CAPÍTULO 3 NOCIONES BÁSICAS DE LEGISLACIÓN LABORAL

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CAPÍTULO 3 NOCIONES BÁSICAS DE LEGISLACIÓN LABORAL

NOCIONES BÁSICAS DE LEGISLACIÓN LABORAL

Abriendo Puertas

El objetivo de este capítulo es entregar nociones básicas sobre las normas que rigen el ámbito laboral en Chile. El empleo es un ámbito relevante para la inserción en la sociedad y está relacionado con la dignidad y la condición humana. Así, se transforma en un factor primordial en el desarrollo de los seres humanos, a través del cual se hace posible la expresión de sus distintas capacidades en un quehacer que es realizado con otras personas, y en el cual se da una transformación del mundo y, al mismo tiempo, una transformación de la persona. La experiencia mundial llevó a construir legislaciones que rigen el mundo del trabajo y que tienen como objetivo primordial proteger la dignidad y los derechos de los trabajadores y regular las condiciones laborales en general. Así como el trabajo es una necesidad y un derecho, la legislación laboral que protege a los trabajadores es una herencia a la cual debe tener acceso todo trabajador por ser tal, como parte de los bienes y recursos que la sociedad, en el curso de su historia, ha puesto a su disposición. Si bien es cierto que los cambios que han afectado a las condiciones del mercado laboral tienden a la precarización del empleo y a la vulnerabilidad de la condición de los trabajadores, no es menos cierto que el conocimiento de los derechos y responsabilidades de los trabajadores es una herramienta fundamental para defender y exigir su cumplimiento. Para la realización de las actividades sugeridas en las sesiones del presente capítulo, se sugiere leer y utilizar el ANEXO. Guía Laboral para Jóvenes.2

2. Boletín Oficial de la Dirección del Trabajo Nº 116 de septiembre de 1998. Esta Guía se puede consultar también en Internet: http://portal.dt.gob.cl/documentacion/1612/article-62233.html

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Taller de apresto laboral para personas drogodependientes

SESIÓN 1: El contrato de trabajo Objetivos Entregar nociones básicas acerca del contrato de trabajo.

Materiales • Materiales: Cartilla El Contrato • Juego de Naipes: El Contrato de Trabajo • Pizarra, plumones.

Motivación

(Tiempo: 15 minutos)

Los participantes se sientan en círculo, el terapeuta se ubica en el centro y empieza a narrar una historia cualquiera, que se relacione con el ambiente de trabajo y que en que todas las respuestas tengan que empezar por una letra determinada. Ejemplo: Terapeuta:

“Tengo un tío que es un hombre de principios muy sólidos, para él todo tiene que empezar con la letra J”. Así, el trabaja como.............” (señala a una persona del grupo)

R: Participante 1:

¡Jardinero!

Animador:

“Y a él le gusta mucho hacer” (señala a otro participante)

R: Participante 2:

¡Pan de Pascua! El que se equivoca o se demora mucho en contestar, pasa al centro, y cambia la historia y la letra.

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Abriendo Puertas

ACTIVIDAD 1: “El contrato de trabajo” (Tiempo: 45 minutos) Entregue la cartilla a los participantes con anticipación, pidiéndoles que la traigan leída. Haga un repaso de la cartilla, explicando y aclarando dudas. Es importante revisar todos los conceptos. Como una forma de evaluar los contenidos, use el juego de naipes: El Contrato de Trabajo. Instrucciones del juego • Recorte los naipes y acomódelos apilados en el tablero. • Divida a los participantes en grupos de cinco personas como máximo. • Con un dado, los participantes van avanzado en el tablero. • Si caen en una casilla marcada sacan una carta del mazo correspondiente. • El grupo lee y se pone de acuerdo en la respuesta correcta sin consultar la cartilla. • Si el grupo acierta, se gana un punto. • Si el grupo no acierta o no sabe, el otro grupo tiene la oportunidad de responder y llevarse el punto. • Si ninguno de los dos grupos acierta, se da la respuesta correcta, se pierde el punto. • Gana el grupo que tenga más puntos acumulados.

Nota para el terapeuta La cartilla El Contrato, entrega conceptos que son de mucha importancia para los trabajadores. Sin embargo, no es el objetivo evaluarlos como si se tratara de una evaluación escolar. Las personas se quedarán con la Cartilla y la consultarán cuando la necesiten o recurrirán a otras fuentes de información si es necesario. Es más importante que aprendan claramente unos cuantos conceptos básicos a que recuerden todos los detalles.

Ideas fuerza de la sesión Destacar que el trabajo no es sólo una manera de ganarse la vida, sino que está relacionado con la dignidad de los seres humanos. Por eso, es importante conocer las leyes y reglamentos que regulan las relaciones laborales y protegen a los trabajadores.

