CAMPAÑA FOMENTO DEL USO DE BANCA ELECTRÓNICA 7 de Noviembre de de diciembre de 2011

CAMPAÑA FOMENTO DEL USO DE BANCA ELECTRÓNICA 7 de Noviembre de 2011 – 31 de diciembre de 2011 Bankia, S.A. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil

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CAMPAÑA FOMENTO DEL USO DE BANCA ELECTRÓNICA 7 de Noviembre de 2011 – 31 de diciembre de 2011

Bankia, S.A. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, Tomo 9.341, Libro 6.623, Folio 104, Inscripción 183, Sección General, Hoja: V-17.274. CIF: A-14010342

Bankia va a llevar a cabo, desde el 7 de noviembre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive (en adelante periodo promocional), una acción comercial con sorteo de ámbito nacional, con el objetivo de fomentar el uso del servicio de Banca Electrónica de todas las entidades Bankia. Podrán participar en la promoción todas aquellas personas físicas que sean clientes de Bankia y que cumplan las condiciones que a continuación se establecen. Las presentes bases se encuentran depositadas ante Notario y a disposición del cliente en Bankia.es y en cualquier oficina de Bankia. BASES I.

PARTICIPANTES Podrán participar en la promoción todos aquellos clientes de Bankia, personas físicas, que tengan contratado o contraten durante el periodo promocional el servicio Oficina Internet, Bancaja próxima, tubancaja, PCCaja, Laietananet, Segovía o Cajarioja en la red (clientes inactivos y nuevas altas) y accedan al mismo durante dicho periodo, siempre que cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases. En esta promoción están incluidos los empleados de Bankia.

II.

PROMOCIÓN La promoción consistirá en la realización de un sorteo ante Notario de 20 televisores con acceso a Internet TV LED 42” LG 42LV5500 SMART TV. Se realizará una extracción para obtener una lista de 25 participantes, de los cuáles los 20 primeros serán los ganadores del televisor, y los 5 restantes serán reservas para aquellos casos en los que algún premiado rechace o renuncie al premio. A cada cliente se le asignará un número por cada día que acceda al servicio correspondiente de Banca Electrónica, durante el periodo promocional. Por cada servicio, se limitará a UN (1) número por día y cliente, independientemente del número de accesos u operaciones que realice durante ese día. A efectos de la presente acción comercial, se entenderá como acceso al servicio correspondiente la identificación del cliente en el servicio y el acceso mediante sus claves personales a la página de inicio o a cualquier otra página que el cliente haya seleccionado previamente en la misma.

La asignación de números de sorteo se realizará por Bankia cuando finalice el periodo promocional, que serán comunicados al cliente tras la finalización del periodo promocional.

Bankia, S.A. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, Tomo 9.341, Libro 6.623, Folio 104, Inscripción 183, Sección General, Hoja: V-17.274. CIF: A-14010342

El sorteo se realizará ante el Notario D. Manuel Richi Alberti de la Notaría de la calle Serrano 30 de Madrid, de acuerdo con las presentes bases previamente protocolizadas, el día 31 de enero de 2012. La fecha del sorteo podrá ser modificada por Bankia en caso de existir algún motivo que así lo exija, sin necesidad de que esta modificación se comunique a los participantes en el mismo. Para la celebración del sorteo se empleará el programa informático elaborado por los servicios informáticos de Bankia, para la realización de los sorteos automáticos que selecciona aleatoriamente números participantes y establece la condición de que ningún cliente puede ser seleccionado dos veces en el mismo sorteo. En consecuencia, no podrá corresponder a un mismo cliente más de un obsequio. El resultado del sorteo, con indicación de los clientes premiados, se publicará al menos en el tablón de anuncios de todas las oficinas de Bankia. No obstante, dicho resultado se comunicará al ganador a través de su oficina habitual de Bankia, o del modo que se determine al efecto, ya sea por escrito entregado en mano, comunicación telefónica o en caso de no poder contactar con él, mediante envío de carta certificada al domicilio del cliente, o en caso de menores, al domicilio de padres, tutores o representantes legales que obre en poder de Bankia. La comunicación deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días naturales a partir de la recepción de los resultados del sorteo. Bankia no responderá en ningún caso, de los perjuicios ocasionados por demora o deficiencia en los servicios postales. El cliente premiado tendrá que confirmar la aceptación del regalo, comunicándolo a su oficina correspondiente, mediante firma en un documento elaborado al efecto, en un plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha en que recibió la comunicación del premio, o en el caso de los suplentes en el plazo de 7 días naturales desde que les sea comunicada la asignación del premio. Los ganadores autorizan la cesión de sus datos de carácter personal a cualquier proveedor encargado de la realización de cualquiera de las gestiones necesarias para el cumplimiento de estas bases. Los datos personales de los participantes, a los que se tenga acceso como consecuencia de la celebración del sorteo, serán tratado de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/199 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normas de aplicación sobre la materia. Si por acontecimientos imprevisibles, imputables o no al cliente agraciado, o de fuerza mayor el premio no pudiera disfrutarse, éste no será sustituido por otro obsequio o dinero en metálico.

