ANEXO III - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS

ANEXO III - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS Provisión de: SERVICIO MANTENIMIENTO DE ASCENSORES Y MONTAPLATOS EN DISTINTAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETA

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ANEXO III - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS Provisión de: SERVICIO MANTENIMIENTO DE ASCENSORES Y MONTAPLATOS EN DISTINTAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA GENERAL Y OTRAS REPARTICIONES DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL.Destino: EDIFICIOS DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA GENERAL Ciudad de La Plata Todos los trabajos serán ejecutados bajo las reglas del buen arte, y deben ajustarse técnicamente a las recomendaciones explicitadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires. Este documento no contiene especificaciones técnicas generales; las mismas están consideradas en el Pliego arriba mencionado y vale para todo el ítem que involucren formas constructivas. Rg

Descripción

Nomen Ítem Cant clador

Unid.

SERVICIO MANTENIMIENTO DE ASCENSORES, MONTAPLATOS EN CASA DE GOBIERNO, RESIDENCIA Y DISTINTAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA GENERAL.-

1

Ascensores y Montaplatos - CASA DE GOBIERNO RESIDENCIA DE LOS GOBERNADORES Y DIVERSAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA GENERAL DE GOBERNACION

01400

001

6

MES

RENGLÓN 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES Y MONTAPLATOS EN DIVERSAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA GENERAL Y OTRAS REPARTICIONES DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL.     

Casa de Gobierno (calle 6 entre 51 y 53) - La Plata Residencia de los Gobernadores (calle 5 entre 51 y 53) - La Plata Edificio Administrativo (Av. 7 esq. 50) - La Plata. Edificio Palacio Servente (Av. 13 esq. 523) - La Plata. Edificio Radio Provincia. Palacio Achinelli. (Av. 53 esq. 11) - La Plata.

1.- DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA INSTALACIÓNES 1.1.- En Casa de Gobierno (Calle 6 entre 51 y 53 – La Plata): 1.1.1.- Ascensores 1, 2, 3 ubicados en pasillo de Planta Baja, frente hall de entrada, tres paradas, velocidad variable por variación de frecuencia y tensión, 7 CV de potencia, 380 voltios, 960 r.p.m., velocidad nominal de los motores, marca Ciulla. 1.1.2.- Ascensor 4, hidráulico (acceso al sector Mansarda), con cuatro paradas, 380 Voltios y 30 HP de potencia. 1.1.3.- Ascensor 5, marca Otis, ubicado sobre calle 53 Ministerio de Gobierno, con dos paradas, una velocidad, 380 Voltios y 7 HP de potencia. 1.1.4.- Ascensor 6, marca Otis, ubicado en la Custodia del Gobernador, con dos paradas, una velocidad, 380 Voltios y 7 HP de potencia. 1.2.-Residencia de los Gobernadores (Calle 5 entre 51 y 53 – La Plata): 1.2.1.-Ascensor 7, marca Otis, ubicado en la Residencia de los Gobernadores (Privado de la Sra. Gobernadora), con tres paradas, 2 velocidades, 380voltios y 7 ½ HP de potencia en el motor. 1.2.2.-Ascensor 8, marca Otis, ubicado en la Residencia de los Gobernadores (Sector servicios) con tres paradas, 2 velocidades, 380voltios y 5 ½ HP de potencia. 1.2.3. -Montaplatos 9, con dos paradas, puertas manuales, 380 voltios y ½ HP de potencia. 1.3.- Edificio Administrativo (Av. 7 esq. 50 – La Plata) 1.3.1.- Ascensor 10: marca Otis, 4 paradas, 940 r.p.m., 380 voltios, 18 HP de potencia. 1.4.- Edificio Palacio Servente (calle 13 y 523 – La Plata) 1.4.1.- Ascensor 11: marca Servas, 3 paradas, 380 voltios, 10 HP de potencia, capacidad 400 Kg. 1.4.2.- Ascensor 12: Plataforma Hidráulica marca “Axes Sistems”, 2 paradas, 380 voltios y 5 HP de potencia. 1.5.-Edificio Radio Provincia Palacio Achinelli (calle 53 esq. 11 – La Plata) 1.5.1 Ascensor 13: marca Industria Rojas, modelo hidráulico lateral, 4 paradas, cabina automática corrediza, puerta automática una velocidad, 30 MPM y 16 HP de potencia, presión máxima 40bar.

