal para la Inclusión Social Ateneo Popular de Versailles Club Vecinal y Deportivo Defensores de Cervantes Club Social Cultural y Biblioteca Pedro Lozano Círculo Social y Deportivo Sin Rumbos Club Atlético Atlanta Bochin Clib Liniers Club Social Deportivo Cultural Español de la República Argentina Club Social y Deportivo Parque Asociación Asociación Civil Tierra, Techo y Trabajo Club Atlético San Telmo Darling Tennis Club Mano a Mano Asociación Civil Club Social y Deportivo Pinocho Club Social y Deportivo Albariño Centro de Graduados del Liceo Naval Militar Alte. Guillermo Brown Virgen del Carmen (Villa Nº 15)
Jose Leon Suarez 2472 Bartolome Mitre 2020 2º "F" Av. Cordoba 5064
$ 20,000 $ 20,000 $ 20,000
4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39
Total
Bermudez 2366
$ 20,000
Jose Barros Pazos 3702 Hubac 5474 Carlos Calvo 2666 8º "A" Mercedes 1951 Av. Lisandro de la Torre 2288 Nogoya 3061 Av. Larrazabal 3033 Loyola 828 Tinogasta 5739 Fitz Roy 2238 M.A. Rodriguez 1191 Arismendi 2682
$ 20,000 $ 20,000 $ 20,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000 $ 30,000
Llerena 2727
$ 30,000
Valentin Gomez 3357 Del Bañado 2499 Santander 4600 Punta Arenas 1271
$ 30,000 $40,000 $ 40,000 $ 40,000
Bauness 1486
$ 40,000
Dean Funes 915 PB "F"
$ 40,000
Roma 950 Cervantes 1734 Gualeguaychu 2902 Jose P. Tamborini 6157 Humboldt 37 Av. Cnel. Ramón L. Falcón 6469
$ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000
Santiago de Compostela 3801
$ 40,000
Marcos Sastre 3268 Jorge Newbery 4860 Peru 1360 Brasil 50 Bacacay 3933 Manuela Pedraza 5139 Santander 4936
$ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000 $ 40,000
Intendente Cantilo 0
$ 40,000
Av. Eva Peron 6378 M 8 "1"
$ 40,000
$ 1,310,000.00
N° 4992 - 24/10/2016
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N° 45
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 2102/MHGC/16 (continuación)
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO III
Ciudad de Buenos Aires, __ de ___________ de 2016.
Declaro que recibí del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Ministerio/Área:________________________________, el aporte económico extraordinario y por única vez, aprobado por el Decreto Nº 486/16 a los fines del pago de servicios básicos. Institución/Organización beneficiaria: Domicilio: Importe recibido: $ Son Pesos: Otorgado por Acto Administrativo:
Medio de Pago: Efectivo Cheque N°
- Banco Ciudad de Buenos Aires
….………….………………………………….. FIRMA ….….………………………………………….. ACLARACIÓN ….…………………………………………….. DOCUMENTO (*) ….…………………………………………….. CARÁCTER
(*) Se adjunta fotocopia del Documento
FIN DEL ANEXO
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N° 46
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 375/SSGEOPE/16
ANEXO I Orden
N* Invent.
1
5257676
2
5313324
3
5313325
4
5313326
5
5313327
6
Rubro Patrimonial 03.07.02 - Equipos Médicos e Instrumental de Uso Hospitalario (Excluido los de laboratorio) 03.04.81 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida a Conciliar 03.04.81 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida a Conciliar 03.04.81 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida a Conciliar 03.04.81 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida a Conciliar
concepto
Monto Orig.
Monto Residua
alicate
5.49
balanza
391.54
balanza
1.00
balanza
331.50
33.74
balanza
331.50
33.74
5313524 03.01.02 - Cerramientos, Tabiques y Divisiones
balanza
420.00
448.87
7
5285124 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
balde
5.00
5.33
8
5285125 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
balde
5.00
5.33
9
5285127 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
balde
5.00
5.33
10
5285129 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
balde
5.00
5.33
11
5285131 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
balde
5.00
5.33
12
5285133 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
balde
5.00
5.33
13
5312197 03.01.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
balde construccion
7.95
8.51
14
88743 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
bandeja portateclado
264.99
278.88
15
5423 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
banqueta
218.60
230.05
16
5426 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
banqueta
218.60
230.05
17
5427 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
banqueta
218.62
230.09
18
5285147 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
batidora
1.00
1.07
19
5285150 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
batidora
1.00
1.07
20
5407295 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
biblioteca
419.00
21
6302881
22
6270467 03.11.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
23
6273654 03.11.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
24
5363
25
5364
26
5433000
27
8172312
03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, bloqueador de telediscado Hub, etc.)
03.11.04 - Muebles y Artefactos Vs. de uso Doméstico (Excluye Artef de Calefacción, Ventilación, Refrigeración) 03.11.04 - Muebles y Artefactos Vs. de uso Doméstico (Excluye Artef de Calefacción, Ventilación, Refrigeración) 03.11.05 - Artefactos de Calefaccíon, Ventilación, Refrigeración de Uso Doméstico 03.11.04 - Muebles y Artefactos Vs. de uso Doméstico (Excluye Artef de Calefacción, Ventilación, Refrigeración)
0.56 39.85 0.10
447.84
1.00
1.00
bloqueador telestop
1.00
1.00
bloqueador telestop
1.00
1.00
cafetera
219.00
230.49
cafetera
539.00
567.25
cafetera
139.00
148.54
cafetera
628.44
628.44
28
2667 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
29
2669 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 47
30
2670 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
31
2671 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
32
3014 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
33
3015 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
34
3016 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
35
3018 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
36
3019 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
37
3020 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
38
3021 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
39
3022 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
40
3023 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
41
3024 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
42
3025 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
43
3026 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
44
3027 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
45
3028 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
46
3029 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
47
3030 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
48
3031 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
49
3032 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
50
3033 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
51
3034 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
52
3035 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
53
3036 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
54
3037 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
55
3038 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
56
3039 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
57
3040 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
58
3041 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
59
3042 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
60
3043 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
61
3044 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
62
3045 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 48
63
3191 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
64
3192 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
65
5445 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
66
5446 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
67
5447 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
68
5448 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
69
5449 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
70
5450 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
71
5451 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
72
5452 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
73
5454 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
74
5455 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
75
5458 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
76
5459 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
77
5460 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
78
5464 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
79
5465 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
80
5468 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
81
5469 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
82
5470 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
83
5471 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
84
5472 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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85
5473 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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86
5474 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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5475 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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88
5476 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
89
5477 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
90
5478 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
91
5479 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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5480 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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93
5481 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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5482 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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5483 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 49
96
5484 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
97
5485 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
98
5486 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
99
5487 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
100
5488 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
101
5489 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
102
5490 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
103
5491 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
104
5492 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
105
5493 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
106
5494 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5495 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
108
5496 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5497 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5498 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
111
5499 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5500 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
113
5501 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5503 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
115
5504 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
116
5505 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
117
5506 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
118
5507 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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5508 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
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120
5509 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
121
5510 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5511 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5512 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5513 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5514 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5515 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5516 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5517 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 50
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5518 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5519 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5520 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5522 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5523 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
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5525 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
135
5526 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
136
5527 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
137
5529 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
138
5530 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
139
5532 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
140
5534 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
141
5535 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
142
5536 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
143
5538 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
144
5568 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
cajonera 2 cajones
388.41
408.76
145
5285299 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
calentador
1.00
1.07
146
5285301 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
calentador
1.00
1.07
147
5285302 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
calentador
1.00
1.07
148
5285342 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
canasto de albañil
1.00
1.07
149
5285344 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
canasto de albañil
1.00
1.07
cargador de bateria
149.00
3.03
cargador de bateria
164.00
3.34
151
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos 5312952 Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos 5312953 Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
152
5285349 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
carretilla
1.00
1.07
153
5285353 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
carretilla
1.00
1.07
154
5285355 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
carretilla
1.00
1.07
155
5285357 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
carretilla
1.00
1.07
156
5285359 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
carretilla
1.00
1.07
157
5313317 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
carretilla
480.67
513.71
158
5312954 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
central telefonica
5,058.84
514.94
combo cesto
452.54
476.26
control remoto
219.00
187.43
cpu monitor y mouse
1,447.85
150
159
5764 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
160
5036828 03.04.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
161
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos 295162 Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
29.48
N° 4992 - 24/10/2016
162
295163
163
295164
164
295166
165
5312963
166
5312964
167
5312965
168
5312970
169
5312976
170
5312977
171
5313053
172
5313056
173
5313057
174
5313058
175
5313059
176
5313071
177
5313080
178
5313088
179
5313090
180
5313125
181
5313129
182
5313179
183
5313230
184
5313233
185
5313247
186
5313249
187
5313251
188
5595536
189
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
N° 51
cpu monitor y mouse
2,268.19
46.18
cpu monitor y mouse
2,823.79
57.49
cpu monitor y mouse
2,268.19
46.18
cpu monitor y mouse
4,026.00
104.03
cpu monitor y mouse
2,823.79
72.96
cpu monitor y mouse
2,823.79
72.96
cpu monitor y mouse
3,779.00
96.61
cpu monitor y mouse
2,099.00
42.73
cpu monitor y mouse
1,447.85
37.41
cpu monitor y mouse
3,177.05
82.08
cpu monitor y mouse
4,034.24
104.24
cpu monitor y mouse
2,269.00
46.19
cpu monitor y mouse
2,823.79
72.96
cpu monitor y mouse
594.87
12.11
cpu monitor y mouse
2,823.60
72.95
cpu monitor y mouse
2,268.19
58.61
cpu monitor y mouse
4,026.88
104.03
cpu monitor y mouse
2,823.79
57.49
cpu monitor y mouse
1,716.09
34.94
cpu monitor y mouse
2,269.00
46.19
cpu monitor y mouse
2,269.00
58.62
cpu monitor y mouse
4,958.10
49.57
cpu monitor y mouse
2,823.79
72.96
cpu monitor y mouse
20.00
cpu monitor y mouse
2,430.00
49.47
cpu monitor y mouse
1,361.00
27.71
cpu monitor y mouse
1,600.00
32.57
5285943 03.09.02 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Obra
cuchara de albañil
1.00
190
5313321 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
destructora de documentos
159.00
191
5313322 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
destructora de documentos
1.00
1.07
192
5313174
298.00
6.07
760.00
268.34
908.00
645.87
193 194
03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, dico rigido Hub, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos disco rigido externo 3372 Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos disco rigido externo 696176 Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
0.41
1.07 169.92
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
195
5772723 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
196
5412068
197
5313320 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
198 199
N° 52
escritorio
601.00
601.00
estufa infraroja
105.00
112.22
expendedora d enumeros con pie
111.70
119.40
5574 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
extencion escritorio
362.03
381.03
5577 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
extencion escritorio
362.03
381.03
fuente para notebook
235.29
83.07
funda para notebook
399.00
332.68
horno electrico
349.00
367.31
impresora laser
3,205.00
65.25
impresora laser
6,072.00
156.88
impresora laser
700.01
impresora laser
6,686.00
172.75
impresora laser
1,594.50
32.46
impresora laser
994.03
20.24
impresora laser
820.97
16.71
impresora laser
4,506.20
116.43
impresora laser
3,599.00
73.27
impresora laser
3,120.00
63.52
lampara de mesa
72.00
76.95
200
12700
201
505300
202
5367
203
5312981
204
5312984
205
5312985
206
5313102
207
5313187
208
5313215
209
5313216
210
5313253
211
5313254
212
5595061
213
5596129
03.11.05 - Artefactos de Calefaccíon, Ventilación, Refrigeración de Uso Doméstico
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.11.04 - Muebles y Artefactos Vs. de uso Doméstico (Excluye Artef de Calefacción, Ventilación, Refrigeración) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.11.06 - Artefactos de Iluminación Eléctrica para Interior y Exterior
14.25
214
465001 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
215
465002 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
216
465003 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
217
465004 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
218
465005 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
219
465006 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
220
465007 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
221
465008 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
222
465009 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
223
485194 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
224
485195 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
225
485196 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
226
485197 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
227
485198 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 53
228
485199 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
229
485200 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
230
485201 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
231
485202 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
232
485203 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
233
485204 03.09.05 - Herramientas y Útiles de Trabajo para Incendio
matafuego
349.00
382.17
234
485757
memoria con conector
273.70
170.18
235
485758
memoria con conector
273.70
170.18
236
485759
memoria con conector
273.70
170.18
237
485760
memoria con conector
273.70
170.18
238
485761
memoria con conector
273.70
170.18
239
485762
memoria con conector
273.70
170.18
240
485763
memoria con conector
273.70
170.18
241
485764
memoria con conector
273.70
170.18
242
485765
memoria con conector
273.70
170.18
243
485766
memoria con conector
273.70
170.18
244
485767
memoria con conector
273.70
170.18
245
485768
memoria con conector
273.70
170.18
246
5313175
memoria de conector
112.00
2.28
247
5313176
memoria de conector
112.00
2.28
248
5313203
memoria de conector
112.00
2.28
249
5313204
memoria de conector
10.00
0.20
250
19887
251
5312986
252
5312993
253
5312994
254
5312995
255
5312997
256
5313012
257
5313014
258
5313015
259
5313188
260
5313189
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
minidisplay port hdmi audio 259.00 y video
91.45
monitor color
330.00
6.72
monitor color
1,235.00
31.90
monitor color
1,235.00
31.90
monitor color
1,235.00
31.90
monitor color
1,235.00
31.90
monitor color
370.00
7.53
monitor color
600.00
15.50
monitor color
400.00
8.14
monitor color
535.00
10.89
monitor color
600.00
12.21
N° 4992 - 24/10/2016
261
5313190
262
5313217
263
5313218
264
5313219
265
5313220
266
5313221
267
5313222
268
5313257
269
5313258
270
5406913
271
5247178
272
5406922
273
5699214
274
5313016
275
5313191
276
5313192
277
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
N° 54
monitor color
400.00
8.14
monitor color
319.00
6.49
monitor color
400.00
8.14
monitor color
400.00
8.14
monitor color
400.00
8.14
monitor color
400.00
8.14
monitor color
600.00
12.21
monitor color
400.00
8.14
monitor color
330.00
6.72
monitor color
1,000.00
25.84
monitor lcd
3,740.00
76.14
monitor lcd
1,000.00
20.36
monitor lcd
1,300.00
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mouse
18.00
0.37
mouse
14.00
0.29
mouse
19.00
0.39
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panel divisorio
420.00
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278
5313521 03.01.02 - Cerramientos, Tabiques y Divisiones
panel divisorio
490.00
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279
5313522 03.01.02 - Cerramientos, Tabiques y Divisiones
panel divisorio
425.00
454.22
280
5313523 03.01.02 - Cerramientos, Tabiques y Divisiones
panel divisorio
425.00
454.22
281
5313525 03.01.02 - Cerramientos, Tabiques y Divisiones
panel divisorio
500.00
534.42
parlante para pc
338.00
119.34
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
201.71
4.11
parlante para pc
201.71
4.11
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
282
5343
283
5313017
284
5313018
285
5313019
286
5313020
287
5313064
288
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5313075
290
5313076
291
5313077
292
5313078
293
5313103
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
N° 4992 - 24/10/2016
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302
5313208
303
5313209
304
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
N° 55
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
parlante para pc
10.00
0.20
5313139 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
pc y conmutador
1,918.88
305
5313312 03.09.99 - Otros Bienes no Clasificados Previamente
pinza para cripear fichas
17.00
18.18
306
5596109
radiador
99.00
105.82
radio
176.66
17.98
radiograbador
289.00
308.89
reloj de pared
429.00
347.49
router
252.85
89.29
router
453.00
363.31
router
270.00
5.50
scanner
1.00
0.02
servidor computadora
9,249.00
238.97
308
03.11.05 - Artefactos de Calefaccíon, Ventilación, Refrigeración de Uso Doméstico 03.04.02 - Aparatos e Instrumentos Transmisores y 5411708 Receptores de Imágenes, Sonidos, Signo y/o Señales 03.11.04 - Muebles y Artefactos Vs. de uso Doméstico 5312999 (Excluye Artef de Calefacción, Ventilación, Refrigeración)
309
5249051 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
307
310
28743
311
5248936
312
5313000
313
5313193
314
5312966
03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
195.32
315
278412 03.09.01 - Herramientas y Utiles de Trabajo para Taller
set de herramientas
280.00
306.63
316
233283 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
492.47
518.30
317
476489 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
435.60
487.06
318
2156630 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
540.00
591.33
319
5596106 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
414.00
442.51
320
5796632 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
500.00
500.00
321
5796642 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
500.00
500.00
322
5698 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
386.53
406.78
323
5724 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
324
5725 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
325
5726 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
326
5727 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
378.00
397.81
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 56
327
5728 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
328
5729 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
329
5730 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
330
5732 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
331
5733 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
227.87
239.81
332
5407300 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
351.00
375.13
333
5407302 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla
321.00
343.10
334
6274390 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
silla tipo gerencial
1.00
335
5599483 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
sillon
110.92
118.55
336
5599484 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
sillon
110.92
118.55
337
85616 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
sillon kourus
1.00
252.00
144.02
338
03.04.04 - Aparatos e Instrumentos Eléctricos y Electrónicos sist. Control ingreso 5313001 (No de Uso Doméstico) personal
6,830.00
695.23
339
5599705 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
sofa 1 cuerpo
217.80
232.76
340
5599706 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
sofa 1 cuerpo
217.80
232.76
341
5313290
450.00
9.16
342
5407263 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
soporte cpu
163.35
174.57
343
5313003
switch
135.00
2.75
344
5313148
switch
85.00
1.73
345
5313177
switch
179.00
3.64
346
5595579
switch
128.25
2.61
347
5595659
switch
114.00
2.32
348
5595711
switch
64.97
1.32
tandem de sillas
568.61
teclado
15.00
0.31
teclado
60.00
1.22
teclado
30.00
0.61
teclado
20.00
0.41
teclado
60.00
1.22
teclado
80.00
2.06
teclado
30.00
0.61
teclado
20.00
0.41
teclado
30.00
0.61
teclado
38.47
0.78
349
03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, software Hub, etc.)
03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.) 03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, Hub, etc.)
5742 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
350
5313021
351
5313022
352
5313023
353
5313024
354
5313025
355
5313026
356
5313027
357
5313028
358
5313029
359
5313030
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.)
