Anuncios particulares Programa de Actuación Urbanizadora Sector 7 (Casa Suárez): Anuncio 36

B.O.P. número 151 Viernes 20 de Diciembre, 2002 1 Miércoles 29 de Julio, 1998 • Número 90 Viernes 20 de Diciembre, 2002 Número 151 SUMARIO Pág.

7 downloads 55 Views 141KB Size

Recommend Stories


CONDICIONES PARTICULARES TARJETA VIVE 7
CONDICIONES PARTICULARES TARJETA VIVE 7 1. CONDICIONES PARTICULARES Y SU ACEPTACIÓN 1.1. Objeto. Las Condiciones Particulares descritas a continuació

Henares.es. Henares.es. Henares.es. Quiauto ANUNCIOS GRATUITOS ENTRE PARTICULARES
Distribución GRATUITA en expositores Nº 1.273. Del 21 de Julio al 14 de Septiembre de 2016 Pisos En Kioscos y Librerías: 0,90 € Coches Chalets Quiauto

5. Anuncios 5.2. Otros anuncios
Página núm. 114 BOJA núm. 77 Sevilla, 19 de abril 2011 5. Anuncios 5.2. Otros anuncios CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ANUNCIO de 25 de mar

Story Transcript

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

1 Miércoles 29 de Julio, 1998 • Número 90

Viernes 20 de Diciembre, 2002

Número 151

SUMARIO

Pág.

Administración Civil y Autonómica Subdelegación del Gobierno en Albacete: Notificaciones

1

Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: Anuncio de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas de Albacete

8

Tesorería General de la Seguridad Social: Edictos de la Dirección Provincial de Albacete

8

Instituto Nacional de Empleo: Edictos de la Dirección Provincial de Albacete

17

Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Albacete: Notificaciones

18

Agencia Estatal de Administración Tributaria: Anuncios de las Administraciones de Hellín y La Roda 19

Administración Local Diputación de Albacete: Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete. Edicto de la Zona 1.ª de Albacete-Capital

20

Ayuntamientos de: Albacete, Alpera, La Gineta, Munera, Ontur, Pozo Cañada, La Roda, Villamalea y Villarrobledo

21

Administración de Justicia Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha: Edictos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

31

Juzgados de lo Social: Números 1 y 3 de Albacete

32

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: Número 3 de Albacete y número 1 de Hellín

35

Anuncios particulares Programa de Actuación Urbanizadora Sector 7 (Casa Suárez): Anuncio

36

• ADMINISTRACIÓN CIVIL Y AUTONÓMICA

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ALBACETE NOTIFICACIONES

Ignorándose el domicilio actual de don Carlos López Carrasco, anteriormente domiciliado en Juan Sebastián Elcano, 20-4ºA de Albacete, y en cumplimiento de lo

prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-

2

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

mún, se publica el presente edicto para que sirva de notificación del acuerdo de incoación del expediente sancionador 602/02/002488/0, cuyo tenor literal es el siguiente: Acuerdo de incoación de expediente sancionador por infracción grave En virtud de las competencias que el artículo 29.1.d) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, encomienda a los Gobernadores Civiles, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Disposición Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/97, de 14 de abril, se atribuye actualmente en cuanto a la incoación e instrucción a los Subdelegados del Gobierno y en cuanto a la sanción a los Delegados del Gobierno, y conforme a las disposiciones establecidas en materia sancionadora por los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto (B.O.E., número 189, de 9 de agosto). 1º.–Se acuerda incoar expediente sancionador contra: Expediente número 602/02/002488/0. Denunciado: Carlos López Carrasco. Domicilio: Juan Sebastián Elcano, 20-4ºA. Localidad: Albacete. Por los siguientes hechos: Denunciante: Policía Local de Albacete. Fecha denuncia: 13/10/2002. Hechos: Que a las 05,00 horas del día 13/octubre/ 2002 se encontraba en la calle Tejares a la altura del cruce con la calle Jesús Nazareno, de Albacete y portaba un bate de madera, siendo ésta una zona de ocio muy concurrida. Infracción en materia de: Seguridad Ciudadana/Armas. Por cuanto: a) Los hechos sucintamente expuestos constituyen una presunta infracción administrativa contra la Ley

Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, y el Reglamento de Armas, aprobado por R.D. 137/1993 de 29 de enero (B.O.E., número 55 de 5 de marzo). b) Están tipificados como falta grave en el artículo 23 párrafo a) de la citada Ley y en el artículo 156 párrafo j), del Reglamento de Armas, y pueden ser sancionados con multa de 300,52 a 601,01 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o permisos correspondientes. 2º.– Si el denunciado reconoce su responsabilidad, el expediente se dará por concluido y se le impondrá la sanción correspondiente, considerando mínima la intencionalidad y menor la gravedad de los hechos. 3º.–En caso contrario, para la instrucción del procedimiento se designa como Instructora a doña María Pilar Fajardo López, Vicesecretaria General de esta Subdelegación del Gobierno; y como Secretario a don Andrés Saiz Redondo. Como determina el artículo 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pueden ser objeto de recusación, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, que debe plantearse por escrito, en el que se exprese la causa o causas en que se funda. 4º.–La Administración dispone de un plazo de 6 meses para resolver y notificar la resolución al interesado. Si se incumple este plazo se produce la caducidad del procedimiento. 5º.–Al calificarse provisionalmente la infracción de falta grave, el procedimiento sancionador se ajustará a los trámites ordinarios de alegaciones, con un plazo al interesado de quince días hábiles, contados a partir de la recepción del presente escrito para formularlas y proponer en su caso la prueba que estime conveniente oponiéndose al contenido del acuerdo de incoación, en caso de no formular alegaciones, la iniciación será considerada propuesta de resolución, proponiéndose como sanción la multa de 301,11 euros. Albacete a 28 de octubre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano. •30.316•

Ignorándose el domicilio actual de la empresa M. Peña de la Fuente y Prudencio López, anteriormente domiciliada en Hellín, Ctra. Hellín Liétor, Km 3,5, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución recaída en el expediente 1.221/2002, sobre concesión de permiso. Resolución Asunto: Concesión de permiso de residencia temporal y de trabajo tipo "Brenovado". Expte.: 02002002001221. N.I.E.: X03646424G.

Fecha de solicitud: 11/02/2002. Trabajador: Miguel Angel Jaramillo Japón. Actividad: Todas Nacionalidad: Ecuatoriana. Ámbito geográfico: Nacional. Fecha nacimiento: 13/06/1966. Tasa empresa: 66,21 euros. Domicilio: Calle Barrio Nuevo, 16. Localidad: Hellín. Visto el expediente de la referencia, instruido en virtud de solicitud de permiso de trabajo y residencia, y teniendo en cuenta los siguientes: Antecedentes de hecho Primero.–Que con fecha 11/02/2002 el interesado presenta solicitud de permiso de trabajo inicial por

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

3

cuenta ajena y permiso de residencia temporal, acompañada de cuantos documentos establece el artículo 81 del R.D. 864/2001 de 20 de julio. Segundo.–Que en la tramitación del expediente se han observado las prescripciones establecidas en la L.O. 4/2000, de 11 de enero (B.O.E. 12 de enero) modificada por la L.O. 8/2000, de 22 de diciembre, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y en el R.D. 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la citada L.O. Fundamentos de derecho Primero.–Esta Subdelegación del Gobierno es competente para resolver sobre los diferentes permisos de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del R.D. 864/2001, de 20 de julio, ya citado. Segundo.–De la valoración de la documentación aportada por el interesado así como de los informes correspondientes unidos al expediente, se estima que procede acceder a los solicitado, dado que se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos para, su concesión.

Por ello, esta Subdelegación del Gobierno acuerda conceder permiso de residencia temporal y trabajo tipo «B (renovado)» al ciudadano extranjero Miguel Angel Jaramillo Japón, con validez desde 27/06/2002 hasta 26/06/2004 con carácter geográfico nacional y para todo tipo de actividades. Notifíquese la presente resolución a los interesados, haciéndoles saber, que en virtud de lo determinado en la Disposición Adicional sexta del R.D. 864/2001, de 20 de julio, la misma agota la vía administrativa y por lo tanto podrá interponer recurso de alzada, ante la Delegada del Gobierno en Castilla-La Mancha en Toledo, en el plazo de un mes a partir de la notificación. Advertencia: En el modelo oficial que se adjunta, debe ingresar en cualquier entidad bancaria en concepto de tasa fiscal, la cantidad de 66,21 euros a cargo de la empresa, cuya carta de pago acreditativa de haber efectuado dicho ingreso, deberá presentarla en esta Subdelegación del Gobierno, en el plazo de ocho días. Albacete, 20 de noviembre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano. •30.467•

Ignorándose el domicilio actual de don Julio Miguel Jiménez López, anteriormente domiciliado en Avenida Prudencio González, 16, B, de Oviedo (Asturias), y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución sancionadora del expediente 602/02/001669/0, cuyo tenor literal es el siguiente: El Excmo. Delegado del Gobierno ha dictado la siguiente resolución: Visto el expediente sancionador de las circunstancias siguientes: Expediente: 602/02/001669/0. Denunciado: Julio Miguel Jiménez López. Domicilio: Avenida Prudencio González, 16, B. Localidad: Oviedo (Asturias). Denunciante: Guardia Civil de La Gineta. Fecha denuncia: 01/08/2002. Resultando: Que por la Subdelegación del Gobierno en Albacete con fecha 07/08/2002 se acordó la incoación de expediente sancionador contra Julio Miguel Jiménez López por presunta infracción grave contra el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Este acuerdo que incluye la designación de Instructor y Secretario y los demás pronunciamientos establecidos reglamentariamente, se notificó al interesado, concediéndole el plazo de quince días para formular alegaciones y aportar documentos o proponer los medios de prueba convenientes a su derecho. Resultando: Que notificado acuerdo de incoación con fecha 12/08/2002, se le concede el plazo legal para formular alegaciones sin que haya ejercitado dicho derecho.

Resultando: Concluida la instrucción resultan probados e imputados al denunciado los siguientes hechos: Que a las 17’00 horas del día 31/julio/2002, se encontraba en el área de servicio “Los Abades” de La Gineta y tenía en su poder 3,5 gramos de “hachís”, que portaba en sus bolsillos. Resultando: Que con fecha 19/09/2002 por la Instructora se formula la siguiente propuesta: 1.–Se declare a Julio Miguel Jiménez López responsable de una falta grave tipificada en el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. 2.–Imponerle una sanción de 360,61 euros. Resultando: Que notificada dicha propuesta de resolución mediante publicación en el B.O.P., de Albacete con fecha 16/10/2002, el interesado no presenta escrito de alegaciones. Vistos: La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, la Ley 6/97, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto (B.O.E. número 189, de 9/agosto). Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones de hasta 6.010,12 euros, e incautación de las drogas tóxicas e instrumentos empleados, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Disposición Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/97, de 14 de abril, se atribuye actualmente a los Delegados del Gobierno de las Comunidades Autónomas.

4

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

Considerando: Que, transcurrido el plazo reglamentario y no formulada oposición en el trámite de audiencia, ha de entenderse correcta la apreciación de los supuestos fácticos y jurídicos contenidos en el acuerdo de incoación y propuesta y, asumida consecuentemente por la parte interesada, las responsabilidadades derivadas de la infracción imputada. Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme a los trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Considerando: Que los hechos denunciados constituyen una infracción tipificada como falta grave contra el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Esta Delegación del Gobierno acuerda imponer a don Julio Miguel Jiménez López, la sanción de 360.61 euros e incautación de la droga, multa que deberá hacer efectiva en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano en la cuenta número 0049/6253/96/ 2710006569 en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha en que la resolución sea firme. Transcurrido dicho plazo se procederá a su cobro

por vía de apremio. Toledo, 19 de noviembre de 2002.– La Delegada del Gobierno, María Encarnación Naharro de Mora. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer los siguientes recursos: a) Potestativamente, recuso de reposición ante esta Delegación del Gobierno en el plazo de un mes; b) o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Toledo o, a su elección, ante el Juzgado correspondiente a su domicilio, en el plazo de dos meses. Estos recursos se regulan en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/88, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Albacete a 19 de noviembre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano.

Ignorándose el domicilio actual de don Sergio Guillén González, anteriormente domiciliado en Federico Moreno Torroba, 9, 5, C1, de Madrid, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución sancionadora del expediente 602/02/001756/5, cuyo tenor literal es el siguiente: El Excmo. Delegado del Gobierno ha dictado la siguiente resolución: Visto el expediente sancionador de las circunstancias siguientes: Expediente: 602/02/001756/5. Denunciado: Sergio Guillén González. Domicilio: Federico Moreno Torroba, 9, 5, C1. Localidad: Madrid. Denunciante: Guardia Civil de La Gineta. Fecha denuncia: 04/08/2002. Resultando: Que por la Subdelegación del Gobierno en Albacete con fecha 16/08/2002 se acordó la incoación de expediente sancionador contra Sergio Guillén González por presunta infracción grave contra el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Este acuerdo que incluye la designación de Instructor y Secretario y los demás pronunciamientos establecidos reglamentariamente, se notificó al interesado, concediéndole el plazo de quince días para formular alegaciones y aportar documentos o proponer los medios de prueba convenientes a su derecho. Resultando: Que notificado acuerdo de incoación mediante publicación en el B.O.P. de Albacete con fecha 16/09/2002, se le concede el plazo legal para

formular alegaciones sin que haya ejercitado dicho derecho. Resultando: Concluida la instrucción resultan probados e imputados al denunciado los siguientes hechos: Que a las 17’30 horas del día 4/agosto/2002, se encontraba en el área de servicio “Los Abades” de La Gineta y tenía en su poder 21 gramos de “hachís”, que portaba en sus bolsillos, al tiempo que consumía un cigarrillo adulterado con la misma sustancia. Resultando: Que con fecha 10/10/2002 por la Instructora se formula la siguiente propuesta: 1.–Se declare a Sergio Guillén González responsable de una falta grave tipificada en el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. 2.–Imponerle una sanción de 360,61 euros. Resultando: Que notificada dicha propuesta de resolución mediante publicación en el B.O.P., de Albacete con fecha 01/11/2002, el interesado no presenta escrito de alegaciones. Vistos: La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, la Ley 6/97, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto (B.O.E. número 189, de 9/agosto). Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones de hasta 6.010,12 euros, e incautación de las drogas tóxicas e instrumentos empleados, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Disposi-

