BASES PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE FORMACION (0.5+2)
A.- PLOCAN Es una infraestructura movilizadora de ciencia y tecnología, en investigación e innovación, en todos los aspectos relacionados con el medio marino y marítimo y de aquellos otros cuyo desarrollo exige disponer de laboratorios situados en dicho medio, al permitir el acceso al espacio oceánico. PLOCAN está dirigida tanto a la comunidad científica y tecnológica, en búsqueda de la excelencia, como a empresas para lograr una competitividad socioeconómica internacional. Se inserta de pleno en las iniciativas, actuales y futuras, de colaboración y coordinación europeas en el campo marino y marítimo, todo ello con las garantías medioambientales suficientes. PLOCAN es un Consorcio formado por el Ministerio de Economía y Competitividad, y el Gobierno de Canarias. Está regido por un Consejo Rector y cuenta con un Director Ejecutivo, con las competencias establecidas en el art. 15 de sus Estatutos. PLOCAN, para conseguir sus objetivos multidisciplinares y desarrollarlos con sinergias, se dota de un modelo de organización flexible, basado en unidades funcionales y en unidades transversales, que definen las relaciones formales internas para una gestión eficaz centrada en las personas, por lo tanto, prioriza tanto su competencia científica y tecnológica específica, como sus competencias personales, interpersonales, y su actitud. PLOCAN es un proyecto innovador, pionero y flexible, que se adapta y gestiona el cambio y la complejidad en un mundo global y en red. B.- COMPROMISOS DE PLOCAN PLOCAN es una comunidad en la que las personas, para facilitar el trabajo en equipo y una buena atmósfera de trabajo, se comprometen explícitamente a asumir e implementar su código de comportamiento, en cuestiones tales como: Cultura corporativa. Adaptación al cambio. Visión profesional de futuro, compatible con la visión y valores de la organización. Comportamiento ético, coherente con garantías medioambientales suficientes, y con la responsabilidad social corporativa. Organización que aprende, compartiendo conocimiento, resultados e información pertinentes con la Comunidad. Responsabilidad, guardando confidencialidad de datos, situaciones y resultados que pudiera conocer por el desempeño de su actividad. Relaciones interpersonales y una actitud, que faciliten una buena atmósfera de trabajo y de convivencia. Flexibilidad, adaptación y disponibilidad a cambiar de tarea, adecuadas a las competencias personales e interpersonales, dentro del organigrama funcional. Disponibilidad, cuando se le requiera, para desplazarse, desarrollar estancias en centros nacionales e internacionales, y para trabajar en cualquiera de las sedes del Consorcio.
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C.- PLAN DE FORMACION El Plan de Formación a seguir por los aspirantes seleccionados bajo la dirección de un tutor, es coherente con la voluntad de PLOCAN de ser una organización centrada en las personas y que aprende. Pretende desarrollar la cultura de la excelencia, y las competencias y actitudes que faciliten el desarrollo de su futura trayectoria profesional. Para lo que se considerarán aspectos, que complementen su formación académica inicial; esta formación tendrá carácter obligatorio. El Plan concreto a seguir por cada aspirante seleccionado será acordado con su propio Tutor. La duración de las ayudas será de un máximo de 30 meses, contados a partir de la fecha de incorporación del beneficiario y se estructurará en dos fases diferenciadas: - Fase I (6 meses): En la primera fase se le ofrece a los beneficiarios una ayuda económica para su formación (consideración de “beca”). Su propósito es la formación del becario, mediante la realización de actividades dirigidas por PLOCAN, que tienen como objetivo facilitarle los conocimientos teórico-prácticos convenientes para desenvolverse en el mundo laboral. - Fase II (12 meses renovables hasta un máximo de 24 meses): En la segunda fase, se les podrá, en su caso, ofrecer un contrato de trabajo (“contrato de trabajo en prácticas”) cuyo propósito es completar su formación profesional