598.41
N° 4992 - 24/10/2016
360
5313031
361
5313194
362
5313195
363
5313223
364
5313224
365
5313225
366
5313226
367
5313227
368
5406858
369
5406880
370
5406916
371
186142
372
2365852
373
5113578
374
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.06.01 - Equipamientos de Escritorio y Dispositivos Externos( PC, impresoras, Note/netbooks, scaners, etc.) 03.04.02 - Aparatos e Instrumentos Transmisores y Receptores de Imágenes, Sonidos, Signo y/o Señales 03.04.02 - Aparatos e Instrumentos Transmisores y Receptores de Imágenes, Sonidos, Signo y/o Señales 03.04.02 - Aparatos e Instrumentos Transmisores y Receptores de Imágenes, Sonidos, Signo y/o Señales
N° 57
teclado
20.00
0.41
teclado
60.00
1.22
teclado
30.00
0.61
teclado
30.00
0.61
teclado
15.00
0.31
teclado
15.00
0.31
teclado
20.00
0.41
teclado
20.00
0.41
teclado
50.00
1.02
teclado
50.00
1.02
teclado
50.00
1.02
telefono
66.20
8.54
telefono
219.00
187.43
telefono
239.00
204.56
5313008 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
375
5313009 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
376
5313010 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
377
5313032 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
68.99
7.02
378
5313033 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
68.99
7.02
379
5313034 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
68.99
7.02
380
5313035 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
100.00
10.18
381
5313036 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
68.99
7.02
382
5313037 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
383
5313040 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
26.14
2.66
384
5313043 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
395.00
40.21
385
5313044 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
250.47
25.50
386
5313050 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
387
5313051 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
388
5313062 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
225.00
22.90
389
5313079 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
390
5313084 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
391
5313085 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
392
5313086 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
395.00
40.21
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 58
393
5313092 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
394
5313093 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
395
5313109 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
68.99
7.02
396
5313110 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
397
5313111 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
158.99
16.18
398
5313118 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
158.99
16.18
399
5313133 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
300.00
30.54
400
5313135 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
225.00
22.90
401
5313136 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
225.00
22.90
402
5313137 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
169.00
17.20
403
5313138 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
390.00
39.70
404
5313149 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
69.80
7.10
405
5313150 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
68.99
7.02
406
5313151 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
407
5313153 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
408
5313154 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
409
5313155 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
410
5313156 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
411
5313159 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
412
5313160 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
413
5313161 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
414
5313162 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
415
5313164 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
416
5313165 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
417
5313167 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
418
5313168 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
419
5313169 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
390.00
39.70
420
5313170 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
1.00
0.10
421
5313178 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
422
5313196 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
423
5313197 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
66.79
6.80
424
5313210 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
90.00
9.16
425
5313211 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
telefono
95.00
9.67
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N° 59
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 375/SSGEOPE/16 (continuación) 426
5313212 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
427
5406206
428
5037372 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
429
276604 03.11.02 - Muebles y Artefactos Varios de Oficina
03.04.02 - Aparatos e Instrumentos Transmisores y Receptores de Imágenes, Sonidos, Signo y/o Señales
telefono
95.00
9.67
telefono
29.00
2.95
telefono
405.00
432.87
telefono inalambrico
302.50
331.27
430
6740 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
termohigrometro
808.28
329.28
431
6741 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
termohigrometro
808.28
329.28
432
6742 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
termohigrometro
808.28
329.28
433
6743 03.04.01 - Aparatos e Instrumentos de Precisión y Medida
termohigrometro
808.28
329.28
170.01
3.46
434
03.06.02 - Equipamientos de Comunicación (Routers, Switch, tester 5313313 Hub, etc.)
FIN DEL ANEXO
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N° 60
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 161/SSADS/16
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ADECUACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL DATA CENTER DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14, 114/16 y 411/16, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14, y las presentes Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas. Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCABA) llama a Licitación Pública para la ”Contratación del servicio de adecuación y puesta en valor del Data Center del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14). Art. 3.- PLAZO DE CONTRATACIÓN La duración de la contratación del servicio será de ciento veinte (120) días hábiles a partir del perfeccionamiento de la respectiva Orden de Compra. Dentro del plazo contractual, el adjudicatario deberá cumplimentar el servicio y plazos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 4.- CÓMPUTO DE PLAZOS
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El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en los Artículos 5 “Cómputo de Plazos” y 7 “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto N° 1.145/09 reglamentario del Artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por DNU N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado según Ley N° 5.454). Art. 5.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Se considerará domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. La Dirección General Suministros de Seguridad constituye domicilio en la Av. Regimiento de Patricios Nº 1142 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales, que para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires - Departamento Oficios Judiciales y Cédulas - sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Art. 6.- JURISDICCIÓN Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el GCBA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 7.- OBTENCIÓN DEL PLIEGO Los Pliegos de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública se encuentran disponibles en forma gratuita en el portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC). Art. 8.- INSCRIPCIÓN Los interesados en participar en los procedimientos de selección electrónica deberán
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haber iniciado el trámite de inscripción como proveedores del GCABA, a través de Buenos Aires Compras (BAC) en el RIUPP del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. Art. 9.- CONSULTAS Las consultas relacionadas con el presente proceso licitatorio deben realizarse mediante BAC. GARANTÍAS Art. 10.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por Decretos Nros. 114/16 y 411/16. No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado como depósito de garantía. Art. 11.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 12.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada en la Dirección General Suministros de Seguridad dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la Av. Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Art. 13.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía de cumplimiento de contrato será del diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar y entregar a la Dirección General Suministros de Seguridad la constancia respectiva de la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de Compra. Art. 14.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN La garantía de impugnación al pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado de contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La garantía de impugnación a la pre adjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta pre adjudicada, conforme lo establecido por el Artículo 17.1. Inciso f) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Los depósitos de ambas garantías deberán efectuarse en la Cuenta Corriente - Nº 26.678/7 "Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco Ciudad Autónoma de Buenos Aires. DE LA OFERTA Art. 15.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días hábiles desde el Acto de Apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 104 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), cuya reglamentación se encuentra en el Artículo 102 del Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Art. 16.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y las Especificaciones Técnicas, y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte
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electrónicamente, integrarán la oferta. No se admitirán más ofertas que las presentadas en BAC, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto. De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros de Seguridad, ubicada en la Av. Regimiento de
Patricios
Nº 1142 1°
piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del oferente. Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original. Art. 17.- FORMA DE COTIZAR El oferente debe formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el Renglón. En todos los casos para los productos ofrecidos debe consignarse marca, modelo y características técnicas de los mismos. No se admitirá especificar simplemente "según Pliego" como identificación del producto/servicio ofrecido. Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el Renglón. Junto con las propuestas se debe incluir todos los folletos, catálogos, métodos y manuales en idioma español, aceptándose como idioma alternativo el inglés con su respectiva traducción al idioma español. No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte del Renglón. Tampoco serán admitidas aquellas ofertas que no presenten un detalle técnico de lo ofertado, es decir toda aquella oferta que no brinde los elementos mínimos para una evaluación por parte de la Comisión de Evaluación de ofertas. Si el producto fuese de origen importado se deberá cotizar el producto nacionalizado y puesto en el lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que oportunamente defina la Dirección General Suministros de Seguridad. En este caso se admitirá la cotización en
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moneda de origen, euro o dólar estadounidense. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos relativos al producto, sin que se considere taxativo el transporte hasta los lugares de destino final. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACION PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO. NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES. Art. 18.- FALSEAMIENTO DE DATOS El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del adjudicatario, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder. Art. 19.- CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener: 1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), con indicación de fecha de suscripción de dicho documento. 2) Garantía de la Oferta, de acuerdo a lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 3) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa. 4) Declaración Jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública. 5) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia.
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6) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares Con y Sin Consulta. 7) Acreditación de Personería: Personas Humanas. a) Documento Nacional de Identidad. b) Para el caso de extranjeros, pasaporte válido y vigente, o residencia emitida por la Dirección Nacional de Migraciones que permita ejercer el comercio. Personas Jurídicas. a) Contrato Social y Acta de designación del representante (v.g. Estatuto de Sociedad Anónima, Acta de Asamblea de designación de Directores y Actas de Directorio de distribución de cargos en la que se nombra Presidente o su equivalente según el tipo societario, sea S.A, S.R.L, y las demás previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, como también Asociaciones Civiles, Fundaciones, etc.) con la correspondiente inscripción ante el Registro Público de Comercio. Si en el contrato social se han limitado las facultades del representante legal, estableciéndose que los actos objeto de la presente requieren ser autorizados por el Directorio, Asamblea u otro órgano según el tipo de persona jurídica de que se trate se acompañará también el acta que expresamente lo autorice. En cualquier caso, las copias deberán ser certificadas por escribano público. 8) Constancia/s de visita/s (Anexo I del presente Pliego): Los oferentes deberán visitar indefectiblemente las instalaciones referidas a los renglones que coticen, a fin de instruirse de todas las características que hacen a la prestación del servicio. La visita deberá realizarse en el horario de 9:00 a 14:00 dentro de las 72 horas de publicado el llamado a Licitación y previamente será coordinada con la Dirección General de Estudios y Tecnología de la Información al teléfono 4323-8900 Int. 5247, con domicilio en Av. Regimiento de Patricios N° 1142, 5° Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento de los lugares y de las condiciones ambientales en las que se desarrollarán las tareas que se le contraten. 9) Constancia que acredite en forma fehaciente la denominación del fabricante y el lugar
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de origen de todos los productos ofertados. 10) El oferente, deberá acreditar fehacientemente su condición de fabricante (del hardware), representante o distribuidor oficial de los productos propuestos. Para los dos (2) últimos casos, deberá presentar una constancia que acredite una antigüedad mínima con la marca de cinco (5) años y su condición de canal autorizado, a través de una nota del fabricante. 11) Nota por parte del fabricante, a fin de que el mismo garantice que es directamente quien brinda la garantía de los productos ofertados y validando la solución ofertada por el oferente. 12) Cronograma de ejecución del proyecto: Plan de Trabajo. El Plan de Trabajo deberá ser aprobado por el Responsable del Proyecto que el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (MJYSGC) oportunamente designe. El mismo debe detallar todas las etapas, indicando en un diagrama de tipo Gantt o de barras, los tiempos de ejecución. 13) Garantía de los productos y técnica no inferior a tres (3) años. 14) Deberá presentar antecedentes que acrediten su experiencia en la provisión y puesta en marcha de sistemas similares a los solicitados. Para ello, debe indicar la cantidad de sistemas en servicio, su fecha de habilitación y la empresa propietaria o usuaria de los mismos. 15) Deberá presentar los antecedentes de un mínimo de 3 (tres) instalaciones similares a la solicitada por el presente llamado, indicando nombre de la Organización, nombre y posición del contacto, teléfono, dirección, correo electrónico, descripción de la instalación, fecha de implantación, y facilitando una visita del MJYSGC, en caso que éste así lo requiera, a cualquiera de las instalaciones presentadas. 16) El fabricante deberá certificar su presencia en el país, de modo de asegurar el soporte técnico local permanente. 17) La cotización. Art. 20.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios: a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC. b) Que no esté cumplimentada la garantía de oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos pliegos.
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c) Que la documentación que deba contener falte, o esté incompleta y/o deficiente. d) Que al momento de la pre adjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. e) Que la oferta técnica no detalle los elementos mínimos que hagan posible una evaluación por parte de la Comisión Evaluadora de Ofertas, no entendiéndose como tal la remisión al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. f) Que la oferta presentada contenga condicionamientos. g) Que el original no estuviese firmado por el oferente o su representante legal. h) Que incurra en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevean en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. El GCABA se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste sustancialmente a las condiciones de la presente Licitación.
Art. 21.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante dudas o desconocimiento. El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición, deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o agentes. Art. 22.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de Renglón. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. APERTURA Art. 23.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC.
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Art. 24.- ACTO DE APERTURA El Acto de Apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en correspondiente llamado, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. Si el día señalado para la Apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente. El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes de los pliegos, y publicando dicha postergación en los términos previstos por el Artículo 100 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y su reglamentación. Art. 25.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN La Comisión de Evaluación de Ofertas, emitirá su Dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y su Decreto Reglamentario N° 1.145/09, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Art. 26.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir de los oferentes aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en las mismas y en la información complementaria, debiendo responder éstos en el plazo que de acuerdo a la complejidad y circunstancias se establezca en el requerimiento. Art. 27.- RECHAZO El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno. Art. 28.- DE LA PRE ADJUDICACIÓN La pre adjudicación del Renglón recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al Pliego
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Único de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, la idoneidad del oferente, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de la pre adjudicación será conforme lo estipulado en el Artículo 19 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El
Dictamen
de
Evaluación
de
Ofertas
será
publicado
en
el
portal
www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día. Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC. Art. 29.- IMPUGNACIONES A LA PRE ADJUDICACIÓN Los interesados podrán formular impugnaciones a la pre adjudicación en el plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente, de conformidad con los Artículos 20 y 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y Artículo 14 del presente Pliego. Dicha garantía deberá ser presentada en la sede de la Dirección General Suministros de Seguridad, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la constancia de constitución; caso contrario, la impugnación no será considerada. Art. 30.- ADJUDICACIÓN La autoridad competente dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, registrado y protocolizado, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes. La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día. Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de adjudicación se rigen por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por DNU N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado según Ley N° 5.454).
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Art. 31- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Art. 32- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al adjudicatario, tal lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 33.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Cláusulas Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas, y de la respectiva Orden de Compra. En cualquier caso deberá tenerse en cuenta lo previsto en los Artículos referentes a sanciones y penalidades. Art. 34.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Son obligaciones del adjudicatario: a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado y diligencia. b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA. c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DE PENALIDADES”. Art. 35.- SEGUROS a) Generalidades El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y
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acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Dirección General de Seguros conforme la Resolución Nº 2780/MHGC/10. Asimismo es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCABA, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad. El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Pliego, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el adjudicatario asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
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Quedará a criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario. b) De las compañías aseguradoras. Las coberturas de seguros deberán ser contratadas en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los pesos quinientos millones ($ 500.000.000), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo dicho anteriormente y enumerado no será requerido en los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (garantías de cumplimiento). c) De los seguros en particular 1) Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiera contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, del Pliego de Especificaciones Técnicas, y del Contrato. a) Seguro de Riesgos del Trabajo En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia: Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: “Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de
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repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.” 2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder) En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario. Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: “Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.” Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes: Seguro de Accidentes Personales: La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza. Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo): - Muerte: pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). -Invalidez total y/o parcial permanente por accidente: pesos cuatrocientos mil ($ 400.000).
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- Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): pesos quince mil ($ 15.000). 3) Seguro de Responsabilidad Civil. El adjudicatario deberá amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCABA, como consecuencia, directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente Licitación, por un monto mínimo de suma asegurada de pesos diez millones ($10.000.000,00.-) La cobertura deberá incluir daños en ocasión de: a) Caída de objetos. b) Incendio y/o explosión. c) Carga y descarga de materiales. d) Derrumbe de edificios linderos. e) Cables, descargas eléctricas. La cobertura incluirá los daños que se ocasionen por el uso y desplazamiento de los automotores o maquinarias y equipos viales afectados a los servicios contratados y/o los que provoquen o involucren a la carga transportada, así como aquellos que sean ocasionados por el personal a su cargo y/o subcontratado. También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución. De corresponder, formarán parte de esta cobertura los eventuales accidentes que se produzcan a consecuencia de conexiones eléctricas provisorias o definitivas defectuosas, zanjas abiertas (con o sin protección), solados (pavimentos y/o veredas) deteriorados o sin reparar como consecuencia del desarrollo de la prestación contratada, entendiéndose comprendidas aquellas situaciones conexas como zanjas, pozos abiertos, etc. Estarán incluidos dentro de la cobertura los accidentes ocasionados en restos de viejas instalaciones que con motivo de la prestación contratada puedan existir y deban ser removidos y retirados por los adjudicatarios. En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante será asumida por el oferente. Las pólizas deberán contener: - Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. - Una cláusula por medio de la cual, la adjudicataria se comprometa a comunicar
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fehacientemente al GCABA con treinta (30) días de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación y/o vencimiento de la misma y/o reducciones de los montos de las coberturas. 4) Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva (En el supuesto de corresponder) El Adjudicatario deberá contratar la póliza de Seguro por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva a efectos de cumplir las exigencias del Artículo 22 de la Ley General de Ambiente N° 25.675. Así mismo, dicha póliza deberá remitirse en original ante la Dirección General de Seguros, de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Nros. 2/SSFIN-APRA/15 y 2780/MHGC/10. Art. 36.- PLAZO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO Las pólizas de seguro mencionadas en el Artículo 37, deberán ser presentadas en un plazo de cinco (5) días corridos de haber sido perfeccionada la Orden de Compra. Art. 37.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Licitación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace
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extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Condiciones Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas y del Contrato en general, debiendo los subadjudicatarios cumplir con todas las obligaciones previstas en los respectivos Pliegos para el adjudicatario de la Administración. Art. 38.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO El contrato que se celebre con el adjudicatario como los derechos que de él emerjan NO podrán ser cedidos o transferidos por el/los adjudicatario/s a terceros, sin previa autorización debidamente fundada de la autoridad que haya dispuesto la adjudicación. RÉGIMEN DE PENALIDADES Art. 39.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades: a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas. c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Las penalidades establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por la adjudicataria.
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Art. 40.- MULTAS En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales que se enuncian a continuación. Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad previstos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. 1. Falsedad o falsificación de documentación u omisión de información y/o de los datos incorporados a la información aportada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Las multas son aplicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. 2. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. 3. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato que se rehabilita. Art. 41.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se pierde en forma proporcional. 2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un veinte por ciento (20%) del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres (3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.
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Art. 42.- PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Art. 43.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 Anexo I del Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y perjuicios. 2. Rechazo de la orden de compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños
y
perjuicios
que
hubiere
causado
con
su
accionar.
3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo. Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato o de un monto equivalente a dicha garantía, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere
causado
con
su
accionar.
4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación, no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) a la que se hace mención en el Artículo 40 del presente Pliego o, dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho (cfr. Artículo 123 de la Ley N° 2.095 texto consolidado por ley N° 5.454 reglamentado por Artículos 121 del Anexo I del Decreto N° 95/14, modificado por los Decretos
Nros.
114/16
y
411/16).