Bankia, S.A. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, Tomo 9.341, Libro 6.623, Folio 104, Inscripción 183, Sección General, Hoja: V-17.274. CIF: A-14010342

En ningún caso, el premio será canjeable por otro artículo, ni por su valor económico a solicitud del cliente, ni siquiera en caso de renuncia al mismo, como tampoco podrán modificarse las características del premio, tales como modelo, procesador memoria, etc. por decisión del cliente. Los clientes tendrán conocimiento de la promoción a través de folletos publicitarios, así como de las webs públicas de cada entidad y/o el servicio transaccional de Banca online. En la publicidad que se realice sobre la presente campaña, se hará constar, en proporción al medio publicitario utilizado (en todo caso, se hará especial mención al periodo de validez de la Promoción y a la existencia de bases notariales), el siguiente texto: “Promoción válida para las personas físicas que contraten o tengan contratado un servicio de Banca electrónica del Grupo Bankia y que accedan al mismo entre el 07/11/2011 y el 31/12/2011, ambos inclusive. Sorteo ante Notario el 31/01/2012 de 20 televisores con acceso a Internet TV LED 42” LG. Retribución en especie a efectos fiscales, sujeta a retención a cuenta según normativa fiscal vigente. Bankia realizará, si procede, el correspondiente ingreso a cuenta del premiado. Servicios de la promoción: Oficina Internet, Bancaja próxima, tubancaja, PCCaja, Laietananet, Segovía o Cajarioja en la red. Bases depositadas ante Notario y a disponsición del cliente en las oficinas de Bankia y en bankia.es.” III. FISCALIDAD DE LOS REGALOS Los premios quedan sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en su caso, al Impuesto sobre la Renta de no Residentes y al cumplimiento de las obligaciones que la normativa de dichos impuestos establezcan. Con carácter general, el rendimiento en especie estará sometido correspondiente ingreso a cuenta que será practicado y asumido por Bankia.

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III. ENTREGA DE LOS REGALOS La adjudicación del premio así como su entrega, quedará condicionada a que el ganador esté al corriente de cualquier operación con Bankia, así como a que éste no haya cancelado su servicio de Banca electrónica y/o todos los productos y contratos con Bankia. La entrega del premio se realizará de la forma y en el lugar que Bankia estime oportuno para tal evento, de lo que se informará previamente a los agraciados. La entrega del regalo se realizará una vez comprobado por la Oficina su asignación y previa firma de la ficha elaborada al efecto. En caso de menores de edad, la aceptación deberán realizarla los padres o tutores/representantes legales. La firma de esta Ficha de Aceptación implica la aceptación de la imputación a efectos fiscales del regalo entregado. IV.

RENUNCIA DEL REGALO Los clientes a los que corresponda el regalo y lo hayan solicitado, podrán, sí así lo desean, renunciar al regalo firmando el documento correspondiente de

renuncia que le será facilitado por su Oficina. La renuncia deberá comunicarse en un plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha en que recibió la comunicación del premio, o en el caso de los suplentes en el plazo de 7 días naturales desde que les sea comunicada la asignación del premio y utilizando el mismo procedimiento que para la aceptación. En este caso, no existirá compensación alguna del mismo.

Bankia, S.A. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, Tomo 9.341, Libro 6.623, Folio 104, Inscripción 183, Sección General, Hoja: V-17.274. CIF: A-14010342

En caso de no recibir comunicación alguna, tanto de aceptación como de renuncia, en el plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que el cliente renuncia definitivamente al premio, sin que tenga derecho a compensación alguna por dicha renuncia. En el caso de que algún cliente rechace su premio, éste se asignará respetando el orden de lista resultante del sorteo, al que esté primero en la lista de reserva. En caso de que el cliente sea menor de edad, la renuncia del regalo la prestarán los padres o tutores/representantes legales. Los regalos no podrán cederse a favor de otras personas. VI.

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS La participación en la promoción supone la aceptación por el cliente de las presentes bases y del criterio de Bankia en cuanto a la resolución de cualquier cuestión o incidencia relacionada con el sorteo. Cualquier cuestión que pudiera surgir en la interpretación o aplicación de estas normas, será resuelta por el Servicio de Atención al Cliente de Bankia, a cuya competencia y decisión al respecto, quedan sometidos desde ahora, los clientes de Bankia que participen en esta promoción.

VII. AVISO LEGAL Una vez aceptado el regalo, Bankia no se hace responsable del correcto funcionamiento o disfrute de los regalos, para lo cual el cliente tendrá que contactar directamente con la empresa distribuidora. Los regalos gozaran de una garantía de dos años. Bankia no se hará responsable de los servicios que cualquier entidad con la que colabore en la promoción preste a los participantes en lo relativo al disfrute de los regalos. Asimismo Bankia queda excluida de toda responsabilidad con respecto a las incidencias que pudieran derivarse de la entrega de estos regalos, así como de posibles demoras o deficiencias que pudieran darse por motivos ajenos a su voluntad en la recepción del regalo por parte del cliente. Bankia se reserva el derecho de modificar las condiciones de la campaña en cualquier momento que fuera necesario, así como el regalo y a sustituirlo por

Bankia, S.A. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, Tomo 9.341, Libro 6.623, Folio 104, Inscripción 183, Sección General, Hoja: V-17.274. CIF: A-14010342

otro de similares características. En este caso, se informará de dichas modificaciones a todos los clientes a través del tablón de anuncios de las Oficinas.

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