Bases de la Promoción “Viajá a Estambul con Disco” Los participantes deberán leer y entender, íntegramente, las condiciones y reglas abajo descritas antes de enviar sus datos y participar en la presente promoción. La revisión y aceptación de estas reglas es una condición para participar.
1. The Difference S.A., con domicilio en Zabala 2821, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Organizador”), organiza la promoción denominada “Viajá a Estambul con Disco” (la “Promoción”), en representación y por cuenta de Jumbo Retail Argentina S.A. y Cencosud S.A. (los “Auspiciantes”) de conformidad con las siguientes bases y condiciones (las “Bases”). 2. La Promoción tendrá vigencia desde el 14 de julio de 2015 hasta el 23 de agosto de 2015 (el “Plazo de Vigencia”), excepto para los Beneficios detallados en el punto 6. de estas Bases, respecto de las cuales finalizará el 23 de agosto de 2015 o en la fecha anterior en que se agote el stock de beneficios especificado en el mencionado punto. 3. Podrán participar en la Promoción los Participantes (conforme dicho término se define más adelante) que tengan domicilio en el Territorio (conforme se definirá a continuación) y que durante el Plazo de Vigencia de la Promoción acudan a cualquiera de los locales de los supermercados “Disco” que se encuentren ubicados en: (i) la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; (ii) las localidades que conforman el denominado “Gran Buenos Aires” y en las ciudades de Mar del Plata, San Bernardo, Villa Gesell y Pinamar, provincia de Buenos Aires; (iii) Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; y (iv) provincia de Córdoba (el “Territorio”), listados en el documento adjunto como Anexo I (“Local/es”). 4. Podrán participar de la Promoción las personas físicas mayores de 18 (dieciocho) años que tengan domicilio en el Territorio (“Participante/s”). No podrán participar de la Promoción: a) personas jurídicas, b) personas físicas menores de 18 (dieciocho) años, c) personas domiciliadas fuera del Territorio, ni d) empleados del Organizador, de Jumbo Retail Argentina S.A., de Cencosud S.A. o de sus agencias de publicidad, así como tampoco los ex empleados que se hubieren desvinculado dentro de los treinta (30) días anteriores al inicio de la Promoción y los parientes por consanguinidad o afinidad de cualquiera de ellos, hasta el segundo grado inclusive. 5. Por la compra de cada tres (3) unidades de cualquiera de los productos de las marcas participantes en la Promoción, listados en el Anexo II de estas Bases (“Producto/s Participante/s”), en una misma oportunidad, realizada durante el Plazo de Vigencia, en cualquiera de los Locales (“Compra/s”), el cliente recibirá, en la línea de cajas, inmediatamente después de abonada la Compra, un (1) “Discocheck” con publicidad de la Promoción (“Cupón/es”), y hasta un máximo de tres (3) Cupones por cada Compra, aún cuando en la misma Compra se adquieran más de nueve (9) unidades de Productos Participantes. A fin de Participar en el sorteo incluido en esta Promoción (el “Sorteo”), los Participantes poseedores de Cupones deberán: i) ingresar en el sitio de la Promoción que el Organizador incluirá en la página web www.viajaaestambul.com.ar a tal fin (el “Sitio”), ii) registrar los datos personales requeridos en la página web (“Datos Personales”), iii) ingresar el código alfanumérico identificado en cada Cupón (“Código/s”). Los Participantes podrán duplicar por única vez sus posibilidades de ganar un Viaje (conforme se define “Viaje”, más abajo en estas Bases) compartiendo su participación en la Promoción en la página de Disco en Facebook (la “Página”). Para ello deberán loguearse en la Página
