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CONSEJERÍA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO C/Hernán Cortes 9-3º (Palacio Macho) 39003 Santander Tel. 942 207 508 – Fax 942 206 941
b) Ayudas a la contratación indefinida (entidades sin ánimo de lucro): EXP NIF/NIE/CIF APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL 175/15D29 G39041710 ASOCIACION AMICA 174/15D29 G39041710 ASOCIACION AMICA ASOCIACION INSTITUTO EUROPEO ESTUDIOS 277/15D29 G39383526 FORMACION Y DESARROLLO ASOCIACION MONTAÑESA DE AYUDA AL 50/15D29 G39049366 TOXICOMANO-AMAT 556/15D29 G28309862
ASOCIACION NUEVO FUTURO
540/15D29 221/15D29 313/15D29 71/15D29
CAMINANDO ASOCIACION DAÑO CEREBRAL CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ARENAL DE GOLF COMUNIDAD DE PROPIETARIOS COSANTRA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS FUENTE DE CACHO
G39669676 G39774666 H39270590 H39013693
TRABAJADOR/A PROGRAMA GARCIA PEREZ, MANUEL PII LANZA GARCIA, Mª DE LOS ANGELES PII
CONCEDIDO 2.500,00 € 1.607,50 €
COTERILLO PEREZ, AMPARO
PII
1.250,00 €
ORTEGA CARPIO, DIANA
PII
937,50 €
PII
1.750,00 €
PII PI PII PI
187,50 € 5.000,00 € 2.500,00 € 8.000,00 €
GONZALEZ MEDIALDEA, ANA CARMEN NARVAEZ TRUEBA, MARIO VILLAHOZ RUIZ, JESUS NOREÑA CALOCA, JOSE LUIS RUIZ BLANCO, CARLOS
2.- Las subvenciones concedidas en Resolución son objeto de financiación por el Gobierno de Cantabria y de cofinanciación por el Fondo Social Europeo en un 50%, y la inclusión del peticionario en la lista pública, de conformidad con el artículo 115.2 y el anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. 3.- Se acuerda asimismo, DENEGAR, las siguientes solicitudes de subvención: a) Ayudas a la contratación indefinida (empresas privadas):
EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
307/15D29 A39031620 3L INTERNACIONAL, S.A.
TRABAJADOR/A ARRUE ELORZA, MANUEL
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de 25
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
308/15D29 A39031620 3L INTERNACIONAL, S.A.
91/15D29 13732293M AJA BLANCO, FERMIN
427/15D29 B39408166 ANERO GESTION DE NEGOCIOS, S.L.
MATARREDONA AGUADO, DANIEL CARLOS
MARTINEZ HERRERO, JOSE ANTONIO
FERNANDEZ BARATA, VALVANUZ
Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 19.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ""Será acción subvencionable la contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada de trabajo no sea inferior al 33% de la jornada de trabajo ordinaria". Supuesto de exclusión contemplado en el artículo 4. e) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "Las contrataciones indefinidas de personas trabajadoras que hayan estado vinculadas laboralmente con la misma empresa o grupo de empresas y no hayan transcurrido al menos (...) doce meses entre la baja en Seguridad Social del último contrato indefinido y el alta en Seguridad Social del contrato por el que se solicita la subvención". 26
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
642/15D29 B39368915 ANTONIO SANGIAO, S.L.
TRABAJADOR/A
MONTES SANGIAO, ALEJANDRO
677/15D29 X4415659G BAYONA OSORIO, AYDEE
RUIZ CASTRO, ANDRES FRANCISCO
472/15D29 J39075551
DE LA VARGA RUIZCAPILLAS, JAVIER
BERRAZUETA CLINICA DENTAL, S.C.
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Supuesto de exclusión contemplado en el artículo 4. f) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: f) La contratación indefinida de personas trabajadoras que hayan estado vinculadas laboralmente con la misma empresa o grupo de empresas cuando no hayan transcurrido al menos tres meses entre la baja en Seguridad Social del último contrato temporal y el alta en Seguridad Social del contrato por el que se solicita la subvención. No se tendrán en cuenta los contratos temporales que se hayan celebrado bajo la modalidad de contrato de interinidad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". 27
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
233/15D29 B39076534 CAMARGUESA DE DESPIECE, S.L.