•30.468•

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

5

ción Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/97, de 14 de abril, se atribuye actualmente a los Delegados del Gobierno de las Comunidades Autónomas. Considerando: Que, transcurrido el plazo reglamentario y no formulada oposición en el trámite de audiencia, ha de entenderse correcta la apreciación de los supuestos fácticos y jurídicos contenidos en el acuerdo de incoación y propuesta y, asumida consecuentemente por la parte interesada, las responsabilidadades derivadas de la infracción imputada. Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme a los trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Considerando: Que los hechos denunciados constituyen una infracción tipificada como falta grave contra el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Esta Delegación del Gobierno acuerda imponer a don Sergio Guillén González, la sanción de 360,61 euros e incautación de la droga, multa que deberá hacer efectiva en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano en la cuenta número 0049/6253/96/

2710006569 en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha en que la resolución sea firme. Transcurrido dicho plazo se procederá a su cobro por vía de apremio. Toledo, 26 de noviembre de 2002.– La Delegada del Gobierno, María Encarnación Naharro de Mora. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer los siguientes recursos: a) Potestativamente, recuso de reposición ante esta Delegación del Gobierno en el plazo de un mes; b) o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Toledo o, a su elección, ante el Juzgado correspondiente a su domicilio, en el plazo de dos meses. Estos recursos se regulan en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/88, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Albacete a 26 de noviembre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano. •30.469•

Ignorándose el domicilio actual de don César Antonio Gómez Díez, anteriormente domiciliado en Bazo Tanos, 389-A de Torrelavega (Santander), y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución sancionadora del expediente sancionador 602/02/001544/1, cuyo tenor literal es el siguiente: La Excma. Delegada del Gobierno ha dictado la siguiente resolución: “Visto el expediente sancionador de las circunstancias siguientes: Expediente: 602/02/001544/1. Denunciado: César Antonio Gómez Díez. Domicilio: Bazo Tanos, 389-A. Localidad: Torrelavega (Cantabria). Denunciante: Guardia Civil de La Gineta. Fecha denuncia: 01/07/2002. Resultando: Que por la Subdelegación del Gobierno en Albacete con fecha 25/07/2002 se acordó la incoación de expediente sancionador contra César Antonio Gómez Díez, por presunta infracción grave contra el artículo 25, párrafo 1), de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Este acuerdo que incluye la designación de Instructor y Secretario y los demás pronunciamientos establecidos reglamentariamente, se notificó al interesado, concediéndole el plazo de quince días para formular alegaciones y aportar documentos o proponer los medios de prueba convenientes a su derecho. Resultando: Que notificado acuerdo de incoación

mediante publicación en B.O.P. de Albacete con fecha 16/09/2002, se le concede el plazo legal para formular alegaciones, sin que haya ejercitado dicho derecho. Resultando: Concluida la instrucción resultan probados e imputados al denunciado los siguientes hechos: Que a las 20,40 horas del día 01/julio/2002, se encontraba fumando un cigarrillo adulterado con “hachís” en el área de servicio “Los Abades” de La Gineta sita en la CN-301, km. 226 y tenía en su poder 0,5 gramos de la misma sustancia, que portaba en un bolsillo. Resultando: Que con fecha 09/10/2002 por la Instructora se formula la siguiente propuesta: 1º Se declare a César Antonio Gómez Díez, responsable de una falta grave contra la seguridad ciudadana, tipificada en el artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. 2º Imponerle una sanción de 360,61 euros. Resultando: Que notificada dicha propuesta de resolución mediante publicación en B.O.P. de Albacete con fecha 01/11/2002, el interesado no presenta escrito de alegaciones. Vistos: La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, la Ley 6/97, de 14 de abril, de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora aprobado por Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto (B.O.E. número 189, de 9/agosto). Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgá-

6

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

nica 1/92, de 21 de febrero atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones de hasta 6.010,12 euros, e incautación de las drogas tóxicas e instrumentos empleados, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Disposición Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/97, de 14 de abril, se atribuye actualmente a los Delegados del Gobierno de las Comunidades Autónomas. Considerando: Que transcurrido el plazo reglamentario y no formulada oposición en el trámite de audiencia, ha de entenderse correcta la apreciación de los supuestos fácticos y jurídicos contenidos en el acuerdo de incoación y propuesta y, asumida consecuentemente por la parte interesada, las responsabilidades derivadas de la infracción imputada. Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme a los trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Considerando: Que los hechos denunciados constituyen una infracción tipificada como falta grave al artículo 25, párrafo 1) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Esta Delegación del Gobierno acuerda imponer a don César Antonio Gómez Díez, la sanción de 360,61 euros e incautación de la droga, que deberá hacer efec-

tiva en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano en la cuenta número 0049/6253/96/2710006569 en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha en que la resolución sea firme. Transcurrido dicho plazo se procederá a su cobro por vía de apremio. Toledo, 26 de noviembre de 2002.–La Delegada del Gobierno, María Encarnación Naharro de Mora.” Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer los siguientes recursos: a) Potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación del Gobierno en el plazo de un mes; b) o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Toledo o, a su elección, ante el Juzgado correspondiente a su domicilio, en el plazo de dos meses. Estos recursos se regulan en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Albacete a 26 de noviembre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano.

Ignorándose el domicilio actual de doña Dolores Fernández Fernández, anteriormente domiciliada en Infante Juan Manuel, 14 Pta. 6 de Albacete, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución sancionadora del expediente sancionador 602/02/001782/6, cuyo tenor literal es el siguiente: La Excma. Delegada del Gobierno ha dictado la siguiente resolución: Visto el expediente sancionador de las circunstancias siguientes: Expediente: 602/02/001782/6. Denunciada: Dolores Fernández Fernández. Domicilio: Infante Juan Manuel, 14 Pta. 6. Localidad: Albacete. Denunciante: Guardia Civil de Fuentealbilla. Fecha denuncia: 21/08/2002. Hechos: Que a las 13,00 horas del día 21/agosto/2002, se encontraba en la Plaza del Caudillo de Abengibre (Mercadillo) y, en el asiento trasero de la furgoneta matrícula 2419-BJF, portaba una navaja de 15,5 cm. de longitud y 3,5 cm. de ancha. Resultando: Que por la Subdelegación del Gobierno en Albacete con fecha 04/09/2002, se acordó la incoación de expediente sancionador contra Dolores Fernández Fernández, por presunta infracción grave contra el artículo 23, párrafo a), de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana en

relación con el artículo 156, párrafo j) del Reglamento de Armas, aprobado por R.D 137/1993. Resultando: Que notificado el acuerdo de incoación con fecha 25/09/2002 se le concede el plazo legal para formular alegaciones, sin que haya ejercitado dicho derecho. Resultando: Que no se aprecia la existencia de circunstancias agravantes de la infracción. Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones, en cuantía de hasta 6.010,12 euros, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Disposición Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/97, de 14 de abril, se atribuye actualmente a los Delegados del Gobierno de las Comunidades Autónomas. Considerando: Que conforme a lo establecido por el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por R.D. 1.398/93 de 4 de agosto, no efectuadas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedmiento, dentro del plazo concedido, la iniciación es considerada propuesta de resolución y procede dar por concluido el procedimiento y dictar la resolución sancionadora correspondiente. Considerando: Que los hechos denunciados constituyen una infracción al artículo 23, párrafo a), de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en relación con el artículo 156, párrafo j) del Reglamento de Armas.

•30.470•

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

7

Vistos: La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, el Reglamento de Armas, aprobado por R.D. 137/1993 de 29 de enero (B.O.E. número 55 de 5/marzo), la Ley 6/97, de 14 de abril, de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por R.D. 1.398/93, de 4 de agosto (B.O.E. número 189, de 9/agosto). Esta Delegación del Gobierno acuerda imponer a doña Dolores Fernández Fernández, la sanción de 301,11 euros, que deberá hacer efectiva en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano en cuenta número 0049/6253/96/2710006569 en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha en que la resolución sea firme. Transcurrido dicho plazo se procederá a su cobro por vía de apremio. Toledo, 22 de

octubre de 2002.–La Delegada del Gobierno, María Encarnación Naharro de Mora.” Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer los siguientes recursos: a) potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación del Gobierno en el plazo de un mes; b) o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Toledo o, a su elección, ante el Juzgado correspondiente a su domicilio, en el plazo de dos meses. Estos recursos se regulan en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Albacete a 22 de octubre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano. •30.472•

Ignorándose el domicilio actual de don Emilio José Alfaro Calero, anteriormente domiciliado en Mayor, 56, 6º B, de Albacete, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución sancionadora del expediente sancionador 602/02/001486/2, cuyo tenor literal es el siguiente: El Excmo. Delegado del Gobierno ha dictado la siguiente resolución: Visto el expediente sancionador de las circunstancias siguientes: Expediente: 602/02/001486/2. Denunciado: Emilio José Alfaro Calero. Domicilio: Mayor, 56, 6º B. Localidad: Albacete. Denunciante: Guardia Civil de Casas de Ves. Fecha denuncia: 14/07/2001. Resultando: Que por la Subdelegación del Gobierno en Albacete con fecha 23/07/2002 se acordó la incoación de expediente sancionador contra Emilio José Alfaro Calero por presunta infracción grave contra el artículo 23 párrafo a) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el artículo 156 párrafo j) del Reglamento de Armas, aprobado por R.D. 137/1993. Este acuerdo que incluye la designación de Instructor y Secretario y los demás pronunciamientos establecidos reglamentariamente, se notificó al interesado, concediéndole el plazo de quince días para formular alegaciones y aportar documentos o proponer los medios de prueba convenientes a su derecho. Resultando: Que notificado acuerdo de incoación mediante publicación en B.O.P. de Albacete con fecha 04/09/2002, se le concede el plazo legal para formular alegaciones sin que haya ejercitado dicho derecho. Resultando: Concluida la instrucción resultan pro-

bados e imputados al denunciado los siguientes hechos: Que a las 03’15 horas del día 14/julio/2002, se encontraba en los exteriores de la discoteca Melody, de Casas Ibáñez y portaba en la mano derecha una navaja de 6,5 cm de longitud. Resultando: Que con fecha 30/09/2002 por la Instructora se formula la siguiente propuesta: 1.–Se declare a Emilio José Alfaro Calero responsable de una falta grave contra la seguridad ciudadana tipificada en el artículo 23 párrafo a) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el artículo 156 párrafo j) del Reglamento de Armas, aprobado por R.D. 137/1993. 2.–Imponerle una sanción de 301,11 euros. Resultando: Que notificada dicha propuesta de resolución mediante publicación en el B.O.P. de Albacete, con fecha 25/10/2002, el interesado no presenta escrito de alegaciones. Vistos: La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, y el Reglamento de Armas, aprobado por R.D. 137/1993, de 29 de enero (B.O.E. número 55, de 5/marzo), la Ley 6/97, de 14 de abril, de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1.398/93 de 4 de agosto (B.O.E. número 189, de 9/agosto). Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones en cuantía de hasta 6.010,12 euros, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Disposición Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Ley 6/97, de 14 de abril, se atribuye actualmente a los

8

Viernes 20 de Diciembre, 2002

Delegados del Gobierno de las Comunidades Autónomas. Considerando: Que transcurrido el plazo reglamentario y no formulada oposición en el trámite de audiencia, ha de entenderse correcta la apreciación de los supuestos fácticos y jurídicos contenidos en el acuerdo de incoación y propuesta y asumida consecuentemente por la parte interesada, las responsabilidades derivadas de la infracción imputada. Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme a los trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Considerando: Que los hechos denunciados constituyen una infracción tipificada como falta grave por el artículo 23, párrafo a) de la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el artículo 156 párrafo f) del Reglamento de Armas aprobado por R.D. 137/1993. Esta Delegación del Gobierno acuerda imponer a don Emilio José Alfaro Calero, la sanción de 301,11 euros, que deberá hacer efectiva en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano en la cuenta número 0049/6253/96/2710006569 en el plazo de veinte días

B.O.P. número 151

hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha en que la resolución sea firme. Transcurrido dicho plazo se procederá a su cobro por vía de apremio. Toledo, 19 de noviembre de 2002.–La Delegada del Gobierno, María Encarnación Naharro de Mora. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer los siguientes recursos: a) Potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación del Gobierno en el plazo de un mes; b) o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Toledo o, a su elección, ante el Juzgado correspondiente a su domicilio, en el plazo de dos meses. Estos recursos se regulan en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/88, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Albacete a 19 de noviembre de 2002.–El Subdelegado del Gobierno, C. Antonio Rincón Palenciano. •30.471•

JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas de Albacete ANUNCIO

Anuncio de 21-11-2002, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Albacete, relativo a exposición pública de expediente número 140/02 de construcción de nave agrícola en suelo rústico. Emplazamiento: Paraje «Cercado del Castillo», polígono 56, parcela 45. Localidad: Munera. Promotor: Don Víctor Esteso Domínguez. De conformidad con lo establecido en el artículo 64.2 de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, se abre un período de información pública durante veinte días hábiles a partir del siguiente a su

publicación, a fin de que los interesados puedan formular las alegaciones que estimen convenientes previamente a la adopción de la resolución definitiva por la comisión Provincial de Urbanismo. Durante el plazo indicado, el mencionado expediente se hallará a disposición de cuantos quieran examinarlo en el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Obras Públicas de la J.C.C.M., sita en Avda. de España, 8-B, 5ª planta. Albacete, 21 de noviembre de 2002.–La Secretaria de la Comisión, Pilar García Galdón. •29.410•

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Albacete. Administración número 3 EDICTO

Se pone en conocimiento de los trabajadores y/o empresas, que figuran en el anexo que se adjunta, que habiéndose intentado la notificación en el domicilio consignado, no ha sido posible practicar la misma, y a efectos de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992), se ha procedido por esta Administración de la Seguridad Social a dictar las resoluciones a las empresas y a los trabajadores que se indican. Contra esta resolución podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta Administración de la Seguridad Social, sita en la calle Cristóbal Lozano, 12, de Albacete, en el plazo de treinta días, a partir del siguiente a la fecha de su publicación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 521/90, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral (B.O.E. de 2 de mayo de 1990). Transcurrido el plazo de 45 días desde la interposición de dicha reclamación previa sin que recaiga resolución

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

9

expresa, la misma podrá entenderse desestimada, según dispone el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Laboral. ANEXO Empresa

CCC

Trabajador

N.A.F.