Cierre

(Tiempo: 10 minutos)

Termine el juego preguntando a los participantes qué les pareció la sesión, qué aprendieron hoy. 80

Cartilla 4 / El contrato de trabajo El contrato de trabajo es un compromiso entre dos partes. El trabajador, que se compromete a prestar un servicio, y el empleador, que se compromete a pagar un sueldo por ese servicio.

Tipos de contrato 1E

ABA JADO

R

Contrato individual:

1 TR

MPL EAD OR

ÁS

VA

RIO S TRA

BA JADO R

PLEAD OR O M EM

Contrato colectivo: Este contrato es producto de una negociación colectiva.

ES

1

Contrato escrito: Recuerde, el contrato siempre debe constar por escrito y en dos copias para que usted se guarde una. Debe firmarse dentro de los 15 primeros días en que uno se ha incorporado al trabajo. En el caso de los contratos por obra, trabajo o servicio determinado, o de duración inferior a 30 días, el contrato debe constar por escrito dentro del plazo de 5 días. OJO: La ley presume la existencia de un contrato aun cuando éste no se haya escriturado, si se comprueba la prestación de servicios personales bajo subordinación o dependencia.

Partes de un contrato 1. Lugar y fecha del contrato. 2. Individualización de las partes, incluye nacionalidad y fecha de nacimiento e ingreso del trabajador. 3. Función a desempeñar y lugar o ciudad donde se realizará. Si el trabajo requiere viajar se entiende como lugar de trabajo toda la zona geográfica que abarca la empresa. 4. Monto de la remuneración y cuando se pagará, si mensual o semanal, que día o fecha cada vez. 5. Jornada de trabajo, duración y distribución horaria, es decir, cuántas horas cada día, y qué días, y si la jornada es diurna o nocturna. 6. Plazo de duración del contrato. 7. Cualquier otro punto que acuerden las partes. También deben señalarse los beneficios adicionales como casa, luz, combustible, alimentación, o prestaciones en especies o servicios.

Plazos del contrato de trabajo Un contrato puede ser: a plazo fijo, indefinido, o por obra. • A plazo fijo, este contrato indica su fecha de término, no más de un año. • Indefinido es el contrato que no indica la fecha de término. • Por obra quiere decir que el contrato finaliza cuando se termina la obra que se acordó. Un contrato a plazo fijo puede renovarse, pero después de la segunda renovación para a ser indefinido. Si el trabajador sigue trabajando, con conocimiento del empleador, despues de la fecha de término del contrato a plazo fijo, ese contrato pasa a ser indefinido.

La jornada de trabajo Jornada ordinaria de trabajo es el tiempo en que el trabajador presta sus servicios al empleador. Su duración debe establecerse en el contrato de trabajo. La jornada ordinaria semanal puede ser legal o parcial. La jornada legal tiene un máximo de 45 horas semanales, las que no pueden distribuirse en menos de 5 días ni más de 6 días. Jornada parcial es la que tiene menos de 45 horas semanales. Por ejemplo, una persona que trabaja sólo los fines de semana. La jornada ordinaria diaria, sea legal o parcial, no podrá durar más de 10 horas diarias. Salvo, si es indispensable trabajar más tiempo para evitar perjuicios en la marcha normal de la empresa o faena. En caso de fuerza mayor o caso fortuito. Para impedir accidentes, o para efectuar reparaciones impostergables en la maquinaria o instalaciones. Dichos casos serán excepcionales y el tiempo trabajando por esa causa se pagará como extraordinario. Jornada pasiva es el tiempo que el trabajador está a disposición del empleador sin realizar labor por causas ajenas al trabajador. Por ejemplo: falta de materia prima, paralización por defectos de maquinaria, factores climáticos que impiden realizar la labor, etc. Este tiempo forma parte de la jornada ordinaria de trabajo.

Remuneración Remuneración es el dinero que el trabajador recibe en razón del contrato de trabajo. Se fija por unidad de tiempo: día, semana, quincena o mes. O bien, por pieza, medida, obra, producción, trato o comisión.

Sueldo bruto es la remuneración imponible: Sueldo fijo + Horas extraordinarias + Comisión + Participación + Gratificación = Remuneración imponible. Sueldo líquido es la remuneración imponible, menos los descuentos legales: - impuestos - salud (7%) - previsión (10%) - sindicato =Sueldo líquido. Comisión es un porcentaje por ventas, compras u otras operaciones, acordado en el contrato. Participación es una proporción de las utilidades de la empresa, otorgado en forma voluntaria y en libre acuerdo. Gratificación es una parte de las utilidades de la empresa, que por ley se distribuye entre los trabajadores. No constituye remuneración las asignaciones por movilización, pérdidas de caja, desgaste de herramientas, colación, prestaciones familiares, indemnización por años de servicio, ni las devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.

La periodicidad del pago de la remuneración se acuerda en el contrato. Puede ser mensual, quincenal, semanal o diaria, pero no mayor que un mes.

