AREA DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL LINEA DE FINANCIAMIENTO ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE CONSORCIOS BASES ADMINISTRATIVAS

AREA DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL LINEA DE FINANCIAMIENTO ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE CONSORCIOS BASES ADMINISTRATIVAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA LÍ

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AREA DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL

LINEA DE FINANCIAMIENTO ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE CONSORCIOS

BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS DE LA LÍNEA PROYECTOS DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE CONSORCIOS 1.

GENERALIDADES

El Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío-Bío, en adelante INNOVA BIO BIO, nace como producto de un instrumento de financiamiento compartido de la inversión pública, suscrito entre el Gobierno Regional Región del Bío-Bío, el Ministerio de Economía y la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) para la ejecución del “PROGRAMA FONDO DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA PARA LA REGIÓN DEL BÍO-BÍO”. La operación administrativa y gestión técnica de INNOVA BIO BIO está a cargo del Comité Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío-Bío, creado por el Consejo de CORFO. INNOVA BIO BIO se orienta a promover la innovación, la transferencia y las capacidades tecnológicas en la Región del Bío-Bío y tiene como misión contribuir a la competitividad regional y a la creación futura de fuentes sustentables de empleo a través del fortalecimiento de la innovación y el desarrollo tecnológico regional, apuntando a cuatro objetivos generales: •

Promover, orientar y cofinanciar la ejecución de proyectos de innovación y transferencia tecnológica ideados y desarrollados por empresas de la Región;



Contribuir al fortalecimiento de capacidades regionales en materias de desarrollo y transferencia tecnológica, así como de innovación empresarial;



Fomentar las etapas de desarrollo, escalamiento productivo y comercial de las innovaciones de origen regional;



Incentivar a las empresas a desarrollar nuevas iniciativas tecnológicas, como factor estratégico de diferenciación y sustentación comercial

Son beneficiarios de INNOVA BIO BIO las siguientes entidades: •

Empresas privadas productoras de bienes y servicios, instaladas o en proceso de instalación en la Región del Bío Bío, que presenten proyectos de innovación y desarrollo tecnológico, de manera individual o asociativa.



Institutos Tecnológicos, Fundaciones, Corporaciones, Universidades u otras entidades, con sede en la Región del Bío Bío, que presenten proyectos de innovación, desarrollo e investigación tecnológica prioritarios para el desarrollo regional.

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Consorcios Tecnológicos - Empresariales constituidos por un Instituto Tecnológico, Fundación, Corporación, Universidad u otra entidad y un mínimo de tres empresas privadas, todos con instalaciones en la Región del Bío Bío, que presenten proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que aporten al desarrollo productivo regional.

Estudios de Preinversión de Consorcios 1.2

Objetivo General de la Línea Apoyar la asociatividad tecnológica empresarial a través del financiamiento de actividades de prospección y selección de socios tecnológicos y/o empresariales, nacionales o extranjeros previamente identificados. • • •

1.3

Las actividades financiables serán, entre otras, las siguientes: Estudios legales y normativos Estudios de Mercado. Prospección de socios potenciales nacionales e internacionales, previamente identificados.

Financiamiento Consiste en un cofinanciamiento, bajo la modalidad de subsidio no reembolsable, de hasta el 80% del monto requerido para la ejecución del proyecto con un tope máximo a solicitar al fondo de 30 millones de pesos. Las entidades postulantes deben acreditar el aporte pecuniario de cofinanciamiento en, al menos, el 10% del costo total del proyecto. El fondo podrá determinar en cada caso en particular el cofinanciamiento definitivo para cada uno de los ítems financiables considerados en el presupuesto del proyecto. El monto solicitado deberá guardar relación con las características de las actividades formuladas en la propuesta y deberá ser coherente con los resultados que se espera obtener.

1.4

Beneficiarios Podrán postular a esta línea los siguientes tipos de entidades, ya sea, en forma individual o asociadas. Empresas privadas productoras de bienes y servicios, instaladas o en proceso de instalación en la Región del Bío Bío, que presenten proyectos de innovación y desarrollo tecnológico, de manera individual o asociativa, que acrediten capacidades propias en el ámbito del proyecto. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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El Consejo Directivo de INNOVA BIO BIO está facultado para calificar la elegibilidad de los beneficiarios y el cumplimiento del requisito de localización. Excepcionalmente, podrá declarar elegibles postulantes que no cumplan el requisito de localización, siempre que la iniciativa postulada tenga impacto en la Región. Las empresas pueden presentar sus postulaciones de manera individual o asociativa. Si la presentación es asociativa, todas las empresas participantes en la asociación deben cumplir los requisitos indicados en los párrafos anteriores y la empresa proponente será la gestora de dicha asociación y la responsable jurídicamente, para todos los efectos legales ante INNOVA BIO BIO. Las empresas postulantes a ser beneficiarias de INNOVA BIO BIO no deben registrar deudas morosas o impagas en el sistema financiero, previsionales y tributarias.

1.5

Presentación del Proyecto Los proyectos deberán presentarse en conformidad a los requisitos de formato y contenido establecidos en las Pauta de postulación, Solicitud de financiamiento y adjuntar la totalidad de los antecedentes solicitados en el Formulario de recepción de proyectos, elaborados por INNOVA BIO BIO. Los formularios son gratuitos y pueden ser solicitados en las oficinas de INNOVA BIO BIO u obtenidos desde la página web: www.innovabiobio.cl A continuación se señalan los requisitos de presentación que deben cumplir las propuestas presentadas. La presentación del proyecto deberá ser en dos carpetas. A. Carpeta Antecedentes técnicos, en dos ejemplares impresos. Esta carpeta denominada “ANTECEDENTES TECNICOS” deberá contener el nombre del proyecto al que pertenece y los siguientes capítulos: Capítulo 1. Solicitud de Financiamiento. Capítulo 2. Pauta de Postulación de proyectos, Capítulo 3. Archivos magnéticos establecidos en el formulario de postulación. Capítulo4. Anexos donde deberán incorporarse los Curriculums de los participantes del proyecto Capítulo 5. Cotizaciones que respalden el presupuesto del proyecto. Capítulo 6. Otros antecedentes técnicos.

