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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS, EN APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 865/2003, DE 4 DE JULIO DE 2003, DE PREVENCIÓN DE LA LEGIONELOSIS
ÍNDICE
Art.1.- Antecedentes Art.2.- Objeto del Pliego Art.3.- Definición del ámbito territorial Art.4.- Definición del Servicio Art.5.- Responsabilidad técnica del adjudicatario Art.6.- Responsabilidad económica del adjudicatario Art.7.- Personal Art.8.- Régimen sancionador Art.9.- Forma de pago Art.10.- Presentación de ofertas Art.11.- Auditorías Art.12.- Control e inspección Art.13.- Importe del servicio Art.14.- Duración del contrato Art.15.- Documentos Anexos al Pliego de Condiciones
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1.- Antecedentes El Real Decreto 865/2003, establece los criterios higiénicos sanitarios a regir para la prevención y control de la Legionelosis (Legionella pneumophila). Las medidas contenidas en el Real Decreto se aplicarán a las instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentren ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones industriales o medios de transporte que puedan ser susceptibles de convertirse en focos para la propagación de la enfermedad, durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento. Dicho Real Decreto define las responsabilidades de los titulares de las instalaciones de riesgo: - Instalaciones con mayor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella: a. b. c.
d.
Torres de refrigeración y condensadores evaporativos, Sistemas de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno. Sistemas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire (spas, jacuzzis, piscinas, vasos o bañeras terapéuticas, bañeras de hidromasaje, tratamientos con chorros a presión, otras). Centrales humidificadoras industriales.
- Instalaciones con menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella: a.
b. c. d. e. f. g. h.
Sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano (tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno. Equipos de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua, no incluidos en el apartado anterior. Humectadores. Fuentes ornamentales. Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano. Sistemas de agua contra incendios. Elementos de refrigeración por aerosolización, al aire libre. Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles.
2. - Objeto del Pliego El presente pliego tiene como objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el R.D. 865/2003, DE 4 DE JULIO DE 2003, DE PREVENCIÓN DE LA LEGIONELOSIS en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del mismo, según el cual "Los titulares de las instalaciones descritas en el .... , recogidas apartado 3º del presente Pliego, ... serán responsables del cumplimiento de lo dispuesto en este Real Decreto y de que se lleven a cabo los programas de mantenimiento periódico, las mejoras estructurales y funcionales de las instalaciones, así como del control de la calidad microbiológica y físico-química del agua, con el fin de que no representen un riesgo para la salud pública", a través de los siguientes apartados: a) Controlar y prevenir la legionelosis mediante la implantación de un programa 2
específico que de cumplimiento riguroso al Real Decreto 865/2003. b) Realizar un Inventario de las instalaciones de esta Corporación en las que deben ejecutarse tratamientos de limpieza y desinfección y los correspondientes controles analíticos, junto a un diagnóstico de situación en el que se identificarán las instalaciones, indicando el protocolo de actuación en cada uno de los sistemas a controlar de acuerdo al R.D. 865/2003 y a la Norma UNE 100030 IN. c) Implantar un programa de limpieza y desinfección de las instalaciones de riesgo del Consell Insular d'Eivissa. d) Tratamiento, según anexo 3 del R.D. 865/2003, del sistema de agua fría de consumo humano y de agua caliente sanitaria en edificios de esta Corporación incluyendo depósitos contra incendios y puntos terminales. Para esta actuación, el adjudicatario podrá solicitar la colaboración del responsable de la instalación. e) Realizar la actualización continua del Libro de Mantenimiento de las instalaciones y equipos susceptibles de alberga r L. pneumophila, así como toda aquella documentación necesaria en torno al objeto del proyecto.