Otros descuentos a solicitud del trabajador, el empleador podrá descontar : Cuotas de dividendos hipotecarios o de ahorro para la vivienda, esto no podrá exceder el 30% de la remuneración. Sumas determinadas para efectuar pagos de cualquier naturaleza, no podrán exceder el 15% del total.

El pago de la re muneración debe hacers e: • En efectivo, sa lvo que el trabajador pida que sea en cheque u otro instrumento. • Entre lunes y vi ernes y en el lugar de tr abajo. • Como máxim o una hora después de terminada la jornada laboral.

No se pueden hacer descuentos, retenciones ni compensaciones por arriendo de habitación, luz, medicinas, atención médica u otras prestaciones en especie; o por multas no autorizadas en el reglamento interno; ni tampoco por hurtos o pérdidas de caja.

Horas extraordinarias. La jornada legal es de 45 horas semanales y se pueden pactar hasta dos horas extraordinarias al día, siempre que esto no dañe la salud del trabajador.

Cálculo de horas extraordinarias • Trabajador con sueldo mensual: multiplicar el sueldo mensual por 0,0072917. • Trabajador con sueldo semanal: multiplicar el sueldo semanal por 0,03125. • Trabajador con sueldo diario (jornada de 6 días): multiplicar el sueldo diario por 0,1875. • Trabajador con sueldo diario (jornada de 5 días): multiplicar el sueldo diario por 0,15625. • Trabajador con sueldo por hora: multiplicar el sueldo hora por 1,5.

El trabajador debe recibir una copia de su liquidación de sueldo y guardarla. Así se acredita el pago de la remuneración y existencia de la relación laboral.

asistencia y Registro de pleador horarios. El em llevar un n de tiene obligació ntrol de la registro para co horas trabaasistencia y las inarias o jadas, sean ord como un extraordinarias, cia del perlibro de asisten j control con sonal o un relo stro. tarjetas de regi Se considera n extraordinarias las h oras que, aunque no hay an sido pactadas por escri to, se trabajen más allá de la jornada, con conocimie nto del empleador.

deran No se consi rias las horas extraordina n compensació trabajadas en trabajador de las que el n o mediante u haya solicitad ri to escrito au permiso por mpleador. zado por el e aordinarias Las horas extr con un deben pagar se % sobre el recargo de 50 nnido en el co sueldo conve trato.

Cartilla 5 / Tipos de trabajador TRABAJADOR DEPENDIENTE Es todo trabajador que presta sus servicios a un empleador bajo un vínculo de subordinación o dependencia en virtud de un contrato de trabajo. Hay vínculo de subordinación o dependencia cuando, por ejemplo: • Se exige al trabajador la asistencia obligada al trabajo. • El trabajador cumple un horario. • El trabajador debe seguir las instrucciones impartidas por el empleador, etc.

TRABAJADOR INDEPENDIENTE Es todo trabajador que no depende de un empleador ni tiene trabajadores bajo su dependencia. Si un trabajador independiente boletea, pero en realidad tiene un trabajo con un vínculo de subordinación o dependencia, está en una situación irregular perdiendo los derechos que la ley otorga a los trabajadores dependientes: vacaciones, sueldo mínimo, etc.

Juego de naipes: “El contrato de trabajo”

¿QUÉ ES UN CONTRATO DE TRABAJO?

¿QUÉ ES UN CONTRATO INDEFINIDO?

¿QUÉ ES UN CONTRATO INDIVIDUAL?

¿QUÉ ES UN CONTRATO A PLAZO FIJO?

¿QUÉ ES UN CONTRATO COLECTIVO?

¿QUÉ ES UN CONTRATO POR OBRA?

¿CUÁNTO DURA UN CONTRATO DE TRABAJO?

ES UN COMPROMISO ENTRE DOS PARTES: EL TRABAJADOR QUE SE COMPROMETE A PRESTAR UN SERVICIO Y EL EMPLEADOR QUE SE COMPROMETE A PAGAR UN SUELDO POR ESE SERVICIO.

Juego de naipes: “El contrato de trabajo”

UNO QUE SE HACE ENTRE UN EMPLEADOR Y UN TRABAJADOR.

EL CONTRATO INDEFINIDO ES EL QUE NO TIENE UNA FECHA DE TÉRMINO.

CUANDO UNO O MÁS SINDICATOS ACUERDAN UN CONTRATO CON UNO O MÁS EMPLEADORES EN UNA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

ES EL QUE TIENE UNA FECHA DE TÉRMINO Y NO PUEDE DURAR MÁS DE UN AÑO.

UN CONTRATO DE TRABAJO PUEDE SER DE DURACIÓN INDEFINIDA, A PLAZO FIJO Y POR OBRA.

ES EL CONTRATO QUE SE TERMINA CUANDO SE TERMINA EL SERVICIO CONTRATADO.

EL CONTRATO, ¿DEBE SER ESCRITO?

¿QUÉ ES LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO?

¿QUÉ ES LA JORNADA PASIVA DE TRABAJO?

¿QUÉ ES EL DESCANSO DE COLACIÓN?