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B. Carpeta Antecedentes legales y financieros, en un ejemplar impreso. Esta carpeta denominada “ANTECEDENTES LEGALES Y FINANCIEROS DEL PROPONENTE”, deberá contener el nombre del proyecto al que pertenece y los siguientes capítulos: Capítulo 1. Antecedentes financieros. Independiente de la naturaleza jurídica de la empresa postulante deberá presentar: Fotocopia RUT empresa e Iniciación de Actividades Certificado Superintendencia de Bancos Informe Comercial Informe Laboral y Previsional Informe Tributario Fotocopia cédula nacional de identidad proponente Fotocopia cédula nacional de identidad representante legal (si corresponde) Declaración Jurada ante notario que señale que se encuentra al día en el pago del seguro de cesantía (Anexo Nº2) Balances correspondientes a los 3 últimos ejercicios anuales (*), incluido el Estado de Resultados u otra documentación equivalente (*) Empresas menores a tres años deberán acompañar además Certificado de Iniciación de Actividades, con indicación de capital inicial de la sociedad, copias de Formulario 29 (Declaración de IVA), Copia del formulario 3230 (Timbraje de documentos), Copia de los últimos meses de los libros de compras y ventas. Excepcionalmente, INNOVA BIO BIO se reserva el derecho de solicitar antecedentes adicionales de la empresa y de sus socios, en cualquier etapa del proceso. Capítulo 2. Antecedentes legales Para los proyectos presentados por empresas en forma individual, y de acuerdo a la naturaleza jurídica del postulante, INNOVA BIO BIO requiere la presentación de todos los antecedentes que se indica con detalle en Anexo Nº1: "Antecedentes Legales dependiendo de la Calidad Jurídica del solicitante". La Empresa postulante, es la única responsable ante INNOVA BIO BIO en cuanto a la formulación y ejecución del proyecto. En ningún caso la responsabilidad y cumplimiento de las exigencias podrán ser delegadas en un tercero ajeno a la proponente durante la relación con INNOVA BIO BIO.

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Para los proyectos presentados por empresas en forma asociativa, y de acuerdo a la naturaleza jurídica del postulante y de los asociados, INNOVA BIO BIO requiere la presentación de todos los antecedentes que se indica con detalle en Anexo Nº1: "Antecedentes Legales dependiendo de la Calidad Jurídica del solicitante". Anexo Nº 2 “Declaraciones Juradas” y Anexo Nº 3, cuando corresponda. Contrato de asociatividad que designa una empresa gestora.

1.6

Ítems Financiables •

Recursos Humanos: Se deberá presupuestar el gasto de las remuneraciones del personal técnico y/o profesional asociado directamente a las actividades del proyecto.



Subcontratos: Se deberá presupuestar el gasto de actividades contratadas a personas jurídicas, relacionadas directamente con la ejecución de servicios y trabajos del proyecto.



Gastos de Operación: Se deberá presupuestar los gastos directos asociados a la ejecución del proyecto tales como: materiales, combustibles, lubricantes, insumos, suministros, arriendos de vehículos, etc.



Misiones Tecnológicas Empresariales: Se deberá presupuestar el gasto de las misiones que se contemple realizar para potenciar los resultados del proyecto, identificando los gastos de transporte, estadías, hoteles, pasajes, etc.

Con los recursos aportados por Innova Bío Bío para la ejecución del proyecto no se podrán financiar: • • • • • • •

Inversiones en bienes de capital; Compra de inmuebles y vehículos; Construcción de obras civiles y edificios; Deudas, dividendos o recuperaciones de capital; Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios; Impuestos no recuperables por la entidad beneficiaria; Gastos generales y de administración.

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1.7

Plazos de ejecución del proyecto

Los proyectos o programas deberán prever, para su ejecución el plazo mínimo necesario para el logro de sus objetivos, el que, en todo caso, no podrá exceder de 6 meses.

1.8

Confidencialidad

INNOVA BIO BIO cumplirá y velará por el cumplimiento, en lo pertinente, de la normativa respecto del manejo reservado de la información y antecedentes aportados por los postulantes, según lo dispuesto en la Ley 19.653 y demás normas aplicables.

2

Requisitos sobre la postulación 2.1

Forma y lugar de presentación La forma de presentación es el sistema de ventanilla abierta. Los proyectos deben presentarse en la Oficina de Partes de INNOVA BIO BIO, ubicadas en Rengo 476, 4º piso, Concepción. Los proyectos se presentarán de acuerdo a lo estipulado en el punto 1.5 del presente documento. Las consultas podrán ser dirigidas a la Dirección Ejecutiva de INNOVA BIO BIO, Rengo 476, 4º piso, Concepción, fonos (41) 2733012 - 2733013 - 2733014; fax (41) 2736490 o por vía electrónica a la dirección [email protected]. El sistema de ventanilla abierta podrá ser modificado por INNOVA BIO BIO, en virtud de su disponibilidad presupuestaria u otras razones.

2.2

Requisitos de presentación De acuerdo a lo establecido en el punto 1.5 de las presentes Bases Administrativas.

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3

Procedimiento de Evaluación y Resolución de Comité 3.1

Etapas y descripción general del procedimiento

El proyecto presentado por la entidad postulante será sometido en una primera etapa a precalificación de elegibilidad en sus aspectos de contenido y cumplimiento de exigencias formales y pertinencia del proyecto. Las etapas por las cuales pasa un proyecto ingresado a INNOVA BIO BIO son las siguientes: i) ii)

iii)

iv)

3.2

Recepción en oficina de partes. Donde la entidad postulante recibe una constancia de la recepción del proyecto. Acuso de recibo. INNOVA BIO BIO comunica por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles la recepción del proyecto, el inicio del periodo de evaluación y los datos del evaluador del proyecto. En el caso que el proyecto no se ajuste a los requerimientos de INNOVA BIO BIO, será comunicado en esta instancia y se devolverán todos los antecedentes recibidos. Precalificación El evaluador del proyecto dispondrá de 10 días para decidir si el proyecto cumple con los aspectos de contenido y cumplimiento de exigencias formales y pertinencia del proyecto. Aquellos proyectos que no cumplan con estos aspectos de elegibilidad serán devueltos a la entidad postulante. Evaluación. El proyecto tendrá un plazo de 30 días para ser evaluado, no se considerarán dentro de este plazo los días en que la entidad deba entregar antecedentes adicionales o complementarios. En esta etapa el Evaluador de Proyecto, tomará contacto directamente con el responsable de la entidad postulante en la dirección general del proyecto. De requerirse mayor información, el postulante deberá dar respuesta dentro de los 15 días hábiles siguientes a la solicitud de antecedentes, si no se presenta dentro del plazo estipulado Innova Bío Bío se reserva el derecho de dar por cerrado el proceso. Durante el proceso de evaluación del proyecto, la Dirección Ejecutiva podrá devolver aquellos proyectos que no ameriten continuar en este proceso. Decisión del Consejo Directivo. El proyecto una vez evaluado es sometido a la consideración del Consejo Directivo de INNOVA BIO BIO, instancia que aprueba o rechazo del cofinanciamiento. Esta resolución tiene como plazo no superior a 60 días contados desde el término de la evaluación del proyecto. Precalificación del proyecto

La precalificación consiste en un análisis previo a la evaluación de los proyectos presentados, cuyo objeto es descartar aquellos que no cumplan con alguno de los siguientes criterios:

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1. Cumplimiento de exigencias formales Los proyectos presentados deben cumplir con las exigencias mencionadas en las presentes bases administrativas y que incluye, entre otras, contener toda la información solicitada en el punto 1.5. 2. Calificación del beneficiario Los postulantes deben satisfacer los requisitos de calificación como beneficiarios de INNOVA BIO BIO, señalados en el punto 1.4 del presente documento. 3. Duplicidad Los proyectos no deben presentar duplicidades con otras iniciativas similares financiadas por otros fondos públicos o privados. Este análisis previo de duplicidad no excluye la facultad de INNOVA BIO BIO, para desestimar un proyecto que resulte adjudicado o, que ya se haya dado comienzo a su ejecución, si la duplicidad es detectada con posterioridad a este análisis. Será responsabilidad de la entidad postulante verificar la no duplicidad del proyecto presentado. 4. Pertinencia Los proyectos y los resultados esperados de ellos deben ceñirse a los ámbitos de esta línea, sus alcances y a las características inherentes a todo proyecto apoyado por INNOVA BIO BIO, referidos en estas Bases.

