BASES GENERALES FONDO CONCURSABLES INICIATIVAS DE CARÁCTER DEPORTIVO, CULTURAL, EDUCACIÓN, DESARROLLO SOCIAL, PRODUCTIVO Y MEDIO AMBIENTALES

BASES GENERALES FONDO CONCURSABLES INICIATIVAS DE CARÁCTER DEPORTIVO, CULTURAL, EDUCACIÓN, DESARROLLO SOCIAL, PRODUCTIVO Y MEDIO AMBIENTALES ENAP REFI

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BASES GENERALES FONDO CONCURSABLES INICIATIVAS DE CARÁCTER DEPORTIVO, CULTURAL, EDUCACIÓN, DESARROLLO SOCIAL, PRODUCTIVO Y MEDIO AMBIENTALES ENAP REFINERIA ACONCAGUA AÑO 2015 En el marco de nuestra Política de Responsabilidad Social y de Sustentabilidad, que plantea como eje estratégico de desarrollo una plan proactivo con las comunidades vecinas, Enap Refinerías S.A., mediante su Refinería Aconcagua, invita a las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, según Ley Nº 19418, de la comuna de Quintero a participar del “Fondo Concursable ENAP 2015”, que tiene por finalidad aportar recursos financieros para cofinanciar proyectos de desarrollo comunitario en la comuna de Quintero. El Fondo Concursable ENAP 2015, está orientado en apoyar iniciativas y propuestas generadas por la comunidad a través de sus organizaciones territoriales y funcionales sin fines de lucro, que cuenten con un carácter participativo y sustentable, de acuerdo a los ejes temáticos contenido en estas bases, de beneficio y respaldo comunitario para su ejecución. Enap Refinerías S.A., Refinería Aconcagua, en el marco de su Política de Desarrollo Sustentable y el Programa Comunidades, busca establecer a través del presente Proyecto, nexos de cooperación con la comunidad de Quintero, en la que se ubican sus proyectos y operaciones.

De acuerdo a lo anterior y en correspondencia al estándar de desarrollo comunitario del Grupo de Empresas Enap, que apunta “a ser reconocida como un buen vecino, una empresa cercana, confiable y transparente, que contribuye al desarrollo local y al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades”. Estos “Fondos Concursables ENAP 2015” se regularán por las presentes Bases Administrativas y aquella reglamentación complementaria que pueda emitir Enap Refinerías S.A.

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2. Convocatoria: Este fondo es estrictamente comunal y solamente podrán participar organizaciones de la comuna convocada. Podrán participar las organizaciones territoriales y funcionales sin fines de lucro, regidas por la Ley 19.418, que cuenten con personalidad jurídica vigente al momento de suscripción del convenio (fecha a convenir). 3. Orientación de los Proyectos. Los cinco ejes estratégicos para la presentación de los proyectos son los siguientes: A. Eje Medio Ambiente: Se orienta a la presentación de proyectos enfocados en la protección del medio ambiente, recuperación de espacios comunitarios, uso eficiente de la energía, reciclaje, difusión y educación ambiental, recuperación del patrimonio ambiental, y todo proyecto que este orientado en mejorar la calidad ambiental de la comuna convocada. B. Eje Educación: Se deberán presentar proyectos orientados al fortalecimiento de las organizaciones, capacitación para el desarrollo comunitario, escuelas y talleres, iniciativas para mejorar la educación en general. C. Eje Cultura: Proyectos enfocados en la promoción de la cultura tradicional, cultura local, fortalecimiento del patrimonio cultural y eventos culturales. D. Eje Deportes: Línea temática orientada en la presentación de proyectos que tengan relación con el mejoramiento de los espacios deportivos, adquisición de equipamiento e implementación deportiva, talleres deportivos y promoción de campeonatos y eventos deportivos, implementación deportiva para discapacitados, etc. E.

