b) Ayudas a la contratación indefinida (entidades sin ánimo de lucro):

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO C/Hernán Cortes 9-3º (Palacio Macho) 39003 Santander Tel. 942 207 508 – Fax 942

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CONSEJERÍA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO C/Hernán Cortes 9-3º (Palacio Macho) 39003 Santander Tel. 942 207 508 – Fax 942 206 941

b) Ayudas a la contratación indefinida (entidades sin ánimo de lucro): EXP NIF/NIE/CIF APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL 175/15D29 G39041710 ASOCIACION AMICA 174/15D29 G39041710 ASOCIACION AMICA ASOCIACION INSTITUTO EUROPEO ESTUDIOS 277/15D29 G39383526 FORMACION Y DESARROLLO ASOCIACION MONTAÑESA DE AYUDA AL 50/15D29 G39049366 TOXICOMANO-AMAT 556/15D29 G28309862

ASOCIACION NUEVO FUTURO

540/15D29 221/15D29 313/15D29 71/15D29

CAMINANDO ASOCIACION DAÑO CEREBRAL CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ARENAL DE GOLF COMUNIDAD DE PROPIETARIOS COSANTRA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FUENTE DE CACHO

G39669676 G39774666 H39270590 H39013693

TRABAJADOR/A PROGRAMA GARCIA PEREZ, MANUEL PII LANZA GARCIA, Mª DE LOS ANGELES PII

CONCEDIDO 2.500,00 € 1.607,50 €

COTERILLO PEREZ, AMPARO

PII

1.250,00 €

ORTEGA CARPIO, DIANA

PII

937,50 €

PII

1.750,00 €

PII PI PII PI

187,50 € 5.000,00 € 2.500,00 € 8.000,00 €

GONZALEZ MEDIALDEA, ANA CARMEN NARVAEZ TRUEBA, MARIO VILLAHOZ RUIZ, JESUS NOREÑA CALOCA, JOSE LUIS RUIZ BLANCO, CARLOS

2.- Las subvenciones concedidas en Resolución son objeto de financiación por el Gobierno de Cantabria y de cofinanciación por el Fondo Social Europeo en un 50%, y la inclusión del peticionario en la lista pública, de conformidad con el artículo 115.2 y el anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. 3.- Se acuerda asimismo, DENEGAR, las siguientes solicitudes de subvención: a) Ayudas a la contratación indefinida (empresas privadas):

EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

307/15D29 A39031620 3L INTERNACIONAL, S.A.

TRABAJADOR/A ARRUE ELORZA, MANUEL

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de 25

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

308/15D29 A39031620 3L INTERNACIONAL, S.A.

91/15D29 13732293M AJA BLANCO, FERMIN

427/15D29 B39408166 ANERO GESTION DE NEGOCIOS, S.L.

MATARREDONA AGUADO, DANIEL CARLOS

MARTINEZ HERRERO, JOSE ANTONIO

FERNANDEZ BARATA, VALVANUZ

Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 19.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ""Será acción subvencionable la contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada de trabajo no sea inferior al 33% de la jornada de trabajo ordinaria". Supuesto de exclusión contemplado en el artículo 4. e) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "Las contrataciones indefinidas de personas trabajadoras que hayan estado vinculadas laboralmente con la misma empresa o grupo de empresas y no hayan transcurrido al menos (...) doce meses entre la baja en Seguridad Social del último contrato indefinido y el alta en Seguridad Social del contrato por el que se solicita la subvención". 26

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

642/15D29 B39368915 ANTONIO SANGIAO, S.L.

TRABAJADOR/A

MONTES SANGIAO, ALEJANDRO

677/15D29 X4415659G BAYONA OSORIO, AYDEE

RUIZ CASTRO, ANDRES FRANCISCO

472/15D29 J39075551

DE LA VARGA RUIZCAPILLAS, JAVIER

BERRAZUETA CLINICA DENTAL, S.C.

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Supuesto de exclusión contemplado en el artículo 4. f) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: f) La contratación indefinida de personas trabajadoras que hayan estado vinculadas laboralmente con la misma empresa o grupo de empresas cuando no hayan transcurrido al menos tres meses entre la baja en Seguridad Social del último contrato temporal y el alta en Seguridad Social del contrato por el que se solicita la subvención. No se tendrán en cuenta los contratos temporales que se hayan celebrado bajo la modalidad de contrato de interinidad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". 27

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

233/15D29 B39076534 CAMARGUESA DE DESPIECE, S.L.

REBELO MARTINEZ, JAIME

237/15D29 B39076534 CAMARGUESA DE DESPIECE, S.L.

