REPÚBLICA DE EL SALVADOR CENTRO NACIONAL DE REGISTROS BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA PRÉSTAMO N° 1888-ES/BCIE
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT-01/2012-CNR-BCIE
CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
San Salvador, Agosto 2012
ÍNDICE
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17.
18.
19.
20. 21. 22.
SECCIÓN I INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES…………………………………………………… Definiciones y abreviaturas…………………………………………………………………………………….… Objeto y Normativa Aplicable del Concurso……………………………………………………………… Síntesis de Descripción del Proyecto……...…………………………………………………………….…. Oferentes elegibles…………………………………………………………………..…………………………….... Bases del Concurso……………………………………………………………………………………………………. Preparación de Ofertas……………………………………………………………………………................ Aclaraciones.……………………………………………………………………………………………………………… Adendas…………………………………………………………………………………………………………………….. Idioma de los documentos de la Oferta y del Contrato …………………………………………. Moneda de la Oferta y del Contrato ……………………………………………………………............ Garantía de Mantenimiento de Oferta ……………………………………………………………………… Ejecución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta ………………………….………………… Plazo de vigencia de las Ofertas ……………………………………………………………………………... Capacidad para Contratar ………………………………………………………………………………………... Impedido para Ofertar …………………………………………………………………………………….......... Documentos comprendidos en la Oferta…………………………………………………………………... Contenido y rotulación del Sobre N°1 ……………………………………………………………......... 17.1 Rotulación del Sobre N°1 .……………………………………………………………..……………... 17.2 Documentos que se deberán incluir en el Sobre N°1, si el Oferente es Persona Jurídica ……………………………………………………..................................... 17.3 Documentos que se deberán incluir en el Sobre N° 1, si el Oferente es Persona Natural …………………………………………………………………………………………….. 17.4 Generales …………………………………………………………………………………………………………. 17.5 Sociedades Extranjeras …………………………………………………………………….............. 17.6 Unión de varios Oferentes ……………………………………………………………................ Contenido y Rotulación del Sobre N°2 “Oferta Técnica” ……………....…………………………. 18.1 Rotulación del Sobre N°2 “Oferta Técnica” …………………………………………………… 18.2 Documentos que se deberán incluir en el Sobre N°2 …………………………........... Contenido y Rotulación del Sobre N° 3 “Oferta Económica” …………………………………….. 19.1 Rotulación del Sobre N°3 “Oferta Económica” ………………………………………………… 19.2 Documentos que se deberán incluir en el Sobre N°3 ……………….…..………………. Condiciones de los Documentos de la Oferta ……………………………………..…………………….. Formato y firma de la Oferta……………………………………………………..……………………………….. Presentación de las Ofertas ………………………………………………………………….….……............ 22.1 Como cerrar y marcar los sobres de las Ofertas …………..……………................ 22.2 Fecha límite para la presentación de las Ofertas …………………………............... 22.3 Ofertas tardías …………………………………………………………………….………….............. 22.4 Retiro de las Ofertas………………………………………………………………………….............
7 8 10 11 12 12 12 12 12 13 13 13 14 14 14 15 15 15 15 16 17 18 19 20 21 21 22 22 22 22 23 23 24 24 24 24 24
23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31.
Visita a la zona de la obra ……………………………………………………………………….................. Recepción de documentos y acto de apertura de ofertas………………………….……………… Examen de las ofertas ………………………………………………………………………………………………… Confidencialidad del proceso ....…………………………………………………………………………………. Exclusión de Ofertas..……………………………………….………………………………………................. Presentación de oferta de un solo Oferente...……………………………………………............... Derecho del CNR de suspender o dejar sin efecto el proceso del Concurso….………… Recurso de Revisión….………………………………………………………………………………………….…….. Preferencia a oferentes socios del BCIE …………………………………………………………………….
25 25 26 26 26 27 27 27 27
36. 37. 38.
SECCIÓN II EVALUACIÓN DE OFERTAS………………………………………………………………… Evaluación de Ofertas ………………………………………………………………………………………………… Criterios de Evaluación de Ofertas .………………………………………………………………............ Precalificación de la Empresa Sobre N°1……………………………………………………….………….. 34.1 Capacidad Legal …………………………………………………………………………………..…………. 34.2 Capacidad Financiera ………………………………………………………………………..…………. 34.3 Capacidad Administrativa y Técnica ……………………………………………………....….. Evaluación Técnica de la Oferta ……………………………………………….………………………………. 35.1 Requisitos Requeridos en la Evaluación Técncias de la Ofertas …………………. Evaluación del Sobre N° 3, Oferta Económica …………………………………………….…………… Errores Aritméticos ……………………………………………………………………………………….....………. Recomendación de Adjudicación…………………………………………………..………………..……………
29 30 31 31 31 32 34 41 45 46 47 47
36. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46. 47. 48. 49. 50. 51. 52. 53. 54. 55. 56.
SECCIÓN III ADJUDICACIÓN Y CONDICIONES GENERALES……………………………………… Criterios para la Adjudicación……………………………………………………………………………………. Modificación de la Adjudicación……………………………………………..………………………………….. Declaración Desierta o Fracasada……………..……………………………………………………..……….. Documentos Contractuales…………………………………………………………………………………..……. Plazo contractual………………………………………………………………………………………………........... Firma del Contrato…………………………………………………………………………………………………...... Anticipo y Retenciones……………………………………………………………………………………….......... Garantías…………………………………………………………………………………………………………............ Control por parte del CNR……………………………………………………………………………......……….. Nacionalidad de los Empleados de la Contratista de la Supervisión…………………………. Prestaciones Sociales e Indemnización………………………………………………………………………. Cesiones y Transferencias …………………………………………………………………………………..…….. De la Cesión del Contrato………………………………………………………………………………………...... De la Extinción de los Contratos……………………………………………………………………….…....... De la Caducidad………………………………………………………………………………………………………… Revocación…………………………………………………………………………………………………………….... Vigencia, Causas de Terminación del Contrato, Daños y Perjuicios por Mora………… Cesión, Delegación y Subcontratación………………………………………………………………….……
32. 33. 34.
35.
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48 49 49 50 50 51 51 51 52 53 54 54 54 55 55 55 55 56 56 4
57.
58. 59. 60. 61. 62. 63.
64. 65. 66. 67. 68. 69.
70.
71. 72. 73. 74. 75. 76.
77. 78. 79. 80. 81. 82. 83.
57 57 57 57 58 58 58 59 59
Cálculo de Plazos y Formas de Notificación………….………………………………………………..... 57.1 Modificaciones………………………………………………………………………………………………….. 57.2 Notificaciones ……………………………………………………………………………………..………… Forma, Trámite y Plazo de Pago………………………………………………………………….…………… Marco Legal…………………………………………………………………………………………………..…………… Derechos Legales No Renunciables ………………………………………………………………………… Leyes Aplicables, Jurisdicción y Solución de Conflictos………………………………………….. Solución de Controversias…………………………………………………………………………………………. Prácticas Corruptas o Fraudulentas…………………………………………………………….…………… SECCIÓN IV INSTRUCCIONES Y SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE SUPERVISIÓN ………………………………………………………………………………… Descripción del Servicio …………………………………………………………………………….………….. Reunión de Pre-Construcción y Entrega de Sitio de la Obra……………………………………. Orden de Inicio ………………………………………………………………………………………………………….. Operatividad del Plan de Supervisión ………………………………………………………………………. Obligaciones de la Supervisión ………….…………………………………………………….………………. Supervisión y Monitoreo………………………………………………………………………………..………….. 69.1 Representantes de la Supervisión Externa …………………………………………..……… 69.2 Medios Tecnológicos Mínimos a Utilizar por parte de la Supervisión Externa…………………………………………………………………………………………………………… Representante del Contratante ………………………………………………………………..……………… 70.1 Administrador de Contrato ……………………………………………………………..……………. 70.2 El Monitor ………………………………………………………………………………………………………. Seguimiento y Control por parte del CNR…………………………………………………..……………. Aspectos Generales del Proceso de Supervisión ……………………………………..……………… 72.1 Informes y Documentos ……………………………………………………………..….………….. Libros y Cuentas ………………………………………………………………………………………...……………. Liquidación y Documentación Definitiva …………………………………………………… .…………… Reuniones con la Contratista de la Obra ………………………..………………………………………. Aspectos Específicos del Proceso de Supervisión …………………………………..……..……….. 76.1 Criterios de Aceptación …………………………………………………………………...………….. 76.2 Supervisión de la Construccción ……………………………………………………..………….. 76.3 Inspección y Prueba en la Fuente de Suministro - Control de Calidad del Proyecto……………………………………………………………………………………………………………. 76.4 Control de avance y Programas de Trabajo del Proyecto …………………………… Procedimientos de Control de Ejecución …………………………………………………..…………….. Leyes, Normas y Reglamentos ………………………………………………………………….……………… Responsabilidades y Ética de La Supervisión…………………………………..………………………. Obligaciones de La Supervisión…………………………………………………...…………………………… Fuerza mayor o Caso Fortuito …………………………………………………………………...……………. Suspensión ………………………………………………………………………………………………………………… Prórrogas ……………………………………………………………………………………………………...…………..
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61 62 63 63 63 66 68 68 70 71 71 71 72 72 72 74 75 75 75 75 76 76 76 78 79 80 80 81 81 82 5
84. 85. 86. 87.
88.
82 83
Costo de los Servicios, Forma de Pago, Trámite y Plazo de Pago …………..……......... Pago Final y Liquidación……………………………………………………………………………....………….. Procedimientos de Aseguramiento de la Calidad de los Materiales y Procesos Constructivos …………………………………………………………………………………………….….………….. Realización de Inspección y Medición en cada Etapa del Proceso Constructivo……… 87.1 Inspección Preparatoria …………………………………………………………………............. 87.2 Inspección inicial ……………………………………………………………………………...…………. 87.3 Inspección de Seguimiento ………………………………………………………….…..…………. 87.4 Inspección de Terminación ……………………………………………………………….………… 87.5 Registros, Archivos y Auditoría ……………………………………………………..…………….. Sanciones ………………………………………………………………………………………………….……………….
83 83 83 84 84 84 85 86
SECCIÓN V ANEXOS ………………………………………………………………………………………… Anexo 1 Declaración Jurada ……………………………..…....................…………………………. Anexo 2 Carta de Oferta ………………………………………………………………………………..………. Anexo 3 Formulario para la Identificación del Oferente ……………………………………… Anexo 4 Formato de Oferta Económica …………………………………………………………...…… Anexo 5 Modelo de Carta Compromiso …………………………………………………………….…… Anexo 6 Modelo de Contrato ………………………………………………………………………….….…… Anexo 7 Cuadro de Personal Asignado a la Supervision del Proyecto ………...………. Anexo 8 Preparacion Academica del Personal Clave que Labora a Tiempo Completo con el Oferente …………………………………………………………………………. Anexo 9 Experiencia en Proyectos Similares del Personal Clave que Labora a Tiempo Completo con el Oferente ………………………………………………………….. Anexo 10 Preparación Académica del Personal Profesional y Técnico que Labora a Tiempo Completo con el Oferente que será Asignado al Proyecto ………… Anexo 11 Experiencia en Proyectos Similares del Personal Profesional y Técnico que Labora a Tiempo Completo con el Oferente …………………………………….. Anexo 12 Experiencia del Oferente en la Supervisión de Proyectos Similares Desarrollados en los Últimos Diez Años ………………………………………………….
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SECCIÓN I INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES
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1.
DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
ADQUISICIÓN:
Se refiere a la contratación del suministro de los bienes y/o servicios requeridos por el CNR.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:
Persona nombrada mediante Acuerdo de Consejo Directivo para el seguimiento y control directo del Contrato, como contraparte Institucional en la ejecución del mismo, en apoyo al Representante del CNR.
AFP:
Administradora de Fondos de Pensiones.
BCIE:
Banco Centroamericano de Integración Económica.
CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS:
Certificado emitido por el Representante del CNR una vez que el Contratista de la obra ha corregido los defectos.
CNR:
Centro Nacional de Registros.
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS:
Grupo de personas que han sido nombradas por medio de Acuerdo del Consejo Directivo del CNR, para evaluar ofertas y recomendar adjudicar o declarar desierta el Concurso.
CONSEJO DIRECTIVO:
Máxima autoridad del CNR, competente para la aprobación de las Bases del Concurso y adjudicación de los contratos.
CONTRATISTA DE LA OBRA:
Persona natural o jurídica a quién ha sido adjudicado el Concurso y que ejecutará el contrato.
CONTRATO:
Instrumento jurídico suscrito entre el Contratista de la obra y el CNR, en virtud del cual establecen las obligaciones y derechos originados de la adjudicación para la prestación del servicio objeto de este concurso.
CUADRO DE OFERTA ECONÓMICA:
Cuadro que contiene las cantidades verificadas y completadas por el Oferente, con los precios que forman parte de su oferta.
DEFECTO:
Cualquier parte de los servicios o productos que no hayan sido terminados conforme a lo
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requerido en el contrato. DÍAS CALENDARIO:
Son todos los días del año, laborales y no laborales.
DÍAS HÁBILES:
Los días laborales de la Administración Pública, de 7:30 A. M. a 4:00 P. M. exceptuando sábados, domingos, y días oficiales festivos de acuerdo a la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos, y al Reglamento Interno de Trabajo del CNR.
DÓLARES O (US$):
Dólares de los Estados Unidos de América, moneda que se utiliza en la República de El Salvador, a partir de la vigencia de la Ley de Integración Monetaria, del 01 de enero de 2001.
FECHA DE TERMINACIÓN:
Fecha de terminación de los servicios por parte del Contratista de la obra según lo certifique el CNR.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO:
Préstamo N° 1888-ES/BCIE otorgado por El Banco Centroamericano de Integración Económica, para financiar el costo de la segunda fase del Proyecto de Modernización del Registro Inmobiliario y del Catastro. El CNR destinará una parte de los recursos de dicho préstamo al pago del Contrato de servicio objeto del presente Concurso.
INSUMOS:
Es toda la información proporcionada por el CNR para la ejecución de los servicios por parte del Contratista de la obra.
IVA:
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
LACAP:
Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
MEDIADOR O CONCILIADOR:
Es la(s) persona(s) designada(s) en forma conjunta por el CNR y el Contratista de la obra para resolver en primera instancia cualquier controversia, luego de haber intentado el trato directo.
OFERTA DEL CONTRATISTA DE LA OBRA:
Documento del Concurso completo presentado por el Contratista de la obra al CNR.
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OFERENTE:
Persona natural o jurídica que presenta oferta para una Licitación o Concurso.
PRECIO DE CONTRATO:
Precio que va a ser pagado por la ejecución de los Servicios.
RELACAP:
Reglamento de la Ley de Adquisiciones Contrataciones de la Administración Pública.
REPRESENTANTE DEL CNR:
Persona designada por el CNR con notificación al Contratista de la obra, responsable de supervisar la ejecución de los Servicios y tomar todas las decisiones relevantes relacionadas con éstos.
REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA DE LA OBRA:
Persona designada por el Contratista de la obra para dirigir los trabajos y los servicios.
SERVICIOS O SERVICIOS TÉCNICOS:
Trabajo que va a ejecutar el Contratista de la obra conforme a este Contrato, según se describe en las Especificaciones Técnicas.
SUB-CONTRATISTA DE LA OBRA:
Entidad con la que el Contratista de la obra subcontrata una parte accesoria o complementaria de los Servicios.
UACI:
2.
Unidad de Adquisiciones Institucional.
y
y
Contrataciones
UCP:
Unidad de Coordinación del Proyecto de Modernización Fase II, responsable de supervisar la ejecución de los Servicios y de administrar el Contrato en apoyo al Representante del CNR.
UNAC:
Unidad Normativa de Adquisiciones Contrataciones de la Administración Pública.
ZONA DE LOS SERVICIOS:
Área de trabajo definida en las especificaciones técnicas.
y
OBJETO Y NORMATIVA APLICABLE DEL CONCURSO El CNR por medio de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI), promueve el presente Concurso Público Internacional N° CPINT-01/2012CNR-BCIE, cuyo objeto es la contratación de una empresa que realice la Consultoría para la Supervisión del Proyecto “Construcción de Mezanine y Reforzamiento Estructural del Edificio de Almacenes Generales del CNR en San Salvador”. Dicho Concurso, será financiado con fondos del Banco Centroamericano de Integración Económica, del préstamo BCIE N° 1888, suscrito entre el CNR y el BCIE, destinado para sufragar el costo del Proyecto de
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Modernización del Registro Inmobiliario y del Catastro Fase II, a excepción del IVA que será pagado con fondos de Contrapartida. Este proceso se desarrollará aplicando la Normativa del BCIE, la LACAP supletoriamente y demás disposiciones legales vigentes en El Salvador. 3.
SÍNTESIS DE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El edificio a construir y reforzar se encuentra ubicado dentro de un complejo de construcciones en las instalaciones del Centro Nacional de Registros en la ciudad de San Salvador, ubicado en el costado poniente de la 43 avenida norte del municipio de San Salvador. El inmueble actual es una edificación tipo nave industrial de una sola planta; la estructura del mismo es un sistema perimetral de columnas y vigas de concreto; las paredes son de ladrillo de barro colocadas de lazo; el piso es de ladrillo de cemento y de cerámica en algunas áreas. En cuanto la estructura del techo son tijeras metálicas con cubierta de lámina galvanizada acanalada. El proyecto consiste en realizar un reforzamiento estructural general para elevar el nivel de paredes y columnas, así como la sustitución de la cubierta de techo, con el fin de edificar un mezanine para crear un segundo nivel y optimizar las áreas. El entorno ó radio de acción en donde operará el proyecto, comprende el área total del edificio actual, además se consideran parte del proyecto las áreas aledañas al edificio que son: las aceras perimetrales, los arriates ubicados en el sector poniente y el parqueo de empleados ubicado también al poniente del mismo. Por la ubicación del proyecto será necesario establecer una estrategia coordinada y avalada por el Centro Nacional de Registros, para evitar interferencias entre la construcción y el funcionamiento interno del complejo de oficinas del CNR, para lo cual se deberá definir las áreas que podrán ser asignadas para el acopio de los elementos producto de los desmontajes y de las demoliciones, posteriormente el acopio y bodegaje de materiales suministrados, instalaciones provisionales, definir los accesos para el suministro de materiales, circulación y estacionamiento de equipo. Por tanto el contratista de la obra será el responsable de tomar todas las medidas necesarias para proteger las construcciones que se encuentran en el perímetro del proyecto, así como también los servicios vitales como, energía eléctrica, agua potable y otros, ya que de sufrir daños estos deberán ser reparados por el contratista de la obra. La ejecución de la construcción del edificio incluye: obras civiles exteriores e interiores y acabados, rampa de acceso al segundo nivel para personas discapacitadas, instalaciones eléctricas (incluye planta eléctrica de emergencia), sistema de telefonía y datos, instalaciones hidráulicas de red de agua potable y sanitaria así como de aguas lluvias y cisterna. Al mismo tiempo la edificación estará equipada con sistema de aire acondicionado central, sistema de emergencia contra incendios, sistema de cámaras de circuito cerrado, mobiliario modular y archivos de alta densidad. En las nuevas instalaciones se contará con espacios mucho más amplios y destinados para cada actividad, para poder así, prestar todos los servicios en forma eficiente, funcionales, bien distribuidos, que ofrezcan comodidad a los usuarios y a los empleados.
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4.
OFERENTES ELEGIBLES El presente llamado al Concurso está abierto a todos los proveedores de los países miembros y no miembros según lo establecido en la Política y Normas del BCIE sobre adquisiciones, que cumplan con los requisitos exigidos en dichas normas y en la LACAP
5.
BASES DEL CONCURSO Los documentos del Concurso comprenden las siguientes secciones, las adendas y aclaraciones emitidas por el CNR, comunicadas de acuerdo a los numerales 7 y 8: Sección I: Instrucciones a los Oferentes Sección II: Evaluación de Ofertas Sección III: Adjudicación y Condiciones Generales Sección IV: Instrucciones y Seguimiento del proceso de Supervisión Sección V: Anexos
6.
PREPARACIÓN DE OFERTAS Para preparar su oferta, el Oferente deberá examinar cuidadosamente lo detallado en cada una de las secciones antes descritas, incluyendo los anexos del presente documento, éste sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. Será responsable por las consecuencias y costos provenientes de la falta de conocimiento o errónea interpretación de estos documentos.
7.
ACLARACIONES Todo Oferente que necesite cualquier aclaración de los documentos del concurso, podrá solicitarla a la UACI del CNR por escrito, por fax o correo electrónico enviado a la siguiente dirección; 1ª Calle Poniente y cuarenta y tres Avenida Norte N° 2310, Módulo 8, San Salvador, El Salvador o a la dirección de correo electrónico
[email protected], así como al Fax (503)-2260-7737, dichas solicitudes de aclaración deberán contar con acuse de recibo por cualquiera de los medios antes descritos que permita tener constancia fehaciente de la recepción de las mismas. El plazo para solicitar aclaraciones a los documentos del Concurso, será de DIEZ (10) días calendario posterior al último día hábil de la venta de las Bases; no se recibirán solicitudes de aclaraciones posteriores a esta fecha. El CNR responderá por escrito a toda solicitud de aclaración a más tardar QUINCE (15) días calendario antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas. El CNR enviará una copia de su respuesta, incluida una explicación de la consulta pero sin identificar su procedencia, a todos los Oferentes que hayan retirado los documentos del Concurso, las aclaraciones formarán parte de los documentos contractuales; las respuestas se harán por escrito, por correo electrónico o por fax debiendo contar con acuse de recibo por cualquiera de los medios antes descritos que permita tener constancia fehaciente de la recepción de las mismas.
8.
ADENDAS Cualquier adenda expedida por el CNR será parte de los documentos del Concurso y se comunicará por escrito, por correo electrónico o por fax a todos los Oferentes que hayan adquirido las Bases Concurso, a más tardar QUINCE (15) días calendario antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas. Los Oferentes deberán
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de confirmar el recibo de cada adenda por cualquiera de los medios antes descritos que permita tener constancia fehaciente de la recepción de las mismas. 9.
IDIOMA DE LOS DOCUMENTOS DE LA OFERTA Y DEL CONTRATO Los documentos que conforman la oferta que prepare el Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y el CNR, deberán redactarse en el idioma castellano. Los documentos de respaldo y la literatura impresa proporcionada por el Oferente podrán estar escritos en otro idioma, a condición de que vaya acompañada de una traducción fiel de los documentos pertinentes al idioma castellano, los documentos deberán estar autenticados por notario y las autoridades salvadoreñas competentes según el caso, o ser apostillados. Si estuvieren vertidos en idiomas diferentes al castellano, deberán traducirse de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias. El Contrato será elaborado en el idioma Castellano, el cual será el idioma obligatorio y regulador para todos los asuntos concernientes al significado o la interpretación del Contrato.
10.
MONEDA DE LA OFERTA Y DEL CONTRATO Los precios serán ofertados y pagados en Dólares de los Estados Unidos de América.
11.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Cada Oferente presentará en original, a favor del CNR, como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta, por la cantidad de TRECE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO 73/100 Dólares (US$13,374.73). a. Se aceptarán como garantías, fianzas, aceptación de órdenes de pago, cheque certificado, certificado de depósitos de conformidad al Artículo 32 de la LACAP. Estas garantías deberán ser emitidas por institución bancaria, compañía aseguradora o afianzadora, debidamente autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Salvador. En caso que la Garantía sea emitida por un Banco Extranjero deberá ser avalada o confirmada por una Institución financiera de El Salvador y estará denominada en la misma moneda de la oferta. b. El plazo de validez de esta garantía, será de DOSCIENTOS DIEZ (210) días calendario contados a partir de la fecha de apertura de la oferta, establecido en el aviso de convocatoria. c. Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, o que dicha Garantía no haya sido emitida por el monto solicitado, para el tiempo requerido, haciendo referencia al nombre de este proceso y a favor del CNR, será rechazada, por no ajustarse a las Bases del Concurso. d. Las Garantías de Mantenimiento de Oferta, de los Oferentes considerados No Elegibles serán devueltas, conforme al proceso establecido en el numeral 32 literal c). e. La Garantía de Mantenimiento de Oferta, les será devuelta a los Oferentes no ganadores, después de la firma del contrato, excepto la del ganador del
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Concurso a quien se le devolverá después que haya rendido la Garantía de Cumplimiento de Contrato con el CNR. 12.
EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA La garantía de mantenimiento de oferta se hará efectiva si el Oferente: a. Retira su oferta injustificadamente durante el periodo de validez estipulado en las presentes Bases del Concurso. b. No acepta el precio de oferta corregido, resultante de la corrección aritmética establecida en el Numeral 37. Errores Aritméticos. c. No acepta la adjudicación que el CNR le ha asignado. d. No presenta las solvencias vigentes requeridas para suscripción del contrato tal como se establece en el Numeral 17.4. Generales, del Contenido del Sobre N°1. e. No suscribe el contrato dentro del plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de interposición del recurso de revisión, después de notificada la Adjudicación. f. No presenta la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo determinado en el Numeral 46. Garantías a Presentar. En cualquiera de estos casos, el CNR procederá a suscribir contrato con el segundo mejor evaluado y así sucesivamente se hará con las siguientes ofertas, de conformidad al Numeral 40 Modificación de la Adjudicación.
13.
PLAZO DE VIGENCIA DE LAS OFERTAS. a. Las ofertas presentadas deberán ser válidas por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días calendario, contado a partir de la fecha de Apertura de Ofertas. b. En circunstancias excepcionales, el CNR podrá solicitar previa autorización del Consejo Directivo y la No Objeción del BCIE, el consentimiento de los oferentes para prolongar el período de la validez de la oferta. La solicitud y las respuestas de los oferentes se harán por escrito por correo electrónico o por fax, los cuales deberán contar con acuse de recibo por cualquiera de los medios antes descritos que permita tener constancia fehaciente de la recepción de las mismas Un oferente puede rechazar la solicitud sin que se le haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta. A los oferentes que accedan a la prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas, pero la Garantía de Mantenimiento de la Oferta se prorrogará por el mismo período.
14.
CAPACIDAD PARA CONTRATAR Podrán ofertar y contratar con la administración pública, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad legal para obligarse; y que no concurra en ellas las situaciones contempladas en los Artículos 19 de La Normativa del BCIE y 25 de la LACAP. Los contratos celebrados en contravención a lo dispuesto en el Artículo 25 antes mencionado, producen nulidad sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal en que se incurra.
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El Oferente deberá manifestar que no se encuentra incapacitado para contratar, detallando si estuviere en cualquiera de las situaciones contempladas en el Artículo en mención, de conformidad al Anexo 1. 15.
IMPEDIDO PARA OFERTAR Están impedidos para ofertar todas las personas naturales, jurídicas y funcionarios considerados en el Artículo 26 de la LACAP. Las contrataciones en que se infrinja lo dispuesto en este artículo son nulas. Los Oferentes, adjudicatarios o contratista de la obras tienen prohibido celebrar acuerdos entre ellos o con terceros, con el objeto de establecer practicas que restrinjan de cualquier forma el libre comercio. El funcionario o cualquier persona que tenga conocimiento de dichas prácticas deberán notificarlo a la Superintendencia de Competencia para los efectos correspondientes.
16.
DOCUMENTOS COMPRENDIDOS EN LA OFERTA La oferta que presente el Oferente deberá comprender los siguientes documentos: En el Sobre N° 1 “Precalificación”, deberá incluir la información solicitada en el numeral 17, a fin de verificar su capacidad legal y financiera; así como la experiencia del Oferente. En este sobre deberá de incluir la Garantía de Mantenimiento de Oferta y la Declaración Jurada, según Anexo 1 y demás documentos requeridos según el numeral 17.4 de las presentes Bases. En el sobre N° 2 “Oferta Técnica” deberá incluir y apegarse a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas, correspondientes a la Sección IV de estas Bases. En el Sobre N° 3 “Oferta Económica”, detalle de los precios, según Anexo 4. Los documentos de oferta presentados en los sobres antes mencionados deben ser firmados en todas sus páginas por el Representante Legal o apoderado del Oferente; o a quien el Representante Legal delegue para tales efectos con la acreditación correspondiente, deberá tomarse en cuenta que dicha omisión se considera como NO SUBSANABLE y por lo tanto motivo de descalificación automática del proceso de Concurso de conformidad a lo regulado en el Art. 29, letra q) de la Normativa del BCIE.
17.
CONTENIDO Y ROTULACIÓN DEL SOBRE N°1 17.1
ROTULACIÓN DEL SOBRE N°1 Para la presentación de la oferta, el oferente deberá de rotular el Sobre N°1 de la siguiente manera:
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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SOBRE N°1 “PRECALIFICACIÓN” CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL Nº CPINT-01/2012-CNR-BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR” Nombre del Oferente: Dirección: Teléfonos: Fax Correo Electrónico: 17.2
DOCUMENTOS QUE SE DEBERÁN INCLUIR EN EL SOBRE N°1, SI EL OFERENTE ES PERSONA JURÍDICA: El sobre N°1 deberá contener fotocopia certificada por notario de: a. Testimonio de Escritura de Constitución de la Sociedad, y en su caso de la modificación, transformación, o fusión, debidamente inscrita en el Registro de Comercio. b. Inscripción por primera vez o renovación, en su caso, de matrícula de empresa y establecimiento vigente, extendida por el Registro de Comercio. En caso que el Oferente a la fecha de presentación de ofertas se encuentre tramitando su registro de matrícula o la renovación de esta, se admitirá la CONSTANCIA ORIGINAL emitida por el Registro de Comercio sobre tal situación. c. Credencial del Representante Legal, o Testimonio de la Escritura del Poder de la persona facultada para actuar como apoderado, inscrita en el Registro de Comercio. d. Nómina de accionistas o socios. e. Documento Único de Identidad (DUI), Pasaporte ó Carnet de Residente del Representante Legal o Apoderado de la Sociedad, en cualquiera de los casos los documentos deberán estar vigentes. f. Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) de la Sociedad. g. Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) del Representante Legal o Apoderado. h. Tarjeta de Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, IVA de la sociedad. i. Detalle de cualquier litigio judicial y arbitral en curso o durante los últimos cinco años, en el que el Oferente está o estuvo involucrado, las partes interesadas y el monto en controversia, el cual deberá ser firmado por el Representante Legal o Apoderado de la sociedad. En
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caso de no tener litigios pendientes o en curso se deberá manifestar tal situación. j. Documentación Financiera: Estados Financieros Básicos, debidamente Auditados con Dictamen y Notas del Auditor y depositados en el Registro de Comercio, para los ejercicios terminados al 31 diciembre del 2011 y 2010, o el correspondiente al tiempo que tenga de operar el Oferente según su fecha de creación. k. Formulario para la identificación del Oferente, el cual se deberá presentar según el Anexo 3, los datos ahí consignados son los que se utilizan para enviar la correspondencia que se genere durante el proceso. l. Presentar planillas de cotizaciones previsionales del IPSFA, ISSS o AFP’S, y del régimen de salud del ISSS, correspondiente al último período cancelado. m. Detalle de la Información necesaria para realizar la evaluación de la Capacidad Administrativa y Técnica, según el numeral 34.3. En caso que el ofertante presente documentación emitida en el extranjero, esta deberá estar debidamente apostillada o autenticada de conformidad a la Legislación Salvadoreña. 17.3
DOCUMENTOS QUE SE DEBERÁN INCLUIR EN EL SOBRE N° 1, SI EL OFERENTE ES PERSONA NATURAL El Sobre N° 1 deberá contener fotocopia certificada por notario de: a. Documento Único de Identidad (DUI) vigente. b. Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT). c. Tarjeta de Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (NRC), IVA d. Inscripción por primera vez o renovación, en su caso, de matrícula de empresa y establecimiento vigente, extendida por el Registro de Comercio. En caso que el Oferente a la fecha de presentación de ofertas se encuentre tramitando su registro de matrícula o la renovación de esta, se admitirá la CONSTANCIA ORIGINAL emitida por el Registro de Comercio sobre tal situación. e. Detalle de cualquier litigio judicial y arbitral en curso o durante los últimos cinco años, en el que el Oferente está o estuvo involucrado, las partes interesadas y el monto en controversia, el cual deberá ser firmado por el Representante Legal o Apoderado de la sociedad. En caso de no tener litigios pendientes o en curso deberá manifestar tal situación. f. Documentación Financiera: Estados Financieros Básicos, debidamente Auditados con Dictamen y Notas del Auditor y depositados en el Registro de Comercio, para los ejercicios terminados al 31 diciembre
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del 2011 y 2010, o el correspondiente al tiempo que tenga de operar el Oferente según su fecha de creación. g. Formulario para la identificación del Oferente, el cual se deberá presentar según el Anexo 3, los datos ahí consignados son los que se utilizan para enviar la correspondencia que se genere durante el proceso. h. Presentar planillas de cotizaciones previsionales del IPSFA, ISSS o AFP’S, y del régimen de salud del ISSS, correspondiente al último período cancelado. i. Detalle de la Información necesaria para realizar la evaluación de la Capacidad Administrativa y Técnica, según el numeral 34.3. En caso que el ofertante presente documentación emitida en el extranjero, esta deberá estar debidamente apostillada o autenticada de conformidad a la Legislación Salvadoreña. 17.4
GENERALES Adicionalmente los Oferentes deberán presentar los siguientes documentos en original y vigentes a la fecha de su presentación e incluirlos en el Sobre N°1: a. Declaración Jurada en acta notarial, sobre la capacidad y la ausencia de impedimentos para contratar, la veracidad de la información proporcionada y en la cual manifiesta no haber sido declarado no elegible por el BCIE y otros aspectos requeridos por la Normativa BCIE y LACAP, según Anexo 1. b. Solvencia Tributaria (Art. 218 Código Tributario). c. Solvencias de seguridad social del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, AFP’S Confía y Crecer e IPSFA. d. Solvencia de pago de cotizaciones previsionales, extendida por la Unidad de Pensiones del ISSS. e. Solvencia de impuestos municipales de la Alcaldía Municipal del domicilio del Oferente. f. Garantía de Mantenimiento de Oferta Original g. Carta compromiso según el Anexo 5. En general podrán ofertar personas jurídicas que tengan capacidad legal para contratar y que estén solventes en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social. Los Oferentes aunque no tengan registro de afiliados en todas las AFP, tendrán que presentar las solvencias, ya que las AFP tienen sus respectivos formatos para estos casos, no se aceptarán copias certificadas de las solvencias solicitadas.
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17.5
SOCIEDADES EXTRANJERAS Las sociedades extranjeras estarán sujetas a las disposiciones de la Normativa BCIE y LACAP, por lo que deberán acreditar suficientemente la capacidad legal y personería jurídica de la sociedad, y la personería de su representante legal o apoderado, de acuerdo a las leyes del país en que se hubiera constituido, al menos con los siguientes documentos en original o copias certificadas: a. Documentos de constitución o estatutos de la sociedad, que compruebe que está legalmente constituida, de acuerdo con las leyes del país en que se hubiere organizado. b. Documento de modificación de los estatutos, transformación o fusión de la Sociedad si los hubiere. c. Credencial del Representante Legal u otro documento que lo acredite como tal, según la Legislación del país o documento de poder, con que actúa el representante de la sociedad extranjera. d. Pasaporte ó Carné de Residente del Representante Legal o Apoderado de la Sociedad, documentos que deben estar vigentes. e. Certificado que compruebe la solvencia fiscal de su país de origen. f. Declaración Jurada en acta notarial, emitida ante notario salvadoreño, sobre la capacidad y la ausencia de impedimentos para contratar, la veracidad de la información proporcionada y en la cual manifiesta no haber sido declarado no elegible por el BCIE y otros aspectos requeridos por la Normativa BCIE y LACAP, según se establece en el formulario presentado en el Anexo 1. g. Detalle de cualquier litigio judicial y arbitral en curso o durante los últimos cinco años, en el que el Oferente está o estuvo involucrado, las partes interesadas y el monto en controversia, el cual deberá ser firmado por el Representante Legal o Apoderado del oferente. En caso de no existir litigios pendientes o en curso deberá manifestar tal situación. h. Documentación Financiera: Estados Financieros Básicos de la Sociedad, debidamente auditados con Dictamen y Notas del Auditor, y registrados por la Institución Pública responsable del registro de su país de origen, para los ejercicios terminados al 31 de diciembre de años 2011 y 2010, o el correspondiente al tiempo que tengan de operar según su fecha de creación. Además se requiere que las cifras sean convertidas a dólares de los Estados Unidos de América a nivel de Cuentas de Balance, mediante cuadro anexo a los Estados Financieros en original debidamente firmado por el contador o quien haga sus veces y el representante de la sociedad. i. Formulario para la identificación del Oferente, el cual se deberá presentar según el Anexo 3, los datos ahí consignados son los que se utilizan para enviar la correspondencia que se genere durante el
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proceso. j. Presentar planillas u otro documento que respalde las cotizaciones previsionales del personal técnico y administrativo de la empresa en el país de origen. Correspondiente al último período. k. Garantía de mantenimiento de oferta Original l. Carta compromiso presentadas según Anexo 5. m. Detalle de la Información necesaria para realizar la evaluación de la Capacidad Administrativa y Técnica, según el numeral 34.3. Toda documentación emitida en el extranjero, deberá estar debidamente apostillada o autenticada de conformidad a la Legislación Salvadoreña. 17.6
UNIÓN DE VARIOS OFERENTES Las uniones de varios oferentes, estarán sujetas a lo dispuesto en la LACAP, por lo que deberán acreditar suficientemente la capacidad legal y personalidad jurídica de la Unión y la personería de su representante legal o apoderado, indicando quien será el representante de la unión, debiendo cumplir con los siguientes documentos en original o copias certificadas: a. Escritura Pública o estatutos de las sociedades que la forman, que compruebe que están legalmente constituidas, de acuerdo con las leyes del país en que se hubiere organizado. b. Documentos de modificación, transformación sociedades que la forman, si las hubiere.
o
fusión
de
las
c. Acuerdo de Unión de Sociedades otorgado en Escritura Pública, que regule por lo menos las obligaciones entre los sujetos y los alcances de su relación jurídica. d. Credenciales de los Representantes Legales de las Empresas que conforman la Unión, u otro documento que los acredite como tal, según la Legislación del país o documento de poder, con que actúan los representantes de las sociedades extranjeras. e. DUI, Pasaporte ó Carnet de Residente de los Representantes Legales o Apoderados de las Sociedades, que deberán estar vigentes. f. Identificación y acreditación del representante en El Salvador, en el caso de Sociedades extranjeras. g. Certificado que compruebe la solvencia fiscal de su país de origen, en el caso de sociedades extranjeras. h. Declaración Jurada en acta notarial, sobre la capacidad y la ausencia de impedimentos para contratar, la veracidad de la información proporcionada y en la cual manifiesta no haber sido declarado no elegible por el BCIE y otros aspectos requeridos por la Normativa BCIE y LACAP, según se establece en el formulario presentado en el Anexo 1.
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i. Documentación Financiera: Estados Financieros Básicos de las empresas que forman la Unión, debidamente Auditados con Dictamen y Notas del Auditor, y Registrados por la Institución Pública responsable del registro, para los ejercicios terminados al 31 de diciembre del 2011 y 2010, o el correspondiente al tiempo que tengan de operar según su fecha de creación. Además se requiere que las cifras sean convertidas a dólares de los Estados Unidos de América a nivel de Cuentas de Balance, mediante cuadro anexo a los Estados Financieros en original debidamente firmado por el contador o quien haga sus veces y el representante de la sociedad. j. Formulario para la identificación del Oferente, el cual se deberá presentar según el Anexo 3, los datos ahí consignados son los que se utilizan para enviar la correspondencia que se genere durante el proceso. k. Presentar planilla u otro documento que respalde las cotizaciones previsionales del personal técnico y administrativo de la empresa en el país de origen. Correspondiente al último período. l. Garantía de Mantenimiento de Oferta Original. m. Carta Compromiso presentada según el Anexo 5. n. Detalle de la Información necesaria para realizar la evaluación de la Capacidad Administrativa y Técnica, según el numeral 34.3. o. Detalle de cualquier litigio judicial y arbitral en curso o durante los últimos cinco años, en el que el Oferente está o estuvo involucrado, las partes interesadas y el monto en controversia, el cual deberá ser firmado por el Representante Legal o Apoderado del oferente. En caso de no existir litigios pendientes o en curso deberá manifestar tal situación. Cuando la unión sea formada por uno o más empreas en El Salvador, cada una deberá presentar la documentación requerida en el numeral 17.2 y 17.3 de esta sección. Toda documentación emitida en el extranjero, deberá estar debidamente apostillada o autenticada de conformidad a la Legislación Salvadoreña. 18.
CONTENIDO Y ROTULACIÓN DEL SOBRE N°2 “OFERTA TÉCNICA” 18.1
ROTULACIÓN DEL SOBRE N°2 “OFERTA TÉCNICA” Para la presentación de la Oferta, el Oferente deberá rotular el Sobre N°2 de la siguiente manera:
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SOBRE N°2 “OFERTA TÉCNICA” CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL Nº CPINT-01/2012-CNR-BCIE. CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR” Nombre del Oferente: Dirección: Teléfonos: Fax Correo Electrónico: 18.2
DOCUMENTOS QUE SE DEBERÁN INCLUIR EN EL SOBRE N° 2 “OFERTA TÉCNICA” Los oferentes con la finalidad de presentar en debida forma la Oferta Técnica, deberán tomar en consideración lo siguiente: Documentación en la cual se detalle lo solicitado en el numeral 35. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OFERTA y en la Sección V ANEXOS según corresponda, de las presentes bases.
19.
CONTENIDO Y ROTULACIÓN DEL SOBRE N°3 “OFERTA ECONÓMICA” 19.1
ROTULACIÓN DEL SOBRE N°3 “OFERTA ECONÓMICA”, Para la presentación de la Oferta, el oferente deberá rotular el Sobre N°3 de la siguiente manera: SOBRE N° 3 “OFERTA ECONÓMICA” CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL Nº CPINT-01/2012-CNR-BCIE. CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR” Nombre del Oferente: Dirección: Teléfonos: Fax Correo Electrónico:
19.2
DOCUMENTOS QUE SE DEBERÁN INCLUIR EN EL SOBRE N°3 “OFERTA ECONÓMICA” Los Oferentes con la finalidad de presentar su Oferta Económica, deberán consignar lo siguiente: a. Carta de oferta, en la que se detalle el valor total del Monto Ofertado
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y los compromisos adquiridos la cual deberá de presentarse según el Anexo 2 b. Oferta Económica, elaborada de conformidad al Anexo 4. 20.
CONDICIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA OFERTA Los Oferentes deberán tomar en cuenta lo siguiente, al momento de preparar su Oferta: a. Los Oferentes detallarán en forma clara el valor de la supervisión de la Obra de acuerdo al formato de Oferta Económica que se presenta en el Anexo 4. b. Los precios de las ofertas deben incluir impuestos, tasas y contribuciones que se causen en razón de la contratación requerida. c. Las ofertas deberán especificar claramente el plazo de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, así como el monto y la vigencia de la misma. d. El Oferente deberá ofertar en forma completa, tal como se detalla en el Anexo 4 de estas Bases del Concurso, de lo contrario no será tomado en cuenta su oferta para el proceso de evaluación. e. Cada Oferente presentará solamente una oferta, no se aceptarán ofertas alternativas. En caso que un Oferente presente su oferta que incluya servicios adicionales a los requeridos en estas Bases del Concurso como valor agregado, estos no se entenderán como oferta alternativa y deberán presentarlos en forma separada, describiendo claramente sus condiciones, considerando además que no tendrán costo adicional. Este aspecto no será sujeto a evaluación, ni tampoco será un criterio determinante para la adjudicación, no tendrá valor alguno que incida en la preferencia o no de la oferta en el momento de ser evaluada. f. Las ofertas que no cumplan los requerimientos solicitados en las presentes bases serán rechazadas por el CNR.
21.
FORMATO Y FIRMA DE LA OFERTA a. El Oferente preparará su oferta en original y con el número de copias o ejemplares según se describe en el Numeral 22.1 Como cerrar y marcar los sobres de las ofertas; marcando claramente cada uno como “OFERTA ORIGINAL” y “COPIA”. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. b. El original y la copia de la oferta serán mecanografiados o escritos con tinta indeleble y firmados tal como se requiere en el numeral 16 Documentos comprendidos en la oferta. En el caso de una asociación de firmas, la Oferta deberá ir firmada por el representante de la asociación. c. La oferta no deberá tener modificaciones, omisiones ni adiciones, excepto aquellas que tengan como fin cumplir con las prevenciones efectuadas por el CNR o según sean necesarias para corregir errores hechos por el Oferente, en cuyo caso dichas correcciones llevarán las rúbricas de las personas que firmen la oferta.
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22.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán de tomar en cuenta las siguientes consideraciones. 22.1
COMO CERRAR Y MARCAR LOS SOBRES DE LAS OFERTAS El Oferente colocará el original y copia de la oferta en sobres separados que cerrará en forma inviolable y marcará como “OFERTA ORIGINAL” y “COPIA”, respectivamente. Luego los sobres se pondrán a su vez en otro sobre, el cual se cerrará también en forma inviolable. Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: a. Estar dirigidos al CNR y llevar la dirección indicada en el Numeral 7. Aclaraciones. b. Llevar el nombre y número de identificación del Concurso. c. Llevar una advertencia de no abrirse antes de la hora y la fecha especificadas para la apertura de la oferta. Además de la identificación requerida en el numeral inmediato anterior, los sobres interiores deberán indicar el nombre y la dirección del Oferente para permitir que la oferta sea devuelta sin abrir en caso de que sea declarada “tardía” conforme al Numeral 22.3. Ofertas Tardías. Si el sobre exterior no está cerrado y marcado según lo dispuesto, el CNR no asumirá responsabilidad alguna en caso de que la oferta sea abierta prematuramente.
22.2
FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS a. Las ofertas deberán ser recibidas por el CNR a más tardar en la hora y la fecha indicada en el anuncio de convocatoria. b. El CNR podrá ampliar la fecha límite para presentación de las ofertas expidiendo una adenda de conformidad con el numeral 8, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones del CNR y los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original se sujetarán ahora a la nueva fecha límite.
22.3
OFERTAS TARDÍAS Toda oferta que reciba el CNR después del plazo fijado por él para la presentación de las mismas de conformidad con el Numeral 22.2, literal a. será rechazada y devuelta al Oferente sin abrir.
22.4
RETIRO DE LAS OFERTAS a. El Oferente que retira su oferta, pierde el derecho de volverla a presentar dentro del plazo fijado para la presentación de las ofertas. b. Ninguna oferta podrá ser retirada a partir de la fecha de apertura de ofertas, caso contrario se aplicará lo regulado en el numeral 12 a).
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23.
VISITA A LA ZONA DE LA OBRA Los Ofertante para efectos de presentar su oferta están obligados a visitar el lugar y sus alrededores donde se efectuará la obra, con el propósito que conozcan y comprendan la magnitud, naturaleza y complejidad del trabajo a desarrollar para la correcta determinación de los precios unitarios y obtenga por sí mismo, bajo su propia responsabilidad, toda la información que pueda y sea necesaria para preparar la oferta para la ejecución de la supervisión. Serán atendidos en dicha visita por los representantes técnicos de la Gerencia de Infraestructura y Mantenimiento del CNR, en el lugar, fecha y hora señalada en la invitación, para lo cual es necesario haber pagado el precio de las bases, no se aceptaran ofertas de empresas que no hayan realizado la Visita para el día 27 de agosto de 2012, a las 10:00 a.m. en el lugar señalado en la invitación. Siendo tal visista de carácter obligatorio.
24.
RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y ACTO DE APERTURA DE OFERTAS Las ofertas serán recibidas en la UACI del CNR, ubicada en 1ª Calle Poniente y final 43 Av. Norte, N° 2310, Módulo 8, San Salvador, el día y hora señalados en el aviso de convocatoria. Al momento de entregar las ofertas, el Oferente o su delegado, firmará y sellará el formulario que contendrá el nombre de la empresa oferente, nombre de la persona que entrega la oferta, la hora y fecha de presentación de las ofertas. a.
b.
El acto de apertura se desarrollará de la siguiente manera: i.
Se efectuará la presentación de los delegados del CNR designados para dicho acto.
ii.
Se efectuará la presentación de los Oferentes o delegados de éstos, mencionando las ofertas presentadas por cada uno de ellos.
iii.
Se efectuará la presentación del o (los) delegado(s) del BCIE, en caso que designe para este acto.
iv.