¿CUÁNTAS HORAS TIENE LA JORNADA ORDINARIA SEMANAL?

¿QUÉ ES LA LEY DE LA SILLA?

¿QUÉ ES LA JORNADA EXTRAORDINARIA?

¿QUÉ SON LAS VACACIONES?

ES EL TIEMPO CONVENIDO PARA TRABAJAR ESTABLECIDO EN EL CONTRATO.

SÍ,Y DEBE HACERSE DENTRO DE LOS 15 DÍAS DESDE QUE SE EMPIEZA A TRABAJAR.

ES EL TIEMPO, DE MEDIA HORA COMO MÍNIMO, PARA COLACIÓN. ESTE TIEMPO NO SE CONSIDERA TRABAJADO,A MENOS QUE SE ACUERDE ASÍ EN EL CONTRATO INDIVIDUAL O COLECTIVO.

ES EL TIEMPO QUE EL TRABAJADOR ESTÁ A DISPOSICIÓN DEL EMPLEADOR PERO SIN PODER TRABAJAR. POR EJEMPLO, POR FALTA DE MATERIA PRIMA, DESPERFECTO DE MÁQUINAS, CORTE DE ENERGÍA U OTRAS RAZONES.

ES LA LEY QUE OBLIGA AL EMPLEADOR A MANTENER SUFICIENTES SILLAS PARA LOS TRABAJADORES.

EL MÁXIMO ES DE 45 HORAS A LA SEMANA, QUE NO PODRÁN DISTRIBUIRSE EN MENOS DE 5 DÍAS NI EN MÁS DE 6 DÍAS.

ES EL DERECHO DEL TRABAJADOR CON MÁS DE UN AÑO DE SERVICIO A DESCANSAR 15 DÍAS HÁBILES CON TODO SU SUELDO. LAS VACACIONES TIENEN QUE SER CONTINUAS Y DE PREFERENCIA EN PRIMAVERA O VERANO.

CUANDO SE TRABAJA MÁS HORAS QUE LA JORNADA ORDINARIA O MÁS QUE LAS HORAS ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO.

¿QUÉ ES LA REMUNERACIÓN?

¿QUÉ PAGOS NO SON PARTE DE LA REMUNERACIÓN?

¿QUÉ ES LA REMUNERACIÓN IMPONIBLE?

¿QUÉ ES LA INDEMNIZACIÓN?

¿QUÉ ES EL SUELDO BRUTO?

¿QUÉ ES EL FINIQUITO?

¿QUÉ ES EL SUELDO LÍQUIDO?

¿QUÉ ES EL DESCANSO SEMANAL?

LAS ASIGNACIONES DE: MOVILIZACIÓN, PÉRDIDAS DE CAJA, DESGASTE DE HERRAMIENTAS, COLACIÓN,ASIGNACIÓN FAMILIAR, DEVOLUCIONES DE GASTOS.

ES EL DINERO Y LOS ADICIONALES EN ESPECIE QUE RECIBE EL TRABAJADOR POR PARTE DEL EMPLEADOR Y POR CAUSA DEL CONTRATO.

ES EL DINERO QUE SE PAGA AL TRABAJADOR CUANDO SE TERMINA SU CONTRATO POR RAZONES QUE DAN DERECHO A INDEMNIZACIÓN.

LA REMUNERACIÓN IMPONIBLE ESTÁ COMPUESTA POR: EL SUELDO FIJO, LAS HORAS EXTRA, LA COMISIÓN, LA PARTICIPACIÓN Y LA GRATIFICACIÓN.

ES LA DECLARACIÓN ESCRITA DE LOS PAGOS QUE SE HACEN AL TRABAJADOR CUANDO SE LE DESPIDE.

ES EL SUELDO FIJO SIN LOS DESCUENTOS LEGALES DE SALUD Y PREVISIÓN.

ES EL DERECHO IRRENUNCIABLE A DESCANSAR AL SÉPTIMO DÍA DE TRABAJO Y LOS FESTIVOS. GENERALMENTE ES EL DÍA DOMINGO.

ES EL SUELDO FIJO AL QUE SE LE HAN HECHO LOS DESCUENTOS LEGALES DE SALUD Y PREVISIÓN.

EL CONTRATO DE TRABAJO

EL CONTRATO DE TRABAJO

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EL CONTRATO DE TRABAJO

ESTÁS DE VACACIONES. SI PUEDES DECIR CUÁNTOS DÍAS HÁBILES DE VACACIONES LE CORRESPONDEN A UN TRABAJADOR QUE LLEVA 1 AÑO EN LA EMPRESA, AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

DESCANSAS POR LEY DE LA SILLA. SI PUEDES DECIR QUÉ ES,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

DESCANSO SEMANAL. SI PUEDES DECIR QUÉ ES EL DESCANSO DIARIO, MENSUAL Y ANUAL, AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

TE PAGARON LA ASIGNACIÓN FAMILIAR. ¿ES PARTE DE TU SUELDO O NO? SI LO SABES,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

TE AFILIASTE A FONASA. SI PUEDES DECIR QUÉ DESCUENTOS LEGALES SE HACEN A TU SUELDO, AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

RECIBISTE TU SUELDO. SI PUEDES DECIR CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE SUELDO BRUTO Y SUELDO LÍQUIDO, AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

FIRMASTE EL CONTRATO Y PEDISTE TU COPIA. AVANZA 1 ESPACIO.

