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AYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N° 681 SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012 Ud. ha accedido al Formulario Virtual N° 0681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012. - Este Formulario Virtual sólo debe ser presentado por contribuyentes que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones: 1. Deban declarar Rentas de la Primera Categoría, la cual puede ser obtenida por el arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso a título oneroso de bienes inmuebles y muebles. 2. Deban declarar Rentas de Trabajo, que comprende Rentas de la Cuarta Categoría y Quinta Categoría, es decir, rentas obtenidas por el trabajo prestado en forma independiente o dependiente, respectivamente. 3. Deban declarar conjuntamente las Rentas indicadas en el punto 1 y 2.
Recuerde que: No podrá utilizar el Formulario Virtual N° 0681 si por el ejercicio gravable 2012 se encuentra en algunas de las siguientes situaciones: a. Deduzca gastos por donaciones a que se refiere el artículo 49° de la Ley del Impuesto a la Renta. b. Deduzca pérdidas tributarias sobre las rentas netas de primera categoría o rentas netas del trabajo. c. Arrastre saldos a su favor del Impuesto a la Renta de años anteriores y lo aplique contra el Impuesto anual que está declarando. d. Deseen presentar una declaración sustitutoria o rectificatoria de su declaración de renta anual 2012. Las referidas declaraciones, deberán realizarse a través del PDT 0681 Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas.
- Este Formulario consta de cuatro secciones:
DATOS GENERALES
RENTAS DE CAPITAL (PRIMERA CATEGORÍA)
RENTAS DEL TRABAJO (CUARTA Y QUINTA CATEGORÍA)
DETERMINACIÓN DE LA DEUDA
Estas secciones, con excepción de Datos Generales, contienen información en detalle de sus rentas, pagos directos y retenciones, correspondientes al presente Ejercicio 2012, obtenida de sus declaraciones y pagos mensuales, así como las declaraciones de sus empleadores, contratantes o clientes.
- La información se encuentra actualizada hasta el 31 de enero del 2013. - Usted deberá verificar la información mostrada y en caso encontrarse conforme con ella podrá presentar su declaración mediante esta opción. - Por el contrario, si usted no encuentra información o no se encuentra conforme con la información mostrada en las secciones de la declaración y requiere completarla o hacer alguna modificación para efectos de presentar su declaración, no deberá utilizar este Formulario Virtual N° 0681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012, sino deberá presentar su declaración a través del PDT N° 0681. - Si usted tiene exclusivamente rentas de quinta categoría no deberá presentar la Declaración Jurada Anual, por lo que no se le mostrará información en este aplicativo. - Si usted ha realizado la presentación de su Declaración Jurada Anual a través del PDT 681, no podrá utilizar el Formulario Virtual N° 681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012. De requerir sustituir o rectificar la referida Declaración, deberá efectuarlo a través del PDT 0681. - Le sugerimos tener presente las siguientes Instrucciones al momento de verificar la información que aparece consignada en cada casilla del Formulario:
DATOS GENERALES Casilla 007: En esta casilla el sistema consignará automáticamente el período 132012. A continuación se le mostrará los tipos de renta que usted podrá seleccionar: Rentas de Capital (Primera Categoría) Rentas de Trabajo Para continuar, es obligatorio que seleccione al menos uno de los tipos de renta. Será posible que después de haber seleccionado el tipo de renta, usted pueda modificarla o cambiarla, pero debe tomar en cuenta que de modificar o cambiar el tipo de renta, se deshabilitará la pestaña correspondiente a la renta que ya no se seleccione y se perderá la información de la columna correspondiente en Determinación de la Deuda.
RENTAS DEL CAPITAL (PRIMERA CATEGORÍA) Casilla 100: RENTA BRUTA ORIGINADA POR EL ARRENDAMIENTO SUBARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES O MUEBLES DECLARADOS
O
En esta casilla se le muestra la información de la Renta Bruta por concepto de arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles o muebles, siempre que estos hayan sido declarados y pagados a la SUNAT hasta el 31 de enero de 2013. Casilla 502: DEDUCCIÓN (20% del monto consignado en la casilla 100) El sistema calcula y le muestra el importe de la deducción que corresponde al 20% del monto consignado en la Casilla 100. Casilla 515: RENTA NETA ORIGINADA POR EL ARRENDAMIENTO SUBARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES O MUEBLES DECLARADOS
O
El sistema le muestra el monto resultante (Casilla 100 – Casilla 502).
