Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 ANTEPROYECTO DE LEY: 023 PROYECTO DE LEY: 246 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: Q

1 downloads 132 Views 356KB Size

Recommend Stories


Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2012
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2012 ANTEPROYECTO DE LEY: 167 PROYECTO DE LEY: 481 LEY: GACETA OFICIAL: QUE DICTA NORMA

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 ANTEPROYECTO DE LEY: 085 PROYECTO DE LEY: 061 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: P

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 168 ANTEPROYECTO DE LEY: PROYECTO DE LEY: LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE OTO

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 ANTEPROYECTO DE LEY: 148 PROYECTO DE LEY: 129 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE MODIFICA EL NUMERAL 1 DEL ARTÍCULO1 DE LA LEY 4 DE 17 DE MAYO DE 1994 POR LA CUAL SE ESTABLECE EL

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 058 ANTEPROYECTO DE LEY: PROYECTO DE LEY: LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE EST

Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 ANTEPROYECTO DE LEY: 131 PROYECTO DE LEY: 115 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: P

Asamblea Nacional Secretaría General
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 PROYECTO DE LEY: 308 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: FECHA DE PRESENTACIÓN: PROP

Asamblea Nacional Secretaría General
Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2014-2015 PROYECTO DE LEY: 056 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE DICTA EL PRESUPUESTO GEN

Story Transcript

Asamblea Nacional

Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2015-2016 ANTEPROYECTO DE LEY:

023

PROYECTO DE LEY:

246

LEY:

GACETA OFICIAL: TÍTULO:

QUE REGULA LA PROVISIÓN DE SUERO ANTIOFÍDICO EN LOS CENTROS DE SALUD Y OTRAS LOCALIDADES EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ.

FECHA DE PRESENTACIÓN:

3 DE AGOSTO DE 2015.

PROPONENTE:

H.H.D.D.

JUAN

MIGUEL

RÍOS

Y

JUAN

CARLOS

ARANGO.

COMISIÓN:

TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá

ANTEPROYECTO DE LEY Nº023 COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

Honorable Diputado RUBÉN DE LEÓN SÁNCHEZ Presidente Asamblea Nacional

R~spetado

Presidente:

/

En ejercicio de la iniciativa legislativa consagrada en la Constitución Política de la República y el artículo 108 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, actuando en mi condición de Diputado de la República presento para su consideración el Anteproyecto de Ley "Que regula la provisión de suero antiofídico en los centros de Salud y otras localidades en la República de Panamá", el cual merece la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Según el Departamento de Epidemiología del Ministerio de Salud, Panamá registra las mayores tasas de mordeduras de serpientes en Centroamérica, estas cifras se disparan debido a que Panamá tiene menos h~bitantes

que otros países de la región.

En el 2010 ocurrieron 1,530 casos de mordeduras por ofidios, según estadísticas del MINSA. A raíz de esto ocurrieron 18 muertes por contacto traumático con serpientes, de acuerdo a la Contraloría de la República. La comarca Ngabe-Buglé fue la región más afectada por estas mordeduras con siete muertes. Las regiones que más presentan casos son: la provincia de Veraguas, con 450 casos; Coc1é con 258 casos; Panamá Oeste 175 casos y Panamá Metro con 167 casos, según estadísticas del Depmiamento de Epidemiología del MINSA. Según el Centro para Investigaciones y Respuestas en Ofidismo (CEREO), 85 % de las mordeduras de serpientes en Panmná las produce la serpiente Bothropsasper mejor conocida como Equis, "X", terciopelo, víbora negra, vigora blanca, y al menos otros 5 nombres comunes. El) Panamá habitan más de 130 especies, de las cuales 25 son venenosas. Esta a su vez se dividen en dos /

grupos víboras y culebras. El suero antiofídico es un producto biológico que se aplica al humano solamente si es necesario, ya que actúa neutralizando los diversos componentes que tiene el veneno. Se dividen en dos tipos: polivalentes que neutralizan el veneno de varias serpientes y monovalentes que su efectividad es solo para una clase de serpientes.