3.- Definición del ámbito territorial Las medidas contenidas en este Pliego se aplicarán a los edificios de uso colectivo de titularidad del Consell d'Eivissa, que se encuentre en alguno de los apartados del punto 2º del artículo 2 del R.D. 865/2003, y en la medida que así se determina en el articulado del citado R.D., y en la Noma UNE 100030 IN. El inicio del Servicio se realizará con las siguientes instalaciones: - Seu Consell Insular d'Eivissa - Edifici Xarxa Viària - Edifici Serveis Socials - Sa Coma - Piscina des Raspallar - Poliesportiu Infanta Cristina - Campament Cala Jondal - Escoleta Cas Serres - Escoleta Santa Eulària - Escoleta Sant Antoni - ITV - Casa Cala d'Hort - Llar Eivissa - Edifici Polivalent Cas Serres - Finca Can Pere Musson - Hospital Cas Serres - Molí Puig d’en Valls - Pistes examen conduir Santa Gertrudis i Parc lnfantil de Trànsit - Parc Bombers - Antiga extensió un iversitària - Edifici c/ Bes - Museu d'Etnografia 3
- Finca Can Marines centre experimentació i Nou Institut FP
4. - Definición del servicio El adjudicatario del Servicio deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el R.D. 865/2003 y a Norma UNE 100030 IN y en particular a: 1. Realizar una evaluación del riesgo de cada instalación en base a lo dispuesto en el R.D. 865/2003, en el plazo máximo de 15 días desde la firma del contrato. 2. Llevar un registro de mantenimiento de las instalaciones recogidas en el apartado 3º del presente Pliego, en el que, al menos, figurará: a. Fecha de realización de las tareas de revisión, limpieza y desinfección general, protocolo seguido, productos utilizados, dosis y tiempo de actuación, y extenderá un certificado, según el modelo que figura en el R.D. 865/2003. b. Fecha y resultados analíticos de los diferentes análisis del agua. c. Firma del responsable técnico de las tareas realizadas y del responsable de la instalación. 3. Realizar las labores de mantenimiento preventivo general, básicamente el mantenimiento de acuerdo al Programa de mantenimiento de las instalaciones, en base a lo dispuesto en el artículo 8 del R.D. 865/2003, y para lo que deberá ser aportado durante la licitación del Servicio objeto del Pliego y a la Norma UNE 100030 IN de septiembre de 2.005. Se detallan los aspectos mínimos que debe de recoger la revisión y la limpieza y desinfección de las instalaciones interiores de agua caliente sanitaria y de agua fría de consumo humano. No se incluirá la limpieza de los acumuladores, aunque deberá advertirse de la necesidad de su ejecución, en su caso. Si se incluirán los análisis de aerobios en agua del sistema contraincendios, los análisis de aerobios en agua de riego por aspersión y el análisis de piscinas. 3.1 Revisión: En la revisión de una instalación se comprobará su correcto funcionamiento y su buen estado de conservación y limpieza. La revisión general de funcionamiento de la instalación, incluyendo todos los elementos, se realizará una vez al año, facilitando al Consell Insular d'Eivissa una lista de aquellas reparaciones a realizar por el propio Centro, cuando así se detecten. Cuando se detecte presencia de suciedad, incrustaciones o sedimentos, se procederá a su limpieza.
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El agua de la instalación interior de consumo humano deberá cumplir en todo momento con los parámetros y criterios establecidos en la legislación de aguas de consumo humano. a) Agua caliente sanitaria: La revisión del estado de conservación de la instalación se realizará trimestralmente en los depósitos acumuladores, y mensualmente en un número representativo, rotatorio a lo largo del año, de los puntos terminales de la red interior (grifos y duchas), de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de la instalación. Mensualmente se realizará la purga de válvulas de drenaje de las tuberías y semanalmente la purga del fondo de los acumuladores. Asimismo, semanalmente se abrirán los grifos y duchas de habitaciones o instalaciones no utilizadas, dejando correr el agua unos minutos. El control de la temperatura se realizará diariamente en los depósitos finales de acumulación, en los que la temperatura no será inferior a 60ºC y mensualmente en un número representativo de grifos y duchas (muestra rotatoria), incluyendo los más cercanos y los más alejados de los acumuladores, no debiendo ser inferior a 50 ºC. Al final del año se habrán comprobado todos los puntos finales de la instalación. Como mínimo anualmente se realizará una determinación de Legionella en muestras de puntos representativos de la instalación. En caso necesario se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la calidad del agua de la misma. b) Agua fría de consumo humano: La revisión del estado de conservación de la instalación se realizará trimestralmente en los depósitos y mensualmente en un número representativo, rotatorio a lo largo del año, de los puntos terminales de la red interior (grifos y duchas), de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de la instalación. La temperatura se comprobará mensualmente en el depósito, de forma que se mantenga lo más baja posible, procurando, donde las condiciones climatológicas lo permitan, una temperatura inferior a 20 ºC. Cuando el agua fría de consumo humano proceda de un depósito, se comprobarán los niveles de cloro residual libre o combinado en un número representativo de los puntos terminales, y si no alcanzan los niveles mínimos [0,2 mg/l) se instalará una estación de cloración automática, dosificando sobre una recirculación del mismo, con un caudal del 20% del volumen del depósito. 