Eje Desarrollo Social y Productivo:

Dentro de este eje temático se podrán presentar proyectos que vayan orientados a mejoramiento de espacios comunitarios, adquisición de equipamiento para sedes, equipamiento e infraestructura para mejorar la calidad de vida a personas con capacidades

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diferentes y sustentar pequeños emprendimientos productivos que mejoren la calidad de vida de las organizaciones seleccionadas.

4. Participación: Podrán participar presentando proyectos a los “Fondos Concursables Enap 2015” todas las organizaciones sociales tanto territoriales como funcionales sin fines de lucro, de la Comuna de Quintero, que tengan personalidad jurídica, cuyo directorio se encuentre vigente, que no mantenga deudas ni rendiciones pendientes con cualquiera de las entidades pertenecientes al Grupo de Empresas ENAP y que se encuentre inscrita en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos. 5. Responsable del Proyecto: Se deben presentar, como personas responsables del proyecto a lo menos 2 representantes formales, debidamente acreditados por el Municipio de Quintero. 6. Cada postulación deberá ir acompañada de la siguiente documentación. a) Fotocopia simple del RUT de la Organización. b) Fotocopia simple cédula nacional de identidad del o los representante(s) legale(s) de la Organización y de los responsables del proyecto. c) Fotocopia de la Cuenta Bancaria o de Ahorro a nombre de la organización. d) Certificado de inscripción como persona jurídica receptora de fondos públicos (Ley Nº 19862). e) Certificado de Vigencia de la Organización. f) En caso de realizar el proyecto en un Bien Nacional de Uso Público, autorización de la Municipalidad de Quintero para la realización y uso del lugar para los fines u objetivos que busca el proyecto. g) A lo menos dos (2) cotizaciones de los materiales, obra vendida, equipamiento o mano de obra considerada para la ejecución del proyecto. h) Carta de compromiso, en caso de convenio con otras organizaciones que aporten al proyecto. i) Formulario de postulación. j) Certificado Municipal de la vigencia de la Directiva de la Organización. k) Acreditar inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en caso que la Organización considere el pago de honorarios de terceros.

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6. Presentación de proyectos: Cada organización postulante deberá presentar su proyecto en sobre cerrado, adjuntando la documentación requerida, con la siguiente leyenda en el exterior: Sres. Enap Refinería Aconcagua Fondo Concursable 2015 Gerencia de División Relación Comunidades ERA Organización Postulante:… Nombre del proyecto: … 7. Plazo y Lugar para postular proyectos: Se considera como plazo máximo el día 20 de Noviembre del 2015, hasta las 15:00 horas. El sobre se deberá entregar en la Oficina de Partes de Enap Refinerías S.A., Refinería Aconcagua, ubicada en Av. Borgoño 25.777, Concón. Para todos los efectos de esta convocatoria, se considerará como fecha y hora de recepción, aquella estampada en el sobre por la Oficina de Partes de Enap Refinería Aconcagua. 8. Plazo de Ejecución de los proyectos: Se deberá considerar 6 (seis) meses como plazo máximo de ejecución de los proyectos, contados a partir de la firma del convenio y entrega de los recursos por parte de Enap Refinerías S.A. Periodo en el cual se deberá ejecutar, evaluar y mejorar las propuestas seleccionadas. 9. Recursos Fondo Concursable 2015: Para el año 2015 el Fondo Concursable cuenta con un total de M$60.000 (sesenta millones de pesos), que permitirán financiar proyectos que las organizaciones comunitarias presenten en los ejes estratégicos predefinidos para este Programa de Participación. Las organizaciones podrán postular por cada proyecto hasta un máximo de hasta $ 2.000.000 (Dos millones de peso), pudiendo la organización presentar más de un proyecto de los cuales la Comisión Evaluadora elegirá uno. 10. Aporte de la organización postulante: Se considera como requisito que las organizaciones postulantes, aporten el 10% del costo total del proyecto evaluado. Este porcentaje solicitado deberá ser respaldado con una carta compromiso que indique que el aporte de la organización, el cual deberá corresponder un 10% en otros aportes, se efectúa por medio de recursos tales como: uso de sedes, equipamiento, horas de trabajo, etc., en general activos que se utilicen y puedan cuantificarse. 4