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5. Falta de entrega vencido el plazo del cumplimiento contractual, de su prórroga o del contrato rehabilitado. Se rescindirá el contrato de plano derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado
con
su
accionar.
6. Incumplimiento de contrato con prestaciones de carácter especial. El incumplimiento de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es penalizado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 7. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de las daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el co-contratante trasfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Art. 44.- SANCIONES Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente pliego, los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 137 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454).
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Art. 45.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Son causales de extinción del contrato las siguientes: a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente Pliego; b) Mutuo acuerdo; c) Quiebra del adjudicatario; d) Rescisión. Art. 46.- PAGO El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26 al 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 47.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN El adjudicatario, sus consultores y personal que se encuentren ligados a la provisión de productos, equipos y/o servicios objetos del presente llamado están obligados a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga del GCABA y/o el organismo contratante, o de cualesquiera otras fuentes públicas o privadas indicadas por el organismo contratante, en relación con el objeto del contrato. Esta obligación no se extinguirá con el cumplimiento del objeto del contrato. El incumplimiento de esta obligación será considerada falta gravísima y dará lugar a la resolución del contrato por incumplimiento culpable del adjudicatario, sin perjuicio de las restantes sanciones civiles y penales que pudieran corresponder. Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información, ideas, conceptos, práctica y/o técnicas a cuyo conocimiento el adjudicatario acceda y/o se generen con motivo del presente trabajo, forman parte del secreto institucional propiedad del GCABA, por lo que se compromete a: •
Mantener absoluta reserva de las mismas.
•
Custodiarlas apropiadamente.
•
No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
•
No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo cesión y/o consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA.
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•
En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al adjudicatario, este último se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner
en
su
conocimiento
las
presentes
condiciones,
asumiendo
la
responsabilidad por su cumplimiento por parte del personal. •
En caso de que el adjudicatario decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento del organismo contratante) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con el GCABA.
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ANEXO I
CONSTANCIA DE VISITA
Buenos Aires, .................................................... Por la presente, dejo constancia que en el día de la fecha, se hizo presente
el
representante
de
la
firma
........................................................................................,
Dn.
.........................................................................................., L.C./ L.E
D.N.I./
C.I./
N° ................................ para realizar la visita de las
instalaciones
de
…………………………,
ubicada
calle…………………………………………………….
en
la
……………………
previo a la Apertura de la Licitación Pública N° ........................, que se efectuará el día ......................... Por lo tanto, se deja constancia que se ha tomado debido conocimiento de las instalaciones existentes.
......................................................... Sello
Firma y sello del representante de la Dirección General
Estudios
Información.
y
Tecnología
de
la
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ADECUACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL DATA CENTER DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Objeto de la contratación Las presentes Especificaciones Técnicas tienen por objeto definir los requerimientos técnicos para la adecuación y puesta en valor del Data Center del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante MJYSGC). Las Especificaciones Técnicas contenidas en el presente documento definen los requerimientos técnicos para las adecuaciones y provisiones necesarias tendientes a la instalación y puesta en servicio de los siguientes subsistemas: •
Adecuación edilicia.
•
Energía eléctrica.
•
Sistema de UPS.
•
Racks y PDUs.
•
Sistema de acondicionamiento de aire de precisión.
•
Monitoreo del centro de cómputos.
•
Sistema de cableado estructurado.
•
Sistema de detección y extinción de incendios.
La presente adecuación y puesta en valor se emplazará en la sede del MJYSGC sito en Av. Regimiento Patricios 1142, 5° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los elementos ofertados serán nuevos, sin uso, originales de fábrica y su fabricación no debe encontrarse discontinuada. Por razones relacionadas a la confiabilidad, seguridad y carácter crítico que desempeñan en la operación del Data Center todo el equipamiento provisto como parte del proyecto deberá ser de marcas internacionalmente reconocidas y/o de primer nivel.
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Por normas de estandarización, atento a la necesidad de unificar con la plataforma existente y operativa en una sola marca la totalidad del equipamiento, se requiere técnicamente que la provisión del Sistema de UPS, Racks y PDUs, Sistema de acondicionamiento de aire de precisión, y monitoreo del centro de cómputos, sean tipo APC by Schneider Electric o de calidad superior. Del mismo modo y ante la criticidad que cobrará la operación de este Data Center, se solicita que los tableros sean protocolizados, tipo Prisma y sus componentes internos y protecciones de Scheinder Electric o de calidad superior. Los productos deben ser implementados en los lugares que se indica en el Pliego, instalados, configurados y entregados en perfecto estado y funcionamiento. Debe acreditarse en forma fehaciente la marca y características de los productos. La garantía y mantenimiento de los productos deberá ser brindada directamente por el fabricante, no aceptándose alternativas brindadas por el adjudicatario. Del Oferente (Antecedentes y Recursos Técnicos) El oferente, deberá acreditar fehacientemente su condición de fabricante (del hardware), representante o distribuidor oficial de los productos propuestos conforme lo estipulado en el Artículo 19 inciso 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Será condición indispensable y excluyente para la adjudicación, la presentación de los antecedentes de un mínimo de 3 (tres) instalaciones similares conforme lo estipulado en el Artículo 19 inciso 15 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El fabricante deberá certificar su presencia en el país, conforme lo estipulado en el Artículo 19 inciso 16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Garantía Solidaria El oferente debe presentar nota por parte del fabricante, a fin de que el mismo garantice que es directamente quien brinda la garantía de los productos ofertados, conforme lo estipulado en el Artículo 19 inciso 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Obligaciones del adjudicatario. Responsabilidad El adjudicatario proveerá e instalará todos los elementos correspondientes a lo solicitado en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas.
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Será el único responsable de los daños causados a personas y/o propiedades durante la ejecución de los trabajos de instalación y puesta en servicio. Tomará todas las precauciones necesarias, previstas en las leyes que regulan la Seguridad e Higiene laboral y la correspondiente normativa del GCABA, a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales. Tomará todos los recaudos necesarios para evitar inconvenientes en el desenvolvimiento de las actividades de MJYSGC dentro del plazo de ejecución de los trabajos. Dichos trabajos serán coordinados con los responsables de las áreas donde se realicen las tareas a fin de no entorpecer la normal operativa de dichas áreas. Plan de trabajo El oferente incluirá con su oferta un cronograma de ejecución del proyecto. El Plan de Trabajo deberá ser aprobado por el Responsable del Proyecto que el MJYSGC oportunamente designe. El mismo debe detallar todas las etapas, indicando en un diagrama de tipo Gantt o de barras, los tiempos de ejecución, conforme lo establecido en el Artículo 19 inciso 12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Representante del adjudicatario El adjudicatario deberá designar un Jefe de Proyecto encargado del cumplimiento en tiempo y forma de las tareas contratadas, el cual será el representante del adjudicatario e interactuará con el Responsable del Proyecto designado por el MJYSGC. El control de los trabajos por el MJYSGC no disminuirá de ningún modo y en ningún caso la responsabilidad del adjudicatario, quien será responsable por toda omisión, accidentes, daños, contratiempos y la utilización de materiales, enseres, marcas, nombres y otros elementos. Servicio de instalación El adjudicatario será el único responsable por la instalación de todos los componentes que integran la solución solicitada, incluyendo, y solo a modo enunciativo, los siguientes
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componentes: adecuaciones que conlleven obras civiles, aire acondicionado de precisión, instalaciones eléctricas, UPS (fuentes de alimentación ininterrumpida), cableado eléctrico o de datos, sistemas de detección y extinción, etc. El adjudicatario debe instalar físicamente y en forma completa, en el lugar indicado, incluyendo su conexión eléctrica, interconexión interna, y cualquier otro tipo de tarea necesaria para la correcta operación y funcionamiento de los bienes con toda la funcionalidad solicitada. La calificación de cualquier componente de software y/o hardware por parte del adjudicatario como "Instalable por el usuario" no habilita al oferente a no realizar su instalación. Este tipo de componentes deben ser instalados por el adjudicatario tal como se especifica. Deberá efectuar la instalación completa de todos los componentes incluyendo cables, conectores y software necesarios para la operación íntegra del bien. Al terminar la instalación, se debe entregar la documentación que describa la configuración establecida tanto en hardware como en software. Garantía de los productos La garantía debe ser especificada en la oferta. La misma no deberá ser inferior a tres (3) años, conforme lo estipulado en el Artículo 19 inciso 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Todo trabajo (incluyendo mano de obra, materiales, servicios profesionales, gastos de transporte y movilización) que el adjudicatario deba realizar en el cumplimiento de esta garantía técnica, será a su exclusivo costo. Debe contar con un “Centro de asistencia técnica” debidamente instalado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, donde reciba las llamadas de servicio y por el término de la garantía, ya sea en forma telefónica, por fax o por correo electrónico a las direcciones acordadas entre el MJYSGC y el adjudicatario, considerándose todas estas formas igualmente válidas, no pudiendo ser "rechazadas" por el adjudicatario, y comenzando a transcurrir el "tiempo de respuesta" estipulado en la garantía técnica, a partir del momento en que se realizó la llamada o se realizó la solicitud de servicio.
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También debe incluir, si lo hubiere, las actualizaciones de versiones del software que se liberen durante el período de garantía. Estas versiones deben ser entregadas al MJYSGC por el adjudicatario. Garantía Técnica La garantía técnica debe amparar por tres (3) años, del total de la provisión contratada, contra defectos de fabricación, vicios ocultos y/o errores que afecten el normal funcionamiento y operatividad del equipamiento según las especificaciones técnicas, del presente pedido de cotización, conforme lo estipulado en el Artículo 19 inciso 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El servicio se deberá brindar en el sitio donde se encuentra instalado el equipamiento. El tiempo de solución/reparación será dentro de las 24 horas, on-site, ante un llamado de emergencia o solicitud de servicio y el servicio deberá estar disponible las 24 horas, los 365 días del año. Se entenderá como tiempo de solución/reparación, al tiempo transcurrido entre el momento en que se da aviso al adjudicatario de la falla de algún componente de la solución hasta la puesta en funcionamiento del mismo a satisfacción del MJYSGC. En caso que el adjudicatario no pudiera concretar la reparación dentro de los plazos estipulados deberá solucionar el inconveniente mediante el reemplazo de la referida unidad por otra en condiciones de buen funcionamiento, sin que esto implique costo alguno para el MJYSGC. Supervisión y recepción del contrato La supervisión de la ejecución del contrato por parte del MJYSGC se hará efectiva por intermedio de un Responsable de Proyecto designado por el área competente, al que el adjudicatario facilitará ampliamente y en forma ineludible su cometido. A los efectos de la recepción de la instalación, se realizarán las pruebas necesarias para comprobar que el equipamiento fuera instalado correctamente, conforme a los requisitos del pliego, en lo técnico y en lo estético. El adjudicatario deberá proponer un protocolo y procedimiento de ensayo y comprobación completa. Deberá proveer el instrumental y los equipos necesarios para efectuar las
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comprobaciones indicadas. Esta información deberá adjuntarse a la memoria descriptiva presentada con la oferta. Los ensayos descritos serán efectuados por el Adjudicatario, en presencia del personal que, a tales efectos, designe el MJYSGC. Adicionalmente, el MJYSGC podrá efectuar todos los ensayos, pruebas y controles que considere necesarios. Para ello podrá emplear los métodos de verificación, control y medición que estime convenientes. Estas verificaciones se podrán hacer extensivas al total del conjunto o bien, se podrán restringir a un grupo parcial del conjunto seleccionado aleatoriamente. Tanto el personal y como los elementos y equipos necesarios para la realización de estos controles, ensayos y pruebas serán suministrados y costeados por el adjudicatario, así como, los gastos de transporte, recepción, manipuleo, despacho, etc. Certificado de visita La presentación de la propuesta crea la presunción absoluta de que sus firmantes conocen los lugares de emplazamiento del Data Center y que han tomado conocimiento de la infraestructura de los mismos. Asimismo la presentación de la propuesta crea presunción absoluta respecto a que el oferente y su representante técnico han estudiado los planos y demás documentos técnicos de la presente Licitación, han efectuado sus propios cómputos y cálculos de costos y que se han basado en ellos para formular su oferta. Por lo indicado, el oferente deberá examinar los lugares de emplazamiento del Centro de Cómputos, por lo cual se coordinarán las visitas pertinentes con MJYSGC y se emitirá los Certificados de Visita correspondientes según lo estipulado en el articulo 19 inciso 8 del Pliego de Condiciones Particulares. Pruebas y recepción Finalizada la instalación, configuración, parametrización y ejecución de los trabajos, y una vez verificado el correcto funcionamiento de todos los componentes instalados, se otorgará la recepción provisoria del centro de cómputos. Vencido el plazo de garantía establecido, el MJYSGC otorgará la recepción definitiva del centro de cómputos. Capacitación
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El adjudicatario capacitará al personal designado por el MJYSGC en el funcionamiento y formas de operar de todo el equipamiento instalado. Dicha capacitación cubrirá las funcionalidades básicas de los equipos, configuraciones y todos aquellos conocimientos necesarios para la operación y mantenimiento del centro de cómputos. ESPECIFICACIONES DEL CENTRO DE CÓMPUTOS.Alcance de las tareas Toda la provisión, tanto de materiales, equipos, montaje e ingeniería deben realizarse de acuerdo a la normativa nacional y del GCABA referidas a instalaciones. El adjudicatario brindará al Responsable del Proyecto, planos, especificaciones técnicas, metodologías de trabajo, materiales a utilizar, etc., y toda aquella información necesaria para la supervisión de la ejecución de los trabajos. Las normas nacionales e internacionales que, como mínimo, se deberán cumplir para la adecuación del Data Center objeto de la presente contratación, son las siguientes: -Telecomunicaciones: incluyendo en este rubro, racks, administración, cableado de datos, cableado eléctrico, fibra óptica, cuartos de cableado, etc. Serán regidos por las siguientes normas: Energy Information Administration, Telecommunications Industry Association 606-A, Telecommunications Industry Association 942. -Electricidad: incluyendo en este rubro, instalación de UPS, tendidos eléctricos, tableros, puestas a tierra, distribución eléctrica a puestos de trabajo, etc. Serán regidos por las siguientes normas: Energy Information Administration, Telecommunications Industry Association 607, NEC 70, Asociación Electrotécnica Argentina. -Refrigeración: incluyendo en este rubro, instalación de los aires acondicionados de precisión. Serán regidos por las siguientes normas: Telecommunications Industry Association 942, American Society of Heating, Refrigerating and Air Conditioning Engineers, American National Standards Institute. Seguridad, sistema de detección y extinción de incendios: serán regidos por National Fire Protection Association, Instituto Argentino de Normalización y Certificación.
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ADECUACIÓN EDILICIA.Descripción de los trabajos Comprende la ejecución de todos los trabajos de sellados, cierres con tabique tipo placa de roca de yeso cortafuego, provisión de carpinterías, pintura y ayudas de gremios necesarias para ejecutar la nueva envolvente del Data Center, objeto de la presente Licitación. Comprende una etapa preliminar de sellado del área para contener el polvo y materiales a remover. En todos los casos se realizará un cierre provisorio con nylon o placa de roca de yeso a fin de proteger el equipamiento de las oficinas existentes. Las tareas a desarrollar comprenden: •
Demolición de rampa de acceso al actual deposito existente en pasillo.
•
Demolición tabiquería de placa de roca de yeso.
•
Desmonte de cielorrasos y artefactos de iluminación.
•
Desarme del piso técnico del sector de depósito para recupero y posterior
instalación en la sala del Data Center. •
Construcción de nueva tabiquería placa de roca de yeso con características de
Corta fuego RF60 con lana mineral. •
Instalación de cielorraso tipo Armstrong similar al existente.
•
Armado de piso técnico de recuperación.
•
Instalación de luminarias.
•
Masillado - enduido base.
•
Pintura látex tabiques lado CDC.
•
Ajuste zócalo en interior Data Center.
•
Retiro y disposición de volquetes.
El adjudicatario ejecutará todos los trabajos para la perfecta terminación de los tabiques, cualquiera sea su tipo, de acuerdo a las necesidades y reglas de arte observadas. Dado que los trabajos incluidos en la presente sección guardan íntima relación con tratamientos incluidos en otros capítulos, el adjudicatario tendrá en cuenta la complementación de especificaciones respectivas. Paredes de yeso acartonado con lana de roca
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Ejecución de paredes de yeso acartonado, tipo dry wall placa f60 placa de roca de yeso o de calidad superior a la solicitado, constituida de placas de 12,5mm de espesor, 120mm de ancho y entre 180cm a 300cm de largo; aplicadas en ambos lados sobre perfiles de hierro galvanizado modulados cada 480mm y perfiles de hierro galvanizado en U con dos (2) alas; fijas por tornillos de rosca, con juntas entre las chapas debidamente tratadas con cinta de papel micro perforada, escuadras metálicas y masa especial para juntas, referencia placa de roca de yeso o de calidad superior a la solicitado. Entre medio de las chapas deberá colocarse fieltro de lana de roca mineral de 2” de espesor con densidad de 64 Kg/m3. Se utilizará cinta de placa de roca de yeso y especial para juntas, no deberá ser utilizada pasta de yeso y agua preparada con yeso y polvo común. Generales Se proveerán perfiles de unión de juntas pre pintado entre el fondo de losa y los tabiques o paramentos de otros materiales, dejando libre la unión con el otro panel, vinculándola solamente con sellador elástico. Normas de ejecución Previo a su fabricación y/o instalación el adjudicatario deberá verificar todas las dimensiones indicadas en los planos mediante el replanteo y medición exactos en el sitio destinado al Centro de Cómputos. En estos trabajos es de primordial importancia la coordinación con todos los trabajos que estén relacionados con esta sección para asegurar la ubicación e instalación de cada elemento coordinado con el cronograma de ejecución y/o indicaciones del Responsable del Proyecto. Todos los paneles, placas, perfiles, piezas y elementos de sujeción deberán ser colocados en perfectas condiciones, sin rayaduras ni defectos. Revestimientos Para los tabiques interiores del Data Center se utilizará pintura según lo definido más adelante.