3.2. Limpieza y desinfección: Una desinfección no será efectiva si no va acompañada de una limpieza exhaustiva. Las instalaciones de agua fría de consumo humano y de agua caliente sanitaria se limpiarán y desinfectarán como mínimo, una vez al año, cuando se pongan en marcha la instalación por primera vez, tras una parada superior a un mes, tras una 5
reparación o modificación estructural, cuando una revisión general así lo aconseje y cuando así lo determine la autoridad sanitaria. Para la realización de la limpieza y la desinfección se utilizarán sistemas de tratamiento y productos aptos para el agua de consumo humano. a) Agua caliente sanitaria: 1.ª En el caso de la desinfección química con cloro, el procedimiento a seguir será el siguiente: 1.º Clorar el depósito con 20-30 mg/l de cloro residual libre, a una temperatura no superior a 30 ºC y un pH de 7-8, haciendo llegar a todos los puntos terminales de la red 1-2 mg/l y mantener durante 3 ó 2 horas respectivamente. Como alternativa, se puede utilizar 4-5 mg/l en el depósito durante 12 horas. 2.º Neutralizar la cantidad de cloro residual libre y vaciar. 3.º Limpiar a fondo las paredes de los depósitos, eliminando incrustaciones y realizando las reparaciones necesarias y aclarando con agua limpia, 4.º Volver a llenar con agua y restablecer las condiciones de uso normales, Si es necesaria la recloración, ésta se realizará por medio de dosificadores automáticos. 2.ª En el caso de la desinfección térmica, el procedimiento a seguir será el siguiente: 1.º Vaciar el sistema y, si fuera necesario, limpiar a fondo las paredes de los depósitos acumuladores, realizar las reparaciones necesarias y aclarar con agua limpia, 2.º Llenar el depósito acumulador y elevar la temperatura del agua hasta 70 ºC y mantener al menos 2 horas. Posteriormente abrir por sectores todos los grifos y duchas, durante 5 minutos, de forma secuencial. Confirmar la temperatura para que en todos los puntos terminales de la red se alcance una temperatura de 60 ºC. 3.º Vaciar el depósito acumulador y volver a llenarlo para su funcionamiento habitual. b) Agua fría de consumo humano: El procedimiento para la desinfección química con cloro de los depósitos será el descrito para el sistema de agua caliente sanitaria. Finalmente, se procederá a la normalización de las condiciones de calidad del agua, llenando nuevamente la instalación, y si se utiliza cloro como desinfectante, se añadirá para su funcionamiento habitual (0,2-l mg/l de cloro residual libre). 6
Si es necesaria la recloración, ésta se hará por medio de dosificadores automáticos. c) Elementos desmontables: Los elementos desmontables, como grifos y duchas, se limpiarán a fondo con los medios adecuados que permitan la eliminación de incrustaciones y adherencias y se sumergirán en una solución que contenga 20 mg/l de cloro residual libre, durante 30 minutos, aclarando posteriormente con abundante agua fría; si por el tipo de material no es posible utilizar cloro, se deberá utilizar otro desinfectante. Los elementos difíciles de desmontar o sumergir se cubrirán con un paño limpio impregnado en la misma solución durante el mismo tiempo. 3.3. Limpieza y desinfección en caso de brote de legionelosis a) En caso de brote de legionelosis, se realizará una desinfección de toda la red, incluyendo el sistema de distribución de agua caliente sanitaria, siguiendo el siguiente procedimiento, en el caso de una desinfección con cloro: 1.º Clorar con 15 mg/l de cloro residual libre, manteniendo el agua por debajo de 30 ºC y a un pH de 7-8, y mantener durante 4 horas (alternativamente se podrán utilizar cantidades de 20 ó 30 mg/l de cloro residual libre, durante 3 ó 2 horas, respectivamente). 2.º Neutralizar, vaciar, limpiar a fondo los depósitos, reparar las partes dañadas, aclarar y llenar con agua limpia. 3.º Reclorar con 4-5 mg/l de cloro residual libre y mantener durante 12 horas. Esta cloración debería hacerse secuencialmente, es decir, distribuyendo el desinfectante de manera ordenada desde el principio hasta el final de la red. Abrir por sectores todos los grifos y duchas, durante 5 minutos, de forma secuencial, comprobar en los puntos terminales de la red 1-2 mg/l. La limpieza y desinfección de todas las partes desmontables y difíciles de desmontar se realizará como se establece en el apartado B. c) del anexo 3º del Real Decreto. Es necesario renovar todos aquellos elementos de la red en los que se observe alguna anomalía, en especial aquellos que estén afectados por la corrosión o la incrustación. b) El procedimiento a seguir en el caso de la desinfección térmica será el siguiente: 1.º Vaciar el sistema, y si fuera necesario limpiar a fondo las paredes de los depósitos limpiar acumuladores, realizar las reparaciones 7
