BASES DE CONVOCATORIA

MINISTERIO DE FOMENTO ORDEN de 11 de abril de 2014 por la que se convoca proceso selectivo para la selección y el nombramiento de personal funcionari

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MINISTERIO DE FOMENTO

ORDEN de 11 de abril de 2014 por la que se convoca proceso selectivo para la selección y el nombramiento de personal funcionario interino de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, especialidad navegación aérea, destinados en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

En aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril (Boletín Oficial del Estado de 13 de abril), del Estatuto Básico del Empleado Público, la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio (Boletín Oficial del Estado del 15 de junio), por la que se establecen normas para la selección de personal funcionario interino, y la Instrucción conjunta de las Secretarias de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública sobre procedimiento de autorización de contratación de personal laboral, nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, de 17 de noviembre de 2010, y el resto de la normativa vigente en la materia, se convoca proceso selectivo para la selección y el nombramiento de personal funcionario interino de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, especialidad navegación aérea. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011 por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1

Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 8 plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, especialidad navegación aérea, Código A6209, mediante el nombramiento de personal funcionario interino, en virtud del artículo 10.1.a) del EBEP. La distribución de las plazas convocadas es la siguiente: cuatro plazas con el perfil de controlador de torre (habilitaciones ADV, ADI, APP, APS) y cuatro plazas con el perfil de controlador de centro de control (habilitaciones APS, ACP, ACS).El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. 1.2 La descripción de las plazas se detalla en el Anexo II de esta convocatoria. 1.3 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta el máximo de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios interinos mediante resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Fomento.

2

Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino los siguientes requisitos de participación: 2.1.1

Nacionalidad: a)

Tener nacionalidad española.

b)

Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c)

Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y

1

MINISTERIO DE FOMENTO los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d)

2.1.2 2.1.3

Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores

Edad: Tener cumplidos 16 jubilación forzosa. Titulación: 2.1.3.1

años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

Adicionalmente se requerirá lo siguiente: 2.1.3.2

Estar en posesión de una licencia de Controlador de Tránsito Aéreo emitida de acuerdo con el Reglamento (UE) Nº 805/2011 de la Comisión, de 10 de agosto de 2011, por el que se establecen normas detalladas para las licencias y determinados certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) n o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.

2.1.3.3

Disponer, como mínimo, de una de las siguientes agrupaciones de habilitaciones: - Control de aeródromo visual (ADV), control de aeródromo por instrumentos (ADI), control de aproximación por procedimientos (APP) y control de vigilancia de aproximación (APS), ó - Control de vigilancia de aproximación (APS), control de área por procedimientos (ACP) y control de vigilancia de área (ACS).

2.1.4

Experiencia: haber ejercido las atribuciones de la licencia de controlador de tránsito aéreo durante un período mínimo de 6 años, ya sea de manera consecutiva o por periodos, trabajando para un proveedor de servicios de tránsito aéreo certificado y sujeto al ámbito de estandarización de EASA en el dominio ATM/ANS

2.1.5

Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.6

Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3 Solicitudes 3.1 Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo que figura como Anexo III a esta convocatoria que estará disponible en el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Avenida del General Perón nº 40, portal B, 28020 Madrid, en la web www.060.es, en la web del Ministerio de Fomento www.fomento.gob.es y en la web de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea www.seguridadaerea.es. 3.2 La presentación de solicitudes se realizará en Registro General del Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, 28071-Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

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MINISTERIO DE FOMENTO de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.3 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad -apartado 2.1.1- los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan. 3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes la Inspectora General de Fomento publicará la relación de aspirantes admitidos y excluidos, ordenada alfabéticamente, con indicación de las causas de exclusión, y número de documento de identidad o pasaporte, señalando un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la relación, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión. Esta relación se publicará al menos en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en los ámbitos geográficos en que se convoquen puestos. Asimismo se indicará el lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio de la oposición. 4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

5

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo IV a esta convocatoria. 5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior. 5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Avenida del General Perón, nº 40, portal B, 28020-Madrid, teléfono 913968502, dirección de correo electrónico [email protected]. 5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

6

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra C, de conformidad con lo previsto en la Resolución de 5 de febrero de 2014 («Boletín Oficial del Estado» del 13) de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. 6.2

Los aspirantes serán convocados al ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

3

MINISTERIO DE FOMENTO 6.3

Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida

6.4

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el Anexo I.

6.5

El Tribunal publicará en el lugar de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.6

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7 7.1

Superación del proceso selectivo

Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido al menos la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación en función del perfil descrito en el Anexo II. Dicha relación se publicará en el lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo los primeros aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas, de un plazo de cinco días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.2

No se podrán formalizar mayor número de nombramientos que el de plazas convocadas.