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Previo a la pintura es necesario un correcto enduido a la lámpara con tres manos para que no se detecte ninguna depresión ni impureza que se pueda reflejar en la superficie Pintura ignífuga Generalidades Los trabajos de pintura se ejecutarán de acuerdo a reglas del arte, debiendo todas las superficies ser limpiadas prolijamente y preparadas en forma conveniente antes de recibir las sucesivas manos de pintura, barnizado, etc. Los defectos que pudieran presentar cualquier superficie o estructura, serán corregidos antes de proceder a pintarla y los trabajos se retocarán esmeradamente una vez concluidos. No se admitirá el empleo de pinturas espesas para tapar poros u otros defectos. El adjudicatario tomará todas las precauciones indispensables a fin de preservar las superficies del polvo. En lo posible se acabará de dar cada mano
a la totalidad de las partes antes de
comenzar a aplicar la siguiente. La última mano de pintura, se dará después que todos los gremios que intervengan en la construcción hayan dado fin a sus trabajos. Será condición indispensable para la aceptación de los trabajos que tengan un acabado perfecto, no admitiéndose que presenten señales de pinceladas, marcas de rodillos, gotas, pelos, etc. Si por deficiencia en el material, mano de obra o cualquier otra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación y acabado fijadas, el adjudicatario tomará las provisiones del caso, dará las manos necesarias, además de las especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que este constituya o se considere un trabajo adicional. El adjudicatario deberá tomar las precauciones necesarias a los efectos de no manchar otras estructuras tales como vidrios, pisos, revestimientos, cielorrasos, panelerías, artefactos eléctricos o sanitarios, estructuras y equipamiento, pues en el caso que esto ocurra, será por su cuenta la limpieza o reposición de los mismos. En caso de que el adjudicatario necesite instalar tableros eléctricos provisorios para este fin u otros, todos deberán ser blindados.
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N° 94
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Acabado Deberá suministrar acabados protectores a todas las superficies expuestas. No se pintarán las superficies de: -
Carpinterías de aluminio, latón, bronce, acero inoxidable y acero cromado. Artículos previamente acabados, tales como panelería.
-
Identificación de equipos y placas marcas. Herrajes de terminación.
-
Etiquetas UL, FM y otras requeridas por código. Señalizaciones y cartelería en general.
Muestras El adjudicatario ejecutará a su entero costo los paños de muestra de marcos y hojas de carpinterías, los presentará limpios y acabados a fin de establecer en la realidad los perfeccionamientos
y ajustes que no resulten de planos, resolviendo detalles
complementarios para obtener una mejor realización. El adjudicatario deberá realizar previamente a la ejecución de la primera mano de pintura en todas y cada una de las superficies y estructuras que se contratan, las muestras de color y tono. Al efecto se establece que el adjudicatario debe solicitar al Responsable del Proyecto las tonalidades y colores por escrito. De acuerdo a catálogo o muestras que le indique el Responsable del Proyecto, deberá ir ejecutando las muestras necesarias para satisfacer color, valor y tono. Aplicación de la pintura La imprimación (primer) y la pintura de la capa de acabado serán del mismo fabricante para cada sistema, para asegurar su compatibilidad. Las recomendaciones del fabricante y las instrucciones de seguridad forman parte de esta especificación. El tipo, número de capas y el espesor deben estar de acuerdo con lo especificado en esta sección. En tanto sea posible, cada capa de pintura se aplicará en forma continua y pareja. Se dejará secar la pintura antes de la aplicación de la capa siguiente.
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Cuando se han especificado varias capas del mismo tipo de pintura, las capas alternadas de pintura deberán matizarse lo más posible para asegurarse que la superficie está completamente cubierta. Si se agrega colorante, deberá ser compatible con la pintura y no debe alterar su vida de servicio. Aplicación a pincel Cuando la pintura se aplica a pincel, se deberá cumplir con las siguientes especificaciones: •
El tipo y calidad del pincel deberá permitir la correcta aplicación de la pintura. Los pinceles redondos u ovales son mejores para remaches, tornillos, para las superficies irregulares o rugosas, o para acero corroído.
•
Los pinceles chatos y anchos son adecuados para grandes superficies planas, pero no deben exceder los 125 mm.
•
No se autorizarán pinceles de mango largo. La pintura debe penetrar en los ángulos.
•
Las partes que sobresalen se deberán recubrir.
•
Las superficies que no tienen fácil acceso con el pincel, serán rociadas o pintadas con piel de oveja.
Secado de las superficies pintadas No se aplicará una mano adicional de pintura hasta tanto la anterior no se haya secado y se pueda pintar. Se deberá atender a las instrucciones del fabricante para ver los tiempos de secado con respecto a la humedad y temperatura ambiente. No se agregará ningún agente secador a la pintura. Se deberá proteger la pintura de las inclemencias del tiempo hasta tanto esté completamente seca. Inspección Los trabajos de pintura realizados por el adjudicatario serán inspeccionados por el Responsable del Proyecto, quién realizará una aprobación previa del control de calidad y registración, así como de: •
Ubicación del trabajo, productos y condiciones de almacenamiento.
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•
Equipos.
•
Preparación de superficie.
El adjudicatario es responsable del control de calidad de la producción y durante su realización el MJYSGC podrá solicitar o efectuar por sí, con la instrumentación del adjudicatario, los controles que crea necesarios. Pisos La colocación del piso técnico que se recuperara del depósito actual se efectuará, de ser necesario, sobre una nueva capa niveladora, con posterior tratamiento superficial de aislación contra el polvo antiestático en tres manos cada uno cruzadas. En el supuesto caso de faltante de piso técnico este deberá ser provisto por el adjudicatario sin costo alguno para el MJYSGC, dicho piso será de las mismas características y tipo del recuperado. El piso deberá conectarse a la puesta a tierra prevista para el Centro de Cómputos. Iluminación de la sala La iluminación de la sala se realizará con equipos de construcción similar a los existentes. Algunos de ellos estarán conectados a las UPS de modo que los mismos sirvan de iluminación aún sin disponibilidad de energía de red. ENERGÍA ELÉCTRICA Alimentación del Centro de Cómputos Tableros del Centro de Cómputos Se deberán proveer de los siguientes tableros de uso exclusivo para el centro de cómputos. •
Un (1) tablero general (TGBT).
•
Dos (2) tableros seccionales para alimentación de Racks (TSR).
•
Un (1) tablero seccional para alimentación de los Acondicionadores de Aire (TSAA).
•
Un (1) tablero seccional para iluminación.
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Dichos tableros eléctricos serán gabinetes en cajas modulares (armarios metálicos) del Sistema PRISMA P
y PRISMA G tipo Schneider Electric o calidad similar,
PROTOCOLIZADOS en total cumplimiento de las normas IEC-60439 – 60529 – 60447. Los mismos alojarán las protecciones correspondientes a todo el equipamiento a proveer dentro del recinto (UPS, Aire Acondicionado, Racks, etc.) como así también las protecciones correspondientes al circuito de iluminación del mismo. Estas protecciones deberán cumplir con las especificaciones detalladas en lo referido a Interruptores automáticos tipo caja moldeada e Interruptores automáticos de montaje sobre riel Din según corresponda, teniendo en cuenta la corriente nominal y de apertura necesarias. Este tablero será alimentado desde un ramal que provendrá de la Planta Baja. El adjudicatario deberá informar al Responsable del Proyecto del MJYSGC el valor de la potencia requerida y sus parámetros operacionales (cos fi) La tramitación de la adecuación de potencia de la provisión del Centro de Cómputos, de ser necesaria, será responsabilidad del MJYSGC. La provisión del ramal alimentador del tablero general no es parte del alcance de la provisión, pero se deberá entregar al Responsable del Proyecto, la memoria de cálculo de cargas del tablero general del Data Center a fines de que se dimensionen los conductores que serán dejados a pie de dicho tablero. Materiales Conductores generales Serán provistos en el lugar con envoltura de origen, no permitiéndose el uso de remanentes de otras instalaciones o de rollos incompletos. Los cables serán debidamente acondicionados en forma previa a la instalación, no permitiéndose la instalación de cables cuya aislación presente muestras de haber sido mal acondicionada, o aquellos sometidos a excesiva tracción, prolongado calor o humedad. Conductores para instalación en bandejas porta cables Serán de cobre, serán de cobre tipo LS0H, en construcción multifilar con relleno y cubierta protectora anti llama, extra flexible.
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Deberán responder a las normas IRAM 62266, IRAM NM IEC 60332-1, IRAM NM IEC 60332-3-23, IEC 61034, CEI 20-37/7 y CEI 20-38, exigiéndose en todos los casos los ensayos especificados por las normas. Se deberá usar, para todas las secciones, una misma marca y un mismo color de cubierta. Cuando los cables abandonen o entren a un tablero, caja, caño o aparato de consumo, lo harán mediante un prensacable que evite deterioros de su vaina y asegure la estanqueidad de los conductos. Deberán ser de la línea tipo Afumex de Prysmian o calidad similar. Conductores para instalación en cañerías Serán de cobre flexible, con aislación de material plástico antillama, apto para 1000 VCA, con certificado de ensayo en fábrica a 6000V para cables de hasta 10mm2 y a 2500 V, luego de inmersión en agua por 12 horas, para secciones mayores. Responderán a las normas IRAM-NM 247 y cumplirán, además, con los requisitos sobre la no propagación de incendios establecidos por las normas IRAM 2289 Cat. "B", exigiéndose en todos los casos los ensayos especificados por las normas. Siempre se mantendrá el mismo color de aislación para fases y neutros de los distintos circuitos trifásicos o monofásicos. Los colores a utilizar serán los siguientes: •
Fases: R, S y T: Marrón, Negro y Rojo, respectivamente. Neutro: Celeste.
•
Tierra: Bicolor (Verde - Amarillo). Se prohíbe el uso de cable desnudo. Serán Pirastic Flex VN 2000 de Prysmian o calidad similar.
Cañería eléctrica La cañería a instalar se compondrá en todos los casos de caño semipesado fabricado conforme a normas, hasta 2” nominales (46mm de diámetro interior). Para mayores dimensiones, se utilizará caño pesado, que responderá a normas IRAM 2100. La medida mínima del caño semipesado será 3/4” (15,4mm de diámetro interior) ó equivalente. Las reglamentaciones.
otras
medidas
serán de acuerdo a lo establecido por las
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Cuando la cañería se instale a la vista, deberá tener un tratamiento anticorrosivo de galvanizado por inmersión o zincado electrolítico. Cajas de pase y derivación Todas las cajas del sistema de canalizaciones para el cableado, estarán constituidas por cuerpo y tapa. En instalaciones a la vista estarán prohibidas las cajas de chapa con salidas preestampadas, pudiendo ser de aluminio fundido o de chapa lisa, realizándose en el lugar los agujeros de conexión a cañería que sean necesarios. Serán de medidas apropiadas a los caños y conductores que lleguen a ellas. Las dimensiones serán fijadas en forma tal que los conductores en su interior tengan un radio de curvatura no menor que el fijado por reglamentaciones para los caños que deban alojarlos. Para tramos rectos la longitud mínima será no inferior a seis (6) veces el diámetro nominal del mayor caño que llegue a la caja. El espesor de la chapa será de 1,6mm para cada caja de hasta 20 x 20cm; 2mm para hasta 40 x 40cm, y para mayores dimensiones serán de mayor espesor convenientemente reforzado con hierro perfilado. Las cajas serán protegidas contra oxidación mediante pintura anticorrosiva, similar a la cañería donde la instalación es embutida, o mediante galvanizado por inmersión o zincado, donde la instalación sea a la vista. Se proveerá e instalará una caja de pase cada doce (12) metros como máximo. Gabinetes en cajas modulares Podrán ser de chapa de hierro no menor de 1,6 mm de espesor doblada y soldada. Los cuatro (4) laterales serán desmontables, los mismos estarán fijados a la caja mediante bulonería adecuada. Su construcción responderá a IP30 como mínimo. Serán provistas, además, con contratapas caladas que cubrirán el conjunto de equipamiento, dejando al alcance de la mano solamente las manijas de accionamiento y dispositivos de medición. Las
puertas
de
cierre
serán
realizadas
en chapa de un espesor
mínimo
de 1,6mm dobladas en forma de panel para aumentar su rigidez, y si fuese necesario con
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planchuelas o costillas adicionales. Poseerán cerradura con manija incorporada con 2 llaves por cada tablero. El tratamiento superficial y terminación de las partes metálicas será realizado con dos manos de anti óxido y dos manos de esmalte sintético o una terminación de similares prestaciones. Los gabinetes a utilizar serán marca Schneider Electric modelo Prisma G o Prisma P o de calidad superior a lo solicitado. Interruptores automáticos tipo caja moldeada Será de tipo caja moldeada (molded-case), de construcción robusta, en ejecución fija. La corriente nominal será acorde a la potencia requerida por el centro de cómputos. Tendrá un poder de interrupción mínimo de 35kA. Poseerá protección térmica y magnética regulable y deberá tener característica de limitador del pico de cortocircuito, en forma similar a los fusibles NH. La regulación de la protección deberá ser accesible desde el frente. Será tetrapolar. El interruptor principal del tablero general estará equipado con bobina de apertura que será comandada por una señal proveniente de la central contra incendios. El adjudicatario hará las provisiones e intervención necesaria para garantizar que la central de incendios ejecute la apertura del interruptor en caso de incendio. El interruptor será tipo Schneider Electric o Compact NS, o de calidad superior a la solicitado. Interruptores automáticos de montaje sobre riel Din Serán interruptores automáticos termo magnéticos bipolares, tripolares o tetra polares, de la corriente nominal que corresponda. Serán aptos para montar sobre riel Din. Responderán a las normas IEC 60898 y IEC 60947-2. Tendrán un poder de corte no inferior a 10kA. Serán de la línea tipo Acti 9 C60, C120 de Schneider Electric o de la calidad superior a lo solicitado. Bloques Diferenciales
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Los bloques diferenciales serán bipolares tipo VIGI para 220Vca según esquemas unifilares que acompañan las presentes especificaciones. Serán sensibles ante una corriente diferencial (de fuga) de 30mA. Serán aptos para montar sobre riel DIN. La corriente nominal del bloque diferencial será igual o superior a la de su interruptor termo magnético asociado. Para los tableros de racks se utilizarán bloques VIGI clase Asi (super inmunizados). Serán de la línea tipo Acti 9 de Schneider Electric o calidad superior a lo solicitado y responderán a la norma IEC 1008. SISTEMA DE UPS Características generales Se deberá proveer un Sistema de UPS (Energía Ininterrumpible) para soportar el equipamiento informático alojado en el Centro de Cómputos. El sistema de UPS deberá estar compuesto por un equipo que debe respetar la arquitectura N+1 ser modular y escalable. Esto implica que el suministro estará conformado por una UPS que contara con una configuración de 160 KVA entregando la máxima potencia instalada. Se entregara con quince (15) baterías preinstaladas por lo que la autonomía en esta etapa será de 25 minutos a 60 KW de carga. El sistema de UPS a instalar deberá admitir el escalamiento en autonomía mediante el agregado de baterías internas. El sistema de UPS deberá estar diseñado para suministrar energía de CA regulada de forma continua a las cargas criticas que éste alimente de forma independiente a las variaciones de voltaje, picos transitorios, variaciones de frecuencia, corte y micro cortes que se encuentren dentro de los márgenes indicados por el presente pliego de especificaciones técnicas durante las 24 horas del día y los 365 días del año. La UPS serán tipo APC by Schneider Electric Modelo Symmetra SY160K160H o de calidad superior a la solicitado. Puesta a tierra
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La totalidad de tableros, gabinetes, y equipos que deben quedar bajo tensión, deberá ponerse rígidamente a tierra. No se deberá proveer e instalar una puesta a tierra exclusiva para los servicios del Data Center a fin de cubrir los requerimientos de seguridad eléctrica, se considera la misma existente. Sobre las UPS Las UPS deberán: •
Contar con interruptor estático de bypass y baterías para tiempo de respaldo de al
menos 25 minutos a una carga de 60kW. •
Permitir al usuario la instalación y desinstalación en caliente de los módulos de
potencia, baterías e inteligencia de las UPS sin necesidad de utilizar herramientas. •
Deberán tener una topología que permita corrección del factor de potencia a la
entrada. Esto es de crucial importancia para que el grupo electrógeno interprete la carga de los UPS como lineal. NOTA: Se aclara que el Grupo Electrógeno no forma parte de este Pliego. El conexionado se deberá realizar con conductores según 4.2.1 Conductores Generales desde la UPS hasta el tablero general (TGBT) 4.1.1, hasta el interruptor de desvío para mantenimiento (Bypass mecánico). De allí se distribuirá a través del TGBT con los interruptores automáticos 4.2.8 a cada línea de distribución. Sin importar el número de módulos por rack, todos deberán operar como un solo sistema bajo cada uno de los modos de operación listados a continuación: Modos de Operación: Normal: los rectificadores en cada módulo de potencia deben de operar en paralelo para convertir la entrada de CA en CD filtrada para proveer voltaje de flotación continuamente a las baterías. El inversor debe convertir el voltaje de CD en una señal regulada y continua de CA. Falla en el suministro: al detectar una condición de falla en el suministro, el rectificador deberá aislarse por si solo del suministro y el banco de baterías deberá proveer energía al
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inversor para mantener la carga en operación. El tiempo de respaldo debe ser de acuerdo con el especificado en este documento. Al restaurarse el suministro, deberán automáticamente y sin intervención del usuario, retornar al modo normal de operación descrito anteriormente. Emergencia: en el evento de una falla a la salida o de una condición de sobrecarga extrema, la carga deberá ser transferida sin interrupción y de forma imperceptible a un interruptor estático de desvío (bypass estático) con capacidad para soportar el total de la carga. La falla de un módulo en una configuración redundante no deberá transferir la carga al interruptor estático (bypass estático). Interruptor de desvío para mantenimiento (bypass mecánico): el Sistema UPS deberá incluir un interruptor de desvío para mantenimiento para derivar de forma segura la energía del UPS durante mantenimiento rutinario o procedimientos de servicio. El mismo debe ser del tipo conexión antes de desconexión de tal forma que la carga no pierda el suministro durante el periodo de transición. Componentes Rectificador Cada módulo de potencia del UPS debe incluir un rectificador con corrección activa de factor de potencia por medio de transistores bipolares de compuerta aislada (IGBT). El voltaje del bus de corriente continua debe ser compensado por variaciones de temperatura para mantener en todo momento el voltaje óptimo de flotación de las baterías para variaciones de temperatura superiores o inferiores a 25°C. El rango de compensación de Temperatura debe ser 320mV/°C para temperaturas ambientales ≥20°C y 0mV/°C para temperaturas ambientales < 20°C. El voltaje de ripple de corriente continua debe ser del uno por ciento (±1%) del nominal sin baterías conectadas. El factor de potencia de entrada debe ser de 0.99 en retraso al cien por ciento (100%) de carga y 0.98 al cincuenta por ciento (50%) de carga sin uso de filtros pasivos. El rectificador debe utilizar tecnología de control de la forma de onda electrónica para mantener la corriente senoidal.