necesarias y aclarar con agua limpia. 2.º Elevar la temperatura del agua caliente a 70 ºC o más en el acumulador durante al menos 4 horas. Posteriormente, abrir por sectores todos los grifos y duchas durante diez minutos de forma secuencial. Comprobar la temperatura para que en todos los puntos terminales de la red se alcancen 60 ºC. Independientemente del procedimiento de desinfección seguido, se debe proceder al tratamiento continuado del agua durante tres meses de forma que, en los puntos terminales de la red, se detecte de 1-2 mg/l de cloro residual libre para el agua fría y que la temperatura de servicio en dichos puntos para el agua caliente sanitaria se sitúe entre 55 y 60 ºC. Estas actividades quedarán reflejadas en el registro de mantenimiento. Posteriormente se continuará con las medidas de mantenimiento habituales. 4. Todos los vertidos, procedentes de cualquier limpieza y desinfección, deberán cumplir la legislación medioambiental vigente, especialmente en lo que se refiere a los límites máximos permitidos para vertidos a cauce público o alcantarillado conectado a sistema de saneamiento público, en función de la ubicación de cada instalación. 5. Para garantizar un buen servicio y establecer mayor coordinación con el Consell Insular, el Contratista deberá contar con estructura organizativa y disposición de recursos materiales y humanos para atender el servicio por el tiempo de duración del contrato, así mismo intervendrá, a requerimiento del Consell Insular, en actuaciones que por su urgencia sean necesarias, aún fuera de su horario habitual de trabajo. Para ello deberá entregar al Consell Insular un número de teléfono en el cual podrá recibir avisos urgentes, debiendo atenderse éstos con una demora máxima igual a la siguiente apertura del horario de baño. Así mismo, los análisis de los parámetros establecidos por la legislación vigente, se realizarán por un Laboratorio autorizado por la Conselleria de Salut del Govern de les Illes Balears, con certificación de su Sistema de Gestión de Calidad según UNE-EN ISO 9001 (ER-0677/2006) y con la certificación de su Sistema de Gestión Ambiental según UNE-EN ISO 14001: 2004. EL Laboratorio de realización de análisis deberá permitir realizarlos en los tiempos que establecen las normas de calidad para el muestreo, transporte y almacenamiento (UNE-EN ISO 19458), del recuento de microorganismos cultivables (UNE-EN ISO 6222) y de la detección y recuento de Legionella (UNE-EN ISO 117231). 6. De forma excepcional en caso de situaciones de emergencia todo el personal y medios de la contrata se pondrá a las órdenes del Consell Insular, a fin de participar en las actuaciones que se organicen para resolver la eventual situación, atendiendo las instrucciones que se den al respecto y utilizando si fueran necesarios los medios 8
especiales con que se les dote para estos casos. 7. Designará un Técnico encargado, titulado de Grado Medio o Superior, dentro del programa técnico y los mecanismos de coordinación con los servicios técnicos del Consell Insular. 8. Si el Consell Insular, durante la vigencia del contrato, aumentase el número de edificios de su titularidad que debieran incluirse en la relación del presente Pliego, éstos pasarán a formar parte del Contrato inmediatamente que se comunique al adjudicatario, formalizándose la modificación correspondiente. 9. En las instalaciones del Complejo Polideportivo Infanta Cristina y en el Hospital de Cas Serres no se deberán realizar visitas diarias de control ya que se realiza por personal propio del Consell. Así mismo, el Consell Insular d’Eivissa se encargará de la sustitución o reparación de los elementos que tengan un mal funcionamiento o que por motivos de seguridad sanitaria sea necesario (llaves de paso, válvuls de retención, grifos, calentadores, duchas, acumuladores, etc...). 10. La frecuencia de los trabajos previstos, al menos hasta la realización de la evaluación de riego prevista en el presente pliego, será la que se refleja en los siguientes cuadros anexos, por Centro y tipología de Control. 11. En las siguientes instalaciones: Sede, Escoleta Cas Serres, Escoleta Sant Antoni, Escoleta Santa Eulalia, Hogar de Ibiza e Instalaciones del Consel Insular Sa Coma, la empresa adjudicataria deberá realizar semanalmente la lectura para control del consumo de agua.
