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Año: 02
No. 63
Ciudad Típica de Metepec, a 20 de enero de 2014
CIRCULAR N° 1 EMITIDA POR EL LIC. VÍCTOR ANTONIO LEMUS HERNÁNDEZ, CONTRALOR MUNICIPAL POR LA QUE COMISIONA A LOS C.C. ABRIL ALEJANDRA GONZÁLEZ CARDOSO, FERNANDO MAYA RODRÍGUEZ, GLORIA CRISTINA BÁEZ RODRÍGUEZ, JESÚS SIMÓN ÁVILA NAVARRO, RAÚL SILVA CASTILLO, HUGO ERNESTO ROSSANO GARCÍA, ERNESTO REYES CARDOSO, ALEJANDRO RAMÓN CASTILLO GARCÍA, ALEJANDRA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, JANETT SÁNCHEZ LÓPEZ, ODILÓN FLORES MEDERO, LAURA ELENA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, MANUEL UREÑA ROMERO, ZEFERINO SÁNCHEZ LUNA, MARÍA REMEDIOS BECERRIL RAMÍREZ, BEATRIZ ÁLVAREZ ÁLVAREZ, GILBERTO BERNAL RIVERA, FÉLIX CAMACHO TORRES E ISABEL CARRILLO FERNÁNDEZ, PARA QUE PRACTIQUEN INSPECCIONES.
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“2014. Año de los Tratados de Teoloyucan”
Ciudad Típica de Metepec, Méx., a 09 de enero de 2014
CIRCULAR N° 1 C.C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, SÍNDICO MUNICIPAL, TESORERO, DIRECTORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Y DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS 2013-2015 P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 14, 16, 109 fracción III y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79, 129 y 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 110, 111 y 112 fracciones II, III, V, VI, VII, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII Y XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1°, 3°, 12, 13, 32 al 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 1°, 2°, 3° fracción V y VI, 41, 42 fracciones XX y XXVIII, 47, 52 párrafo segundo, 73, 74, 75, 77 y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 26 fracción I, numeral 3; 31 y 32 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Metepec publicado en la Gaceta Municipal el día seis de febrero de 2013. Les informo que a partir de la fecha y al 31 de diciembre del año en curso, estarán comisionados los C.C. Abril Alejandra González Cardoso, Fernando Maya Rodríguez, Gloria Cristina Báez Rodríguez, Jesús Simón Ávila Navarro, Raúl Silva Castillo, Hugo Ernesto Rossano García, Ernesto Reyes Cardoso, Alejandro Ramón Castillo García, Alejandra Rodríguez Velázquez, Janett Sánchez López, Odilón Flores Medero, Laura Elena Fernández González, Manuel Ureña Romero, Zeferino Sánchez Luna, María Remedios Becerril Ramírez, Beatriz Álvarez Álvarez, Gilberto Bernal Rivera, Félix Camacho Torres e Isabel Carrillo Fernández, servidores públicos adscritos a esta Contraloría Municipal a mi cargo, para que de manera individual o conjunta y dentro del periodo de vigencia del presente oficio, incluyendo sábados, domingos, días festivos y periodos vacacionales, las 24 horas del día, practiquen inspecciones como son:
Arqueos de Caja y/o Formas Valoradas;
Inventarios de Bienes Muebles como de Bienes de Consumo; desde su (adquisición, asignación, resguardos, registro, custodia, ubicación, control, uso y destino de los bienes); con la finalidad de asegurar que se han aplicado con apego a la normatividad vigente, observando las medidas de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestaria;
A la comprobación del gasto y cumplimiento de requisitos administrativos y fiscales que comprueban el ejercicio de los recursos, así como su registro y aplicación presupuestal;
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Servicios Personales (contratación, pago de sueldos, salarios y prestaciones al personal, retenciones y enteros, estructura orgánica autorizada, plantilla de personal, tabuladores, control de asistencia, nóminas, aplicación de incidencias, etc.);
Adquisición, concentración y resguardo de equipos (vehículos, equipos de cómputo, telecomunicaciones, copiadoras, fotografía, videograbación y demás equipos especializados y/o técnicos, así como la contratación de servicios);