Asunto

José María Fajardo Cutillas

02/102987379

Antonia Pardo Romero

02/0024501952

José María Fajardo Cutillas

02/102987379

1) 2) 3) 4) 5) 6)

02/0024832560 02/0029659423 02/0033597421 02/0034371094 16/1000958900 16/0019692870

Pedro Alfaro Moreno

02/100151141

Marino García Sánchez

02/0018424496

Humarsa, S.L.

02/102216130

Jesús García Amores

02/0028502594

Ricardo Lozano Pérez

02/004654842

José Luis Garrido Clemente

02/0026742925

Laura Tarazona García

02/102956057

Anabel Salas García

02/1001599130

Angel Luis Aparicio Hernando

02/10416800

1) Rufino Gascón González 2) Tomás García Ramón

02/0019479372 02/0021128877

Situar de alta y baja de oficio a la trabajadora en fecha 15-05-02 (efectos 29-05-02) a 04-06-02 Situar de alta y baja a los trabajadores en las siguientes fechas: 1) 27-02-02 a 01-03-02 (efectos 11-03-02) 2) 14-02-02 a 28-02-02 (efectos 11-03-02) 3) 26-12-01 a 30-05-02 4) 17-01-02 a 20-04-02 5) 01-02-02 a 28-02-02 6) 01-01-02 (efectos de 22-02-02) a 15-03-02 (efectos de 25-03-02) Situar de baja al trabajador con fecha 21-12-01 (efectos 28-8-02) Rectificar los efectos de la baja del trabajador a 30-06-02 Situar de alta de oficio al trabajador con fecha 16-07-02 Situar de baja a la trabajadora con fecha 18-08-02 (efectos 10-09-02) Situar de baja de oficio a los trabajadores en fecha: 1) 15-07-00 (efectos 06-08-00) 2) 08-01-01 (efectos 28-02-01)

José Gab. Segovia García Alfonso Spitzer Ysbert Sonia Moreno Navarro Avelina Carrión Moreno Asunción Serrano Ruipérez Avelino Parra Toro

Albacete a 28 de noviembre de 2002.–La Jefa del Area de Régimen General, María Yolanda Marín González. •29.973•

Unidad de Recaudación Ejecutiva 03 EDICTOS DE EMBARGO DE BIENES DEL DEUDOR (TVA-342)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de esta ciudad. En expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Lara Gutiérrez, Francisco, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Catedrático Mercer, 8, 3, 5, Algemesí, se procedió con fecha 22/ 11/2002 al embargo de determinados bienes de su propiedad, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24).

Albacete a 3 de diciembre de 2002.–La Funcionaria, Herminia Alcantud Sáez. Diligencia de sueldos, salarios, pensiones y prestaciones económicas (TVA-328) Tipo/identificador: 07 020028848966. Régimen: 0611. Número de expediente: 02 03 01 00138810. Nombre/razón social: Lara Gutiérrez, Francisco. Domicilio: Calle Catedrático Mercer, 8, 3, 5. Localidad: 46680 Algemesí. DNI/NIF/CIF: 07554430B. Diligencia.–Notificados al deudor de referencia conforme al artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en expediente que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sin que los haya satisfecho, de acuerdo con la providencia de embargo de bienes dictada en el mismo y conociendo como embargables los que viene percibiendo en su calidad de trabajador. Declaro embargado el salario, en cumplimiento de lo

10

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

dispuesto en el artículo 133 del Reglamento General de Recaudación citado (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre, B.O.E. del día 24) y en el artículo 115, Ap. 1.4 de su Orden de Desarrollo de 26 de mayo de 1999 (B.O.E. del día 4 de junio ) y con arreglo a la escala autorizada por el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. S. Coop. Agrícola Sagrado Corazón procederá a descontar y retener a disposición de esta Unidad de Recaudación, en calidad de depósito, la cantidad que legalmente le corresponda, según la cuantía de las

remuneraciones a percibir por el deudor, hasta llegar a cubrir el importe del descubierto, que asciende a un total de 163,13 euros. Las cantidades líquidas retenidas mensualmente deberán ser entregadas a esta Unidad de Recaudación. Practíquese notificación formal de esta diligencia de embargo al deudor y a S. Coop. Agrícola Sagrado Corazón, para su conocimiento y debido cumplimiento. Albacete a 20 de noviembre de 2001.–La Funcionaria, Herminia Alcantud Sáez. •29.926•

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de esta ciudad. En expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra la deudora Molero Cañero, María, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Av. Castilla-La Mancha, 1, La Roda, se procedió con fecha 22/10/2002 al embargo de determinados bienes de su propiedad, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24). Albacete a 4 de diciembre de 2002.–El Jefe de Equipo, José V. Campoy Llorente. Diligencia de embargo de vehículos (TVA-333) Tipo/identificador: 10 02102507332. Régimen: 0111. Número de expediente: 02 03 02 0058813. Deuda pendiente: 14.106,87 euros. Nombre/razón social: Molero Cañero, María. Domicilio: Av. Castilla-La Mancha, 1. Localidad: 02630 La Roda. DNI/NIF/CIF: 030426396H. Diligencia.–Notificados al deudor de referencia conforme al artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en expediente que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sin que los haya satisfecho, de acuerdo con la providencia de embargo de bienes dictada en el mismo declaro embargados los vehículos del mismo que se detallan a continuación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 128.4 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre, B.O.E. del día 24) procede lo siguiente:

1.–Notificar al deudor el embargo decretado hasta cubrir el importe total de los débitos, indicándoles que los vehículos trabados se pongan, en un plazo de cinco días, a disposición inmediata de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, con su documentación y llaves necesarias para su apertura, funcionamiento y, si procede, custodia, con la advertencia de que, en caso contrario, dichos actos podrán ser suplidos a costa del deudor. 2.–Notificar al deudor que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, si no atiende al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: –Cuando la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. –Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. –Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, B.O.E. del día 4 de junio). 3.–Siendo el bien embargado de los comprendidos en el artículo 12 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, procede expedir mandamiento al Registro correspondiente para la anotación preventiva del embargo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social y solicitar del mismo la certificación de cargas que graven el vehículo.

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

4.–De no ser puestos a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva por parte del apremiado los bienes reseñados, se procederá a solicitar a las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación y a las demás que proceda, la captura, depósito y precinto de los vehículos objeto de embargo, en el lugar donde se hallen, poniéndolos a disposición del Recaudador embargante. Asimismo que impidan la transmi-

11

sión o cualquier otra actuación en perjuicio de los derechos de la Seguridad Social. Relación de vehículos embargados Deudora: Molero Cañero, María. Matrícula: 5845-BHV. Albacete a 22 de octubre de 2002.–El Jefe de equipo, José V. Campoy Llorente. •29.924•

REQUERIMIENTOS DE BIENES (TVA-218)

Tipo/identificador: 07 020031638627. Régimen: 0521. Número de expediente: 02 03 99 00056183. Nombre/razón social: Lázaro Garrido, Juan Carlos. Domicilio: La Roda, 38, 1B. Localidad: 02005 Albacete. DNI/NIF/CIF: 044379952A. En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social debidamente notificadas en tiempo y forma, y cuya cuantía corresponde al siguiente detalle: Principal: 188,08 euros. Recargo de apremio: 65,83 euros. Costas devengadas hasta la fecha: 0 euros. Total deuda: 253,91 euros. Y una vez transcurrido el plazo señalado para el ingreso voluntario de la totalidad de las cantidades adeudadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, se ha procedido a dictar la correspondiente providencia de embargo por la que se ordena la traba de bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido, el recargo, intereses en su caso y las costas que legalmente le sean exigibles. A tales efectos y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24) se le requiere para que efectúe manifestación sobre sus bienes y derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostentan derechos de cualquier naturaleza sobre tales bienes y, de estar sujetos a otro procedimiento administrativo de apremio, concretar los extremos de éste que puedan interesar al procedimiento administrativo de embargo, en el caso de que los bienes estuvieren gravados con cargas reales, estará obligado a manifestar el importe del crédito garantizado, y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha. Asimismo se le hace constar que si incumple con el deber de manifestación de sus bienes, a que se refiere el

Tipo/identificador: 07 021004207420. Régimen: 0521. Número de expediente: 02 03 99 00003037. Nombre/razón social: García Moreno, Angeles.

artículo 118 del citado Reglamento General de Recaudación en relación con bienes y derechos no señalados por el deudor, no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o alteración del orden de prelación a observar en el embargo de los mismos. El importe reclamado podrá hacerlo efectivo mediante ingreso en la cuenta restringida de la U.R.E. que a continuación se indica: Entidad Financiera: C AH Pensiones Barcelona. Domicilio: Avda. España, 6, 02002 Albacete. Número de cuenta 2100 1784 18 0200025239. Para abonar la deuda deberá consignar en el documento bancario de ingreso además del importe a pagar, los siguiente datos: Tipo/identificador, número de expediente, nombre o razón social y C.I.F. o N.I.F., que se le indican al comienzo de este anuncio. Albacete a 3 de diciembre de 2002.–El Jefe Ejecutivo, Nicolás Monforte Castedo. Diligencia de desglose del expediente de apremio (TVA-108) Diligencia.–En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procede al desglose del expediente individual al tener que desprender los valores que se relacionan, por el motivo que se indica practicándose la siguiente liquidación. 1.–Importe de los débitos perseguidos en este expediente hasta la fecha: 253,91 euros. 2.–A deducir por cobro/otra causa de baja. Total a deducir: 0 euros. 3.–Importe de los débitos pendientes de realización (3=1-2): 253,91 euros. 4.–Desglose de los débitos pendientes de realización: Nº Certificación

Período

Régimen

Importe

02 99 010862511

08 1998 - 08 1998

0521

253,91

En Albacete a 3 de diciembre de 2002.–El Jefe Ejecutivo, Nicolás Monforte Castedo. •29.928•

Domicilio: Finca Sotuélamos. Localidad: 02612 Munera. DNI/NIF/CIF: 0744379219K. En el expediente administrativo de apremio que se

12

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

alteración del orden de prelación a observar en el embargo de los mismos. El importe reclamado podrá hacerlo efectivo mediante ingreso en la cuenta restringida de la U.R.E. que a continuación se indica: Entidad Financiera: C AH Pensiones Barcelona. Domicilio: Avda. España, 6, 02002 Albacete. Número de cuenta: 2100 1784 18 0200025239. Para abonar la deuda deberá consignar en el documento bancario de ingreso además del importe a pagar, los siguiente datos: Tipo/identificador, número de expediente, nombre o razón social y C.I.F. o N.I.F., que se le indican al comienzo de este anuncio. Albacete a 3 de diciembre de 2002.–El Jefe Ejecutivo, Nicolás Monforte Castedo. Diligencia de desglose del expediente de apremio (TVA-108) Diligencia.–En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procede al desglose del expediente individual al tener que desprender los valores que se relacionan, por el motivo que se indica practicándose la siguiente liquidación. 1.–Importe de los débitos perseguidos en este expediente hasta la fecha: 3.533,80 euros. 2.–A deducir por cobro/otra causa de baja. Total a deducir: 0 euros. 3.–Importe de los débitos pendientes de realización (3=1-2): 3.533,80 euros. 4.–Desglose de los débitos pendientes de realización:

instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social debidamente notificadas en tiempo y forma, y cuya cuantía corresponde al siguiente detalle: Principal: 2.617,62 euros. Recargo de apremio: 916,18 euros. Costas devengadas hasta la fecha: 0 euros. Total deuda: 3.533,80 euros. Y una vez transcurrido el plazo señalado para el ingreso voluntario de la totalidad de las cantidades adeudadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, se ha procedido a dictar la correspondiente providencia de embargo por la que se ordena la traba de bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido, el recargo, intereses en su caso y las costas que legalmente le sean exigibles. A tales efectos y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24) se le requiere para que efectúe manifestación sobre sus bienes y derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostentan derechos de cualquier naturaleza sobre tales bienes y, de estar sujetos a otro procedimiento administrativo de apremio, concretar los extremos de éste que puedan interesar al procedimiento administrativo de embargo, en el caso de que los bienes estuvieren gravados con cargas reales, estará obligado a manifestar el importe del crédito garantizado, y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha. Asimismo se le hace constar que si incumple con el deber de manifestación de sus bienes, a que se refiere el artículo 118 del citado Reglamento General de Recaudación en relación con bienes y derechos no señalados por el deudor, no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o

En Albacete a 3 de diciembre de 2002.–El Jefe Ejecutivo, Nicolás Monforte Castedo. •29.929•

Tipo/identificador: 07 300061041846. Régimen: 0521. Número de expediente: 02 03 98 00044032. Nombre/razón social: Martínez Sánchez, J. Ramón. Domicilio: Maestro Varela, 16. Localidad: 02005 Albacete. DNI/NIF/CIF: 05141771Y. En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social debidamente notificadas en tiempo y forma, y cuya cuantía corresponde al siguiente detalle: Principal: 3.934,81 euros. Recargo de apremio: 1.268,77 euros. Costas devengadas hasta la fecha: 20,93 euros. Total deuda: 5.224,51 euros. Y una vez transcurrido el plazo señalado para el ingreso voluntario de la totalidad de las cantidades adeudadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, se ha procedido a dictar la correspondiente provi-

dencia de embargo por la que se ordena la traba de bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido, el recargo, intereses en su caso y las costas que legalmente le sean exigibles. A tales efectos y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24) se le requiere para que efectúe manifestación sobre sus bienes y derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostentan derechos de cualquier naturaleza sobre tales bienes y, de estar sujetos a otro procedimiento administrativo de apremio, concretar los extremos de éste que puedan interesar al procedimiento administrativo de embargo, en el caso de que los bienes estuvieren gravados con cargas reales, estará obligado a manifestar el importe del crédito garantizado, y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha.