/

Por otra parte, no se puede saber en cuantos minutos puede morir una persona después que es mordida por una serpiente; sin embargo, se recomienda que el mordido sea atendido de 15 a 20 minutos después del accidente, de lo contrario puede morir. En América Latina, Panamá presenta la mayor incidencia de mordeduras por serpientes en la región con 54-62 casos por 100,000 habitantes. Esto corresponde a 2,000 casos por año, de acuerdo con un informe del doctor Rafael Otero Patiño, sobre "Los aspectos epidemiológicos, clínicos y terapéuticos de las mordeduras de la Bothropsasper", publicado en julio de 2009. Según el informe, la incidencia varía en otros países de la región. En Brasil, por ejemplo, es de entre 12 y 14 casos por 100 mil habitantes; en Costa Rica tiene una incidencia de 16 casos por 100 mil habitantes \

y Colombia seis casos por 100 mil habitantes. 14ildaura Acosta, directora del Centro de Investigación e Información de Medicamentos y Tóxicos (CIMET), dijo que los aspectos ambientales y climáticos y la falta de equipos de protección, son indicios de por qué Panamá presenta más casos de mordeduras de serpientes que otros países de la región. Por todas estas razones se hace necesario dotar con el suero antiofídico de las especies de serpientes más comunes, no solo a los hospitales y centros de salud; sino crear la infraestructura y capacitar al personal para que en las propias comunidades rurales puedan atender estas urgencias.

DIPUTADO DE LA REPUBLICA CIRCUITO 6-3

ANTEPROYECTO DE LEY Nº023 COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ANTEPROYECTO DE LEY NO. De

de 2015.

Que regula la provisión de suero antiofídico en los centros de Salud y otras localidades en la República de Panamá.

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. La Presente Ley tiene por objeto establecer medidas para dotar a las comunidades que lo requieran de la infraestructura y la capacitación para el uso de suero antiofídico fuera de las instituciones hospitalarias.

Artículo 2. Para efectos de la presente Ley, los siguientes ténninos se entenderán en el siguiente tenor: a. Suero Antiofídico: producto biológico utilizado en el tratamiento de picaduras o mordeduras venenosas.

Artículo 3. El Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social deberán dotar a los Centros y Subcentros de Salud con las dotaciones de suero antiofídico que los mismos requieran a fin de atender las personas afectadas por picaduras de serpientes.

Artículo 4. El Ministerio de Salud en conjunto con las Juntas Comunales de comunidades rurales, establecerán un programa de centros de distribución local de suero antiofídico. '¡'

Artículo 5. Para efectos de este Programa el Ministerio de Salud deberá dotar con el suero y la capacitación de Personal para la utilización de los distintos antiofídicos.

Artículo 6. Cada Junta Comunal será responsable de proveer la infraestructura donde se conservará el súero y el personal que se encargará de aplicarlo en caso de que sea necesario.

Artículo 7. La presente Ley regirá a partir de su promulgación.

COMINÍQUESE y CÚMPLASE.

Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional, a los Honorable Diputado.

días del mes de

de 2015, por el

'",' 8 ,

. )::l.'. "

,

.

.

ASAMBLEA NACIONAL

Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social H,D. Jase Luis Castillo Gomez Presidente

Teléfono: 512-8073,512-8102 ext. 8073 / 8034

Panamá, 22 de septiembre de 2015

Honorable Diputado RUBÉN DE LEÓN SÁNCHEZ Presidente Asamblea Nacional E, S, D.

'23

/.¡ IOlr

;;-:_':,-j' ~

Respetado señor Presidente: Debidamente analizado y prohijado por la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social en reunión efectuada el 8 de septiembre de 2015 en e! Salón B-l de! cuarto piso del edificio nuevo de la Asamblea Nacional, le remitimos para los trámites correspondientes el Proyecto de Ley" Que regula la provisión de suero antiofidico en los centros de salud y otras localidades en la República de Panamá", que corresponde al Anteproyecto de ley 23, originalmente presentado por los H.H.D.D, Juan Migue! Ríos y Juan Carlos Arango, En virtud de lo dispuesto en e! Artículo 109 del Reglamento Interno, le solicito se sirva impartir las instrucciones de rigor, con el objeto de que el citado Proyecto sea sometido próximamente a Primer Debate, Atentamente,

R.D . .JOSE

"r.~~STILLO

COMEZ

Presidente de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social

Apartado 0815-01603 Panamá, Rep. de Panamá Palacio Justo Arosemena

23h /u¡jEXPOSICIÓN DE MOTIVOS

5'6r~,-

Según el Departamento de Epidemiología del Ministerio de Salud, Panamá registra las mayores tasas de mordeduras de serpientes en Centroamérica, estas cifras se disparan debido a que Panamá tienen menos habitantes que otros países de la región.

En el 2010 ocurrieron 1,530 casos de mordeduras por ofidios, según estadísticas del MINSA. A raíz de esto ocurrieron 18 muertes por contacto traumático con serpientes, de acuerdo a la Contraloría de la República.