Estados Financieros (conciliaciones bancarias, auxiliares, estados de cuenta, cheques, fianzas, entre otros);
Aplicación de cédulas de autocontrol a operaciones;
Verificación de actividades a procedimientos sustantivos, procedimientos jurídicos administrativos que lo regulan;
Testificaciones como entrega recepción de obra pública, de oficinas, participación en el comité de adquisiciones de bienes y servicios, arrendamientos, comité de obra pública, destino final de bienes (enajenación, donación, desecho, destrucción, baja de bienes muebles y bienes de consumo y otras testificaciones tales como actas administrativas, circunstanciadas, por robo o extravío de vehículos, mobiliario y equipo, destrucción de formas valoradas, documentos oficiales, entre otros), incluyendo obras ejecutadas total o parcialmente con recursos de origen Federal, Estatal y/o Municipal;
Conocer e investigar los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos municipales, incluyendo a los titulares de las contralorías internas de los organismos auxiliares, para constituir responsabilidades administrativas y en su caso, aplicar las sanciones procedentes;
Así como la práctica de diligencias de notificaciones que deban realizarse con motivo de la actuación del Órgano de Control Municipal.
Así mismo, respecto de la actuación en el empleo, cargo o comisión que desempeñan los servidores públicos Municipales, adscritos a las Direcciones a su cargo; con facultades para solicitar y revisar toda clase de información, documentación y expedientes que por razón de sus funciones tramiten o hayan tramitado de acuerdo con la normatividad aplicable y toda disposición relacionada con la prestación del servicio, solicitar y revisar la documentación correspondiente y en caso de detectar alguna responsabilidad administrativa, instrumentar las actas administrativas correspondientes, así como realizar entrevistas a servidores públicos y a ciudadanos, recabar quejas y denuncias e integrar a éstas todo tipo de pruebas de las que permite el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México en su Capítulo Cuarto, secciones primera a la novena, habilitando incluso días y horas hábiles, para en su caso, la iniciación y/o terminación de estas tareas.
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Derivado de lo expuesto y con el propósito de dar cumplimiento a las disposiciones de ley invocadas, para facilitar los procesos de fiscalización he de agradecer gire sus apreciables instrucciones a los titulares de las unidades y áreas administrativas que conforman las Direcciones a su digno cargo, a fin de que se proporcione con oportunidad al personal comisionado la información que se requiera y se brinde el apoyo necesario para el mejor desempeño de sus funciones. ATENTAMENTE
VÍCTOR ANTONIO LEMUS HERNÁNDEZ CONTRALOR MUNICIPAL (RÚBRICA)
C.c.p Lic. Carolina Monroy del Mazo.- Presidenta Municipal Constitucional de Metepec. Archivo. Lic’VALHLIC´AAGC//LEFG
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Carolina Monroy del Mazo Presidenta Municipal Constitucional Jorge Neyra Sosa Síndico Municipal Rafael Gómez Escalera Primer Regidor Alfredo Quiroz Fuentes Segundo Regidor María del Carmen Peralta Vaqueiro Tercera Regidora Guadalupe Magdalena Pichardo Martínez Cuarta Regidora Mariano Camacho San Martín Quinto Regidor Máximo Quintana Haddad Sexto Regidor Nora Brenda Aguilar Jardón Séptima Regidora Leobardo Plata Castañeda Octavo Regidor Everardo Padilla Camacho Noveno Regidor José Lenin Díaz Azpra Décimo Regidor Juan José Hernández Vences Décimo Primer Regidor José Antonio Leonardo Acevedo Esquivel Décimo Segundo Regidor Gabriela Ortiz Martínez de Kores Décima Tercera Regidora Víctor Manuel Romero Salgado Secretario del Ayuntamiento
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