aceptando los términos y condiciones y clickeando la opción “Me Gusta” de dicha Página y luego compartir su participación, conforme la opción contenida en el Sitio. En caso que el Participante no esté logueado en la Página tendrá la opción de hacerlo ingresando los datos de su cuenta de Facebook, lo que lo habilitará a compartir y duplicar chances. Los Participantes únicamente podrán compartir una sola vez y quedarán registrados, a los efectos de acreditar la doble chance, por su número de documento de identidad. No se admitirá la registración de más de 100 (cien) Cupones “Discocheck” por Participante. 6. Al realizar cada una de las inscripciones de los Cupones en el Sitio, conforme lo establecido en el punto 5., precedente, los Participantes recibirán, de inmediato, cupones electrónicos de descuento para aplicar a la compra de productos que realicen en cualquiera de los Locales, de lunes a jueves, dentro de las fechas que para cada caso se detalla seguidamente (los “Beneficios”): Emite Del 14/07/15 al 20/07/15 o hasta agotar stock, lo que ocurra primero Del 21/07/15 al 31/07/15 o hasta agotar stock, lo que ocurra primero Del 1/08/15 al 11/08/15 o hasta agotar stock, lo que ocurra primero Del 12/08/15 al 23/08/15 o hasta agotar stock, lo que ocurra primero
Inicio Redención
Fin Redención
14/07/15
27/08/15 (sólo de lunes a jueves)
21/07/15
27/08/15 (sólo de lunes a jueves)
1/08/15
27/08/15 (sólo de lunes a jueves)
12/08/15
27/08/15 (sólo de lunes a jueves)
Línea y % de descuento 15 % sobre el total de la compra 20% en Productos de Perfumería 20% en Productos de Limpieza 20% en Productos Congelados
El stock de Beneficios es de 100.000, integrados por: (i) 5.000 Cupones de 15% (quince por ciento) de descuento sobre el total de la compra; (ii) 35.000 Cupones de 20% (veinte por ciento) de descuento en productos de perfumería; (iii) 30.000 Cupones de 20% (veinte por ciento) de descuento en productos de limpieza y (iv) 30.000 Cupones de 20% (veinte por ciento) de descuento en productos congelados. 7. Al único efecto de la realización del Sorteo, el Plazo de Vigencia de la Promoción se divide en tres tramos (“Tramo/s”). Los Tramos son los que a continuación se enuncian: (i) del 14 de julio al 26 de julio (el “Primer Tramo”); (ii) del 27 de julio al 9 de agosto (el “Segundo Tramo”); y (iii) del 10 de agosto al 23 de agosto (el “Tercer Tramo”). En el Sorteo, que se llevará a cabo en la calle Cramer 1216, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante Escribano Público, el 28 de agosto de 2015, a las 10:00 horas, mediante un sistema informático aleatorio operado por el Organizador, se elegirá a 1 (un) Participante por cada Tramo de la Promoción. Cada uno de los tres (3) Participantes elegidos en el Sorteo (“Potencial/es Ganador/es”) podrá ganar un premio consistente en dos (2) pasajes aéreos de ida y vuelta desde Ezeiza, provincia de Buenos Aires, hasta el aeropuerto Internacional de Estambul, Turquía, en clase económica y hospedaje para dos (2) personas durante diez (10) noches, con régimen media pensión (no incluye bebidas alcohólicas), en habitación doble estándar, en el hotel de 4 (cuatro) estrellas que establezca el Organizador (“Viaje/s”). Cuando el Potencial Ganador de un Viaje hubiese abonado el monto total de la compra en virtud de la cual obtuvo el Cupón elegido en el Sorteo exclusivamente con la Tarjeta Cencosud, conforme los registros de los Locales, podrá ganar además una Giftcard (“Tarjeta/s” y conjuntamente con los Viajes, “Premio/s”) con un crédito en dinero preestablecido de pesos diez mil ($ 10.000), IVA incluido. La vigencia y el uso de la Tarjeta estará sujeta a los términos y condiciones establecidos por Cencosud S.A. y podrá ser utilizada exclusivamente en los locales Disco, Jumbo, Vea, Easy, Blaisten y Rincón Jumbo de la República Argentina.