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Se deberá utilizar modulación de ancho de pulso para control de la corriente. Para todas las señales de monitoreo y control se deberá utilizar procesamiento digital. El control analógico no será aceptado. La distorsión armónica de corriente reflejada a la entrada (THD) no deberá exceder el cinco por ciento (5 %) al cien por ciento (100%) de carga no lineal. La ventana de voltaje de entrada debe ser veinte por ciento (-20%) a quince por ciento (+15%) del nominal sin pasar a batería. El tiempo de recarga debe estar en un todo de acuerdo con la norma IEEE 485. Baterías La tecnología estándar de baterías debe ser plomo ácido de válvula regulada (VRLA). El banco de baterías de cada sistema de UPS redundante estará formado por bancos de baterías en paralelo a fin de tener redundancia en baterías. La redundancia en baterías implica que en caso de falla de algún elemento la UPS perderá autonomía en forma proporcional pero no dejará de contar con su banco de baterías. Las baterías deberán estar contenidas en rack, al igual que los módulos de potencia, deberán ser modulares e instaladas en repisas que permitan el rápido reemplazo en caliente sin herramientas y por el usuario. La UPS deberá tener carga y supervisión individual de cada unidad/pack de baterías. El sistema deberá ser capaz de individualizar el string de baterías en falla. El voltaje de las baterías deberá ser compensado de acuerdo con la temperatura de acuerdo con las condiciones ambientales descriptas en este pliego. Inversor El inversor deberá estar formado por transistores tipo IGBT de alta velocidad de conmutación. El control del inversor debe ser digital y debe utilizar modulación de ancho de pulso (PWM). Control analógico no será aceptado. Los módulos del inversor deben estar especificados para el cien por ciento (100%) de potencia real, es decir kW = kVA. Disminuir la capacidad utilizando un factor de potencia más bajo no será aceptado.
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El voltaje de salida nominal debe ser 380 V, 3-fases, 50Hz, 4-hilos más tierra. Eficiencia de cada módulo a plena carga: No menor a noventa y dos por ciento (92%). Distorsión Armónica de Voltaje a plena carga: Menor al cinco por ciento (5%). Regulación de Voltaje de Salida: Carga estática: Menor al uno por ciento (1%) a plena carga, lineal o no lineal. Carga Dinámica: Menor al cinco por ciento (5%) con cien por ciento (100%) de carga súbita. Frecuencia de Salida: 50 Hz. Factor de Cresta: Ilimitado. Disponibilidad de Control de Apagado Remoto por Emergencia como estándar (El interruptor y el cableado en el muro debe ser provisto por el adjudicatario eléctrico). Interruptor estático Cada sistema de UPS deberá tener un bypass estático de las siguientes características El interruptor estático debe consistir de rectificadores controlados de silicio (SCRs) de capacidad para soportar el total de la carga de forma permanente. SCRs para uso parcial con contactores de desvío no serán aceptados. El interruptor estático deberá ser del tipo desmontable para facilitar el mantenimiento. Deberá estar contenido en el mismo gabinete que los módulos de potencia y las baterías. El interruptor estático deberá ser capaz de soportar una sobrecarga de hasta el ciento veinticinco por ciento (125 %) de manera permanente. Especificaciones físicas Los módulos de potencia del UPS, interruptor estático y las baterías (VRLA) deberán estar contenidos en tres (3) gabinetes estándar de 19 pulgadas. Servicios Puesta en marcha del sistema Únicamente el fabricante o agente autorizado por el mismo deberá realizar la puesta en marcha del sistema y los equipos en el MJYSGC. El procedimiento deberá incluir
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verificaciones de las características de los dispositivos de protección aguas arriba y aguas abajo y de los parámetros de instalación del sistema UPS. Repuestos El adjudicatario deberá garantizar la provisión de repuestos originales certificados durante por lo menos cinco (5) años después de la fecha de entrega del equipo. Normas a Cumplimentar Las normas a cumplir por el equipo a proveer son: •
CEI 62040-1.
•
CEI 60950, EN 50091-1.
•
CEI 62040-3, EN 50091-3
•
CEI 62040-2.
•
EN 50091-2 nivel B, EN 55011/022 nivel B CEI 61000-4-2/3/4/5.
•
CEI 61000-3-2/4.
•
TÜV, CE.
•
ISO 9001, ISO 14001, CEI 60146.
RACKS Y PDUS Características generales de los racks La arquitectura del Data Center debe incluir treinta y seis (36) racks de 19 pulgadas para soportar la instalación de nuevos servidores de múltiples proveedores. Los racks se instalarán en cuatro (4) filas y solo será necesario que cuenten con paneles laterales los ubicados en los extremos. Las distribución de los racks será la que defina el MJYSGC, y estos deberán ser tipo APC by Schneider Electric, Modelo AR3100 o de calidad superior a la solicitado. Especificaciones mecánicas Cada rack deberá contar con las siguientes especificaciones técnicas:
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Deberán ser cerrados, de color negro, con puerta frontal perforada y puerta trasera perforada doble, con bastidores de 19” de ancho según estándares, las tapas laterales deberán ser desmontables. Deberán contar con cerradura en su puerta frontal y puerta trasera. El mismo deberá tener 1991.00 mm de altura máxima, 600.00 mm de ancho y 1070.00 mm de profundidad. Los 107cm de fondo son para facilitar la instalación de servidores de diversos fabricantes. Deben incluir pies regulables de nivelación. El gabinete debe permitir un bastidor de 42 RU (Unidades de rack) según estándares. Deben permitir la entrada de cables por base y techo. El mismo deberá tener capacidad de soportar en un nivel de carga estática de 3000 libras (1364 kg) y un nivel de carga dinámica de 2250 libras (1023 kg). Deberá disponer de un canal trasero integrado el cual sirva para la instalación de los correspondientes accesorios sin necesidad de ocupar unidades de rack. Acabado con pintura pulverizada de color negro. Profundidad de montaje ajustable. Puertas y paneles laterales con cerradura. Posiciones numeradas por número de unidades. Puertas de desenganche rápido sin uso de herramientas y reversibles. Los racks deben incluir puertas traseras separadas de apertura media para facilitar el acceso a los equipos. Deben ser de puertas (delanteras y traseras) enrejadas para asegurar una buena ventilación para los dispositivos rackeados. El esquema de perforación debe proporcionar al menos 840 pulgadas cuadradas (5445 cm2) de espacio abierto en la puerta frontal. Deberán ser provistos con sus correspondientes accesorios de fijación y los Data Cable Partition que se colocan en el techo del rack, modelos APC AR8162 y AR 8163, a razón de uno de cada modelo por cada rack. Debe tener certificación de compatibilidad con HP/Compaq, SUN, IBM, DELL, Cisco y Lucent para elementos compatibles con el estándar EIA-310-D. Ruedas para movilidad. Entrada de cableado: Superior e inferior. Puertas de desenganche rápido sin uso de herramientas y reversibles. Los racks deben incluir puertas traseras separadas de apertura media para facilitar el acceso a los equipos.
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Distribución de energía dentro de los racks Se deberán proveer dos (2) unidades de distribución de energía interna (PDU) por cada rack. Cada unidad de distribución de energía interna debe cumplir, al menos, con las siguientes características: PDU de distribución de energía, administrable, que permiten a los usuarios distribuir las tomas de corriente para montaje en rack de equipos. Se propone la utilización de unidades PDU 2G para rack, con instrumentación, no ocupa espacio en U, 32 A, 230 V, (36) C13 y (6) C19. Las mismas serán marca APC by Schneider Eelectric, modelo AP 8853 o de calidad superior a la solicitado. SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO DE AIRE DE PRECISIÓN Características Generales El sistema de acondicionamiento de aire de precisión debe ser diseñado específicamente para
controlar
la
temperatura,
con
precisión.
Debe
controlar
y
monitorear
automáticamente las condiciones y etapas de enfriamiento, recalentamiento y filtración del espacio acondicionado. Cada equipo deberá tener un formato de rack capaz de ser intercalados en las filas racks con un diseño de pasillo de aire caliente y pasillo de aire frío. De esta manera cada unidad de refrigeración tomara el aire caliente del pasillo correspondiente y colocara el aire frío de manera frontal al ambiente (no por debajo del piso técnico) en el pasillo frío. Especificaciones técnicas Se proveerán ocho (8) unidades de aire acondicionado de precisión con las siguientes características: -El sistema de refrigeración deberá estar compuesto por equipos de aire acondicionado de precisión, condensados por aire, con una capacidad total de refrigeración de 29KW proveyendo un Sistema con redundancia N+1 como mínimo. El sistema de refrigeración
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deberá mantener una temperatura ambiente de 24°C y una humedad relativa del cincuenta por ciento (50%). -El diseño del sistema de refrigeración respetara la disposición de pasillos fríos y pasillos calientes mencionada. Los equipos de aire acondicionado se instalaran en las líneas de racks y la cantidad mínima sugerida de equipos a instalar es de dos (2) equipos por fila. Las unidades interiores de los equipos a instalar deberán tener formato de rack para que puedan ser instaladas intercaladas en las líneas de racks (in row) del Centro de Cómputos. Cada unidad de refrigeración tomara aire del pasillo de aire caliente e inyectara aire frío de manera frontal al pasillo de aire frío. No se aceptarán equipos de distribución de aire bajo piso técnico o por medio de conductos. Los equipos deben cumplir con las siguientes características mínimas: Inyección de aire horizontal por el
frente y retorno por parte posterior. Refrigerante
ecológico. Sistema de ventilación compuesto por al menos dos ventiladores acoplados directamente al motor sin uso de correas (ventilación redundante), cada sistema de ventilación debe ser modular y fácilmente intercambiable por el usuario en caso de falla. Sistema de ventilación con ventiladores de velocidad variable regulados en frecuencia. Interfase WEB IP, SNMP Display LCD, alarmas audibles 380 V-415V 50Hz. Formato rackeable de 19”. Debido a las dimensiones de la sala cada unidad no deberá superar las siguientes medidas: Dicha unidad de enfriamiento deberá disponer de 1991.00mm de altura máxima, 600 mm de ancho y 1070.00 mm de profundidad. Su peso neto no deberá superar los 378.64 Kg. En su parte trasera deberá contar con una entrada de voltaje de 380 (3PH). 400 (3PH).Una entrada de energía de 20kW y deberá poseer un enchufe Hard Wire 4- wire (3PH+G). La misma contara con un panel de control de estatus multifuncional LCD y consola con control, alarmas audibles, alarmas sonoras y visibles priorizadas por severidad. Deberá permitir un valor de humidificación de 6.60 libras/hora. Deberá contar con patrones de descarga de aire horizontales. La toma de aire deberá ser por retorno posterior.
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Deberá permitir una circulación de aire de 2265.34 litros por segundo. La capacidad de la bomba de condensado deberá ser de 0.008 litros por segundo. Formato rack capaz de ser intercalado en la fila de racks con retorno de aire caliente por la parte trasera e inyección de aire frontal al ambiente en el pasillo de aire frío. Los equipos de aire serán tipo APC by Schneider Eelectric, Modelo ACRP102 o de calidad superior a la solicitado, expansión directa, 29 KW de capacidad de refrigeración, con control de humedad. MONITOREO DEL CENTRO DE COMPUTOS Especificaciones técnicas Se deberá proveer el equipamiento y software que permita la administración y control centralizado de los dispositivos instalados. El sistema a proveer deberá: •
Monitorear en tiempo real.
•
Generar vistas de la infraestructura física instalada.
•
Posibilitar la emisión de informes y gráficos definidos por el MJYSGC.
•
Notificar las fallas.
•
Permitir la evaluación y resolución rápida de eventos críticos de infraestructura que pueden afectar la disponibilidad del sistema.
•
Contar con capacidad para su uso por múltiples usuarios con acceso a la información desde diferentes puntos de la red.
•
Contar con capacidad de crecimiento mediante licencias adicionales.
El sistema de monitoreo será tipo APC by Schneider Electric, Modelo StruxureWare Data Center Expert Basic modelo AP9465 o de calidad superior a la solicitado y que resulte de la marca alternativa propuesta, con sus correspondientes licencias. SISTEMA DE CABLEADO ESTRUCTURADO.Cableado Estructurado Interracks
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Se deberá realizar la provisión e instalación de un sistema de cableado estructurado de interracks, dentro del Centro de Cómputos. La solución deberá ser mono marca para el total de los componentes (cable, paneles y patch cords). Dentro del Centro de Cómputos, se deberá realizar el cableado desde un Rack Concentrador (HDA – Horizontal Distribution Area) hacia cada uno de los racks restantes de la fila, a saber: •
Cableado en Cobre, se realizará el cableado desde el Rack Concentrador hacia
cada uno de los racks restantes de la hilera. Cada uno de éstos vínculos inter rack será realizado mediante 24 (veinticuatro) Cables UTP de 4 pares Categoría 6A. El cable 4 UTP será de tipo LSZH (Low Smoke Zero Halogen). •
Cableado en Fibra. Se realizará el cableado desde el Rack Concentrador hacia
cada uno de los racks restantes de la hilera. Cada uno de éstos vínculos inter rack será realizado mediante 1 (un) Cables de FO 12 hilos OM4. No se deberán proveer los patch cords UTP ni los de FO. Paneles inteligentes Los paneles inteligentes deben tener la capacidad de registrar conexiones de Patch Cords realizadas entre paneles inteligentes, paneles inteligentes y paneles convencionales, y paneles inteligentes y equipamiento activo. Los paneles inteligentes deben tener un botón con el cual acceder a la información de conectividad del Puerto, y un LED indicador para simplificar la tarea de identificación de las conexiones, y disminuir al mínimo los posibles errores de conexiones. Los paneles inteligentes de cobre deben ser compatibles con cualquier plug que sea compatible con la norma 60603-7 (RJ45) y detectar la detección de cualquier patch cord convencional que cumpla con esta norma. El sistema de paneles inteligentes no deberá depender de patch cords con sistemas propietarios de conectividad inteligente. El sistema de conexión de cables de los paneles inteligentes debe ser la misma que los paneles no inteligentes, la complejidad no debe aumentar para el instalador.
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N° 112
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Los paneles inteligentes deben ser compatibles con montaje para hardware de racks de 19” según la norma EIA-310. Todos los paneles inteligentes deben incluir con todos los cables de conectividad inteligente necesarios. Deben estar listos para ser utilizados al ser instalados en el rack. Administrador de rack El controlador de rack se define como el dispositivo que realice las siguientes operaciones: Comunicación con los paneles inteligentes que mantienen registro de información de conectividad comunicación con otros Administradores de Racks. Comunicación con el software de gerenciamiento a través de una red Ethernet.
El administrador de rack deberá: •
Ser compatible con montaje para hardware de racks de 19” según la norma EIA310, y ocupar no más de tres (3) unidades de rack en espacio vertical, definidas por la norma EIA-310.
•
No extenderse profundamente detrás del espacio de terminación de los cables de cada panel, de forma tal que al ubicarse en cualquier posición del rack no obstruya la terminación de ningún cable y/o administración.
•
Comunicarse con los paneles inteligentes a través de un cable y panel de bus. Una vez instalado el cable serial bus debe ser administrado en forma “plug and play” con cualquier panel inteligente y los administradores de rack.
•
Ser instalado en cada rack donde se posean paneles inteligentes, y el mismo debe poder comunicarse con hasta cuarenta (40) paneles inteligentes de 1U de cobre o fibra óptica, o hasta veinte (20) paneles inteligentes de cuarenta y ocho (48) ports de cobre o fibra, en cada uno de los racks.
•
Tener una pantalla de LCD con botones de interface para permitir la interacción del sistema inteligente desde el rack.
•
Permitir mostrar la información de conectividad de cada uno de los puertos en su pantalla de LCD, con solo apretar un botón de un panel inteligente.
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•
Contar con una pantalla que permita trabajar con hasta ocho (8) líneas con cuarenta (40) caracteres cada una.
•
Mostrar las órdenes de trabajo para los técnicos de mudanzas, cambios, y demás instrucciones en su pantalla de LCD, e iluminar los LEDs de los puertos de los paneles inteligentes asociados.
•
Proveer alarmas audibles de confirmación de una orden de trabajo correcta o incorrecta, al mismo tiempo que el técnico la está realizando.
•
Almacenar la información de conectividad recolectada de los paneles inteligentes en una memoria no volátiles.
•
Tener la capacidad de conectarse a la red corporative a través de un puerto Ethernet. La configuración Ethernet del Administrador de Rack debe ser realizada desde la pantalla LCD con los botones de comando del administrador de rack, sin la ayuda de equipamiento adicional.
•
Ser capaz de mostrar en su pantalla cuando se esté comunicando o no con el Software de gerenciamiento.
•
Contar con idioma seleccionable, debiendo ser uno de ellos el español.
Los múltiples administradores de racks en un cuarto de comunicaciones deben tener la posibilidad de estar conectados en forma de “daisy chain”, a través de un cableado UTP, con conectores RJ-45, esta interconexión debe permitir hasta cien (100) administradores de rack, con una distancia máxima desde el primero hasta el último de 4000 pies. El software de gerenciamiento debe permitir gerenciar un número ilimitado de administradores de racks. Software de Gerenciamiento para el Sistema Inteligente El software de gerenciamiento debe trabajar en arquitectura cliente servidor y debe trabajar con estos equipamientos como requerimientos mínimos: Server PC: - Intel/AMD (doble núcleo) de 2.0 GHz o superior.
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N° 114
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- 8 GB RAM y al menos 10 GB de espacio en disco rígido. - CD-ROM drive. - Sistema operativo Microsoft Windows Server 2012. Cliente PCs: - Intel/AMD (doble núcleo) de 1.0 GHz o superior. - 4 GB RAM y al menos 10 GB de espacio en disco rígido. - CD-ROM drive. - Sistema operativo Microsoft Windows 7 ó superior. Cliente y Server PCs: - Placas de red LAN y conexión a la red. - Monitor color 19” o superior. - Mouse u otro dispositivo similar. El software de gerenciamiento debe: •
Ser compatible con sistemas Simple Network Management Protocol (SNMP).