7.3

La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida. Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

7.4

En el caso de que alguno de los candidatos propuestos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos a los aspirantes o renuncie, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a que se refiere la base 7.1.

7.5

Si una vez efectuado el nombramiento, alguno de los funcionarios interinos perdiera tal condición, se podrá sustituir por el siguiente candidato de la relación a que hace referencia la base 7.1 en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de funcionarios interinos.

8. Norma final Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Fomento en el plazo de un mes desde su publicación o

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bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

LA MINISTRA DE FOMENTO

P.D.: (ORDEN FOM/2258/2011, de 21 de julio; BOE: 11-08-2011) LA INSPECTORA GENERAL DE FOMENTO

FIRMADA EN EL ORIGINAL

Pilar Fabregat Romero.

SRA. INSPECTORA GENERAL DE FOMENTO Y SRA. PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR.

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MINISTERIO DE FOMENTO ANEXO I DESCRIPCION DEL PROCESO SELECTIVO

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso con los ejercicios y valoraciones que se detallan a continuación: Fase de oposición: Realización de una prueba escrita en la que los candidatos tendrán que desarrollar un caso práctico relacionado con alguna de las materias que se relacionan en el Anexo V, para lo que dispondrán de 90 minutos. Tras la prueba escrita, el Tribunal convocará a todos los candidatos para la lectura del caso práctico. Al terminar el aspirante la lectura, el Tribunal podrá formularle preguntas durante un tiempo máximo de 15 minutos, sobre posibles soluciones alternativas o justificaciones de los planteamientos expuestos en el caso práctico. Se valorará que los candidatos citen la referencia normativa en la que se hayan apoyado para el desarrollo del caso práctico, si bien durante la prueba no podrán disponer de ninguna documentación de apoyo. Se valorará la prueba sobre un total de 100 puntos. Para superar la prueba será necesario obtener al menos 50 puntos. Fase de concurso: La valoración de los méritos se realizará únicamente a los candidatos que hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta un máximo de 25 puntos, los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización de presentación de solicitudes: Méritos profesionales: 17 puntos 1. Experiencia profesional en puestos de trabajo operativos: Puntuación máxima: 4 puntos Forma de puntuación: 0.4 puntos por cada año completo de experiencia adicional a los seis años de experiencia mínima exigida. Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal del proveedor de servicios de navegación aérea en que haya prestado servicio y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social

2. Experiencia profesional en el ejercicio de las habilitaciones: Puntuación máxima: 3 puntos, con un máximo de 0.5 puntos por habilitación. Forma de puntuación: 0.10 puntos por cada año completo de experiencia en el ejercicio de cada una de las habilitaciones. Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal del proveedor de servicios de navegación aérea en que haya prestado servicio y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. . 3. Ejercicio como instructor en el puesto de trabajo (OJTI) Puntuación máxima: 3 puntos. Forma de puntuación: 0.5 puntos por cada año completo de ejercicio.

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MINISTERIO DE FOMENTO 4. Experiencia Profesional en el desempeño de puestos de trabajo relacionados directamente con el estudio y análisis de ITA´s (Incidentes de Tránsito Aéreo), con la gestión de riesgos o con los sistemas de gestión de la seguridad. Puntuación máxima: 3 puntos. Forma de puntuación: 0.5 puntos por cada año de experiencia en puestos de trabajo relacionados directamente con el estudio y análisis de ITA´s, con la gestión de riesgos o con los sistemas de gestión de seguridad. Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal del proveedor de servicios de navegación aérea en que haya prestado servicio y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social 5

Ejercicio como evaluador de formación de unidad en el puesto de trabajo (OJTI) Puntuación máxima: 2 puntos. Forma de puntuación: 0.5 puntos por cada año completo de ejercicio. Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal del proveedor de servicios de navegación aérea en que haya prestado servicio y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.

6

Ejercicio en puestos de gestión en el ámbito de las operaciones ATM, el apoyo operativo y la formación ATC : Puntuación máxima: 2 puntos. Forma de puntuación: 0.5 puntos por cada año completo de ejercicio. Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal del proveedor de servicios de navegación aérea en que haya prestado servicio y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social

Méritos formativos: 8 puntos 1- Titulación o especialidad académica distinta a la exigida para participar en las pruebas, relacionada con las funciones propias del Cuerpo o Escala al que se pretende acceder. a. Puntuación máxima: 4 puntos. b. Forma de puntuación: 2 puntos por cada titulación o especialidad c. Forma de acreditación: fotocopia compulsada de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención. 2- Cursos de capacitación profesional relacionados con las funciones del Cuerpo o Escala al que se pretende acceder: a. Puntuación máxima: 4 puntos. b. Forma de puntuación: 1 punto por cada titulación o especialidad c. Forma de acreditación: fotocopia compulsada de los títulos o certificados.

