AUTO ASUNTO : POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN HONORARIOS DEL LIQUIDADOR

SUPERSOCIEDADES N.I.T. / C.C. Expediente Nombre Dependencia Trámite Folios Fecha Tipo Documento Superintendencia de Sociedades ■ BOGOTA Radicación N

2 downloads 104 Views 272KB Size

Recommend Stories


AUTO No. POR MEDIO DEL CUAL SE ABRE UNA INDAGACION PRELIMINAR DE CARACTER ADMINISTRATIVA AMBIENTAL SANCIONATORIA
POR 134 - 0073 Comore' O OMA y ~NT N 1 7 NAR 2015 AUTO No. 0 POR MEDIO DEL CUAL SE ABRE UNA INDAGACION PRELIMINAR DE CARACTER ADMINISTRATIVA AMBIE

AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO DE REORGANIZACION
AUTO SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, BOGOTA D.C. SOCIEDAD: BEBIDA LOGISTICA SAS NIT: 830.092.015 ASUNTO: POR MEDIO DEL CUAL SE ADMITE AL PROCESO

PROYECTO DE ACUERDO No. POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL
PROYECTO DE ACUERDO No. POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL PROYECTO DE ACUERDO No. ____ POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DES

POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL ESTATUTO TRIBUTARIO PARA EL MUNICIPIO DE ARMENIA
1 ACUERDO No. 027 Diciembre 20 de 2005 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL ESTATUTO TRIBUTARIO PARA EL MUNICIPIO DE ARMENIA” EL HONORABLE CONCEJO DEL M

ACUERDO MUNICIPAL NO DEL 2001 "Por medio del cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Tunja"
1 Plan de Ordenamiento Territorial de Tunja DEL 2001 ACUERDO MUNICIPAL NO. 0014 "Por medio del cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial del

Story Transcript

SUPERSOCIEDADES N.I.T. / C.C. Expediente Nombre Dependencia Trámite Folios Fecha Tipo Documento

Superintendencia de Sociedades

■ BOGOTA Radicación No.:2014-01-260460 860036191 56116 TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACION JUDICIAL GRUPO DE LIQUIDACIONES 17007 - CÁLCULO Y FIJACIÓN DE HONORARIOS LIQUIDADO 5 Anexos: NO Término: 21/05/2014 21/05/2014 Hora : 07:59 PM AUTO Número: 400-007393

“Al contestar Cite el No. de radicación de este Documento”

AUTO SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, BOGOTA, D. C. SOCIEDAD

:

TAG FLOWERS S. A., EN LIQUIDACION JUDICIAL

APERTURA

:

400-020625 DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2013

LIQUIDADOR :

GERMÁN DARÍO OLANO ORTIZ

ASUNTO

POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN HONORARIOS DEL LIQUIDADOR

I.

:

ANTECEDENTES:

Mediante Auto 400-020625 del 9 de diciembre de 2013, se decretó la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL. Con Auto Auto 400-004751 del 1 de abril de 2014, este Despacho aprueba la calificación y graduación de los créditos, reconoce los derechos de voto y aprueba el inventario valorado por valor de $2.690.081.450. Dicha providencia se encuentra debidamente ejecutoriada. A través de los escritos radicados en esta Entidad bajo los números 2014-01-225921 y 2014-01-254095 del 5 y 20 de mayo de 2014, el liquidador informa sobre la venta de los activos por unidad de empresa de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, e ingresos adicionales por valor total $3.021.000.000, y solicita le sean fijados sus honorarios y se Autorice el pago parcial de los mismos correspondiente al 40%, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23 y 24 del Decreto 962 de 2009. Por medio de radicado 2014-01-225921 del 5 de mayo de 2014, el liquidador solicita, el 10% adicional a los honorarios fijados, por cuanto la venta de los activos de la sociedad concursada fue realizada como unidad de explotación económica, en virtud del parágrafo 2° del artículo 23 del Decreto 962 de 2009. II.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO:

El artículo 23 del citado Decreto prescribe que para la fijación de honorarios de los liquidadores en procesos de liquidación judicial, se establecen las siguientes categorías de los deudores objeto del proceso del concurso, según el monto de activos a la fecha de la solicitud así: CATEGORIAS

Criterios Activos en SMLMV

A B

45.001 en adelante Entre 10.001 - 45.000

C

Hasta 10.000

En el mismo artículo 23 señala que en ningún caso la remuneración del liquidador podrá exceder del seis por ciento (6%) del valor de los activos del deudor insolvente, sin ser inferiores a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV) ni superiores a dos mil trescientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.300 SMLMV), conforme a los siguientes rangos: .PROSPERIDAD I PARA TODOS

