CELEBRACIÓN PATRONAL DE LOS AGENTES COMERCIALES

Boletín del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Oviedo Nº 582 • Diciembre 2012-Enero 2013 • D. L.: AS-2.874/98 V. Ingeniero Marquina, 2 - 1º• 3
Author:  Pedro Vega Coronel

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Boletín del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Oviedo Nº 582 • Diciembre 2012-Enero 2013 • D. L.: AS-2.874/98

V. Ingeniero Marquina, 2 - 1º• 33004 Oviedo• Tel. 985 242 757 [email protected] • www.cgac.es/colegio/oviedo

CELEBRACIÓN PATRONAL DE LOS AGENTES COMERCIALES Para conmemorar el día de Nuestra Patrona, la Virgen de la Esperanza, celebramos el pasado sábado 15 de diciembre la ya tradicional Cena Patronal en el Gran Hotel España. En el transcurso de la misma tuvo lugar la entrega de los galardones correspondientes a los compañeros que llevan colegiados 25 años y que recogieron D. Ramón Ablanedo Pérez, D. Gabriel Cancio Donlebun, D. Miguel García Martínez, D. Manuel Izquierdo Saura, D. Antonio Tosal González, Doña María Belén Vega González y D. Lucinio Pérez Heres. Como novedad este año se hizo entrega de la insignia colegial a D. Manuel Méndez Vega, que con 21 años es el colegiado más joven y el primero en recibir esta distinción tan especial, premiando así su carácter emprendedor en estos tiempos tan difíciles. El Presidente, D. Emilio Fernández Corral, agradeció a todos los que han participado en los actos de Nuestra Patrona, por su colaboración y participación tanto en la revista, anuncios, artículos y obsequios para el posterior sorteo, y aprovechó la ocasión para felicitar las fiestas navideñas y el año nuevo. Para finalizar la velada, se sortearon regalos entre los asistentes actuando como maestro de ceremonias D. Enrique Moreno Arrones, y cerramos la fiesta con un baile muy animado. Este año la Misa en honor a Nuestra Virgen de la Esperanza, y a los colegiados fallecidos, se celebró el martes 18 de diciembre en la Basílica de La Balesquida, en Oviedo. Os deseamos un Próspero y Feliz año 2013.

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DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

BOLETÍN Nº 582

AVISO MUY IMPORTANTE Nos estamos encontrando que las empresas nos solicitan agentes comerciales para un sector determinado y que una vez que se ponen en contacto con ellos no se corresponden con su actividad actual. Por ello os solicitamos que nos actualicéis vuestro sector de actividad al correo electrónico [email protected], en el fax 985239743 o al teléfono 985242757, así como vuestro actual correo electrónico.

MÉTODO DE ESTIMACIÓN OBJETIVA DEL IRPF Y EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IVA, PARA EL AÑO 2013 Con fecha 1 de diciembre de 2012 y con efectos para el año 2013, ha entrado en vigor la Orden HAP/2549/2012, de 28 de noviembre, que desarrolla para el año 2013 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo la estructura de la vigente para el año 2012 (Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre). En relación con el IRPF, las principales características contenidas en la Orden son las siguientes: – Se mantienen para 2013 la cuantía de los módulos, índices de rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas y sus instrucciones de aplicación. – Se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos. – Se reduce el índice de rendimiento neto para los productos del olivo con el fin de adaptarlo a la realidad actual del sector. Respecto del IVA: – Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido, la presente Orden adapta los módulos a los nuevos tipos impositivos del Impuesto en vigor desde el pasado 1 de septiembre, tomando en consideración que tales tipos resultarán de aplicación durante la totalidad del ejercicio 2013. Por último, y en cuanto a esta norma se refiere, comentar que se abre el plazo de renuncias y revocaciones, durante todo el mes de diciembre de 2012, tanto para el régimen de estimación objetiva en IRPF como del régimen simplificado en IVA.