3.2

Evaluación

El enfoque de evaluación comprenderá el análisis del proyecto propiamente tal presentado a esta línea (costo, actividades, objetivos, etc.) A. Respecto de la formulación, propiamente tal, del proyecto de “Estudio de preinversión de consorcios”. • • • • •

La coherencia de los objetivos propuestos con el objetivo general señalado en las bases. Programa de trabajo. Se revisará la coherencia entre los objetivos y los resultados de las actividades propuestas y la correspondencia entre los recursos demandados y estructura de costos. Capacidad financiera y patrimonial de la entidad postulante en función del proyecto a ejecutar. Capacidades técnicas, de gestión y negociación. Se analizará el nivel de las capacidades ofrecidas que permitan obtener los resultados y productos en función de las actividades a realizar. Presupuesto del proyecto. Se evaluarán los costos en relación con los resultados ofrecidos. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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4. 4.1

PROCEDIMIENTO DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATO Formalización Las responsabilidades y compromisos, que asumen las beneficiarias del cofinanciamiento, se establecerán mediante contrato privado entre éstas e INNOVA BIO BIO, el que sólo producirá efectos una vez que se encuentra totalmente tramitada la Resolución que pone en ejecución y aprueba el contrato. Serán parte integrante del Contrato estas Bases y los Términos de Referencia del proyecto definitivo aprobado por INNOVA BIO BIO. El texto del Contrato será elaborado por el Área Jurídica de INNOVA BIO BIO. El texto de los Términos de Referencia será confeccionado por la entidad beneficiaria con apoyo y visados por INNOVA BIO BIO, y constituyen el anexo técnico del contrato donde se estipulan la metodología, estructura de costos, condiciones y plazos señalados en el proyecto. En caso de diferencias o discrepancias entre los Términos de Referencia, documentos, anexos, primará lo dispuesto en el contrato. El Contrato y Términos de Referencia firmados ante notario y la Garantía, constituida de acuerdo a lo estipulado en el numeral 4.2, deben ser entregados a INNOVA BIO BIO a más tardar 30 días después de la comunicación que da cuenta de la aprobación del cofinanciamiento del Consejo Directivo de INNOVA BIO BIO.

4.2

Garantía por Anticipo y garantía por fiel cumplimiento del contrato Garantía por Anticipo. En el evento de solicitar anticipos de los fondos comprometidos por contrato, el beneficiario deberá constituir garantía mediante póliza de seguros de ejecución inmediata, depósitos a plazo o boleta bancaria, documentos nominativos a nombre del Comité Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío-Bío. La garantía debe ser constituida por cantidades equivalentes al 100% del anticipo y tener como plazo de vigencia 90 días después de la fecha límite para la entrega del Informe Final. Su aceptación quedará a criterio exclusivo de INNOVA BIO BIO. El objeto de esta garantía deberá ser el fiel uso de los recursos anticipados provenientes del cofinanciamiento. Garantía por Fiel Cumplimiento. El beneficiario siempre deberá constituir garantía mediante póliza de seguros de ejecución inmediata, depósitos a plazo o boleta bancaria, documentos nominativos a nombre del Comité Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío-Bío. La garantía debe ser constituida por cantidades equivalentes al 3% del Costo Total del proyecto y tener como plazo de vigencia 90 días después de la fecha límite para la entrega del Informe Final. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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Su aceptación quedará a criterio exclusivo de INNOVA BIO BIO. El objeto de esta garantía deberá ser oportuna ejecución del Proyecto y cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato. Las garantías antes mencionadas deberán ser constituidas en documentos por separado. Los costos financieros de las garantías antes señaladas podrán ser imputados por la Beneficiaria al ítem Gastos de Operación. 4.3

Vigencia del acuerdo que aprueba el cofinanciamiento del proyecto. El acuerdo adoptado por el Consejo Directivo, relativo a la aprobación de cofinanciamiento, tiene una vigencia de 90 días, por lo cual los plazos de constitución de garantía y formalización de Contrato y Términos de Referencia son impostergables. Si transcurrido el plazo anteriormente señalado no se concreta la constitución correcta de la garantía y no son formalizados los contratos y términos de referencia, se entiende que ha caducado el acuerdo de aprobación de cofinanciamiento. Sólo en casos debidamente justificados y con solicitud por escrito a la Dirección de Ejecutiva, serán llevados nuevamente al Consejo Directivo para solicitar la renovación del acuerdo respectivo.

4.4

Impuestos y Derechos Todos los impuestos, derechos y gastos derivados del Contrato y de la Garantía, serán de cargo exclusivo del beneficiario. Para INNOVA BIO BIO estos gastos no son imputables al costo total del proyecto.

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5. 5.1

FASE DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Supervisión en la Ejecución de los Proyectos INNOVA BIO BIO directamente, o con apoyo externo, supervisará la ejecución técnica y financiera de los proyectos, velando por una clara orientación de éstos a los resultados comprometidos. En la supervisión de los proyectos se pondrá especial énfasis en el cumplimiento de los resultados previstos en los Términos de Referencia como en las metas señaladas en el proyecto, por lo que mantendrán un permanente seguimiento y control de la ejecución del Proyecto mediante el análisis y evaluación de los informes y otras actividades que estime conducentes a este propósito. La beneficiaria dará al personal de INNOVA BIO BIO, o a quien designe, todas las facilidades necesarias para tomar conocimiento directo de los trabajos del Proyecto. En consecuencia, los profesionales designados por INNOVA BIO BIO para los fines de seguimiento podrán realizar revisiones, visitas inspectivas en terreno y requerir toda la información y antecedentes técnicos y contables que estimen necesarios para verificar si el proyecto se desarrolla en conformidad a lo estipulado en los Términos de Referencia; si las actividades descritas en los informes de estado de avance corresponden a la realidad y, para verificar si los aportes de la beneficiaria y terceros al proyecto corresponden en carácter, calidad y cantidad a lo comprometido, entre otros aspectos relevantes. Podrán incluso, en consideración al seguimiento determinar la necesidad de reprogramaciones. INNOVA BIO BIO podrá ejercer estas facultades, sin necesidad de aviso previo, tanto en relación a las actividades establecidas en los Términos de Referencia del proyecto. Para estos efectos, los convenios que suscriba la beneficiaria con las entidades vinculadas y con las contratadas, deberán tener conocimiento de dichas facultades, siendo responsable la beneficiaria en el caso que de su omisión se deriven dificultades para realizar las labores de seguimiento. INNOVA BIO BIO, en función de la revisión y resultados del seguimiento aprobará, rechazará o solicitará la modificación de los Informes de estado de Avance técnico y financiero. Si los Informes de Estado de Avance Financiero y Técnico no fueren aprobados, la beneficiaria deberá completarlo o modificarlo en la forma que INNOVA BIO BIO señale, dentro del plazo que determine, el que no podrá ser superior a 30 días, contados desde la fecha de la notificación a la beneficiaria.