La Comarca Ngabe-Buglé fue la región mas afectada por estas mordeduras con siete muertes. Las regiones que más presentan casos son: la provincia de Veraguas, con 450 casos; Coclé con 258 casos; Panamá Oeste 175 casos y Panamá Metro con 167 casos, según estadísticas del Departamento de Epidemiología del MINSA.

Según el Centro para Investigaciones y Respuestas en Ofidismo (CEREO), 85% de las mordeduras de serpientes en Panamá la produce la serpiente Bothropsasper mejor conocida como Equis "X", terciopelo, víbora negra, víbora blanca, y al menos otros 5 nombres comunes.

En Panamá habitan más de 130 especies, de las cuales 25 son venenosas. Esta a su vez se dividen en dos grupos víboras y culebras.

El suero antiofídico es u producto biológico que se aplica al humano solamente si es necesario, ya que actúa neutralizando los diversos componentes que tiene el veneno. Se dividen cn dos tipos: polivalentes que neutralizan el veneno de varias serpientes y monovalentes que su efectividad es solo para una clase de serpientes.

Por otra parte, no se puede saber en cuanto minutos puede morir una persona después que es mordida por una serpiente; sin embargo, se recomienda que el mordido sea atendido de 15 a 20 minutos después del accidente, de lo contrario puede morir.

En América Latina, Panamá presenta la mayor incidencia de mordeduras por serpientes en la región con 54-62 casos por 100,000 habitantes. Esto corresponde a 2,000 casos por año, de acuerdo con un informe del Dr. Rafael Otero Patiño, sobre "Los aspectos epidemiológicos, clínicos terapéuticos de las mordeduras de la Bothropsasper", publicado enjulio de 2009.

Según el informe, la incidencia varía en otros países de la región. En Brasil, por ejemplo, es de entre 12 y 14 casos por 100 mil habitantes; en Costa Rica tiene una incidencia de 16 casos por 100 mi l habitantes y Colombia seis casos por 100 mil habitantes.

Hildaura Acosta, directora del Centro de Investigación e Información de Medicamentos y Tóxicos

(CIMET), dijo que los aspectos ambientales y climáticos y la falta de equipos de protección, son indicios de por qué Panamá presenta más casos de mordeduras de serpientes que otros países de la región.

Por todas estas razones se hace necesario dotar con el suero antiofídico de las especies de serpiente más comunes, no solo a los hospitales y centros de salud; sino crear la infraestructura y capacitar al personal para que las propias comunidades rurales puedan atender estas urgencias.

PROYECTO DE LEY No.

De

de

septiembre de 2015

;.2.-3h/l1II

5·S!'F'-

Que regula la provisión de suero antiofidico en los centros de Salud y otras localidades en la República de Panamá. LA ASAMBLEA NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1. La Presente Ley tiene por objeto establecer medidas para dotar a las

comunidades que lo requieran de la infraestructura y la capacitación para el uso de suero antiofidico fuera de las instituciones hospitalarias.

Artículo 2. Para efecto de la presente Ley, los siguientes términos se entenderán en el

siguiente tenor: a. Suero Antiofidico: producto biológico utilizado en el tratamiento de picaduras o mordeduras venenosas.

Artículo 3. El Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social deberán dotar a los

Centros y Subcentros de Salud con las dotaciones

de suero antiofidico que los

mismos requerirán a fin de atender las personas afectadas por picaduras de serpientes.

Artículo 4. El Ministerio de Salud en conjunto con las Junas Comunales de

comunidades rurales, establecerán un programa de centros de distribución local de suero antiofidico.

Artículo 5. Para efectos de este Programa el Ministerio de Salud deberá dotar con el

suero y la capacitación y el Personal para la utilización de los distintos antiofidico

Artículo 6. Cada Junta Comunal será responsable de proveer la infraestructura donde

se conservará el suero y el personal que se encargará de aplicarlo en caso de que sea necesano.

Artículo 7. La presente Ley regirá a partir de su promulgación.

COMUNIQUESE y CUMPLASE

Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional, hoy

de

de2015.

POR LA COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

~~ H.D. JOSE qJIS CASTILLO GOMEZ Presidente

H.D. MARIO LAZARUS Vicepresidente I ,/'

./

/

/.,

H.D. JORGE IV ÁN ARROCHA Secretario l

fie. ~~.LADOLFO V:hDERRAMA com. is.iq ad\

H.D. CRISPIANO ADAMES N. Comisionado

.~/1

,i

H.D~~IL

comi;¡;~¡tla

N

v:

LLARINO

H.D. ZULAY RODRIGUEZ LU Comisionada

.~'

/

-

',,1

H.D. FERNAN O CARRILLO Comisionado

H.D. MARIA DELGADO Comisionada

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.