RENOVACIÓN DEL CARNET DE COLEGIADO Para la renovación del CARNET PROFESIONAL es preciso una fotografía actual y el abono de tres euros, haciendo entrega del antiguo. Pueden ser retirados en las Oficinas del Colegio, en horario de 9 a 14 y de 16,30 a 18,30, todos los días de lunes a viernes, los siguientes carnets, previa entrega del antiguo caducado: SERAFINA ÁLVAREZ GARCÍA DANIEL ÁLVAREZ MENÉNDEZ LUIS DÍAZ MENÉNDEZ JESÚS ÁNGEL DIEGO GARCÍA ANA MARÍA ESCOTET GARCÍA Mª ELENA ESTRADA MONTES JUAN FERNÁNDEZ CASPIO JUAN GARCÍA ALONSO

JULIO GARRIGA RODRÍGUEZ DAVID GONZÁLEZ GONZÁLEZ GERMÁN GUTIÉRREZ ENTRIALGO JUAN PUERTAS RUIZ PABLO RODRÍGUEZ CRISTÓBAL DOLORES URBANO PÉREZ JOSÉ VALLINA SUÁREZ MANUEL VÁZQUEZ URBINA

A TODOS LOS COLEGIADOS… Por su interés, se ruega a todo aquel Colegiado que haya cambiado de domicilio, número de teléfono, teléfono móvil, cuenta bancaria y, muy importante, el correo electrónico, y que, por el motivo que sea no lo hubiese comunicado a la Oficina de este Colegio, lo haga lo antes posible para poder tener sus datos debidamente actualizados.

BOLETÍN Nº 582

DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

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CONVENIO LANT ABOGADOS, PROTECCIÓN DE DATOS El Consejo General ha suscrito un convenio con Lant Abogados para ofertar conjuntamente a todos los colegiados una adecuación completa a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) mediante una aplicación online de Lant Abogados. Mediante dicha aplicación online, y con una inversión de tiempo mínima, los colegiados que, individualmente, deseen utilizarla obtendrán: – La inscripción de los ficheros requeridos en la Agencia Española de Protección de Datos, incluyendo los de personal y video vigilancia si marcan dichas opciones. – Las cláusulas necesarias para incorporar en toda su documentación (presupuestos, facturas, correo electrónico) con unas instrucciones claras de cómo aplicarlas. – Contratos de confidencialidad para proveedores externos con acceso a datos (gestores, informáticos, correo electrónico...) – Un documento de seguridad confeccionado con instrucciones de cómo cumplir con todas las medidas de seguridad obligatorias. – Información de los protocolos de atención a los derechos ARCO. – Para los casos en que se haya marcado Personal, el contrato de autorización de tratamiento de datos per– sonales. – Si se hubiese marcado la opción de Vídeo vigilancia el cartel de aviso personalizaba en formato digital. – El acceso a una biblioteca con información sobre la ley y FAQ's – Los que opten por la cuota de mantenimiento dispondrán de un servicio de consultas online. Con el fin de determinar la aplicación de las condiciones previstas en este convenio a los agentes comerciales, Lant Abogados se reserva el derecho de exigir a los mismos que acrediten su condición de agente comercial colegiado en el Colegio oficial de agentes comerciales correspondiente. El coste individual del servicio de adecuación online para los miembros del CGAC es de 40 € (+IVA). El pago se realiza asimismo online de forma segura mediante tarjeta a través de la pasarela virtual de La Caixa o mediante PayPal. En nuestra página web www.cgac.es podréis encontrar un link que os redirigirá a la aplicación.

ALTAS EN EL MES En el presente mes se han producido las siguientes altas: 4924 Mª ELENA ESTRADA MONTES 4925 GERMÁN GUTIÉRREZ ENTRIALGO 4926 DANIEL ÁLVAREZ MÉNDEZ 4927 JOSÉ MANUEL VALLINA SUÁREZ 4928 JUAN ANTONIO PUERTAS RUIZ 4930 MOISÉS GARCÍA GONZÁLEZ

CONVENIO FIRMADO CON EL MELIÁ HOTEL RECONQUISTA, CON TARIFAS ESPECIALES PARA LOS COLEGIADOS

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DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