El Informe Final técnico y financiero será analizado por INNOVA BIO BIO, que deberá pronunciarse sobre su aprobación o rechazo en un plazo máximo de 60 días contados desde la entrega de éste por la beneficiaria, pasado este plazo se entenderán aprobados. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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Si el Informe Final Técnico y Financiero es rechazado, el beneficiario deberá completarlo o modificarlo, en la forma que señale INNOVA BIO BIO, dentro del plazo que ésta fije, que no puede exceder de 30 días contados desde la fecha de la notificación a la beneficiaria. Si el resultado de la revisión del Informe Final da lugar a reintegros de dinero debido a la diferencia existente, entre el costo del proyecto presupuestado y el menor costo real del proyecto, la empresa beneficiaria deberá reintegrar el monto indicado a través de un cheque nominativo a nombre del Comité Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío Bío en la fecha señalada. 5.2

Responsabilidades del beneficiario El beneficiario deberá cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones: 1. La beneficiaria para una correcta imputación de los desembolsos del proyecto y del cofinanciamiento otorgado por INNOVA BIO BIO, deberá crear una estructura contable, bajo la designación de cuentas de activos para los ítems financiados y cuenta de pasivo para el cofinanciamiento recibido. 2. Todo giro de fondos contra los recursos financieros del Proyecto, deberá ser previamente visado por el Director General del Proyecto. 3. Debe, igualmente, llevar un registro contable mensual de los gastos del proyecto, indicando las etapas, el ítem presupuestario y las fuentes de financiamiento, debiendo mantener separada y ordenada la documentación de respaldo de modo de permitir en todo momento el examen de la información y documentación sustantiva, administrativa y contable del Proyecto, por parte de la o las personas que acredite INNOVA BIO BIO. 4. Deberá rotular los documentos oficiales, los equipos y bienes del Proyecto, si los hubiere, de forma que haga notoria la contribución del Comité INNOVA BÍO BÍO a su ejecución; 5. Deberá mantener la documentación e información original que permita verificaciones en calidad de auditorias por parte de INNOVA BIO BIO, en los términos establecidos en el contrato. 6. La beneficiaria se obliga, al momento de efectuar la rendición de gastos en los informes respectivos, a inutilizar (sin que ello implique destrucción o eliminación de la información) la documentación original que respalda los gastos efectuados por cada proyecto, estampando un timbre que indique que el gasto está cofinanciado por Innova Bío-Bío, que se ha rendido al proyecto “Nombre o Código del proyecto”, monto cargado al proyecto y fecha. 7. La beneficiaria se obliga a entregar a INNOVA BIO BIO o a la Contraloría General de la República, o a cualquier otro organismo que INNOVA BIO BIO

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determine, toda la documentación requerida para el control de la inversión de los fondos, comprometiéndose a dar todas las facilidades que sean necesarias para el más expedito y cabal cumplimiento de dicho cometido, debiendo proporcionar todos los datos, antecedentes e informes que se le requieran, relativos al programa de inversión de los fondos destinados a la ejecución del proyecto. 8. Asegurar la capacidad de gestión de los proyectos y velar que estén presente todas las funciones propias de la buena administración de los mismos. 9. Asumir todos los impuestos, derechos y gastos derivados del contrato, así como del otorgamiento del aporte. 10. Asumir el mayor costo que pudiera tener el proyecto respecto de lo presupuestado. 11. Dedicar efectivamente a la ejecución del proyecto el personal comprometido. 12. Aportar el financiamiento comprometido y obtener los recursos de las instituciones vinculadas al proyecto. 13. Obtener el acuerdo expreso de INNOVA BIO BIO para realizar la sustitución del Director General del Proyecto o de los investigadores principales señalados en los Términos de Referencia. Este acuerdo sólo se otorgará cuando se acredite a INNOVA BIO BIO, por parte de la beneficiaria que los reemplazantes tengan la idoneidad técnica necesaria para realizar tales funciones. 14. No financiar con el cofinanciamiento que otorga INNOVA BIO BIO ningún concepto o gasto que no haya sido aprobado en los ítems de Estructura de costos estipulados en los Términos de Referencia del proyecto. 15. Ajustarse en la adquisición de equipos y bienes de capital al presupuesto determinado en el Proyecto y a la calidad requerida para obtener los resultados previstos en el mismo. INNOVA BIO BIO podrá objetar el gasto, en la rendición respectiva, si en la adquisición de bienes no se cumplen los requisitos antes señalados. 16. Hacerse responsable de la operación, cuidado y mantención de todos los equipos destinados al proyecto que hubiere adquirido con el cofinanciamiento, respondiendo hasta de la culpa leve por su desempeño. 17. Tomar seguros contra robo, incendio o daño respecto a los equipos y demás bienes no fungibles que utilice para ejecutar el proyecto y pagar con puntualidad las primas correspondientes. 18. Solicitar a INNOVA BIO BIO autorización previa para realizar cualquier modificación del proyecto durante su ejecución. 19. Consultar, previamente, a INNOVA BIO BIO toda contratación o subcontratación que no esté expresamente contemplada en el proyecto. Es decir, la beneficiaria podrá contratar o subcontratar parte de las actividades, siempre y cuando esté contemplado en el proyecto, sobre la base de los requerimientos técnicos y económicos del mismo. En caso de contratación o subcontratación deberá exigir información por parte del o los contratistas sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos les corresponde respecto de sus trabajadores, la