TOMASTE EL MICRO A TIEMPO Y VAS A LLEGAR TEMPRANO AL TRABAJO. AVANZA 1 ESPACIO.

EL CONTRATO DE TRABAJO

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TE QUEDASTE DORMIDO Y VAS A LLEGAR TARDE AL TRABAJO.VUELVE A LA PARTIDA.

TU CONTRATO NO INDICA QUÉ FUNCIÓN VAS A DESEMPEÑAR Y DÓNDE. RETROCEDE 1 ESPACIO.

PIERDES EL TRABAJO POR CASO FORTUITO. SI PUEDES NOMBRAR AL MENOS 2 CAUSAS LEGALES DE DESPIDO,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

TE DESPIDEN POR FALTAR 2 DÍAS EN UN MES. SI PUEDES NOMBRAR AL MENOS 2 CAUSAS DE DESPIDO SIN DERECHO A INDEMNIZACIÓN,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

TE DESPIDEN POR NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES. TE LLAMAN PARA FIRMAR EL FINIQUITO. SI PUEDES DECIR QUÉ PARTES TIENE UN FINIQUITO, SE RECONSIDERARÁ LA CAUSAL DE DESPIDO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

TERMINÓ TU CONTRATO A PLAZO FIJO. SI PUEDES DECIR CUÁL ES LA DURACIÓN MÁXIMA DE UN CONTRATO A PLAZO FIJO,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

FIRMASTE CONTRATO POR OBRA. SI PUEDES DECIR QUÉ TIPOS DE CONTRATO HAY,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

SALISTE A COLACIÓN. ESTE TIEMPO, ¿SE CONSIDERA TRABAJADO O NO? SI LO SABES,AVANZA 1 ESPACIO. SI NO, PIERDES 1 TURNO.

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EL CONTRATO DE TRABAJO

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EL CONTRATO DE TRABAJO

3 4 ? 6 25 ? 27 30 CASA

FÁBRICA

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“El contrato de trabajo”

Abriendo Puertas

SESIÓN 2: Protección a la maternidad Objetivos Entregar nociones básicas de los derechos de las trabajadoras en relación con el embarazo y los cuidados de los hijos.

Materiales • Papeles, cartulinas, lápices de colores, de cera, plumones, revistas para recortar, tijeras, pegamento • Cartilla “Protección a la maternidad” • Tarjetas “Protección a la maternidad” • Pizarra y plumones • Puede incluir algunos materiales como ropa, cosméticos, sillas, mesas para que las personas se disfracen o diseñen ambientes.

Motivación

(Tiempo: 30 minutos)

Se explica a los participantes que serán parte de un concurso de afiches con el tema “La mujer trabajadora y la protección legal a la maternidad”. Los afiches pueden ser dibujos o collages con el material que se les proporcione. Cuando terminen, se explica en plenario lo que cada afiche representa. Puede haber un pequeño premio para el afiche mejor o más interesante.

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Taller de apresto laboral para personas drogodependientes

ACTIVIDAD 1: “Protección a la maternidad” (Tiempo: 20 minutos) Entregue la cartilla: “Protección a la maternidad” a las personas antes de la sesión, pidiendo que la traigan leída. Haga un repaso de la Cartilla, explicando y aclarando dudas. Es importante revisar todos los conceptos. Concluya estableciendo cuáles son los derechos por maternidad que se otorga a la mujer. Puede escribirlos en la pizarra: Fuero maternal • Permisos, descansos pre y posnatal, permisos por enfermedad del hijo(a), permiso para alimentar al hijo(a)) • Subsidios, pago por descansos pre y postnatal, pago de licencias médicas • Sala cuna • Alimentar al hijo o hija • No realizar trabajos perjudiciales para su salud. Anote, destacándolos, los derechos de maternidad que la ley otorga al padre: Permiso posnatal en caso de fallecimiento de la madre, permiso en caso de enfermedad grave del hijo menor de un año. Subsidio por maternidad, en caso de fallecimiento de la madre durante el parto o durante el período postnatal. Asegúrese de que se comprenden bien estos derechos.

ACTIVIDAD 2: “Juego de pantomimas” (Tiempo: 50 minutos) Para empezar el juego, borre la pizarra. Recorte las tarjertas: protección a la maternidad y apílelas boca abajo sobre una mesa; estas tarjetas se adjuntan más adelante. Divida al grupo en dos. Cada grupo sacará una tarjeta, que representa un derecho.Tendrán cinco minutos para preparar una pantomima representando ese derecho. El otro grupo tendrá dos minutos para adivinar de qué derecho se trata. Si adivina, gana un punto. Si no adivina, el primer grupo dirá de qué derecho se trata y ganará el punto. El juego termina cuando se acaban las cartas.