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL 942-3506000/3506001/2/3, MANEALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32-39 PISO 2 TEL 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-14 TEL 975-716190/717985, BUCARAMANGA NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2.1 TORRE 3 OFC 352 TEL: 976-321541/44. SA N A N DR E S AV DA CO L O N No 2-25 E D I F I C I O BR EA D F RU I T O FC 203-204 TEL 098-51 21 720 www supersociedades gov co / Web [email protected] gov co - Colombia

2/5 AUTO

Superintendencia de Sociedades

REMUNERACIÓN RANGOS POR CATEGORÍAS

RANGOS PARA FIJAR LA REMUNERACIÓN

ACTIVOS EN SMLMV

A

45.001 en adelante

B

Entre 10.001 - 45.000

C

Hasta 10.000

Hasta el mayor a Hasta el mayor a

6% sin que sea menor a 1800 ni 2300 SMLMV 6% sin que sea menor a 600 ni 1800 SMLMV

Mínimo 20 SMLMV Hasta el 6% sin que sea mayor a 600 SMLMV

En todo caso el Juez del concurso al momento de asignar la remuneración deberá fijarla en proporción del monto total de los activos y respetando los rangos establecidos anteriormente.

DETERMINACIÓN DEL ACTIVO PATRIMONIAL LIQUIDABLE 1.

El activo del deudor insolvente para efecto del cálculo de los honorarios del liquidador estará compuesto por el valor de venta o de adjudicación de los bienes inventariados, el recaudo de cartera y por el dinero existente (parágrafo 1° del artículo 23 del aludido Decreto).

2.

El artículo 31 del Decreto señala que para los efectos de la aplicación de los artículos 8, 24, 27 y 32 del mismo, el activo se determinará sin tener en cuenta los siguientes rubros: a) Crédito mercantil formado, b) Marcas formadas, c) Know how, d) Derechos litigiosos, e) Good will formado, f) Activos diferidos, g) Cartera de más de 360 días de vencida, h) Cuentas por cobrar a socios no garantizadas, y i) Valorizaciones.

3.

El liquidador que realice operaciones de conservación del activo en los términos del artículo 48 numeral 2 de la ley 1116 de 2006, para el mantenimiento de la empresa como unidad de explotación económica, si estas implican un acuerdo de reorganización dentro del proceso de liquidación judicial o la venta de la empresa como unidad de explotación económica, previa consideración del Juez del concurso, tendrá derecho a que se incremente en un diez por ciento (10 %) el valor de sus honorarios, siempre y cuando no sea superior al máximo previsto en esta ley.

El valor del activo patrimonial liquidable de la sociedad concursada ascendió a la suma de $3.021.000.000, de conformidad con lo informado por el liquidador en el escrito con radicado 2014-01-254095 del 20 de mayo de 2014. FIJACIÓN Y PAGO DE HONORARIOS DEFINITIVOS DE LA LIQUIDACIÓN El artículo 24 del Decreto 962 de 2009, dispone que los honorarios del liquidador siempre y cuando el activo del deudor insolvente sea mayor de quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (500 SMLMV) serán fijados por el juez del concurso, según la tabla de que trata el artículo anterior, y se pagarán así: “Veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV), al vencimiento del término para presentación de los créditos. .PROSPERIDAD I PARA TODOS

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL: 942-3506000/3506001/2/3, MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL: 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32-39 PISO 2 TEL 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-14 TEL 975-716190/717985, BUCARAMANGA NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2.1 TORRE 3 OFC 352 TEL: 976-321541/44. SA N A N DR E S AV DA CO L O N No 2 -25 E D I F I C I O BR EA D F RU I T O F C 203-204 T EL 098-51 21 720 www supersociedades gov co / Web [email protected] gov co - Colombia

3/5 AUTO

Superintendencia de Sociedades

Una vez quede ejecutoriada la providencia de aprobación de calificación y graduación de créditos, se fijará y pagará el cuarenta por ciento (40%) del valor total de los honorarios, fijados con base en el valor del activo valorado, deduciendo los veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 smlmv) pagados al momento de la presentación de los créditos. Una vez proferida la providencia que apruebe las cuentas finales, se pagará el sesenta por ciento (60%) del valor total de los honorarios del liquidador, o el saldo resultante luego de deducir los dos pagos anteriores, en caso de que el liquidador enajene los activos por un mayor valor al del avalúo, se ajustará el valor de los honorarios fijados en la proporción correspondiente.". Una vez obtenido el activo patrimonial liquidable, se establece la categoría a la que pertenece la sociedad para efectos de la fijación de los honorarios definitivos de la liquidación así: ACTIVO PATRIMONIAL LIQUIDABLE

SALARIO MÍNIMO LEGAL MENSUAL VIGENTE

PATRIMONIO LIQUIDABLE/ S.M.L.M.V.

SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES

$3.021.000.000

$616.000

$3.021.000.000/616.000

4.904

De acuerdo con lo anterior y con la clasificación de la sociedad dependiendo su patrimonio liquidable, descrita en la tabla del artículo 23 del Decreto 962 de 2009, la misma pertenece a la categoría C por cuanto su activo patrimonial liquidable equivale a 4.904 salarios mínimos legales mensuales vigentes: mínimo 20 SMLMV hasta el 6% sin que sea mayor a 600 SMLMV. Así las cosas, el Despacho estima fijar para la liquidación de los honorarios definitivos de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, el 6% de los activos, esto es la suma de CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL PESOS M/CTE ($181.260.000) considerando que dicho reconocimiento refleja de manera justa el desempeño del liquidador, traducido en las siguientes actividades: S El proceso de liquidación se apertura el 9 de Diciembre de 2013, por lo cual el proceso lleva 5 meses aproximadamente. S Por Auto 405-004200 del 20 de marzo de 2014,se reconoce los créditos, establece derechos de voto y aprueba inventario valorado por valor de $2.690'081.450. S El liquidador reporta sobre la venta del activo como unidad de explotación económica por valor de $2.900^000.000, siendo el valor de la venta mayor que el del avalúo. S Por medio de radicado 2014-01-254095, el liquidador certifica sobre la recuperación de cartera por valor de $45^000.000, así como los ingresos por arrendamiento por valor total de $76.000.000, lo anterior para un total de $121^000.000 adicionales. Como quiera que el liquidador pertenece al régimen común, deberá aplicar con cargo a la concursada el 16% de IVA sobre el valor de los honorarios definitivos, esto es la suma de VENTINUEVE MILLONES UN MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($29^001.600). Por lo tanto, los honorarios finales totales ascienden a la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE. ($210^261.600).

VENTA DE ACTIVOS COMO UNIDAD DE EXPLOTACIÓN ECONOMICA .PROSPERIDAD I PARA TODOS

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL 942-3506000/3506001/2/3, MANEALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR 7 # 32-39 PISO 2 TEL 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-14 TEL 975-716190/717985, BUCARAMANGA NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2 1 TORRE 3 OFC 352 TEL 976-321541/44 SA N A N DR E S AV DA CO L O N No 2 -25 E D I F I C I O BR EA D F RU I T O F C 203-204 T EL 098-51 21 720 www supersociedades gov co / Web master@supersociedades gov co - Colombia

4/5 AUTO

Superintendencia de Sociedades

En cuanto a la solicitud incoada por el liquidador en el escrito 2014-01-225921 del 5 de mayo de 2014, respecto del 10% adicional a los honorarios fijados, por realizar la venta de los bienes de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, este Despacho encuentra que de acuerdo a la propuesta anexa al citado escrito, la enajenación de los bienes de la sociedad el liquidación fue realizada como unidad de explotación económica por valor de $2.900.000.000, por lo tanto se ajusta a los establecido en el parágrafo 2° del artículo 23 del Decreto 962 de 2009. Teniendo en cuenta lo anterior, el Despacho considera procedente Autorizar el incremento del valor de los honorarios antes fijados en un 10%, advirtiendo que con el presente incremento los honorarios del liquidador no superan el máximo permitido esto es 600 SMLMV. Por lo tanto, los honorarios totales del liquidador ascienden a la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS M/CTE $231'287.760. Teniendo en cuenta, que a la fecha la sociedad en liquidación cuenta con activos disponibles, el Despacho autorizará el pago del 40% de los mismos, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 962 de 2009. Para atender el pago del 40% de los honorarios, esto es la suma de NOVENTA Y DOS MILONES QUINIENTOS QUINCE MIL CIENTO CUATRO PESOS MC/TE $92^515.104, se ordenará al Grupo de apoyo Judicial en fraccionamiento del título de depósito judicial número 400100004535560 por valor de $300.000.000, en tres (3) títulos así: Uno por valor de $92^515.104, para que sea endosado y entregado al doctor GERMÁN DARÍO OLANO ORTIZ, como pago del 40% de los honorarios que por la presente providencia se Autorizan al liquidador de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL. Otro por la suma de $138.772.656, a nombre de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, correspondiente al 60% de los horarios finales, el cual quedará a órdenes de este Despacho y se pagará una vez aprobada la rendición final de cuentas del proceso. Otro por la suma de $68712.240, a nombre de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, el cual quedara a órdenes de este Despacho. En mérito de lo expuesto la Superintendente Delegada para los Procedimientos de Insolvencia,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- FIJAR los honorarios definitivos del liquidador de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, el 6% de los activos, esto es la suma de CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL PESOS M/CTE ($181 '260.000), más VENTINUEVE MILLONES UN MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($29^001.600) por concepto de IVA, para un total de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE. ($210'261.600), como honorarios definitivos de la liquidación de la sociedad concursada, en los términos del artículo 23 del Decreto 962 de 2009 y de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa de la presente providencia. .PROSPERIDAD I PARA TODOS