DETERMINACIÓN DE LA DEUDA Casilla 153: IMPUESTO A LA RENTA El Impuesto se determina de la siguiente manera:
Renta Imponible de Primera Categoría
Tasa Aplicable (%)
Importe Resultante de la Casilla 515
6.25 %
Casilla 133: PAGO DIRECTO DEL IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA En esta casilla se le muestra la sumatoria de los pagos mensuales por Rentas de Primera Categoría correspondientes al ejercicio 2012. Usted podrá visualizar los siguientes datos correspondientes a los pagos efectuados: -
Período tributario. Número de formulario. Número de orden o de operación. Fecha de pago. Monto de pago, el cual no incluye intereses. Monto gravado.
Casilla 159: SALDO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE En caso corresponda, el sistema le mostrará en esta casilla el saldo a favor del contribuyente que haya resultado, el cual se obtiene de la diferencia entre: Casilla 153 –
Casilla 133. Si el importe de la Casilla 153 es menor que el importe de la Casilla 133, entonces habrá Saldo a Favor del Contribuyente. Dicho Saldo a Favor del Contribuyente podrá ser devuelto o aplicado contra futuros pagos a cuenta y/o regularización. Para tal efecto, deberá seleccionar una de las siguientes opciones: Devolución Aplicación contra futuros pagos a cuenta y/o regularización
Importante: En caso seleccione “Devolución”, se le mostrará automáticamente el enlace web con el link hacia un módulo donde podrá presentar su Solicitud de devolución vía Internet (Formulario 1649).
Casilla 161: SALDO A FAVOR DEL FISCO En caso corresponda, el sistema le mostrará en esta casilla el Saldo a Favor del Fisco que haya resultado, el cual se obtiene de la diferencia entre: Casilla 153 – Casilla 133. Si el importe de la Casilla 153 es mayor que el importe de la Casilla 133, entonces habrá Saldo a Favor del Fisco. Casilla 162: PAGOS CONTRA EL SALDO A FAVOR DEL FISCO Consigne en esta casilla los pagos contra el Saldo a Favor del Fisco realizados antes de la presentación de este formulario. Se consideran los pagos efectuados mediante documentos valorados, Boleta de pago 1662, físico o virtual, o Boleta de Pago 1663, según corresponda, donde se consigne el código de tributo 3072 y periodo tributario 13/2012. Casilla 163: INTERÉS MORATORIO En caso de presentar este formulario fuera del plazo establecido por la Administración Tributaria, consigne el monto de los intereses moratorios, calculados desde el día siguiente de la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago inclusive, multiplicando el monto del tributo impago por la Tasa de Interés Moratorio (TIM) diaria vigente. La TIM diaria resulta de dividir la TIM vigente entre treinta (30). La TIM vigente es 1,2% mensual.
Casilla 164: SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA El sistema calcula automáticamente el saldo de la deuda tributaria, que es el monto total de la deuda tributaria que le corresponde pagar por la declaración que está presentando (Casilla 161 – Casilla 162 + Casilla 163). Casilla 166: IMPORTE A PAGAR Consignar en esta casilla el importe a pagar. Se permite montos mayores o iguales a cero. En caso consigne un importe a pagar menor al saldo de la deuda tributaria, SUNAT le podrá emitir y notificar una Orden de Pago en su buzón electrónico de SUNAT Operaciones en Línea.
RENTAS DEL TRABAJO Casilla 107: RENTA BRUTA OBTENIDA POR EL EJERCICIO INDIVIDUAL (Profesión, arte, ciencia u oficio) En esta casilla se le muestra el monto de los ingresos percibidos en el año 2012 por el ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio o actividades no incluidas expresamente en la tercera categoría. Podrá visualizar el detalle de los siguientes datos: -
Identificación del pagador de la renta (tipo y número de documento de identificación, así como apellidos y nombres o denominación o razón social) Mes de percepción del ingreso. Número y fecha de emisión de Recibo por Honorarios o Nota de Crédito. Ingreso atribuido.