2.- CONSIDERACIONES GENERALES: 2.1.- Rutina Quincenal de control de mantenimiento preventivo / correctivo de los elementos que a continuación se detallan: Verificación de temperatura de motores y bujes. Vibración de motores, niveles de aceite en bujes de máquinas, motores y cajas reductoras, zapata de freno, contactores, barrido de contacto en controles, tornillos y tuercas en partes móviles de controles, fijación de los ganchos de las puertas exteriores sin que esté el ascensor, contactos de puertas de cabinas y apertura mínima de zapata de frenos. 2.2.- Rutina Mensual de limpieza, engrase, lubricación: Además de los trabajos detallados en la rutina quincenal, deberá efectuarse el suministro de materiales y la mano de obra necesarias para el engrase, lubricación y limpieza del ascensor. Los materiales a proveer serán de primera calidad y adecuados para cada caso y uso, debiéndose utilizar los lubricantes recomendados por el fabricante de las máquinas y motores o bien de superior calidad. Se deberán engrasar las poleas, las guías, guiadores, limitadores de velocidad, patines, rampa de límites y toda otra parte que requiera asistencia y que haga al servicio. La lubricación se efectuará sobre los pernos, ejes, trabas, bujes y toda otra parte móvil del ascensor. La limpieza se realizará sobre las máquinas, motores, cabinas en sus partes exteriores, foso, sobre marcos, solias de pasadizos, quitando todo resto de aceites, grasas, etc. La presente rutina se deberá efectuar dentro de los 22 días entre un servicio y otro. 2.3.- Controles a realizar: La Prestataria deberá verificar el juego de coronas y sinfín de las máquinas, juego axial del sinfín, temperaturas de las máquinas y los bujes de las mismas, temperatura de los bujes de polea de desvío, el mecanismo de puertas exteriores y de cabinas, los pulsadores de cabina y alarma, juego de cabina, pérdida de aceite en bujes, retenes, juntas, prensa estopa, temperatura en las crapodinas, ruido anormal de máquinas y en el funcionamiento general (aros de distribución de aceites en bujes, medición de ruido y vibraciones en todos los elementos rotantes y sus componentes, todo ello con el instrumental y equipamiento necesario a tales fines). 2.3.1.- Rutina trimestral: Además de lo establecido en la rutina mensual, se deberá verificar el tensado de los cables de acero de tracción y de los limitadores de velocidad, los botones de funcionamiento, las colisas en guiadores de coche y contrapeses, la limpieza de pistones y camisas de freno y el desgaste de las ranuras de las poleas de tracción.

2.3.2.- Rutina semestral: Además de lo establecido en la rutina trimestral, se deberá verificar el consumo en amperes de los motores, la protección térmica de los mismos, los contactos de paracaídas, la fijación de las cabinas, las líneas trifásicas de los

fusibles de sala de máquinas, el lavado total de los limitadores de velocidad, debiéndose efectuar los ensayos de aislamiento y calibración de los térmicos de acuerdo al consumo. Asimismo en orden a lo establecido en la Ordenanza Nº 8769/67, se deberá semestralmente efectuar las pruebas de paracaídas y cortes de límites finales de sobre y bajo recorrido, el control de las fijaciones de las guías de cabinas y contrapesos y el cambio de aceite en la caja reductora de la máquina, del aceite de los bujes (previa limpieza de los depósitos de aceite). Los trabajos señalados en las distintas rutinas, son considerados como tareas mínimas a realizar, debiendo el adjudicatario efectuar todas aquellas tareas necesarias según lo puntualicen las reglas del arte para este tipo de servicios y la normativa vigente sobre el particular. 2.4.- Exclusiones: Quedan excluidas del servicio: las reparaciones mecánicas de las máquinas reductoras de tracción, las reparaciones mecánicas y eléctricas en los motores de tracción y freno, el cambio de cables de acero de tracción, en caso de estiramiento el acortado de los cables de acero de tracción, el cambio de cables eléctricos de comando, la reparación mecánica en la polea de tracción y desvío y las reparaciones eléctricas en los controles de mando y reguladores de frecuencia variable y todos los elementos que componen el sistema de funcionamiento automático. En caso de ser necesario realizar alguno de los trabajos citados en las exclusiones, el adjudicatario deberá presentar por escrito cotización por tales tareas ante la Dirección de Intendencia y Mantenimiento, quien de corresponder autorizará la realización de los mismos. 2.5.- De las Reglamentaciones: La prestataria del Servicio se efectuará en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 8769/97 (Decreto Reglamentario Nº 199/98) y toda otra normativa específica en la materia emanada de autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales (La Plata) 2.6.- Informe Previo: En el transcurso de la primera semana posterior a la adjudicación de las tareas, se realizará una inspección integral de la totalidad de los equipos objeto del presente servicio, en presencia de un Profesional Ingeniero en representación de “La Prestataria” y de la Dirección de Intendencia y Mantenimiento . Dentro del plazo de 72 horas de efectuada dicha Inspección, “La Prestataria” presentará un informe completo del estado general en que se encuentran los equipos con un programa de trabajos a efectuar, y si fuera necesario corregir algún elemento no contemplado en las rutinas de servicio, se informará respecto a la reparación que deba realizarse para normalizar el funcionamiento del equipo afectado. 2.7.- Reclamos: El alcance de la responsabilidad de “La Prestataria” sobre el mantenimiento eléctrico de todos los equipos, es aguas abajo de los fusibles o llaves termo magnéticas del tablero de fuerza motriz.