El CNR preparará un acta de la apertura de las ofertas, en la que se incluirá la información dada a conocer a los Oferentes presentes, la cual deberá ser firmada por los oferentes señalados en los romanos i, ii y iii, proporcionando copia de la misma a cada uno de los asistentes.
La apertura del sobre N° 1 “Precalificación” y el sobre N° 2 “Oferta Técnica” de las ofertas, se realizará en un solo acto en la dirección, día y hora especificado en el aviso de convocatoria en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir. i.
Los sobres recibidos y marcados con N° 1 “Precalificación” serán abiertos sucesivamente para cada uno de los oferentes que hubieren participado, procediendo a verificar la existencia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ii.
Los sobres recibidos y marcados con N° 2 “Oferta Técnica” serán abiertos sucesivamente para cada uno de los oferentes que hubieren participado.
iii.
El sobre N° 3 “Oferta Económica”, quedará sin abrir y debidamente sellado en resguardo de la UACI.
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c.
25.
La apertura del sobre N° 3 “Oferta Económica” de cada uno de los oferentes, se llevará a cabo en la dirección, día y hora de la convocatoria, y procederá para aquellos oferentes que hayan sido considerados elegibles, por haber superado la evaluación del sobre N° 1 “Precalificación” y sobre N° 2 “Oferta Técnica”; y se procederá a su evaluación conforme a lo establecido en el numeral 32.
EXAMEN DE LAS OFERTAS a. Durante la evaluación detallada de las ofertas, el CNR determinará si cada oferta se ajusta exactamente a los requisitos de las bases del Concurso, específicamente verificará: i.
Si la oferta satisface los criterios de evaluación definidos en la Sección II de las presentes bases;
ii.
Si ha sido correctamente firmada;
iii.
Si va acompañada por la garantía requerida;
b.
Una oferta aceptable es aquella que se apega a todos los criterios de evaluación términos, condiciones y especificaciones de los documentos del concurso.
c.
El CNR rechazará toda oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos del Concurso y que contenga errores no subsanables de conformidad al literal q) del Art. 29 de las Normas para la Aplicación de la Política para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados, y Servicios de Consultoría con Recursos del BCIE.
26.
CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO Después de la apertura de ofertas, ninguna información referente a su examen, explicación y evaluación, así como las recomendaciones concernientes a la adjudicación, podrá ser revelada a las personas no oficialmente involucradas en los procedimientos, hasta que se anuncie la adjudicación en firme del contrato y de conformidad al Artículo 33 de las Normas para la Aplicación de la Política para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados y Servicios de Consultoría, con Recursos del Banco Centroamericano de Integración Económica.
27.
EXCLUSIÓN DE OFERTAS Las ofertas presentadas serán excluidas por el CNR durante el acto de apertura, por las siguientes causas: a. Si la oferta es presentada después del plazo fijado para la recepción de la misma. b. Si el Oferente no presenta la Garantía de Mantenimiento de Oferta o no es presentada por el monto solicitado, el plazo requerido, no hace referencia al nombre de este proceso del Concurso y a favor del CNR, de conformidad al numeral 11. Garantía de Mantenimiento de Oferta
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28.
PRESENTACIÓN DE OFERTA DE UN SOLO OFERENTE Si a la convocatoria del Concurso se presenta un solo oferente, se dejará constancia de tal situación en el Acta de Apertura; esta oferta será evaluada por la Comisión de Evaluación de Ofertas con la finalidad de verificar el cumplimiento de los criterios de Evaluación establecidos en estas Bases. Si la oferta cumpliera con todos los requisitos solicitados y estuviere acorde con la asignación presupuestaria, se podrá adjudicar de conformidad a lo regulado en las presentes Bases.
29.
DERECHO DEL CNR DE SUSPENDER O DEJAR SIN EFECTO EL PROCESO DEL CONCURSO. El CNR se reserva el derecho de suspender o dejar sin efecto el proceso del Concurso en cualquier momento, con anterioridad a la adjudicación del contrato, mediante resolución debidamente motivada, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante el Oferente o los Oferentes afectados por esta decisión según Art. 61 de la LACAP.
30.
RECURSO DE REVISIÓN Los oferentes tienen DIEZ (10) días calendario posteriores a la notificación de cada resultado del proceso del Concurso, para interponer Recurso de Revisión. En caso que fuere necesario; si transcurrido dicho plazo no se interpusiese recurso alguno, el resultado de cada una de las etapas del proceso quedará firme. En caso de presentarse un Recurso de Revisión, el proceso del concurso quedará suspendido en el lapso comprendido entre la interposición del Recurso y la resolución del mismo. Dicho recurso deberá admitirse o rechazarse dentro de los tres días siguientes a partir de la recepción del mismo, del cual se mandará a oír dentro de los tres días a los terceros que puedan resultar perjudicados con el acto que lo resuelve, de conformidad al Artículo 57 de la RELACAP. El CNR tendrá como máximo DIEZ (10) días hábiles posteriores a la admisión del Recurso para resolverlo. Dicho Recurso será revisado y evaluado por una Comisión Especial de Alto Nivel, quien emitirá la recomendación respectiva con la finalidad que el Consejo Directivo resuelva sobre el mismo. Contra lo resuelto no habrá más recursos en la vía administrativa. Si de la resolución del Recurso de Revisión, resulta que el acto quedara firme, el CNR podrá reclamar daños y perjuicios en que se incurra por el retraso en el proceso de contratación de conformidad al Artículo 77 de LACAP.
31.
PREFERENCIA A OFERENTES SOCIOS DEL BCIE a. Cuando el CNR seleccione como la más conveniente una propuesta que hubiere sido presentada por un Oferente originario de un país no-miembro del “BCIE”, se verificará si se cuenta con ofertas presentadas por uno o más Oferentes originarios de países socios o Consorcios que se encuentren dentro de un rango de un 15% arriba de la propuesta más conveniente, si es con base en el costo, o bien de un 15% abajo si es con base en el puntaje asignado. En caso afirmativo, el prestatario dará la posibilidad al mejor calificado de éstos para
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que iguale sus condiciones a las de la oferta seleccionada como la más conveniente. b. Si la negociación expuesta fracasara, el prestatario procederá a efectuar igual negociación con el siguiente oferente mejor calificado y así, hasta agotar los oferentes que fueron ubicados dentro del rango anteriormente definido
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SECCIÓN II EVALUACIÓN DE OFERTAS
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32.
EVALUACIÓN DE OFERTAS a. El CNR evaluará y comparará el contenido de cada uno de los sobres, para determinar si se ajustan a los documentos del Concurso conforme con el numeral 33 Criterios de Evaluación de Ofertas. b. Las ofertas serán evaluadas por la Comisión de Evaluación de Ofertas, que podrá realizar las verificaciones que estime conveniente de toda la información proporcionada. c. Evaluación del Sobre N° 1 “Precalificación” y del sobre N° 2 “Oferta técnica”; se desarrollará de la siguiente manera: i.
Sobre N° 1 “Precalificación”; el proceso consistirá en la revisión y evaluación de la documentación que contiene dicho sobre, el CNR efectuará las prevenciones que resulten de dicha evaluación cuando procediere; los oferentes que cumplan a satisfacción con los requerimientos del sobre N° 1, serán considerados Elegibles para continuar con la Evaluación del Sobre N° 2 “Oferta Técnica”
ii.
Sobre N° 2 “Oferta Técnica”; se verificará que la oferta presentada, cumpla con las Especificaciones Técnicas requeridas en las Bases del Concurso, la evaluación se efectuará conforme a lo regulado en el numeral 35. Los Oferentes que cumplan a satisfacción con los requerimientos del Sobre N° 2, serán considerados Elegibles para continuar con la Evaluación del Sobre N° 3.
Concluida la Evaluación de los Sobres N° 1 “Precalificación” y del sobre N° 2 “Oferta Técnica”; el CNR notificará el resultado a los Oferentes, devolviendo la Garantía de Mantenimiento de Oferta, y el sobre N° 3 “Oferta Económica” debidamente sellado, a aquellos que no cumplieron con lo requerido en el Sobre N° 1, o que no alcanzaron el puntaje mínimo de SETENTA (70) PUNTOS, requeridos en el Sobre N° 2 “Oferta Técnica”. d. Evaluación del sobre N° 3 “Oferta Económica”, se realizará para los documentos de los Oferentes que hayan cumplido con todos los requisitos solicitado en el Sobre N° 1 “Precalificación”, y que hubieren cumplido a satisfacción con los requisitos establecidos en el Sobre N° 2 ”Oferta Técnica”; dichas ofertas se revisarán conforme al numeral 36. Una vez concluida la evaluación de la “Oferta Económica”, y obtenida la No Objeción del BCIE, el CNR notificará el resultado obtenido a los Oferentes que hubieren alcanzado la etapa del Sobre N° 3. e. La adjudicación se hará al Oferente que haya cumplido con la evaluación del sobre N° 1 “Precalificación” (Cumplir con la capacidad legal, puntaje mínimo de SETENTA (70) PUNTOS en la capacidad financiera y puntaje mínimo de SESENTA Y CINCO (65) PUNTOS en la Capacidad Administrativa y Técnica del Oferente) ; y además que hubiere obtenido el puntaje mínimo de SETENTA (70) puntos en la evaluación del sobre N° 2 “Oferta Técnica”; y que oferte el precio evaluado más favorable presentado en el sobre N° 3 “Oferta Económica”.
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El oferente, para efectos de recurrir en las etapas del proceso de evaluación descritas en los literales c. y d. de este numeral, deberá tomar en cuenta lo establecido en el numeral 30 de estas Bases del Concurso. 33.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE OFERTAS Las ofertas serán evaluadas por la Comisión de Evaluación de Ofertas nombrada para tal fin, la cual evaluará las ofertas conforme lo solicitado en estas Bases, adendas y demás correspondencia cursada en el proceso de elaboración y evaluación de ofertas, utilizando para ello los factores, puntajes y criterios de evaluación establecidos en las Bases, tomando en cuenta los siguientes parámetros: PARÁMETROS
CONDICIÓN MÁXIMO
MÍNIMO
1
Capacidad legal
Cumple/No cumple
2
Capacidad financiera
100 puntos
70 puntos
3
Capacidad Administrativa y Técnica
100 puntos
65 puntos
4
Evaluación técnica
100 puntos
70 puntos
5
Oferta económica
Precio evaluado más favorable
El proceso de evaluación se desarrollará en forma secuencial, conforme al orden establecido en la tabla anterior, cuyos factores son excluyentes. Durante la evaluación de ofertas, el CNR deberá prevenir la presentación de alguna documentación legal; financiera y/o Administrativo y Técnico que no haya sido incluida en el Sobre N° 1, así como también podrá hacer consultas al Oferente con el objeto de aclarar dudas sobre las especificaciones técnicas (aspectos técnicos de la precalificación y evaluación técnica) ofertadas. La consulta podrá hacerse por escrito, mediante entrega personal, por correo electrónico o vía fax, debiendo el Oferente proporcionar acuse de recibo por cualquiera de los medios antes descritos de la consulta, de manera que permita tener constancia fehaciente de la recepción de la misma. El mecanismo de consulta no producirá, bajo ningún concepto modificaciones de la oferta respectiva. 34.
PRECALIFICACIÓN DE LA EMPRESA SOBRE N° 1 El oferente en su oferta deberá establecer la capacidad legal, capacidad financiera, su experiencia, el personal clave con el que cuenta para poder ser precalificado. 34.1
CAPACIDAD LEGAL La documentación del Oferente detallada en el Numeral 17 de estas Bases, será revisada, a fin de verificar si el Oferente tiene la existencia y capacidad legal para contratar y realizar la supervisión. El Oferente deberá tomar en cuenta que se le podrá prevenir para que subsane los errores u omisiones, para lo cual se le asignará un plazo de DIEZ (10) DÍAS CALENDARIOS contados a partir del siguiente día hábil
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después de la notificación. Si dentro del plazo otorgado no subsanare la prevención, la oferta será excluida, denominando la oferta no elegible para continuar con la Evaluación Financiera. El plazo de subsanación es improrrogable. De existir asocio la verificación de la documentación requerida, se hará de cada uno de los integrantes del asocio y se evaluará además de la documentación anterior, las fotocopias certificadas por notario de la Escritura Pública de la unión de Oferentes y la Escritura Pública de Poder del representante legal del asocio. Los requisitos de elegibilidad indicados en la tabla de evaluación, serán aplicados para cada una de las sociedades integrantes del asocio, en caso que una de ellas sea declarada no elegible, el asocio no continuará con la siguiente etapa de evaluación. La documentación legal y financiera a subsanar se podrá solicitar al oferente en la misma carta, inicialmente el oferente podrá remitir los documentos solicitados por correo electrónico a la dirección
[email protected], debiendo entregar el documento físico a más tardar la fecha máxima indicada en la notificación, en el horario de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 a 4:00 p.m. Si dentro del plazo otorgado y horario establecido no subsanare la prevención, la oferta terminantemente será excluida, denominando la oferta NO ELEGIBLE para continuar con la evaluación. Posterior a la recepción de dicha documentación se procederá con la evaluación en el orden antes referido. 34.2
CAPACIDAD FINANCIERA: La capacidad financiera se evaluará con base en los Estados Financieros de los Ejercicios finalizado al 31 de diciembre de 2011 y 2010 o al correspondiente al tiempo que tenga de operar el Oferente, según fecha de creación. Para efectos de análisis financiero se establecen los siguientes índices:
CAPACIDAD FINANCIERA a. b. c.
PUNTAJE
Solvencia = Activo Circulante / Pasivo Circulante Endeudamiento = Pasivo Total / Activos Totales x 100 Rentabilidad= Utilidad neta / Patrimonio x 100 TOTAL
40 35 25 100
Para cada uno de los sub-factores, se han establecido diferentes grados, con su respectiva calificación y puntaje, en la forma siguiente:
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a. SOLVENCIA: ACTIVO CIRCULANTE / PASIVO CIRCULANTE DESDE
HASTA
PUNTOS
Menor
0.800
20
0.801
1.000
25
1.001
1.200
30
1.201
1.400
35
1.401
Mayores
40
b. ENDEUDAMIENTO: PASIVO TOTAL / ACTIVOS TOTALES x 100 DESDE %
HASTA
PUNTOS
0.00
60.00
35
60.01
70.00
30
70.01
80.00
25
80.01
90.00
20
90.01
Mayores
15
c. RENTABILIDAD: UTILIDAD NETA / PATRIMONIO x 100 DESDE %
HASTA%
PUNTOS
Menor
5.00
5
5.01
10.00
10
10.01
15.00
15
15.01
20.00
20
20.01
Mayores
25
La tabla se aplicará a los estados financieros de cada año y se promedian los resultados para determinar la evaluación global de la capacidad financiera de cada oferente. De existir asocio la verificación y evaluación de la documentación financiera requerida, se hará de cada uno de los integrantes del asocio. Los requisitos de elegibilidad indicados en la tabla de evaluación, serán aplicados para cada una de las empresas integrantes del asocio, en caso
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que una de ellas sea declarada no elegible, el asocio no continuará con la siguiente etapa de evaluación. En el caso que el Oferente no cumpla con la capacidad financiera mínima requerida de SETENTA (70) puntos, la oferta será considerada como no elegible para continuar con la evaluación. 34.3
CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA: Para que un Oferente pueda pasar a la etapa de evaluación técnica, será preciso haber obtenido un mínimo de sesenta y cinco (65) PUNTOS de cien (100) PUNTOS posibles a obtener en la Capacidad Administrativa y Técnica, según los criterios de evaluación detallados en el cuadro siguiente: CRITERIO DE EVALUACIÓN
PUNTAJE
1.
Fecha de Establecimiento del oferente
10
2.
Organización Administrativa y Técnica actual del oferente
20
3.
Experiencia del oferente en Supervisión de proyectos similares desarrollados en los últimos 10 años Personal clave, profesional y técnico que labora a tiempo completo con el oferente.
4.
TOTAL
40 30 100
La Capacidad Administrativa y Técnica, se evaluarán según los criterios siguientes: Para que un Ofertante pueda pasar a la etapa de evaluación técnica, será preciso haber obtenido un mínimo de SETENTA (70) puntos en la “Capacidad Financiera”; haber obtenido un mínimo de 65 puntos en la “Capacidad Administrativa y Técnica del Oferente”. En caso de los asocios se evaluará de forma independiente cada una de las empresas que conforman el asocio, asignándoles en cada una de las evaluaciones. 34.3.1 METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA DEL OFERENTE. a.
Fecha de Establecimiento del Ofertante (10.0 puntos): Esta será evaluada independientemente del tipo de proyecto que haya supervisado el Ofertante según la siguiente tabulación:
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b.
CRITERIO
PUNTAJE
De 6 años ó mas
10.0 puntos
De 4 a 5 años
8.0 puntos
De 2 a 3 años
6.0 puntos
De 1 a 2 años
1.0 puntos
Organización Administrativa y Técnica Actual del Oferente (20.0 puntos) Este acápite pretende medir, las áreas que incluye en su organización el Ofertante, tal y como viene funcionando actualmente. Se verificará que esta contenga áreas de Dirección, especialistas, costos y presupuestos, dibujo, administrativa y financiera. La organización reflejará como actualmente se organiza el Ofertante, y se calificará según la tabla siguiente: CRITERIO
PUNTAJE
Muy Buena
20.00 puntos
Buena
15.00 puntos
Regular
10.00 puntos
Mala
0.00 puntos
Muy Buena:
Cuenta con todas las áreas definidas en el encabezado
Buena:
No cuenta con una (1) de las áreas definidas en el encabezado
Regular:
No cuenta con dos (2) de las áreas definidas en el encabezado o no presenta información para evaluarla
Mala:
No cuenta con más de dos (2) de las áreas definidas en el encabezado o no presenta información para evaluarla
El CNR se reserva el derecho de implementar los mecanismos necesarios para verificar la información presentada por el Ofertante. c.
Experiencia del Ofertante en la Supervisión de proyectos similares desarrollados en los últimos 10 años (40 puntos):
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Entiéndase para este rubro y para todos aquellos que hablen sobre proyectos similares a la supervisión en proyectos de construcción de Edificaciones. Deberá presentar evidencia de haber sido el supervisor con Actas de Recepción Final del respectivo contrato. Este rubro medirá la experiencia que tiene el Ofertante como supervisor en función del número de proyectos con montos iguales o superiores a $500,000.00 que haya supervisado en los últimos diez (10) años, según la siguiente calificación: Con base al número de proyectos ejecutados (40.0 puntos): 5 o más proyectos 40.0 puntos
d.
4 proyectos
30.0 puntos
3 proyectos
20.0 puntos
2 proyectos
5.0 puntos
Ningún proyecto
0.0 puntos
Personal Clave, Profesional y Técnico que labora a tiempo Completo con el oferente (30 puntos): • Personal Clave (10 puntos) Personal Clave que labora a tiempo puntos) Se considera que tendrá profesionales en Gerente General, Gerente Técnico, Área Contable-administrativa. Los profesionales pueden estar en cualquier área clave.
completo (5 sus cargos de técnica, Área que se elijan
Con relación al número de proyectos (5.0 puntos) 4 ó más proyectos
5.00 puntos
3 proyectos
4.00 puntos
2 proyectos
3.00 puntos
1 proyectos
1.00 puntos
No presenta
0.00 puntos
Con relación al tiempo de trabajo en el área (5.0 puntos) 4 ó más años
5.00 puntos
3 años
4.00 puntos
2 años
3.00 puntos
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1 años
1.00 puntos
0 años
0.00 puntos
El porcentaje será el promedio de los cuatro (4) profesionales de mayor importancia. Cuando se tengan más de 4 profesionales o técnicos, deben elegirse los de más experiencia; en caso de presentar menos de cuatro (4) profesionales, el promedio siempre será de 4 es decir, el puntaje de la cantidad de profesionales o técnicos que presente entre 4. • Personal Profesional y Técnico que labora a tiempo completo con el Ofertante. (20 puntos) En este rubro se evaluará la experiencia del personal que ejecuta la supervisión de la obra a nivel operativo, es decir Gerentes de proyecto, Jefaturas de áreas técnicas, Profesionales con experiencia en: arquitectura en edificios, estructuras, electricidad, especialista en control de calidad en procesos constructivos, profesionales necesarios para la completa ejecución del proyecto. Para medir su nivel académico se permitirán Profesionales graduados con Título Universitario y Tecnificados. Con relación al número de proyectos en la especialidad de supervisión de infraestructura en edificios (10.0 puntos) 5 ó más proyectos
10.0 puntos
4 proyectos
8.00 puntos
3 proyectos
6.00 puntos
2 proyectos
3.00 puntos
1 proyecto
1.00 puntos
No presenta
0.00 puntos
Con relación al tiempo de trabajo en la especialidad de supervisión en infraestructura en edificios (10.0 puntos) 5 ó más años
10.00 puntos
4 años
8.00 puntos
3 años
6.00 puntos
2 años
3.00 puntos
1 año
1.00 puntos
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0 años
0.00 puntos
El porcentaje será el promedio de los cuatro (4) profesionales de mayor importancia. Cuando se tengan más de 4 profesionales o técnicos, deben elegirse los de más experiencia; en caso de presentar menos de cuatro (4) profesionales, el promedio siempre será de 4, es decir, el puntaje de la cantidad de profesionales o técnicos que presente entre 4. 34.3.2 REQUISITOS SOLICITADOS EN LA CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA DEL OFERENTE Los oferentes participantes, deberán enmarcarse en lo establecido en estos documentos, además de presentar el equipo técnico profesional y clave que labora a tiempo completo con el oferente, presentando la información en los Anexos adjuntos, con el objeto de uniformizar la estructura de presentación de la documentación y realizar su evaluación con base en los mismos criterios. Se evaluará lo siguiente: personal, experiencia en la Supervisión de trabajos de construcción en proyectos similares, descrito en la sección IV Instrucciones y Seguimiento del Proceso de Supervisión. Por lo que la información que se presente en los cuadros anexos deberá estar acorde estrictamente con éste requisito. a.
FECHA DE ESTABLECIMIENTO DEL OFERENTE: • El Oferente deberá proporcionar la fecha de establecimiento como persona natural o jurídica supervisora de proyectos similares, lo cual se verificará de conformidad al Anexo 3. • El ofertante deberá proporcionar los años de experiencia en trabajos de supervisión de construcción en proyectos similares descrito en la Sección IV Especificaciones Técnicas. También deberá proporcionar el año en que la empresa inició sus trabajos como empresa supervisora de Construcción.
b.
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA ACTUAL DE LA OFERENTE. El Oferente deberá proporcionar la Organización Administrativa, a través de un organigrama con el fin de presentar el personal de dirección profesional y técnico que labora a tiempo completo con el oferente, considerando las diversas disciplinas requeridas. La organización se deberá presentar de forma general y detallada de la siguiente manera:
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•
Organización administrativa actual, donde se incluirá el personal de dirección, auxiliar y de apoyo administrativo para ejecución de la supervisión y actividades complementarias.
•
Organización técnica actual, en la que se muestre el personal de dirección, profesional y técnico, encargado de las actividades técnicas para la supervisión de la ejecución de obras
En caso de asocio ya constituidos, deberá presentar un organigrama general del Oferente. Para los Asocios que se constituyan sólo para la ejecución del proyecto en mención, se evaluará de forma independiente cada una de las sociedades o integrantes del mismo. c.
EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SUPERVISIÓN DE PROYECTOS SIMILARES DESARROLLADOS EN LOS ÚLTIMOS DIEZ AÑOS. La información presentada en este apartado permitirá evaluar la experiencia del oferente en proyectos similares al objeto de la presente Concurso. El oferente deberá presentar una constancia por cada proyecto que se nombre en el Anexo 12. Las constancias deberán ser extendidas por las instituciones para las que se han elaborado los proyectos y serán indispensables para ser tomados en cuenta en la evaluación, caso contrario no será evaluado. Se considerara constancias válidas, las actas de recepción final de la supervisión del contrato. El Oferente deberá proporcionar la siguiente información: nombre del proyecto, nombre y dirección del Propietario, país en el cual se han desarrollado cada uno de los proyectos, situación actual del contrato (liquidado o en litigio), período de ejecución, montos iníciales y finales del contrato y/o subcontratos de los proyectos ejecutados. La información deberá estar consolidada en el Anexo 12, no se tomaran en cuenta los contratos que se encuentren en ejecución o que no sean similares a proyectos descritos en la Sección IV Instrucciones y Seguimiento del Proceso de Supervisión.
d.