Quienes reciban la Tarjeta no podrán comprar o contratar productos o servicios distintos a los ofrecidos en dichos locales. El saldo disponible de la Tarjeta tendrá una vigencia de utilización de 6 (seis) meses contados a partir del momento de la carga. La Tarjeta es válida entre las fechas indicadas en el frente de la Tarjeta. El saldo disponible de la Tarjeta podrá ser consultado llamando al 0-800-555-2355. En el Sorteo se elegirán tres (3) Participantes Suplentes para el caso de que uno o más de los Participantes elegidos en primer término no cumplieran, por cualquier motivo, con los requisitos que para la asignación de los Viajes se establecen en estas Bases. 8. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, pago, bien o servicio distinto de los indicados en el punto 7. de estas Bases. El derecho a la asignación de los Beneficios es intransferible y los Participantes no podrán solicitar su canje por dinero ni por otros bienes o servicios, caso contrario perderán, automáticamente, todo derecho a su asignación. Cada Potencial Ganador favorecido con un Viaje podrá transferir su lugar en el Viaje, debiendo comunicarlo al Organizador en forma previa a su asignación, detallando idénticos datos de quienes sean cesionarios que aquellos requeridos a los Participantes de acuerdo a estas Bases. Los Viajes deberán llevarse a cabo indefectiblemente entre el 1º de Noviembre de 2015 y el 30 de Abril de 2016, en las fechas que establezca el Organizador, caso contrario sus Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación y no tendrán derecho a reclamo o compensación alguna. 9. Con relación a los Viajes regirá lo dispuesto a continuación: a) Los pasajes aéreos no serán válidos para acumulación de millas con ninguna línea aérea. Una vez emitidos, los pasajes no podrán ser cambiados; b) Cualquier cambio una vez emitido los boletos aéreos o cualquier gasto adicional (incluyendo más no limitado a solicitud de tickets impresos), será de la exclusiva responsabilidad de los ganadores de los Viajes; c) Los pasajes aéreos serán válidos solamente en la clase turista. d) Los ganadores y sus acompañantes están sujetos y deberán actuar de conformidad con las regulaciones impuestas por la aerolínea, el hotel, y cualquier otro proveedor de servicio seleccionado por el Organizador; y, deberán viajar en el mismo vuelo, el mismo día, a la misma hora. De no presentarse en el aeropuerto o en el lugar escogido por el Organizador para comenzar el Viaje, en la hora y la fecha acordadas, tal Participante ganador y/o su acompañante perderá el derecho a realizar el Viaje. e) Los ganadores y sus acompañantes deberán aceptar realizar su respectivo Viaje bajo su total, única y entera responsabilidad, asumiendo expresamente cualesquiera y todos los riesgos por lesiones asociadas (directa o indirectamente) con la aceptación y realización de tal Viaje. A tal efecto, los ganadores y sus acompañantes, deberán firmar la Declaración que les entregará el Organizador y conforme a la cual cada uno aceptará liberar de toda y cualquier responsabilidad al Organizador, a Jumbo Retail Argentina S.A., a Cencosud S.A. y a sus empresas subsidiarias y afiliadas y a sus consultores y agentes, así como a los directores, ejecutivos, empleados, representantes y accionistas de cualquiera de las organizaciones antes mencionadas, de y en contra de cualquier reclamo, causas de acción, demandas, pérdidas u obligaciones de cualquier naturaleza, incluyendo, pero no limitándose, a obligaciones relacionadas a cualquier lesión personal, causadas a su persona o a terceros, relacionadas total o parcial, directa o indirectamente con el recibo, aceptación y efectiva utilización del Premio. f) El Organizador, Jumbo Retail Argentina S.A., Cencosud S.A. y sus empresas subsidiarias y afiliadas, no contratarán ningún seguro de ningún tipo para el beneficio de los ganadores y sus acompañantes, incluyendo, pero sin limitar a seguro de accidentes o de vida.