BOLETÍN Nº 582

APROBACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL QUE COMBINARÁ EDUCACIÓN Y PRÁCTICA PROFESIONAL Os informamos que el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el día 8 de noviembre, ha aprobado a propuesta de los ministros de Empleo y Seguridad Social, y de Educación, Cultura y Deporte, el Real Decreto por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases para la implantación de la formación dual en el sistema educativo. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE La formación dual vinculada al contrato para la formación y el aprendizaje ayudará a reducir el número de jóvenes desempleados y aumentará los cotizantes a la Seguridad Social. El contrato podrá realizarse con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veinticinco que carezcan de una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo. Asimismo, se establece que, temporalmente, hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15 por 100, podrán celebrarse contratos con menores de treinta años, en línea con lo estipulado para el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores. Duración del contrato y tiempo de trabajo efectivo El contrato deberá formalizarse por escrito, su duración mínima será de un año y la máxima de tres años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones, sin que la mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima de tres años. El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser más del 75 por 100 de la jornada el primer año y el 85 por 100 los otros dos, y no se podrán realizar horas extraordinarias, salvo por motivos de fuerza mayor, tal y como contempla el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores. Se amplía el tiempo mínimo de formación del 15 por 100 al 25 por 100 durante el primer año, si bien el contrato es flexible y se puede adaptar a las necesidades de empresarios y trabajadores en un régimen de alternancia de formación con el empleo. En la formación profesional dual inherente al contrato para la formación y el aprendizaje la actividad formativa se realiza en alternancia con una actividad laboral retribuida. La retribución será la fijada en convenio, si bien en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Igualmente, las empresas y los trabajadores podrán beneficiarse de reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, tanto durante la vigencia del contrato, como por su transformación en indefinido a la finalización del mismo. Reducción de cuotas empresariales En este sentido, el contrato para la formación y el aprendizaje prevé la posibilidad de reducciones de las cuotas empresariales a la Seguridad Social del 100 por 100 si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas o del 75 por 100 en el resto. Asimismo, se reducirá el 100 por 100 de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga. Además, si los contratos para la formación y el aprendizaje se transforman en indefinidos, cualquiera que sea la fecha de celebración, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante tres años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año. Por su parte, los contratados para la formación con discapacidad podrán, entre otras cuestiones, ver ampliada la duración de su contrato hasta un máximo de cuatro años en función de las circunstancias individuales del trabajador. El 25 por 100 del tiempo de trabajo efectivo podrá dedicarse a rehabilitación, habilitación o ajuste personal o social. Se prevé que las actividades formativas sean presenciales, de teleformación o mixtas, y deberá organizarse de manera flexible, con garantía de que el alumno pueda cursar los módulos correspondientes. Convenio con la empresa El proyecto de formación profesional dual se formalizará a través de un convenio con la empresa colaboradora. El convenio suscrito especificará la programación para cada uno de los módulos profesionales.

BOLETÍN Nº 582

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DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

TARJETAS DE APARCAMIENTO EN LOS MUNICIPIOS DE ASTURIAS Se recuerda a los compañeros que las tengan solicitadas que se encuentran a su disposición, para ser retiradas. FLORENTINO ALVAREZ GARCÍA JOSÉ CABAL MALLADA MANUEL ÁNGEL CARBAJAL MOSQUERA JOSÉ CUETOS SUAREZ GREGORIO DÍAZ DÍAZ JESÚS ESCOTET RODRÍGUEZ GUILLERMO ESCOTET SUAREZ DANIEL FERNANDEZ CALVO JUAN MANUEL FERNANDEZ CASPIO JESÚS FERNANDEZ CORRAL JOSÉ RAMÓN FERNANDEZ GARCÍA JESÚS LUIS FERNANDEZ PÉREZ

GUMERSINDO FERNANDEZ SOLARES JOSÉ GARCÍA AMAGO RAFAEL GARCÍA DÍAZ PEDRO ANDRÉS GARCÍA SÁNCHEZ JOSÉ FAUSTINO GIMON GAYO ALFREDO GONZÁLEZ FERNANDEZ DAVID GONZÁLEZ GONZÁLEZ ALFREDO GONZÁLEZ MENENDEZ ANTONIO GOYCOA FERNANDEZ JUAN LLAMEDO ANTUÑA JUAN LUIS MARTÍNEZ COBALLES LUIS MIGUEL MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