Para la cuantificación y valoración de las contrapartidas del aporte de las diferentes Organizaciones se deben tener en cuenta varios aspectos: a) El tipo de contrapartida, si es en especie (muebles, arriendos, equipos computacionales, etc.) o en naturaleza (mano de obra y/o Horas/hombre trabajadas). b) El precio, costo o valor en el mercado de la mercancía u objeto a aportar, al momento de hacerla constar en el presupuesto. c) Conocer cuáles son los niveles de salarios, remuneraciones o sueldos tanto en el sector público como privado, para aplicarlo a las contrapartidas en naturaleza (mano de obra no especializada y cooperación técnica), que casi siempre aparecen en estos tipos de proyectos. 11. Financiamiento: Se podrá financiar todo o parte del proyecto que se presente por la Organización que postula. En general el “Fondo Concursable ENAP 2015” financiará los materiales y equipamientos necesarios para el desarrollo de las actividades u obras definidas en el proyecto seleccionado. En lo relativo a Recursos Humanos, se financiarán la contratación de profesionales, técnicos y/o monitores, los que deben estar debidamente justificados en el proyecto. Del máximo obtenido para el financiamiento del proyecto, se deberán destinar un máximo del 10 % para Gastos Administrativos y un 5 % para Imprevistos. El proyecto no podrá considerar pago de sueldos, honorarios y remuneraciones al representante legal y/o miembros de la directiva de la organización comunitaria. Todo proyecto que considere la realización de talleres, deberá contemplar una actividad de cierre del mismo, la que deberá ser debidamente informada a la empresa y acreditada con lista de asistencia y en lo posible registro fotográfico de la misma. 12. Asistencia Técnica: La División Relación Comunidades ERA de Enap Refinería Aconcagua prestará asistencia técnica a las organizaciones que lo requieran, para consultas de este tipo, se pueden comunicar con: Bebé Henríquez Parada Profesional designada al fono 32/2650573 y/o mail [email protected] o dirección Av. Borgoño 25.777, Oficinas Administrativas, Concón.

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13. Selección de Proyectos: La selección de los proyectos será realizada por una Comisión Evaluadora, la que será conformada por un representante de Enap Refinería Aconcagua, un representante del Municipio de Quintero, un representante de la Unión Comunal de Quintero (Urbana), un representante de la Unión Comunal de Quintero (Rural), Un Representante del Gobierno Regional (Gobernador de Valparaíso) y un representante de Medio Ambiente (Seremi Medio Ambiente), quienes seleccionarán a partir de la siguiente matriz de evaluación los proyectos ganadores: MATRIZ DE EVALUACIÓN DE FONDO CONCURSABLE ENAP REFINERÍA ACONCAGUA 2015 Re: Pje. Criterio Pje. Asignado Máximo Identificación del problema 5 Claridad en los objetivos 5 Claridad en descripción 5 proyecto Metodología Coherencia entre actividad y 5 recursos Continuidad del proyecto 5 Coherencia costo del proyecto 5 Subtotal 30 Número de beneficiarios directo 10 Proyecto participativo y 5 proactivo Beneficiarios Proyecto innovador y creativo. 5 Diagnostico Participativo (Acta) 5 Subtotal 25 Asociatividad con otras 5 organizaciones Proyección de la Iniciativa 10 Impacto Identidad Cultural. 5 Difusión masiva 5 Subtotal 25 Factibilidad Cumplimiento de los requisitos 20 Técnica/Legal solicitados Subtotal 20

RESULTADO

TOTAL

100

Los proyectos seleccionados serán dados a conocer el 14 de diciembre de 2015, mediante comunicación directa con cada una de las organizaciones beneficiadas y publicación en la prensa local.