REBELO MARTINEZ, JAIME
237/15D29 B39076534 CAMARGUESA DE DESPIECE, S.L.
TADLI TADLI, RACHID
78/15D29 B39769518 CARLOS ZAMORA Y ABOGADOS SLP
SANZ BERBIL, FRANCISCO
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: a) Que el contrato de duración determinada o temporal esté vigente antes de su transformación b) Que no medie interrupción entre el contrato de duración determinada o temporal y su conversión en indefinido, de manera que se produzca antes del vencimiento de aquél c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (El contrato temporal, incluida su prórroga, finalizó el 14/04/2015 y la transformación en indefinido se formalizó el 17/04/2015). Incumplimiento del requisito contemplado en el último párrafo del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de duración determinada o temporal el día de presentación de la solicitud".
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
253/15D29 B39815071 CASOR MANTENIMIENTO, S.L.
CASANUEVA LOPEZ, JAVIER
555/15D29 B39805478 CEM TEXTIL HOSTELERIA, S.L.U.
VELARDE RABASA, BEATRIZ
CENTRO DE FORMACION 497/15D29 B39405444 OCUPACIONAL Y DE GESTION VILLA, S.L.
ARIAS ALVAREZ, JUAN
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29/2015, de 7 de mayo): Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
CENTRO DE FORMACION 496/15D29 B39405444 OCUPACIONAL Y DE GESTION VILLA, S.L.
40/15D29 B39808373
CERRAMIENTOS EFICIENTES SANTANDER, S.L.
TRABAJADOR/A
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN 29/2015, de 7 de mayo): Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29/2015, de 7 de mayo):
FERNANDEZ PIEDRA, ANDREA
INGELMO MANUZ, JOSE
Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. . En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta 30
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
605/15D29 J39804851
CLINICA CYMAR, S.C.
CRESPO ABELLAN, ADRIAN
424/15D29 A39253166
COMERCIAL CANTABRA DE PESCADOS, S.A.
ALLICA PANDO, ADRIAN
587/15D29 13773758R CUADRADO TERAN, ISABEL
REVUELTA MONTEQUIN, ALEXANDRA
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 19.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ""Será acción subvencionable la contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada de trabajo no sea inferior al 33% de la jornada de trabajo ordinaria". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en la letra b) del Artículo 5.1. y en el artículo 18 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad. b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Artículo 18. Objeto Las subvenciones contempladas en este programa tienen como objeto fomentar la contratación laboral estable de personas desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de Empleo..." Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de 31
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EXP
NIF/CIF
627/15D29 13913597T
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
DIAZ DE JUANA, IGNACIO
TRABAJADOR/A
BORBOLLA SANCHEZ, ALBERTO
355/15D29 B39665278 EL MINCHU, S.L.
OJUGAS RUIZ, Mª DEL CARMEN
223/15D29 13671902N ENCINAS CORREA, CARMEN
RODRIGUEZ VALENTI, ROSA ANA
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: 32
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EXP
NIF/CIF
120/15D29 B39811690
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
EVENTCLICK PRODUCCIONES Y EVENTOS, S.L.
697/15D29 B39451786 FAGONPRISA, S.L.
226/15D29 72195393A FELIZ FELIZ, JAROLI RAFAELA
TRABAJADOR/A
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el ORIZAOLA JORGANES, contrato que es objeto de conversión en indefinido se ROGER extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" RUIZ RUANO, ANDRES (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ALONSO URBANO, "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de JOSE MARIA contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: 33
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
314/15D29 09621571G FERNANDEZ FERNANDEZ, DOROTEO
79/15D29 B39811302 FONGCAL TORRELAVEGA, S.L.
437/15D29 72127589A GARCIA SERRANO, JORGE
TRABAJADOR/A
KIESE KUA MZAMBI, PAULINE
ALONSO GONZALEZ, GERARDO
MARIA BAILE, TEODORO
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Solicitud presentada fuera del plazo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Para contrataciones y transformaciones realizadas antes de la publicación del Decreto en el B.O.C., (21 de mayo de 2015), el plazo de presentación será de tres meses desde la fecha de publicación. Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: 34
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
435/15D29 B39415559 GORIZIA, S.L.
