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VISTO las presentes actuaciones en las que la Facultad de Ciencias Agropecuarias, eleva para su aprobación el Convenio de Cooperación Académica a suscribirse con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y la Municipalidad de Marcos Juárez, con el objeto de establecer una Extensión Aulica para el desarrollo del Ciclo de Conocimientos Iniciales y de los tres primeros arios de la carrera de Ingeniería Agronómica, según los planes de estudios vigentes en esta Casa, con sede en la Estación Experimental Agropecuaria -INTA- Marcos Juárez; atento lo informado por las Secretarías de Relaciones Institucionales (fs. 19 y 21 18), de Asuntos Académicos (fs. 20), y de Administración (fs. 22), y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos bajo el nro. 33136 y lo dispuesto por las Resoluciones N° 344/99 Y 458/03 del H. Consejo Superior, EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CaRDaBA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el Convenio de CooperaCión Académica de que se trata y sus Anexos, a suscribirse con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y la Municipalidad de Marcos Juárez, obrantes a fs. 2/16 y que en fotocopia forman parte integrante de la presente, y autorizar al Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias, Ing. Agr. Mgter. Daniel E. Di Giusto, a suscribirlo en represent~ción de esta Casa. 1

ARTICULO 2.- Establecer que los gastos emergentes de la ejecución del presente convenio y que correspondan ser afrontados por la Universidad, deberán ser imputados a los recursos de la Facultad de Ciencias Agropecuarias. ARTICULO 3.- Previo a la firma del instrumento pertinente, se deberá consignar en el mismo el nombre del actual Decano de la citada Unidad Académica . . i

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El convenio suscrito entre el INTA y la Universidad, Nacional de Córdoba el 23 de junio de 1969, y su modificatorio el 27 de julio de 1978, que fuera prorrogado el 5 de febrero de 1980. Que mediante un convenio er\tre la Universidad Nadonal ele Córdoba y la Municipalidad de Marcos Juárez;' funciona desde el año 2002 una Delegación de la ~acultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Córdoba en la ciudad de Marcos Juárez (RR 786/01). Que por un convenio entre la Munidpalidad de Marcos Juárez y el INT/I., la DelegaCión desarrolla sus actividades académicas en la Estación Experimental Agropecuaria Marcos Juárez del INTA. Que es de interés prioritario de las partes de este convenio fomentar el conocimiento y la adopdón de tecnologías de producción agropecuaria sustentable en la zona de influencia de Marcos Juárez, Que es de interés de las tres instituciones suscribir un convenio en el que se espedfiquen las responsabilidades de cada una de ellas.

Las mismas acuerdan suscribir el presente Convenio Específico de Cooperación Académica que quedará sujeto a las siguientes cláusulas: FINALIDAD DEL CONVENIO.

Primera: eIINTA, la UNIVERSIDAD y la MUNICIPALIDAD acuerdan promover acciones conjuntas para el funcionamiento en la Estación Experimental Agropecuaria lNTA Marcos Juárez de la Extensión Áulica de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nadonal de Córdoba, en adelante la "FACUlTAO", contribuyendo él la formación de rerursos humanos idóneos, acompañando los procesos de desarrollo de

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Entre el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, en adelant " U,¡:.:~t· "INTA", con domidlio legal en calle Rivadavia 1439, de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el Presidente del Consejo Dírec~vo in9. Agr. Carlos Alberto CHEPPI, por una parte, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA, en adelante la "UNIVERSIDAD", con domicilio legal en Av, Haya de la Ton'e sIn Pabellón Argentina, 2° Piso, Ciudad Universitaria de esta Oudad de Córdoba representada en este acto por el Ing. Agr. Héctor Mario FONTÁN, en su carácter de Decano de la Facultad de Cieneas Agropecuarias, autorizado a tal efecto por ~I Sr. Rector de la Universidad Nacional de córdOba~~Jorge Horaclo GONZALEZ, mediante Resoludón Rectoral N°$?lJ: de fechaa, ~, ,J?';:;?,-::-:-:-::, por otra parte, y la MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ, en adel nt la "MUNICIPALIDAD" con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 959 de la Ciudad de Marcos Juárez, Provinda de Córdoba, representada en este acto por el Sr. Intendente Henr¡ Bautista DELLAROSSA, por la otra y considerando: ,

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Marcos Juárez de la Extensión Áulica de la Facultad de Cíe.ncias Agropocuali.~5· :í~qa~ Universidad Nadonal de Córdoba, en adelante la "FACULtAD", contribuyendo a la'ff~ formación de reOlrsos humanos idóneos, acompañando los procesos de desa,.rollo..de"~¡ , : Ia regr'ó n. / .' ,: ...:c>:-,,· . . _-¡'c ,.::(,' .

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OBLIGACIONES DEL INTA

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Segunda: El INTA hace una transferencia' de uso por el término del convenio ele ~·rte·~_': de la estructura edilicia de la Estadón Experimental Agropecuaria Marcos ]uárez para el funcionamiento de la Delegación de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Córdoba de acuerdo a los detalles enunciados en el Anexo JI. Todas las modificaciones Que debieran realizarse en las instalaciones, deberán contar con la aprobadón del INTA. Todas las ampliadones y mejoras realizadas por las contrapartes en el marco def presente convenio se incorporarán al patrimonio del INTA.

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Tercera: El INTA facilitará el uso de los servicios de agua, gas, energía eléctrica, y teléfono existentes en los edificios afectados al presente acuerdo. Cuarta: A fin de contribuir al mejor desarrollo de este emprendimiento, el INTA . facilitará, en la medida de sus posibilidades, sus laboratorios, biblioteca y campos experimentales para complementar las actividades académicas que tengan lugar en la INTA EEA Marcos Juárez. Quinta: El INTA se compromete a faólitar la partídpación de los técnicos de la EEA Marcos Juárez Que se interesen en desarrollar trabajos conjuntos con docentes de la FACULTAD como parte de la formació'n de alumnos de la carrera a través de la realización actividades prácticas, bajo el Programa de Iniciación Profesional.

OBLIGACIONES DE LA FACULTAO. Sexta: La FACULTAD proveerá el Cuerpo Docente correspondiente, quedando a su entero cargo y responsabilidad la administración académirA en todos sus ámbitos, para lo cual establecerá la estructura organizativa pertinente, según ANEXO 1. El Cuerpo Docente de la Facultad dictará los cursos correspondientes al Ciclo de Conocimientos Iniciales y a los tres primeros años de la Carrera de Ingeniería Agronómica, según el Plan de Estudio vigente. Séptima: La FACULTAD contratará un seguro Que cubra: los riesgos personales de los docentes y los alumnos de la Extensión Áulica de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de ia Universidad Nacional de Córdoba.

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Octava: La FACULTAD se compromete a facilítar la participación de docentes que se Interesen en desarrollar trabajos conjuntos con técnicos del INTA como parte de la formación de alumnos de la carrera a través de la realización actividades prácticas, bajo el Programa de InicIación Profesional.

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Novena: La FACULTAD podrá modificar los programas Ylo Plan de Estudios ~tt(lI~Qn_;(:~J de las necesidades académicas que la misma considere oportuna, debiendo dat..Qien~i4,. a las contrapartes antes de los 30 días de dictada la resolución correspondient~";¡i~~L_!~"'\ ' :,;-" ( .~) .? \.,c OBLIGACIONES DE LA MUNICIPAUDAD. I'.~(



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