TADLI TADLI, RACHID

78/15D29 B39769518 CARLOS ZAMORA Y ABOGADOS SLP

SANZ BERBIL, FRANCISCO

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: a) Que el contrato de duración determinada o temporal esté vigente antes de su transformación b) Que no medie interrupción entre el contrato de duración determinada o temporal y su conversión en indefinido, de manera que se produzca antes del vencimiento de aquél c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (El contrato temporal, incluida su prórroga, finalizó el 14/04/2015 y la transformación en indefinido se formalizó el 17/04/2015). Incumplimiento del requisito contemplado en el último párrafo del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de duración determinada o temporal el día de presentación de la solicitud".

28

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

253/15D29 B39815071 CASOR MANTENIMIENTO, S.L.

CASANUEVA LOPEZ, JAVIER

555/15D29 B39805478 CEM TEXTIL HOSTELERIA, S.L.U.

VELARDE RABASA, BEATRIZ

CENTRO DE FORMACION 497/15D29 B39405444 OCUPACIONAL Y DE GESTION VILLA, S.L.

ARIAS ALVAREZ, JUAN

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29/2015, de 7 de mayo): Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

CENTRO DE FORMACION 496/15D29 B39405444 OCUPACIONAL Y DE GESTION VILLA, S.L.

40/15D29 B39808373

CERRAMIENTOS EFICIENTES SANTANDER, S.L.

TRABAJADOR/A

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN 29/2015, de 7 de mayo): Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29/2015, de 7 de mayo):

FERNANDEZ PIEDRA, ANDREA

INGELMO MANUZ, JOSE

Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. . En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta 30

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

605/15D29 J39804851

CLINICA CYMAR, S.C.

CRESPO ABELLAN, ADRIAN

424/15D29 A39253166

COMERCIAL CANTABRA DE PESCADOS, S.A.

ALLICA PANDO, ADRIAN

587/15D29 13773758R CUADRADO TERAN, ISABEL

REVUELTA MONTEQUIN, ALEXANDRA

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 19.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ""Será acción subvencionable la contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada de trabajo no sea inferior al 33% de la jornada de trabajo ordinaria". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en la letra b) del Artículo 5.1. y en el artículo 18 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad. b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Artículo 18. Objeto Las subvenciones contempladas en este programa tienen como objeto fomentar la contratación laboral estable de personas desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de Empleo..." Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de 31

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EXP

NIF/CIF

627/15D29 13913597T

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

DIAZ DE JUANA, IGNACIO

TRABAJADOR/A

BORBOLLA SANCHEZ, ALBERTO

355/15D29 B39665278 EL MINCHU, S.L.

OJUGAS RUIZ, Mª DEL CARMEN

223/15D29 13671902N ENCINAS CORREA, CARMEN

RODRIGUEZ VALENTI, ROSA ANA

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: 32

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EXP

NIF/CIF

120/15D29 B39811690

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

EVENTCLICK PRODUCCIONES Y EVENTOS, S.L.

697/15D29 B39451786 FAGONPRISA, S.L.

226/15D29 72195393A FELIZ FELIZ, JAROLI RAFAELA

TRABAJADOR/A

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el ORIZAOLA JORGANES, contrato que es objeto de conversión en indefinido se ROGER extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" RUIZ RUANO, ANDRES (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ALONSO URBANO, "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de JOSE MARIA contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: 33

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

314/15D29 09621571G FERNANDEZ FERNANDEZ, DOROTEO

79/15D29 B39811302 FONGCAL TORRELAVEGA, S.L.

437/15D29 72127589A GARCIA SERRANO, JORGE

TRABAJADOR/A

KIESE KUA MZAMBI, PAULINE

ALONSO GONZALEZ, GERARDO

MARIA BAILE, TEODORO

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Solicitud presentada fuera del plazo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Para contrataciones y transformaciones realizadas antes de la publicación del Decreto en el B.O.C., (21 de mayo de 2015), el plazo de presentación será de tres meses desde la fecha de publicación. Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: 34

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

435/15D29 B39415559 GORIZIA, S.L.

CALVO MACHO, JOSE IGNACIO

433/15D29 B39415559 GORIZIA, S.L.

GARCIA RODRIGUEZ, JORGE ALBERTO

230/15D29 J39063383

LOSUA CARBONERO, JULIAN

GRANJA VEGAMAR, S.C.