CALVO MACHO, JOSE IGNACIO
433/15D29 B39415559 GORIZIA, S.L.
GARCIA RODRIGUEZ, JORGE ALBERTO
230/15D29 J39063383
LOSUA CARBONERO, JULIAN
GRANJA VEGAMAR, S.C.
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Subrogación anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin 35
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
506/15D29 13888084V GUTIERREZ ALDASORO, EUGENIO
590/15D29 13893544A GUTIERREZ GONZALEZ, MANUEL
TRABAJADOR/A
RUBARENA COBO, JOSE
MAZON COLLADO, MIGUEL ANGEL
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente. Las subrogaciones que se produzcan antes de la resolución de otorgamiento de la subvención producirán los mismos efectos previstos en el párrafo anterior". Sucesión de empresa y subrogación del contrato subvencionable anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente. Las subrogaciones que se produzcan antes de la resolución de otorgamiento de la subvención producirán los mismos efectos previstos en el párrafo anterior". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente. Las subrogaciones que se produzcan antes de la resolución de otorgamiento de la subvención producirán los mismos efectos 36
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
180/15D29 13938271H GUTIERREZ ORRUÑO, JOSE IGNACIO
62/15D29 A39033428 HERCOS PARAYAS, S.A.
516/15D29 J39075890
JOLUMI, S.C.
TRABAJADOR/A
ARROZAMENA GUTIERREZ, VICTOR
SUBIRANA MADRAZO, DANIEL CARLOS
DE SERDIO CELORIO, JAVIER MANUEL
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN previstos en el párrafo anterior". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual 37
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EXP
NIF/CIF
182/15D29 13709945J
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
LANZA SANCHEZ, FERNANDO
128/15D29 B39810551 LAREDO MOTOR & DIAZ SANTAMARIA
202/15D29 B39734231
TRABAJADOR/A
GONZALEZ MORALES, LUZ DAMARIS
GOMEZ LASTRA, ALEJANDRO
LIMPIEZAS Y SERVICIOS INTEGRALES GONZALEZ LOPEZ, AMAYA, S.L.U. SANDRA
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (nueve meses dentro de un periodo de doce, según el artículo 9 del convenio colectivo del sector de hostelería de Cantabria suscrito el 8 de agosto de 2007 y aplicable al contrato eventual por circunstancias de producción transformado, no siendo de aplicación el convenio suscrito del 29 de mayo de 2014 para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2016) Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el último párrafo del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de 38
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EXP
NIF/CIF
311/15D29 72358387l
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
LIVICOTA SANCHEZ, ROSSANA EULALIA
256/15D29 B39765607 LOTERIAS PIELAGOS, S.L.
30/15D29 B39804406 MARBAR ASESORES 2014, S.L.
TRABAJADOR/A
CARRIEDO PALACIO, EMILIO
PEDRIDO GONZALEZ, LILIANA
FERNANDEZ PUENTE, MARIA LUZ
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN duración determinada o temporal...". (Los contratos para la formación y el aprendizaje no pueden celebrarse a tiempo parcial, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia del tiempo de trabajo efectivo regulado en su artículo 11. 2 f), y la transformación se realiza con un porcentaje de parcialidad del 79,5 %) Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Exclusión contemplada en el artículo 4 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "4. No serán subvencionables los siguientes supuestos: c) Las contrataciones indefinidas que deriven de una sucesión 39
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
331/15D29 B39813001 MARTINEZ & VANEGAS, S.L.
ROMAN GONZALEZ, TEODORO
670/15D29 13796636V MARTINEZ PUENTE, RAMIRO
KORNILOV, YURI
581/15D29 13758963H MERENDON MERINO, PALOMA
MERENDON BARCINA, CRISTINA
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN en la titularidad de la empresa o cambio de forma jurídica de ésta". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención anterior al otorgamiento de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin 40
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NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
699/15D29 13736578N MIGUENS CAMPO, MARIA ANGELES
TRABAJADOR/A
ARCE GARCIA, YASMINA
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Reducción de la jornada del contrato de trabajo que fundamenta la subvención solicitada, incumpliendo la disposición normativa contenida en el Art. 61 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Derecho supletorio de conformidad con la Disposición Final Primera del Decreto 29/2015, de 7 de mayo): Artículo 61. "Cuando la subvención tenga por objeto impulsar determinada actividad del beneficiario, se entenderá comprometido a realizar dicha actividad en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por la Administración a lo largo del procedimiento de concesión o durante el periodo de ejecución, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
467/15D29 B39771746 MILLER DIVISION, S.L.