Para superar el proceso, será necesario obtener la puntuación mínima que determine el Tribunal. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1. Puntuación obtenida en la fase de oposición. 2. Número de días de experiencia profesional en puestos trabajo operativos.

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MINISTERIO DE FOMENTO 3. Número de días de experiencia profesional en el ejercicio de las habilitaciones. 4. Número de días de ejercicio como instructor en el puesto de trabajo (OJTI) 5. Número de días de experiencia Profesional en el desempeño de puestos de trabajo relacionados directamente con el estudio y análisis de ITA´s (Incidentes de Tránsito Aéreo), con la gestión de riesgos o con los sistemas de gestión de la seguridad.

Antes del nombramiento como funcionario interino, los candidatos que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no se deduzca de su origen o de los méritos alegados y no puedan acreditarlo documentalmente, deberán superar una prueba en la que se compruebe que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE). Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para los aspirantes con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

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MINISTERIO DE FOMENTO ANEXO II

DESCRIPCION DE LAS PLAZAS CONVOCADAS

Se convocan ocho plazas para desempeñar las funciones de Inspector ATS en la Agencia Española de Seguridad Aérea: cuatro plazas con el perfil de controlador de torre (habilitaciones ADV, ADI, APP, APS) y cuatro plazas con el perfil de controlador de centro de control (habilitaciones APS, ACP, ACS). El cometido de los Inspectores ATS seleccionados será el siguiente, sin perjuicio de que puedan desarrollar otras tareas: 1

Realizar y ejecutar las inspecciones de control normativo de los proveedores de navegación aérea ATS y AIS, de los proveedores de formación inicial ATS y AFIS, de los proveedores de formación de unidad y formación continua, así como de la implementación por parte de los proveedores de servicios de navegación aérea de las medidas de ejecución dictadas por la Comisión Europea y las normas de carácter nacional aplicable en el ámbito de la provisión de servicios ATS, AIS y formación de controladores.

2

Realizar y ejecutar las inspecciones de supervisión para la obtención, conservación, renovación y revocación de certificados de los proveedores de servicios de navegación aérea ATS y AIS, de los proveedores de formación inicial, formación de unidad, formación continua y proveedores de formación inicial AFIS.

3

Ejecutar las inspecciones de control normativo contenidas en el Plan Anual de Inspección en lo referente a proveedores certificados de formación inicial ATC y AFIS y a proveedores de formación de unidad y continua ATC y AFIS

4

Monitorizar y controlar el resultado de las inspecciones.

5

Realizar estudios e informes sobre los servicios prestados por los proveedores mencionados en el apartado 2.

6

Supervisar los cambios funcionales en el sistema ATM.

7

Aprobar los planes de formación y emitir las autorizaciones que la normativa aplicable exija

8

Implementación del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.

9

MINISTERIO DE FOMENTO ANEXO III SOLICITUD DE PARTICIPACION AL PROCESO SELECTIVO PARA LA SELECCIÓN Y EL NOMBRAMIENTO DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO DATOS PERSONALES APELLIDO 1………………………………………………..…………..APELLIDO 2…………………………………………………………………………………………..……NOMBRE………………………………………………………………………………………Nº DOCUMENTO DE IDENTIDAD……………………..………………………… DIRECCION: c/av/pz…………………………………………………………………..….num……..piso…….Cod.Postal……………….TELEFONO….………………….. LOCALIDAD…………………………………………………………….PROVINCIA…………………………….………………………………PAIS……………………………. FECHA NACIMIENTO……………………………..LOCALIDAD NACIMIENTO……………………….…………………PAIS NACIMIENTO…………………………….. NACIONALIDAD…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. PROCESO SELECTIVO MINISTERIO…………………………………………………..………… ORGANISMO…………………………………………………………………...……………………… FECHA DE LA CONVOCATORIA……………………….…CUERPO O ESCALA……………………………………………………………………………………………… % MINUSVALIA…………………… ADAPATACION SOLICITADA……………………………………………………………………………………………………………… AMBITO GEOGRAFICO SOLICITADO…………………………………………………………………………………………….……………………………………………….. TITULACION EXIGIDA MERITOS ALEGADOS MERITOS PROFESIONALES EXPERIENCIA EN PUESTOS DE TRABAJO OPERATIVOS DENOMINACION PUESTO ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA

PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS)

EXPERIENCIA EN EL EJERCICIO DE LAS HABILITACIONES DENOMINACION PUESTO ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA

PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS)

EJERCICIO COMO INSTRUCTOR EN EL PUESTO DE TRABAJO (OJTI) DENOMINACION PUESTO ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA

PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS)

PUNTUACION (No Rellenar)

EXPERIENCIA PROFESIONAL EN EL DESEMPEÑO DE PUESTOS DE TRABAJO RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON EL ESTUDIO Y ANÁLISIS DE ITA´S, CON LA GESTIÓN DE RIESGOS O CON LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE SEGURIDAD. DENOMINACION PUESTO ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS)

EJERCICIO COMO EVALUDOR DE FORMACIÓN DE UNIDAD EN EL PUESTO DE TRABAJO (OJTI) DENOMINACION PUESTO ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS)

EJERCICIO EN PUESTOS DE GESTIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS OPERACIONES ATM, EL APOYO OPERATIVO Y LA FORMACIÓN ATC. DENOMINACION PUESTO ORGANISMO PUBLICO O EMPRESA PERIODO TRABAJADO (AÑOS, MESESY DIAS) MÉRITOS FORMATIVOS OTRAS TITULACIONES Y ESPECIALIDADES

CURSOS DE CAPACITACION

PUNTUACION TOTAL

Autorizo a la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (R.D. 522/2006, de 28 de abril, B.O.E. del 9 de mayo). Ley de protección de datos de carácter personal 15/1999

SI

NO

Lugar, fecha y firma…………………………………de………………de 200

SR. SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE FOMENTO

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MINISTERIO DE FOMENTO

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

PRESIDENTA: Carla Gallego Castro: Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos SECRETARIO: Ricardo Alonso González: Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos VOCALES Patricia Muñoz Castilla: Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos Juan Carlos Machuca Charro: Cuerpo Oficiales de Aeropuertos Aurora Moyano Andrés: Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

TRIBUNAL SUPLENTE

PRESIDENTE: Víctor López Martínez-Peña: Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos SECRETARIA: Mª Luisa Muñoz Monge: Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado VOCALES José Luis Mozo González: Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos Silvia Aldana Sánchez: Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado Mario García de la Mata: Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

Sus funciones consistirán en el desarrollo de las tareas materiales necesarias para la realización de los ejercicios que se celebren en su ámbito de actuación.

11

MINISTERIO DE FOMENTO

ANEXO V

Materias

- Licencias de controladores de tránsito aéreo y certificación de proveedores de formación ATC. Reglamento (UE) 805/2011. Real Decreto 1516/2009 y Orden Ministerial 1841/2010. Tiempos de actividad y requisitos de descanso de controladores de tránsito aéreo. Real Decreto 1001/2010. - La Seguridad en la Navegación Aérea; Sistemas de gestión de seguridad (SGS) y estudios de seguridad antes cambios funcionales. Reglamentos (UE) 1034/2011 y 1035/2011 de la Comisión Europea. Extensión de competencias de EASA en el ámbito ATM/ANS. - Servicio de información aeronáutica (AIS): AIP, ciclos AIRAC, AICs, NOTAMs, cartas aeronáuticas, oficinas NOF, oficinas ARO. - Servicios de información de vuelo (FIS y AFIS). Real decreto 1133/2010. Servicio de asesoramiento. Servicio de meteorología aeronáutica (MET). - Servicios de control de tránsito aéreo (ATC): Área, Aproximación y Aeródromo. Autorizaciones, dependencias y transferencias. Sistema SACTA y Unidades de Control de Sector presentación en pantalla del tráfico y operativa de control. - Servicio de alerta y sus fases. - Servicios de gestión de afluencia del tránsito aéreo (ATFM); Reglamento (UE) 255/2010; Concepto de demora. Sistema ATFM europeo. Network Manager. Función de Red del ATM y Reglamento 677/2011. - Planes de vuelo. Presentación. IFPS. Normativa aplicable. - Servicios de gestión del espacio aéreo (ASM). Uso flexible del espacio aéreo (FUA): AMCs, CDRs, TSAs, CBAs, AUP, UUP, CRAM. Reglamento 2150/2005 de la Comisión Europea. - Navegación basada en prestaciones (PBN). - Espacio aéreo controlado. Áreas de Control: TMAs, CTAs, CTRs, ATZs y aerovías. - Reglamento (UE) 923/2012 SERA. Reglamento de la Circulación Aérea. - Iniciativa comunitaria del Cielo Único Europeo. Marco regulador. - Programa Estatal de Seguridad Operacional (PESO) (ley 01/2011, Anexo 19 de OACI). - Sistema de notificación de sucesos (real decreto 1334/2005) y Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA) (Orden PRE/697/2012, de 2 de abril).

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