“La Prestataria” deberá concurrir por reclamos o servicios de urgencia cada vez que La Dirección de Intendencia y Mantenimiento lo solicite, en forma inmediata, pudiendo requerirse mediante Órdenes de Servicio la ejecución de cualquiera de las tareas previstas en el presente Legajo, otorgando para su cumplimiento un plazo perentorio acorde con las características de la misma. Para las tareas de suma urgencia “La Prestataria” deberá contar con un servicio de respuesta rápida para solucionar las emergencias. El mismo deberá poseer movilidad propia para responder dentro de los 60 minutos de recibido el aviso de solicitud del servicio. El servicio de emergencias deberá estar disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. A tal fin deberá contar con dos (2) líneas telefónicas fijas y/o celular y servicio de radio mensaje, como mínimo. Asimismo, para las comunicaciones internas deberá poseer servicio de radiomensaje y/o radio y/o celular y/o VHF. 2.8.- Mano de Obra: “La Prestataria” asumirá el carácter de ejecutor o instalador de los trabajos contratados, con todas las obligaciones y responsabilidades que tal condición implica. “La Prestataria” utilizará toda la mano de obra necesaria como para cumplir con los trabajos en forma adecuada. “La Prestataria” queda obligada a mantener en todo momento el orden en los lugares de trabajo a su cargo. Asimismo “La Prestataria” y su personal deberán acatar las órdenes de la Dirección de Intendencia y Mantenimiento o de sus representantes. Si por deficiencias de la mano de obra y/o materiales a utilizar durante el transcurso del presente servicio que no satisfagan las exigencias de la Dirección de Intendencia y Mantenimiento, “La Prestataria” deberá a su costo realizar los arreglos que sean necesarios hasta lograr su perfecto funcionamiento. 2.9.- Herramientas: “La Prestataria” deberá proveer, todas aquellas herramientas, equipos y elementos que, aunque no se detallen e indiquen expresamente, formen parte de los mismos o sean necesarios para asegurar su perfecto funcionamiento o máximo rendimiento. “La Prestataria” deberá proveer y retirar, todos los elementos usados para la correcta realización de la tarea. 2.10.- Materiales: “La Prestataria” proveerá todos los repuestos necesarios para llevar a cabo el objeto previsto en el presente Legajo. Quedara por cuenta de “La Prestataria” los materiales menores necesarios para la realización correcta del servicio aunque no se detallen e indiquen expresamente.

3. ALCANCES TECNICOS DE LA PROVISIÓN 3.1.1 Herramientas “La Prestataria” deberá proveer, todas aquellas herramientas, equipos y elementos que, aunque no se detallen e indiquen expresamente, formen parte de los mismos o sean necesarios para su correcta terminación, o se requieran para asegurar su perfecto funcionamiento o máximo rendimiento. “La Prestataria” deberá proveer y retirar al finalizar los trabajos, todos los elementos usados para la correcta realización de la tarea. 3.1.2 Calidad de los materiales Los productos a entregar deben ser de primera calidad, quedando la Dirección de Intendencia y Mantenimiento en condiciones de rechazar la provisión en caso que ésta no cumpla las características técnicas descriptas y exigidas para la calidad de la obra en cuestión. 3.1.3 Condiciones de entrega de la prestación Se considerará que la prestación finalizará cuando “La Prestataria”: a- Haya ejecutado todos los trabajos previstos y en un todo de acuerdo con los documentos de contratación y con las disposiciones de las “Especificaciones Técnicas Complementaria para provisión SERVICIO MANTENIMIENTO DE ASCENSORES, MONTAPLATOS Herramientas y Equipos Necesarios para la realización de la tarea. b- Haya cumplido todas las exigencias que deriven de las órdenes de la Inspección Técnica. c- Haya trasladado los elementos de trabajo a lugares que no causen perjuicios a terceros. d- Haya remitido al lugar indicado por la Inspección Técnica los materiales de recuperación.

DIRECCION PRVOVINCIAL DE BIENES Y SERVICIOS DIRECCION DE INTENDENCIA Y MANTENIMIENTO

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