OLASCOAGA SARRIA, JOSE
414/15D29 B39813878 MRP CONSTRUCCIONES 2015, S.L.U.
GOMEZ LOPEZ, JOSE ANTONIO
Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del artículo 21.1 d) 1º del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
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NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: d) Que en el contrato de duración determinada o temporal aparezcan consignadas las especificaciones que, en cuanto a la causa de los contratos, establece como requisito el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, de acuerdo con lo siguiente: 1º El contrato para obra o servicio deberá especificar e identificar suficientemente, con precisión y claridad, la obra l el servicio que constituya su objeto". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
113/15D29 B39806484 MUNDO OBRAS DEL NORTE, S.L.
ZENDEJAS VELAZQUEZ, JESUS SALVADOR
488/15D29 B39447982 NATURAL DE CANTABRIA, S.L.
DIAZ GONZALEZ, AITOR
357/15D29 B39686290 PINHERMU, S.L.
BORDAS PEREZ, DAVID
Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Exclusión contemplada en el artículo 3. 6.d) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: No podrán ser beneficiarias de estas 42
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NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
485/15D29 B39341599 PINTURAS DITOSA, S.L.
83/15D29 B39811187 PLAZA BALDOMERO, S.L.
TRABAJADOR/A
HARO TORRE, RAMSES
ORIHUELA NAVARRO, JESUS
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN subvenciones: d) "Las personas solicitantes sobre las que haya recaído sanción firme en vía administrativa en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, por la comisión de infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo o por la comisión de infracción grave en materia de relaciones laborales consistente en la transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales, contratos de duración determinada y temporales, mediante su utilización en fraude de ley o respecto a personas, finalidades, supuestos y límites temporales distintos de los previstos legal, reglamentariamente, o mediante convenio colectivo..."" Incumplimiento del requisito contemplado en el último párrafo del artículo 21.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "En ningún caso se admitirá que la conversión en indefinido se realice con una jornada de duración inferior a la que tuviera el contrato de duración determinada o temporal...". (Los contratos para la formación y el aprendizaje no pueden celebrarse a tiempo parcial, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia del tiempo de trabajo efectivo regulado en su artículo 11. 2 f), y la transformación se realiza con un porcentaje de parcialidad del 76 %). Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". 43
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NIF/CIF
77/15D29 J39637723
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
PUERTO INMOBILIARIO, S.C.
TRABAJADOR/A
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento del requisito contemplado en el Artículo 19.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: ""Será acción subvencionable MONTES LIAÑO, MARIA la contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que en este último caso la jornada de trabajo no sea inferior al 33% de la jornada de trabajo ordinaria". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
PARAS MIGUEL, JOSEFA
286/15D29 J39607031
ROALES MUÑIZ, S.C.
200/15D29 30671013F
RUIZ BASILIO, JOSEBA A.
DEL CAMPO SETIEN, EVA MARIA
199/15D29 30671013F
RUIZ BASILIO, JOSEBA A.
PINO GUTIERREZ, FCO. JAVIER
9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Extinción del contrato objeto de solicitud de subvención, según lo dispuesto en el artículo 9.3 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: 9.3. Si el contrato que es objeto de solicitud de subvención o el contrato que es objeto de conversión en indefinido se 44
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NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
571/15D29 20192798V SERRANO ABASCAL, JAVIER
187/15D29 B39712971
SISTEMAS NUMERICOS DE PERCEPCION, S.L.
502/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.