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14. Celebración de los convenios: Una vez escogidos los proyectos, se procederá a suscribir un convenio de Ejecución y Financiamiento entre la empresa Enap Refinería S.A. y la organización adjudicataria. En dicho convenio se especificarán las condiciones en que este será ejecutado, su forma de financiamiento, las obligaciones de las partes y demás estipulaciones que se requieran. Formarán parte del Convenio tipo las presentes bases de convocatoria. Sin la suscripción de este Convenio por el o los representantes de la Organización Comunitaria adjudicada, no podrá ser posible efectuar la transferencia de fondos adjudicados. Los fondos se transferirán a la cuenta bancaria o de ahorro que señale la Organización al momento de adjudicar el proyector. 15. Condiciones de ejecución y supervisión de los proyectos: La ejecución de los proyectos deberá cumplir con el programa de trabajo y presupuesto presentado y aprobado. Si existiera la necesidad de modificar dicho programa, debe ser debidamente comunicado y justificado a la División Relación Comunidades de Enap Refinería Aconcagua mediante carta formal debidamente aprobada por el Directorio de la organización. El seguimiento técnico de los proyectos estará a cargo de la División Relación Comunidades de Enap Refinería Aconcagua y tendrá como objetivos: -

Apoyar su ejecución, asegurando que se realice conforme a lo comprometido en el proyecto adjudicado. Velar por el buen uso de los recursos asignados.

Si alguna de las organizaciones beneficiadas con este fondo, no presentan avances en su ejecución de acuerdo a lo planteado o no presenta los respectivos avances financieros o incumplimiento de plazos, le será revocado el monto aprobado y se resolverá el Convenio respectivo. Una vez adjudicado los fondos para los proyectos, éstos no podrán ser modificados, de lo contrario se podrá dar término anticipado al proyecto y/o al Convenio, exigiéndose el reintegro de los recursos transferidos. Solo de forma excepcional se podrán autorizar por Enap Refinerías S.A. cambios menores que no altere el objetivo del proyecto y que se justifiquen por causas no previstas al momento de postular.

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16. Rendición de cuenta de los Fondos concursables (informe final): Los criterios de las rendiciones de cuenta serán los siguientes: 1. En las rendiciones solo se aceptarán facturas y boletas timbradas y emitidas por el SII con fecha posterior a la firma del Convenio con la Empresa. 2. Las facturas o boletas deberán estar emitidas a nombre de la institución a la cual se ha entregado el aporte, incluyendo además su RUT y Dirección. 3. Los gastos deberán estar destinados a cumplir con los objetivos establecidos en el proyecto. 4. Las rendiciones deberán ser entregadas antes del 30 de julio del año 2016 a la División Relación Comunidades de Enap Refinería Aconcagua, para su visación. 5. Las organizaciones beneficiadas deberán adjuntar a su rendición un informe de evaluación del proyecto el cual deberá contemplar a lo menos: el cumplimiento de la planificación, los problemas presentados en la ejecución, el impacto territorial y el número de beneficiarios en la ejecución del proyecto (acreditado a través de lista de asistencias, fotografías, etc) 6. La falta de probidad, la evidencia de intención de dolo o el uso de los recursos en funciones no establecidas en el proyecto, invalidarán a la organización para postular a futuros Fondos Concursables que la empresa pueda realizar, sin prejuicio de las acciones legales que puede llevar adelante la empresa contra los culpables. 7. En caso que una Organización haya presentado problemas con la rendición del proyecto, esta tendrá un plazo de 6 (seis) meses, para solucionar las falencias de la misma, de ser aceptadas las correcciones a su rendición por Enap Refinerías S.A., la organización podrá participar de las siguientes convocatorias a los Fondos Concursables que la empresa pueda realizar. 8. Cierre del Proyecto: conformado por un cierre técnico y cierre financiero el 30 de julio del 2016: a) Cierre Técnico: una vez finalizada la ejecución de la iniciativa objeto del proyecto junto a la rendición, cada organización comunitaria adjudicada deberá entregar a Enap Refinerias S.A. un informe Final de Evaluación acompañado de los medios de verificación tales como. Fotografías, CD, videos, registros de prensa, etc. b) Cierre Financiero: una vez finalizada la ejecución y rendidos los recursos a Enap Refinerías S.A. y luego que las rendiciones hayan sido revisadas conforme, se produce el cierre financiero que acredita la inexistencia de situaciones financieras pendientes para el proyecto. Se podrá emitir certificado por Enap Refinerías S.A. respecto a este cierre. Se deberán informar oportunamente a Enap Refinerías S.A. los cambios de Directiva en las respectivas Organizaciones durante la ejecución del proyecto.