con la obtención de una retribución por parte del beneficiario. PLOCAN, como consecuencia del compromiso con el entorno socioeconómico nacional, desea desarrollar un programa orientado a facilitar la formación complementaria de muy alta especialización y posterior inserción laboral de los egresados. Se trata de complementar la formación recibida, con una vertiente práctica en entornos laborales (Formación Profesional Especializada, FPE) que continúe la Formación en Centros de Trabajo (FCT), ya integrada en la Formación Profesional (FP). El objetivo de las ayudas formativas es facilitar la inserción laboral y complementar la formación académica de personal cualificado especializado procedente de ciclos de formación profesional, mediante el desarrollo de conocimientos, actitudes y competencias que puedan favorecer el ejercicio activo de la formación recibida y su capacidad de inserción laboral. Qué se desea ofrecer: Cualificaciones profesionales complementarias. Mejores oportunidades de acceso al mundo laboral. Perfeccionamiento de los conocimientos lingüísticos y uso de herramientas informáticas. Una experiencia profesional en un entorno técnico, científico y empresarial marino-marítimo de vanguardia, internacional e innovador. Conocimiento profesional de PLOCAN y de su cultura corporativa. Todo ello, a través de una formación teórico-práctica desarrollada en la sede de PLOCAN, sus instalaciones o en las de las empresas/instituciones que colaboran formalmente con el Consorcio. Cada una de las fases, tiene una base jurídica distinta, que pasa a detallarse a continuación.
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D.- BASES JURÍDICAS D.1.- Fase I: BECA La primera fase de la presente Convocatoria se rige fundamentalmente por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a las bases que regulan esta convocatoria. D.2.- Fase II: CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS Esta fase se rige fundamentalmente por lo dispuesto en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por las bases que regulan esta convocatoria y por las normas generales que, en relación con los costes de personal, se establezcan en las diferentes Leyes de Presupuestos Generales. En este sentido, PLOCAN promoverá que aquellos que superen satisfactoriamente la fase I y cumplan con el resto de requisitos y condiciones establecidas en estas bases, sean beneficiarios de un contrato de trabajo en prácticas por un periodo máximo de dos años. La formalización de este contrato estará en todo caso condicionado a la disponibilidad presupuestaria de PLOCAN y al cumplimiento tanto de los requisitos legales generales aplicables como a los requisitos de las bases y presupuestarios específicos. Las actividades a desarrollar por el trabajador en prácticas tendrán como finalidad la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados por el trabajador. E.- AYUDAS (BECAS) QUE SE CONVOCAN El Director de PLOCAN de acuerdo con los Estatutos del Consorcio (Art 15), convoca tres becas de formación de seis meses. El objetivo de las becas será el de desarrollar las tareas de formación que se encuadren dentro de una de las temáticas que se recojan en las bases. Así, las bases para las ayudas de formación concretarán entre otros las temáticas susceptibles de asignación a los beneficiarios, los requisitos exigidos para poder participar, y el baremo específico a aplicar en la selección de aspirantes y serán accesibles a través del enlace activo señalado más abajo. La duración del Programa de Ayudas Formativas (PAF) para la inserción laboral tendrá una duración máxima e improrrogable de 30 meses para cada beneficiario seleccionado (beca inicial de 6 meses más una ayuda de 12 meses renovable hasta un máximo de 24 meses), contados a partir de la fecha de incorporación, y se estructuran en dos fases diferenciadas: E.1.- Fase I: BECA En la primera fase la ayuda revestirá las características de una Beca de Formación que facilite una posterior inserción laboral. Tendrá una duración de 6 meses. En esta primera fase el beneficiario de la formación deberá superar el programa de formación establecido.