PERSONAL CLAVE QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE El oferente presentará en esta parte el personal de dirección asignado para ejecutar proyectos. En esta categoría únicamente se considera el personal profesional que tiene la responsabilidad de coordinación en forma global y por áreas de ejecución de Proyectos.
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•
Preparación Académica del Personal clave que labora a tiempo completo con el Oferente. El oferente deberá proporcionar los nombres del Personal de dirección y cargo que ha desempeñado en el desarrollo de proyectos. La información deberá estar acorde a Anexo 8.
•
Experiencia en Proyectos Similares objeto de este proceso del Personal clave que labora a tiempo completo con el oferente. El oferente deberá proporcionar nombre del personal de dirección, nombre y naturaleza de los proyectos en que haya laborado el personal, nombre y dirección del propietario, país donde se han desarrollado los proyectos, plazo de ejecución y monto total de proyectos en los cuales han participado. La información deberá estar acorde al Anexo 9. Para completar esta información se deberá anexar Hojas de Vida y fotocopia certificada del Titulo de cada profesional, los años de experiencia de cada profesional en la supervisión de proyectos similares; debiendo presentar constancias de los trabajos realizados, emitidas por las empresas para las cuales se han ejecutado los proyectos, al no cumplir este requisito no se tomará en cuenta en la evaluación.
e.
PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE En esta parte se incluirá el personal profesional y técnico que labora a tiempo completo con el oferente, asignado para realizar la Supervisión de Proyectos. •
Preparación académica del personal profesional y técnico que labora a tiempo completo en el oferente, así como proporcionar el nombre de dicho personal que está asignado para la supervisión del Proyecto. La información deberá estar acorde a Anexo 10.
•
Experiencia en proyectos del personal profesional y técnico que labora a tiempo completo con el oferente, deberá proporcionar el nombre del Personal Profesional y Técnico, nombre y naturaleza del proyecto en que han laborado, el personal, nombre y dirección del Propietario, país donde se han desarrollado los proyectos, plazo de ejecución y monto total final de los proyectos supervisados. La información deberá estar acorde a Anexo 11.
Para completar esta información se deberá anexar Hojas de Vida y fotocopia certificada del Titulo de cada profesional, los CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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años de experiencia de cada profesional en la supervisión de proyectos similares, debiendo presentar constancias de los trabajos realizados, emitidas por las empresas para las cuales se han ejecutado los proyectos, al no cumplir este requisito no se tomará en cuenta en la evaluación. 35.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OFERTA La evaluación consistirá en la asignación de puntajes con base a los criterios que se describen a continuación, estableciendo la calificación mínima de SETENTA (70) PUNTOS, que deberá obtener la oferta técnica, como condición previa para que sea considerada la propuesta económica. Durante el proceso de evaluación la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá solicitar aclaraciones que tengan como propósito comprender y precisar el contenido de la oferta técnica, del objeto de contratación, para tal efecto se concederá al Ofertante que no exceda de TRES DÍAS HÁBILES para aclarar lo solicitado, lo cual se hará mediante carta suscrita por la jefatura UACI del CNR. Si dentro del plazo otorgado no hay respuesta a la solicitud de aclaración o la respuesta no aclara lo solicitado se asignará cero puntos al subfactor o ítem del cual se ha solicitado aclaración. El ofertante remitirá las aclaraciones solicitadas, primeramente por correo electrónico a la dirección
[email protected] y entregará el documento físico a más tardar la fecha máxima indicada en la carta, en horario de atención al público, de 7:30 a.m. a 12:00m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m. El plazo para aclaraciones es improrrogable. La notificación de la consulta podrá hacerse por escrito, mediante entrega personal, por correo electrónico o vía fax, debiendo el notificado proporcionar acuse de recibo por cualquiera de los medios antes descritos de la notificación de manera que permita tener constancia fehaciente de la recepción de la misma. El mecanismo de consulta no producirá, bajo ningún concepto modificaciones de la oferta respectiva. CRITERIOS 1.
2.
A EVALUAR
Enfoque de la supervisión del proyecto, incluyendo un diagrama organizacional de control y atención al proyecto, considerando aspectos logísticos a implementar, la utilización de medios tecnológicos y sistemas de comunicación. Planificación de actividades a ejecutar como parte de la supervisión para realizar el proyecto de acuerdo a las Normas, Especificaciones Técnicas y Planos. Metodología de la supervisión, planificación y estrategia para ejecutar el Plan de Supervisión del proyecto, metodología a implementar para el seguimiento al Plan de Control de Calidad, el programa de manejo de mediadas de mitigación ambiental, metodología para el seguimiento al plan de seguridad e higiene ocupacional y establecimiento de estrategias a implementar para el
PONDERACIÓN
20
20
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seguimiento y control de la ejecución del proyecto considerando los posibles frentes de trabajo que podría implementar la contratista. 3.
Plan de Supervisión
4.
Personal asignado a la supervisión.
30 30
TOTAL
100
Para que un concursante pueda pasar a la etapa de evaluación económica, deberá obtener un puntaje mínimo de 70 puntos de la evaluación técnica de la oferta, caso contrario, la oferta será descalificada. El personal clave profesional y técnico a desarrollar la supervisión deberá ser el presentado en la Oferta Técnica. En caso de sustituir personal en el proceso de ejecución de la supervisión, deberá hacerse por uno de igual o mejor capacidad y experiencia profesional al evaluado y con previa autorización del CNR a través de la Gerencia de Infraestructura y mantenimiento y el Administrador de Contrato. a.
EVALUACIÓN DEL ENFOQUE DE LA SUPERVISIÓN (20 puntos)
1 1.1
1.2
1.3 1.4
Enfoque de la supervisión del proyecto (20 puntos) Definición clara y concisa del objetivo del proyecto, y su descripción pormenorizada. Diagrama Organizacional de control y atención al proyecto, el cual representara las áreas técnicas especializadas que organizara para atender las distintas áreas de trabajo. Aspectos logísticos a implementar, describirá los recursos, bienes y servicios necesarios que utilizara para la supervisión de la obra Utilización de medios tecnológicos y sistema de comunicación Planificación de actividades a ejecutar como parte de la supervisión. TOTAL
NO TIENE
MEDIO
ALTO
0
2
3
0
2
5
0
3
5
3
7
10
20
0 0
NO TIENE: No presenta MEDIO:
Significa que se hace mención sin mucho conocimiento
ALTO:
Mencionado con detalles específicos y metodología.
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b.
METODOLOGÍA DE LA SUPERVISIÓN (20 puntos) 2 2.1 2.2 2.3
2.4
Metodología de la Supervisión (20 puntos) Planificación y estrategia para ejecutar el Plan de supervisión Metodología a implementar para el seguimiento al plan de control de calidad y medio ambiente. Metodología para el seguimiento al plan de seguridad e higiene ocupacional. Establecimiento de estrategias a implementar para el seguimiento y ejecución del proyecto considerando los posibles frentes de trabajo que podría implementar la contratista de la obra. TOTAL
NO TIENE
MEDIO
ALTO
0
3
5
0
3
5
0
2
5
0
2
5
0
10
20
NO TIENE: No presenta
c.
MEDIO:
Significa que se menciona sin mucho conocimiento
ALTO:
Mencionado con detalles específicos y metodología
EVALUACIÓN DEL PLAN DE SUPERVISIÓN (30 puntos) 3
Plan de Supervisión
NO TIENE
MEDIO
ALTO
3.1
Manual de procedimientos para cada fase.
0
5
10
3.2
Planteamiento de aseguramiento de la calidad de los materiales equipos y procedimientos constructivos.
0
4
7.5
3.3
Programa de seguimiento y supervisión.
0
2
5
3.4
Estrategias para el cumplimiento de los plazos establecidos por el CNR.
0
4
7.5
15
30
trabajo control
TOTAL
para de
el la
NO TIENE: No presenta MEDIO:
Significa que se menciona sin mucho conocimiento
ALTO:
Mencionado con detalles específicos y metodología
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d.
PERSONAL ASIGNADO A LA SUPERVISIÓN (30 puntos) En este rubro se evaluara la experiencia del personal que ejecuta las actividades a nivel operativo, es decir Gerente de supervisión, Ingenieros residentes, profesionales con experiencia en control de calidad en materiales de construcción y proceso constructivos, estructuras electricidad. Para medir su nivel académico se permitirán graduados con titulo universitarios y tecnificados y será evaluado de la siguiente forma: •
•
Con relación al número de proyectos de supervisión para la construcción y reconstrucción de edificaciones similares al objeto del concurso en área y montos en cada proyecto ejecutado (15 puntos). 5 o más proyectos
15 puntos
4 proyectos
12 puntos
3 proyectos
9 puntos
2 proyectos
6 puntos
1 proyecto
3 puntos
No presenta
0 puntos
Con relación al tiempo de trabajo en el área de supervisión de edificios (15 puntos). 10 o más años
15 puntos
De 8 a 9 años
12 puntos
De 5 a 7 años
9 puntos
De 3 a 4 años
6 puntos
De 1 a 2 años
3 puntos
El puntaje será el promedio de los (5) profesionales de mayor importancia. Cuando se tengan más de (5) profesionales o técnicos, deben elegirse los de mayor experiencia, en caso de presentar menos de (5) profesionales, el promedio siempre será de 5, es decir, el puntaje de la cantidad de profesionales o técnicos que presente entre 5. En caso de los asocios la verificación y evaluación de la Capacidad Administrativa y Técnica requerida, se hará de cada uno de los integrantes del asocio. Los requisitos de elegibilidad indicados en la tabla de evaluación, serán aplicados para cada una de las personas integrantes del asocio, en caso que una de ellas sea declarada no elegible, el asocio no continuará con la siguiente etapa de evaluación.
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35.1
REQUISITOS REQUERIDOS EN LA EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OFERTA Todas las ofertas deberán contener, sin limitarse a ello los siguientes aspectos: a.
EVALUACIÓN DEL ENFOQUE DE LA SUPERVISIÓN Se redactara una memoria general de cómo planea el concursante ejecutar los trabajos de supervisión de las obras de construcción, equipamiento y medidas de mitigación ambiental, de acuerdo con el programa de trabajo y planteamiento general que haya propuesto la supervisión, indicando la organización para atender el proyecto en sus diferente etapas, así como los aspectos logísticos de comunicación, coordinación y control con el personal técnico y administrativo para cumplir con el programa establecido en el tiempo solicitado. Describiendo la estrategia general de la supervisión del proyecto y la planificación para ejecutar el Plan de supervisión, la metodología a implementar para el seguimiento al Plan de control de calidad y el de Medidas de Mitigación ambiental, Metodología para el seguimiento al Plan de seguridad e higiene ocupacional y establecimiento de estrategias a implementar para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto considerando los posibles frentes de trabajo que podría implementar el contratista de la obra. Se redactara una memoria general de cómo planea el concursante realizar los trabajos de supervisión, de acuerdo con el programa de trabajo propuesto y con el planteamiento general con que haya estudiado la ejecución y que está acorde a la estrategia planteada por el CNR. b.
EVALUACIÓN DE METODOLOGÍA DE LA SUPERVISIÓN El concursante deberá planificar todas las actividades a desarrollar en la supervisión de obras, para el adecuado seguimiento y aseguramiento de la calidad de todo el proyecto. Definir la logística general que el concursante plantea para verificar la obtención de los permisos de los botaderos, bancos de préstamos y pétreos.
c.
EVALUACIÓN DEL PLAN DE SUPERVISIÓN El programa de trabajo incluirá asignación de recursos para la supervisión del proyecto, mostrando en este programa un detalle de orden de métodos y procedimiento por los cuales el concursante propone supervisar las obras; asimismo, deberá hacer entrega por escrito los arreglos que el concursante proponga para la supervisión de las obras, indicando el orden en que se propone llevar a cabo la supervisión así como seguimiento al programa de manejo ambiental. Deberá también presentar
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todos los datos técnicos que se presentan en este tipo de programa. El programa de trabajo integral de la supervisión del proyecto, (Gantt en formato Project), deberá ajustarse al plazo de la construcción del proyecto. d.
PERSONAL ASIGNADO A LA SUPERVISIÓN Se incluirán en este apartado para la fase de supervisión, el organigrama del proyecto; con los nombres y especialidades, hojas de vida, y los años de experiencia de cada profesional en la supervisión de proyectos similares. Deberán presentar adicionalmente fotocopia certificada del título profesional, especialidad o maestría si la posee y constancia de los trabajos realizados emitidos por la empresa contratante, toda la información deberá estar reflejada en el Anexo 7 El concursante deberá definir el equipo directivo que estaría adscrito permanentemente a la supervisión; y definir y detallar el laboratorio con su respectivo equipo y personal, aclarando si sería laboratorio propio o externo. Así como definir el equipo de especialistas que estará adscrito permanentemente a la supervisión de la obra, definir el técnico ambiental encargado del seguimiento a la ejecución de las medidas de mitigación ambiental, que estarían adscrito permanentemente así como el programa de personas de supervisión de actividad. El personal clave profesional y técnico a desarrollar la supervisión deberá ser el presentado en la oferta técnica, en caso de sustituir el personal en el proceso de supervisión, deberán hacerse por uno de igual o mejor capacidad y experiencia profesional al evaluado con previa autorización del CNR, por de la respectiva medio de la evaluación de la Gerencia de Infraestructura y Mantenimiento, y el Administrador de Contrato.
36.
EVALUACIÓN DEL SOBRE N°3, OFERTA ECONÓMICA: Los Oferentes que cumplan con la capacidad legal, puntaje mínimo requerido de SETENTA (70) puntos en la capacidad financiera, puntaje mínimo requerido de SESENTA Y CINCO (65) PUNTOS en la capacidad Administrativa y Técnica, que alcance el puntaje mínimo de SETENTA (70) PUNTOS de la evaluación de la oferta técnica, serán considerados Elegibles para la apertura del Sobre N° 3 “Oferta Económica”, para determinar cual de las ofertas presentadas es la más favorable para el CNR. Si en la oferta económica hubiere errores aritméticos, la Comisión de Evaluación de Ofertas, hará las correcciones pertinentes y determinará el valor definitivo de la oferta, de conformidad a lo regulado en el numeral 37. Errores Aritméticos de estas bases, para lo cual se informará al ofertante sobre la corrección con el fin de obtener su conformidad.
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37.
ERRORES ARITMÉTICOS Siempre y cuando la oferta cumpla con los documentos del concurso, el CNR corregirá los errores aritméticos de la siguiente manera: a. Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que, a criterio del CNR, exista un error obvio en la colocación del punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario. b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido. c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en a y b. d. Se deberá entender por precio total de la oferta, el precio revisado por la Comisión de Evaluación de Ofertas. Si el ganador no acepta el precio corregido se adjudicará al segundo lugar y así sucesivamente. La variación establecida por medio de la corrección de los errores aritméticos, no deberá ser mayor ni menor, al diez por ciento (10%) del valor de la oferta presentada, caso contrario la oferta no será tomada en cuenta para continuar con la evaluación. Siempre que el error aritmético, este en conformidad a lo regulado en párrafo anterior, el CNR notificará al Oferente sobre la corrección de su oferta, con la finalidad de obtener la confirmación sobre el monto total de la misma y su conformidad sobre la corrección para proceder a la adjudicación. Si el Oferente no acepta el monto corregido, la oferta será rechazada y la garantía de mantenimiento de oferta se ejecutará de acuerdo con el numeral 12. Letra b).
38.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN La adjudicación se hará al Oferente que habiendo cumplido con los parámetros establecidos en el sobre N° 1 “Precalificación”: Capacidad legal, bajo el criterio de Cumple/No Cumple, que obtenga el puntaje mínimo requerido de SETENTA (70) puntos en la capacidad financiera, puntaje mínimo requerido de SESENTA Y CINCO (65) puntos en la Capacidad Administrativa y Técnica del Oferente; que además obtenga el puntaje mínimo de SETENTA (70) puntos en la evaluación del sobre N° 2 “Oferta Técnica”; y que presente la oferta económica más favorable.
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SECCIÓN III ADJUDICACIÓN Y CONDICIONES GENERALES
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39.
CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN Una vez desarrollado todo el proceso de evaluación de ofertas, determinada la oferta que cumplió con los requisitos establecidos en las Bases del Concurso, para efectos de adjudicación se tomarán en cuenta los criterios siguientes: a. El CNR se reserva el derecho de adjudicar la Consultoría objeto del presente Concurso a un Oferente o declararlo sin efecto. b. El CNR se reserva el derecho de adjudicar la contratación en forma total, en caso que exista empate en la Evaluación Económica más favorable se adjudicará en forma total, al Oferente que obtenga entre ellas el puntaje más alto, según el resultado de la Evaluación Técnica. c. El CNR se reserva el derecho de aumentar la cantidad de servicio a realizar, de conformidad a lo establecido en la LACAP. d. El plazo para adjudicar este contrato, no podrá ser superior a CIENTO OCHENTA (180) días calendario, después de la fecha de Apertura de Ofertas, de los Sobre 1 y 2. El CNR podrá prorrogar dicho plazo previa autorización del Consejo Directivo y la No objeción del BCIE. La notificación a los Oferentes del Acuerdo respectivo, deberá efectuarse antes de la expiración de la vigencia de las Ofertas, con la finalidad de que estos amplíen la vigencia de las ofertas y garantías de mantenimiento de oferta. e. Cuando el monto total de la oferta económica sobrepasa el monto determinado según la disponibilidad presupuestaria, se aplicará lo establecido en el numeral 41, letra d).
40.
MODIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. El CNR podrá modificar la Adjudicación si se da alguna de las situaciones a continuación descritas: a. Cuando el Oferente seleccionado con la oferta más conveniente, no acepta o no formaliza el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo señalado en los documentos en el Concurso. b. Cuando como consecuencia de un proceso legal, la adjudicación no proceda. c. Cuando se demuestre que en el proceso haya habido fraude u otros hechos ilegales o desconocidos por el CNR, al momento de la calificación, que pudiesen afectar la capacidad del adjudicado de cumplir con el contrato. d. Cuando se compruebe que se ha violado el principio de confidencialidad de la oferta. e. En cualquiera de estos casos se hará efectiva la Garantía que corresponda. En caso de ocurrir alguna de las situaciones antes descritas se procederá con el segundo lugar en el proceso de análisis de las ofertas y así sucesivamente hasta el último, sin perjuicio de que el procedimiento se declare desierto o fracasado, cuando en la totalidad de las ofertas no se obtenga ninguna que sea satisfactoria para el CNR.
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41.
DECLARACIÓN DESIERTA O FRACASADA El CNR podrá declarar desierto o fracasado el Concurso en los casos siguientes: a. Como consecuencia de un proceso de modificación de la adjudicación, tal como se establece en el Numeral 40. Modificación de la Adjudicación, ninguna de las ofertas sea aceptable para el CNR. b. A la convocatoria del Concurso no concurra Oferente alguno. c. Al evaluar las ofertas, ninguna cumple con los requisitos de la contratación establecidos en estas Bases del concurso. d. Si después de haberse evaluado las ofertas económicas, la suma de los precios totales, excede la disponibilidad presupuestaria, certificada para este proceso del Concurso. e. Si el valor total de la oferta corregida supera el monto de la asignación presupuestaria. f. El número mínimo de oferentes que tendrán que presentarse para que el presente proceso del Concurso no sea declarado desierto o fracasado, será de un oferente, de conformidad al Numeral 28 Presentación de Oferta de un Solo Oferente.
42.
DOCUMENTOS CONTRACTUALES Los siguientes documentos, se consideran parte integral del contrato: a.
Bases del Concurso con sus apartados, adendas, enmiendas y aclaraciones a la misma y Resolución de Adjudicación.
b.
Oferta (Incluye lo solicitado en los 3 Sobres) y Económica revisada, corregida y aceptada por el CNR.
c.
Especificaciones Técnicas, Plan de Oferta.
d.
Programa Integral de Trabajo y Programa Físico Financiero para la ejecución del Proyecto.
e.
Garantías.
f.
Orden de Inicio.
g.
Acta de apertura de Ofertas.
h.
Resoluciones modificativas al contrato y orden de cambio (en caso que hubiere).
i.
Bitácora de obra y otros documentos que el CNR considere relacionados.
El contrato prevalece en caso de discrepancia, sobre los documentos antes mencionados, estos documentos son complementarios y lo requerido en uno es igualmente obligatorio como si se requiriera en todos.
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43.
PLAZO CONTRACTUAL Para el desarrollo de la supervisión de la obra contratada mediante este Concurso, el plazo será de doscientos setenta días (270) días calendario. Dicho plazo comenzará a partir de la fecha estipulada en la orden de inicio.
44.
FIRMA DEL CONTRATO La suscripción del contrato deberá efectuarse en un plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, posteriores al vencimiento del plazo de interposición del Recurso de Revisión de conformidad al Artículo 81 de la LACAP, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debiendo el Adjudicado presentar dentro de dicho plazo, los siguientes documentos:
a. Solvencia Tributaria (Artículo 218 Código Tributario) b. Solvencias de seguridad social del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, AFP’S Confía y Crecer e IPSFA c. Solvencia de pago de cotizaciones previsionales, extendida por la Unidad de Pensiones del ISSS, d. Solvencia de impuestos municipales de la Alcaldía Municipal del domicilio del Oferente Las solvencias antes detalladas deberán estar vigentes al momento de suscribir el Contrato, debiendo ser remitidas a las oficinas de la UACI del CNR, ubicadas en la 1ª. Calle Poniente y final 43 Av. Norte N° 2310, módulo 8, San Salvador. Si el adjudicado no concurriere a firmar el Contrato vencido el plazo correspondiente, se dejará sin efecto la Resolución de Adjudicación, haciendo efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta; en tal caso, se adjudicará al oferente que ocupe la siguiente posición en la evaluación efectuada por la Comisión de Evaluación de Ofertas y se verificará lo establecido en el Artículo 158, romano III literal b) de la LACAP y así sucesivamente se procederá con las demás Oferentes, previa resolución del Consejo Directivo. 45.
ANTICIPO Y RETENCIONES Si la Contratista de la supervisión lo solicita y el CNR estima que es procedente, éste podrá concederle un anticipo al inicio de sus labores, por un máximo de hasta el VEINTE por ciento (20%) del monto del contrato. Para ello, la Contratista presentará al CNR, una solicitud de Anticipo, que incluya un Plan de Utilización del mismo, con la aprobación del Administrador de Contrato, el cual deberá contener el nombre de los rubros, montos y fechas de utilización, obligándose la Contratista a seguir dicho Plan. La solicitud de anticipo por parte de la Contratista, deberá acompañarla de una declaración jurada de uso del anticipo y con la programación detallando el uso que dará al anticipo El CNR se compromete a entregar este anticipo; toda vez que haya cumplido con la presentación de la Garantía de Buena Inversión del Anticipo legalmente rendida, establecida como se indica en NUMERAL 46 letra b. Garantías, que presente la factura del anticipo, previa verificación de que la documentación antes citada
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presentada por la Contratista de la obra cumple con los requisitos exigidos en las Bases del Concurso. El CNR verificará si dicho anticipo ha sido utilizado conforme al plan de utilización del anticipo. De comprobarse la mala utilización del anticipo, se hará efectiva la Garantía de Buena Inversión de Anticipo. Para Amortizar el anticipo otorgado, de cada pago se retendrá un porcentaje igual al concedido en concepto de anticipo que le fue entregado, hasta que éste quede amortizado en su totalidad. 46.
GARANTÍAS Se admitirán como Garantías las emitidas por Instituciones Bancarias, Compañías Aseguradoras o Afianzadoras, legalmente autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Salvador, en caso que una Garantía sea emitida por un Banco o Aseguradora Extranjera será avalada por una Institución financiera autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero. a.
Garantía de Cumplimiento de Contrato Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de la firma del contrato, la Contratista deberá rendir a favor del CNR, una garantía equivalente al VEINTE por ciento (20%) del monto total del contrato, para garantizar el fiel cumplimiento del mismo y estará vigente por un periodo de trescientos treinta (330) días calendario, dentro de dicha vigencia se procederá a la elaboración del Acta de Recepción de la Supervisión de la Obra de conformidad al plazo del contrato y haya presentado la Garantía de Buena Supervisión. Si vencido el plazo o sus prórrogas por causa de fuerza mayor o caso fortuito la Contratista de la obra no hubiese entregado su informe final de la obra supervisada, el CNR podrá hacer efectiva dicha garantía. La no presentación de ésta en el plazo y forma requeridos, será causal de caducidad del contrato, con las correspondientes responsabilidades.
b.