Nº Certificación

Período

Régimen

Importe

02 98 010705312 02 98 011691880

07 1997 - 10 1997 01 1998 - 05 1998

0521 0521

1.570,58 1.963,22

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

Asimismo se le hace constar que si incumple con el deber de manifestación de sus bienes, a que se refiere el artículo 118 del citado Reglamento General de Recaudación en relación con bienes y derechos no señalados por el deudor, no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o alteración del orden de prelación a observar en el embargo de los mismos. El importe reclamado podrá hacerlo efectivo mediante ingreso en la cuenta restringida de la U.R.E. que a continuación se indica: Entidad Financiera: C AH Pensiones Barcelona. Domicilio: Avda. España, 6, 02002 Albacete. Número de cuenta 2100 1784 18 0200025239. Para abonar la deuda deberá consignar en el documento bancario de ingreso además del importe a pagar, los siguiente datos: Tipo/identificador, número de expediente, nombre o razón social y C.I.F. o N.I.F., que se le indican al comienzo de este anuncio. Albacete a 2 de diciembre de 2002.–El Jefe Ejecutivo, Nicolás Monforte Castedo. Diligencia de desglose del expediente de apremio (TVA-108) Diligencia.–En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la

13

Seguridad Social, se procede al desglose del expediente individual al tener que desprender los valores que se relacionan, por el motivo que se indica practicándose la siguiente liquidación. 1.–Importe de los débitos perseguidos en este expediente hasta la fecha: 5.224,51 euros. 2.–A deducir por cobro/otra causa de baja. Total a deducir: 0 euros. 3.–Importe de los débitos pendientes de realización (3=1-2): 5.224,51 euros. 4.–Desglose de los débitos pendientes de realización: Nº Certificación 02 02 02 02 02 02 02 02 02

97 98 98 99 00 01 01 01 02

011582171 010715517 011706129 012568394 012265821 011074518 011791207 012993906 010466629

Período

Régimen

Importe

02 1997-05 1997 10 1997-12 1997 01 1998-04 1998 03 1999-04 1999 01 2000-02 2000 02 2001-02 2001 01 2001-03 2001 08 2001-08 2001 09 2001-09 2001

0521 0521 0521 0521 0521 0111 0521 0111 0521

998.56 733,22 1.015,64 306,51 533,44 214,69 544,05 606,36 272,04

En Albacete a 2 de diciembre de 2002.–El Jefe Ejecutivo, Nicolás Monforte Castedo. •29.930•

DILIGENCIAS DE EMBARGOS DE BIENES INMUEBLES (TVA-501)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de esta ciudad. En expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Sánchez Sánchez, José Luis, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Rosario 107, de Albacete, se procedió con fecha 26/09/ 2002 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Repetido Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Albacete a 4 de diciembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501) Tipo/identificador: 07 020026903714. Régimen: 0521. Número de expediente: 02 03 02 00037288. Nombre/razón social: Sánchez Sánchez, José Luis. Domicilio: Rosario, 107. Localidad: 02003 Albacete. Diligencia.–Tramitándose en esta Unidad de Recau-

dación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 021454719C, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle. Número de apremio Período Régimen 02 01 011829300 01 2001 / 03 2001 0521 02 01 012819811 06 2001 / 06 2001 0521 02 01 012217094 04 2001 / 04 2001 0521 02 01 012438881 05 2001 / 05 2001 0521 02 01 013203969 07 2001 / 07 2001 0521 02 02 010436216 08 2001 / 10 2001 0521 02 02 010983254 12 2001 / 12 2001 0521 02 02 010735704 11 2001 / 11 2001 0521 Importe del principal: 2.418,07 euros. Recargos de apremio: 846,35 euros. Costas devengadas: 93,59 euros. Costas presupuestadas: 901,52 euros. Total débitos: 4.259,53 euros. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, del 6 de octubre), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

14

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: –Cuando la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. –Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. –Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y

116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, (B.O.E. del día 4 de junio). Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde se tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Albacete a 26 de septiembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Sánchez Sánchez, José Luis. –Finca número: 1. Datos de finca urbana Descripción finca: 66,6666% de nave industrial. Superficie construida 3.780 m2. Tipo vía: Calle. Nombre vía: Calle Distribución D. Código postal: 02007. Código municipal: 02003. Datos de Registro Número Registro: 2. Número tomo: 1.719. Número de libro: 151. Número folio: 87. Número finca: 11.124. Albacete a 26 de septiembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. •29.923•

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de esta ciudad. En expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra la deudora González Lorenzo, Angeles, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Camino Viejo del Cementerio, s/n, se procedió con fecha 07/11/2002 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Repetido Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Albacete a 7 de noviembre de 2002.–El Jefe de equipo, José V. Campo y Llorente. Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501) Tipo/identificador: 07 020021345816.

Régimen: 0521. Número de expediente: 02 03 02 00069826. Nombre/razón social: González Lorenzo, Angeles. Domicilio: Camino Viejo Cementerio, s/n (Apartado 8061). Localidad: 02006 Albacete. Diligencia.–Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 05134100V, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle. Número de apremio Período Régimen 02 01 012431811 05 2001 / 05 2001 0521 02 01 012813545 06 2001 / 06 2001 0521 02 01 013198515 07 2001 / 07 2001 0521 02 02 010427728 08 2001 / 10 2001 0521 02 02 010728226 11 2001 / 11 2001 0521 Importe del principal: 1.410,55 euros. Recargos de apremio: 493,71 euros. Costas devengadas: 0 euros. Costas presupuestadas: 600 euros. Total débitos: 2.504,26 euros. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Regla-

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

15

mento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, del 6 de octubre), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: –Cuando la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. –Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. –Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, (B.O.E. del día 4 de junio). Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde se tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Albacete a 7 de noviembre de 2002.–El Jefe de equipo, José V. Campoy Llorente. Descripción de las fincas embargadas Deudor: González Lorenzo, Angeles. –Finca número: 1. Datos de finca urbana Descripción finca: Urbana. Tipo vía: Avenida. Nombre vía: Cronista Mateo y Sotos. Nº vía: 32. Código postal: 02005. Código municipal: 02003. Datos de Registro Número Registro: 3. Número tomo: 1.374. Número de libro: 57. Número folio: 235. Número finca: 3.703. Descripción ampliada Vivienda en Av. Cronista Mateo y Sotos, 32, planta 5ª. Puerta B. Superficie construida 133,85 m2, en pleno dominio con carácter privativo. Albacete a 7 de noviembre de 2002.–El Jefe de Equipo, José V. Campoy Llorente. •29.925•

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de esta ciudad. En expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra la deudora Romero Heredia, S.L., por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Ecuador, 25, de Albacete, se procedió con fecha 04/11/2002 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice

la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Repetido Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Albacete a 4 de diciembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501) Tipo/identificador: 10 02100205402. Régimen: 0111. Número de expediente: 02 03 02 00099128. Nombre/razón social: Romero Heredia, S.L. Domicilio: Calle Ecuador, 25. Localidad: 02006 Albacete. Diligencia.–Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referen-

16

Viernes 20 de Diciembre, 2002

cia, con DNI/NIF/CIF número B02173854, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle. Número de apremio Período Régimen 02 02 010243933 11 2001 / 11 2001 0111 02 02 010026590 09 2001 / 09 2001 0111 02 02 010130462 10 2001 / 10 2001 0111 02 02 010596264 12 2001 / 12 2001 0111 Importe del principal: 8.913,37 euros. Recargos de apremio: 2.189,65 euros. Costas devengadas: 85,38 euros. Costas presupuestadas: 901,52 euros. Total débitos: 12.089,92 euros. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, del 6 de octubre), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: –Cuando la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. –Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. –Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, (B.O.E. del día 4 de junio). Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al

B.O.P. número 151

Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde se tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Albacete a 4 de noviembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Romero Heredia, S.L. –Finca número: 1. Datos de finca urbana Descripción finca: Local Garaje, aparcamiento 3 con 10,1200 m2. Tipo vía: Calle. Nombre vía: Calatayud. Nº vía: 5. Puerta: Sótano. Código postal: 02006. Código municipal: 02003. Datos de Registro Número Registro: 2. Número tomo: 1.826. Número de libro: 258. Número folio: 156. Número finca: 16.996. Albacete a 4 de noviembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. Edicto de embargo de bienes del deudor (TVA-342) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de esta ciudad. En expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra la deudora Romero Heredia, S.L., por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Ecuador, 25, se procedió con fecha 21/10/2002 al embargo de determinados bienes de su propiedad, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24). Albacete a 4 de diciembre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. Diligencia de embargo de vehículos (TVA-333) Deuda pendiente: 11.188,40 euros. Diligencia.–Notificados al deudor de referencia conforme al artículo 109 del Reglamento General de Re-

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

caudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en expediente que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sin que los haya satisfecho, de acuerdo con la providencia de embargo de bienes dictada en el mismo declaro embargados los vehículos del mismo que se detallan a continuación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 128.4 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre, B.O.E. del día 24) procede lo siguiente: 1.–Notificar al deudor el embargo decretado hasta cubrir el importe total de los débitos, indicándoles que los vehículos trabados se pongan, en un plazo de cinco días, a disposición inmediata de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, con su documentación y llaves necesarias para su apertura, funcionamiento y, si procede, custodia, con la advertencia de que, en caso contrario, dichos actos podrán ser suplidos a costa del deudor. 2.–Notificar al deudor que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, si no atiende al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: –Cuando la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. –Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%,

17

se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. –Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, B.O.E. del día 4 de junio). 3.–Siendo el bien embargado de los comprendidos en el artículo 12 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, procede expedir mandamiento al Registro correspondiente para la anotación preventiva del embargo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social y solicitar del mismo la certificación de cargas que graven el vehículo. 4.–De no ser puestos a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva por parte del apremiado los bienes reseñados, se procederá a solicitar a las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación y a las demás que proceda, la captura, depósito y precinto de los vehículos objeto de embargo, en el lugar donde se hallen, poniéndolos a disposición del Recaudador embargante. Asimismo que impidan la transmisión o cualquier otra actuación en perjuicio de los derechos de la Seguridad Social. Relación de vehículos embargados Deudor: Romero Heredia, S.L. Modelo: Trade. Marca: Nissan. Matrícula: BU-3717-M. Modelo: Ducato. Marca: Fiat. Matrícula: AB-3525-H. Albacete a 21 de octubre de 2002.–El Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. •29.927•

INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO Dirección Provincial de Albacete NOTIFICACIONES

Remisión de resolución de percepción indebida de prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de prestaciones por desempleo, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 33 del R.D. 625/85 dispone de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta número 0182 2370 48 0202295477 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre del Instituto Nacional de Empleo. También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el artículo 34 del R.D. 625/85.

18

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

Transcurridos los treinta días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 33.2 del Real Decreto 625/85. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase antes de la apertura de la mencionada vía de apremio, pero con posterioridad a la finalización del plazo de treinta días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará en la cuantía correspondiente al 20% de recargo por mora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Contra esta resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (B.O.E. número 86, de 11 de abril), podrá interponer, ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de treinta días en la Dirección Provincial del INEM. Relación de resolución de percepción indebida de prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 Interesado

D.N.I.

Expediente

Importe

Importe con Recargo

Herrera López Manzanara, José Antonio Verdú Bleda, Joaquín

5191843 52753413

0200000615 0200000586

85,06 212,23

102,07 254,68

Período

Motivo

17/04/2002 30/04/2002 Colocación por cuenta ajena 02/04/2002 30/04/2002 Colocación por cuenta ajena

Albacete a 28 de noviembre de 2002.–El Director Provincial del INEM, Javier Lorenzo de Membiela. •29.655•

Remisión de notificación de percepción indebida de prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 Por esta Dirección provincial se ha iniciado expediente administrativo para el reintegro de prestaciones por desempleo indebidamente percibidas, contra los interesados que a continuación se citan y los motivos que así mismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Advirtiéndoles que de conformidad que disponen de un plazo de diez días contados a partir de la fecha de la presente publicación para reintegrar dicha cantidad indebidamente percibida en la cuenta número 0182 2370 48 0202295477 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de este Organismo, debiendo devolver copia del justificante de ingreso a su Oficina de Empleo. De no estar conforme con lo anterior deberá formular por escrito ante el Director Provincial del INEM las alegaciones que estime pertinentes en el mismo plazo de diez días de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.1 a) del Real Decreto 625/85, del 2 de abril. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de diez días en la Dirección Provincial del INEM. Relación de notificación de percepción indebida de prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 B.O.P. Interesado

D.N.I.

Expediente

Importe

Argüelles González, José Alberto Encarnación Navarro, Consuelo Guedes Rocha, Francisco Luis Pinero Caravaca, Joaquín Ramírez Rama, Beatriz Santiago García, José

353314 7544707 3115190 74496703 47055749 52754965

0200000729 0200000852 0200000744 0200000795 0200000745 0200000815

994,95 86,07 452,60 33,16 386,92 66,33

Período 01/02/2002 02/08/2002 01/07/2002 01/06/2002 10/06/2002 15/07/2002

Motivo 30/04/2002 30/08/2002 30/07/2002 03/06/2002 14/07/2002 30/07/2002

Colocación por cuenta propia Colocación por cuenta ajena Demanda en baja Trans. sanción Colocación por cuenta ajena Colocación por cuenta ajena Colocación por cuenta ajena

Albacete a 28 de noviembre de 2002.–El Subdirector de Prestaciones, Andrés Martínez Villanueva. •29.770•

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE ALBACETE NOTIFICACIONES

Se pone en conocimiento de las empresas que a continuación se relacionan, que al intentar la notificación de actas de liquidación provisionales, y de infracción congruentes (en su caso), extendidas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, las mismas no han podido efectuarse, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27-11-92), se remiten para su notificación mediante su

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

19

inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido. Empresa/Trabajador Localidad Nº Acta Importe José David Montero Clemmente Albacete L-269/02 63,62 Mexci Maritza Zatizabal Albacete L-270/02 142,40 Franjovi, S.L. Hellín L-282/02 1.853,76 Franjovi, S.L. Hellín L-283/02 1.672,45 Franjovi, S.L. Hellín I-486/02 301,11 Esto es Comunicación, S.L. Hellín L-280/02 1.781,14 Esto es Comunicación, S.L. Hellín L-281/02 1.385,33 Esto es Comunicación, S.L. Hellín I-485/02 301,11 Antonia Sánchez Fernández Hellín L-280/02 1.781,11 Antonia Sánchez Fernández Hellín L-281/02 1.385,33 Jesús Pascual García Albacete L-303/02 748,31 Ferralla Alba-Mancha Albacete L-310/02 74.950,84 Ferralla Alba-Mancha Albacete L-311/02 18.702,32 Se hace expresa advertencia de que en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del presente, podrá formularse escrito de alegaciones ante el Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Avda de España, 19, 02002 Albacete, transcurrido el cual se dictará la oportuna resolución en los términos que proceda. Albacete, 26 noviembre 2002.–El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Manuel Ruiz Jiménez. •29.306•

Se pone en conocimiento de las empresas y/o trabajadores que se relacionan a continuación, que al intentar la notificación de las actas de infracción extendidas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, las mismas no han podido efectuarse, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27-11-92), se remiten para su notificación mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido. Empresa/Trabajador Localidad Nº Acta Importe Juza Construcciones, S.L. Albacete 1.114/02 3.006,66 Se hace expresa advertencia del derecho que les asiste para presentar ante el Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, calle Pintor Lorenzo Casanova, 6, 03003 Alicante, escrito de descargo acompañado de la prueba que juzgue conveniente en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, transcurrido el cual se dictará la oportuna resolución en los términos que proceda. Albacete, 29 de noviembre de 2002.–El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Manuel Ruiz Jiménez. •29.902•

AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Administración de Hellín NOTIFICACIONES

Se pone en conocimiento de los sujetos pasivos que a continuación se expresan, que intentada por dos veces la notificación de los actos administrativos que igualmente se relacionan, no se ha podido realizar por no ser hallados en el último domicilio conocido, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, en su redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se les requiere por medio del presente anuncio para que en el plazo de diez días hábiles (10 días) contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, comparezcan los interesados o sus representantes debidamente acreditados en la Administración de la Agencia Tributaria, Sección de Censos y Requerimientos, calle San Juan de Dios, 3, de Hellín (Albacete), a fin de ser notificados del texto íntegro del acto. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

20

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

Procedimiento que motiva la notificación: Notificación trámite de audiencia y propuesta de liquidación IVA 2001. N.I.F.