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que deberá adjuntarse al momento de los informes. INNOVA BIO BIO no asume responsabilidad ni obligación alguna con los contratistas o subcontratistas siendo la beneficiaria exclusivamente responsable del cumplimiento de las actividades asumidas por los contratados o subcontratados. 20. Toda contratación o subcontratación cuyo costo exceda los $5.000.000.(cinco millones de pesos) deberá efectuarse, a lo menos, mediante propuesta privada a la que se invite a un mínimo de tres empresas del rubro, salvo causa justificada, que corresponderá evaluar a INNOVA BIO BIO. 21. Obtener autorización expresa de INNOVA BIO BIO para contratar o subcontratar a entidades que tengan la calidad de vinculadas al proyecto. Dicha autorización se otorgará en casos excepcionales, detallando y diferenciando claramente las acciones y obligaciones que corresponden a la respectiva entidad en calidad de vinculada al proyecto de las contraídas como contratista o subcontratista. 22. Amparar en los registros correspondientes las eventuales invenciones patentables o los derechos propietarios sobre los resultados que se alcancen durante el proyecto, salvo que ello sea inconveniente y que INNOVA BIO BIO así lo declare. 23. Transferir los resultados del proyecto en la forma prevista. 24. Apoyar y participar activamente en los eventos que realice INNOVA BIO BIO para promocionar los resultados parciales y finales del proyecto. 25. Llevar contabilidad separada del proyecto, de acuerdo a lo que establezca el procedimiento de Auditoria y Control de Proyectos de INNOVA BIO BIO. 26. En el caso en que la Unidad técnica ejecutora sea un tercero distinto a la beneficiaria, deberá celebrar un contrato entre la beneficiaria y la Unidad técnica ejecutora, donde se estipule claramente las actividades o servicios a realizar durante la ejecución del proyecto, los montos asociados a estas actividades y servicios, cláusulas de confidencialidad y un cronograma de gastos. 27. Debe acompañar los siguientes documentos: Informe Legal del Beneficiario, Informe Comercial, Tributario, Laboral y Previsional actualizados a la fecha de entrega de cada Informe de Estado de Avance Técnico – Financiero e Informe Final. 28. No debe tener deudas no aclaradas en el sistema comercial, tributario, laboral y previsional durante toda la ejecución del proyecto 29. Todas las actividades de difusión o publicaciones deben regirse según la Pauta para Difusión y publicaciones de proyectos cofinanciados por Innova Bío Bío. 30. El beneficiario se obliga a proporcionar antecedentes posteriores al cierre del proyecto del impacto generado por el proyecto. Las cifras informadas deben tener una base de cálculo clara, deben ser medibles y verificables.

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5.3

Remesas de Fondos INNOVA BIO BIO hará remesas de fondos a los beneficiarios según las siguientes modalidades: 1. Anticipo de remesas contra entrega de los antecedentes descritos en el punto 4 de las presentes Bases Administrativas y entrega de las garantías. 2. Contra rendición y aprobación de Informes de Estado de Avance Técnico – Financiero o Informe Final según corresponda. Deben ser acompañados los siguientes documentos: Informe Legal del Beneficiario, Informe Comercial, Tributario, Laboral y Previsional actualizados a la fecha de entrega del Informe respectivo. Cualquiera sea la modalidad de las remesas siempre se deberá constituir la garantía por fiel cumplimiento del contrato, ascendente al tres por ciento del costo total del proyecto.

5.4

Desembolsos Serán de carácter nominal, en pesos y sin reajuste de ningún tipo. La continuidad en la entrega de recursos para la realización del proyecto quedará sujeta a la evaluación que haga INNOVA BIO BIO del avance en el desarrollo y vigencia del proyecto, a las disponibilidades presupuestarias de INNOVA BIO BIO y al cumplimiento del punto 5.3 de estas Bases Administrativas.

5.5

Informes El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a las fechas y términos que establezcan sus respectivos contratos en cuanto a la rendición de informes, los cuales deberán ajustarse a los formatos que defina INNOVA BIO BIO para estos efectos. Para los fines del seguimiento, la beneficiaria deberá entregar en forma semestral a INNOVA BIO BIO, Informes de Estado de Avance Técnico y Financiero y un Informe Final técnico y financiero del Proyecto. Todo Informe de Estado de Avance deberá contener a lo menos: a) una relación de las actividades cumplidas b) los resultados parciales que deberían haber sido logrados dentro del período c) los recursos aportados por cada fuente d) una rendición de cuentas, según el procedimiento establecido por INNOVA BIO BIO e) Los resultados efectivamente logrados. En el caso de que uno o más de los resultados parciales no hayan sido alcanzados dentro del plazo con los recursos inicialmente programados, el Informe de Estado de Avance deberá proponer como se modificará el plan de trabajo para lograr los resultados parciales y Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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finales del Proyecto, dentro de los plazos y recursos establecidos en este convenio. Si la ejecución de las modificaciones propuestas también contempla cambios en los ítems de costos o flujo de caja mensual del proyecto, éstos deberán especificarse en el marco del Informe Financiero correspondiente.

Si los Informes de Estado de Avance Técnicos y Financieros y/o el Informe Final no se entregan en la fecha límite convenida INNOVA BIO BIO podrá aplicar una multa de 0,5 UF por cada día corrido de atraso.

No se aceptarán ni aprobarán solicitudes de prórroga en la entrega de los Informes de Estado de Avance, dado que este Informe da cuenta de la situación del proyecto a la fecha. En el caso del Informe Final, sólo se podrá solicitar una prórroga de fecha de entrega si existe una justificación técnica fundamentada, la cual debe ser entregada por escrito y dirigida al Director Ejecutivo, al menos 30 días antes de la fecha de entrega del Informe Final estipulado originalmente en el contrato. La Dirección Ejecutiva aprobará o rechazará la solicitud en virtud del análisis técnico de la propuesta, lo cual será comunicado oficialmente a la beneficiaria. En este comunicará si es necesario confeccionar el Anexo de Términos de Referencia y Anexo de Contrato que deben ser firmados por el representante legal de la beneficiaria y entregadas a INNOVA BIO BIO en la fecha que el la Dirección Ejecutiva determine. El costo operacional que estas modificaciones impliquen para INNOVA BIO BIO serán asumidas por el beneficiario. La no entrega de los documentos formalizados, permitirá a INNOVA BIO BIO regirse por los documentos originales sin modificación alguna, incurriendo la beneficiaria en el riesgo de ejecución de la garantía por el no cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato. Los Informes Finales se sancionarán con los documentos entregados por la beneficiaria en la fecha correspondiente a la entrega del Informe Final, y no se aceptarán documentación complementaria a excepción que INNOVA BIO BIO lo solicite expresamente mediante comunicado oficial a la beneficiaria. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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Para cada Informe de Estado de Avance y Final del Proyecto, la beneficiaria debe reportar los desembolsos con cargo al proyecto, para ello debe regirse por el Pauta de Preparación de Informes de Innovación Tecnológica de INNOVA BIO BIO. La empresa deberá adjuntar la siguiente documentación referida al periodo informado, separado por mes. • • • • • •

Mayor Contable de cuentas financiadas o centro de costos Libro de Remuneraciones (Fotocopia legible) Libro de Honorarios (Fotocopia legible) Libro de Compras (Fotocopia legible) Formulario N° 29 y 50 del SII Planilla INP / Caja de Compensación / Certificado de mutual (Fotocopia legible) INNOVA BIO BIO podrá solicitar adicionalmente como documentación válida de respaldo para cada ítem, lo siguiente: Personal de Dirección e Investigación y Personal de Apoyo Corresponde al personal que efectivamente cumple funciones en el proyecto, y se entenderá como documentación de respaldo válida la siguiente:

• • •

Liquidación de sueldo Boleta de Honorarios, emitida a nombre de la empresa beneficiaria Boleta de Servicios, identificando el prestador del servicio Si algún profesional extranjero participa en el proyecto, además se requerirá la correspondiente visa de trabajo.