Casilla 507: DEDUCCIÓN (20% del monto consignado en la Casilla 107 - Maximo S/. 87,600) El sistema calcula y le muestra el importe de la deducción que corresponde al 20% del monto consignado en la Casilla 107 con el límite máximo de 24 Unidades Impositivas Tributarias - UIT (S/. 87,600 para el 2012). Casilla 508: RENTA NETA OBTENIDA POR EL EJERCICIO INDIVIDUAL (profesión, arte, ciencia u oficio) El sistema muestra el monto resultante (Casilla 107- Casilla 507).
Casilla 108: OTRAS RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA En esta casilla se le muestra el monto de los ingresos percibidos en el año 2012 por funciones tales como director, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares; incluyendo las dietas que perciben los regidores de las municipalidades o consejeros regionales. Podrá visualizar el detalle de los siguientes datos: -
Identificación del pagador de la renta (tipo y número de documento de identificación, así como apellidos y nombres o denominación o razón social) Mes de percepción del ingreso. Ingreso atribuido.
Casilla 509: TOTAL RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA El sistema le muestra el monto resultante (Casilla 508 + Casilla 108). Casilla 111: TOTAL RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA: En esta casilla se le muestra el monto de los ingresos percibidos en el año 2012 por rentas de quinta categoría, es decir, la obtenida por el trabajo prestado en forma dependiente. Podrá visualizar el detalle de los siguientes datos: -
Identificación del pagador de la renta (tipo y número de documento de identificación, así como apellidos y nombres o denominación o razón social) Mes de percepción del ingreso. Remuneración mensual percibida.
Casilla 510: TOTAL RENTAS DE CUARTA Y QUINTA CATEGORÍA El sistema le muestra el monto resultante (Casilla 509 + Casilla 111). Casilla 511: DEDUCCIÓN DE 7 UIT (Hasta el límite resultante de la Casilla 510) El sistema calcula y le muestra el monto de la deducción (S/. 25,550). La deducción no podrá superar el límite de la Casilla 510. Casilla 512: TOTAL RENTA NETA DE CUARTA Y QUINTA CATEGORÍA El sistema le muestra el monto resultante (Casilla 510 - Casilla 511)
Casilla 522: DEDUCCIÓN POR IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERASITF: En esta casilla aparece el monto de ITF que le hubiera sido retenido durante el año 2012 de acuerdo a lo informado por las entidades del sistema financiero. Podrá visualizar el detalle de los datos de identificación de la entidad bancaria o financiera, así como el monto retenido al 31/12/2012. La alícuota del ITF es de 0.005%. También puede visualizar la información de las retenciones del ITF que le hubieran efectuado por el año 2012, ingresando a SUNAT Operaciones en Línea con su Clave Sol y ubicar en el menú la opción de “Otras declaraciones y solicitudes”. Casilla 517: RENTA NETA IMPONIBLE DE TRABAJO (CUARTA Y QUINTA CATEGORÍA) El sistema le muestra el monto resultante (Casilla 512 – Casilla 522).
DETERMINACIÓN DE LA DEUDA Casilla 120: IMPUESTO A LA RENTA El Impuesto se determina aplicando la siguiente escala:
Renta Imponible de Trabajo
Tasa Aplicable (%)
Hasta
27 UIT (S/. 98,550)
15 %
Por el exceso de
27 UIT (S/. 98,550)
21 %
y hasta
54 UIT (S/. 197,100)
Por el exceso de
54 UIT (S/. 197,100)
30 %
Casilla 127: PAGO DIRECTO DEL IMPUESTO A LA RENTA DE CUARTA CATEGORÍA
En esta casilla se le muestra el monto de los pagos mensuales (sin incluir intereses), saldos a favor realizados, saldos del exportador aplicados u otros créditos correspondiente al año 2012. Usted podrá visualizar los siguientes datos correspondientes a los pagos efectuados: -
Período tributario. Número de formulario. Número de orden o de operación. Fecha de pago. Saldo a favor aplicado. Saldo a favor del exportador aplicado. Otros créditos aplicados. Monto de pago, el cual no incluye intereses.