Nombre o Razón social

Nº justificante

B02180172

Cemineda, S.L.

200139018010188C

Procedimiento IVA 2001

Organo responsable

Lugar comparecencia

Ad. AEAT Hellín

San Juan de Dios, 3

Procedimiento que motiva la notificación: Liquidación Provisional IRPF-2000 - Liquidación voluntaria. N.I.F.

Nombre o Razón social

Nº justificante

X1813098P Noboa Quintero, Iván Aleja 2000100013090237S0013

Procedimiento IRPF 2000

Organo responsable

Lugar comparecencia

Ad. AEAT Hellín

San Juan de Dios, 3

Hellín, 27 de noviembre de 2002.–El Administrador de la A.E.A.T., Alejandro López Callado.

•29.918•

Administración de La Roda NOTIFICACIONES

Se pone en conocimiento de los sujetos pasivos que a continuación se expresan que intentada por dos veces la notificación de los actos administrativos que igualmente se relacionan, no ha sido posible realizarla por no ser hallados en su último domicilio conocido, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, en su redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se les requiere por medio del presente anuncio para que en plazo de diez días contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, comparezcan los interesados o sus representantes debidamente acreditados en la Administración de la Agencia Tributaria, sección de Gestión Tributaria, área del censo-impuesto sobre actividades económicas (Avenida Reina Sofía, 11, de La Roda-Albacete), a fin de ser notificados del texto íntegro del acto. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Razón social

N.I.F.

Procedimiento que motiva la notificación

Tipo notificación

Kwon Eung-Chon

X0468185C

Baja oficio fallido BOF/IAE-04/2002

Acuerdo

La Roda a 26 de noviembre de 2002.–El Administrador de la Agencia, Enrique Tévar Gil.

•29.654•

Se pone en conocimiento de los sujetos pasivos que a continuación se expresan que intentada por dos veces la notificación de los actos administrativos que igualmente se relacionan, no ha sido posible realizarla por no ser hallados en su último domicilio conocido, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, en su redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se les requiere por medio del presente anuncio para que en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, comparezcan los interesados o sus representantes debidamente acreditados en la Administración de la Agencia Tributaria, Sección de Gestión Tributaria, Area de Censos-Impuesto sobre Actividades Económicas (Avda. Reina Sofía, 11, de la Roda (Albacete)), a fin de ser notificados del texto íntegro del acto. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Procedimiento que Razón social N.I.F. motiva la notificación Tipo notificación Construcciones Metálicas Talaya, S.L.

B02204527

Baja oficio fallido BOF/IAE - 09/2002 Acuerdo La Roda a 28 de noviembre de 2002.–El Administrador de la Agencia, Enrique Tévar Gil. •29.916•

• ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN DE ALBACETE Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete. Zona 1.ª de Albacete-Capital ANUNCIO DE CITACIÓN PARA COMPARECER

Se pone en conocimiento de los sujetos pasivos que a continuación se expresan que, intentada la notificación personal en los términos previstos en las disposiciones de general y especial aplicación de los actos administrativos dictados en los procedimientos de apremio tramitados por deudas al Ayuntamiento de Albacete, no ha sido posible

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

21

realizarla por las causas no imputables a esta Administración que constan en cada uno de los expedientes de referencia; por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, en su redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, se les requiere por medio del presente anuncio para que en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, comparezcan los interesados o sus representantes debidamente acreditados en esta Zona Recaudatoria, sita en Paseo de la Cuba, 15, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas, a fin de ser notificados del texto íntegro del acto. Asimismo por la presente se comunica a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan que, cuando transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior no se hubiese comparecido en el lugar indicado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del dicho plazo y, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.3 del Reglamento General de Recaudación, se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias, hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer. Procedimiento que motiva la notificación: Procedimientos tributarios y/o de recaudación de ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria. Sujeto pasivo N.I.F. Refer. o Nº Exped. Procedimiento RAMIREZ GIL FRANCISCO ASIS RODRIGUEZ CORTES DIEGO RODRIGUEZ LANCHA MIGUEL ANGEL ROMERO SAEZ FRANCISCO JAVIER

44390846H 47059483B 70577789N 47059546M

3017655 3017659 3017661 3017664

En Albacete, 26 de noviembre de 2002.–El Jefe de Zona, Juan Lloret Cifuentes.

14 14 14 14

•29.066•

AYUNTAMIENTO DE ALBACETE ANUNCIO DE CONVOCATORIA DE LICITACIÓN CONTRACTUAL

Subasta para enajenación de 13 parcelas sitas en Polígono Industrial Romica En cumplimiento del acuerdo de la Comisión de Gobierno, adoptado en sesión de fecha 28 de noviembre de 2002, se hace pública por el presente anuncio la convocatoria para adjudicar el contrato cuyas características se describen seguidamente: 1.–Procedimiento y forma de adjudicación: Abierto, mediante subasta. 2.–Clase de contrato: Privado de compra-venta. 3.–Objeto del contrato: Enajenación de 13 parcelas que se citan a continuación, sitas en el Polígono Industrial de Romica: 1. Parcela 18: 31.746 m2 2. Parcela 19: 22.200 m2 3. Parcela 56 A: 4.372,96 m2 4. Parcelas 56 B, C, D y E: 4.401,6 m2 cada una. 5. Parcelas 61 A, B, C y D: 3.780 m2 cada una. 6. Parcela 61 E: 3.755,10 m2 7. Parcela 62: 20.000 m2 4.–Presupuesto mínimo: 1. Parcela 18: Un millón setecientos cuarenta y seis mil treinta euros (1.746.030 euros). 2. Parcela 19: Un millón doscientos veintiún mil euros (1.221.000 euros). 3. Parcela 56 A: Doscientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta y siete euros con treinta céntimos (275.757,30 euros). 4. Parcela 56 B: Doscientos sesenta y cuatro mil noventa y seis euros (264.096 euros). 5. Parcela 56 C: Doscientos sesenta y cuatro mil noventa y seis euros (264.096 euros). 6. Parcela 56 D: Doscientos sesenta y cuatro mil noventa y seis euros (264.096 euros).

7. Parcela 56 E: Doscientos sesenta y cuatro mil noventa y seis euros (264.096 euros). 8. Parcela 61 A: Doscientos veintiséis mil ochocientos euros (226.800 euros). 9. Parcela 61 B: Doscientos veintiséis mil ochocientos euros (226.800 euros). 10. Parcela 61 C: Doscientos veintiséis mil ochocientos euros (226.800 euros). 11. Parcela 61 D: Doscientos veintiséis mil ochocientos euros (226.800 euros). 12. Parcela 61 E: Doscientos treinta y seis mil quinientos noventa y seis euros con cincuenta céntimos (236.596,50 euros). 13. Parcela 62: Un millón cien mil euros (1.100.000 euros). El Ayuntamiento realizará la adjudicación a la oferta de mayor cuantía. 5.–El pliego de condiciones económico-administrativas particulares puede ser examinado en el Negociado de Contratación del Ayuntamiento (planta 3ª de la Casa Consistorial), en la zona de descarga de la página www.amialbacete.com y obtenerse gratuitamente, previa petición escrita o verbal, copia del mismo en horario de 9 a 14 horas de días laborables, a excepción de sábados. 6.–Garantía provisional: 1. Parcela 18: Treinta y cuatro mil novecientos veinte euros con sesenta céntimos (34.920,60 euros). 2. Parcela 19: Veinticuatro mil cuatrocientos veinte euros (24.420 euros). 3. Parcela 56 A: Cinco mil quinientos quince euros con quince céntimos (5.515,15 euros). 4. Parcela 56 B: Cinco mil doscientos ochenta y un euros con noventa y dos céntimos (5.281,92 euros).

22

Viernes 20 de Diciembre, 2002

5. Parcela 56 C: Cinco mil doscientos ochenta y un euros con noventa y dos céntimos (5.281,92 euros). 6. Parcela 56 D: Cinco mil doscientos ochenta y un euros con noventa y dos céntimos (5.281,92 euros). 7. Parcela 56 E: Cinco mil doscientos ochenta y un euros con noventa y dos céntimos (5.281,92 euros). 8. Parcela 61 A: Cuatro mil quinientos treinta y seis euros (4.536 euros). 9. Parcela 61 B: Cuatro mil quinientos treinta y seis euros (4.536 euros). 10. Parcela 61 C: Cuatro mil quinientos treinta y seis euros (4.536 euros). 11. Parcela 61 D: Cuatro mil quinientos treinta y seis euros (4.536 euros). 12. Parcela 61 E: Cuatro mil setecientos treinta y un euros con noventa y tres céntimos (4.731,93 euros). 13. Parcela 62: Veintidós mil euros (22.000 euros). Si se licitara por las 13 parcelas, una fianza provisional de: Ciento treinta mil ochocientos cincuenta y nueve euros con treinta y seis céntimos (130.859,36 euros). 7.–Proposiciones y plazo: Las proposiciones, ajusta-

B.O.P. número 151

das al modelo que se inserta como anexo al pliego de condiciones, y la documentación general complementaria exigida en el pliego, se presentarán dentro de los 26 días naturales siguientes al de publicarse el presente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, en el referido Negociado de Contratación, de 9 a 14 horas, o bien por correo certificado, con obligación de remitir el mismo día comunicación al Ayuntamiento por télex, fax o telegrama, anunciando la presentación por este procedimiento. 8.–Apertura de plicas: Tendrá lugar ante la Mesa de Contratación, a las 12 horas del día hábil siguiente al de concluir el plazo de presentación de proposiciones, considerándose inhábil a este solo efecto el sábado, salvo que se hubiera anunciado la presentación por correo, en cuyo caso, la apertura tendrá lugar a la misma hora del día hábil siguiente al de cumplirse diez días naturales desde la conclusión del plazo licitatorio. Albacete a 11 de diciembre de 2002.–El Alcalde, Manuel Pérez Castell. •30.659•

AYUNTAMIENTO DE ALPERA ANUNCIO

A los efectos previstos en el artículo 93,2 del R.D. Legislativo 2/2000, de 16 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace público que por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Alpera de fecha 14-11-2002, se ha adjudicado, a la empresa Saico, S.A. Intagua de Cons-

trucciones y Servicios, la obra: Ampliación del abastecimiento de agua potable a la población de Alpera, en la cantidad de 318.389,16 euros. Alpera, 19 de noviembre de 2002.–La Alcaldesa, Catalina Rubio Pardo. •29.753•

AYUNTAMIENTO DE LA GINETA ANUNCIOS

Por acuerdo plenario adoptado el pasado día 26 de julio de 2002, se acordó aprobar inicialmente la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. De conformidad con el mismo, y en cumplimiento del artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se expone al público y en audiencia a los interesados por un plazo de treinta días, contados desde la inserción del presente

anuncio en el B.O.P., para presentación por parte de los mismos de reclamaciones y sugerencias. En caso de que no se presentaran reclamaciones ni sugerencias, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 49.c) del mismo texto, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional. En La Gineta a 27 de noviembre de 2002.–El Alcalde en funciones, Antonio Belmonte Moraga. •29.903•

Por acuerdo plenario adoptado el pasado día 27 de septiembre de 2002, se acordó aprobar inicialmente el Reglamento Municipal de Concesión de Subvenciones. De conformidad con el mismo, y en cumplimiento del artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se expone al público y en audiencia a los interesados por un plazo de treinta días, contados desde la inserción del presente

anuncio en el B.O.P., para presentación por parte de los mismos de reclamaciones y sugerencias. En caso de que no se presentaran reclamaciones ni sugerencias, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 49.c) del mismo texto, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional. En La Gineta a 28 de noviembre de 2002.–El Alcalde en funciones, Antonio Belmonte Moraga. •29.904•

Por acuerdo plenario adoptado el pasado día 28 de noviembre de 2002, se acordó aprobar inicialmente el Reglamento Municipal para el establecimiento de la

normativa de uso y funcionamiento del Centro de Internet, el catálogo y horario del Servicio y el establecimiento y aplicación de precios públicos.

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

De conformidad con el mismo, y en cumplimiento del artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se expone al público y en audiencia a los interesados por un plazo de treinta días, contados desde la inserción del presente anuncio en el B.O.P., para presentación por parte de los mismos de reclamaciones y sugerencias.