10. La asignación de los Viajes y de las Tarjetas está condicionada a que sus Potenciales Ganadores contesten correctamente al menos cuatro (4) de las cinco (5) preguntas de cultura general que les formulará el Organizador, ante escribano público y a que cumplan con los demás requisitos establecidos en estas Bases como condición para ello, así como también a la acreditación y comprobación de la autenticidad de los Cupones con los que se reclame los Premios. No serán válidos ni se admitirán Cupones que no sean originales y legítimos. No se aceptarán copias ni reproducciones de los Cupones, ni tampoco Cupones que presenten signos de haber sido adulterados, enmendados, alterados, borrados, ilegibles, defectuosos o respecto de los cuales se alegue su pérdida, hurto o robo o que hayan sido obtenidos ilegítimamente, a juicio del Organizador, todos los cuales serán nulos. En caso de no responder las referidas preguntas en forma correcta, el respectivo Potencial Ganador perderá su derecho al Viaje y – en su caso – a la Tarjeta y no podrá efectuar reclamo, ni reclamar compensación o indemnización alguna al Organizador y/o a Cencosud S.A. y/o a Jumbo Retail Argentina S.A. De ocurrir este supuesto, se procederá a contactar, por los mismos medios, a los Potenciales Ganadores Suplentes, reiterándose el procedimiento descrito en las presentes Bases. 11. Los Potenciales Ganadores de los Viajes y – en su caso – de las Tarjetas serán notificados de su carácter de tales por e-mail dirigidos a las direcciones electrónicas y/o llamando telefónicamente al número informados al registrarse para participar en la Promoción. En el caso de que el Organizador no lograra conectarse con un Potencial Ganador en la dirección de e-mail indicada o en el número telefónico de contacto, después de realizar al menos dos (2) intentos con al menos treinta (30) minutos de diferencia entre ambos, o si el Potencial Ganador no contestase el e-mail y la llamada telefónica dentro de los cinco (5) días de recibido, ese Potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Viaje y – en su caso – la Tarjeta le sea asignados. 12. Los Potenciales Ganadores deberán presentarse a reclamar la asignación de los de los Viajes y – en su caso – de las Tarjetas, coordinar la fecha en la que exhibirán y acreditarán los Cupones originales y entregarán fotocopias de sus documentos de identidad y los Cupones y en la que contestarán las preguntas de cultura general mencionadas en el punto 10 precedente, en Cramer 1216, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los cinco (5) días de notificados, de lunes a viernes, en días hábiles y en el horario de 11:00 a 16:00 horas. Los Potenciales Ganadores que se domicilien a más de setenta (70) kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán reclamar la asignación del Premio y coordinar la fecha en la que exhibirán y acreditarán los Cupones originales y entregarán fotocopias de sus documentos de identidad y los Cupones y en la que contestarán las preguntas de cultura general llamando, dentro del mismo plazo, al teléfono (011) 4554-8611, de lunes a viernes – en días hábiles - de 10:00 a 17:00 horas. 13. La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma y dentro del plazo establecido en el punto precedente o la negativa a presentarse a sesiones de fotografía y filmación que eventualmente les requieran el Organizador o Jumbo Retail Argentina S.A. o Cencosud S.A., hará perder a los Potenciales Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación de los Premios. Los Premios no asignados a ganador alguno, si los hubiere, se declararán vacantes y quedarán en propiedad de Jumbo Retail Argentina S.A. 14. La documentación necesaria para hacer efectivos los Viajes y las Tarjetas será entregada a sus ganadores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días corridos de la asignación de cada Premio.
15. Sin obligación de compra. Podrá obtenerse Cupones para participar del Sorteo de los Viajes presentando, en el Local ubicado en Cuba 1714, Cuidad Autónoma de Buenos Aires y en el resto del Territorio, en cualquiera de los Locales, de lunes a viernes, en días hábiles, de 9,00 horas a 13,00 horas, un dibujo simple, hecho a mano y coloreado del logo de “Disco” y, para participar también por la Tarjeta, un dibujo simple, hecho a mano y coloreado de la Tarjeta Cencosud, en ambos casos que incluyan al dorso el nombre y apellido, tipo y número de documento, edad, domicilio, teléfono, dirección de e-mail, estado civil y ocupación del requirente (“Dibujo/s”). No se aceptarán Dibujos fotocopiados. Se entregará un Cupón, por Dibujo, por día durante el Plazo de Vigencia, a cada persona que entregue tales Dibujos. 