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Subrogación anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin 35

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

506/15D29 13888084V GUTIERREZ ALDASORO, EUGENIO

590/15D29 13893544A GUTIERREZ GONZALEZ, MANUEL

TRABAJADOR/A

RUBARENA COBO, JOSE

MAZON COLLADO, MIGUEL ANGEL

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente. Las subrogaciones que se produzcan antes de la resolución de otorgamiento de la subvención producirán los mismos efectos previstos en el párrafo anterior". Sucesión de empresa y subrogación del contrato subvencionable anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente. Las subrogaciones que se produzcan antes de la resolución de otorgamiento de la subvención producirán los mismos efectos previstos en el párrafo anterior". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente. Las subrogaciones que se produzcan antes de la resolución de otorgamiento de la subvención producirán los mismos efectos 36

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

180/15D29 13938271H GUTIERREZ ORRUÑO, JOSE IGNACIO

62/15D29 A39033428 HERCOS PARAYAS, S.A.

516/15D29 J39075890

JOLUMI, S.C.

TRABAJADOR/A

ARROZAMENA GUTIERREZ, VICTOR

SUBIRANA MADRAZO, DANIEL CARLOS

DE SERDIO CELORIO, JAVIER MANUEL

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN previstos en el párrafo anterior". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual 37

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NIF/CIF

182/15D29 13709945J

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

LANZA SANCHEZ, FERNANDO

128/15D29 B39810551 LAREDO MOTOR & DIAZ SANTAMARIA

202/15D29 B39734231

TRABAJADOR/A

GONZALEZ MORALES, LUZ DAMARIS

GOMEZ LASTRA, ALEJANDRO

LIMPIEZAS Y SERVICIOS INTEGRALES GONZALEZ LOPEZ, AMAYA, S.L.U. SANDRA

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el último párrafo del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de 38

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NIF/CIF

311/15D29 72358387l

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

LIVICOTA SANCHEZ, ROSSANA EULALIA

256/15D29 B39765607 LOTERIAS PIELAGOS, S.L.

30/15D29 B39804406 MARBAR ASESORES 2014, S.L.

TRABAJADOR/A

CARRIEDO PALACIO, EMILIO

PEDRIDO GONZALEZ, LILIANA

FERNANDEZ PUENTE, MARIA LUZ

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN duración determinada o temporal...". (Los contratos para la formación y el aprendizaje no pueden celebrarse a tiempo parcial, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia del tiempo de trabajo efectivo regulado en su artículo 11. 2 f), y la transformación se realiza con un porcentaje de parcialidad del 79,5 %) Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Exclusión contemplada en el artículo 4 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "4. No serán subvencionables los siguientes supuestos: c) Las contrataciones indefinidas que deriven de una sucesión 39

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

331/15D29 B39813001 MARTINEZ & VANEGAS, S.L.

ROMAN GONZALEZ, TEODORO

670/15D29 13796636V MARTINEZ PUENTE, RAMIRO

KORNILOV, YURI

581/15D29 13758963H MERENDON MERINO, PALOMA

MERENDON BARCINA, CRISTINA

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN en la titularidad de la empresa o cambio de forma jurídica de ésta". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin 40

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

699/15D29 13736578N MIGUENS CAMPO, MARIA ANGELES

TRABAJADOR/A

ARCE GARCIA, YASMINA

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29/2015, de 7 de mayo): Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

467/15D29 B39771746 MILLER DIVISION, S.L.

OLASCOAGA SARRIA, JOSE

414/15D29 B39813878 MRP CONSTRUCCIONES 2015, S.L.U.

GOMEZ LOPEZ, JOSE ANTONIO

Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del artículo 21.1 d) 1º del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: d) Que en el contrato de duración determinada o temporal aparezcan consignadas las especificaciones que, en cuanto a la causa de los contratos, establece como requisito el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, de acuerdo con lo siguiente: 1º El contrato para obra o servicio deberá especificar e identificar suficientemente, con precisión y claridad, la obra l el servicio que constituya su objeto". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

113/15D29 B39806484 MUNDO OBRAS DEL NORTE, S.L.

ZENDEJAS VELAZQUEZ, JESUS SALVADOR

488/15D29 B39447982 NATURAL DE CANTABRIA, S.L.

DIAZ GONZALEZ, AITOR

357/15D29 B39686290 PINHERMU, S.L.

BORDAS PEREZ, DAVID

Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Exclusión contemplada en el artículo 3. 6.d) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: No podrán ser beneficiarias de estas 42

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

485/15D29 B39341599 PINTURAS DITOSA, S.L.

83/15D29 B39811187 PLAZA BALDOMERO, S.L.