23

En caso de que no se presentaran reclamaciones ni sugerencias, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 49.c) del mismo texto, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional. En La Gineta a 2 de diciembre de 2002.–El Alcalde en funciones, Antonio Belmonte Moraga. •29.905•

AYUNTAMIENTO DE MUNERA ANUNCIO

Por don Ricardo Orcajo Velasco (en representación de Repsol Butano, S.A.), se ha solicitado licencia municipal para la instalación de un depósito de G.L.P., con emplazamiento en calle Don Quijote, 1. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, Decreto 2.414/1961, de 30 de noviembre, a fin de que

quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia, puedan formular, por escrito, que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes, durante el plazo de diez días hábiles. Munera, 2 de diciembre de 2002.–La Alcaldesa, Lourdes Varea Morcillo. •29.849•

AYUNTAMIENTO DE ONTUR ANUNCIO

Licitación, a través de procedimiento abierto y mediante subasta, para la enajenación de dos naves industriales propiedad del Ayuntamiento de Ontur, situadas en Ctra. de Jumilla, s/n. 1. Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Ontur, calle General Sánchez, 13. Teléfono: 967 323 001. 2. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. 3. Objeto del contrato: Constituye el objeto del contrato la adjudicación y enajenación mediante subasta, por procedimiento abierto, de los siguientes bienes de propiedad municipal: A ) Nave industrial sita en Ontur, en la Carretera de Jumilla, sin número, con una superficie construida de cuatrocientos veinticinco metros cuadrados en una sola planta, siendo la superficie construida igual a la ocupada, ocupando, por tanto, la nave la totalidad del solar. Linderos: Norte, finca cuarta; Mediodía, finca sexta, ambas propiedad del Ayuntamiento; Saliente, carretera de Jumilla y Poniente, acequia madre. Título: Pertenece al Ayuntamiento de Ontur, según escritura de división material y declaración de obra nueva terminada autorizada por don Arsenio Francisco Sánchez Puerta, con fecha 25-06-2002. Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Hellín, al tomo 1231, libro 32, folio 96, finca 9.878. Carga: La nave A) se encuentra arrendada hasta el 13 de abril de 2008. B) Nave industrial sita en Ontur, en la Carretera de Jumilla, sin número, con una superficie constituida de trescientos setenta y cinco metros cuadrados en una sola planta, siendo la superficie construida igual a la ocupada, ocupando, por tanto, la nave la totalidad del solar. Linderos: Norte, finca quinta; Mediodía finca séptima,

ambas propiedad del Ayuntamiento; Saliente, carretera de Jumilla y Poniente, acequia madre. Título: Pertenece al Ayuntamiento de Ontur, según escritura de división material y declaración de obra nueva terminada autorizada por don Arsenio Francisco Sánchez Puerta, con fecha 25-06-2002. Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Hellín, al tomo 1.231, libro 32, folio 98, finca 9.879. 4 . Precio de licitación: El tipo de licitación al alza se fija: Nave A) en 50.499,37 euros. Nave B) en 44.570,03 euros. 5. Garantías: Para poder concurrir a la adjudicación el solicitante deberá acreditar haber constituido a favor del Ayuntamiento una fianza provisional, equivalente al 2 por ciento del precio de licitación de cada una de las naves, si se opta por una de ellas o de las dos, si se opta por las dos. 6. Gastos: El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios e impuestos que procedan y demás que origine el procedimiento. 7. Lugar y plazo de presentación de proposiciones: Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, de nueve a catorce horas, durante el plazo de veintiséis días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, según modelo de proposición, acompañada de la documentación exigida en el pliego de condiciones aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 15-11-2002. En Ontur a 3 de diciembre de 2002.–El Alcalde, Joaquín Ortí Martínez. •29.848•

24

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

AYUNTAMIENTO DE POZO CAÑADA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

La Comisión de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de noviembre de 2002, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: Aprobada la Oferta de Empleo Público para el año 2001, siendo remitido el correspondiente anuncio al B.O.E. para su publicación y de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 1/1990, de 9 de enero, por el que se establece la estructura de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, y se fijan los criterios de selección de sus miembros, la Comisión de Gobierno acuerda: 1.–Convocar pruebas selectivas (oposición) para ingreso en la categoría de una plaza de Guardia. 2.–Aprobar las bases de la convocatoria siguientes: Bases para la convocatoria de una plaza de Guardia de la Policía Local Aprobada la oferta de empleo publico para el año 2001, siendo remitido el correspondiente anuncio al B.O.E. para su publicación y de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 1/1990, de 9 de enero, por el que se establece la estructura de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, y se fijan los criterios de selección de sus miembros, la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Pozo Cañada en sesión ordinaria celebrada el día 13 de noviembre de 2002, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la categoría de Guardia con sujeción a las siguientes. Bases de la convocatoria 1. Normas generales. 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con carácter definitivo una plaza en la categoría de Guardia del Cuerpo de la Policía Local de este Ayuntamiento. 1.2. A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 2/1987, de 7 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Decreto 188/95, de 13 de diciembre (D.O.C.M. del día 15); el Decreto 1/1990, de 9 de enero (D.O.C.M. del día 16), el Real Decreto 896/91 de 7 de junio; el Real Decreto 364/95 de 10 de marzo, y las bases de esta convocatoria. 2. Requisitos de los candidatos. 2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser español. b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta y dos. c ) Tener una estatura mínima de 170 cm para hombre y 165 cm las mujeres. d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. e) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A, B y/o los que la Administración competente establezca para la utilización de los vehículos policiales. f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.

g) No haber sido separado del servicio de la Administración del Estado, de la Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. h) Prestar el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas. 2.2. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias, a excepción del permiso de conducir específico para vehículos policiales, cuya exigencia se diferirá hasta la fecha de finalización del curso selectivo. 2.3. Los requisitos de edad máxima y estatura no serán exigibles a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de carrera de los Cuerpos de Policía Local. 3. Solicitudes. 3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitada por este Ayuntamiento. 3.2. Las solicitudes se dirigirán al Presidente de esta Corporación. A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad y el resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, fotocopia compulsada del Título de Graduado Escolar, F.P. I o equivalente y fotocopia compulsada del permiso de conducir de las clases A y B. 3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a que haya tenido lugar la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 3.4. La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o realizarse; con arreglo a las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.5. Los derechos de examen serán de 30,05 euros, y se ingresarán en la Caja de la Corporación, bien en metálico o a través de giro postal o telegráfico, haciendo constar su objeto en el correspondiente impreso. 4. Admisión de aspirantes. 4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde, en el plazo máximo de un mes, dictará la resolución por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos. En esta resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes admitidos y excluidos con expresión de las causas de su exclusión y la composición nominal del Tribunal calificador. 4.2. El plazo para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión de los aspirantes o su omisión en la relación de admitidos, será de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución. Los aspirantes que dentro de dicho plazo no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

4.3. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados desde su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 4.4. Los aspirantes definitivamente excluidos tendrán derecho al reintegro de los derechos de examen cuando así lo soliciten de forma expresa. 5. Tribunales calificadores. 5.1. El Tribunal calificador de las pruebas selectivas se compondrá de la siguiente forma: Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quién delegue. Secretario: El de la Corporación o quien legalmente le sustituya. Vocales: 1. Un representante de la Consejería de Administraciones Públicas. 2. Un representante de la Jefatura de Policía. 3. Un representante de los funcionarios locales. 5.2. La designación de Vocales deberá efectuarse en el plazo de veinte días siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud, los cuales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. Transcurrido dicho plazo, la Corporación podrá designar directamente a dichos representantes, dando cuenta a la Administración u órgano representado. El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les serán de aplicación las mismas prescripciones. 5.3. El Presidente del Tribunal podrá designar la incorporación de asesores para todas o alguna de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas, especialmente se considera necesaria la asistencia de un técnico policial para la prueba cuarta. 5.4. Para la válida actuación de los Tribunales calificadores, es necesaria la presencia de la mitad de sus miembros y, en todo caso, la del Presidente y Secretario o la de quienes legalmente les sustituyan. 5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándole a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes. 5.6. El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría cuarta según lo dispuesto en el artículo 33.2 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo (B.O.E. número 68), sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6. Sistema selectivo. 6.1. La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema de oposición libre y constará de dos fases: a) Oposición. b) Curso selectivo, que convoca y organiza el órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

25

6.2. La fase de oposición constará de las cuatro pruebas siguientes, todas ellas obligatorias y eliminatorias: Primera prueba: Aptitud psicotécnica. Estará dirigida a determinar la aptitud psicológica de los aspirantes y su adecuación al perfil de estos puestos de trabajo Segunda prueba: Aptitud física. Consistirá en: 1º. Reconocimiento médico, la práctica de la talla y demás medidas antropométricas de los aspirantes (anexo II). El reconocimiento médico podrá deferirse, realizándose tras la cuarta prueba, pero en ese caso, los aspirantes deberá presentar un certificado médico que acredite el cumplimiento de las condiciones fijadas en el anexo II. 2°. Superación de la pruebas de aptitud física que figuran en el anexo III. Tercera prueba: Conocimientos generales. Consistirá en la contestación por escrito de dos temas, uno de la parte general y otro de la parte especial, elegidos al azar entre los que figuran en el programa de la convocatoria (anexo b), en un tiempo máximo de sesenta minutos. –Cuarta prueba: Práctica profesional. Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos relacionados con los temas del programa a determinar por el Tribunal Calificador, realizándose al menos uno de ellos en tratamiento de textos Word. 6.3. El Tribunal Calificador garantizará en la calificación de los ejercicios escritos el anonimato de los aspirantes adoptando los medios adecuados que sean posibles para ello. 6.4. El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura como anexo I a esta convocatoria. 7. Desarrollo de los ejercicios. 7.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad. 7.2. El orden de actuación de los opositores será el que se establezca con carácter general para la Administración del Estado. 7.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo las casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria. 7.4. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior y cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con setenta y dos horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. 7.5. Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes. 8. Calificaciones.

26

Viernes 20 de Diciembre, 2002

8.1. La calificación de las dos primera pruebas será de apto o no apto, siendo necesario superar las cuatro pruebas físicas para obtener la aptitud en la primera prueba. Las pruebas tercera y cuarta se calificarán de cero a diez puntos cada una de ellas, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. 8.2. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenido en la tercera prueba. De persistir el empate, éste se dirimirá según la puntuación obtenida en el tema correspondiente a la parte especial del temario. Si no fueran suficientes los dos criterios anteriores, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere la base 7.2 para la dilucidación del empate. 8.3. Lista de interinos. Los aspirantes que hayan superado las tres primeras pruebas de la oposición, pasarán por orden de puntuación a formar parte de la lista de interinos, para cubrir posibles bajas de Guardias. 9. Lista de aprobados. 9.1. Concluidas cada una de las pruebas, el Tribunal hará públicas en, los lugares de examen, así como en la sede del Ayuntamiento, la relación de los aspirantes que hayan superado cada una de ellas. 9.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal elevará al Presidente de la Corporación la relación definitiva de aspirantes aprobados por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total. Esta relación será hecha pública por el Tribunal en el lugar de celebración del último ejercicio y en la sede del Ayuntamiento. 9.3. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga la anteriormente establecido será nula de pleno derecho. 10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionario en prácticas. 10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que se hiciera pública las relaciones definitivas de aprobados, éstos deberán presentar en las oficinas de este Ayuntamiento los siguientes documentos: a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad. b) Fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención. c) Fotocopia compulsada de los permisos de conducir A y B y, si lo tuviera en ese momento, del correspondiente para la conducción de vehículos policiales. d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

B.O.P. número 151

e) Declaración jurada o promesa de comprometerse a portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas. 10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. 10.3. Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Consejería, Entidad Local u Organismo del que dependieren, para acreditar tal condición. 10.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo las casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o, del examen de la misma, se dedujere que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 10.5. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Presidente de la Corporación dictará resolución por la que se nombra funcionarios en prácticas a los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas. 11. Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera. 11.1. Para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los aspirantes aprobados deberán realizar y superar un curso selectivo que convocará y organizará la Consejería de Economía y Administraciones Públicas. 11.2. El curso selectivo tendrá una duración mínima de tres meses, y se ajustará a lo que determine dicha Consejería. 11.3. La toma de posesión de los aspirantes que superen el curso selectivo deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la terminación del referido curso. 12. Norma final. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del órgano encargado de la selección de estas pruebas conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ANEXO I Convocatoria para el ingreso, en la categoría de Guardias de la Policía Local Tercera prueba: Conocimientos generales. Programa Parte general Tema 1.–La Constitución Española de 1978: Características y principios generales. Estructura y contenido.

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

Tema 2.–Derechos y deberes fundamentales de la persona en la actual Constitución Española. Garantía y suspensión de los derechos. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. Tema 3.–La Corona. Las Cortes Generales: Las Cámaras, composición y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las Leyes. El Gobierno y la Administración. Tema 4.–El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. Tema 5.–Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Comunidad de CastillaLa Mancha: El Estatuto. Organización y competencias. Tema 6.–La Administración Local: Conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El municipio: Concepto, elementos, regulación jurídica y competencias municipales. Los Órganos de Gobierno Municipal: El Alcalde, el Pleno, la Comisión de Gobierno y otros Órganos. Tema 7.–Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada una de ellas. Relación clasificada de Ordenanzas y Reglamentos de Pozo Cañada. Tema 8.–La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de policía, según la Ley Orgánica 2/86. Situaciones administrativas de los funcionarios. Tema 9.–El ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano. Los actos administrativos. El procedimiento administrativo. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Tema 10.–La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La Ley 2/87 de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Tema 11.–Regulación de las Policías Locales en la legislación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha Decreto 1/90 de ingreso, formación y promoción. El Reglamento Marco de las Policías Locales de Castilla-La Mancha (Decreto 188/1995), de 13 de diciembre ). Tema 12.–La actividad de la Policía Local como policía administrativa. Actividad en materia de sanidad, consumo y abastos. Policía de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas. Policía urbanística. La Policía Local y la protección al medio ambiente. Tema 13.–Seguridad ciudadana y Policía Local. La Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana. Parte especial Tema 14.–El delito y la falta. Personas responsables. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal: Eximentes, atenuantes, agravantes. Grados de ejecución del delito. Tema 15.–Delitos contra las personas. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socio-económico. Tema 16.–Delitos cometidos por funcionarios públicos. Delitos contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos. Delitos contra la Constitución y el Orden Público.