16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba pagarse al estado nacional, sociedades del estado u otros entes gubernamentales, provincias o municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción o de los Sorteos y los gastos en que incurran los Potenciales Ganadores o ganadores para su traslado y estadía cuando concurran a reclamar o a retirar los Premios, estarán a su exclusivo cargo. Será de exclusiva responsabilidad de los Potenciales Ganadores de los Viajes – y requisito para su asignación – que obtengan la documentación necesaria y visas que puedan requerirse para salir de la República Argentina e ingresar y permanecer en la República de Turquía con una anticipación de no menos de veinte (20) días de la fecha que el Organizador designe para la realización de los Viajes; caso contrario los Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación, sin derecho a reclamo o compensación alguna. Todos los costos que se deriven de ello estarán a cargo de los Potenciales Ganadores. Las tasas aeroportuarias, las tasas e impuestos de embarque, las tasas de seguridad y de migración, las tasas que deban pagarse en el lugar de destino, el costo de la documentación antes mencionada así como todos los demás costos relacionados con la efectivización de los Viajes no incluidos en la enumeración efectuada en estas Bases estarán también a su exclusivo cargo. 17. Los Datos Personales de las participantes podrán ser incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por Jumbo Retail Argentina S.A., con domicilio en Paraná 3617, Martínez, Provincia de Buenos Aires, y podrán ser utilizados para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los Datos Personales consienten su utilización en los fines aquí indicados, y tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. La información de las participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. La titular de los Datos Personales podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la base de datos, enviando un email a
[email protected]. 18. Ni el Organizador ni Jumbo Retail Argentina S.A. ni Cencosud S.A. otorgan ninguna garantía distinta de la garantía legal, establecida en la Ley de Defensa del Consumidor, con relación a los Premios ofrecidos. Ni el Organizador ni Jumbo Retail Argentina S.A. ni
Cencosud S.A. serán responsables de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del reclamo o el uso de los Premios. 19. Los Potenciales Ganadores autorizarán al Organizador a Jumbo Retail Argentina S.A. y a Cencosud S.A., como condición para la asignación de los Premios, a utilizar sus nombres e imágenes, fotografiadas o filmadas, con fines comerciales, en los medios de comunicación y formas que el Organizador disponga, sin que esto les otorgue derecho al cobro de suma alguna, hasta transcurridos tres (3) años de la finalización del Plazo de Vigencia. 20. La probabilidad de obtener alguno de los Viajes y – en su caso - Tarjetas estará determinada por la cantidad de personas que participen de la Promoción en cada Tramo y de la cantidad de oportunidades en que participe cada una de ellas. En el hipotético caso de que se registrase una participación de 15.000 Participantes en cada Tramo, que participen en una sola oportunidad cada uno, la probabilidad de cada Participante de resultar Potencial Ganador del Viaje será de 1 en 15.000. 21. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la descalificación del Participante. 22. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción los Participantes, los ganadores, el Organizador, Jumbo Retail Argentina S.A. y Cencosud S.A. se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 23. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia, previa autorización de Lotería Nacional S.E., cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen. Asimismo, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción informando previamente a Lotería Nacional S.E. de los hechos y de la resolución a adoptar y una vez obtenida la autorización de Lotería Nacional S.E., supuesto en el cual las participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción y con la previa conformidad de Lotería Nacional S.E. 24. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, previa comunicación - con explicación de las razones que las justifiquen y de la resolución a adoptar - y aprobación de Lotería Nacional S.E. 25. A efectos de dotar de mayor transparencia y seguridad al mecanismo de selección de los Potenciales Ganadores, el Sorteo se llevará a cabo ante Escribano Público conforme se ha establecido en el punto 6. de estas Bases. 26. La Promoción será difundida mediante publicidad en Internet y publicidad en los Locales. En cumplimiento de la legislación vigente, las presentes Bases estarán a la vista de los Participantes, disponibles para ser leídas y consultadas durante el Plazo de Vigencia de la Promoción en los Locales y en el Sitio Web www.viajaaestambul.com.ar.