•
Tener forma de configurar los traps de SNMP que pueden ser enviados a los NMS (Network Management Software, como por ejemplo: HP Open View, CA Unicenter, Tivoli, etc).
•
Permitir trabajar con planos de CAD, ubicar los objetos de la base de datos en el mismo, e interactuar con ellos con el uso del mouse o dispositivo similar.
•
Permitir que la ubicación de objetos en los planos de planta y el acceso a sus propiedades sea simplemente click con el botón del mouse o dispositivo similar.
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N° 115
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•
Ser con una presentación “Árbol de Jerarquías” como el explorador de Windows
•
Realizar backups automáticos y forma de realizarlos en forma manual.
•
Tener la capacidad de autocompletar la base de datos con la información de los administradores de Racks que están instalados en el edificio.
•
Ser capaz de completar automáticamente con todos los equipos de red gerenciados vía SNMP que sean parte de la red en la cual están instalados los paneles inteligentes.
•
Realizar el descubrimiento automático de los dispositivos IP conectados en estos equipos e incorporarlos a la base de datos, mostrar su ubicación física, y el historial de conexiones de cada uno.
•
Poder reconocer cambios en el estado de las puertas del equipamiento o configuración de esos equipos vía SNMP.
•
Permitir ver la identificación de VLAN en cada puerto del switch.
•
Tener la capacidad de detectar los cambios físicos de un dispositivo dentro del edificio.
•
Tener íconos distintivos para cada equipo de red (Teléfono, Access Point, Mainframe, etc) y permitir el cambio del ícono.
•
Mantener una librería de servidores, que incluya la imagen del mismo, la cantidad de puertos, y servicios en cada uno de ellos.
•
Tener sistemas de generación de órdenes de servicio para mover personas y sus dispositivos, colocar servidores en gabinetes con sus respectivos servicios, etc. Debe permitir tener un motor de búsqueda para encontrar dispositivos, personas, equipamiento, etc.
•
Permitir generar órdenes de trabajo por conexiones, o directamente asignando servicios para simplificar la provisión y administración de conexiones.
•
Permitir generar diferentes niveles de alarmas en tiempo real que incluyan detalles de lo ocurrido, y ubicación, de forma de poder tomar acciones correctivas con la información correcta. Las alarmas pueden ser configuradas por sitio, por evento, con diferentes opciones que incluyan: sonidos, pop-ups, y mails.
•
Permitir configurar diferentes niveles de acceso de usuarios, limitando por tipo de servicio al cual se acceda, sitio, sitio web, gerenciamiento de equipos de networking, etc
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•
No tener límite para la información a administrar, y contar con un mínimo de licencia de dos mil (2.000) puertos inteligentes, y un mínimo de ciento veintiocho (128) usuarios simultáneos.
SISTEMA DE DETECCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Alcance de los Trabajos La provisión del sistema de detección y extinción contra incendios se limitará al recinto del Data Center (sobre cieloraso, ambiente y bajo piso técnico), y la sala de comunicaciones (DEMARC). Se utilizarán sistemas de extinción con Heptafluorpropano para proteger ambas salas, tanto batería principal como de reserva conectadas al mismo colector a través de válvulas de retención. Proyecto El sistema de detección y extinción de incendios, será proyectado y ejecutado cumpliendo con las Normas IRAM y/o Normas Internacionales de reconocida exigencia, tales como NFPA y Underwriters Laboratories (USA). Especialmente se tendrá en cuenta la norma NFPA 72 para el sistema de detección y la NFPA 2001 para el sistema de extinción. El oferente deberá presentar junto con la oferta un plano demostrativo de la instalación propuesta (esc. 1:100) con un diagrama funcional, una memoria descriptiva del sistema y una memoria de cálculo de los componentes y cañerías. Las tareas a realizar son: •
Realización de ingeniería básica y de detalle.
•
Provisión e instalación del panel central de control.
•
Provisión e instalación de las cañerías, cableado, detectores, avisadores manuales, sensores, alarmas, pulsadores, interruptores, disparadores y demás elementos
e
instalaciones
funcionamiento del sistema.
complementarias
para
un
total
y
acabado
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•
Provisión e instalación de los sistemas de tuberías, toberas de descarga y accesorios necesarios para el sistema de extinción automática de incendios Provisión e instalación de comandos de extinción, baterías de extinción y accesorios necesarios.
•
Configuración y programación del panel central de control.
•
Conexión del panel central al tablero eléctrico.
•
Instalación de detectores de incendio en el montante principal (uno cada dos pisos).
Sistema de detección - Características Técnicas Panel de control convencional diseñado para comandar automáticamente un sistema de extinción. Alarmas Con la activación de cualquier detector se activará la alarma acústica externa al panel, el contacto seco del primer relé de alarma, y el LED rojo de alarma en el frente del panel. La llave de “Silenciar alarma” ubicada en el frente del panel silenciará la alarma acústica. La activación del segundo circuito de detección activará el temporizador comenzando el conteo del retardo de disparo, dejará fija la señal acústica de alarma y activará el contacto seco del segundo relé de alarma. Disparo de la extinción Cumplimentado el tiempo de retardo se activan las salidas de comando de extinción. Disparo manual El panel de control provee un circuito supervisado para pulsador manual de disparo. Puede programarse con o sin retardo. El disparo manual elimina la función del abortador. Retardos El panel puede programarse para contar con retardos de disparo de 0,10, 20, y 30 segundos entre la alarma y la activación.
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Fallas Cualquier condición de falla resultará en una señal audible, el encendido de un LED ámbar en el frente del panel, y la activación del rele de falla. La señal audible puede ser silenciada al activar la llave de “Silenciar alarma” ubicada en el frente del panel. Detectores Las bases de todos los detectores será universal, a fin de permitir la intercambiabilidad de la cabeza de los mismos sin necesidad de efectuar modificaciones en las conexiones. Alarmas Las alarmas sonoras serán del tipo multitono, permitiendo seleccionar hasta ocho (8) tipos de sonidos diferentes: continuo, intermitente, bitonal, alto-bajo, etc. Las señales lumínicas serán del tipo estroboscópico, diseñadas para cumplir con las normas ANSI 117.1 y UL standard 1971. Su potencia mínima será de 15/75 candelas, dependiendo de las dimensiones de los locales a proteger. El destello tendrá una frecuencia de 1 flash por segundo y contaran con la leyenda “Fuego”. Contarán con sello UL o equivalente. Avisadores manuales Serán de simple efecto, del tipo rompa el vidrio, cuadrados de color rojo. Su colocación será sobre pared, semiembutida. Contarán con sello UL o equivalente. Comandos manuales de extinción Se dispondrán comandos manuales a la salida de cada zona protegida para el disparo manual remoto de la instalación. Serán de doble efecto, del tipo rompa el vidrio, cuadrados de color rojo. Su colocación será sobre pared, semiembutida. Contarán con sello UL o equivalente.
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Gabinetes El panel de control central estará alojado en un gabinete aprobado por UL como adecuado para montaje sobrepuesto o semi empotrado. El gabinete y su frente estarán protegidos contra la corrosión, se les dará una capa base resistente a la oxidación y el terminado estándar del fabricante. La puerta tendrá cerrojo para llave e incluirá una abertura de vidrio o de cualquier otro material transparente para lograr la visibilidad de todos los indicadores. Todas las interfaces y el equipo asociado estarán protegidos de tal manera que no resulten afectados por las oscilaciones de voltaje o sobre voltaje de las tensión de alimentación eléctrica, de acuerdo con la Norma UL 864. Puesta a tierra Se deberá realizar una correcta puesta a tierra, siendo responsabilidad del adjudicatario verificar su calidad y la correcta conexión del panel y todos los demás elementos que requieran este tipo de conexionado. Fuente de alimentación eléctrica La fuente de alimentación de energía eléctrica operará en 220 Vca, 50 Hz y proporcionará la energía eléctrica necesaria para el panel central de control y sus elementos incorporados. La fuente de alimentación, así como sus accesorios, deberán estar homologados y certificados en el marco de la resolución sobre seguridad eléctrica, emitido por la Secretaría de Comercio de la Nación. La fuente de alimentación se suministrará con un cargador de baterías que utilice técnicas duales de cargado para lograr un recargado rápido de las baterías. Ante la falta de 220 Vca, cuando el sistema se encuentre funcionando solo con las baterías de respaldo, lo hará de acuerdo a lo siguiente: •
Veinticuatro (24) horas de operación normal en posición de alerta.
•
Quince (15) minutos de operación de alarma al final del período de veinticuatro (24) horas de alerta.
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Esta información deberá ser calculada y entregada junto con la propuesta para una correcta evaluación de la oferta. Baterías de Respaldo de Energía Eléctrica Las baterías serán selladas tipo gel de 12 voltios y de una capacidad mínima de 84 VA. Las baterías proveerán como mínimo de una autonomía de veinticuatro (24) horas de operación en posición de alerta y quince (15) minutos de operación de alarma, al final del período de veinticuatro (24) horas de operación normal. Las baterías no requerirán de ningún mantenimiento. No será necesario que se revise el nivel de líquidos por rellenado, derrames o fugas. El estado de carga y alarma de las fuentes de alimentación serán supervisadas por el panel central de control. Las baterías estarán ubicadas dentro de un gabinete metálico adecuado con cerrojo a llave, ya sea en el del panel de control central, o en caso de no ser posible, dentro de uno ubicado próximo al mismo y vinculado a el por cable de sección adecuada dentro de cañería metálica. Protección eléctrica Dispondrá de una protección termo magnética exclusiva, para la alimentación eléctrica. Suministrará la energía adecuada para todos los dispositivos que componen el sistema de detección de incendio, teniendo en cuenta la máxima cantidad de elementos que se puedan conectar al panel central de control, en la configuración pedida. El sistema estará debidamente verificado en sus puestas a tierra. Sistema de extinción – Características técnicas El sistema de extinción contará con una batería de cilindros principal con sus comandos de operación, y una de reserva conectada al mismo colector a través de válvulas de retención. Se deberá presentar memoria de cálculo del sistema con los volúmenes de cálculo, reservas de gas extintor y cantidad de cilindros a utilizar. La instalación se deberá ajustar a las exigencias de la Norma NFPA Nº 2001 de los EE.UU.
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La concentración de diseño será del siete por ciento (7%) en volumen a la temperatura mínima esperada para riesgos eléctricos y fuegos clase A (de superficie). Los componentes fundamentales del sistema (válvulas automáticas, válvulas selectoras, conexiones flexibles y comandos del sistema) contarán con sello de aprobación UL (Underwriters Laboratories) de los EE.UU. El gas será Hepta Fluor propano, reconocido como componente por UL. Componentes de la provisión •
Cilindro con válvula.
•
Actuador de acople directo.
•
Conexión flexible de válvula a colector.
•
Switch de supervisión de presión (uno por cada cilindro).
•
Válvulas de retención.
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Llave principal / reserva.
•
Toberas de Descarga.
•
Gas FM-200.
•
Bastidores.
•
Interruptor eléctrico de accionamiento neumático.
Diseño del sistema El sistema será diseñado mediante software de cálculo provisto por el fabricante de equipos, de forma de garantizar los caudales de descarga exacta de las toberas y asegurar la concentración de diseño en todos los puntos del área protegida. El oferente deberá presentar junto con la oferta toda la información técnica que demuestre la procedencia de los equipos a proveer y la disponibilidad del software correspondiente, como forma de garantizar un conocimiento de las limitaciones y complejidad de los sistemas. Asimismo, se deberá presentar con la oferta una planilla de datos garantizados de cada uno de los componentes del sistema indicando: marca, modelo, dimensiones, presión de trabajo, diámetros y demás características técnicas operativas. Con el proyecto ejecutivo se deberá presentar la documentación del cálculo que avale dicho diseño.
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Duración de la Descarga El tiempo de descarga del sistema debe ser de diez (10) segundos y el tiempo mínimo de descarga será de seis (6) segundos, de acuerdo a NFPA 2001. Toberas La cantidad de toberas, su ubicación y dimensiones serán las que surjan del cálculo respectivo. Serán esencialmente del tipo radial de alta velocidad de descarga, de 360ºC o de 180ºC para ubicar en el centro del riesgo, o adyacente a una pared respectivamente. Deberán tener indicado su diámetro equivalente o sección de descarga para su correcto control. Contarán con sello U.L. Cilindros Los cilindros cuyas capacidades sean de 125 lbs o superiores, deberán indefectiblemente contar con indicadores de nivel. Están diseñados para operar a un rango de temperatura de 0ºC a 55ºC. Su relación de llenado máxima es de 1,13 Kg/dm3. Su presión mínima es de 36 Kg/cm2. Contarán con sello U.L. Válvulas de descarga Serán de accionamiento automático, dimensiones acordes al tamaño del cilindro, operables en forma directa por medio de un actuador eléctrico o por accionamiento neumático. Contarán con tapa de protección en la boca de descarga para su protección durante el transporte. Contarán con manómetro para visualización de la presión interna del contenedor. Contarán con sello U.L. Conexiones flexibles
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La unión de la válvula con el colector de descarga se efectuará por medio de una conexión flexible del mismo diámetro que la salida de la válvula, con conexión giratoria para su fácil remoción. Su presión de diseño será de 36 Kg/cm2. En su salida contarán con una válvula de retención que impida la descarga desde el colector en caso de retirarse un cilindro para su control. Contarán con sello U.L. Comando de la batería de extinción El actuador eléctrico de disparo de la batería de extinción deberá asegurar su accionamiento tanto automático como manual y será capaz de operar a la mínima tensión del sistema (batería descargada sin alimentación de 220V). Deberá operar con un pulso de corriente y con ello asegurar el disparo de la batería. Deberán tener identificación clara de su posición de Enclavado y Actuado. Deberá contar con un micro switch que, una vez operado el actuador, corte la alimentación eléctrica desde el panel de control. De usarse cilindros piloto como provisión de nitrógeno para el accionamiento, deberá tener indicada su presión máxima de llenado, mínima de operación y manómetro de control. Deberá contar con sello U.L. Comandos manuales Se dispondrán comandos manuales a la salida de la zona protegida para el disparo manual remoto de la instalación. Cañerías Serán de acero según Norma ASTM-A-53 cédula 40. Accesorios Serán como mínimo de la clase 300Lbs (21bar) según ASTM-A-197. Soportes
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Serán de diseño adecuado para soportar las fuerzas de reacción de la descarga y los efectos de las reacciones térmicas de contracción y expansión. Pruebas Se deberá garantizar la estanqueidad de la sala para el correcto funcionamiento del sistema, esto se verificara con el correcto sellado de pases y aberturas. Cuando la instalación esté completa, la adjudicataria debe convenir una reunión con el proveedor del equipo y MJYSGC. En este momento se hará una demostración del funcionamiento del sistema descargando un agente gaseoso alternativo como ser N2 (nitrógeno) de tal forma de verificar la integridad de las cañerías y el correcto funcionamiento de los dispositivos de descarga (válvula, actuador, etc.). Al tiempo que se suministran los planos del proyecto, el Adjudicatario suministrará un plan de pruebas en el que describirá la forma en que será testeado el sistema. Este plan incluirá una descripción, paso a paso, de todas las pruebas e indicará el tipo y posición de los aparatos que se emplearán. Los tests demostrarán que los requerimientos de operatividad e instalación de las especificaciones han sido cumplimentados. Todas las pruebas se conducirán en presencia del Propietario, después de que éstas hayan sido aprobadas en el plan de pruebas. Las pruebas demostrarán que el sistema de control funciona como se había estipulado. Todos los circuitos serán probados, incluso los equipos de detención de tareas y dispositivos de señalización de alarmas, además se probará cada circuito de supervisión. Quedará a juicio del oferente la reutilización del Sistema existente o la implementación de un Sistema nuevo, cabiéndole las mismas consideraciones en cuanto a su eficiencia operacional y demás requerimientos de garantía a una u otra opción. TAREAS COMPLEMENTARIAS Cierre del proyecto El adjudicatario deberá proveer e instalar pantallas y protecciones del tipo vallados varios en placas de aglomerado, fenólico o Placa de roca de yeso etc. a los fines de asegurar la seguridad e higiene de los sectores de trabajo y de los linderos.
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Sector de acopio El adjudicatario deberá definir un sector de acopio de materiales y herramientas cuya ubicación deberá ser aprobada por el Responsable del Proyecto. Asimismo coordinara la utilización de sanitarios y de ser necesario deberá instalar baños químicos para uso exclusivo de su personal. El sector de acopio deberá contemplar la guarda de los equipos y la estiba de los materiales necesarios. Horarios El adjudicatario coordinará con el Responsable del Proyecto los horarios de ingreso y egreso de personal. Retiro y traslado de materiales El adjudicatario coordinará con el Responsable del Proyecto la estiva y el retiro de materiales, así como los medios a utilizar para los movimientos dentro del edificio. Aquellos materiales que el MJYSGC considere como recuperables o reutilizables deberán ser trasladados, a cargo del adjudicatario, hasta el lugar de depósito que se estipule. Dicho sitio se encontrará dentro de los límites de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Iluminación y fuerza motriz El adjudicatario arbitrará los medios para el abastecimiento de la luz y fuerza motriz provenientes de las redes de servicio propias del ente o empresa proveedora del servicio, observando las reglamentaciones vigentes haciéndose cargo del pago de los derechos y del consumo correspondiente. El Responsable del Proyecto, si fuera absolutamente necesario a los fines de este contrato, podrá exigir el suministro de equipos electrógenos que aseguren la provisión y mantenimiento de la energía eléctrica, durante la ejecución de los trabajos y hasta la recepción provisional por cuenta y cargo del adjudicatario. Toda iluminación necesaria, como así también nocturna estará a cargo del adjudicatario y se ajustará a las exigencias y requerimientos del Responsable del Proyecto. Si se realizaran los trabajos en horas nocturnas o en zonas sin iluminación natural, el
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adjudicatario proveerá la iluminación que posibilite a su personal y al de los gremios subcontratados y/o terceros contratados directamente el desarrollo de los trabajos. La instalación deberá responder a la propuesta del adjudicatario debidamente conformada por el Responsable del Proyecto; y su ejecución aunque provisoria, será esmerada, ordenada, segura y según las reglas del arte, normas reglamentarias y las especificaciones técnicas para instalaciones eléctricas del GCABA y del municipio correspondiente. Será rechazada toda instalación que no guarde las normas de seguridad para el trabajo o que presente tendidos desprolijos o iluminación defectuosa y todo otro vicio incompatible al solo juicio del Responsable del Proyecto. Además, en lo que respecta a los tableros provisorios el adjudicatario deberá prever un tablero que incluya toma monofásica y trifásica, con disyuntores diferenciales y llaves termo magnéticas. Estos tableros deberán distribuidos uno por piso, y conectados al tablero principal de modo adecuado y seguro. Seguridad El adjudicatario estará obligado a observar estrictamente las disposiciones establecidas en los rubros respectivos del Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra reglamentación vigente a la fecha de ejecución, como la Resolución 1069/91 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y en los programas y normas que formule la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Todo el personal destacado, operarios, técnicos, administrativos, y los visitantes, tendrán la obligación de usar casco protector, los que serán provistos por el adjudicatario. Fiscalización El Responsable del Proyecto fiscalizará periódicamente el cumplimiento de las medidas de seguridad y protección del personal estando facultado para exigir cualquier previsión suplementaria o adicional en resguardo de las personas, seguridad en la vía pública y/o predios linderos, siendo responsabilidad del Adjudicatario cualquier accidente que pudiera producirse.