Casilla 128: PAGO DIRECTO DEL IMPUESTO A LA RENTA DE QUINTA CATEGORÍA En esta casilla se muestra el monto de los pagos directos mensuales que se hayan efectuado (sin incluir intereses) correspondiente al año 2012. Podrá visualizar el detalle de los datos correspondientes a los pagos efectuados, tales como número de formulario, período tributario, número de orden o de operación, fecha de pago y pago sin interés. Casilla 130: IMPUESTO RETENIDO SOBRE RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA En esta casilla se muestra el monto de las retenciones de cuarta categoría correspondiente al año 2012. Usted podrá visualizar los siguientes datos correspondientes a los pagos efectuados: -
Identificación del pagador de la renta (Número de RUC, así como apellidos y nombres o denominación o razón social) Período tributario. Monto retenido.
Casilla 131: IMPUESTO RETENIDO SOBRE RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA En esta casilla se muestra el monto de las retenciones de quinta categoría correspondiente al año 2012. Usted podrá visualizar los siguientes datos correspondientes a los pagos efectuados: -
Identificación del pagador de la renta (Número de RUC, así como apellidos y nombres o denominación o razón social) Período tributario. Monto retenido.
Casilla 141: A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE
En caso corresponda, el sistema le mostrará en esta casilla el Saldo a Favor del Contribuyente que haya resultado, el cual se obtiene de la diferencia entre: Casilla 120 – Casilla 127 – Casilla 128 – Casilla 130 – Casilla 131, es decir, en el caso de que los pagos directos y las retenciones sean mayores al Impuesto a la Renta calculado. Dicho Saldo a Favor del Contribuyente podrá ser devuelto o aplicado contra futuros pagos a cuenta y/o regularización. Para tal efecto, deberá seleccionar una de las siguientes opciones: Devolución Aplicación contra futuros pagos a cuenta y/o regularización
Importante: En caso seleccione “Devolución”, se le mostrará automáticamente el enlace web con el link hacia un módulo donde podrá presentar su Solicitud de devolución vía Internet (Formulario 1649).
Casilla 142: A FAVOR DEL FISCO En caso corresponda, el sistema le mostrará en esta casilla el Saldo a Favor del Fisco que haya resultado, el cual se obtiene de la diferencia entre: Casilla 120 – Casilla 127 – Casilla 128 – Casilla 130 – Casilla 131, es decir, en el caso de que los pagos directos y las retenciones sean menores al Impuesto a la Renta calculado. Casilla 144: PAGOS CONTRA EL SALDO A FAVOR DEL FISCO Consigne en esta casilla los pagos contra el Saldo a Favor del Fisco realizados antes de la presentación de este formulario. Se consideran los pagos efectuados mediante documentos valorados, Boleta de pago 1662, físico o virtual, o Boleta de Pago 1663, según corresponda, donde se consigne el código de tributo 3073 y periodo tributario 13/2012. Casilla 145: INTERÉS MORATORIO En caso de presentar este formulario fuera del plazo establecido por la Administración Tributaria, consigne el monto de los intereses moratorios, calculados desde el día siguiente de la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago inclusive, multiplicando el monto del tributo impago por la Tasa de Interés Moratorio (TIM) diaria vigente. La TIM diaria resulta de dividir la TIM vigente entre treinta (30). La TIM vigente es 1,2% mensual.
Casilla 146: SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA
El sistema calcula automáticamente el saldo de la deuda tributaria, que es el monto total de la deuda tributaria que le corresponde pagar por la declaración que está presentando. (Casilla 142 – Casilla 144 + Casilla 145). Casilla 168: IMPORTE A PAGAR Consignar en esta casilla el importe a pagar. Se permite montos mayores o iguales a cero. En caso consigne un importe a pagar menor al saldo de la deuda tributaria, SUNAT le podrá emitir y notificar una Orden de Pago en su buzón electrónico de SUNAT Operaciones en Línea.