JOSÉ MANUEL MIGUEL MENENDEZ LUIS MONTILA SUAREZ FRANCISCO PEDROSA CUYAR JOSÉ LUIS PEÑA IRAZUSTA CARLOS PRIETO VAQUERO JUAN QUINTANA GONZÁLEZ JUAN QUINTANA RODRÍGUEZ LUIS TIZADO MORALES JOSÉ LUIS VÁZQUEZ BERROS JOSÉ VÁZQUEZ CAÑADA JOSÉ VIDAL PEREIRA

TASAS JUDICIALES Nota sobre la incidencia de la nueva ley de tasas judiciales -Ley 10/2012, de 20 de noviembre- en la financiación establecida en el Reglamento del Servicio Jurídico de los servicios de asistencia jurídica destinados a la resolución de los litigios de carácter profesional. 1.- En lo que al Servicio Jurídico Nacional afecta, la nueva Ley establece una tasa que grava: – La interposición de la demanda de toda clase de procesos declarativos, la formulación de reconvención y la petición inicial del proceso monitorio. – La interposición del recurso extraordinario por infracción procesal en el ámbito civil. – Los recursos de apelación y casación en el ámbito civil. – Los recursos de suplicación y casación en el ámbito laboral. Es decir, afecta a las cuestiones litigiosas derivadas de la actividad profesional del agente respecto de su principal tanto en el ámbito civil-mercantil como laboral. Esta tasa se devenga con la interposición de la demanda, la formulación de la reconvención, la solicitud inicial del procedimiento monitorio y con la interposición de los recursos. Esta tasa se compone de una cuota fija: – 150 euros para el juicio verbal y cambiario, – 300 euros para el proceso ordinario, – 100 euros para el proceso monitorio, – 800 euros para el recurso de apelación, – 1.200 euros para el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal. – 0 euros en la primera instancia en el orden social para el trabajador por cuenta ajena, y – 200 euros para el recurso de suplicación y 300 euros para el recurso de casación por aplicación de una exención del 60% en la cuantía de la tasa. Y de una cuota variable de: – el 0,5 % de la cuantía hasta 1.000.000 de euros, y – el 0,25 % sobre el resto, con un máximo de 10.000 euros. En los procesos de cuantía indeterminada, la cuantía se fija en 18.000 euros. Se modifica el artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el sentido de que la tasa se incluye en las costas. 2.- El pago de esta tasa no está incluida entre los servicios de asistencia jurídica cuyos gastos corresponden por mitad a los Colegios y al Consejo General y que regulan en el artículo 8 en relación con los apartados c), d), e) y f) del artículo 5 del Reglamento del Servicio Jurídico. Únicamente en caso de condena en costas de la parte contraria podrían recuperarse. 3.- Esta nueva ley de tasas tiene una evidente repercusión económica en el coste de los litigios entre los agentes comerciales y su principal, no cubierto por el Servicio Jurídico de los Colegios y el Consejo. En consecuencia, entendemos que hay que informar con claridad al agente comercial de la existencia de este nuevo coste judicial antes de iniciar cualquier pleito en su nombre y representación.

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DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

CALENDARIO DÍAS INHÁBILES 2013

BOLETÍN Nº 582

BOLETÍN Nº 582

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DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

FERIAS GENERALES FEBRERO 2013

Fechas sujetas a posibles variaciones, consultar previamente

Fecha Date

Certamen Event

Lugar City

1-3

LLEIDA OCASIO

Lleida

1-3

MOSTRA DA OPORTUNIDADE

Ourense

2-4

COSMOBELLEZA & WELLNESS

Barcelona

2-3

EXPOCANINA

Zaragoza

5-8

CEVIMASA

Valencia

5-8

MARMOL

Valencia

6-9

AGRARIA - FERIA DE MAQUINARIA

Valladolid

8-10

SIMM

Madrid

9-10

EPOCAUTO

Reus (Tarragona)