5. - Responsabilidad Técnica del Adjudicatario Las empresas licitadoras deberán acreditar, mediante su presentación en la fase de licitación: 1. Experiencia en la realización de trabajos similares en Organismos Públicos y Corporaciones Locales. Declaración responsable. 2. Capacidad de acreditación de la empresa como especialmente dedicada a estos servicios, mediante Certificado de inscripción en el Registro Oficial de los establecimientos y servicios plaguicidas de uso ambiental y de uso en la industria alimentaria de la CAIB. Suministro de copia del Certificado. 3. Que dispone de laboratorio externo acreditado para el aislamiento de Legionella en agua y que tenga implantado un control de calidad para este tipo de ensayos. Además, el análisis de Legionella se realizará según norma ISO 11731-1998. Declaración responsable. 4. Métodos y técnicas a emplear para efectuar las aplicaciones. Memoria descriptiva. 9
5. Que los productos a utilizar cumplen las condiciones contempladas en el Art. 13 del RD 865/2003. Declaración responsable.
6.- Responsabilidad económica del adjudicatario El adjudicatario vendrá obligado a suscribir una póliza de responsabilidad civil de hasta trescientos mil euros (300.000,00 €), por todos los accidentes, daños o perjuicios que puedan ser ocasionados directa o indirectamente por las instalaciones del servicio o por el propio personal, y cuyo recibo deberá ser presentado a petición expresa del Consell d’Eivissa. En este sentido, se remarca que cualquier eventualidad causada directa o indirectamente por cualquier elemento que forme parte de los servicios regulados por este Pliego, deberá quedar cubierta por el seguro de Responsabilidad civil del adjudicatario, quedando el Consell Insular exento de responsabilidad. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de este Pliego, así como de la oferta adjudicataria, será considerado como falta, pudiendo el Consell Insular imponer al adjudicatario las sanciones que correspondan en cada caso, incluida la resolución del contrato, conforme al procedimiento legalmente establecido y, en todo caso, previa audiencia del interesado. A tales efectos, el adjudicatario se hace responsable ante el Consell Insular de todas las faltas que puedan ser cometidas por sus empleados así como a las repercusiones que dieran lugar. 7.- Personal El personal de la empresa adjudicataria acreditará, a petición expresa del Consell d’Eivissa, haber realizado la formación correspondiente de acuerdo a lo establecido en el Decreto 81/2005, de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento de autorización, vigilancia y control de los cursos para formar al personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico y sanitario de las instalaciones de riesgo de legionelosis. Se incluirá, en su caso, un listado del personal con formación acreditativa, así como los medios de protección individual utilizados por los trabajadores de la empresa. El adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de las labores reflejadas en este pliego de condiciones. El coste económico y personal propuesto en la oferta se entiende suficiente para la prestación del servicio y compromete a tener al menos un operario cualificado con dedicación a este Servicio en tiempo suficiente, así como debe garantizar el apoyo necesario en los momentos que se consideren necesarios. Igualmente se pondrá al frente del Servicio a un técnico de grado medio o superior. El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Consell Insular, debiendo dicha empresa tener debidamente Informado a su personal de dicho extremo.
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La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante el Consell Insular en caso de solicitarse expresamente, siendo causa de resolución del contrato estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.