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Abriendo Puertas

Ideas fuerza de la sesión Conocer los derechos es condición para ejercerlos, es por eso que esta sesión debe entregar orientaciones para que padres y madres conozcan sus derechos con repecto a sus hijos. El tener la posibilidad de estar el tiempo suficiente con la familia permite que las personas se desempeñen mejor en el mundo laboral.

Cierre Termine la sesión preguntando qué les pareció la sesión, qué aprendieron. Permita que el grupo comente la importancia de estos derechos.

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Cartilla 6 / Protección a la maternidad Derecho a descansos • El descanso pre natal es de seis semanas antes del parto. • El descanso post natal es de doce semanas después del parto. Para hacer uso de estos derechos la trabajadora debe acreditar el estado de embarazo con un certificado médico o de matrona. Durante este tiempo, la trabajadora embarazada recibe un subsidio equivalente a la totalidad de sus remuneraciones y las asignaciones que perciba, excluyendo sólo las imposiciones de previsión y descuentos legales que correspondan. Fuero maternal Durante el embarazo y hasta un año después del post natal el Empleador está impedido de despedirla por cualquier causal, sin autorización de un Juez. Este fuero rige incluso en el caso de trabajadoras sujetas a contratos de Plazo Fijo. Cambio de labor de la trabajadora embarazada Si los trabajos que la embarazada realiza son considerados dañinos para su estado, como cargar pesos, estar siempre de pie o cumplir horarios nocturnos, debe ser trasladada de labor mientras dure su embarazo. Esto no debe significar menor remuneración. Derecho a Sala Cuna Si las trabajadoras son veinte o más, el empleador tiene obligación de mantener salas cuna en el lugar de trabajo. Deben ser instalaciones anexas e independientes donde las trabajadoras puedan alimentar a sus hijos menores de dos años; y donde los hijos permanezcan mientras ellas están trabajando. El mantenimiento de las salas cuna es de costo exclusivo del empleador. El empleador debe contratar a una persona idónea y competente para el cuidado y atención de los niños.

Tiempo para alimentar al hijo La madre dispondrá de dos porciones de tiempo al día, las que sumadas no excedan de una hora. Este tiempo, más el traslado a la sala cuna, se considera efectivamente trabajado. El derecho a usar este tiempo no podrá ser renunciado en forma alguna ni puede ser compensado en dinero. Enfermedades del hijo menor de un año Si el niño tiene una enfermedad grave, la madre tendrá derecho a un permiso y a un subsidio igual al del período pre y post natal. La enfermedad debe ser acreditada con certificado médico. Si ambos padres trabajan, el permiso y subsidio lo puede obtener cualquiera de los dos, a elección de la madre. Enfermedades del hijo menor de 18 años En caso de que el menor sufra: 1. Accidente grave, o 2. Enfermedad terminal en fase final, o 3. Enfermedad grave con peligro de muerte. El accidente o enfermedad debe ser acreditado con certificado médico. La madre tendrá derecho a un permiso para ausentarse del trabajo por un número equivalente a diez jornadas ordinarias de trabajo, distribuidas a su elección. Estas horas serán consideradas como efectivamente trabajadas. Si ambos padres trabajan, el permiso y subsidio lo puede obtener cualquiera de los dos, a elección de la madre. La enfermedad debe ser acreditada con certificado médico.

A) EN CASO DE ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO(A) MENOR DE 1 AÑO, B) EN CASO DE ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO(A) MENOR DE 18 AÑOS.

EL TRABAJADOR QUE ES PADRE TIENE DERECHO A PERMISOS, CEDIDOS POR LA MADRE:

A) SI LA MADRE FALLECE DURANTE EL PARTO, B) SI LA MADRE FALLECE DURANTE EL PERÍODO POSTNATAL.

EL TRABAJADOR QUE ES PADRE (CASADO O NO) TIENE DERECHO A SUBSIDIO POSNATAL Y PERMISO POSNATAL:

LA TRABAJADORA EMBARAZADA TIENE DERECHO A NO REALIZAR TRABAJOS PERJUDICIALES PARA SU SALUD (COMO LEVANTAR O MOVER PESOS, ESTAR MUCHO TIEMPO DE PIE,TRABAJAR DE NOCHE, TRABAJAR HORAS EXTRAS) Y SOLICITAR CAMBIO DE LABOR. EL EMPLEADOR NO PUEDE POR ESTO BAJARLE EL SUELDO.

LA TRABAJADORA TIENE DERECHO A ALIMENTAR A SU HIJO(A) EN LA SALA CUNA: PUEDE IR DOS VECES AL DÍA (NO MÁS DE 1 HORA EN TOTAL) A ALIMENTAR A SU HIJO. ESTE TIEMPO SE CONSIDERA TRABAJADO, ES IRRENUNCIABLE Y NO SE PUEDE COMPENSAR EN DINERO.