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL 942-3506000/3506001/2/3, MANEALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR 7 # 32-39 PISO 2 TEL 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-14 TEL 975-716190/717985, BUCARAMANGA NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2 1 TORRE 3 OFC 352 TEL 976-321541/44 SA N A N DR E S AV DA CO L O N No 2 -25 E D I F I C I O BR EA D F RU I T O F C 203-204 T EL 098-51 21 720 www supersociedades gov co / Web master@supersociedades gov co - Colombia

5/5 AUTO

Superintendencia de Sociedades

ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR el pago del incremento del valor de los honorarios antes fijados en un 10%, por la venta de los activos como unidad de explotación económica, en valor de VENTIUN MILLONES VENTISEIS MIL CIENTO SESENTA PESOS ($21'026.160), por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia. PARÁGRAFO.- El total de los honorarios del liquidador de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL asciende a la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS M/CTE ($231 '287.760). ARTÍCULO TERCERO.-AUTORIZAR el pago del 40% de los honorarios que por la presente providencia se fijan, esto es la suma de NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL CIENTO CUATRO PESOS M/CTE $92'515.104, al doctor GERMÁN DARÍO OLANO ORTIZ, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 962 de 2009. ARTÍCULO CUARTO.- ORDENAR al Grupo de Apoyo el fraccionamiento del título de depósito judicial n.° 400100004535560 por valor de $300'000.000, en tres (3) títulos así: Uno por valor de $92'515.104, para que sea endosado y entregado al doctor GERMÁN DARÍO OLANO ORTIZ, como pago del 40% de los honorarios que por la presente providencia se autorizan al liquidador de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL. Otro por la suma de $138'772.656, a nombre de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, correspondiente al 60% de los horarios finales, el cual quedará a órdenes de este Despacho y se pagará luego de aprobada la rendición final de cuentas del proceso. Otro por la suma de $68'712.240, a nombre de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, el cual quedara a órdenes de este despacho. ARTÍCULO QUINTO ADVERTIR.- al doctor GERMÁN DARÍO OLANO ORTIZ, liquidador de la sociedad TAG FLOWERS S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, que bajo ninguna circunstancia podrá pagarse el valor del 60% de los honorarios definitivos hasta la firmeza del Auto que apruebe la rendición de cuentas finales. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA,

ANGELA MARIA ECHEVERRI RAMIREZ Superintendente Delegada para Procedimientos de Insolvencia TRD: Actuación Rad 2014-01-225921, 2014-01-243215 y, 2014-01-254095

.PROSPERIDAD I PARA TODOS

Dep 405

BOGOTA DC AVENIDA EL DORADO No 51-80 PBX 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA 018000114319 Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000 BARRANQUILLA CRA 57 # 79-10 TEL 953-454495/454506 MEDELLIN CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL 942-3506000/3506001/2/3 MANIZALES CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL 968-847393-847987 CALI CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL 6880404 CARTAGENA TORRE RELOJ CR 7 # 32-39 PISO 2 TEL 956-646051/642429 CUCUTA AV 0 (CERO) A # 21-14 TEL 975-716190/717985 BUCARAMANGA NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VIAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2 1 TORRE 3 OFC 352 TEL 976-321541/44 SA N A N DR E S AV DA CO L O N No 2 -25 E D I F I C I O BR EA D F RU I T O F C 203-204 T EL 098-51 21 720 www supersociedades gov co / Web master@supersociedades gov co - Colombia

Func H7664

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.