TRABAJADOR/A
MONAR DEL CASTILLO, ALEJANDRO
INTXAURTIETA MENOYO, JON
BUSTAMANTE VILLAR, JOSE ANTONIO
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN extinguiera o suspendiera, causando baja en Seguridad Social la persona trabajadora con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la subvención, decaerá el derecho a ésta, sin que pueda admitirse por ello su sustitución por ninguna otra contratación, procediéndose al archivo del expediente". Incumplimiento del artículo 21.1 c) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: "1. Será subvencionable la conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales de cualquier modalidad que cumplan los siguientes requisitos: c) Que la conversión en indefinido se realice sin que se haya superado su duración máxima de acuerdo con la normativa" (seis meses dentro de un periodo de doce, de conformidad con el convenio colectivo de comercio del metal aplicable a la empresa según su anexo I, no siendo de aplicación el convenio de la industria siderometalúrgica de Cantabria). Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplado en las letras a) y b) del Artículo 5.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán 45
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NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
527/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.
LANZA LOPEZ, JOSE ANTONIO
503/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.
LEON GOMEZ, JESUS FERNANDO
528/15D29 B39812615 TMI SERVICIOS, S.L.
MADRAZO ALVARADO, PEDRO JESUS
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad. b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplados en las letras a) y b) del Artículo 5.1. del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplado en las letras a) y b) del Artículo 5.1 del Decreto 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad. b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento de los requisitos de las personas contratadas contemplados en las letras a) y b) del Artículo 5.1. del Decreto 46
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN 29/2015, de 7 de mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad b) Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a). Incumplimiento del ámbito temporal contemplado en el artículo 1.4.b) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
172/15D29 B39552815
TRAMITES FACILES SANTANDER ABOGADOS Y ASESORES, S.L.L.
132/15D29 B39791173 TRES PUNTO DOS, S.L.
299/15D29 B39675202 WITT TECNOLOGIA DEL GAS, S.L.
ARCE ORTEGA, FRANCISCO
1.4 Las subvenciones contempladas en el presente Decreto se extenderán: (...) b) En el Programa II: a la formalización de la conversión de contratos de duración determinada o temporales en indefinidos a partir del día 1 de octubre de 2014". Incumplimiento del requisito de las personas contratadas contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de mayo:
Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas ARGUELLES FUENTES, 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las MARIA CRISTINA empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en le Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad". RODRIGUEZ Incumplimiento del requisito de las personas contratadas SHEIDEREITER, contemplado en el Artículo 5.1. a) del Decreto 29/2015, de 7 de 47
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EXP
NIF/CIF
APELLIDOS, NOMBRE-RAZÓN SOCIAL
TRABAJADOR/A EDGARDO ENRIQUE
MOTIVO DE LA DENEGACIÓN mayo: Artículo 5. Requisitos de las personas contratadas 1. En el Programa I, las personas que sean contratadas por las empresas y entidades que soliciten las subvenciones, deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo y hasta la fecha de alta en la Seguridad Social, con al menos un día de antigüedad".
4.- Se acuerda asimismo: Ordenar el archivo de los expedientes que se relacionan a continuación, teniéndoles por desistidos de su petición, por no haber aportado en el plazo establecido la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos fijados en la orden reguladora y en aplicación a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 23.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, o bien, haber presentado escrito de desistimiento expreso de su solicitud.
a) Ayudas a la contratación indefinida (empresas privadas): EXP
NIF/NIE/CIF
562/15D29 B39720503
APELLIDOS, NOMBRE- RAZÓN SOCIAL A DOMICILIO TERAPIAS ASISTENCIALES, S.L.
142/15D29 13942754Q ABASCAL LASO, GERARDO 46/15D29 J39714951 518/15D29 B39366836 251/15D29 J39637962
ALM PELUQUEROS, S.C. ALUMINIOS Y PVC OCHOA, S.L. ANCASTE, S.C.
TRABAJADOR/A PALMERO ESTRADA, TERESA ZUNZUNEGUI GUTIERREZ, FRANCISCO DIAZ SAÑUDO, ALBERTINA PILAR ALVAREZ CUEVAS, JUAN CARLOS HERMOSILLA ARCHIDONA, LUIS
MOTIVO DEL DESISTIMIENTO Desistimiento expreso Desistimiento expreso Desistimiento expreso Desistimiento expreso Desistimiento expreso 48