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Limpieza periódica El adjudicatario estará obligado a mantener los distintos lugares de trabajo (sector de acopio, depósitos, oficinas técnicas, etc.), en adecuadas condiciones de higiene. Los locales sanitarios deberán estar permanentemente limpios y desinfectados, debiendo asegurar el correcto y permanente funcionamiento de todas sus instalaciones. Los espacios libres circundantes del área de trabajo se mantendrán limpios y ordenados, limitándose su ocupación con materiales o escombros, al tiempo estrictamente necesario, o al que fije el Responsable del Proyecto. Limpieza Final Previo a la Recepción Provisoria, los locales se limpiarán íntegramente, cuidando los detalles y la terminación prolija de los trabajos ejecutados, dejándolos en condiciones de inmediato uso. Los vidrios, espejos, herrajes y broncería se entregarán perfectamente limpios, debiéndose utilizar elementos o productos apropiados, evitando el deterioro de otras partes de la construcción; las manchas de pintura, se eliminarán sin rayar las superficies. Planos Finales Una vez finalizada la puesta en marcha definitiva del total de las instalaciones previstas en las presentes especificaciones, el adjudicatario deberá entregar al MJYSGC los planos finales correspondientes a la totalidad del proyecto ejecutado. En ellos constarán todas las nuevas instalaciones, incluyendo planos de tableros eléctricos, esquemas unifilares correspondientes, disposición de los ramales de entrada y salida y posicionamiento en planta de todo el equipamiento. La documentación pertinente, será provista en formato electrónico (Autocad 2010 o superior) dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la puesta en marcha definitiva de la totalidad del equipamiento. Responsabilidad del adjudicatario El adjudicatario asumirá el carácter de Constructor e Instalador de los trabajos a su cargo, como calculista y ejecutor estructural, con todas las obligaciones y responsabilidades que tal condición implica, actuando en carácter de tal ante las reparticiones oficiales,
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 161/SSADS/16 (continuación)
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empresas prestatarias de servicios y entes de cualquier naturaleza, a los efectos de las tramitaciones y aprobaciones que los trabajos comprendidos en el objeto de la presente Contratación supongan, durante el transcurso de dichos trabajos, hasta la aprobación de los planos y la recepción definitiva del Centro de Cómputos.
FIN DEL ANEXO
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 163/SSADS/16
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE NETWORKING Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley N° 5.454),los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14, 114/16 y 411/16, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14 y las presentes Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas. Art. 2.- OBJETO El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) llama a Licitación Pública para la "Adquisición de equipamiento de Networking”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP) y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14). Art. 3.- PLAZO DE ENTREGA El plazo de la contratación es por cuarenta y cinco (45) días corridos, desde la fecha de perfeccionamiento de la Orden de Compra. Dentro del plazo contractual, el adjudicatario deberá cumplimentar los servicios y plazos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 4.- CÓMPUTO DE PLAZOS El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en los Artículos 5 “Cómputo de Plazos” y 7 “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto N° 1.145/GCABA/2009,
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reglamentario del Artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997 ratificada por Resolución N° 41/LCABA/98 (texto consolidado según Ley Nº 5.454). Art. 5.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. La Dirección General Suministros de Seguridad constituye domicilio en la Av. Regimiento de Patricios N° 1142 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales, que para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires - Departamento Oficios Judiciales y Cédulas - sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Art. 6.- JURISDICCIÓN Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 7.- OBTENCIÓN DEL PLIEGO Los Pliegos de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública se encuentran disponibles en forma gratuita en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. Art. 8.- INSCRIPCIÓN Los interesados en participar en los procedimientos de selección electrónica deberán haber iniciado el trámite de inscripción como proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de "Buenos Aires Compras (BAC)" en el RIUPP del
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Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. Art. 9.- CONSULTAS Las consultas relacionadas con el presente proceso licitatorio deberán realizarse mediante BAC. GARANTÍAS Art. 10.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por Decretos Nros. 114/16 y 411/16. No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado como depósito de garantía. Art. 11.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art.12.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada en la Dirección General Suministros de Seguridad dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de formalizado el Acto de Apertura de ofertas, en la Av. Regimiento de Patricios N° 1142, 1°
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piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 13.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía de cumplimiento del contrato será del diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar y entregar a la Dirección General Suministros de Seguridad la constancia respectiva de la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra. Art. 14.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN La garantía de impugnación al Pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado de contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La garantía de impugnación a la pre adjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta pre adjudicada, conforme lo establecido por el Artículo 17.1. Inciso f) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Los depósitos deberán efectuarse en la Cuenta Corriente - Nº 26.678/7 "Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco Ciudad de Buenos Aires. DE LA OFERTA Art. 15.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días desde el Acto de Apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 101 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), cuya reglamentación se encuentra en el Artículo 102 del Decreto Nº 95/14, modificado por Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Art. 16.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, y Anexos, y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte
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electrónicamente, integrarán la oferta. No se admitirán más ofertas que las presentadas en BAC, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto. De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros de Seguridad, ubicada en la Av. Regimiento de Patricios N° 1142 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del oferente. Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
No se admitirán ofertas que no se ajusten a las condiciones establecidas en el Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Serán desestimadas las ofertas que adjunten archivos en formatos editables. Art. 17.- FORMA DE COTIZAR El oferente debe formular oferta por la totalidad del Renglón. Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el Renglón, discriminando en su oferta la cotización correspondiente a cada ítem detallado en el mismo. Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas. La oferta al presente pliego, se presentará teniendo en cuenta que deberá proveer la totalidad de la mano de obra, equipos, materiales, herramientas, personal técnico, personal auxiliar y de conducción que sea necesario para la correcta ejecución de las tareas contratadas. No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas, ni ofertas por parte del renglón.
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Tampoco serán admitidas aquellas ofertas que no presenten un detalle técnico de lo ofertado, es decir toda aquella oferta que no brinde los elementos mínimos para una evaluación por parte de la Comisión. Si el producto fuese de origen importado, se deberá cotizar el producto nacionalizado y puesto en el lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que oportunamente defina la Dirección General Suministros de Seguridad. En este caso se admitirá la cotización en moneda de origen, euro o dólar estadounidense. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos relativos al producto, sin que se considere taxativo el transporte hasta los lugares de destino final. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento. Art. 18.- CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener: 1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego Único Bases y Condiciones Generales), con indicación de la fecha de suscripción de dicho documento. 2) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente o resuelto, que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa. 3) Declaración Jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública. 4) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente aceptará la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia. 5) Certificado de Garantía de mantenimiento de oferta, de acuerdo a lo prescripto en el presente Pliego. 6) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares Con y Sin Consulta. 7) Carta emitida por el fabricante de los equipos ofrecidos, donde acredite su calidad de
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canal y autorización para ofertar la solución propuesta. 8) Cotización. 9) Acreditación de Personería: Personas Humanas. a) Documento Nacional de Identidad. b) Para el caso de extranjeros, pasaporte válido y vigente, o residencia emitida por la Dirección Nacional de Migraciones que permita ejercer el comercio. Personas jurídicas. a) Contrato Social y Acta de designación del representante (v.g. Estatuto de Sociedad Anónima, Acta de Asamblea de designación de Directores y Actas de Directorio de distribución de cargos en la que se nombra Presidente o su equivalente según el tipo societario, sea S.A, S.R.L, y las demás previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, como también Asociaciones Civiles, Fundaciones, etc.) con la correspondiente inscripción ante el Registro Público de Comercio. Si en el contrato social se han limitado las facultades del representante legal, estableciéndose que los actos objeto de la presente requieren ser autorizados por el Directorio, Asamblea u otro órgano según el tipo de persona jurídica de que se trate se acompañará también el acta que expresamente lo autorice. En cualquier caso, las copias deberán ser certificadas por escribano público. Art. 19.- FALSEAMIENTO DE DATOS El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del adjudicatario, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder. Art. 20.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios: a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC. b) Que no esté cumplimentada la garantía de oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos Pliegos.
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c) Que la documentación que deba contener falte, o esté incompleta y/o deficiente. d) Que al momento de la pre adjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. e) Que la oferta técnica no detalle los elementos mínimos que hagan posible una evaluación por parte de la Comisión Evaluadora de Ofertas, no entendiéndose como tal la remisión al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. f) Que la oferta presentada contenga condicionamientos. g) Que el original no estuviese firmado por el oferente o su representante legal. El GCABA se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste sustancialmente a las condiciones de la presente Licitación. Art. 21.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Licitación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la Licitación, como así tampoco de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación. Art. 22.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de Renglón. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. APERTURA Art. 23.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán remitirse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC. Art. 24.- ACTO DE APERTURA El Acto de Apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en correspondiente llamado, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. Si el día señalado para la Apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente.
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El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes de los Pliegos. Art. 25.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN La Comisión de Evaluación de Ofertas, emitirá su Dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto Reglamentario Nº 1.145/09, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Art. 26.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en las mismas y en la información complementaria, debiendo responder éstos en el plazo que, de acuerdo a la complejidad y circunstancias, se establezca en el requerimiento. Art. 27.- RECHAZO El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno. Art. 28.- DE LA PRE ADJUDICACIÓN La pre adjudicación del Renglón recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, la idoneidad del oferente, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta.
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No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Artículo 19 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El
Dictamen
de
Evaluación
de
Ofertas
será
publicado
en
el
portal
www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día. Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC. Art. 29.- IMPUGNACIONES Los interesados podrán formular impugnaciones a la pre adjudicación en el plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente, de conformidad con los Artículos 20 y 21 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y 14 del presente Pliego. Dicha Garantía deberá ser presentada en la sede de la Dirección General Suministros de Seguridad, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la constancia de constitución; caso contrario, la impugnación no será considerada. Art. 30.- ADJUDICACIÓN La autoridad competente dictará el Acto Administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, registrado y protocolizado, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes. La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día. Los recursos que se deduzcan contra el Acto Administrativo de adjudicación se rigen por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 31.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Art. 32.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
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El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al adjudicatario, conforme lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 33.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del Pliego de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Cláusulas Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas, y de la respectiva Orden de Compra. En cualquier caso deberá tenerse en cuenta lo previsto en los Artículos referentes a sanciones y penalidades. Art. 34.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Son obligaciones del adjudicatario: a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado y diligencia. b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA. c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DE PENALIDADES”. Art. 35.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Licitación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales
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conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario o locador. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Condiciones Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas y del contrato en general, debiendo los subcontratistas cumplir con todas las obligaciones previstas en los respectivos Pliegos para el adjudicatario de la Administración.
RÉGIMEN DE PENALIDADES Art. 36.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades: a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas. c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente Acto Administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Las penalidades establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito
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o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por el adjudicatario. Art. 37.- MULTAS En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales que se enuncian a continuación. Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad previstos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. 1. Falsedad o falsificación de documentación u omisión de información y/o de los datos incorporados a la información aportada al RIUPP. Las multas son aplicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. 2. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. 3. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato que se rehabilita. Art. 38.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se pierde en forma proporcional. 2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un veinte por ciento (20%)
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del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres (3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Art. 39.- PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Art. 40.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 Anexo I del Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y perjuicios. 2. Rechazo de la Orden de Compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de Compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo. Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato o de un monto equivalente a dicha garantía, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación, no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) a la que se hace mención en el Artículo 37 de este Pliego, dentro de los tres (3) días de habérsele
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comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho. 5. Incumplimiento de contrato con prestaciones de carácter especial. El incumplimiento de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es penalizado con la rescisión del contrato con más la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 7. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a su cargo la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a su cargo la reparación de las daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el co-contratante transfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, quedando a su cargo la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Art. 41.- SANCIONES Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente Pliego, los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 137 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454). Art. 42.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Son causales de extinción del contrato las siguientes:
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a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente Pliego. b) Mutuo acuerdo. c) Quiebra del adjudicatario. d) Rescisión. Art. 43.- PAGO. El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26 al 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE NETWORKING
RENGLÓN
CANTIDAD
DESCRIPCIÓN
1
Uno (1).
Equipamiento de Networking para la ampliación de la red actual y el reemplazo de la solución de Core.
El objeto de la presente contratación consiste en la adquisición de equipamiento de Networking para la ampliación de la red actual y el reemplazo de la solución de Core por obsolescencia. Esta acción resulta imprescindible habida cuenta la suma de nuevos organismos bajo la administración IT del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad (MJySGC) y la integración a la red de las Comisarías y otras dependencias pertenecientes a la Policía Federal Argentina (PFA) y Bomberos transferidas a la órbita de este Ministerio. Es imperioso homogeneizar la solución de Switching que actualmente posee el MJySGC en una única marca, garantizando la integridad y seguridad de la red, administración centralizada, modernización de la misma y reducción de costos de operación entre otras características, por tal razón se solicita la provisión, instalación y puesta en marcha de equipamiento Dell. Descripción técnica El diseño que se definió para la solución es la estructura de Core distribuido en tres (3) capas denominada SPINE, LEAF y Acceso o Borde, no aceptándose otro tipo de estructura. El equipamiento ofrecido deberá cumplir con el siguiente detalle técnico: -En la capa SPINE o CORE se deberá contar con dos (2) equipos con treinta y dos (32) Ports como mínimo con velocidades de 10/25/40/50/100Gbits, dos (2) fuentes de alimentación HOT SWAP como mínimo y cinco (5) fan cooler como mínimo HOT SWAP.
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Capacidad de Switching de seis (6) Tbits o más, capacidad de Forwarding de 4000 MPPS o más, protocolos de routeo OSPFv2, OSPFv3, RIP y BGP. Soporte
VRF, Jumbo
Frames, IPv6. Latencia de hasta 300ns en L2 y 400ns en L3 QoS. Tamaño 1U de RACK. Software Datacenter. -En la capa LEAF o Distribución se deberá contar con ocho (8) equipos con cuarenta y ocho (48) ports con velocidades de 1/10Gbits y seis (6) Ports de Uplink con velocidades de 40gbits. Cuatro (4) de los equipos deben ser para conexión UTP en sus cuarenta y ocho (48) Ports. Los seis (6) ports de Uplink deben ser del tipo SFP+. Cuatro (4) de los equipos deben ser para conexión de Fibra en todos sus ports. Debe contar cada uno con dos (2) fuentes de alimentación HOT SWAP como mínimo y fan cooler redundantes HOT SWAP. Capacidad de Switching de 1,2Tbits o más. Soporte 802.1x, Jumbo Frames, VRF, Ospfv2 v3, IPv6. Latencia de hasta 600ns. Sistema operativo abierto, que permita la “customizacion” de desarrollos propios o eventualmente tener posibilidad de cambiarlo. Esta condición es necesaria para poder realizar desarrollo de monitoreo especifico, alarmas ante eventos no deseados en la red, etc. Estos eventos son de índole de seguridad. - En la capa de Acceso o Borde se deberá contar con setenta y cinco (75) Switches de cuarenta y ocho (48) ports PoE y treinta (30) switches de veinticuatro (24) ports PoE. Todos los ports deben ser de 1Gbits y poseer dos (2) Ports de 10Gbits SFP+ de Uplink PoE – 740W para cuarenta y ocho (48) ports y 370w para veinticuatro (24) Ports. L2 y funcionalidades de L3. Full administrable. Todos deberán contar con Fuente redundante. Esquema de diseño de la solución
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Implementación El adjudicatario deberá asegurar la instalación física y lógica del equipamiento a proveer en las dependencias que el MJySGC indique en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Es importante destacar que el oferente deberá presentar una carta emitida por el fabricante de los equipos ofrecidos, donde acredite su calidad de canal y autorización para ofertar la solución propuesta.
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También, deberá asegurar la implementación del equipamiento, en base a las siguientes premisas: La propuesta debe contemplar el servicio de implementación y puesta en marcha de la solución.
Montado del/los equipos en el rack. Armado Link aggregation entre los Switches SPINE . Single logical Switch. Armado Link aggregation entre los switches LEAF de a pares. Single logical Switch.
Armado Stack de los Switches de acceso según diseño. Conexionado físico entres los switches de la capa Leaf y la capa Spine de acuerdo al diseño.
Conexionado Switches de acceso a la capa Leaf de acuerdo al diseño. Energizado asegurando el conexionado de las fuentes redundantes a fases diferentes.
Configuración Core Switch (Vlans, Servicios DHCP, SNMP, Routeo, Ports security, hardening,administraciónetc.) QoS. La configuración se hará de acuerdo a la información aportada por el cliente.
Configuración Distribution Switch. Definiciones de Trunks, Ports security, Hardening, QoS,Administracionetc. Ídem anterior.
Configuración Switces de accesos. Definición de acceso de VLAN en cada puerto, hardening, Trunks, administración etc. Ídem anterior.
Desarrollo de la “customizacion” del Sistema operativo de los Switches LEAFo distribución. El montaje físico y conexionado se hará de acuerdo a las mejores prácticas del fabricante de los productos. Servicios y Soporte Técnico. El adjudicatario deberá proveer un servicio de mantenimiento operativo tendiente a garantizar el correcto funcionamiento del equipamiento propuesto por el término de tres (3) años a partir de la fecha de recepción definitiva. Asimismo deberá garantizar contra vicios ocultos o defectos de fabricación que afecten el normal funcionamiento del equipamiento contratado. La cobertura (SLA) deberá ser la siguiente:
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•
Para el Core: atención 24x7, con tiempo de respuesta en sitio dentro de las cuatro (4) horas de recibido el aviso.