8.- Régimen sancionador El incumplimiento, por parte del Adjudicatario, de las condiciones pactadas, será sancionado de acuerdo con lo especificado en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
9.- Forma de pago El abono de los servicios prestados se efectuara de la manera siguiente: La suma del importe total de adjudicación, será dividido en mensualidades entre el periodo total del tiempo contratado. Así por tanto la empresa expedirá una factura global y única mensualmente, con el importe que resulte.
10.- Presentación de Ofertas Dado que la empresa deberá realizar las labores de mantenimiento preventivo general, y básicamente el mantenimiento de acuerdo al Programa de las instalaciones, en base a lo dispuesto en el artículo 8 del R.D. 865/2003, la empresa, en la fase de licitación deberá aportar un cuadro de Centros y actuaciones, que igualen o superen las actuaciones descritas en el cuadro adjunto del presente PPT, siempre de acuerdo con la Norma UNE 100030 IN de septiembre de 2.005. El precio ofertado incluirá los gastos generales, amortización de equipos y maquinaria, medios auxiliares, beneficio industrial, seguros, etc., y únicamente estará exento de reflejar en la oferta el IVA vigente. Por tanto se referirá al IMPORTE OFERTADO para los DOS (2) AÑOS iniciales del contrato de servicios SIN IVA.
11.- Auditorías A fin de velar y garantizar el nivel de calidad del servicio de la prevención y control de la legionelosis, se harán auditorias de manera aleatoria. Siendo el resultado de éstas vinculante, comprometen al adjudicatario a restablecer el nivel de calidad contratado.
12.- Control de Inspección 11
La empresa adjudicataria, con el fin de poder optimizar el analisis de los resultados, deberá habilitar a disposición del Consell d’Eivissa, de una aplicación informática y su equivalente en papel que incluye registros y protocolos personalizados con recomendaciones y medidas correctivas automatizadas según los valores introducidos de cada parámetro. Se deberá habilitar igualmente al Consell d’Eivissa, para su acceso a una página web, donde los usuarios autorizados deberán poder acceder a los informes y resultados de una, varias o todas las instalaciones (en función de los autorizaciones de cada usuario). De esta manera la empresa adjudicataria deberá disponer y poner a disposición del Consell Insular d’Eivissa de: Plataforma informática, de monitorización y alerta de incidencias: - Plataforma Web para consulta de histórico y descarga de los resultados de las analíticas realizadas. Nivel de acceso global (supervisor) o individualizado por instalación según responsabilidad y necesidades de los usuarios/técnicos. - Aplicación informática interactiva para monitorización de las incidencias (lecturas, averías u otros) que permitirá a los técnicos del Consell Insular tener la información y comunicación en tiempo real de las incidencias detectadas in situ por el personal de la empresa adjudicataria en cada instalación. - Envío en soporte informático y entrega en papel (para cada instalación) de los Registros mensuales de lecturas, incidencias y medidas correctivas. - Sistema automatizado de alertas vía SMS y vía email de las incidencias para la supervisión y control de los responsables de mantenimiento del Consell Insular. Aplicación informática para cálculo de los resúmenes anuales de los parámetros de la calidad del agua de las piscinas de uso público para cumplimentar los datos (in situ y analíticas de laboratorio) solicitados por el SILOE (del Ministerio de Sanidad) de obligado cumplimiento - R.D. 742/2013, art. 15. De la misma manera, la empresa adjudicataria del servicio estará obligada a presentar la certificación anual de cumplimiento de los trabajos conforme a lo indicado en el R.D. 865/2003.
13.- Importe del Servicio El presupuesto para la realización del servicio se estima en CIENTO DIECISEIS MIL CIENTO ONCE EUROS CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (116.111,98 €), más el 21% de I.V.A. que es de VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (24.383,52 €), lo que hace un total de CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (140.495,50 €) (IVA 21% incluido) para el periodo inicial de contrato de dos años. 12
Presupuesto anual Concepto Mano de obra personal especializado para la realización de los trabajos detallados en el PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS, EN APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 865/2003, DE 4 DE JULIO DE 2003, DE PREVENCIÓN DE LA LEGIONELOSIS, en las redes agua caliente sanitaria (ACS) y agua fría para consumo humano (AFCH). 2.048 visitas/año Mano de obra de personal técnico asociado al Servicio en estimación aproximada. Vehículo para desplazamiento, incluso amortización seguro, mantenimiento, aceite, revisiones y carburante. Materiales para la realización de los trabajos previstos para todas las instalaciones. 227 Uds/año. detección y enumeración de la legionela y resto de controles según cuadro Anexo (hipercloraciones, aerobios, ARSD, ARCD...)