Anexo I – Locales Adheridos 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43
San Isidro Talcahuano Camacuá Vicente López Lomas de Zamora Sucre Las Heras Salguero Paraguay Virrey del Pino Quintana Santa Fe Alto Palermo Rodríguez Peña Callao Rivadavia Uriburu Adrogué Arcos Peña Esmeralda Gascón Elcano Tortuguitas Naón Banfield Las Heras 2 Montevideo Nordelta Ramos Mejía Morón 2 Castelar Norte Moreno 2 Bella Vista La Horqueta Beiró J.M. Moreno Belgrano y E. Ríos Del Viso Directorio Canning Gorostiaga Cuba
Av. Centenario 388 Talcahuano 1055 Camacuá 55 Av. Maipú 1819 Av. Meeks 256 Sucre 1836 Las Heras 3925 Salguero 2727 Paraguay 4302 Virrey del Pino 2476 Quintana 366 Santa Fe 3047 Bulnes 2117 Rodríguez Peña 1430 Callao 35 Rivadavia 4905 J. E. Uriburu 1230 Amenedo 302 Arcos 1914 Peña 3050 Esmeralda 1365 Gascón 649 Elcano 3174 Av. Patricias Argentinas 851 Rómulo Naón 2142 Vieytes 1042 Las Heras 2564 Montevideo 1047 De los Lagos 6660 Av. Rivadavia 14452 Int. M. García Silva 855 Av. I. Arias 3247 Gaona y Victorica Senador Morón 980 Blanco Encalada 2509 Av. Beiró 3560 J. M. Moreno 362 Av. Entre Ríos 361 Ruta panamericana km44 Directorio 1251 Pedro Dreyer y Av. Castex Gorostiaga 1636 esq. Migueletes Cuba 1730
44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79
La Plata 1 La Plata 3 City Bell Villa Gesell 2 Pinamar Villa Gesell 1 J.B. Justo San Luis Constitución Alberti Rawson San Bernardo Vélez Cerro Alta Córdoba Shopping Nva Córdoba Cerro II Colón I Estrada Vélez I Nuevocentro Ricchieri R Martinolli R Martinolli II Venado Tuerto Alta Gracia II Casino Cárcano Acceso Cosquín La Falda Jesús Maria Villa Allende Alta Gracia Cruz del Eje
Calle 30 N° 777 Diagonal 79 N° 962 Cno. Gral. Belgrano y Calle 15 Boulevard y 112 Rivadavia y Totoras Av. 3 1081 J.B. Justo 2367 San Luis 2034 Constitución 6098 Alberti 2535 Rawson 1199 Stgo. del Estero 2690 Av. V. Sarsfield 1845 - P.V. Sarsfield Av. R. Nuñez 4630 - Cerro J.L. de Cabrera y Jujuy - Alta. Cba Goycochea 2851 - Alto S. Martín Ituzaingó 701 - Nva. Cba. Av. R. Nuñez 3500 - Cerro Av. Colón 695 - Centro J. M. Estrada 66 - Nva. Cba. Av. V. Sarsfield 132 - Centro Av. D. Quirós 1400 - Alto Alberdi Av. Ricchieri 3296 - Jardín Recta Martinoli 4300 - V. Belgrano Recta Martinoli 8469 San Martín 749 – Venado Tuerto, Santa Fe Ruta Nac. N°5 Esquina Reconquista, Alta Gracia San Martín 311- Carlos Paz Av. Cárcano y Los Eucaliptos – Carlos Paz San Martín 1173 – Carlos Paz San Martín 1127 – Cosquín Av. Edén 370 – La Falda Av. Olmos 43, Jesús María Goycochea 1327, Villa Allende Méjico 650, Alta Gracia Rivadavia 293 esq. Alvear, Cruz del Eje
Anexo II – Productos Participantes 1.Campo austral 2.Poett 3.Scott 4.Ariel 5.Mr. Musculo 6.Procenex 7.Elite 8.Cif 9.Vileda 10.Ayudín 11.Higienol 12.Skip 13.Siempre Libre 14.Pantene 15.Rexona 16.Babysec 17.Kotex 18.Hinds 19.Carefree 20.Confort Sec 21.Sensodyne 22.Nutrilon Pro Futura 23.Sancor 24.Finlandia 25.Colonial 26.Casancrem 27.Ser 28.Salteña 29.Bimbo 30.Citric 31.Milkaut 32.Granja del Sol 33.Mc Cain 34.Paty 35.Ron Havana 36.Bodega Cafayate 37.Emilia – Nieto Senetiner 38.Oddka 39.Benjamin - Nieto Senetiner 40.Terma Limonadas 41.Bodega Argento 42.Knorr 43.Milka 44.Oreo 45.Campagnola 46.Taragui 47.Gallo Snacks
48.Matarazzo 49.Nestle Chocolates 50.Maggi 51.Nescafe 52.Hellmanns 53.Bagley 54.Kellogs 55.Cocinero Oliva 56.Luchetti 57.Nesquik 58.La Merced 59.Union 60.Savora 61.3 Arroyos 62.Lays 63.Sol 64.Imperial 65.Heineken 66.Clight 67.Aquarius Delight 68.Terma 69.Gancia