27

Tema 17.–Faltas y sus penas. Faltas contra las personas. Faltas contra el patrimonio. Faltas contra los intereses generales. Faltas contra el orden público. Tema 18.–El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto, estructura y características. Las diligencias policiales. Tema 19.–El tráfico: Concepto general. La Ley sobre Tráfico, Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El Reglamento General de Circulación. Tema 20.–Normas de comportamiento de la circulación (R.D. 13/1992). Normas generales de los conductores. El transporte de mercancías y cosas. De la circulación de vehículos: Lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección, marcha atrás. Tema 21.–De la circulación de vehículos (R.D. 13/1992): Adelantamientos, paradas y estacionamiento; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores. Otras normas de circulación: Utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Comportamiento en casos de emergencia. Tema 22.–De la señalización (R.D 13/1992). Normas generales. Orden de preferencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales. Tema 23.–Infracciones, sanciones y responsabilidad administrativa en materia de tráfico. Medidas cautelares. Procedimiento sancionador en materia de tráfico. Tema 24.–Accidentes de circulación. Definición y clases de actuaciones de la Policía Local. Delitos y faltas relacionados con la utilización de vehículos a motor. Especial referencia a los delitos contra la seguridad y el tráfico. Tema 25.–Etilómetro. Regulación administrativa de los etilómetros y la conducción bajo la influencia de otras drogas en la normativa de tráfico. Procedimiento de averiguación de la conducción etílica y de otras drogas. ANEXO II Convocatoria para el ingreso en la categoría de Guardias de la Policía Local Primera prueba: Aptitud física. Cuadro de exclusiones médicas 1. Talla: Estatura mínima: 1,70 metros en hombre y 1,65 mujeres. 2. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales. 3. Exclusiones definitivas. 3.1. Ojo y visión. 3.1.1. Agudeza visual sin corrección, de dos tercios en visión monocular compensada en un ojo, y de un quinto en el ojo enfermo. 3.1.2. Queratotomía radial 3.1.3. Desprendimiento de retina 3.1.4. Estrabismo 3.1.5. Hemianopsias 3.1.6. Discromotopsias 3.1.7. Cualquier otro proceso patológico, que a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.

28

Viernes 20 de Diciembre, 2002

3.2. Oído y audición Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertz a 35 decibelios o de 4.000 hertz a 45 decibelios. 3.3. Otras exclusiones. 3.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato Locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial o que puedan agravarse a juicio del Tribunal Médico, con el desarrollo del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares). 3.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que a juicio del Tribunal Médico dificulte el desarrollo del puesto de trabajo. 3.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no habiendo de sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/HG en presión sistólica y los 90 mm/HG de presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desarrollo del puesta de trabajo. 3.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en mas de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial. 3.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, dolor de cabeza, temblores de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función pública. 3.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. 3.3.7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, y intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial. ANEXO III Convocatoria para el ingreso en la categoría de Guardias de la Policía Local Segunda prueba: Aptitud física. Pruebas físicas 1. Consistirán en la realización y superación de las cuatro pruebas siguientes: 1) Carrera de velocidad) (60 metros) 2) Carrera de resistencia (1.000 metros) 3) Salto de longitud (pies juntos) 4) Lanzamiento de balón medicinal de 4 kg para los hombres y 3 kg para las mujeres. 2. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas y cada una es eliminatoria para pasar a la siguiente. 3. Desarrollo de las pruebas: Carrera de velocidad de 60 metros.

B.O.P. número 151

3.1. 1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos de apoyo de salida. 3. 1.2. Ejecución. La propia de una carrera de velocidad 3.1.3. Medición. Deberá ser manual, con cronómetro. 3.1.4. Intentos. Se efectuará dos intentos. El tiempo máximo de preparación entre cada uno de ellos será como máximo de tres minutos. 3.1.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA 3.1.6. Marcas mínimas. Según el cuadro indicado de pruebas y marcas mínimas. 3.1.7. Señal de salida y toma de tiempos. La señal de salida se dará desde la línea de meta, mediante aviso de preparado y toque de silbato. El tiempo será tomado por tres cronómetros portados por miembros del tribunal, considerando como válido el tiempo intermedio. Carrera de resistencia. 3.2.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. 3.2.2. Ejecución. La propia de este tipo de carrera. 3.2.3. Medición. Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad. 3.2.4. Intentos. Un intento. 3.2.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA. 3.2.6. Marcas mínimas. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas. Salto de longitud con los pies juntos. 3.3.1. Disposición. El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0,05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,05 metros al borde anterior del mismo. 3.3.2. Ejecución. Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. 3.3.3. Medición Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso. 3.3.4. Intentos. Puede realizar tres intentos. El tiempo máximo de preparación entre cada uno de ellos será como máximo de dos minutos. 3.3.5. Invalidaciones. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. 3.3.6. Marcas mínimas. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas. Lanzamiento de balón medicinal. 3.3.1. Disposición. Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza. 3.4.2. Ejecución Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza Pruebas Carrera de velocidad (60 metros) Carrera resistencia (1000 metros) Salto de longitud (pies Juntos) (metros) Balón medicinal (4 kg) (metros) Pruebas

Hasta 31 años

32-35 años

9"00

9"2

3’40"

29

de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. 3.4.3. Medición. Deberá ser manual. 3.4.4. Intentos. Tres intentos. El tiempo de preparación entre cada uno de ellos será como máximo de dos minutos. 3.4.5. Invalidaciones. Levantar los pies del suelo en su totalidad. Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento. 3 4.6 Marcas mínimas. Según cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas. 4. Marcas mínimas.

Hombres 36-40 años

41-45 años

46-50 años

51-55 años

56-60 años

61-65 años

9"8

10"1

10"3

10"6

10"9

11"2

4’20"

4’55"

5’05"

5’15"

5’25'’

5’35"

5’45"

2.20

2.00

1.70

1.60

1.50

1.40

1.30

1.20

8.00

7.25

6.26

5.50

5.25

4.75

4.50

4.00

Hasta 31 años

32-35 años

Mujeres 36-40 años

41-45 años

46-50 años

51-55 años

56-60 años

61-65 años

11"4

11"9

12"5

13"3

13"3

13"6

5’30"

5’45"

6’15"

6’45"

7’10"

7’25"

1.40

1.20

1.00

0.85

0.75

0.70

4.00

3.85

3.25

3.00

2.50

2.25

Carrera de velocidad 10"30 10"9 (60 metros) Carrera resistencia 4’30" 5’20" (1.000 metros) Salto de longitud (pies 1.90 1.50 Juntos) (metros) Balón medicinal (3 kg.) 6.00 4.50 (metros) Lo que se hace constar a los efectos oportunos. Pozo Cañada a 12 de noviembre de 2002.

•30.529•

AYUNTAMIENTO DE LA RODA ANUNCIO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 150.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, al que se remite el artículo 158.2 de la misma Ley, y artículo 20.3, en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril. Se hace público, para general conocimiento que esta Corporación en sesión plenaria celebrada el día 21 de octubre de 2002 adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número seis de concesión de créditos y/o suplementos de créditos que afecta al vigente presupuesto de esta Corporación. Concesión de créditos extraordinarios y/o suplementos de créditos aprobados, resumidos por capítulos: Capítulo 1.–Gastos de personal: 13.646,25 euros.

Capítulo 4.–Transferencias corrientes: 4.303,13 euros. Capítulo 6.–Inversiones reales: 30.050,62 euros. Total créditos extraordinarios y/o suplementos de créditos: 48.000 euros. El total importe anterior queda financiado por las anulaciones o bajas del crédito comprometidas y cuyo resumen por capítulos es el siguiente: Capítulo Denominación Créditos a anular 6 Inversiones reales 48.000 euros Total anulaciones o bajas: 48.000 euros. En La Roda a 29 de noviembre de 2002.–El Presidente, ilegible. •29.560•

30

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

AYUNTAMIENTO DE VILLAMALEA ANUNCIO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de noviembre de 2002 acordó aprobar la contratación de una operación de préstamo por importe de 21.440,24 euros, para la financiación de inversiones previstas en el expediente de modificación de créditos número 6/2002, aprobado inicialmente en la citada sesión del Ayuntamiento Pleno. Dado que dicha operación no se encontraba inicialmente prevista en el presupuesto general de esta Corporación del año 2002, y conforme a lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas

Locales, por el presente se expone al público el citado acuerdo durante el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el B.O.P. para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que consideren oportunas, considerándose definitivamente adoptado dicho acuerdo en caso de no presentarse reclamaciones. Villamalea, 2 de diciembre de 2002.–El Alcalde, Jacinto López Descalzo. •29.865•

AYUNTAMIENTO DE VILLARROBLEDO ANUNCIOS

Resolución número 3.859/02. Estando previsto celebrar el matrimonio entre don Alberto González García y doña Raquel García-Conde Sarrión el próximo día 7 de diciembre de 2002 en esta Casa Consistorial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía, en uso de las facultades que me confiere la Legislación vigente, Ha resuelto: Delegar en el Sr. Concejal don Argimiro Martínez

Jareño para que autorice el matrimonio entre don Alberto González García y doña Raquel García-Conde Sarrión, a celebrar el próximo día 7 de diciembre de 2002 en esta Casa Consistorial. La presente delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de esta Resolución, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete. Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Villarrobledo a 29 de diciembre de 2002.–El Primer Teniente de Alcalde, José Antonio Cabañero Losa. •29.755•

La Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2002 aprobó el pliego de condiciones que ha de servir de base en el concurso, por procedimiento abierto, para la adjudicación del contrato de ejecución de las obras de urbanización del sistema general del sector P.P.R.-1 de Villarrobledo. 1.–Entidad adjudicadora. a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Villarrobledo. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. c) Número de expediente: — 2.–Objeto del contrato. a) Descripción del objeto: Ejecución de las obras de urbanización del sistema general del sector P.P.R.-1 de Villarrobledo. b) División por lotes y número: — c) Lugar de ejecución: Villarrobledo. d) Plazo de ejecución: 18 meses. 3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.–Presupuesto base de licitación. Importe total: 2.026.010 euros.

Anualidad 2003, 1.013.005 euros. Anualidad 2004, 1.013.005 euros. 5.–Garantía. Provisional: 40.520 euros. 6.–Obtención de documentación e información. a) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Villarrobledo. b) Domicilio: Plaza Ramón y Cajal, número 1. c) Localidad y código postal: Villarrobledo. 02600. d) Teléfono: 967 14 04 04. e) Telefax: 967 14 51 93. f) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta el vigesimosexto día natural siguiente al de la publicación del último anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia, de 9’00 a 14’00 horas. 7.–Requisitos específicos del contratista. a) Clasificación: Grupo, G; Subgrupo, 4; Categoría, d. Grupo, E; Subgrupo, 1; Categoría, c. Grupo, I; Subgrupo, 1; Categoría, c. 8.–Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación. a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día natural vigesimosexto siguiente al de la publicación del último anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia.

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

b) Documentación a presentar: La que se especifica en la cláusula 3.2.1 del pliego de condiciones. c) Lugar de presentación: 1º Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Villarrobledo. 2º Domicilio: Plaza de Ramón y Cajal, número 1. 3º Localidad y código postal: Villarrobledo - 02600. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 3 meses. e) Admisión de variantes: Sí. 9.–Apertura de ofertas. a) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Villarrobledo. b) Domicilio: Plaza de Ramón y Cajal, número 1. c) Localidad: Villarrobledo. d) Fecha y hora: A las 10’00 horas del primer día hábil siguiente a la expiración del plazo de los diez días naturales siguientes al último de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la

31

calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre “A” en acto privado. Esta fecha se anticipará al primer día hábil siguiente al último de presentación de proposiciones en el supuesto de que no se hubiere remitido por correo ninguna proposición. A las 10’00 horas del primer día hábil siguiente a la expiración del plazo de los diez días naturales siguientes al en que se hubiere iniciado la calificación de la documentación general, se abrirá, en acto público, el sobre “B”. 10.–Otras informaciones: A los efectos de este concurso, los sábados se considerarán días inhábiles. 11.–Gastos de los anuncios: A cargo del contratista. Villarrobledo, 25 de noviembre de 2002.–El Alcalde, ilegible. •30.582•

• ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda EDICTOS

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección Segunda. Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por don Joaquín Tecles Requena, que actúa en su propio nombre y representación, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo plenario de 10 de enero de 2002 de la Diputación Provincial de Albacete, por el que se aprueban las Normas de Catalogación del Personal Funcionarial,

publicado en el B.O.P. de fecha 11 de marzo de 2002. Y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47.2 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la disposición, acto o conducta impugnados, para su personación en dicho procedimiento en el plazo de quince días. Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 735/02. En Albacete a 2 de diciembre de 2002.–El Secretario, José Pedro Rubio Paterna. •29.851•

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección Segunda. Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por don José Manuel Alcantud González, que actúa en su propio nombre y representación, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo plenario de 10 de enero de 2002 de la Diputación Provincial de Albacete, por el que se aprueban las Normas de Catalogación del Personal

Funcionarial, publicado en el B.O.P. de fecha 11 de marzo de 2002. Y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47.2 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la disposición, acto o conducta impugnados, para su personación en dicho procedimiento en el plazo de quince días. Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 736/02. En Albacete a 2 de diciembre de 2002.–El Secretario, José Pedro Rubio Paterna. •29.852•

32

Viernes 20 de Diciembre, 2002

Don José Pedro Rubio Paterna, Licenciado en Derecho, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección Segunda. Por el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete, hace saber: Que por don Joaquín Jiménez Francés, que actúa en su propio nombre y representación, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo plenario de 10 de enero de 2002 de la Diputación Provincial de Albacete, por el que se aprueban las Normas de Catalogación del Personal Funcionarial,

B.O.P. número 151

publicado en el B.O.P. de fecha 11 de marzo de 2002. Y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47.2 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la disposición, acto o conducta impugnados, para su personación en dicho procedimiento en el plazo de quince días. Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 737/02. En Albacete a 2 de diciembre de 2002.–El Secretario, José Pedro Rubio Paterna. •29.974•

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ALBACETE CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN

María Isabel Sánchez Gil, Secretaria del Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 677/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Ana Belén Flores Bautista, contra la empresa Help Home, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo.–Que estimando la demanda debo condenar y condeno a la empresa demandada Help Home, S.L., para que abone a la actora Ana Belén Flores Bautista la cantidad de 940,15 euros, más el 10% de intereses por mora, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del E.T.

Al notificar la sentencia a las partes se les hará saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Help Home, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. En Albacete a 3 de diciembre de 2002.–La Secretaria Judicial, María Isabel Sánchez Gil. •29.975•

María Isabel Sánchez Gil, Secretaria del Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 684/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Llanos Molina Sánchez y otra, contra la empresa Help Home, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo.–Que estimando la demanda debo condenar y condeno a la empresa demandada Help Home, S.L., para que abone a las actoras las siguientes cantidades más el 10% de intereses por mora, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del E.T. Llanos Molina Sánchez: 508,46 euros.