Nota: Los socios de la empresa que trabajen efectivamente en el Proyecto, deben acreditar su labor sólo con los documentos antes señalados, los Certificados de Retiros no son válidos como documento de respaldo. Servicios, materiales y otros Corresponde a la contratación de servicios o a la adquisición de insumos y materiales directamente vinculada con el proyecto de innovación tecnológica. Este gasto se respalda con facturas de compras emitidas a nombre de la empresa y su imputación al proyecto son en términos netos (sin IVA). Incluyendo el detalle de los conceptos facturados de acuerdo a los Términos de Referencia. En el caso de servicios profesionales relacionados con difusión, capacitación y propiedad intelectual, podrán ser acreditados mediante boletas de honorarios. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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Uso de Bienes de capital nuevos Estas inversiones deben respaldarse con facturas nacionales o extranjeras emitidas a nombre de la beneficiaria. Se aceptara como cargo al proyecto el valor señalado en los Términos de Referencia y su imputación al proyecto son en términos netos (sin IVA). En el caso de importaciones, con la Declaración de Ingreso del Servicio Nacional de Aduanas. Uso de bienes de capital existentes Para estas partidas se aceptan como cargo máximo el monto acordado en los Términos de Referencia. El documento válido es un certificado emitido por la beneficiaria firmado por el Director del Proyecto y por un representante de la beneficiaria. Para el caso del uso de materiales e insumos existentes el documento válido será el respectivo auxiliar contable de las existencias y sus facturas de compra. Proyectos asociativos Se deberá suscribir un contrato que acredite el vínculo de asociatividad entre las empresas participantes, en el cuál se señale claramente los aportes que cada una realizará durante la ejecución del proyecto.(Anexo Nº 3) Para los proyectos presentados en forma asociativa se aceptarán como respaldos válidos de desembolsos los realizados por las empresas asociadas, siempre que los ítems se encuentren especificados en el Convenio entre los asociados y en los Términos de Referencia. Para la partida de personal, será válido un certificado emitido por la asociada, en la que se señale los profesionales involucrados, las horas trabajadas y el costo de cada uno de ellos, respaldado por las liquidaciones de sueldos o boletas de honorarios respectivas. Para la partida de servicios, materiales, insumos y otros, será válido un certificado emitido a la beneficiaria, respaldado por la factura emitida a la asociada por los ítems aportados, siempre que estos estén correctamente definidos en el Convenio entre los asociados y en los Términos de Referencia. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas

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Para la partida uso de bienes de capital existentes, los aportes valorados de la o las asociadas se aceptará como respaldo un certificado emitido por la asociada, emitido por su departamento contable, con la depreciación asociada al plazo de ejecución del proyecto. Para el caso del uso de materiales e insumos existentes el documento válido será el respectivo auxiliar contable de las existencias y sus facturas de compra. Para la partida uso de bienes de capital nuevos, se aceptará como respaldo un certificado emitido por el departamento contable de la asociada, en el cual se señale el monto de cargo al proyecto, conforme al cálculo de la depreciación lineal del activo adquirido, por los meses de ejecución del proyecto, más fotocopia de la factura de compra en que señale características del activo y su valor de compra. Cualquier situación calificada como excepcional por la Dirección Ejecutiva de INNOVA BIO BIO será sometida a consideración del Consejo Directivo de INNOVA BIO BIO. 5.6

Adquisiciones Los bienes que en conformidad al proyecto adquieran los beneficiarios con recursos otorgados por INNOVA BIO BIO, serán de su propiedad desde el momento de su adquisición, salvo que INNOVA BIO BIO disponga otra modalidad de adquisición o dominio, lo que se consignará en cada convenio en razón de sus características particulares.

5.7

Utilización de Resultados Los resultados derivados de la ejecución del proyecto, así como toda la información, inventos, innovaciones tecnológicas, derechos de propiedad intelectual e industrial, procedimientos, planos y demás documentos, podrán ser utilizados por la beneficiaria, las entidades vinculadas al proyecto, como entidades asociadas al momento de celebrar el contrato, incluidas en los Términos de Referencia. INNOVA BIO BIO podrá utilizar la información de los proyectos y sus resultados, en la medida que la tramitación e inscripción de la propiedad intelectual, industrial o los derechos de dominio sobre la información generada por el proyecto y los resultados del mismo, no se vean afectados. Lo expuesto deberá ser cautelado prioritariamente por la beneficiaria, conforme a la legislación vigente.

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5.8

Publicaciones y difusión La difusión y transferencia de resultados se realizará de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia y además de acuerdo al programa y actividades de difusión y transferencia tecnológica de INNOVA BIO BIO. INNOVA BIO BIO podrá hacer difusión de resultados cuando estime que ello es relevante para el interés Público que cautela el proyecto. Para ello se considera, entre otros aspectos, los siguientes: naturaleza de la investigación, porcentaje de cofinanciamiento y grado de asociatividad de las entidades ejecutantes y número y calidad de copartícipes pertenecientes a un determinado sector productivo. INNOVA BIO BIO puede informar sobre el avance del proyecto siempre que tal información no afecte el desarrollo estratégico ni los propósitos establecidos en la protección intelectual de los resultados. La beneficiaria se obliga a colaborar con INNOVA BIO BIO en la labor que éste realice, para la difusión del proyecto financiado y del desarrollo de la actividad tecnológica en la Región. Lo anterior según pautas de Difusión y Publicaciones de proyectos cofinanciados por INNOVA BIO BIO. La beneficiaria, a través de cualquier persona que la represente, se obliga a explicitar en caso que el proyecto sea mencionado en cualquier medio de comunicación derivado de una entrevista personal o de un artículo de información periodística, que parte del financiamiento para la ejecución de dicho proyecto fue aportado por INNOVA BIO BIO. En los casos que se estime adecuado, dadas las características del proyecto, la beneficiaria debe colocar avisos o letreros en forma destacada en el lugar en que se ejecute el proyecto, mencionando que éste se está realizando con el apoyo financiero del INNOVA BIO BIO.

5.9

Suspensión de desembolsos INNOVA BIO BIO podrá suspender el desembolso del cofinanciamiento, si constatare incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales de la beneficiaria o si el Proyecto, no se desarrolla satisfactoriamente o ha perdido su relevancia. Asimismo el Director General del Proyecto deberá proponer a INNOVA BIO BIO la suspensión de los desembolsos si se llega a la convicción de que éste no alcanzará los resultados esperados, no podrá ejecutarse dentro de parámetros razonables, o ha perdido relevancia o cuando la beneficiaria no pueda enterar la parte del aporte de su responsabilidad u obtener los recursos provenientes de terceros.