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El beneficiario deberá firmar un compromiso de realización del programa formativo que se establezca, en los 6 meses de ayuda. Al finalizar esta fase, y en el caso de reunir todos los requisitos y superar positivamente la evaluación correspondiente tras la presentación de un informe, recibirán de PLOCAN un Diploma de Especialización (DE). No se podrá optar a la fase de contrato hasta que no haya completado el periodo de 6 meses de beca. Durante el periodo de beca, el beneficiario de la beca tendrá derecho a la interrupción temporal de la misma, únicamente en los supuestos de baja por incapacidad temporal (enfermedad o accidente), riesgo durante el embarazo, descanso por maternidad o paternidad, riesgo durante la lactancia y adopción o acogimiento, en los mismos términos que se establecen en la normativa laboral. E.2.- Fase II: CONTRATO DE TRABAJO EN PRÁCTICAS La segunda fase comprenderá, como máximo, los dos años siguientes a la finalización del periodo de beca, sin que exista interrupción en la actividad, y se incorporarán aquellos beneficiarios que cumpliendo los requisitos expuestos, hayan sido seleccionados por el Tribunal de Evaluación en función de la puntuación obtenida en el informe que deberán presentar al final de la referida Beca. El número de contratos de trabajos en prácticas a formalizar dependerán de las condiciones recogidas en estas bases que incluyen: disponibilidad presupuestaria, cumplimiento de la legislación aplicable y de las condiciones presupuestarias en vigor. F.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES De manera general, las obligaciones del Consorcio PLOCAN en relación con las personas que obtengan las ayudas a las que hace referencia la presente Convocatoria serán: a Conceder la ayuda económica que corresponda. b Proporcionar el apoyo necesario y facilitar la utilización de los medios, instrumentos o equipos, que sean necesarios para el normal desarrollo de sus tareas prácticas. c Designar un Tutor Individual para la orientación, seguimiento y evaluación de los estudios y actividades formativas teórico-prácticas. d Velar por el desarrollo adecuado del Programa de Formación propuesto, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con la formación específica requerida. e Dar de Alta al Becario en la seguridad social en los términos establecidos en la legislación aplicable. De manera general, el beneficiario de la formación tendrá las siguientes obligaciones con PLOCAN: a Incorporarse, salvo casos excepcionales y aceptados previamente por PLOCAN, en la fecha indicada en la convocatoria.
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b Completar las tareas propias a la fase que estén realizando, cumpliendo con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación. c Aceptar, una vez admitido, la carta de compromisos, de acuerdo con lo estipulado en estas bases. d Asumir la cultura, los horarios específicos que se les establezcan, y los procedimientos de PLOCAN. e Cumplimentar los informes, formularios y demás documentos que, a los efectos del disfrute de la ayuda, le sean requeridos por PLOCAN y las entidades que con ella colaboren. En este apartado se incluye la obligación de entregar una memoria de seguimiento de la ayuda en el formato establecido y superar los procesos de evaluación a la finalización del periodo de beca y de cada uno de los 12 meses de duración del periodo del contrato laboral, realizar los trabajos de formación y tareas académicas que les sean indicados por sus tutores, y presentar un informe al término de la beca y una Memoria al final de cada año del contrato en prácticas, que serán evaluadas por el Tribunal de Evaluación nombrados por el Director de PLOCAN. f En relación a los derechos de propiedad industrial así como los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el periodo de la ayuda, ya sea en fase de beca o de contrato, se aplicará la normativa vigente en la materia, por lo que los mismos pertenecerán única y exclusivamente a PLOCAN. La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica el respeto de las normas fijadas en esta convocatoria y en sus bases, así como a las propias de PLOCAN determine, para supervisar y evaluar el desarrollo de sus tareas y trabajos. El incumplimiento de las obligaciones por parte del el beneficiario de la formación podrá conllevar a la pérdida de todos los derechos inherentes a la misma. G.- DOTACIÓN DE LAS AYUDAS A continuación se define la dotación económica del plan formativo: a Durante el período de Beca el beneficiario recibirá una ayuda definida como beca. La cuantía de la beca será de 750 euros mensuales brutos, a lo largo de seis mensualidades. Así mismo, PLOCAN sufragará el coste de la cuota patronal a aportar a la Seguridad Social, que corresponda para cada año. b Durante el período de Contrato de Trabajo en Prácticas, la dotación para el contrato que se formalice se destinará a abonar el salario y la cuota patronal de la Seguridad Social de los aspirantes contratados, siendo la retribución del trabajador equivalente al 60 y 75 por 100 durante el primer y segundo año de vigencia, respectivamente, del salario fijado para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. c Se podrá conceder ayudas complementarias a las aquí descritas con el objeto de compensar gastos de locomoción, manutención y estancias derivadas de asistencia a foros, cursos o reuniones, así como la realización de estancias temporales en otras instituciones o empresas.