Garantía de Buena Inversión de Anticipo Es aquella que se otorgará a favor del CNR, para garantizar que la Contratista de la obra destinará efectivamente los recursos asignados en los rubros que deberá detallar en el Plan de Utilización del anticipo, la cuantía de ésta será por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo concedido. Esta garantía deberá ser rendida antes de recibir el anticipo y presentada dentro de los quince (15) días calendario posterior a la firma del Contrato. La vigencia de esta garantía durará hasta quedar totalmente pagado o amortizado en su totalidad el anticipo, de conformidad a esta Bases. Esta garantía será devuelta a solicitud de la Contratista de la obra previa verificación que el anticipo ha sido amortizado en su totalidad, a través de la certificación emitida por la Unidad Financiera Institucional.
c.
Garantía de Buena Supervisión Garantía de Buena Supervisión, es la que se otorgará a favor del CNR, para cubrir la responsabilidad de La Supervisión en cuanto a la correcta ejecución
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de la supervisión durante el periodo que se establezca en el contrato; el plazo de la vigencia de la garantía se contara a partir de la recepción de la Supervisión de la Obra objeto de esta Consultoría. La Supervisión se obliga con el CNR a garantizar la supervisión de las obras encomendadas durante el plazo de Dos (2) AÑOS, contados a partir de la fecha en que sean recibidas las obras a entera satisfacción del CNR, mediante el Acta de Recepción Final, para responder cuando se compruebe responsabilidad de la Supervisión Externa por defectos o vicios ocultos en la ejecución de las obras o materiales, por lo que deberá darle un seguimiento durante este periodo e informar al CNR del estado del proyecto ejecutado, Para garantizar la Buena Supervisión, el Contratista de la obra rendirá una garantía equivalente al Diez por ciento (10%) del Monto total del Contrato. Esta garantía se presentará al CNR, dentro los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción final del Servicio, quien a su vez la remitirá a la UACI, para su custodia. La no presentación de esta garantía en el plazo estipulado faculta al CNR para hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Durante el periodo de vigencia de la garantía, El Supervisor efectuara en el año, como mínimo dos visitas al proyecto, una en la época seca y otra en la época de lluvia, con el objeto de hacer una evaluación de las obras y presentara al CNR un informe que detalle en qué condiciones se encuentra el proyecto. En caso que haya daños imputables al contratista de la obra de la obra deberá girar instrucciones a este para que presente la metodología de reparación de dichos daños y un programa de ejecución de los mismos, el cual contando con la aprobación de la Supervisión y el visto bueno del CNR, deberá ser implementado. La Supervisión verificará la calidad de las obras y el cumplimiento del programa. La Supervisión deberá atender en forma oportuna cualquier instrucción solicitud o requerimiento del CNR relacionado con el proyecto y que sea responsabilidad contractual de la Supervisión Externa. El no cumplimiento de lo anterior faculta al CNR para hacer efectiva la garantía de buena supervisión. Las garantías deberán redactados según los formularios contenidos en los Términos de referencia, caso contrario serán rechazados y si no fueran corregidas a satisfacción del CNR, en un periodo de ocho (8) días calendario, se considera como incumplimiento. Las Garantías deberán ser ampliadas en Plazo, de acuerdo a las necesidades del proyecto y deberán presentarse dentro de los cinco (5) Días calendario después de haberse aprobado la resolución Modificativa, que ampare la ampliación del Plazo. 47.
CONTROL POR PARTE DEL CNR. El seguimiento y control de la ejecución del contrato estará a cargo del
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Administrador de Contrato, quien está obligado a darle del debido cumplimiento a lo establecido en el Articulo 82 Bis de la LACAP e Instructivo 02/2009 emitido por la UNAC. 48.
NACIONALIDAD SUPERVISIÓN.
DE
LOS
EMPLEADOS
DE
LA
CONTRATISTA
DE
LA
La Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones migratorias vigentes y obtener con las autoridades migratorias correspondientes, los permisos de entrada legal, de trabajo y permanencia en El Salvador para el personal no salvadoreño que desee colocar en la supervisión. La Contratista será responsable y pagará todos los gastos de viaje hacia y desde el territorio salvadoreño de los empleados no salvadoreños que haya contratado fuera de El Salvador para trabajar en este Proyecto, cuando éstos hayan de retirarse por cualquier causa. De realizar, la Contratista algún cambio de personal, sin la debida autorización del CNR, se hará acreedor a una sanción de acuerdo a lo establecido en la el Numeral 88. SANCIONES. 49.
PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIÓN Será obligación de la Contratista efectuar las correspondientes retenciones de las cuotas del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, AFP, e IPSFA; así como también lo serán las indemnizaciones en caso de accidentes de trabajo, despido injustificado o por cualquier otro motivo, y todas las demás prestaciones sociales y laborales establecidas por la ley. La Contratista deberá, salvo disposición contraria en el Contrato, encargarse de contratar todo el personal de origen nacional o de otra procedencia, así como de su remuneración, ateniéndose estrictamente a la reglamentación vigente y respetando, en particular, la reglamentación laboral (especialmente en lo que respecta a los horarios de trabajo y días de descanso). La Contratista deberá velar por el estricto cumplimiento de la legislación y de la reglamentación que concierna a su personal extranjero. El Contratante podrá exigir en cualquier momento a la Contratista la comprobación de que está aplicando al personal empleado en la supervisión de las obras la legislación social vigente, especialmente en materia de salarios, y prestaciones. El CNR no tendrá ninguna responsabilidad relativa a la situación migratoria, tanto de La Supervisión como de los empleados.
50.
CESIONES Y TRANSFERENCIAS La Contratista no podrá ceder, subarrendar, adjudicar, vender, traspasar o, de cualquier otra manera, disponer del contrato, en todo o en parte o de su derecho, titulo, interés en el mismo, a favor de persona natural o jurídica, nacional o extranjera alguna. El asocio que se hubiere constituido para la Supervisión de la Obra, no podrá disolverse mientras esté vigente el contrato, caso contrario, el líder del Asocio
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deberá tener la capacidad instalada para absorber el cumplimiento del objeto del contrato en el plazo establecido. El CNR se reservará el derecho de solicitar los atestados que sean suficientes y necesarios para garantizar la finalización de la supervisión en la calidad y tiempo contratada originalmente con el líder del asocio, de no cumplir con la capacidad requerida se podrá dar por terminada la relación contractual con responsabilidad para la Contratista de la obra, de conformidad al procedimiento correspondiente, y hacer efectivas las garantías. 51.
DE LA CESACIÓN DEL CONTRATO. Los efectos del contrato cesan por la expiración del plazo pactado para su ejecución y por incumplimiento de las obligaciones contractuales, todo sin perjuicio de las responsabilidades derivadas de los mismos. Las obligaciones contractuales a cargo de la Contratista se entenderán cumplidas cuando este las haya realizado satisfactoriamente de conformidad a las especificaciones, estipulaciones, términos y condiciones del contrato y demás documentos contractuales, seguida del acto de recepción formal final por parte del CNR.
52.
DE LA EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS. Los contratos se extinguen por las causales siguientes: a. Por la caducidad; b. Por revocación; c. Por las demás causas que se determinen en el contrato y demás documentos contractuales.
53.
DE LA CADUCIDAD. Sin perjuicio de las causales de caducidad, será causal de caducidad el incumplimiento por parte de la Contratista de cualquiera de sus obligaciones derivadas del contrato, demás documentos contractuales y de la legislación salvadoreña. El CNR podrá declarar caducado el contrato de conformidad al procedimiento correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades contractuales a cargo de la Contratista por su incumplimiento, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
54.
REVOCACIÓN El CNR podrá revocar el contrato en los casos siguientes: a. Por extinción de la persona jurídica de la empresa contratista de la supervisión. b. Por la declaración de quiebra o concurso de acreedores, y la declaración de suspensión de pagos. c. Por modificación de las obligaciones contractuales impuestas por la institución contratante, cuando implique una variación sustancial de las mismas.
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d. Por caso fortuito o fuerza mayor que afectare significativamente la ejecución del contrato; y, e. Por las demás que determine la Ley. 55.
VIGENCIA, CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS POR MORA El Contrato se formalizará a partir de la fecha en que sea suscrito por las partes, a efectos de cómputo del plazo se contará a partir de la fecha que se establezca en la Orden de Inicio. Será causa de terminación del Contrato, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento, los motivos siguientes: a. Declararse la quiebra de la Contratista, mediante sentencia judicial definitiva. b. Que la Contratista ceda sus derechos y obligaciones derivados del contrato en beneficio de sus acreedores o terceros. c. Ejecutar los trabajos con violación de las disposiciones de las Leyes y Reglamentos Salvadoreños. El Administrador de Contrato notificara las causas de la demora en la supervisión producto de las causales antes detallada, quedando salvo el derecho al Contratante de hacer el reclamo ante el fiador, que para tal efecto se constituyó. Si la Contratista, dentro de un período de diez (10) días calendario después de recibida la notificación de parte del Administrador de Contrato, no presentare evidencias sustantivas de que ha iniciado la corrección de las condiciones consignadas, así como una programación satisfactoria para su total corrección; El CNR, con base en el certificado por escrito del Administrador , actuará como sigue: Notificará la decisión de revocar el contrato por los motivos antes señalados por escrito a la Contratista, acerca de la decisión, sin responsabilidad para el CNR. En este caso, previa notificación escrita, el fiador hará efectiva su garantía, pagando al CNR la totalidad de la garantía imperante, quedando tanto el Fiador como el CNR liberados de toda responsabilidad derivada de este contrato.
56.
CESIÓN, DELEGACIÓN Y SUBCONTRATACIÓN La Contratista no podrá subcontratar la totalidad de su contrato. Podrá, en cambio, subcontratar la ejecución de algunas partes del contrato, siempre que haya obtenido el acuerdo previo del Contratante. El Contratista de la supervisión seguirá siendo totalmente responsable de los actos, deficiencias y negligencias de los subcontratista, y de los representantes, empleados o trabajadores de éstos, en la misma medida que si se tratara de los propios actos, deficiencias o negligencias o de aquellos de los representantes, empleados o trabajadores de la Contratista.
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57.
CÁLCULO DE PLAZOS Y FORMAS DE NOTIFICACIÓN a. Toda comunicación escrita que modifique plazos ó cambios entre el Contratante y el contratista entrara en vigencia un día después a su notificación. b. Cuando el plazo se haya fijado en días, se entenderá en días calendario y expirará al terminar el último día de la duración prevista, en caso que el último día sea no hábil, éste se correrá al siguiente día hábil. c. Cuando el Plazo se haya fijado en meses, se contará desde el día del mes fijado para su inicio, hasta el mismo día del mes en el que termina el Plazo. 57.1 MODIFICACIONES En el caso de que se promulguen decretos o leyes que afecten a la ejecución del Proyecto, el Contrato podrá ser modificado. El presente Contrato podrá ser reformado o acondicionado, de mutuo acuerdo entre ambas partes mediante Resolución Modificativa formalizada con los mismos procedimientos del presente instrumento. 57.2 NOTIFICACIONES Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en la dirección proporcionada por las partes contractuales. Ambas partes pueden cambiar de dirección, quedando en este caso cada una de ellas obligadas a notificarlo a la otra cinco (5) días antes de cambiar de dirección. Mientras tanto la última notificación será válida para los efectos legales.
58.
FORMA, TRÁMITE Y PLAZO DE PAGO El pago se hará en la Tesorería de la Unidad Financiera Institucional del CNR, ubicada en el Modulo 2 de las Oficinas centrales del CNR en San Salvador, la documentación que presentara la Contratista a la Tesorería de la Unidad Financiera Institucional (UFI) del CNR, para trámite de QUEDAN respectivo, será la siguiente: a.
Factura duplicado cliente a nombre del CNR-BCIE, incluyendo en la factura: • Número de Contrato • Nombre del proyecto”CNR-BCIE Proyecto de Modernización Fase II” • Origen de los fondos • Precio total
b.
Informes Mensuales aprobados por el CNR, correspondientes al periodo sujeto a cobro por el supervisor; notas de aprobación de las garantías que estipule el contrato extendidas por la UACI, en los informes que aplique.
c.
La liquidación final del contrato se hará después de haber sido emitida el acta de recepción final. Contra la presentación de facturas a nombre del CNR, acompañada de los siguientes documentos: Informe final y Acta de recepción final (original), solvencia del ISSS (original), Certificado de garantía de los trabajos (original), copia de nota en la cual se refleje que la contratista hace
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entrega de un juego de planos en original firmado y sallado y en disco compacto de cómo quedo la supervisión. Nota de aprobación de la garantía de Buena Supervisión. d.
La Supervisión deberá tomar en cuenta que el CNR aplicara la retención de 1% del impuesto del IVA, el cual tendrá que reflejarlos en la factura.
e.
Forma de pago: El monto de la será pagado mediante la presentación del informe mensual.
f.
La supervisión tiene derecho a solicitar un anticipo equivalente hasta un 10% del monto total de la oferta para la supervisión y debe retenerse y amortizarse en la misma proporción de cada pago hasta que quede cancelado.
En el caso que las empresas extranjeras requieran el pago por medio de una transferencia cablegráfica o giro bancario, los gastos en que se incurra será absorbido por la Contratista, quien enviará a la UFI los siguientes datos: nombre del banco, dirección del banco, número de la cuenta, nombre de quien tiene la cuenta, Representante Legal de la sociedad o propietario, código del banco (ABBA), correo electrónico y número de teléfono. 59.
MARCO LEGAL La Contratista queda sujeta a: 1) Normas y políticas del BCIE, 2) Contrato de Préstamo entre el Gobierno de El Salvador y el BCIE, 3) Ley del Medio Ambiente y su Reglamento General, así como las instrucciones contenidas en Permiso Ambiental del Proyecto y demás disposiciones legales existentes en El Salvador. En el caso de haber contradicciones entre normas y especificaciones, prevalecerán las Normas y políticas del BCIE y las que brinden mayor seguridad y funcionalidad al Proyecto. No se aceptará el desconocimiento de Leyes, Normas, Reglamentos y disposiciones de la República de El Salvador.
60.
DERECHOS LEGALES NO RENUNCIABLES El CNR podrá, antes o después de la terminación y aceptación de los servicios de supervisión de la Obra, pero antes de la liquidación y Pago Final, mostrar que las medidas, cálculos y certificaciones que sirvieron para pagos a la Contratista fueron inexactos o incorrectamente preparados, o que la obra y/o materiales incluidos en la misma no estuvieron ajustados a las condiciones especificadas en el Contrato. Así mismo el CNR antes de la liquidación y pago final, podrá recobrar de la Contratista de su fiador el valor de los daños que se pudieren haber sufrido por razón de la demostrada falta de cumplimiento de las disposiciones contractuales. Ni la aceptación por el CNR o su representante técnico de toda o parte de la supervisión ni los pagos hechos a cuenta de la misma podrán considerarse como una renuncia del CNR de los derechos otorgados por la presente cláusula.
61.
LEYES APLICABLES, JURISDICCIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS La Contratista se somete a las leyes vigentes de la República de El Salvador y en caso de acción judicial señala como su domicilio especial la ciudad de San Salvador, a la competencia de cuyos tribunales se somete, asimismo en su caso faculta al
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CNR para que nombre al depositario de los bienes que se embarguen, a quien libera de la obligación de rendir garantía. Para resolver cualquier conflicto que surgiere entre las partes en ocasión o durante la ejecución del contrato, éstas se obligan como primer paso a negociar un acuerdo para tratar de llegar a un arreglo directo, agotada la vía anterior sin acuerdo y emitiendo la correspondiente acta, el CNR y la Contratista renuncian a la vía arbitral para resolver el conflicto ante los tribunales comunes, debiendo la Contratista continuar la ejecución del contrato, con toda diligencia y no ser esto causal para suspenderla supervisión contratada. 62.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Para resolver problemas que pudieren surgir en la ejecución o interpretación del contrato, en estricto apego y de conformidad a las leyes aplicables, deberán resolverse de la siguiente manera: a.
TRATO DIRECTO Las Partes harán lo posible por llegar a una solución amigable de todas las controversias que surjan de este Contrato o de su interpretación. Las diferencias o controversias que surjan entre las partes durante la vigencia del presente contrato, con relación a su interpretación o cumplimiento, serán decididas por arreglo directo, sin otra intervención que la de ellas mismas o sus representantes, el cual no podrá durar más de 30 días calendario.
b.
MEDIACIÓN En caso de no llegar a una solución en el arreglo directo, de conformidad a lo establecido en el literal anterior, las diferencias o conflictos podrán ser resueltas, en este domicilio, por medio de la Mediación o Conciliación, la cual se acordará mediante la suscripción de un acuerdo de mediación, en un plazo no mayor de 5 días siguientes de fracasado el trato directo. REEMPLAZO DEL MEDIADOR O CONCILIADOR En caso de renuncia o muerte de alguno de los Mediadores o Conciliadores, o en caso de que el CNR y el Contratista coincidieran en que el o los Mediadores o Conciliadores no están cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el CNR y el Contratista de la obra nombrarán de común acuerdo un nuevo Mediador o Conciliador, en un plazo que no deberá exceder de TREINTA DÍAS CALENDARIO (30).
c.
ARBITRAJE Agotadas las instancias que confieren la Mediación o conciliación, las controversias que no han sido solucionadas, deberán ser resueltas en un procedimiento arbitral técnico o de derecho según sea el caso
Todas estas soluciones de controversias, de formas amistosas, deberán estar con la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje de El Salvador. 63.
PRACTICAS CORRUPTAS O FRAUDULENTAS El Banco exige que los prestatarios, así como los Oferentes, Contratista y Consultores que participen en proyectos con financiamiento del BCIE, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de concurso o la ejecución de un
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contrato. A efectos del cumplimiento de esta política, el Banco reconoce como prácticas corruptivas, sin pretender ser exhaustivas, las que se describen a continuación: a.
“Soborno” o “Cohecho”. Consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar indebidamente cualquier cosa de valor capaz de influir en las decisiones que deben tomar funcionarios públicos, o quienes actúen en su lugar, en relación con el proceso de Concurso o de contratación de consultoría o durante la ejecución del contrato correspondiente.
b.
“Extorsión” o “Coacción”. Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el proceso del licitación o de contratación de consultoría o durante la ejecución del contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiere logrado o no.
c.
“Fraude”. Consiste en la tergiversación de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o de contratación de consultoría, o la fase de ejecución del contrato, en perjuicio del CNR y de otros participantes.
d.
“Colusión”. Consiste en las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios del concurso a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Prestatario de los beneficios de una competencia libre y abierta”
El Banco rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que el Oferente seleccionado para dicha adjudicación ha participado en prácticas corruptivas o fraudulentas para competir por el contrato de que se trate. Asimismo será el Banco quien declarará que un Oferente es inelegible, en forma indefinida o durante un periodo determinado, para la adjudicación de un contrato financiado por el Banco si en cualquier momento determina que el Oferente ha participado en prácticas corruptivas o fraudulentas al competir por dicho contrato durante su participación
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SECCIÓN IV INSTRUCCIONES Y SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE SUPERVISIÓN
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64.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Como Objetivo principal la empresa supervisora realizara la supervisión técnica y administrativa del proyecto DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR” El edificio a construir y reforzar es una edificación tipo nave industrial de una sola planta; la estructura del mismo es un sistema perimetral de columnas y vigas de concreto; las paredes son de ladrillo de barro colocadas de lazo; el piso es de ladrillo de cemento y de cerámica en algunas áreas. En cuanto la estructura del techo son tijeras metálicas con cubierta de lámina galvanizada ondulada. El proyecto consiste en realizar un reforzamiento estructural general para elevar el nivel de paredes y columnas, así como la sustitución de la cubierta de techo, con el fin de edificar un mezanine para crear un segundo nivel y optimizar las áreas. El edificio en referencia es de una planta, la cual se debe demoler parcialmente y reconstruir en dos niveles con la misma planta del edificio existente. El entorno ó radio de acción en donde operará el proyecto, comprende el área total del edificio actual, además se consideran parte del proyecto las áreas aledañas al edificio que son: las aceras perimetrales, los arriates ubicados en el sector poniente y el parqueo de empleados ubicado también al poniente del mismo. Por la ubicación del proyecto será necesario establecer una estrategia coordinada y avalada por el Centro Nacional de Registros, para evitar interferencias entre la construcción y el funcionamiento interno del complejo de oficinas del CNR, La ejecución de la construcción del edificio incluye: obras civiles, rampa de acceso al segundo nivel para personas discapacitadas, instalaciones eléctricas (incluye planta eléctrica de emergencia), sistema de telefonía y datos, instalaciones hidráulicas de red de agua potable y sanitaria así como de aguas lluvias y cisterna. Al mismo tiempo la edificación estará equipada con sistema de aire acondicionado central, sistema de emergencia contra incendios, sistema de cámaras de circuito cerrado, mobiliario modular y archivos de alta densidad. La supervisión establecerá los procedimientos para cada obra que supervise en los diferentes frentes de trabajo, llámese “Construcción y Reforzamiento de edificios, suministro e instalación de equipo y mobiliario”. Llevará a cabo toda la labor para el aseguramiento de la calidad, tanto en el seguimiento y control general de la construcción de la obra, como en lo concerniente al control de la calidad de los materiales, equipos y procedimientos constructivos. Asimismo, la Supervisión Externa elaborará un Programa de Trabajo, en el que se reflejará la evolución y desarrollo de las distintas actividades de la Supervisión. Todo el programa de supervisión externa deberá estar congruente con la estrategia de las actividades y los tiempos planteados por el CNR, para cumplir con la meta establecida.
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Adicionalmente presentará el Organigrama de la Supervisión, con la especificación de las funciones de todos y cada uno de los componentes de la misma y de los medios materiales puestos a su disposición. Deberá indicar el nombre de cada uno de los profesionales asignados para el desempeño de las diferentes funciones. Verificará los resultados del plan de Control de Calidad de la Contratista de la obra, para lo cual deberá presentar su propio plan de control de la calidad, estableciendo los procedimientos de coordinación, inspección e interface a utilizarse en la obra; así como el personal destacado en la misma, por parte de la contratista de la obra y la supervisión, incluyendo tiempo, duración y frecuencia, a fin de hacer congruente con el planteamiento de la ejecución de las obras por parte del CNR y el programa de trabajo de la Contratista de la obra. 65.
REUNIÓN DE PRE-CONSTRUCCIÓN Y ENTREGA DE SITIO DE LA OBRA Después de haber formalizado el Contrato y antes de que se emita la Orden de Inicio de los trabajos, el CNR a través del Administrador de Contrato señalará la hora y el lugar para sostener una reunión de pre-construcción con la Contratista de la obra de la obra y el Administrador del Contrato. En esta reunión se discutirá, además, aspectos sobre la actualización del Programa de Trabajo de la Obra con respecto a la orden de inicio y se levantará el acta de entrega formal del lugar de ejecución de la supervisión de la obra; a partir de esa fecha quedará bajo entera responsabilidad de la Contratista de la obra. Dicha acta formará parte del seguimiento del contrato, que para dicho efecto se remitirá a la UACI.
66.
ORDEN DE INICIO Una vez legalizado el correspondiente Contrato y haber presentado la garantía de Cumplimiento de contrato, el Administrador del Contrato, dará la Orden de Inicio de la supervisión a más tardar, quince días calendario después de la fecha de suscripción del mismo a partir de la cual comenzará a contar el plazo contractual.
67.
OPERATIVIDAD DEL PLAN DE SUPERVISIÓN El plan de supervisión se realizará a través de la contratación de servicios de Supervisión que comprende la implementación de todos los trabajos necesarios para garantizar la buena ejecución de la obra e instalación de equipo en el tiempo programado, sin limitarse a ellos y está autorizada para otorgar la conformidad requerida, recomendar y tomar las acciones necesarias con respecto a lo siguiente: 9
Revisión de toda la documentación técnica del proyecto para emitir recomendaciones practicas de soluciones constructivas a errores u omisiones encontrados en estos documentos, preferiblemente sin alterar los costos previstos en la oferta de la Contratista de la obra; y adicionalmente señalar errores y/o omisiones que
9
Revisión del documento contractual y sus posibles adendas para la exigencia en la ejecución de las obras.