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INNOVA BIO BIO tendrá la facultad de disponer las medidas que considere adecuadas para corregir las deficiencias que note o desestime la continuación del proyecto decretando, sin más trámite, su término anticipado. 5.10

Términos de contrato anticipado Se podrá poner término anticipado al contrato:

a) Por acuerdo entre las partes. INNOVA BIO BIO y el beneficiario podrán poner término anticipado al contrato de común acuerdo cuando a juicio de ambas partes se hayan presentado causas que hagan imposible su cabal cumplimiento. Por las siguientes causales: a) la pérdida de relevancia del Proyecto, b) la convicción de que el Proyecto no alcanzará los resultados comprometidos dentro de parámetros razonables, c) la imposibilidad de la beneficiaria de cumplir las obligaciones mencionadas, por no tener los recursos o aún teniéndolos no poder asignarlos a tales fines, o d) Cualquier otra causa que no sea imputable a la negligencia de la beneficiaria. La beneficiaria deberá restituir todo saldo no gastado del cofinanciamiento que tenga en su poder. Dicha restitución deberá hacerla dentro de los 5 días corridos siguientes a la recepción de la carta certificada mediante la cual INNOVA BIO BIO le comunique la formalización del término anticipado del Proyecto. No corresponderá por este caso la ejecución de las garantías, salvo que no se restituya el saldo no rendido del cofinanciamiento de INNOVA BIO BIO. b) Por incumplimiento del beneficiario: INNOVA BIO BIO pondrá término al contrato en forma anticipada cuando el beneficiario incurra en: a) El incumplimiento en la obligación de entregar Informes de seguimiento y control de proyectos, o su entrega fuera de plazo superior a 10 días corridos; b) si el beneficiario se encontrare en quiebra o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del beneficiario cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias; c) la detección en la ejecución de las acciones encomendadas sin destinar el personal en la cantidad y calidad ofertada; d) por extinción de la personalidad jurídica del beneficiario; e) por cesión o traspaso total o parcial del contrato; y en general por cualquier incumplimiento contractual del beneficiario. Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas 22

f) Por destinar el cofinanciamiento de INNOVA BIO BIO a fines ajenos al proyecto. En los casos mencionados anteriormente INNOVA BIO BIO hará efectivos los documentos de garantía. Producida cualquiera de las causales señaladas u otras contractuales, INNOVA BIO BIO comunicará por escrito al beneficiario la causal de término de Contrato incurrida, fijándole un plazo perentorio para que les de solución o las corrija. Si transcurrido el plazo, no ha dado solución o superado la causal invocada, INNOVA BIO BIO podrá declarar resuelto administrativamente el contrato, habida aceptación del beneficiario, para ello, por la sola suscripción del contrato. Concluido el contrato que dio término al proyecto, se procederá a su liquidación como a la del Contrato resuelto administrativamente. INNOVA BIO BIO, además de exigir la restitución del saldo no gastado del cofinanciamiento, podrá, previo informe fundado del Director Ejecutivo, exigir a la beneficiaria la restitución, dentro del plazo de 10 días hábiles, de la totalidad de la cuota del cofinanciamiento que estaba en ejecución al tiempo de decretarse el término anticipado. Si la beneficiaria no efectúa la restitución en el plazo señalado INNOVA BIO BIO hará efectiva la garantía de fiel uso de los recursos anticipados y del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el Contrato. En casos excepcionales, en que la negligencia de la beneficiaria sea calificada por INNOVA BIO BIO como maliciosa, éste podrá exigir igualmente la entrega de todos los equipos contemplados en el Proyecto y adquiridos con el cofinanciamiento. Cualquiera sea la causal de término de contrato, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización de ningún tipo. 5.11

Ejecución de garantías INNOVA BIO BIO podrá, determinar hacer efectiva la garantía establecida en el contrato del proyecto. Por las siguientes causales: a) omisión de informar sustituciones de personal, efectuar modificaciones a las actividades o ítems del Proyecto sin previa consulta INNOVA BIO BIO, b) negar o dificultar labores de seguimiento, c) demora superior a 10 días hábiles en la entrega de informes o en efectuar las correcciones dispuestas por INNOVA BIO BIO, g) Si el beneficiario se encontrare en quiebra o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del beneficiario cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias; h) la detección en la ejecución de las acciones encomendadas sin destinar el personal en la cantidad y calidad ofertada; Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas 23

i) por extinción de la personalidad jurídica del beneficiario; j) por cesión o traspaso total o parcial del contrato; y en general por cualquier incumplimiento contractual del beneficiario. d) Por destinar el cofinanciamiento de INNOVA BIO BIO a fines ajenos al proyecto. e) Cualquier otra causal imputable a la negligencia de la beneficiaria en el cumplimiento de sus obligaciones. INNOVA BIO BIO, además de exigir la restitución del saldo no gastado del cofinanciamiento, podrá, previo informe fundado del Director Ejecutivo, exigir a la beneficiaria la restitución, dentro del plazo de 10 días hábiles, de la totalidad de la cuota del cofinanciamiento que estaba en ejecución al tiempo de decretarse el término anticipado. Si la beneficiaria no efectúa la restitución en el plazo señalado INNOVA BIO BIO hará efectiva la garantía de fiel uso de los recursos anticipados y del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el Contrato. En casos excepcionales, en que la negligencia de la beneficiaria sea calificada por INNOVA BIO BIO como maliciosa, éste podrá exigir igualmente la entrega de todos los equipos contemplados en el Proyecto y adquiridos con el cofinanciamiento. Concepción, Mayo de 2007.

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ANEXO Nº 1 ANTECEDENTES LEGALES DEPENDIENDO DE LA CALIDAD JURÍDICA DEL SOLICITANTE PERSONA NATURAL Fotocopia Cédula Nacional de Identidad Fotocopia Iniciación de actividades Balance y Estado de resultado

... ... ...

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Copia autorizada ante notario de escritura de constitución Fotocopia autorizada ante notario de extracto de escritura de constitución, con certificación de su inscripción en el Registro de Comercio y su publicación en el Diario Oficial. Copia autorizada de inscripción Registro de Comercio Certificado de vigencia original (no superior a 60 días desde la fecha de presentación) Certificado de modificaciones Copias de escrituras públicas de modificaciones autorizadas ante notario, con certificación de su inscripción en el Registro de Comercio y su publicación en el diario oficial. Si la sociedad está compuesta por otras sociedades, deberán acompañar iguales antecedentes respecto de cada una de las integrantes y acreditar las personerías que concurrieron en representación de cada una, teniendo poderes suficientes como para formar nueva sociedad. Acreditar personería del representante legal

... ... ... ... ... ...

...

EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LTDA. Copia autorizada ante notario de escritura de constitución Fotocopia autorizada ante notario de extracto de escritura de constitución, con certificación de su inscripción en el Registro de Comercio y su publicación en el Diario Oficial. Copia autorizada de inscripción Registro de Comercio Certificado de vigencia original (no superior a 60 días desde la fecha de presentación) Certificado de modificaciones Copias de escrituras públicas de modificaciones autorizadas ante notario, con certificación de su inscripción en el Registro de Comercio y su publicación en el diario oficial. Acreditar personería del representante legal Línea de Financiamiento Innovación empresarial - Bases administrativas 25

... ... ... ... ... ... ...

SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA O CERRADA Copia autorizada ante notario de escritura de constitución Fotocopia autorizada ante notario de extracto de escritura de constitución, con certificación de su inscripción en el Registro de Comercio y su publicación en el Diario Oficial. Copia autorizada de inscripción Registro de Comercio Certificado de vigencia original (no superior a 60 días desde la fecha de presentación) Certificado de modificaciones Copias de escrituras públicas de modificaciones autorizadas ante notario, con certificación de su inscripción en el Registro de Comercio y su publicación en el diario oficial. Escritura donde conste administración y uso de razón social, fotocopia autorizada de escritura pública que nombra al actual directorio y gerente general. Si la sociedad está compuesta por otras sociedades, deberán acompañar iguales antecedentes respecto de cada una de las integrantes y acreditar las personerías que concurrieron en representación de cada una tenía poderes suficientes como para formar nueva sociedad.

... ... ... ... ... ... ...

FUNDACIÓN / CORPORACIÓN Copia autorizada ante notario de Decreto supremo que concedió la personalidad jurídica. Estatuto inicial (Copia autorizada u original) y sus modificaciones si las hubiere. Certificado vigencia (En original) Escritura del Mandato del representante

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ANEXO Nº 2

DECLARACION JURADA

..........................Rut.............................., en su calidad de representante legal de la empresa......................................, Rut..................................., ambos domiciliados para estos efectos en......................................., calle Nº..........., viene a declarar bajo juramento lo siguiente:

1. Que, conforme las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.728 que establece un Seguro de Desempleo, el suscrito esta en conocimiento de la prohibición para los empleadores que no hayan pagado las cotizaciones de este seguro, de percibir recursos provenientes de Instituciones Públicas o Privadas, que se financien con Fondos Públicos de Fomento Productivo.

2. Que declara, en forma expresa, que la empresa que representa NO tiene trabajadores por los cuales deba pagar cotizaciones del seguro de desempleo

Otorgado en................................. a.......................................

_________________________________ FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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DECLARACION JURADA

..........................Rut.............................., en su calidad de representante legal de la empresa......................................, Rut..................................., ambos domiciliados para estos efectos en......................................., calle Nº..........., viene a declarar bajo juramento lo siguiente:

El suscrito, en la representación aludida, declara bajo juramento que la empresa...................................................... se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales.

Otorgado en................................. a.......................................

_________________________________ FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO Nº 3 MODELO DE CONTRATO DE ASOCIACIÓN PRIVADA En .......,a ....(día) ..de .....(mes).... de ...(año).. entre: ........................................................ representada por .........................., cédula nacional de identidad Nº .................................y ............................................................, cédula nacional de identidad Nº.............................., ambos con domicilio en ............................................................; y .......................................; etc, en adelante las empresas han convenido en celebrar un contrato de asociación privada, que se regirá por las normas contenidas en este instrumento y, supletoriamente, por las disposiciones de los artículos 507 y siguientes del Código de Comercio. PRIMERO: Las empresas comparecientes desarrollan sus actividades principalmente en el rubro ...................... y declaran tener interés en ........................................................................... SEGUNDO: Para el efecto anterior, las Empresas han acordado formular un proyecto denominado “ .........................................................” de manera de postular y acceder al financiamiento de INNOVA BÍO BIO.

TERCERO: Las empresas se comprometen a cumplir fiel e íntegramente con los objetivos y finalidades del proyecto citado, el que, conocido por los interesados, se entiende forma parte del presente contrato y, se obligan asimismo, a compartir y divulgar los resultados y experiencia adquirida. El costo de la ejecución del proyecto será aportado parcialmente por INNOVA BÍO BIO y el saldo restante, por las Empresas, el cual se aporta de la siguiente manera: ………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………….. El aporte de las empresas deberá ser entregado u aportado en los plazos y en la forma acordada. CUARTO: Las partes comparecientes designan gestor a la sociedad ................................................, RUT ............representada por ............................................., cédula nacional de identidad Nº ..................................., ambos con domicilio en................................... o por quien éste designe, actuará en nombre y representación de las empresas asociadas, ante INNOVA BÍO BIO y terceros, en

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todos los trámites, negociaciones y gestiones necesarias para la obtención del financiamiento, organización y ejecución del proyecto. En este sentido, y sin que la siguiente enumeración sea en caso alguno limitativa, se deja expresa constancia que el gestor podrá especialmente: a) negociar y suscribir con INNOVA BÍO BIO el contrato de ejecución del proyecto, como asimismo todo otro contrato o instrumento que se requiera para el cumplimiento de su encargo, b) presentar ante INNOVA BÍO BIO el proyecto, denominado “..........................................................................”; c) percibir de INNOVA BÍO BIO y de las empresas el financiamiento señalado y administrar dichos fondos con las finalidades señaladas; d) negociar y contratar, o bien obtener de las empresas, las garantías que exija INNOVA BÍO BIO; e) emitir y entregar a INNOVA BÍO BIO el Informe Final en las condiciones y dentro de los plazos que se establezcan en el contrato de ejecución, y; f) obtener en su momento, el alzamiento o cancelación de las garantías rendidas. El mandatario deberá velar en todo momento por el cumplimiento de las finalidades del proyecto y por la aprobación del Informe Final. Se deja constancia que el mandato anterior será gratuito, y que el mandatario queda expresamente eximido de la obligación de rendir cuenta. QUINTO: La presente asociación terminará de pleno derecho una vez concluido el proyecto, esto es, una vez aprobado el Informe Final, canceladas las garantías y pagadas todas y cada una de las obligaciones contraídas con motivo de su ejecución. SEXTO: Los comparecientes en este acto se constituyen en fiadores y codeudores solidarios de todos y cada uno de los compromisos y obligaciones contraídas en virtud del contrato de asociación privada, del contrato de ejecución del proyecto y de todo otro compromiso asumido por el gestor en el ejercicio de su cometido. SEPTIMO: Cualquier dificultad que se produzca entre las partes en relación con la validez, vigencia, cumplimiento, interpretación o liquidación de este contrato, será resuelta por un árbitro arbitrador de única instancia, designado de común acuerdo y, en caso de no llegar a él, por la justicia ordinaria, pero en este último evento, el árbitro será arbitrador sólo en el procedimiento, debiendo fallar conforme derecho.

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OCTAVO: Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción. NOVENO: La personería de los representantes legales …………………………………………………………………………………………………………………., consta en ……………………………………………………………………………., las que no se insertan por ser conocidas de las partes.

En comprobante y previa lectura, firman

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