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H.- REQUISITOS NECESARIOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA Los aspirantes a las becas convocadas, para ser admitidos en el proceso de evaluación-selección, deberán poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la formalización del contrato, los siguientes requisitos: H.1.- Nacionalidad a Tener la nacionalidad española o de cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea. b Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho cuando sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. c Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. d Los extranjeros, que no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España. e Si el castellano no fuera su lengua materna, el nivel exigido será de un C1. H.2.- Titulación para las distintas actuaciones: Poseer un título de Técnico de Grado Superior (Ciclo Superior en Formación Profesional) en titulaciones relacionadas con las siguientes líneas de actuación: 1) Apoyo al Área Socioeconómica de PLOCAN: Formación en la organización y ejecución de procesos administrativos, informáticos y de divulgación del Área Socioeconómica de PLOCAN, aplicando la normativa vigente y los procedimientos propios de la entidad. El Área Socioeconómica apoya en la difusión de actividades, generación de procedimientos y soporte informático al resto de las áreas de PLOCAN. 2) Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos: Formación en el desarrollo de software, así como en la gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones y de sistemas y equipos de telecomunicaciones e informáticos, a partir de la documentación técnica, normativa y procedimientos establecidos, asegurando el funcionamiento, la calidad, la seguridad y la conservación medioambiental. 3) Diseño en Fabricación Mecánica: Formación en el diseño de productos de fabricación mecánica. Elaboración, organización y mantenimiento de la documentación técnica complementaria a los planos, cumpliendo la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.
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4) Laboratorio de Análisis y Control de Calidad: Formación en la organización y coordinación de las actividades de laboratorio y el plan de muestreo, realizando todo tipo de ensayos y análisis sobre materias y productos en proceso y acabados, orientados a la investigación y al control de calidad, interpretando los resultados obtenidos y actuando bajo normas de buenas prácticas en el laboratorio. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la documentación que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. En el caso de que no se encuentre homologado o reconocido en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se podrá sustituir este requisito (siempre y cuando la titulación se presuma por el órgano convocante, equivalente a la exigida en la convocatoria), si se acredita haber iniciado la tramitación para la homologación o reconocimiento. Se procederá a la rescisión del contrato si la autoridad competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan. H.3.- Impedimento legal para participar: No podrán participar en este proceso selectivo, quien hubiese sido sancionado en firme mediante expediente de formación profesional, o haya sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, no guardar relación de parentesco en primer o segundo grado, con los componentes de los órganos de dirección o tutores de la empresa. En el caso de ser mayor de 30 años, no podrá haber superado en más de dos años la fecha de obtención del último título oficial. Además, para poder optar a la formación, no podrá haber estado contratado en prácticas con anterioridad por tiempo superior a dos años, ni en PLOCAN ni en ninguna otra organización. El disfrute de la Ayuda objeto de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de análoga naturaleza y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, cuando ello perjudique a la actividad formativa de la ayuda y/o se produzca en su mismo horario. Los beneficiarios deberán comunicar a PLOCAN, si se produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como tengan conocimiento de ello y cuando proceda, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, lo que podrá originar las correspondientes minoraciones en el importe de la ayuda concedida.