12-15

ENOMAQ

Zaragoza

12-15

FRUYVER

Zaragoza

12-15

FERRO FORMA

Bilbao

12-15

OLEOMAQ

Zaragoza

12-15

OLEOTEC

Zaragoza

12-15

TECNOVID

Zaragoza

12-14

CANSO WORLD - ATM CONGRESS

Madrid / IFEMA

12-14

COSMOMAQ

Zaragoza

12-14

FARMAMAQ

Zaragoza

12-14

SEAL / Feria de la Seguridad Alimentaria

Zaragoza

13-17

ARCO

Madrid / IFEMA

13-17

AULA

Madrid / IFEMA

13-14

RESTAURACION MODERNA

Madrid / IFEMA

13-14

TRANSFIERE

Málaga

14-17

SOUTH ASIAN TRADE FAIR

Valencia

14-16

FORO DE POSTGRADO

Madrid / IFEMA

14-16

INTERDIDAC

Madrid / IFEMA

16-17

BEAUTY FORUM SPAIN

Valencia

21-21

UNITUOR

Valladolid

22-25

FERIA DE BELLEZA, COSMETICA Y SALUD

Badajoz

22-24

BIOCULTURA

Valencia

22-24

BRICOCASA

Zaragoza

22-24

CREATIVA

Zaragoza

23-24

FIMASCOTA

Valladolid

25-28

MOBILE WORLD CONGRESS

Barcelona

26-01

CLIMATIZACION

Madrid / IFEMA

26-28

GENERA

Madrid / IFEMA

28-03

VENATORIA & SUBARU

Madrid / IFEMA

28-02

NORMUEBLE

GIJÓN

FEBRERO

8

DICIEMBRE 2012 - ENERO 2013

BOLETÍN Nº 582

FERIAS GENERALES MARZO 2013

Fechas sujetas a posibles variaciones, consultar previamente

Fecha Date

Certamen Event

01-30 01-31 01-31 01-31 01-03 01-03 01-03 02-03 05-07 05-07 06-10 06-08 07-09 08-10 09-17 09-11 09-10 09-10 12-15 12-15 12-14 13-17 13-16 13-15 13-14 13-14 14-17 15-17 15-16 17-19 19-22 20-21 25-28 27-29

LLEIDA EXPO TREN E Y E - ARAGON EDUCA QUALICOOP QUALIMEN FERIA DEL STOCK SALON EROTICO DE LEVANTE STOCK CITY FERIA DEL STOCK INFARMA SPORTS UNLIMITED VALENCIA XANTAR FORINVEST PROPET FIRA NATURA ANTICUARIOS MODACALZADO IBERPIEL BESTIAL SALON DEL COMIC BRICOFORMA FERROFORMA ALIMENTARIA CASTILLA Y LEON SALO DE L’ENSENYAMENT MOTORTEC AUTOMECHANIKA IBERICA MEDWAY FOOD E-SHOW EXPOLEARNING EQUIMUR MADRID GOLF FUTURA H&T FIMA GANADERA FERIA DE EMPLEO DE FORMACION PROFESIONAL CUCALOCUM PRIMAVERA MATELEC EIBT CHINA

MARZO

Lugar City

Lleida Zaragoza Zaragoza Zaragoza Bilbao Torre-Pacheco (Murcia) Valencia Valladolid Barcelona Valencia Ourense Valencia Madrid / IFEMA Lleida Barcelona Madrid / IFEMA Reus (Tarragona) Valladolid Bilbao Bilbao Valladolid Barcelona Madrid Valencia Barcelona Madrid / IFEMA Torre-Pacheco (Murcia) Madrid / IFEMA Barcelona Málaga Zaragoza Madrid / IFEMA Lleida Madrid / IFEMA

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SE INFORMA QUE EN LA GACETA DEL AGENTE COMERCIAL REMITIDA POR EL CONSEJO GENERAL, APARECEN PETICIONES DE AGENTE COMERCIAL DE FIRMAS EXTRANJERAS EXPUESTAS EN NUESTRO TABLÓN DE ANUNCIOS. EXISTEN OTRAS REPRESENTACIONES EXPUESTAS EN NUESTRO TABLÓN DE ANUNCIOS ESTE COLEGIO SE EXIME DE RESPONSABILIDADES POR EL CONTENIDO DE LOS ANUNCIOS.

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