TODAS LAS TRABAJADORAS SIN DISTINCIÓN TIENEN DERECHO A LLEVAR A SUS HIJOS(AS) MENORES DE 2 AÑOS A UNA SALA CUNA DONDE CUIDARLOS Y ALIMENTARLOS. SI EL LUGAR DE TRABAJO NO CUENTA CON SALA CUNA PROPIA, EL EMPLEADOR DEBE PAGAR PARA QUE LA TRABAJADORA PUEDA LLEVAR A SU HIJO(A) A UNA: LA MENSUALIDAD DE LA SALA CUNA Y LOS PASAJES DEL TRASLADO A LA SALA CUNA.

A) EN CASO DE ENFERMEDADES QUE TENGAN QUE VER CON EL EMBARAZO O EL PARTO. B) EN CASO DE ENFERME DAD GRAVE DE UN HIJO(A) MENOR DE 1 AÑO.

LA TRABAJADORA TIENE DERECHO A SUBSIDIOS QUE SON: • EL PAGO POR DESCANSOS PRE Y POSNATAL, • EL PAGO DE LICENCIAS MÉDICAS:

LA TRABAJADORA TIENE DERECHO A PERMISOS: • DESCANSO PRENATAL (DE 6 SEMANAS ANTES DEL PARTO) • DESCANSO POSNATAL (DE 12 SEMANAS DESPUÉS DEL PARTO) • PERMISOS POR ENFERMEDAD DEL HIJO(A) MENOR DE UN AÑO, • PERMISO EN CASO DE ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO(A) MENOR DE 18 AÑOS, • PERMISO PARA ALIMENTAR AL HIJO.

LA TRABAJADORA EMBARAZADA Y HASTA 1 AÑO DESPUÉS DEL POSNATAL TIENE DERECHO A FUERO MATERNAL: EL EMPLEADOR NO PUEDE DESPEDIRLA, NI SIQUIERA EN CASO DE TENER CONTRATO A PLAZO FIJO. LA ÚNICA MANERA ES QUE UN JUEZ LO AUTORICE. SI LA DESPIDEN SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL,TIENE 60 DÍAS HÁBILES DESDE EL DESPIDO PARA HACER LA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO.

Tarjetas de pantomima

Juego “Protección a la maternidad”

Abriendo Puertas

SESIÓN 3: Protección a la salud Objetivos Entregar nociones básicas en relación con la protección legal a la salud.

Materiales • Cartilla “Protección a la Salud” • Pizarra, plumones, scotch • Hilo o lana u otro, para los pescadores • Clips abiertos en forma de anzuelo • Juego de peces.

Motivación

(Tiempo: 10 minutos)

Pida a los participantes que den ejemplos donde han tenido que ejercer sus derechos laborales; escuche y comente acerca de las sesiones previas de legislación laboral con el grupo para remarcar su utilidad práctica. Finalmente pregunte ¿qué les ha parecido?, ¿qué han aprendido? o si se han motivado por saber más.

ACTIVIDAD 1: “Protección a la salud” (Tiempo: 60 minutos) Entregue las cartillas “Protección a la Salud” antes de la sesión, y pida que la traigan leída. Haga un repaso de la cartilla, explicando y aclarando dudas. Es importante revisar todos los conceptos. Saque una fotocopia a los “peces” del juego que se incluyen a continuación para poder recortarlos. Una vez recortados, haga un agujerito en cada uno de ellos, del que se colgará un anillo (de hilo de algodón o alambre delgado, según sea más conveniente), que servirá para “pescar” a los peces.

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Taller de apresto laboral para personas drogodependientes

Divida al grupo en dos equipos. Marque un círculo en el suelo: puede estar pintado con tiza, con sillas o de otra manera, es ahí donde se ponen todos los peces. A cada equipo se le da un anzuelo, una cuerda o hilo con un clip abierto en la punta. Los que pisen el círculo o saquen un pez con la mano, devolverán toda su pesca. Una vez que se hayan pescado todos los peces, se cuenta para ver cuál equipo tiene más peces y gana el equipo que pesque más. Luego, el equipo ganador debe ordenar la pesca, pegando todos los peces, los propios y los de los demás equipos en la pizarra, en la pared o en un papelógrafo destinado a ello. El orden debe dar cuenta de los temas tratados en la cartilla, por ejemplo el pez que contiene la frase LICENCIA MÉDICA debe estar junto al pez “otorgada por un médico” y al pez que dice “instrumento que justifica que inasistencia al trabajo por razones de salud”, entre otros. Una vez que terminen de ordenar los peces, los demás deben decir si están de acuerdo con el orden propuesto y, si no lo están, explicar por qué. Si hay dudas, es el mejor momento para aclararlas. Lo importante es que los participantes entiendan lo más claramente posible sus derechos y los procedimientos para ejercerlos.