•
Para el resto de los activos: atención 24x7, con tiempo de respuesta en sitio dentro del próximo día hábil de recibido el aviso (NBD).
•
Para la provisión de partes de reparación: se deberá proveer la parte en el sitio dentro del próximo día hábil de recibido el aviso (NBD).
Para esto es vital que el fabricante/partner reciba la alerta temprana ante el fallo de un equipo conforme a lo requerido en el Punto 6. Al recibir la notificación de una falla se efectuará un diagnóstico de primer nivel y troubleshooting remoto, brindando asistencia telefónica al personal del MJySGC. El oferente deberá poner a disposición del MJySGC de diversos medios de contacto para acceder a su Centro de Atención al Cliente, tales como líneas telefónicas rotativas, líneas celulares, direcciones de mail y fax. A cada incidente se le asignará un número de Ticket un código de prioridad relacionado a la severidad del caso, de acuerdo con la información recibida. En caso de que no se pueda determinar y resolver el incidente en forma remota, se procederá a un segundo nivel de escalamiento y/o asistencia en sitio. El servicio deberá contemplar además, el diagnóstico preliminar, cambio del equipo o parte, instalación del nuevo equipo o parte, configuración y puesta en marcha full operativo. Asimismo se deberá contar con soporte técnico ante problemas de cualquier índole en la LAN, como flapping, loop, problemas de routeo, etc. Después de resuelto el evento, ya sea cual fuere el mismo, se deberá dar seguimiento por el lapso de una semana a fin de verificar o corregir el funcionamiento del equipo seguido. Monitoreo /Gestión Se deberá proveer una herramienta integral de monitoreo y gestión para todos los activos de networking incluyendo licencias para trescientos (300) dispositivos. La herramienta deberá contar con todas sus actualizaciones por el período de tres (3) años. Detallar si la misma poseerá licencia perpetua o por suscripción.
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El hardware para correr el sistema será provisto por el Ministerio, debiéndose indicar los requerimientos necesarios de la máquina. La gestión deberá permitir tener actualizado la versión del SO operativo de los Switches, poder realizar modificaciones en la configuración de forma masiva, etc. El monitoreo deberá permitir enviar alertas antes eventos que a continuación se detalla a través de mail, SMS y consola. Eventos a monitorear: Salud del equipo, utilización de recursos (memoria, proceso), utilización ancho de banda principalmente en las capas SPINE LEAF. Las alertas deberán ser recibidas también por el oferente para comenzar con la acción de mitigación. Este punto va emparentado con los servicios requeridos en el punto anterior. Capacitación El oferente deberá impartir un curso de capacitación para el manejo/administración de todo el equipamiento ofrecido para un mínimo de seis (6) y un máximo de diez (10) participantes Los participantes, una vez finalizado el mismo, deberán ser capaces de: •
Realizar configuración inicial de los diferentes equipos (SPINE-LEAF-BORDE).
•
Configuración VLAN, Hardening, trunks, Ports, etc.
•
Configuración Routeo, protocolos de loopeo, Stacks, LAGs etc.
•
Troubleshooting. Comandos.
•
Capacitación en el manejo de la herramienta de Gestión y monitoreo, instalación, agregado de equipos, actualizaciones, definición de alarmas, etc.
Se deberá contar con material del curso impartido e infraestructura para poder realizar las prácticas. Adicionalmente al curso de Capacitación solicitado, se deberá realizar un Skill transfer de los realizados al personal, que el MJySGC, estime necesario. Entregables Los entregables de dicha implementación están constituidos por: •
Instalación, Configuración y Puesta en Servicio de Equipos.
•
Pruebas de Operatividad.
•
Pruebas de Aceptación.
•
Entrenamiento para el Personal del cliente.
•
Documentación:
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o
Esquemas de Conexionado.
o
Layout de Racks.
o
Documentación Fotográfica.
o
Configuraciones de los equipos.
Equipamiento solicitado Ítem Descripción
Cantidades
Core Switch 1 2 3
Switches de capa SPINE o CORE – Tipo Dell Z9100-ON. Switches de capa LEAF o Distribución (cobre) – Tipo Dell S4048T-ON. Switches de capa LEAF o Distribución (fibra) – Tipo Dell S4048-ON.
Dos (2). Cuatro (4). Cuatro (4). Ciento
4
SFP 1000Base-SX .
cuarenta y cuatro (144).
5
Software de monitoreo y gestión.
Uno (1).
6
Capacitación.
Una (1).
Borde 7 8
Switches de capa de acceso o borde de veinticuatro (24) Treinta ports – Tipo Dell N2024P.
(30).
Switches de capa de acceso o borde de cuarenta y ocho Setenta y (48) ports – Tipo Dell N2048P
9
SFP+ 10GbE SR.
10
SFP 1000Base-SX.
11
Cables de Stack.
cinco (75). Treinta (30). Cuarenta y cinco (45). Treinta
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 163/SSADS/16 (continuación)
(30). 12
SFP+ 10GbE LR, 1310nm Wavelength, 10km Reach.
Doce (12).
Servicios 13 14 15
Servicios de Configuracion, Staging, Rack & Stack. Servicio de Mantenimiento Operativo (SLA Core cuatro (4) horas / Borde NBD). Servicio de Monitoreo Predictivo.
FIN DEL ANEXO
Uno (1). Uno (1). Uno(1).
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 230/ISSP/16
FIN DEL ANEXO
N° 153
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/SSTYTRA/16
N° 154
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 155
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 156
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 157
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54/SSTYTRA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 158
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 61/SSTYTRA/16
N° 159
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 61/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 160
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 61/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 161
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 61/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 162
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 61/SSTYTRA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 163
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 124/SSTYTRA/16
N° 164
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 124/SSTYTRA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 165
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16
N° 166
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 167
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 168
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 169
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 170
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 171
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
N° 172
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 145/SSTYTRA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 173
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 174
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5700/MCGC/16 ANEXO I
RESOLUCION
N°: 17219
.
SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro./Año EXP-1805532112016I
CONTRATANTE:
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro.
Contratado/a
TORRES
VICTQR
NICOLAS
1
(1) S610 para aquellos contratados
que poseen representante
Nro. CUITa CDI
ONI
CUIT
12956978
20129569787
Representado/a (1 )
por:
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta 24"()7.16
24-07-16
Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). MUSICO USINA DEL ARTE
Nro. Cuotas 1
1
legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
Monto
I
10.000,00
Total
I
10.000,00
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 175
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5706/MCGC/16 ANEXO I
RESOLUCION
N°: 17221
.
SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA
CONTRATANTE:
Actuado Tipo-Nro.lAño
Contratado/a
EXP-18058065/2016
BIAMONTE
FEDERICO
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro.
Nro. CUITa CDI
ONI
CUIT
36403967
20364039671
Representado/a (1 )
por:
Docum. Tipo Nro.
Periodo Desde Hasta 15-07.16 31-o7~16 01-08-16 31-08.16
Importe Descripción de la función
Nro. Cuotas
Monto
Total
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)ASISTENTE DE PRODUCCION USINA DEL ARTE
1
12.000,00
24.000,00
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)ASISTENTE DE PRODUGCION USINA
1
12.000,00
OEl ARTE
(1) Sólo para aquellos contratados
que poseen representante
legal y/o artistico (contrato de representación). FIRMA
Pag.
1 de
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 176
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5707/MCGC/16 ANEXO 1
RESOLUCION
N°: 17222
.
SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP.1B05694812016I
CONTRATANTE:
Contratado/a
DEMA. PALOMA
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. ONI
29753968
Nro. CUITa COI
I
Representado/a (1)
Docum. Tipo Nro.
por:
CUIT
I
27297539685
I
Período Desde Hasta '5-07.'6
31-07-16
Importe Descripción de la función LOCACION OE SERVICIO (CONTRATO) ASISTENTE DE PRODUCCION USINA
Nro. Cuotas
'1 ,
CELARlE
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artistico (contrato de representación). FIRMA Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
Monto
I
9.000,00
Total
I
9.000,00
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 177
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN ANEXON° I 5923/MCGC/16 RESOLUCION
N°: 17441
.
SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-17510546/2016
CONTRATANTE:
Contratado/a
FERMEPIN
(1) S610 para aquellos contratados
JULIO
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. DNI 31988138
que poseen representante
Nro. CUlTo CDI
I
CUIT
20319881388
Representado/a (1 )
por:
Docum. Tipo Nro.
Periodo Desde Hasta 15..Q7-16
I
31-07-16
Importe Descripción de la función
Nro. Cuotas
LOCACION DESERVICIO (CONTRATo)-1 1 ASISTENTE ARTIST1CO CUl rURAL INVITADOS USINA DEL ARTE
Monto
I
legal y/o artislico (contrato de representación).
FIRMA ?ág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
4,500,00
Total
I
4.500,00
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 178
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN ANEXON° I 5929/MCGC/16 RESOLUCION
N°: 17448
.
SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-18056135!2016
CONTRATANTE:
Docum. Tipo Nro.
Contratado/a
CHAMBOULEYRON
(1) S610 para aquellos contratados
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
BRIAN
EXT
92568156
que poseen representante
Nro. CUlTo COI
Representado/a (1 )
por:
Docum. Tipo Nro.
Periodo Desde Hasta 124-07-16 24..0].16
CUIT
20925681564
Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATo)-1 MUSteO US1NA DEL ARTE
Nro. Cuotas 1
Monto
I
legal y/o artistico (contrato de representación). FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
40.000,00
Total
I
40.000,00
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 179
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6349/MCGC/16
ANEXO
G O B I E R NO
D E
L A
C I U DA D
AUTÓNOMA D E
B U E N O S
A I R E S
Nº DE AUTORIZACION
Nº ACTUADO
MONTO INDIVIDUAL
MONTO ACUMULADO
1
EE N 17.701.886-16
$ 2,348,800.00
$ 2,348,800.00
2
EE N° 18.762.671-16
$ 874,240.00
$ 3,223,040.00
3
EE N° 18.763.215-16
$ 2,150,400.00
$ 5,373,440.00
4 5 6 7
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 180
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6670/MCGC/16
ANEXO
G O B I E R NO
D E
L A
C I U DA D
AUTÓNOMA D E
B U E N O S
A I R E S
Nº DE AUTORIZACION
Nº ACTUADO
MONTO INDIVIDUAL
MONTO ACUMULADO
1
EE N 17.701.886-16
$ 2,348,800.00
$ 2,348,800.00
2
EE N° 18.762.671-16
$ 874,240.00
$ 3,223,040.00
3
EE N° 18.763.215-16
$ 2,150,400.00
$ 5,373,440.00
4
EE N° 17.753.662-16
$ 2,150,400.00
$ 7,523,840.00
5
EE N° 17.778.566-16
$ 858,000.00
$ 8,381,840.00
6
EE N° 17.771.760-16
$ 726,000.00
$ 9,107,840.00
7
EE N° 18.763.106-16
$ 2,425,472.00
$ 11,533,312.00
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 181
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6841/MCGC/16
ANEXO
G O B I E R NO
D E
L A
C I U DA D
AUTÓNOMA D E
B U E N O S
A I R E S
Nº DE AUTORIZACION
Nº ACTUADO
MONTO INDIVIDUAL
MONTO ACUMULADO
1
EE N° 20.059.555-16
$ 1,024,000.00
$ 1,024,000.00
2 3 4 5 6 7 8
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 182
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7647/MCGC/16
ANEXO
G O B I E R NO
D E
L A
C I U DA D
AUTÓNOMA D E
B U E N O S
A I R E S
Nº DE AUTORIZACION
Nº ACTUADO
MONTO INDIVIDUAL
MONTO ACUMULADO
1
EE N° 20.059.555-16
$ 1,024,000.00
$ 1,024,000.00
2
EE N 16.840.054-16
$ 104,096.00
$ 1,128,096.00
3
EE N° 20.758.721-16
$ 2,761,379.84
$ 3,889,475.84
4
EE N° 20.166.211-16
$ 23,780.00
$ 3,913,255.84
5
EE N 20.204.801-16
$ 58,612.00
$ 3,971,867.84
6
EE N° 20.906.859-16
$ 1,250,000.00
$ 5,221,867.84
7
EE N° 21.208.192-16
$ 1,250,000.00
$ 6,471,867.84
8
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 183
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7648/MCGC/16
ANEXO
G O B I E R NO
D E
L A
C I U DA D
AUTÓNOMA D E
B U E N O S
A I R E S
Nº DE AUTORIZACION
Nº ACTUADO
MONTO INDIVIDUAL
MONTO ACUMULADO
1
EE N° 20.059.555-16
$ 1,024,000.00
$ 1,024,000.00
2
EE N 16.840.054-16
$ 104,096.00
$ 1,128,096.00
3
EE N° 20.758.721-16
$ 2,761,379.84
$ 3,889,475.84
4
EE N° 20.166.211-16
$ 23,780.00
$ 3,913,255.84
5
EE N 20.204.801-16
$ 58,612.00
$ 3,971,867.84
6
EE N° 20.906.859-16
$ 1,250,000.00
$ 5,221,867.84
7 8
FIN DEL ANEXO
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO
DE
LA
CIUDAD
•
DE BUENOS
N° 184
AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8371/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado
Tipo-Nro/Año
EX-2016.2071469S-
-MGEYA-CCGSM
Nro.
r
DNI
I
.
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin
Contratado/a GUERRIERI MARCELO GABRIEL
Documento npo
23.090.432
Documen
Nro.
C.U.I.T. o C.O.J
I
Representad ola por: U)
1----'0_ .....feriadº--Tipo Nro.
C.U.I.T. 20-23090432-5
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante lega! y/o artistico (contrato de representación).
FIN DEL ANEXO
""", Ha5t.
07-09.16 30-11-16
Descripción
de la función
1--
Nro.
Ctas COORDINADOR
DE TALLER ARTISTICO
-
Importe Monto
Total
-
60%
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO
DE
LA
CIUDAD
• DE
BUENOS
N° 185
AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8372/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION
.
MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado
Tipo-Nro/Año
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin
Contratado/a
Documen
Documento
Nro,
-MGEYA-CCGSM
MAlO NATALIA IRENE ERICA
Períº-9lL
ro""
DNI
C.U.I.T.
20-10-16
27-30756587.6
30-11-16
Nro.
EX-2016-20916333-
lo
Representad
C.U.I.T. o C.O.I
30.756.587
i
ola por:
(1)
Tipo Nro.
(1) S610para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artlstico (contrato de representación).
FIN DEL ANEXO
()@sde
Importe Descripción
de la función
Hasta
Nro.
Ctas COORDINADOR
DE TALLER ARTISTICO
Monto
.
~
-~
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 186
i
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8373/MCGC/16 ANEXO I
RESOLUCION
.
MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado
Tlpo-Nro/Año
--
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin
Contratado/a
--
-
EX-2016-20915399-
I
-MGEYA-CCGSM
ACOSTA JUAN IGNACIO
Documento Tipo
'ro.
Docurnen
Nrº~
C.U.I.T. o C.O.I
Representad ola por: (l)
~~~-r--P-~!!ºc:lO_
T,,, Nro.
0.",
DN!
C.U.I.T.
18-10-16
32.945.338
20-32945338-4
30-11-16
(1) Sólo para aquelfos contratados que poseen representante legal y/o artfstico (contrato de representación).
FIN DEL ANEXO
Import e Descripción de la función
Hasta
COORDINADOR
DE TALLER ARTISTICO
Nro. Ctas
Monto
-
-
E .~
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO
DE LA
CIUDAD
•
DE BUENOS
N° 187
AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8374/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION
.
MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado
T,po-Nro/Ai'io
EX-2016-20660652-
-MGEYA-CCGSM
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin Documento
Contratado/a
BLANCO, ARIEL SANTIAGO
Tipo Nro.
DNI
I
I
-- f--
26.095.961
Documen
f.!ro. ____ ~_ Representad
C.U.I.T. o C.D.I
o/a por:
(1)
_.
_to_ r---f,.erí.Odo_ Tipo Nro.
e.U.I.T.
07-09-16 30-11-16
FIN DEL ANEXO
de la función
Hasta
20-26095961-2
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe Descripción
Nro. Ctas
COORDINADOR DE TALLER ARTISTICO
-
Monto
-Total
60%
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO
DE
LA
CIUDAD
• DE
BUENOS
N° 188
AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8375/MCGC/16 ANEXO I
RESOLUCION
.
MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin Documento
Actuado
Contratado/a
Tipo-Nro{AI\o
1--
Tipo
-
'ro.
EX-2016-20661523-
--
-MGEYA-CCGSM
GUTKIN DEBORA NOEMl -L
ONI 12.045.897
l-------- Nr9___=___=__=_' Representad C.U.I.T. o c'0.1 ola por: (1)
Documen to T,po Nro.
C.U.I.T. 27-12045897-9
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artfstico (contrato de representación).
FIN DEL ANEXO
PeriOl:Jo_
o.,d,
Nro.
etas
Ha~a
07-09-16 30-11-16
~f - L-
Importe
Descripción de la función
COORDINADOR DE TALLER ARTISTICO
Monto
Total
60%
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO
DE
LA
CIUDAD
• DE
BUENOS
N° 189
AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8376/MCGC/16 ANEXO I RESOLUC ION
.
MINISTERIO OE CULTURA UNIOAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tlpo-NrojAño
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin
Contratado/a
Documento Tipo
Nro.
---
C.U.J.T. o C.O.I
Nro.
EX-2016-20916030-
~-
-
-MGEYA-CCGSM
MAlO NATAUA IRENE ERICA
DNI 30.756.587
Representad ola por: (1)
Documen to TIpo
Nro.
C.U.I.T. 27~307S6587-6
---
(1) Sólo para aquellos cC?ntratadosque poseen representante legal y/o arlfstico (contrato de representación).
FIN DEL ANEXO
Pe~o_do_
""",
Importe Descripción de la función
Hasta
07-09-16 14-10-16
Nro.
Ctas COORDINADOR DE TALLER ARTISTICO
-
-
--
Monto
Total
-
70%
N° 4992 - 24/10/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO
DE
LA
CIUDAD
• DE
BUENOS
N° 190
AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 8377/MCGC/16 ANEXO I
RESOLUCION
.
MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado
Tlpo-Nro/Año
EX-2016-20139322-
.MGEYA-CCGSM
543- Dirección General Centro Cultural Gral. San Martin
Contratado/a
UCHITEL ANDREA
Documento Tipo Nro.
IDocumen NC