TRABAJADOR/A

HARO TORRE, RAMSES

ORIHUELA NAVARRO, JESUS

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN subvenciones: d) "Las personas solicitantes sobre las que haya recaído sanción firme en vía administrativa en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, por la comisión de infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo o por la comisión de infracción grave en materia de relaciones laborales consistente en la transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales, contratos de duración determinada y temporales, mediante su utilización en fraude de ley o respecto a personas, finalidades, supuestos y límites temporales distintos de los previstos legal, reglamentariamente, o mediante convenio colectivo..."" Incumplimiento del requisito contemplado en el último párrafo del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de duración determinada o temporal...". (Los contratos para la formación y el aprendizaje no pueden celebrarse a tiempo parcial, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia del tiempo de trabajo efectivo regulado en su artículo 11. 2 f), y la transformación se realiza con un porcentaje de parcialidad del 76 %). Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". 43

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NIF/CIF

77/15D29 J39637723

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

PUERTO INMOBILIARIO, S.C.

TRABAJADOR/A

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 19.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ""Será acción subvencionable MONTES LIAÑO, MARIA la contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada de trabajo no sea inferior al 33% de la jornada de trabajo ordinaria". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

PARAS MIGUEL, JOSEFA

286/15D29 J39607031

ROALES MUÑIZ, S.C.

200/15D29 30671013F

RUIZ BASILIO, JOSEBA A.

DEL CAMPO SETIEN, EVA MARIA

199/15D29 30671013F

RUIZ BASILIO, JOSEBA A.

PINO GUTIERREZ, FCO. JAVIER

9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se 44

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

571/15D29 20192798V SERRANO ABASCAL, JAVIER

187/15D29 B39712971

SISTEMAS NUMERICOS DE PERCEPCION, S.L.

502/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.

TRABAJADOR/A

MONAR DEL CASTILLO, ALEJANDRO

INTXAURTIETA MENOYO, JON

BUSTAMANTE VILLAR, JOSE ANTONIO

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (seis meses dentro de un periodo de doce, de conformidad con el convenio colectivo de comercio del metal aplicable a la empresa según su anexo I, no siendo de aplicación el convenio de la industria siderometalúrgica de Cantabria). Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplado en las letras a) y b) del Artículo 5.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán 45

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NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

527/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.

LANZA LOPEZ, JOSE ANTONIO

503/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.

LEON GOMEZ, JESUS FERNANDO

528/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.

MADRAZO ALVARADO, PEDRO JESUS

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad. b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplados en las letras a) y b) del Artículo 5.1. del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplado en las letras a) y b) del Artículo 5.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad. b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplados en las letras a) y b) del Artículo 5.1. del Decreto 46

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento del ámbito temporal contemplado en el artículo 1.4.b) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

172/15D29 B39552815

TRAMITES FACILES SANTANDER ABOGADOS Y ASESORES, S.L.L.

132/15D29 B39791173 TRES PUNTO DOS, S.L.

299/15D29 B39675202 WITT TECNOLOGIA DEL GAS, S.L.

ARCE ORTEGA, FRANCISCO

1.4 Las subvenciones contempladas en el presente Decreto se extenderán: (...) b) En el Programa II: a la formalización de la conversión de contratos de duración determinada o temporales en indefinidos a partir del día 1 de octubre de 2014". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:

Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas ARGUELLES FUENTES, 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las MARIA CRISTINA empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". RODRIGUEZ Incumplimiento del requisito de las personas contratadas SHEIDEREITER, contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de 47

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EXP

NIF/CIF

APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL

TRABAJADOR/A EDGARDO ENRIQUE

MOTIVO DE LA DENEGACIÓN mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad".

4.- Se acuerda asimismo: Ordenar el archivo de los expedientes que se relacionan a continuación, teniéndoles por desistidos de su petición, por no haber aportado en el plazo establecido la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos fijados en la orden reguladora y en aplicación a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 23.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, o bien, haber presentado escrito de desistimiento expreso de su solicitud.

a) Ayudas a la contratación indefinida (empresas privadas): EXP

NIF/NIE/CIF

562/15D29 B39720503

APELLIDOS, NOMBRE- RAZÓN SOCIAL A DOMICILIO TERAPIAS ASISTENCIALES, S.L.

142/15D29 13942754Q ABASCAL LASO, GERARDO 46/15D29 J39714951 518/15D29 B39366836 251/15D29 J39637962

ALM PELUQUEROS, S.C. ALUMINIOS Y PVC OCHOA, S.L. ANCASTE, S.C.

TRABAJADOR/A PALMERO ESTRADA, TERESA ZUNZUNEGUI GUTIERREZ, FRANCISCO DIAZ SAÑUDO, ALBERTINA PILAR ALVAREZ CUEVAS, JUAN CARLOS HERMOSILLA ARCHIDONA, LUIS

MOTIVO DEL DESISTIMIENTO Desistimiento expreso Desistimiento expreso Desistimiento expreso Desistimiento expreso Desistimiento expreso 48

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