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I.- MÉRITOS DE LOS CANDIDATOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN A APLICAR Para que la convocatoria se ajuste a los criterios de igualdad, méritos y capacidad, los aspirantes que reúnan los requisitos exigidos serán sometidos a un proceso de valoración de la documentación justificativa aportada, y se aplicarán los baremos establecidos a continuación:
I.1.- Formación (máximo 60 puntos) Concepto
Expediente académico (nota media obtenida a partir de certificado expedido por el centro donde haya cursado los estudios)
Cursos seguidos en entidades acreditadas, directamente relacionados con las líneas de actuación de la convocatoria.*
Puntos (máximo)
Puntos por item
Aspectos a considerar Nota media de más de 9
20
Nota media de más de 8 y hasta 9
14
Nota media de más de 7 y hasta 8
9
Nota media de más de 6 y hasta 7
5
Curso de 20 o más horas y menos de 50 horas.
1
Curso de 50 o más horas y menos de 100 horas.
2
Curso de 100 horas o más.
3
20
12
Estancias de duración entre 1 y 4 semanas (por cada estancia) Estancias de más de 4 semanas de duración (por cada estancia)
2
Estancias formativas especializadas en Instituciones y/o empresas, relacionadas con líneas de actuación a la que opta
5
Nivel de Inglés (con título oficial)
5
Nivel de inglés B2 o superior
5
Idiomas adicionales (con título oficial)
3
Idioma adicional (nivel B1 o superior)
2
Experiencia adicional relativa a las líneas de actuación de la convocatoria.
15
Por cada mes
1
4
*No se puntuarán los cursos realizados en los que no figure su número de horas y descripción del mismo. Por tanto, deberán especificarse.
I.2.- Entrevista a juicio del Tribunal (máximo 40 puntos): En la entrevista el Tribunal comprobará que se cumplan los requisitos que se han considerado como necesarios para participar en el proceso de selección, sus competencias personales, la relación de los cursos y experiencia adicional presentados, su actitud y su compromiso. Los aspirantes han de obtener un mínimo de 10 puntos en la valoración de la entrevista para superar esta fase. Si ningún aspirante alcanza la puntuación mínima requerida, la beca quedará vacante. La comprobación de que el aspirante no cumple los requisitos necesarios, será causa de exclusión del mismo en el proceso de selección; para tomar esta decisión, se requerirá la unanimidad en el Tribunal.
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J.- SOLICITUDES Quienes deseen participar en este proceso de empleo deberán cumplimentar el formulario electrónico que figura en esta convocatoria. El formulario deberá cumplimentarse necesariamente y hacerlo a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la página web http://empleo.plocan.eu. Toda esta información aportada en el formulario electrónico será tenida en cuenta para evaluar si cumple/no cumple los requisitos para participar; para la valoración de los méritos aportados a la beca la que se presenta y se tomará como referencia para la entrevista, por lo que toda la información relevante deberá de aportarse en el formulario abierto a tal efecto. La información que no conste en el formulario electrónico, aunque quede reflejada en el currículum vitae o documentación facilitada, no será tenida en cuenta para la valoración. PLOCAN se reserva el derecho a comprobar los datos aportados por los candidatos. La acreditación, mediante documento original o copia compulsada, de la existencia de los documentos que se definen en las Bases, se realizará antes de la formalización de la beca. La no presentación de la documentación pertinente o no reunir los requisitos necesarios establecidos, supondrá la exclusión de los aspirantes seleccionados. El correo electrónico se considerará como medio válido a efectos de requerimientos y notificaciones. La convocatoria estará abierta, en esta página corporativa de PLOCAN, desde el miércoles 29 de junio hasta el martes 12 de julio de 2016. La hora de cierre de la convocatoria será a las 17 horas (hora de Canarias) del martes 12 de julio de 2016. La incorporación de los aspirantes seleccionados está prevista en septiembre. K.- TRIBUNAL DE EVALUACIÓN-SELECCIÓN El Tribunal estará compuesto por tres personas, designadas por el Director del Consorcio PLOCAN. El Tribunal actuará de forma colegiada. La composición de este Tribunal se publicará en la página web corporativa de PLOCAN, antes de comenzar el proceso de selección. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. A efectos de comunicaciones, consultas y demás incidencias, se podrán dirigir mediante correo electrónico, a la dirección
[email protected]. La información relativa a la convocatoria estará disponible en la página web corporativa de PLOCAN: www.plocan.eu.