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17. Difusión de los “Fondos Concursables ENAP 2015”, Enap Refinería Aconcagua: Se realizarán una serie de actividades de difusión con el propósito de dar a conocer el inicio de este programa de participación social de la empresa Enap Refinerías S.A., Refinería Aconcagua, como al mismo tiempo se mantendrá un seguimiento comunicacional periódico durante su ejecución. Las organizaciones beneficiadas deberán invitar a la comunidad favorecida y a la empresa, a cada evento de ejecución importante como son inicio y cierre del proyecto, ceremonia de premiación, competencia deportiva, etc., las que serán apoyadas por la empresa con cobertura y difusión en la prensa local. Todo material de difusión del proyecto tales como comunicados, invitaciones, folletos etc., deberá incorporar en la gráfica el logo oficial del Grupo de Empresas ENAP, que determinará Enap Refinerías S.A. e indicar expresamente que el proyecto es financiado por “Enap Refinería Aconcagua”. El logo oficial será entregado en formato digital, una vez firmado el convenio. Al Inicio, durante y al finalizar el periodo de ejecución de los proyectos, la empresa podrá realizar las acciones públicas que estime pertinentes, con el fin de difundir los alcances y cumplimiento de los proyectos ejecutados. 18.- CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO. Enap Refinerías S.A. podrá poner término anticipado a cualquiera de los convenios respectivos requiriendo total o parcialmente la devolución o reintegro de los recursos transferidos a la Organización Comunitaria responsable de la iniciativa objeto del proyecto y podrá ordenar la adopción de las medidas correspondientes, sin perjuicio del derecho de accionar judicialmente para obtener la restitución total de los fondos adjudicados y entregados, en el evento que concurran alguna de las siguientes causales: a) Si la organización adjudicada no inicia oportunamente la ejecución del proyecto en el plazo indicado en el Convenio; b) Por disolución de la organización comunitaria responsable del proyecto; c) Por presentarse un estado de notoria insolvencia de la organización comunitaria responsable; d) Por fuerza mayor o caso fortuito; e) Por incumplimiento grave de las obligaciones contempladas en las presentes bases; f) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio del Proyecto, por causas o hechos imputables a la organización comunitaria;

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g) Por utilizar los fondos transferidos en actividades ajenas al Proyecto; h) Por negarse a la fiscalización que podrá realizar la División Relación Comunidades de ERA; 19.- DE LAS SANCIONES Para el evento de presentarse problemas en algunos de los puntos que se señalan a continuación, la organización comunitaria podrá ser sancionada con la inhabilidad para participar en una siguiente convocatoria que pueda realizar Enap Refinerías S.A., sin perjuicio de la facultad de terminar anticipadamente el convenio, a saber son: a.- Entrega de fuera de plazo de la rendición; b.- No entregar de forma oportuna la calendarización de las actividades a realizar en el Proyecto. c.- Cambio del Proyecto sin autorización previa por Enap Refinerías S.A. o motivo justificado de fuerza mayor.

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