9
El correcto y eficiente seguimiento de la ejecución de los trabajos, de acuerdo con las prácticas modernas de ingeniería y administración de proyectos, tomando como base lo especificado en los documentos contractuales desde las
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Bases del Concurso, oferta del contratista de la obra y programa de trabajo aprobado. 9
Revisión y aprobación con el monitor y administrador de contrato de los programas presentados por el (los) contratista de la obra (s) como también, el control del grado de avance físico y financiero de la obra en general.
9
Aprobar o rechazar el Plan de utilización de anticipo de la contratista de la obra. (en coordinación con el Administrador del Contrato).
9
Verificar el cumplimiento de la utilización del anticipo de acuerdo al programa de utilización presentado (en coordinación con el monitor).
9
Inspeccionar, aprobar o rechazar en calidad y cantidad la obra realmente ejecutada a fin de asegurar que el trabajo se realice conforme a los documentos contractuales (en coordinación con el monitor.
9
Aprobar o rechazar los informes mensuales de avance físico-financiero de los trabajos y de los inventarios de los equipos y/o materiales suministrados por la Contratista de la obra en el sitio de la obra (en coordinación con el monitor).
9
Aprobar o rechazar el avance físico y financiero relacionado con las estimaciones presentadas a cobro de la contratista (en coordinación con el administrador del contrato).
9
Certificar el cumplimiento del control de calidad de la obra realizada por la contratista (en coordinación con el monitor).
9
Certificar la cantidad y condición del equipo de laboratorio utilizado por la contratista de la obra, en el control de calidad es el requerido durante la ejecución de la obra.
9
Exigir a la contratista de la obra que realice la correcta incorporación de las medidas de mitigación ambientales establecidas en el permiso ambiental y en el programa de manejo ambiental, así como el control de la gestión y obtención oportuna de los permisos ambientales por la (las) contratista de la obra (as) de los botadores, bancos de préstamos, pétreos.
9
Control y seguimiento de las obras mediante reuniones semanales con la contratista de la obra, el monitor y el administrador del contrato, llevando el registro mediante actas, las que deberán ser remitidas a la Gerencia de Infraestructura y Mantenimiento
9
Certificar y verificar en coordinación con el monitor, el cumplimiento del plan de control de calidad presentado por el (los) contratista de la obra (s) y el aseguramiento de la calidad de las obras con el cumplimiento de especificaciones técnicas de acuerdo a los documentos contractuales.
9
La certificación de las estimaciones de avance de obra realmente ejecutada para el pago respectivo a la (s) contratista de la obra(s), actividad en coordinación con el monitor y el administrador del contrato.
9
Formulación de documentación de respaldo que muestre el incumplimiento contractual de la (s) contratista de la obra (as), si los hubiere.
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9
Implementación, control y seguimiento a las medidas establecidas de higiene y seguridad ocupacional.
9
Certificación y aprobación de la correcta elaboración de los planes finales “como construido.”
9
Revisión de los precios unitarios nuevos al contrato de construcción, en el caso que aplique la aprobación deberá estar coordinada con el Monitor y el Administrador de Contrato.
9
Controlar y emitir su análisis respecto a la cantidad de personal que mantiene la contratista de la obra en el proyecto, con el objeto de garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos en el programa de trabajo.
9
Inspeccionar todos los procesos constructivos, en un sentido amplio y preventivo, indicando replanteos u operaciones previas a la ejecución de las unidades de obra.
9
Se prestará asistencia al coordinador del Plan de Seguridad y Salud realizando un seguimiento del citado plan, mediante la presencia en los procesos que lo requieran, según lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud aprobado previamente.
9
Se realizará un resumen de las incidencias en obras pendientes de subsanación, haciendo referencia a la fecha de la primera comunicación si estas se demorasen.
9
Se realizará un reportaje fotográfico para presentarlo mensualmente, del estado general de la obra, de los aspectos más relevantes de la misma, de las incidencias detectadas y de su subsanación, con el objeto de que quede perfectamente documentado el proceso, de ejecución.
9
Control del aseguramiento de la calidad, todos aquellos trabajos necesarios para garantizar que la Contratista de la obra, este cumpliendo con el sistema de control de calidad de las construcción, materiales, ingeniería de todas las disciplinas involucradas en el proyecto.
9
Velar por la adecuada ejecución de los trabajos encomendados al Contratista de la obra, y la certificación de los planes finales.
9
Se documentará en bitácora, todo el seguimiento y proceso constructivo, propuestas de soluciones, esquemas, solicitudes y respuestas, referenciando cualquier cambio a los documentos anexos que se vayan generando.
9
Solicitar a la contratista de la obra, los respectivos planos de taller en aquellos elementos que no hayan sido expuestos de manera explícita en los planos y detalles, de los documentos contractuales, definiendo formato, tamaño de hoja, calidades de líneas y número de copias, para que sean analizadas con anticipación de cinco (5) días calendarios como mínimo previos a su ejecución.
Todas estas actividades serán plasmadas en los documentos e informes que se recogen en el apartado correspondiente, así como la organización y medios que se dispondrán al efecto.
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Debe destacarse, que se considerará de vital importancia y se prestará especial atención a la transmisión de las incidencias y resultados de las inspecciones y controles de manera inmediata al Administrador del Contrato y al Monitor. 68.
OBLIGACIONES DE LA SUPERVISIÓN La Supervisión estará obligada a informar al Administrador del Contrato y al Monitor todos los sucesos administrativos y técnicos que afecten el proyecto, de modo que puedan resolverse con tiempo suficiente, para evitar cualquier reclamo por parte de la Contratista. Para ello llevará un control estricto del avance físico y financiero del proyecto, y responderá diligentemente a cualquier solicitud de la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO con respecto al avance del proyecto, o cualquier otra información que le sea requerida. La Supervisión someterá en un plazo no mayor a tres (3) días calendario contados a partir de la fecha establecida en la orden de inicio girada por el CNR, el Manual de Procedimientos para su aprobación por parte de la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO, deberá contener los mecanismos de coordinación de las distintas partes implicadas en la ejecución de los trabajos, así como el sistema de comunicaciones y la de identificación y distribución de los documentos generados. Se establecerá de manera clara e inequívoca el flujo de información que se deriva de lo anterior, asegurando que la misma llega con la mayor brevedad, a las personas encargadas de su utilización e interpretación. La Supervisión presentará al Administrador del Contrato y al monitor, los informes mensuales sobre el progreso de las obras en todas sus fases, incluyendo en ellos el cumplimiento de las medidas de mitigación ambiental, establecidas en el permiso ambiental y el programa de manejo ambiental y todos los reportes adicionales que el CNR y el ente financiero, pudieran requerir, recomendando las medidas más adecuadas a tomar en el caso de retraso en relación con el Programa de Trabajo la contratista y los plazos que señale el contrato de construcción. La Supervisión llevará en la obra, un control de los trabajos en el que se consignará el desarrollo de las obras, comunicaciones de campo giradas al contratista de la obra y el avance del proyecto, en la bitácora proporcionada por la contratista de la obra, la que deberá ser aprobada o rechazada de su parte, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles complementándolo con los diagramas de avance físico de las obras. Mensualmente hará un resumen al respecto para presentarlo en su informe mensual al CNR, e incluirá un registro de sus profesionales y/o técnicos temporales, la presencia en el proyecto indicando el tiempo y la frecuencia de dicha presencia y las actividades realizadas. La bitácora será actualizada a diario por la Contratista de la obra y la supervisión externa. La no actualización de la bitácora, se considerará como retraso. La no existencia de la bitácora en la oficina del Gerente de Supervisión, y la no actualización de la bitácora, son responsabilidad de la contratista de la obra, y en el caso de esta última también es responsabilidad de La Supervisión y se les sancionará, de conformidad a lo establecido en el apartado de sanciones de este documento.
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La no presencia del personal por parte de la Supervisión (de acuerdo a su contrato) en el campo, será objeto de sanciones establecidas en el apartado Sanciones de este documento. El grado de cumplimiento de las funciones de la Supervisión Externa, podrán ser comprobado por auditorias, mediante visitas periódicas y el análisis de los informes presentados. INFORMES DE LA SUPERVISIÓN Los informes a presentar por parte de la Supervisión son los siguientes: a.
Informe inicial El informe Inicial se presentara a los 10 días calendarios posteriores a la orden de inicio al contrato de supervisión, y su contenido será el siguiente: • Descripción de los resultados de revisión de los documentos contractuales, Planos constructivos, presupuesto, especificaciones técnicas. • Descripción de los resultados de la revisión de la oferta del contratista de la obra, lo cual incluye: presupuesto, programa de trabajo, plan de control de calidad, plan de actividades de mitigación, programa de adquisición de equipo propio del inmueble. Plan de suministro de materiales, equipos, herramientas, y subcontratos, plan de seguridad, y sistema de comunicación y control en coordinación con la contratista de la obra y el contratante. • Conclusiones y recomendaciones.
b.
Informes mensuales Los informes son obligatorios y se preparará con periodicidad mensual un informe, el cual deberá presentarse al CNR (3) días hábiles después de finalizado cada período, el primer informe se entregara a los 30 días calendarios posteriores a la orden de inicio de la obra y posteriormente cada informe mensual se presentara en periodos de 30 días calendario. Cada uno de esto informe deberá contener como mínimo que cubra los siguientes aspectos: • Descripción del proyecto • Cronograma de ejecución física financiera programada vs. Ejecutada • Personal de la Supervisión asignado y actividades realizadas • Información de maquinaria, equipo y personal puestos en la obra por la Contratista de la obra durante el período • Actividades ejecutadas durante el período y avance de las mismas • Control de calidad de los materiales y de los ensayos de laboratorio realizados • Aspectos relevantes de plan de calidad, otros
de medio ambiente, seguridad y
• Registro fotográfico de antes y después. • Anexos de ensayos, bitácoras y los documentos relacionados con el período • Conclusiones y recomendaciones
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c.
Informe final El contenido del Informe Final es similar al contenido descrito para los informes mensuales y adicionalmente describirá toda la información relacionada con todas las actividades realizadas durante la recepción provisional de la obra y la recepción final, planos finales de construcción, garantías de equipos propios del inmueble, Certificación de resultados de pruebas para el control de calidad de materiales y proceso constructivos. Este informe deberá ser entregado 5 días hábiles posteriores a la recepción final de la obra.
d.
Informe de cierre del proyecto Contendrá los documentos que a continuación se detallan: • Copia de las Actas de Recepción Provisional, de cada uno de los sectores si los hubiere y definitiva de la totalidad de las obras, con sus edificaciones y obras auxiliares, donde consta que los Representantes, han recibido las obras debidamente terminadas y a entera satisfacción. • Garantía de Buena Obra. • Solvencia del Instituto Salvadoreño del Seguro Social y las Aseguradoras de Fondo de Pensiones, vigentes a la fecha de liquidación. • Bitácora de la Obra, los Planos "Como Construidos", impresos y Archivo Electrónico, en los cuales se indiquen todos los cambios y adiciones que se hayan efectuado en el transcurso de la ejecución de la obra. • Catálogos y Manuales de Operación y Mantenimiento de Equipos que se hubiesen instalado. • Cuadro de Liquidación e Informe final elaborado por el Contratista y aprobado por la Supervisión. • Recibo de liquidación. • Garantías de fábrica de los equipos y suministros por parte de las Empresas Suministrantes, fabricantes y Sub contratantes. • Manuales completos de operación, Constancias de Adiestramiento de los Suministrantes, todo aprobado por la Supervisión, para los equipos incorporados en la obra. • Programa de mantenimiento de los equipos suministrados e instalados. • Conclusiones y recomendaciones.
69.
SUPERVISIÓN Y MONITOREO Las directrices generales para la supervisión y control de la obra contenidas en este plan de supervisión, serán gestionadas por los siguientes representantes: 69.1
Representantes de la Supervisión Externa Todos los profesionales deberán cumplir con amplia experiencia en su especialidad que será comprobada con sus respectivas hojas de vida y atestados.
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En la organización prevista por La Supervisión para la realización del Contrato se distinguirán dos áreas principales: a. Asistencia técnica general al CNR, realizada por ingenieros especialistas, para retroalimentación de conocimientos y experiencia en este tipo de proyectos b. Equipo técnico-profesional en el sitio de la obra, para la realización de las funciones atribuidas a la Supervisión Externa, dentro de la organización general de la misma Para cubrir la primera área, se propondrá ingenieros especialistas en las ramas que, en principio, se consideren necesarios. No se excluirá sin embargo, la participación de técnicos en otras disciplinas. Para la segunda área, se requiere la presencia en el sitio de la obra, con el objetivo de una efectiva supervisión de todas las actividades encaminadas a cumplimiento de metas en tiempo y calidad asistido con profesionales y técnicos con experiencia en este tipo de proyectos así: 69.1.1
Gerente de Supervisión Representa la empresa supervisora y es responsable, con la colaboración de su equipo técnico de que la ejecución de las obras se desarrollo de acuerdo a los planos, especificaciones del proyecto y programa de ejecución.
69.1.2
Residente de Supervisión Responsable de la gestión, día a día, de la ejecución del Proyecto de acuerdo a los planos y especificaciones, mediante la permanencia 100% de su tiempo In Situ (en obra).
69.1.3
Equipo Técnico de Áreas Especializadas Responsables de la ejecución de tareas específicas asignadas al mismo, por el Gerente de Supervisión y relacionadas con cada una de las áreas de especialidades. Se describe a continuación el personal y participación mínimo requeridos para realizar estas actividades. CARGO
Gerente de Supervisión Residente de Supervisión
CANT
1 1
Ingeniero asesor estructural
1
Especialistas en instalaciones de, aire acondicionado,
1
PROFESIÓN
Ingeniero Civil o Arquitecto Ingeniero Civil o Arquitecto. Ingeniero Civil especialista en estructuras Ingeniero mecánico con experiencia en el área
% PARTICIPACIÓN (tiempo)
100% 100% 100%
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25%
69
sistema contra incendio Especialista en control de calidad Inspectores de campo en las especialidades respectivas Ingeniero Electricista
1
Arquitecto o técnico con experiencia en el área
100%
2
Ingenieros o técnicos
100%
1
Un laboratorio de suelos y materiales con su equipo e inspector
1
Personal administrativo de oficina y de campo mínimo necesario para el apoyo, seguimiento y control de la supervisión de campo
el nece sario
Ingeniero Electricista Empresa con experiencia dedicada a este rubro
100%
100%
Personal con experiencia
100%
El porcentaje de participación se refiere al tiempo requerido del profesional o técnico cuando se desarrolla la actividad que requiere de la especialización respectiva. El anterior cuadro no limita que la supervisión pueda proponer una estructura eficiente y que responda a la complejidad del proyecto y requerimientos técnicos. De acuerdo a la ejecución de las obras del CNR podrá solicitar a la supervisión personal técnico adicional sin incrementar el costo original de la oferta. 69.2
Medios tecnológicos mínimos a utilizar por parte de la supervisión externa. a. Software especializado para seguimiento administrativo, financiero y físico que permita el desarrollo del proyecto en forma eficaz y transparente b. Equipo informático suficiente seguimiento de los proyectos
y
actualizado
para
el
control
y
c. Medios de transporte necesario y suficiente para cumplir con los trabajos de supervisión
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d. Medio de comunicación telefónicos y en línea para el contacto permanente con personal de obra y de oficina, Administrador de Contrato y el monitor e. Cambios en el personal asignado por la supervisión externa El CNR podrá exigir a La Supervisión directamente, el cumplimiento del personal técnico y administrativo expuesto en su oferta. Si existiere situaciones adversas al cumplimiento de los mismos, el CNR podrá solicitar el cambio inmediato del Gerente u otro personal clave, sin obligación alguna de proporcionar explicación al respecto; lo cual deberá ejecutarse en un período de diez (10) días calendario a partir de la notificación, La Supervisión deberá presentar al CNR, para su aprobación, la hoja de vida del o los profesionales candidatos a sustitutos; los cuales deberán poseer igual o mayor experiencia que el anterior. Igual obligación asumirá en caso que lo solicite directamente el ente financiero. La Supervisión asumirá el costo de esta remoción. La Supervisión también podrá sustituir miembros de su personal profesional, cuando exista renuncia escrita de éstos u otra causa que lo justifique, para lo cual deberá efectuar una solicitud escrita al CNR, adjuntando Hoja de Vida de los nuevos candidatos. El CNR, dará la aprobación correspondiente. La sustitución de cualquier profesional miembro del personal se hará con otro de igual o mejor capacidad técnica que la del sustituto. De realizar, La Supervisión algún cambio de personal, sin la debida autorización del CNR, se hará acreedor a una sanción según lo indicado en el apartado “SANCIONES” de este documento. La asignación y permanencia del personal de la supervisión, en el proyecto deberá ser el propuesto en su oferta y según el programa de trabajo, debiendo cumplir con el personal mínimo establecido en la contratación, incluyendo también al personal de especialistas. La Supervisión deberá cumplir con los tiempos indicados del personal asignado, en la ejecución del proyecto hasta su recepción final, caso contrario será sujeto de las sanciones indicadas en el apartado “SANCIONES” de este documento. 70.
REPRESENTANTE DEL CONTRATANTE: 70.1 Administrador de Contrato Será el designado por el CNR para realizar las actividades principales en el desarrollo del contrato, en coordinación con el monitor, La Supervisión y la contratista de la obra. Así como velar por el cumplimiento de los aspectos técnicos, administrativos y financieros establecidos en el contrato y otros que se requieran para la buena ejecución de la obra, sin restar las responsabilidades y obligaciones de la Supervisión Externa.
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70.2 El Monitor Profesional en la rama de Ingeniería Civil o arquitectura, representante del CNR, designado por la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO para velar por el cumplimiento en calidad y cantidad de los aspectos técnicos establecidos en el contrato o que se generen para la buena ejecución de la obra, sin restar las responsabilidades y obligaciones de la Supervisión Externa. 71.
SEGUIMIENTO Y CONTROL POR PARTE DEL CNR El CNR a través del Monitor y el Administrador del Contrato, forman parte de la ejecución del Plan de Supervisión, quien podrá verificar y dar seguimiento a la calidad de los materiales y procesos constructivos incorporados al proyecto; así como también podrá verificar la existencia en el proyecto de documentos tales Como programas de trabajo, plan de control de calidad, equipos e instalaciones de laboratorio conforme a las normas y especificaciones técnicas que rigen el proyecto, en caso que se realizara algún tipo de observaciones, estas serán atendidas de inmediato cumpliendo con lo indicado en los documentos contractuales y dicha unidad verificará el cumplimiento satisfactorio. Adicionalmente, a través de la Supervisión Externa, el Monitor y el Administrador del Contrato podrá verificar el cumplimiento de la correcta ejecución de las medidas de mitigación ambiental establecidas en los permisos ambientales del proyecto, así como el seguimiento del programa de manejo ambiental. El CNR por medio de sus representantes y a través de la Supervisión Externa, podrá girar instrucciones al contratista de la obra, para que sean corregidos aquellos procesos y/o retire aquellos materiales que no reúnan los requisitos indicados en las especificaciones técnicas y que puedan conducir a un detrimento significativo de la calidad del proyecto.
72.
ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE SUPERVISIÓN 72.1
Informes y Documentos 72.1.1
Informes La metodología, formato y presentación de los informes serán propuestos al iniciarse las obras al CNR para su aprobación. Si La Supervisión no presentase los informes en la fecha señalada, será objeto de las sanciones indicadas en el numeral 89 SANCIONES de este documento.
72.1.2
Bitácora Para una mayor facilidad de comunicación en el lugar de la obra, y llevar en la obra un control de los trabajos se establece el sistema de Libro de Bitácora, en la que se indicará el desarrollo de las labores, problemas relevantes, órdenes de campo giradas al contratista de la obra y el avance del proyecto, el cual deberá estar actualizado. Este libro de bitácora será utilizado únicamente por el personal facultado para actuar como Director/Gerente de Obra por parte de la contratista de la obra y
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La Supervisión responsable de cada obra. Toda comunicación se realizará en original y dos copias: el original será para el CNR, las copias para la Supervisión, la Contratista de la obra y una fotocopia del original para el Administrador de Contrato para archivo de obra. El libro de bitácora será Administrador del contrato.
monitoreada
por
el
CNR
y
el
Al finalizar la obra, la bitácora será entregada por la Contratista de la obra a la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO, encuadernada, indicando el número de contrato, con los distintos tomos debidamente numerados, lo cual deberá ser verificada por el supervisor. 72.1.3
Estimaciones La Supervisión deberá revisar y certificar las estimaciones de pago presentadas por la contratista de la obra según lo establecido en las condiciones generales de los documentos contractuales a la contratista de la obra. Si la supervisión externa no cumple con los plazos de revisión y remisión al CNR será objeto de sanción, de acuerdo a lo establecido en el numeral 88 SANCIONES de este documento. Las estimaciones de pago a la Contratista de la obra, deberán incluir el detalle realmente ejecutado, y el monto a pagar. La Supervisión complementará la estimación con los informes que acrediten el cumplimiento De los requisitos especiales, especificaciones técnicas y las cláusulas del contrato de construcción. Las mediciones respectivas incluirán todas las unidades del plan de oferta, así como aquellas que deban ser medidas para definir el avance de la obra respecto al programa de trabajo. Estas mediciones serán respaldadas por una memoria de cálculo legible, la cual debe ser anexada al documento de estimación para que esta sea tomada como válida, así como los anexos que se consideren necesarios.
72.1.4
Disminuciones o aumentos de obra Cuando se estime conveniente efectuar cambios de consideración en los procedimientos de construcción por ventajas técnicas o económicas que se presenten durante la ejecución de las obras, la Supervisión deber proponer por escrito dichos cambios a la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO, con los comentarios y razonamientos del caso para su consideración, dentro de un término de cinco (5) días calendario después de la aparición de la causa que los origina.
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Toda propuesta para disminución/aumento de obra debe ser presentada por La Supervisión al administrador del contrato con la información técnica necesaria y un análisis del costo diferencial que justifique dicho cambio. La GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO analizará y evaluará la información presentada por la Supervisión Externa, pronunciándose dentro de un período no mayor de tres (3) días calendario contados a partir del día siguiente de recibida la propuesta. El CNR podrá modificar el contrato de ejecución, mediante modificativas de contrato de disminuciones y/o aumentos debido a circunstancias imprevistas y comprobadas, sin que esto afecte el monto contractual original. La Supervisión dispondrá de diez (10) días calendario para la presentación del documento final que ampara dicha modificación aceptada por el constructor, en tres (3) originales. El CNR remitirá a La Supervisión uno de los ejemplares de la misma aprobándola definitivamente y solicitando el número de copias necesario con base a un determinado formato, para proceder a la elaboración de la resolución modificativa debidamente legalizada. La Supervisión será responsable de la correcta presentación de la documentación en cuanto a contenido y operaciones aritméticas. 73.
LIBROS Y CUENTAS La Supervisión llevará, para este proyecto, los libros, registros, documentos y otras pruebas documentales y utilizará de manera uniforme, procedimientos y prácticas contables que sean suficientes para documentar debidamente todas las transacciones que se realicen en virtud del contrato, o en relación con el mismo. Para los efectos de esta sección, todo lo mencionado anteriormente constituye “cuentas”. La Supervisión llevará dichos registros durante el plazo de vigencia del contrato y los conservarán durante un período de cinco (5) años, posteriores a la Liquidación Final. Sin embargo, los registros que tengan que ver con controversia en el apartado “SANCIONES” de este documento que surjan de la ejecución de este contrato, se conservarán hasta que se haya resuelto definitivamente dichas controversias, litigios o reclamaciones y serán sometidos a inspección y auditoría por el CNR. La Supervisión facilitará al CNR los medios adecuados para efectuar inspecciones y auditorías cuando éste lo requiera. La Supervisión permitirá que el ente financiero examine los documentos y registros contables relacionados con la ejecución del contrato y los haga verificar por auditores designados por el ente financiero. El incumplimiento de las disposiciones anteriores hará acreedor a La Supervisión de las sanciones establecidas en las leyes correspondientes.
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74.
LIQUIDACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEFINITIVA La Supervisión examinará los trabajos sobre los cuales la contratista de la obra haya informado de su terminación y comprobará la perfección de dichos trabajos con relación a los requerimientos del proyecto. La Supervisión recomendará por escrito al CNR efectuar la inspección final general de las obras, cuando a juicio del primero estén totalmente terminadas para su entrega y aceptación final, de acuerdo con el contrato. La Supervisión en coordinación con el monitor, asistirá a la recepción final de los trabajos.
el administrador de contrato
La Contratista de la obra comunicará a La Supervisión que ha finalizado las obras, para que proceda a la realización de la recepción definitiva, dicha recepción será efectuada en conjunto con la comisión nombrada por el Propietario, la Contratista de la obra y la Supervisión Externa. La Supervisión comprobará y remitirá al CNR un informe en el que se indique la calidad de los trabajos finalizado. La liquidación del proyecto se efectuará de acuerdo a lo establecido en los documentos contractuales de la Contratista de la obra, y no se reconocerá pago alguno por plazos adicionales para esta actividad. 75.
REUNIONES CON LA CONTRATISTA DE LA OBRA La Supervisión mantendrá reuniones con la contratista de la obra de forma periódica y en cualquier momento que lo requiera la marcha de la obra. Estas reuniones se realizarán con conocimiento del Administrador del Contrato y el Monitor, que estará presente para el seguimiento de las actividades planteadas. La Supervisión redactará un acta de cada reunión y tras discutirla con el Administrador del Contrato y el Monitor, obtendrá el conforme de la Contratista de la obra sobre la misma. Se abordarán aspectos como los siguientes:
76.
a.
Verificación y control físico-financiero
b.
Revisión de planos y especificaciones propuestas por la Contratista de la obra
c.
Aprobación o rechazo de procesos constructivos (control de calidad)
d.
Aspectos contractuales
e.
Relaciones CNR/Supervisión/Contratista de la obra
f.
Conclusiones y recomendaciones de la reunión sostenida
ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL PROCESO DE SUPERVISIÓN 76.1
Criterios de Aceptación Antes de que la contratista de la obra comience cualquier actividad, deberán quedar previamente establecidos criterios y objetivos para la aceptación de la obra terminada, incluyendo lo relacionado con lo establecido en el permiso ambiental. Estos criterios estarán generalmente definidos en las Normas y Especificaciones Técnicas, será ocasionalmente necesario ampliarlos,
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especialmente en lo referente a tolerancias de calidad, aspectos estéticos y demás.
geométricas,
Todo ello independientemente de los requisitos de resistencia y otros, comprobados durante la ejecución, y de las pruebas de servicio finales a las que pueda estar sujeta la actividad (pruebas de carga, estanqueidad, etc.) 76.2
Supervisión de la Construcción En esta etapa, La Supervisión efectuará un monitoreo constante de los procesos constructivos necesarios para la correcta ejecución de la obra. Se hará énfasis en la planificación y organización propuesta por la contratista de la obra, a fin de evaluar y corregir cualquier desviación, ya que de esta depende el obtener resultados satisfactorios para el proyecto; por lo que se solicitará cumplir con los documentos contractuales de la Contratista de la obra del programa general de actividades y pagos, programa de control de calidad y plan de seguridad e higiene ocupacional. Durante la ejecución de la obra se tomarán medidas permanentes para garantizar la calidad de los trabajos, efectuando un control de los procesos constructivos, de los materiales, de personal y equipo empleado. Antes de iniciar cualquier actividad, la Contratista de la obra deberá contar con la aprobación expresa de la Supervisión Externa, en cuanto al proceso constructivo, planes de ejecución de las obras y todo lo requerido en el diseño final. Se verificará la procedencia de los materiales comprobando su calidad; así como el equipo a utilizar, dando las observaciones necesarias al contratista de la obra para que realice los ensayos de control de calidad e incluya el equipo idóneo al proyecto. Se dará seguimiento constante al sistema de control de calidad presentado por la contratista de la obra para verificar su implementación en el proyecto. Para efectos de pago a la Contratista de la obra, se certificará el avance físico-financiero relacionado con la solicitud de pago de ésta, así como lo relacionado al control de la calidad ejecutado en el periodo solicitado. Se informará oportunamente al Administrador de Contrato sobre los atrasos e incumplimientos de la contratista de la obra, a fin de que se impongan las penalidades respectivas, de conformidad al procedimiento establecido. Se exigirá a la Contratista de la obra que realice todas las gestiones necesarias para la mitigación de los impactos ambientales, así como mantener la señalización requerida, que garantice la seguridad de los trabajadores, exigiendo su mantenimiento permanente hasta que se finalice la obra.
76.3
Inspección y prueba en la fuente de suministro- Control de Calidad del Proyecto La Contratista de la obra suministrará a la Supervisión Externa, Monitor al Administrador del Contrato, la información, los medios y las facilidades necesarias para comprobar que las obras, los materiales que se están incorporando y el trabajo que se está ejecutando, están de acuerdo con
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los requisitos y propósitos del diseño final de ingeniería y otros documentos contractuales. La inspección podrá comprender toda o cualquier parte del trabajo y asimismo la preparación, fabricación y elaboración de los materiales que serán utilizados. La omisión del dictamen de no conformidad por parte de la Supervisión de cualquier trabajo o material defectuoso en ninguna forma impedirá su rechazo en el futuro al descubrirse dicho defecto, ni obligará al CNR a su aceptación final. La Contratista de la obra será responsable por la calidad, cantidad y suministro de todos los materiales y mano de obra necesaria para ejecutar el proyecto. La Supervisión verificará, entre otros aspectos, la fuente de suministro de cada uno de los materiales, antes de comenzar la entrega de los mismos; así como los siguientes aspectos:
a. La Supervisión inspeccionará los materiales en la fuente de suministro. Los representantes de ésta tendrán acceso libre en todo tiempo a aquellas partes de las plantas dedicadas a la fabricación o producción de los materiales y la Contratista de la obra prestará todas las facilidades para realizar dichas inspecciones. b. En la inspección la Supervisión verificará que la Contratista de la obra cumpla con las especificaciones tendientes a mitigar el impacto ambiental producido por la ejecución de las obras. c. Se exigirá a la Contratista de la obra que el personal a cargo del control de calidad realice las pruebas o mediciones correspondientes a todos los materiales utilizados y a las obras que estén en ejecución. d. La contratista de la obra suministrará los medios requeridos por La Supervisión para la recolección y envío de las muestras necesarias para verificar que el material utilizado o por utilizarse reúna los requisitos de las especificaciones técnicas. e. La contratista de la obra deberá presentar a requerimiento de la Supervisión Externa, los respectivos certificados de calidad de los materiales a ser suministrados por el o por terceros, previo a la incorporación de dichos materiales a la obra. 76.4
Control de avance y programas de trabajo del proyecto La contratista de la obra comenzará la obra en la fecha establecida en el contrato con el CNR, para lo cual proveerá suficiente personal, equipo y materiales para llevar a cabo el trabajo asegurando la terminación de la obra dentro del límite de tiempo estipulado en el contrato. La Supervisión revisará, aprobará y dará seguimiento al avance de los siguientes programas de trabajo, elaborados por la Contratista de la obra. a. Programa de Ejecución del Contrato b. Programa de Ejecución Financiera c. Programa de manejo ambiental actualizado
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Se verificará que la contratista de la obra emplee todos los medios a su alcance para llevar a cabo el avance de la obra, de conformidad con lo indicado en los programas antes indicados. Si la Contratista de la obra se atrasare en cualquiera de ellos realizará las acciones correspondientes para recuperar dichos atrasos, presentando al CNR y a La Supervisión el correspondientes para recuperar dichos atrasos, presentando al CNR y a La Supervisión el correspondiente plan de contingencia. La Contratista de la obra notificará por escrito a La Supervisión y al Administrador del Contrato, con cinco (5) días calendario de anticipación, la fecha en la cual se propone comenzar los siguientes trabajos: terracería, excavaciones, concreto estructural, obras de drenaje y desencofrados, así como cualquier parte importante de la obra; las que serán definidas en forma conjunta; entre la Supervisión Externa, el Monitor y la Contratista de la obra. 77.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE EJECUCIÓN La inspección en el campo será adecuada y contínua para asegurar que el proyecto se ejecute de acuerdo al contrato establecido para la ejecución de la obra y demás documentos contractuales, al programa de trabajo y a los plazos establecidos en el contrato de construcción. Previo al inicio de las obras, se revisará conjuntamente con la Contratista de la obra, los programas coordinados de trabajos y de inversiones del proyecto objeto de esta supervisión, los cuales habrán sido elaborados por la Contratista de la obra tomando como base las fechas de inicio y terminación de las diversas actividades de la obra. La supervisión revisará las bases de licitación de la construcción, planos, presupuesto, especificaciones de construcción y la programación física-financiera para detectar cualquier anomalía o deficiencias en ellos, haciendo las correcciones y/o modificaciones que el caso requiera. La contratista de la obra realizará todos los ensayos geotécnicos y de materiales necesarios para garantizar la estabilidad estructural de las obras realizadas, los cuales serán auditados por La Supervisión de acuerdo al plan de aseguramiento de la calidad, realizándose a los ensayos de contraste que sean necesarios para corroborar los resultados obtenidos por la Contratista de la obra. La Supervisión llevará un control estricto de todos los materiales recuperables de las instalaciones a remover o a demoler, los cuales serán entregados al CNR mediante acta firmada por la contratista de la obra. La contratista de la obra es el único responsable por la ejecución de todas las obras por lo que las inspecciones y controles de calidad de La Supervisión realice servirán para confirmar la adecuación al proyecto de los trabajos realizados. En caso que La Supervisión dude o detecte fallas en la calidad de los materiales, mano de obra, calibración de equipos de laboratorio, procesos constructivos, etc., se harán las comprobaciones necesarias y se notificará al CNR de los resultados obtenidos. Inspecciones a realizar:
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a. Se comprobará y acordará con la Contratista de la obra los datos del terreno original, tanto en las zonas a ser ocupadas por el Proyecto, como de aquellas donde vayan a situarse las instalaciones temporales y que deben ser restituidas en las condiciones originales al final del contrato. b. Se examinará los materiales que vayan a ser utilizados en la obra, de acuerdo con lo establecido en los planos, especificaciones, la normativa existente y la buena práctica de ingeniería. c. Se verificará la procedencia de materiales y equipos utilizados en el proyecto. d. La Supervisión verificará, mediante auditoría e inspecciones, la conformidad de la obra ejecutada con lo establecido en las bases de concurso, diseño final, normas y especificaciones técnicas. e. La Supervisión verificará, mediantes auditorías e inspecciones, el adecuado funcionamiento del sistema de control de calidad de la Contratista de la obra, ordenando las acciones correctivas que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del plan de control de calidad de la Contratista de la obra y de los requisitos contenidos en las bases del concurso, diseño final, normas y especificaciones técnicas. f. La Supervisión verificará, mediante auditorías e inspecciones, la conformidad de las obras ambientales ejecutadas. g. Se comprobarán las condiciones de compactación de cada capa, así como las condiciones del material extendido antes de su compactación h. En general se realizarán todas aquellas inspecciones que se consideren necesarias para asegurar que las obras se desarrollen dentro de las tolerancias establecidas en el proyecto. La contratista deberá presentar, para su aprobación, los principales procedimientos constructivos que pretenda utilizar para la ejecución de la obra. Los que serán estudiados por La Supervisión y el Monitor, informando al Administrador de Contrato de la racionalidad y adecuación de estos procedimientos, así como de su conformidad con lo exigido en los documentos de diseño. Se prestará atención inmediata y se resolverá las consultas técnicas y de protección al medio ambiente que se formulen con relación al proyecto. Velando porque la contratista de la obra no dañe los servicios y acceso a las instalaciones existentes tales como electricidad, telefonía, agua potable, aguas negras, aguas pluviales, accesos de vehículos y peatonales, áreas internas de estacionamiento, etc. Se estudiará y analizará el plan de seguridad de las obras presentado por la Contratista de la obra y se emitirá un informe sobre su adecuación; así mismo se observará el cumplimiento de las medidas prescritas a lo largo del período de ejecución de las obras, prestando especial atención a la seguridad y señalización con objeto de no poner en peligro la seguridad de los trabajadores. 78.
LEYES, NORMAS Y REGLAMENTOS La Supervisión queda sujeto a:
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a. Normas y políticas del BCIE. b. Las Leyes, Reglamentos y Normas vigentes de la República de El Salvador en todas sus materias. c. Ley del Medio Ambiente y su Reglamento General, así como las instrucciones contenidas en Permiso Ambiental del Proyecto. d. La edición vigente, a la firma del Contrato, de normas y especificaciones técnicas según corresponda, de la siguiente lista: ACI (American Concrete Institute); ASTM (American Society for Testing Materials) y demás Reglamentos y Normas aplicables para las especialidades, tal como se indica en las especificaciones técnicas del proyecto. En el caso de haber contradicciones entre normas y especificaciones, prevalecerá las Normas y políticas del BCIE y las que brinden mayor seguridad y funcionalidad al Proyecto. No se aceptará el desconocimiento de leyes, normas, reglamentos y disposiciones del República de El Salvador. 79.
RESPONSABILIDADES Y ÉTICA DE LA SUPERVISIÓN La Supervisión tendrá la responsabilidad profesional y económica a través de las Garantías vigentes, por cualquier daño causado al CNR por negligencia, error u omisión involuntaria en el desempeño o como resultado de su trabajo. La Supervisión se obliga a prestar sus servicios dentro de las más estrictas normas de la ética profesional y transparencia, tanto en la obtención de este Contrato como en la justificación de los pagos convenidos en el mismo. Dicha ética profesional le obliga a prestar sus servicios sin vinculación alguna con personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial de los estudios que efectúe, de sus resultados, o de las recomendaciones que suscriba dentro del ejercicio de sus obligaciones.
80.
OBLIGACIONES DE LA SUPERVISIÓN. La Supervisión ha de suministrar el recurso humano, equipo y material necesario para la buena ejecución de su trabajo de acuerdo con lo exigido en la Condición Especial, estando sus costos incluidos en el Contrato. La supervisión, deberá contar en el proyecto con el equipo mínimo de laboratorio propio o subcontratado, que cumpla con los requerimientos establecidos en las Normas de Ensayo respectivas, que le permita llevar a cabo un adecuado aseguramiento de la calidad. Así mismo deberá contar en el proyecto con normas de ensayo de laboratorio vigentes a la fecha de la firma del contrato. La Supervisión deberá estar disponible para atender y cumplir en cualquier instrucción, solicitud y requerimientos de este CNR, relacionados con el proyecto. El no cumplimiento de estos requerimientos será sujeto de las sancione establecidas en EL NUMERAL 88 SANCIONES Habrá de contratar los servicios especializados, el personal técnico y auxiliar, y suplir el equipo técnico y de oficina, etc., necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas para la realización de su trabajo.
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La Supervisión se obliga a habilitar y operatividad una oficina local en El Salvador, a fin de garantizar la realización eficaz y eficiente de las actividades previstas en el contrato. El cumplimiento de esta obligación deberá hacerse a más tardar diez (10) días calendario después de la fecha establecida en la Orden de Inicio. El no cumplimiento de cualquier obligación contractual adquirida por la Supervisión Externa, lo hará acreedor a las sanciones correspondientes establecidas en el 88.SANCIONES de las Bases del Concurso. 81.
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO SE ENTENDERÁ POR FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Un acontecimiento ajeno a la voluntad de los contratantes. Es decir, que se trata de un hecho exterior, de manera que quien lo alega no haya intervenido o contribuido, en forma alguna en su realización, y sea de carácter imprevisible, extraordinario, anormal, inmanejable e inevitable por parte de quien lo invoca. Debe existir una relación de causa efecto, entre el caso fortuito o fuerza mayor, con la imposibilidad permanente o momentánea de ejecución del objeto del contrato.
No será imputable a ninguna de las partes el incumplimiento a los deberes y obligaciones que les corresponden en virtud del contrato, cuando dicho incumplimiento se deba a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor. a. Si una situación de caso fortuito o fuerza mayor imposibilitare el cumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas por la Supervisión Externa, la parte afectada por el caso fortuito o la fuerza mayor realizará un levantamiento de daños por escrito, dentro de un plazo mínimo definido por la GIM-CNR y el resultado del Informe deducirá las responsabilidades correspondientes para restablecer la obra por parte del Contratista de la obra. b. Cuando ocurra un evento de caso fortuito o de fuerza mayor, se emitirá un informe evaluando su impacto en tiempo y si fuese necesario, se prolongará el plazo de ejecución por el tiempo que acuerden las partes, según los procedimientos establecidos por las modificaciones al contrato, en consideración a los efectos del caso fortuito o fuerza mayor acaecida. c. La prórroga concedida como consecuencia del acaecimiento de un evento de caso fortuito o fuerza mayor, no incrementará el precio. d. Si el caso fortuito o fuerza mayor afecta parcialmente el proyecto, las partes acordarán modificar por escrito, el Programa de Trabajo, con el objeto de minimizar los efectos del evento sobre el tiempo de ejecución, así como los términos para continuar con la ejecución de las porciones del proyecto que no hubieran sido afectadas. Toda solicitud de prórroga debe ser presentada al Administrador del Contrato, atendiendo las regulaciones de esta cláusula. Este realizará un análisis y emitirá su conformidad y recomendación al CNR, para los trámites de legalización correspondientes. 82.
SUSPENSIÓN. Si por alguna razón de fuerza mayor o caso fortuito la obra se suspendiere por un lapso mayor de quince (15) días calendario y el CNR estima que habrá una
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prolongación de dicha situación, podrá dar orden de suspensión de trabajo. Lo cual se hará del conocimiento del Supervisor. Esta suspensión durará hasta que el CNR notifique el reinicio de las obras. A partir de las orden de suspensión y hasta el reinicio de la obra, el CNR no reconocerá pago alguno al Supervisor durante ese lapso, salvo que se le adeudara alguna cantidad devengada con anterioridad. 83.
PRÓRROGAS En el caso de prorrogarse el contrato del Contratista de la obra por causas fortuitas o de fuerza mayor, el CNR tiene la potestad de prorrogar el contrato de Supervisión Externa independientemente de la prorroga al Contratista de la obra, dependiendo del desempeño que La Supervisión haya presentado en la obra y tiene la obligación de entregar toda la documentación final a la fecha de finalización de su contrato, sea este prorrogado o no por el CNR. En caso de prorrogarse el contrato de la Supervisión Externa, éste debe comprobar que existe la causa que afecte directamente la ejecución del proyecto y que impida la terminación de las obras en el plazo contratado, que puedan demorar la finalización de la obra, siempre que lo haga del conocimiento del CNR por escrito indicando la causa, dentro de los ocho (8) días hábiles de haber sucedido el evento. En caso de prórroga, se concederá previa opinión favorable por escrito del Administrado del Contrato, ésta operará siempre que el plazo de las garantías constituidas a favor del CNR esté vigente. Las resoluciones de prórroga que se emitan, serán sometidas a la aprobación del CNR, previa No Objeción del Ente Financiero, para su validez legal. El hecho de prorrogarse el plazo del contrato no alterara en manera alguna los términos y naturaleza del mismo. En el caso que la ejecución de la obra no se concluyere en el plazo establecido en el contrato de obras por causas imputables al Contratista de la obra, los costos adicionales por la extensión de los servicios de supervisión, serán pagados mensualmente por el contratista de la obra al supervisor, o serán descontados de cualquier suma que se le adeude al Contratista de la obra.
84.
COSTO DE LOS SERVICIOS, FORMA DE PAGO, TRÁMITE Y PLAZO DE PAGO El tipo de contrato será Suma Global, por la prestación de los servicios inherentes a la Supervisión objeto de este contrato. Los pagos a realizarse al Supervisor se harán en cuotas mensuales, previa aprobación por parte del CNR de los Informes Mensuales, correspondientes al periodo sujeto a cobro por la supervisión externa. El personal de La Supervisión acomodará sus tareas al ritmo de trabajo al que opere el contratista de la obra. En caso que el contratista de la obra incremente los frentes de trabajo, La Supervisión deberá contar con los recursos de personal y equipo necesarios para cumplir con sus servicios de supervisión de las obras. La no supervisión de todos
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los frentes de trabajo será objeto de las sanciones estipuladas en los documentos contractuales y en el NUMERAL 88 .SANCIONES. Si el contrato de construcción, ocasionare atrasos en los plazos y por lo tanto generen tiempos muertos, es decir tiempo en lo que la Supervisión no necesite todo el personal detallado en los cuadro de la oferta económica; el CNR se reserva el derecho de generar Ordenes de cambio para ajustar el monto mensual de la Supervisión, y por lo tanto enmiendas al contrato. 85.
PAGO FINAL Y LIQUIDACIÓN El pago final correspondiente que comprenderá cualquier suma que se le adeude al Supervisor incluyéndose en dicho pago la retención contractual que se haya realizado para garantizar el correcto cumplimiento de la supervisión de la obra, será posterior a la aceptación satisfactoria por parte del CNR del Informe Final de La supervisión del proyecto, mediante acta emitida por el administrador de contrato y previa presentación de la Garantía de Buena supervisión. Al recibir los documentos finales, analizarlos y verificar que todos los trabajos objeto de este contrato se han realizado satisfactoriamente, después de haber comprobado la solvencia de La Supervisión con todas la obligaciones derivadas de este instrumento y que ha presentado la garantía de Buena supervisión, el CNR procederá a pagar a Supervisor cualquier cantidad que se adeude, devolviendo la retención contractual como garantía de cumplimiento de contrato.
86.
PROCEDIMIENTOS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS MATERIALES Y PROCESOS CONSTRUCTIVOS. El control de calidad es obligatorio y plena responsabilidad de la contratista de la obra por lo que La Supervisión supervisará las obras desarrolladas, por lo tanto la inspección y controles de calidad que se realicen servirán de contraste para confirmar la educación al proyecto de los trabajos realizados. El sistema de control de calidad de la contratista de la obra, estará sujeta a verificación por el CNR por medio de su representante en coordinación con la supervisión externa, mediante un sistema de aseguramiento de la calidad, el cual incluirá inspección y ensayos de contraste. La contratista de la obra entregara a La Supervisión los planos de taller, de construcción y detalle preparado por el mismo, así como todos aquellos diseños, detalles y especificaciones técnicas u otra información que la contratista de la obra formule para la correcta ejecución de la obra. La Supervisión revisará dicha información en coordinación con los representantes del CNR y emitirá el dictamen de conformidad o no conformidad.
87.
REALIZACIÓN DE INSPECCIÓN Y MEDICIÓN EN CADA ETAPA DEL PROCESO CONSTRUCTIVO: 87.1
Inspección Preparatoria Esta inspección debe ser realizada con anterioridad a cualquier trabajo a realizar en cualquier segmento o característica definida de la obra. Incluirá como mínimo lo siguiente:
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a. Revisión de todos los requisitos contractuales. b. Comprobación para asegurarse que todos los materiales y quipos hayan sido ensayados y aprobados. c. Revisión para asegurarse que se han hecho los arreglos necesarios para realizar oportunamente todos los ensayos de control de calidad requerida. d. Inspección de área donde se realizaran los trabajo, para asegurarse que todo el trabajo previo y preliminar ha sido completado. e. Inspección de los materiales y equipo, para asegurarse que son conformes a los planos de taller aprobado y que están disponibles y a la mano todos los materiales y equipo necesarios. 87.2
Inspección Inicial: Esta inspección será llevada a cabo tan pronto como una porción representativa de cada característica particular del trabajo ha sido completada, e incluirá: a. Una evaluación de calidad de la mano de obra a emplear y una revisión de los ensayos de control realizado, a fin de asegurar la conformidad con los requisitos contractuales y que asegure que no se emplea materiales defectuosos o dañados. b. Una revisión de trabajo realizado que asegure que no se han realizado omisiones y que el trabajo se adjunta a los requisitos de niveles ubicaciones y dimensiones.
87.3
Inspección de Seguimiento Serán realizadas diariamente para asegurar que existe conformidad con los requisitos contractuales incluyendo resultados de ensayos, hasta que sea completada la característica particular del trabajo. Dicha inspección y sus resultados deberán ser documentados en los registros de control de calidad de la contratista de la obra y de la supervisión externa.
87.4
Inspección de Terminación Cuando la obra sea completada ya sea en su totalidad o por subproyectos, el ingeniero de control de calidad de la contratista de la obra conjuntamente con personal de La Supervisión realizará una inspección de terminación de las obras y se desarrollara una lista de elemento características no conformes con los planos o documento contractuales. Se realizará una segunda inspección de terminación de la obra, a fin de constatar que todas las deficiencias han sido corregidas a satisfacción, informando al CNR. Transmisión documental, reuniones y archivos de documentos, incluyendo los registros diarios de control de calidad de la contratista de la obra. Ejercer una gestión integral de la calidad de las obras realizadas; con el objeto de asegurar y garantizar que el proyecto sea realizado de acuerdo a los requisitos señalados en el diseño final, plano, especificaciones y demás documentos contractuales.