Nieves Molina Sánchez: 508,46 euros. Al notificar la sentencia a las partes se les hará saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Help Home, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. En Albacete a 3 de diciembre de 2002.–La Secretaria Judicial, María Isabel Sánchez Gil. •29.976•

María Isabel Sánchez Gil, Secretaria del Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 640/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Cayo Caballero Calero y otro, contra la empresa World Knives, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo.–Que estimando la demanda debo condenar y condeno a la empresa demandada World Knives, S.L., para que abone a los actores las siguientes cantidades

más el 10% de intereses por mora, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del E.T. A Cayo Caballero Calero: 2.357,02 euros. A José Antonio Hernández Becerra: 2.357,02 euros. Contra la presente sentencia cabe recurso de suplicación que será conocido por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha debiendo anunciarse aquél ante este Organo Jurisdiccional en el plazo de cinco días desde la notificación,

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

33

haciendo constar el Letrado que ha de interponerlo y cumpliendo las demás formalidades prevenidas en la Ley de Procedimiento Laboral, siendo necesario el depósito de la cantidad de 150 euros, en la cuenta de este Juzgado abierta en el BBV con la identificación “recursos de suplicación” y número 0038-0000-69-640-02, y la consignación, en su caso, de la cantidad objeto de condena en la cuenta de este Juzgado de la misma entidad bancaria con identificación “depósitos y consignaciones” y número 0038-0000-65-640-02.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a World Knives, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. En Albacete a 3 de diciembre de 2002.–La Secretaria Judicial, María Isabel Sánchez Gil. •29.977•

María Isabel Sánchez Gil, Secretaria del Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 617/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Lourdes Navarro Moreno y otras, contra la empresa Help Home, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo.–Que estimando la demanda debo condenar y condeno a la empresa demandada Help Home, S.L., para que abone a las actoras las siguientes cantidades más el 10% de intereses por mora, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del E.T y debo absolver y absuelvo a la codemandada Eleradio Pres, S.L., titular de la razón social Televisión Albacete.

Lourdes Navarro Moreno: 483,98 euros. Mirian Tercero Aguilar: 318,89 euros. Erika Serrano Palazón: 484,91 euros. Al notificar la sentencia a las partes se les hará saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Help Home, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. En Albacete a 3 de diciembre de 2002.–La Secretaria Judicial, María Isabel Sánchez Gil. •29.978•

María Isabel Sánchez Gil, Secretaria del Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 864/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Pilar Motilla González, contra las empresas Obra Civil de La Mancha, Mutua Cyclops, INSS y el Fondo de Garantía Salarial sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de providencia a S.Sª. de la Secretaria Judicial doña María Isabel Sánchez Gil. En Albacete a 28 de noviembre de 2002. Por presentado el anterior escrito, junto con las copias de la demanda solicitadas, únase a las actuaciones de su razón. Se admite a trámite la demanda. Se cita a las partes a los actos de juicio y en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo Social sito en Albacete, calle Tinte, 3, 3ª planta, el día 20 de febrero de 2003 a las 9’55 horas de su mañana. Dese traslado de copia de la demanda y demás documentos a los demandados. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciera ni alegare justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. En cuanto a los otrosíes: Se tienen hechas en forma las manifestaciones contenidas en el primero. A lo solicitado en el segundo, como se pide. Dese traslado de la presente demanda al Fondo de Garantía Salarial. Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo que propongo a S.Sª. para su conformidad. Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a Obra Civil de La Mancha, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Albacete a 28 de noviembre de 2002.–La Secretaria Judicial, María Isabel Sánchez Gil. •29.979•

34

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALBACETE EDICTOS

Lorenzo Santiago Luna Alonso, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 691/2002 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Rafael Masip López contra la empresa Electro La Campana, S.L., Eldoméstico Gómez Albacete, S.L., sobre despido, se ha dictado resolución que transcrita en lo necesario, dice como sigue: Sentencia: 00493/2002. Procedimiento número 691/02, En la ciudad de Albacete a 6 de noviembre de 2002. Don José Ramón Solís García del Pozo, MagistradoJuez del Juzgado de lo Social número tres de esta capital, ha dictado... Fallo.–Que estimando íntegramente la demanda rectora de las presentes actuaciones declaró la nulidad del despido del que ha sido objeto don Rafael Masip López, condenando a la empresa Eldoméstico Gómez Albacete, S.L., a que readmita al actor en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían a la fecha del despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución. Teniendo al actor por desistido de su demanda respecto a Electro La Campana, S.L. Esta sentencia no es firme, contra ella cabe recurso de suplicación para ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, el cual deberá anunciarse en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, por escrito, o comparecencia ante este Juzgado de lo Social. Asimismo se advierte: 1º) Todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Publico de Seguridad Social intente interponer recurso de

suplicación consignará como depósito la cantidad de 150 euros. El depósito se constituirá en la entidad de crédito y cuenta que luego se dirá, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso. 2º) El recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, deberá acreditar el anunciar el recurso haber consignado en la entidad de crédito y cuenta que luego se dirá, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista. 3º) El Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, los Organismos Autónomos dependientes de todos ellos y quienes tuvieran reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedarán exentas de constituir el depósito referido y la consignación expresada. 4º) El depósito y/o consignación se harán en ingreso por separado exclusivamente en la cuenta de depósitos y consignaciones que éste Juzgado tiene abierta en la Oficina del Banco Bilbao Vizcaya, sita en la calle Martínez Villena de Albacete, cuenta número 0048 0000 65 0691 02. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Electro la Campana, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. En Albacete a 22 de noviembre de 2002.–El Secretario Judicial, Lorenzo Santiago Luna Alonso. •28.901•

Don Lorenzo Santiago Luna Alonso, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 96/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don José Antonio Hernández Becerra y Cayo Caballero Calero contra la empresa World Knives, S.L., sobre despido, se ha dictado resolución que transcrita en lo necesario, dice como sigue: Auto.–Albacete, 22 de noviembre de 2002... Parte Dispositiva: Se despacha ejecución solicitada por José Antonio Hernández Becerra y Cayo Caballero Calero contra los bienes de la empresa World Knives, S.L., por importe de 12.693,38 euros de principal, más otros 2.062,66 para costas e intereses fijados provisionalmente, trabándose embargo sobre bienes de ésta última,

procediéndose al efecto a la investigación de los mismos a través de la Oficina de Consulta RegistralAverigüación Patrimonial del Juzgado Decano de esta ciudad, dándose traslado de esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial a los fines oportunos. Contra esta resolución no cabe recurso alguno, y sí oposición en legal forma por término de diez días. Y para que le sirva de notificación en legal forma a World Knives, S.L., en ignorado paradero, y cuyo último domicilio conocido lo fue en Albacete, calle. Carmen, 33-2º B, expido el presente para su inserción en este Boletín Oficial. En Albacete a 22 de noviembre de 2002.–El Secretario Judicial, Lorenzo Santiago Luna Alonso. •29.050•

Don Lorenzo Santiago Luna Alonso, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de esta ciudad. Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 156/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a

instancias de doña Rosario Navarro León contra la empresa Retales Preciados, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución que transcrita en lo necesario, dice como sigue:

B.O.P. número 151

Viernes 20 de Diciembre, 2002

35

Auto.–Albacete, 26 de noviembre de 2002... Parte dispositiva: Se despacha la ejecución solicitada por Rosario Navarro León contra los bienes de Retales Preciados, S.L., por importe de 2.388,06 euros de principal, más 388,05 para costas e intereses que se fijan provisionalmente. Se traba embargo sobre los bienes de dicha demandada en cuantía suficiente a cubrir tales cantidades, oficiándose al efecto a la Oficina de Consulta Registral-Averiguación Patrimonial del Juzgado Decano de esta ciudad. Se da traslado de esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. Contra esta resolución no

cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la demandada en plazo de 10 días, por defectos procesales o por motivos de fondo, sin perjuicio de su ejecutividad. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Retales Preciados, S.L., en ignorado paradero, y cuyos últimos domicilios conocidos lo fueron en Pinarejo (Cuenca), calle Tercia, 3, y en Albacete, calle Feria, 115, expido el presente para su inserción en este Boletín. En Albacete a 26 de noviembre de 2002.–El Secretario, Lorenzo Santiago Luna Alonso. •29.365•

Don Lorenzo Santiago Luna Alonso, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de esta ciudad, Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 144/2002, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Francisco Ramón Sánchez Alberola, contra la empresa Untenshyu, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución que transcrita en lo necesario dice como sigue: Auto.–Albacete, 2 de diciembre de 2002 . Se declara a la ejecutada Untenshyu, S.L., en situación de insolvencia total con carácter provisional por importe de 1.105,96 euros. Archivándose las actuaciones, sin per-

juicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de dicha empresa. Contra esta resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado por cinco días. Y para que sirva de notificación en legal forma a Untenshyu, S.L., cuyo último domicilio conocido lo fue en Albacete, calle Teodoro Camino, 13, hoy en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en este Boletín Oficial. En Albacete a 2 de diciembre de 2002.–El Secretario Judicial, Lorenzo Santiago Luna Alonso. •29.980•

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE ALBACETE EDICTO

Doña Cristina Giménez Martínez, Secretaria del Juzgado de Instrucción número tres de esta ciudad. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 147/2002 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Albacete a 21 de octubre de 2002. Doña Otilia Martínez Palacios, Magistrada-Juez de Instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa juicio de faltas 147/2002, seguida por una falta de hurto contra Sellan Abdelhak, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal representado por el Ilmo. Sr. Fiscal don Emilio Fernández García, así como Julio César Valera García, en calidad de denunciante.

Que debo de condenar como condeno a Sellan Abdelhak, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de treinta días de multa, a razón de 3 euros cuota, lo que asciende a 90 euros, con quince días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y las costas procesales. Respecto a la responsabilidad civil, procédase a hacer la entrega definitiva de las tijeras a su propietario. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Sellan Abdelhak, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Albacete, expido la presente en Albacete a 2 de diciembre de 2002.–La Secretaria, Cristina Giménez Martínez. •30.095•

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE HELLÍN EDICTO

Doña Teresa Rizo Giménez, Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de esta ciudad. Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio. Reanudación del tracto 204/2002 a instancia de María Molina Vidal expediente de dominio para la reanudación de las siguientes fincas: Finca registral número 942, inscrita al folio 176, libro 19, tomo 37, inscrita en el Registro de la Propiedad de Hellín desde el 16-3-1901, sin constar extensión superficial. Linda por la derecha entrando con Anacleto García; izquierda, herederos de Antonio Rosa, y por la

espalda con posada de don Juan Antonio Molina Hernández. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Hellín a 15 de octubre de 2002.–La Juez, Teresa Rizo Jiménez.–El Secretario, ilegible. •30.299•

36

Viernes 20 de Diciembre, 2002

B.O.P. número 151

• ANUNCIOS PARTICULARES

PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA SECTOR 7 (CASA SUÁREZ) ANUNCIO

Anuncio información pública programa de actuación urbanizadora del sector 7 denominado «Casa Juárez» del Plan de Ordenación Municipal de Albacete. Aviso a titulares desconocidos o con domicilio desconocido. A los efectos de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su vigente redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero por resultar desconocidos los interesados afectados, o sus domicilios, que a continuación se citarán, cuyas parcelas están incluidas en el ámbito del programa de Actuación Urbanizadora Sector 7- Casa Juárez», se procede a efectuar aviso a los titulares de bienes y derechos afectados a través de publicación en este medio: Anuncio Por el presente anuncio se pone en conocimiento de los posibles titulares catastrales de derechos afectados con domicilio desconocido que, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 120.4 de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, la entidad mercantil «Actura, S.L.D., provista de C.I.F. número B46922647, domiciliada en Valencia, Paseo de la Alameda, número 7, ha formulado un Programa de Actuación Urbanizadora para el desarrollo del sector 7, denominado Casa Juárez», del Plan de Ordenación Municipal de Albacete. Dicho programa cuenta con un documento expresivo de la asunción de la ordenación detallada incluida en el Plan de Ordenación Municipal (Plan Parcial) y de un anteproyecto de Urbanización, pudiendo ser examinado en las dependencias del Ayuntamiento de Albacete, Negociado de Urbanismo, planta sexta (en horario de atención al público), así como en la Notaria de don Manuel Sotoca García, también en Albacete, Paseo de la Libertad, número 10-1º (de lunes a viernes de 10’00 a 14’00 y de 17’00 a 20’00 horas), al objeto de formular, en su caso, alegaciones, alternativas técnicas que pretendan competir con la expuesta al público, así como proposiciones jurídicoeconómicas para ejecutar cualquiera de las alternativas. El plazo legal para el expresado trámite de información pública es de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la fecha de publicación del último anuncio, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en uno de los periódicos de mayor difusión en Albacete. –Relación de propietarios desconocidos o con domicilio fiscal desconocido. Polígono Parcela Paraje Titular Domicilio 68 505 Huerta de Toni Henares Romero, Amado 68 508 La Vereda Saiz Martínez, Cirilo 68 509 La Vereda Merino Herraiz, Rafael 68 510 La Vereda Sanz Jiménez, Juan 68 511 La Vereda Sanz Jiménez, Rosa 68 516 La Vereda Moreno Moreno, HM 68 517 La Vereda Moreno Rodríguez, Trinidad Albacete, diciembre de 2002.–Por Actura, S.L., Fernando Agud Blasco.

Desconocido Desconocido Desconocido Desconocido Desconocido Desconocido Desconocido •29.734•

PRECIOS (Euros) * * * * *

Suscripción anual: ............. 65 Suscripción semestral: ...... 35 Suscripción trimestral: ....... 20 Número del día: ............. 0,60 Número atrasado: .......... 0,70

€ € € € €

* Por cada línea de 9 cm. (hasta 100 líneas) ... 1,50 € * Por cada línea de 9 cm. (a partir de 100) ...... 1,70 € * Tarifa mínima por los conceptos anteriores de 50 € para aquellos anuncios que por su extensión no alcancen, al efectuar su liquidación, dicha cantidad.

Administración: SERVICIO DE PUBLICACIONES. DIPUTACIÓN DE ALBACETE C/ Comandante Molina, 41 – C.P. 02005 Tfno: 967 52 30 62 – Fax: 967 21 77 26 e-mail: [email protected] – http//:www.dipualba.es/bop

El pago de la suscripción es por adelantado. IVA. incluido No se publicará ningún edicto o disposición que, previamente, no haya sido autorizado por la Diputación de Albacete. Se publica los lunes, miércoles y viernes. Imprenta Provincial. Dep. Legal: AB-1/1958

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.