Ideas fuerza de la sesión Destacar la importancia de conocer los procedimientos de las normas que protegen la salud de trabajador en Chile, las licencias médicas, la ley de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales.

Cierre

(Tiempo: 10 minutos)

Pregunte al grupo qué les pareció la sesión, qué aprendieron hoy.

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Cartilla 7 / Protección a la salud Licencia médica es un instrumento público que, por razones de salud del trabajador, justifica su inasistencia al trabajo, o la reducción de su jornada. Esta licencia da derecho al trabajador a recibir un subsidio por incapacidad laboral en reemplazo de su sueldo por el tiempo que no ha podido trabajar. Requisitos de la licencia médica • Otorgada por un médico. • Reconocida por el empleador. • Autorizada por un organismo previsional: Isapre, Fonasa o Caja de Compensación. • Tramitada dentro de los plazos legales. • Tiene derecho a licencia médica, el trabajador afiliado al sistema previsional, al menos por seis meses, y haber cotizado al menos tres meses. • Si el trabajador sufre un accidente laboral, tiene derecho al subsidio aunque no cumpla con los tiempos de cotización. • El empleador no está facultado para rechazar una licencia médica; si lo hace, le corresponde pagar la remuneración del trabajador durante su licencia. Plazos • El trabajador debe presentar la licencia médica hasta dos días hábiles desde el inicio del reposo. • El empleador tiene tres días hábiles para completar los antecedentes necesarios e ingresar la licencia al organismo previsional que corresponda: Isapre, Fonasa o Caja de Compensación. Cobertura del subsidio • De acuerdo a la duración de la licencia médica es la cobertura del subsidio. • Si la licencia es inferior a diez días, el subsidio abarca desde el cuarto día. Es decir, los primeros tres días no se pagan. • Si la licencia es superior a diez días, el subsidio se paga desde el primer día. • El subsidio es equivalente al promedio de la remuneración mensual de los últimos tres meses. • El subsidio dura hasta el término de la licencia, aunque el contrato de trabajo haya terminado. • Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Accidente del trabajo. Es toda lesión que sufre un trabajador a causa del trabajo y que le produce algún grado de incapacidad e incluso, la muerte. • Se incluyen los accidentes que ocurren en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo. • También se consideran los accidentes que ocurren en el trayecto que hace la madre para llevar a su hijo a la sala cuna, cuando la empresa otorga este beneficio. • Se incluyen los accidentes que sufran los dirigentes sindicales a causa de sus cometidos gremiales. Seguro social obligatorio • Esta ley establece un seguro social obligatorio financiado por el empleador. • Seguro que está destinado a dar gratuitamente a los trabajadores las atenciones médicas y económicas necesarias para superar un accidente del trabajo o una enfermedad profesional. • Enfermedad profesional es la causada directamente por el trabajo que realiza una persona y que le produce algún grado de incapacidad e, incluso, la muerte. • Si el trabajador sufre un accidente o una enfermedad profesional, debe acudir a la institución con que el empleador haya contratado el seguro de accidentes del trabajo. • Estas instituciones son: para las prestaciones médicas: las Mutuales o el Servicio Nacional de Salud. Para las prestaciones económicas: las Mutuales o el INP. • El trabajador debe señalar claramente que concurre a causa de accidente del trabajo o enfermedad profesional y mostrar un certificado del seguro, dado por el empleador. Ley de la silla • El empleador debe tener asientos para los trabajadores en almacenes, tiendas, bodegas, depósitos de mercaderías, etc. • Este derecho es también aplicable a industrias y al comercio cuando las condiciones lo permitan. Debe establecerse en el reglamento de la empresa o en el contrato.

Juego de peces

En licencia superior a diez días, abarca desde el primer día.

El subsidio dura hasta el fin de la licencia.

Seguro social obligatorio.

Cubre atenciones médicas y económicas en caso de accidente del trabajo o enfermedad profesional.

Mutuales o Servicio Nacional de Salud.

Mutuales o INP.

Certificado del Seguro Social Obligatorio.

Enfermedad profesional.

Enfermedad causada directamente por el trabajo.

Otorgada por un médico.

Reconocida por el empleador.

Autorizada por Fonasa, Isapre o Caja de Compensación.

El trabajador debe estar afiliado al sistema previsional.

El trabajador debe presentarla hasta dos días hábiles desde el inicio del reposo.

El empleador tiene tres días para presentarla a Isapre, Fonasa o Caja de Compensación.

Cobertura del subsidio.

En licencia inferior a diez días, abarca desde el cuarto día.

Accidente del trabajo.

Lesión que sufre el trabajador a causa del trabajo.

Accidente de trayecto.

Accidente por gestión sindical.

Licencia médica.

Instrumento que justifica inasistencia al trabajo por razones de salud.

Subsidio por incapacidad laboral.

Requisitos de la licencia médica.

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