Total (€)
Total
48.786,55 €
Gastos Generales 13% (48.786,55 €) Beneficio Industrial 6% (48.786,55 €)
18.294,95 € 9.147,48 € 6.098,33 € 5.049,15 €
10.196,64 €
6.342,25 € 2.927,19 €
Subtotal
58.055,99 €
IVA 21 % (58.055,99 €)
12.191,76 €
Total anual
70.247,75 €
14.- Duración del contrato El contrato para el Servicio de Prevención y Control de la Legionelosis tendrá una duración de dos (2) años, prorrogable por dos (2) años más, hasta un total de cuatro (4) años, que será obligatoria para el Adjudicatario si así lo decide el Consell Insular d’Eivissa. En caso de prórroga del contrato, atendiendo a la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, Disposición adicional octogésima octava, Desindexación respecto a indicar generales de Contratos del Sector Público, en caso de prórroga, este contrato no se revisará su importe. Se entenderá por tanto, que el precio unitario ofertado se mantendrá fijo durante la prestación del contrato, prórroga incluida.
15.- Documentos anexos a este pliego 13
Como anexo a este Pliego figura el cuadro de periodicidad de las actuaciones en referencia a cada Centro, de manera anual.
Se entenderá por: Visitas
Visitas / desplazamientos a las instalaciones. Los trabajos a realizar son: Control de la concentración de cloro del agua fría y agua caliente, pH, temperatura, purga de los puntos que no se hayan utilizado en 7 días, revisión de las duchas y aireadores de los puntos terminales y en su caso limpieza y desinfección de los mismos o reemplazo por nuevos (que tendrán que tener un juego de recambio en cada instalación), revisar los sistemas de agua caliente sanitaria (acumuladores), revisar los sistemas cloración (bombas de dosificación de cloro) y ajustar, añadir cloro y/o preparar la solución desinfectante para la bomba de cloro, control de las instalaciones señaladas de los contadores de agua, todos estos controles in situ se registrarán en soporte informático para la consulta por parte del Consell d'Eivissa. Mensualmente se realizarán informes que se entregarán en papel y en soporte informático (archivos pdf) al Consell d'Eivissa. Los productos químicos y reactivos a utilizar se considerarán incluídos. Hipercloraciones Visitas para realizar desinfecciones anual de las instalaciones con su correspondiertes informes oficiales de desinfección de toda la instalación (consiste en desinfectar toda la instalación hidraulica de AFCH y ACS, preferentemente antes de la apertura de la instalación al público). Legionella datos Análisis Legionella de un punto aleatorio de la instalación Legionella AFCH datos Análisis Legionella del Agua Fría de Consumo Humano Legionella ACS datos Análisis Legionella del Agua Caliente Sanitaria Legionella PCI datos Análisis Legionella del sistema contraincendios Legionella RIEGO datos Análisis Legionella del sistema de riego por aspersión Legionella FUENTE datos Análisis Legionella de fuente ornamental Legionella PISCINA datos Análisis Legionella de piscina Piscina con Legionella datos Análisis de control agua de piscina y Legionella Piscina datos Análisis de control agua de piscina Aerobios RIEGO datos Análisis bacterias aerobias del sistema de riego por aspersión Aerobios PCI datos Análisis bacterias aerobias del sistema contraincendios Aerobios FUENTE datos Análisis bacterias aerobias de fuente ornamental ARSD datos Análisis de control de Agua de Red Sin Depósito AOCD datos Análisis de control de Agua de Osmosis Con Depósito ARCD datos Análisis de control de Agua de Red Con Depósito Manos datos -----------Aire datos -----------Aceite datos -----------14
Superficie datos Alimento datos Hielo datos Aguas residuales datos Aguas de pozo datos Aguas de captacion datos Aguas completo datos Arena playa datos Limpieza cisterna
--------------------------------------------Análisis de control de Agua de Pozo ---------------------------------Linpieza cisternas / depósitos / aljibes
L’ARQUITECTE TÈCNIC
José Ignacio Jorquera Hervás Eivissa, 9 d’octubre de 2015
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