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La inspección y ensayos de la obra ejecutada, no eximirá al contratista de la obra de la realización de las labores propias del sistema de control de calidad y las pruebas, inspecciones y mediciones realizadas por la supervisión externa, no podrán sustituir las necesarias a realizar por la contratista de la obra. Si como resultado de la inspección y ensayos realizados, se comprueba que la obra realizada por la contratista de la obra, los procedimientos utilizados por este y sistema de control de calidad, no llenan los requisitos de los planos y documentos contractuales, La Supervisión emitida un informe de no conformidad. 87.5
Registros, Archivos y Auditoría La Supervisión deberá conservar y mantener archivos y libros mayores y auxiliares de contabilidad relacionada con todas las planillas, subcontratos y otros servicios de la supervisión relacionados con el contrato. La Supervisión mantendrá sus libros y cuentas mostrando todas las facturas y operaciones, las que serán justificadas por documentos de pago girados para los reembolsos contemplados en este contrato. El sistema de contabilidad empleado por La Supervisión en relación con este contrato deberá regirse por principios de contabilidad generalmente aceptados. El CNR y el ente financiero, en todo momento durante la vigencia del contrato podrán por medio de auditores, tanto internos como externos, realizar la auditoría de todos los libros de contabilidad de La Supervisión relacionados con este contrato, los costos de esta auditoría, correrán por cuenta del CNR. El CNR actúa como unidad ejecutora del proyecto y La Supervisión de la construcción de la obra contratada será monitoreada por la Gerencia de Infraestructura y Mantenimiento. Además el CNR tendrá derechos a designar los representantes que considere necesario en las oficinas de la Supervisión Externa, que controlen personal, tiempo y actividades involucradas, la cual estará obligada a colaborar con el CNR en esta misión. La Supervisión se compromete, por un período de cinco (5) años después del pago final contemplado en este contrato, a que el CNR y sus representantes autorizados tengan acceso y derecho de examinar cualquier libro pertinente, documentos, papeles y anotaciones de la Supervisión Externa, relacionados concón transacciones contemplados bajo este contrato. La Supervisión además se obliga a incluir en todos sus subcontratos una cláusula a efectos de que el subcontratista de la obra se obliga a que el CNR y el ente financiero o cualquiera de sus representantes debidamente autorizados tengan acceso a examinar directamente libros pertinentes, documentos papeles y anotaciones de tal subcontrato hasta un período de tres (3) años después de que el pago final contemplado en el subcontrato haya sido hecho.
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88.
SANCIONES Cuando ocurriere un incumplimiento en las obligaciones contractuales La Supervisión o bien atrasos en los trámites que le correspondan o si hubiere deficiencias en la prestación de los servicios del mismo, el CNR le aplicará, a menos que se estipule en los documentos contractuales otra sanción específica para la falta particular una sanción de: El porcentaje de la multa previamente establecido al monto total del contrato. Adicionalmente, se establece la siguiente sanción la cual se hará efectiva descontándose del periodo de pago más próximo, así: Por cada profesional o técnico que no se encuentre, sin causa justificada, en el proyecto de acuerdo al plan de oferta (perfil del profesional, tiempo asignado frecuencia de visitas) y con el programa de trabajo se aplicara un sanción de doscientos dólares ($200.00) de los Estados Unidos de América, por cada día. En caso sea necesaria la sustitución de algún profesional o técnico esta deberá hacerse con otro profesional con el perfil igual o superior al ofrecido en su oferta, con el visto bueno del administrador del contrato. Por no actualizar diariamente la bitácora en la obra, Cien Dólares (US $100.00) por cada día, hasta su actualización. Por no presentar el informe mensual en la fecha estipulada de acuerdo a lo estipulado en este documento, Quinientos Dólares (US $500.00) diarios, por cada día de atraso. Por cualquier incumplimiento estipulado en el contrato se aplicará una sanción de tres cientos dólares ($300.00) por cada día de retraso hasta su actualización. Las deducciones de dicha sanción se realizarán de los pagos correspondientes en el período.
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SECCIÓN V ANEXOS
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ANEXO 1 DECLARACIÓN JURADA En la ciudad de San Salvador, a las ______horas del día ____de ______de dos mil ____, Ante mí, _____________notario del domicilio de _______comparece el señor______________(especificar generales completas) quien actúa en su calidad de___________(consignar si es Representante Legal o Apoderado y relacionar la personería según el caso) y en la calidad en que actúa ME DICE: Que con el objeto de participar en el Concurso Público Internacional número CPINT-01/2012-CNR-BCIE relativa a la CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR”. BAJO JURAMENTO HACE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES: I) Declara no ser empleado del Centro Nacional de Registros, ni el declarante, ni su representante legal, socio, directivo integrante de la sociedad Oferente, administrador o gerente o propietario. II) No tener parentesco hasta el segundo grado de afinidad y cuarto grado de consanguinidad con funcionarios del Centro Nacional de Registros, ni el declarante, ni su representante legal, socio, directivo integrante, de la sociedad Oferente, administrador o gerente o propietario. III) No estar incapacitado ni impedido para contratar con el Estado, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 19 de la Normativa del BCIE y Artículo 25 y 26 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, IV) Haber recibido completas las adendas y notas aclaratorias tomadas en cuenta en la presentación de la oferta y documentación para la presentación de los documentos de este concurso. V) No tener con ninguna de las instituciones que forman parte del Gobierno, ningún litigio pendiente de resolver VI) Haber leído, entendido y aceptado estas Bases del Concurso y demás documentos contractuales. VII) Que toda la información proporcionada en la oferta es veraz. VIII) No haber sido considerado como no elegible por el BCIE. X) Que conoce los efectos legales que pudiera ocasionar el faltar a la verdad en este documento, y en cualquier otro relacionado con este concurso. El suscrito notario hace constar que expliqué al compareciente sobre lo establecido en el Código Penal, en cuanto al delito de falsedad ideológica, regulado en el artículo doscientos ochenta y cuatro. El compareciente me manifiesta que para los efectos legales de esta acta notarial y para los demás que surgieren en el proceso del concurso, señala como domicilio esta ciudad a cuyos tribunales se somete expresamente. Así se expresó el compareciente, a quien le expliqué los efectos legales de este instrumento y leído que le fue por mí íntegramente en un solo acto sin interrupción, ratifica su contenido y firmamos. DOY FE. Nota: Respecto a la declaración del Romano V), en caso de tener litigios con instituciones que forman parte del Gobierno, deberá declarar dicha situación.
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ANEXO 2 CARTA DE OFERTA Fecha_____________ Señores Centro Nacional de Registros Presente CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL Nº CPINT-01/2012-CNR-BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR” Después de haber examinado las Bases del Concurso de la Consultoría para la Supervisión del Proyecto “Construcción de Mezanine y Reforzamiento Estructural del Edificio de Almacenes Generales del CNR en San Salvador”, las adendas y notas aclaratorias; ofrecemos proveer la contratación relacionada anteriormente, por la suma de (monto total de la oferta incluyendo IVA; en palabras y cifras en dólares) o el monto que se determine si es adjudicada, con arreglo al precio unitario que se adjunta a la presente oferta y que forma parte integrante de ella. Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a: 1)
Entregar el informe final de la obra supervisada de acuerdo a lo dispuesto en las Bases del concurso.
2)
Contratar una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un Monto de 20% del valor del contrato a suscribir, para asegurar el debido cumplimiento del mismo.
3)
Contratar una Garantía de Buena Inversión de Anticipo, tal como se estipula en el numeral 46 Garantías a Presentar, literal b).
4)
Mantener vigente esta oferta dentro de un período de CIENTO OCHENTA días calendarios a partir de la fecha fijada para la apertura de ofertas.
(180)
_____________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
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ANEXO 3 FORMULARIO PARA LA IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Nombre del Oferente: ___________________________________________ ( ) Sociedad (Indique clase) ( ) Unión Temporal de Sociedades ( ) Propietario en caso de Comerciante Individual Dirección de las Oficinas Centrales:
Dirección de la Oficina Local: _____________________________________________________________________ Nombre del Representante Legal: ________________________________________________________________ Nombre de Socios o Accionistas y detalle de la Participación Accionaria.
Incorporado o Afiliado en (Cámara, Asociación de Profesionales):
Fecha de incorporación:
Fecha de establecimiento del ofertante como supervisora ______________________________________________ Teléfonos: ________________________ FAX: ____________________________ e-Mail:___________________________
_____________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
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ANEXO 4
FORMATO DE OFERTA ECONÓMICA
Señores CENTRO NACIONAL DE REGISTROS Presente. CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL Nº CPINT-01/2012-CNR-BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR” Estimados Señores: NOMBRE
PRECIO
CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR”
$
TOTAL
$
Precio Incluye IVA
__________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
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ANEXO 5 MODELO DE CARTA COMPROMISO
Señores CENTRO NACIONAL DE REGISTROS Presente. CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL Nº CPINT-01/2012-CNR-BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SALVADOR” Estimados Señores: Por medio de la presente declaramos, que hemos examinado y comprendido el contenido de las Bases del Concurso Público Internacional N° CPINT-01/2012-CNR-BCIE, relativo a la Consultoría para la Supervisión del Proyecto “Construcción de Mezanine y Reforzamiento Estructural del Edificio de Almacenes Generales del CNR en San Salvador”. Por lo tanto de ser nuestra empresa la ganadora, nos comprometemos a cumplir con todo lo dispuesto en las bases antes referidas, adendas, aclaraciones y en el contrato que suscribamos en el caso de ser beneficiados con la adjudicación.
_____________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
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ANEXO 6 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO N° CNR-CPINT- /2012-CNR-BCIE____ CPINT-01/2012-CNR-BCIE.
“______________________________________________________________________________ _______”
_______________________________, de _______ años de edad, _____, del domicilio de __________, departamento de ______, portador de mi Documento Único de Identidad número _________________________--, con Número de Identificación Tributaria __________________________-, actuando en representación, en mi calidad de ____________ del CENTRO NACIONAL DE REGISTROS (CNR) institución pública, con autonomía administrativa y financiera, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- cero cincuenta y un mil doscientos noventa y cuatro-ciento dos-seis, de este domicilio, y que en adelante me denomino “EL CONTRATANTE” o “EL CNR” y por otra parte, ______________________, de __________ de edad, _____________________, del domicilio de ________, portador de mi (Documento Único de Identidad o pasaporte) número _____________________________, con Número de Identificación Tributaria _________________________ actuando en representación de ____________ en mi calidad de_______________ de __________ que se puede abreviar __________________________ de nacionalidad _____________ y del domicilio ______________, con Numero de Identificación Tributaria ____________________, y que en adelante me denomino “EL CONTRATISTA O SUPERVISOR”, en los caracteres dichos, otorgamos el presente contrato para ______________________________________________, según la Adjudicación proveída mediante Acuerdo de Consejo Directivo Número _____________, de fecha _______________para el presente proceso, a las disposiciones de Normativa del BCIE y a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública LACAP y su respectivo Reglamento. I. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es la _________________________________________________, según especificaciones técnicas, de conformidad a lo establecido en la Sección IV de las Bases del Concurso II. PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total del presente contrato es por un monto de________________ 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($_____), el cual será pagado en la siguiente forma: ________________________________ posterior a la presentación de la respectiva factura, acta de recepción y los respaldos requeridos, firmados y sellados por el Administrador del Contrato, en el que conste que se ha recibido a entera satisfacción. El trámite de pago se realizará en la Tesorería del CNR. El precio del contrato a pagar, incluye todos los impuestos, tasas y contribuciones que deba pagar el contratista en razón de dicha contratación. La factura deberá emitirse conforme se solicita en las Bases del Concurso. III. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA. El plazo para la entrega del informe final será de ____________ ( ) días calendario contados a partir de la __________, dentro del CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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cual el contratista deberá entregar el informe final de la obra. La recepción se hará de conformidad a lo establecido en las presentes bases y la LACAP, para lo cual el Contratista deberá coordinarse con el Administrador del Contrato. Dicho plazo podrá ser prorrogado cuando ocurra alguna de las situaciones estipuladas en la Cláusula XIV, y de conformidad a la LACAP y al Reglamento de la LACAP. IV. FUENTE DE FINANCIAMIENTO. La adquisición del servicio objeto del presente contrato, será financiado de la siguiente manera _________ V. VARIACIONES. El CNR podrá aumentar o disminuir la cantidad de -------------, en consecuencia la cantidad a pagar al contratista puede variar, por lo que, de existir variaciones se tomará siempre como base el precio unitario ofertado y adjudicado. VI. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. El CNR pagará al contratista el precio del presente contrato, de conformidad a las estipulaciones aquí contenidas. Dicho pago se hará con aplicación de los fondos relacionados en la Cláusula IV de éste instrumento. VII. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA. La contratista se obliga: a) ----------------VIII. OBLIGACIÓN DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. El _______________de la _______________, en su calidad de Administrador del Contrato, nombrado según Acuerdo de Consejo Directivo No. ___________ de fecha _______________________, deberá representar, coordinar el seguimiento y la ejecución del presente contrato bajo su responsabilidad; verificar y aceptar según las especificaciones técnicas, realizar la recepción conformo se requiere en las Bases del Concurso, cumpliendo con el Artículo 82 Bis de la LACAP e Instructivo Número 02/2009, emitido por la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC), el cual contiene las Normas para el Seguimiento de los Contratos. El contratante informará oportunamente al contratista sobre cualquier sustitución de la persona originalmente designada para la administración del contrato. IX. CESIÓN. Salvo autorización expresa del CNR, el contratista no podrá transferir o ceder a cualquier título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. X. GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, el contratista se obliga a presentar a satisfacción del CNR las siguientes garantías: a) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO a favor del CNR, dentro del plazo de diez días (10) hábiles posteriores a la entrega del contrato, por la cantidad de __________________________-------/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($_______), equivalente a un veinte por ciento (20%) de la suma total contratada, con vigencia de _____________________________ (___0) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Si no se presentare tal garantía en el plazo establecido, se tendrá por caducado el presente contrato y se entenderá que el contratista ha desistido de su oferta haciéndose efectiva la garantía de mantenimiento de oferta, sin detrimento de la acción que le compete al CNR para reclamar los daños y perjuicios resultantes. b) GARANTÍA DE BUENA INVERSIÓN DE ANTICIPO Es aquella que se otorgará a favor del CNR, para garantizar que la Contratista destinará efectivamente los recursos asignados en los rubros que deberá detallar en el Plan de Utilización del anticipo, además deberá incluir las fechas previstas de la orden de compra de los principales “Equipos Propios del Inmueble” la cuantía de ésta será por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo concedido. Esta garantía deberá ser rendida antes de recibir el anticipo y presentada dentro de los quince (15) días calendario posterior a la firma del Contrato. La vigencia de esta garantía durará hasta quedar totalmente pagado o amortizado en su CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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totalidad el anticipo, de conformidad a esta Bases. Esta garantía será devuelta a solicitud de la Contratista previa verificación que el anticipo ha sido amortizado en su totalidad, a través de la certificación emitida por la Unidad Financiera Institucional. XI. INCUMPLIMIENTO. En caso de incumplimiento del presente contrato y sin perjuicio de las sanciones que para estos casos prescribe el Artículo 85 de la LACAP, el CNR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato sin responsabilidad alguna de su parte. Dicha terminación unilateral o la caducidad del mismo, producida en los términos de la LACAP, dará lugar a que el CNR pueda: a) Imponer el pago de multa por cada día de retraso, de conformidad a lo establecido en las Bases del Concurso; b) Descontar de las facturas pendientes de pago el monto de multas y de los daños y perjuicios que le irrogue el incumplimiento de que se trate; y c) Hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. El monto total de las multas no deberá exceder del monto del 10% del contrato. El CNR podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al contratista debiendo ser pagadas directamente por éste, y sin detrimento de que puedan ser reclamadas mediante la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato. XII. CADUCIDAD. Serán causales de caducidad las establecidas en este contrato, en la LACAP y en general en el ordenamiento jurídico vigente. XIII. PLAZO DE RECLAMOS. El CNR tendrá derecho en cualquier tiempo y/o durante la vigencia de las garantías proporcionadas, a efectuar cualquier reclamo respecto al incumplimiento o desperfecto generados en la obra para la cual se requiere consultar el informe final. XIV. MODIFICACIÓN, AMPLIACIÓN Y/O PRÓRROGA. El presente contrato podrá ser modificado y ampliado de común acuerdo; o prorrogado en su plazo de conformidad a la Ley, siempre y cuando concurra una de las situaciones siguientes: a) por motivos de caso fortuito o fuerza mayor tal como se establece en la cláusula XVI de este contrato, b) cuando existan nuevas necesidades, siempre vinculadas al objeto contractual, y c) cuando surjan causas imprevistas. En tales casos, el CNR emitirá la correspondiente resolución de modificación, ampliación y/o prórroga del contrato, la cual será firmada posteriormente por ambas partes, para lo cual este mismo instrumento acreditará la obligación contractual resultante de dicha ampliación, modificación y/o prórroga. XV. DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integrante del presente contrato, con plena fuerza obligatoria para las partes contratantes, los siguientes documentos: a) Las Bases del Concurso del presente proceso b) Adendas; c) Aclaraciones; d) Consultas; e) La oferta de fecha ______ de ______ de dos mil once; f) Acuerdo de Consejo Directivo Número ______________; g) Interpretaciones e instrucciones sobre el modo de cumplir las obligaciones formuladas por la institución contratante, h) Las Garantías, i) Resoluciones modificativas, j) Instructivo Número 02/2009, emitido por la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC), el cual contiene las Normas para el Seguimiento de los Contratos; y k) Otros documentos que emanaren del presente contrato. Lo exigido en una de las Secciones de las referidas Bases, se entenderá como exigido en todas las demás y lo estipulado en cualesquiera partes del contrato y/o de sus anexos, se entenderá como estipulado en todas. En caso de contradicción entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. XVI. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. Por motivos de caso fortuito o fuerza mayor, el contratista, podrá solicitar por escrito con _____ (__) días calendario de anticipación, una prórroga del plazo de cumplimiento de las obligaciones contractuales objeto del contrato en ejecución, debiendo justificar y documentar su solicitud, la cual para que sea efectiva, deberá ser aprobada por el CNR; si procediere la aprobación, el contratista deberá entregar la ampliación de la garantía de cumplimiento de CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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contrato. En todo caso, y aparte de la facultad del CNR para otorgar tal prórroga, la misma se concederá por medio de resolución razonada que formará parte integrante del presente contrato. XVII SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las diferencias o conflictos que surgieren entre las partes durante la vigencia del presente contrato, con relación a su interpretación o cumplimiento, serán decididas por arreglo directo, sin otra intervención que la de ellas mismas o sus representantes, cumpliendo el procedimiento establecido para el arreglo directo en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. En caso de no llegar a una solución en el arreglo directo, las diferencias o conflictos deberán ser resueltas, en este domicilio, por medio de la mediación o conciliación, en caso de no encontrar solución a la diferencia o conflicto, se procederá a resolver conforme a la Ley correspondiente y la LACAP por medio de un procedimiento Arbitral, integrado por árbitros de derecho o técnicos, según la naturaleza de la diferencia presentada, dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha en que una notifique a la otra la decisión de dar por terminado la Mediación o Conciliación y someter a Arbitraje la controversia. XVIII. TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán, de común acuerdo dar por terminado el presente contrato, debiendo en tal caso emitirse la resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de resciliación. XIX. JURISDICCIÓN. En caso de controversia en relación al presente contrato, sobre cualquier punto que no sea materia de arbitraje, las partes para los efectos judiciales señalan como domicilio el de esta ciudad, a la jurisdicción de cuyos tribunales competentes se someten. XX. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Todas las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este contrato, serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito a las personas y en las direcciones que las partes contratantes señalen, sin perjuicio de las notificaciones que ocurran bajo las condiciones especiales para la supervisión de la obra, establecidas en las bases. En fe de lo cual suscribimos el presente contrato en dos ejemplares de igual valor y contenido, en la ciudad de San Salvador, a los ________________________- días del mes de _____ de dos mil once.
JOSÉ ENRIQUE ARGUMEDO CASULA POR EL CNR
POR EL CONTRATISTA
En la ciudad de San Salvador, a las _____________ horas del día _____de _____ del año dos mil ___. Ante mí, (AUTENTICA DEL CONTRATO).
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ANEXO 7 CUADRO DE PERSONAL ASIGNADO A LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO
CARGO
ACTIVIDAD A DESEMPEÑAR (FUNCIÓN)
PROFESIONAL O TÉCNICO RESPONSABLE
AÑOS DE EXPERIENCIA EN EL CARGO EN FUNCIONES SIMILARES
PROYECTOS SIMILARES
Deberá presentar Hoja de vida del personal propuesto, y fotocopia certificada del título profesional. Deberá presentar la documentación de respaldo solicitada a efecto de ser tomada en cuenta para la evaluación.
__________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
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ANEXO 8 PREPARACIÓN ACADÉMICA DEL PERSONAL CLAVE QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE.
NOMBRE DEL PERSONAL CLAVE
TIEMPO DE LABORAR EN LA EMPRESA
CARGO DESEMPEÑADO EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS
TITULO UNIVERSITARIO
MAESTRÍA
ESPECIALIDAD
Para completar esta información se deberá anexar hoja de vida y fotocopia autenticada del Titulo de cada profesional.
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ANEXO 9
EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES DEL PERSONAL CLAVE QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE
NOMBRE DEL PERSONAL CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
NOMBRE Y NATURALEZA DEL PROYECTO
DIRECCIÓN DEL PROPIETARIO Y PAÍS DONDE SE DESARROLLARON LOS TRABAJOS
PLAZO DE EJECUCIÓN
MONTO TOTAL FINAL DE LOS PROYECTOS EN LOS CUALES HAN PARTICIPADO US $
Para completar esta información deberá presentar constancia de los trabajos realizados, extendida por la empresa contratante.
__________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
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ANEXO 10
PREPARACIÓN ACADÉMICA DEL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE QUE SERA ASIGNADO AL PROYECTO
NOMBRE DEL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO
ÁREA DE RESPONSABILIDAD EN EL PROYECTO
TITULO UNIVERSITARIO
MAESTRÍA
PRESENCIA EN EL PROYECTO (HORA, DÍAS, PERMANENTE, ETC.)
FRECUENCIA EN EL CAMPO
Para completar esta información deberá anexar hoja de vida y fotocopia certificada del título de cada profesional. __________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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ANEXO 11 EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES DEL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE NOMBRE DEL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO QUE LABORA A TIEMPO COMPLETO CON EL OFERENTE
NOMBRE Y NATURALEZA DEL PROYECTO
NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL PROPIETARIO Y PAÍS DONDE SE HAN DESARROLLADO LOS TRABAJOS
PLAZO DE EJECUCIÓN
MONTO TOTAL FINAL DE LOS PROYECTOS US $
Para completar esta información deberá presentar constancia de los trabajos dirigidos, para el personal de dirección, extendida por la empresa contratante.
__________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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ANEXO 12 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN LA SUPERVISIÓN DE PROYECTOS SIMILARES DESARROLLADOS EN LOS ÚLTIMOS DIEZ AÑOS
NOMBRE DEL PROYECTO
NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL PROPIETARIO
PAÍS DE EJECUCIÓN
SITUACIÓN ACTUAL DEL CONTRATO
MONTO PENDIENTE DE EJECUTAR
MONTO DEL CONTRATO (Inicial y final)
INICIAL
FINAL
PERIODO DE PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL MONTO TOTAL DE SUBCONTRATOS (Iníciales y INICIO FINAL INICIO FINAL finales)
INICIAL
FINAL
Cuando en los cuadros se haga referencia al CNR como propietario de servicios desarrollados, deberá consignar además el nombre de personas que puedan dar referencia del proyecto, teléfono, fax y correo electrónico (e-mail)
___________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal Sello
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL N° CPINT 01/2012 CNR‐BCIE CONSULTORÍA PARA LA SUPERVISIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE MEZANINE Y REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DEL EDIFICIO DE ALMACENES GENERALES DEL CNR EN SAN SALVADOR”
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