L.- PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección, siguiendo los principios generales del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y a la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, consistirá en las siguientes fases:
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a) Examen del formulario electrónico cumplimentado por el candidato al objeto de comprobar si los candidatos reúnen los requisitos necesarios para participar en el proceso selectivo. b) Publicación, en la página web de PLOCAN, de la relación provisional de admitidos y excluidos. c) Apertura de un periodo de 3 días hábiles para las posibles subsanaciones de los participantes excluidos. d) Publicación en la página web de PLOCAN, de la relación definitiva de aspirantes a las becas convocadas. e) El Tribunal realizará la evaluación de los méritos aportados, según el baremo que se encuentra establecido en el apartado I. f) Entrevista del Tribunal con los aspirantes seleccionados: A continuación, el Tribunal seleccionará a un máximo de 20 candidatos para pasar a la fase de entrevista. Estos serán elegidos siguiendo el orden numérico de calificación de sus méritos, según el baremo publicado en las bases. g) Los aspirantes seleccionados para la entrevista, serán citados mediante correo electrónico, en el que constará el lugar, fecha y hora de la entrevista. h) Si el Tribunal tuviera conocimiento, en algún momento, de que alguno de los aspirantes no cumple con los requisitos para participar en la convocatoria, será excluido. i) Publicación en la página web de PLOCAN de la relación de los candidatos elegidos.
M.- SUPERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN a) El Tribunal elevará el resultado de su evaluación a la Dirección. La resolución del Director se publicará en la página web corporativa de PLOCAN. b) La propuesta de los aspirantes se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida (formación + entrevista). c) No se podrá proponer más de un candidato, para realizar la formación. No obstante, la relación que eleve el Tribunal a la Dirección podrá contener, con la debida separación, una relación adicional de aspirantes suplentes, para que si el aspirante seleccionado no llegara a formalizar la ayuda, la Dirección pudiera, por riguroso orden de puntuación, proponer la formalización al aspirante siguiente de la mencionada relación. d) El Tribunal podrá declarar el proceso desierto. e) Antes de firmar el correspondiente contrato, se exigirá la acreditación de la existencia de los documentos originales que se definen en las Bases. La no presentación de la documentación pertinente o no reunir los requisitos necesarios establecidos, supondrá la exclusión de los aspirantes seleccionados. f) El contrato se formalizará en el momento de la incorporación.
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N.- ANULACIONES Y RENUNCIAS La concesión de la beca de inserción laboral podrá ser anulada por los siguientes casos: 1. Si se comprueba alguna irregularidad o falsedad en los datos aportados. 2. Si no se presenta en PLOCAN en la fecha y lugar indicados. 3. Si se incumple gravemente las obligaciones en la realización de las tareas formativas/práctica. En caso de renuncia voluntaria de la ayuda por parte del aspirante seleccionado este deberá comunicarlo por escrito, a PLOCAN, con una antelación mínima de 15 días. La renuncia o anulación de la concesión de la beca antes de su terminación podrá conllevar a la perdida de todos los derechos inherentes a la misma. O.- NORMA FINAL La presente convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados, en los casos y formas establecidas en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Taliarte, 29 de junio de dos mil dieciséis. El Director Dr. Octavio Llinás González
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