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7 de mayo do 2007.-
DECRETO ACUERDO N° 27 /1 EXPEDIENTE N° 3294/120-S-06 VISTO que mediante estas actuaciones se gestiona la aprobación de la estructura orgánico-funcional de los sectores dependientes de la Secretaría de Estado de Prensa y Difusión, y CONSIDERANDO: Que en dicha Secretaría se centraliza el sistema operativo de contratación de publicidad oficial, difusión e información oficial de los actos y acciones de gobierno de los Organismos Centralizados, Descentralizados y Autárquicos del Estado Provincial. Que para lograr una mayor eficacia en procura de ese ohjetivo, resulta r.ecesario poseer una estructura funcional que posibilite desarrollar las acciones necesarias para el logro de tal fin. Que mediante Decreto Acuerdo N° 35/1 del 23.08.2004 - Anexo 1 y Anexo II - se estipulan la misión y función de dicha Secretaría de todos .los sectores dependientes de la misma. Que atento a la nueva propuesta se incluye la Subsecretaría de Prensa y Difusión, la dependencia Técnica de un Servicio Jurídico y la Dirección Técnica Opcrativa. Que conforme lo expresado precedentemente, resulta necesario asignar a tal organismo dichas funciones. Que es del caso aprobar el Manual de Organización (Estructura Orgánica y Misiones y Funciones) de la Secretaría de Estado de Prensa y Difusión, conforme lo solicitado. Por ello, atento a lo informado por la Dirección General de Organización y Métodos a fs. 29 y a fs. 30/48, por la Dirección General de Recursos Humanos a fs. 50, por la Dirección General de Presupuesto a fs. 52 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 636 de fecha 28.03.2007 obrante a fs. 54 de autos.
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EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA: ARTICULO 1°.- Apruebase el Manual de Organización de la SECRETARIA DE ESTADO DE PRENSA Y DIFUSION, conforme a los Anexos 1 (Organigrama) y II (Misiones y Funciones), que forman parte integrante del presente Decreto. ARTICULO 2°.- El presente Decreto Acuerdo será refrendado por los señores Ministros obierno y Justicia, de Economía, de Salud Pública, de Desarrollo Productivo, de Seguri' Ciudadana y de Educación; y firmado por el señor Secretario General de la Gobernaci n.. ARTICU 03°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, pu en el letín Oficial y archívese,-
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~ cfXtcü,má/n~ ANEXO
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1.-Denominación de la unidad: SECRETARIA DE ESTADO DE PRENSA Y DIFUSION
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, ",.,LII.,. Misión:
Poder Ejecutivo
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Coordi r el proceso de comunicación de la gestión gubernamental, permitiendo una efectiva difusión de todas las acciones de las distintas áreas y organismos que componen el Gobierno Provincial.
sistir e intervenir en la elaboración de la estrategia de comunicación gubernamental que orientará s acciones de prensa y difusión de la gestión de gobierno. nir e implementar la política de vinculación con los distintos medios de comunicación local, IOnale internacional, sean escritos, orales y televisivos. Ch.)3)Coordinar las propuestas e ideas de promoción y publicidad provenientes de las distintas áreas de vo gobierno, a los efectos de lograr unidad de criterio con la estrategia de comunicación definida por la Secretaría de Estado de Prensa y Difusión. ) Participar en la determinación del Presupuesto Publicitario y en el análisis de costo de las distintas campañas que se deseen implementar para establecer su realización y contratación. ERA D~OA~Conducir el proceso de articulación con el sector publicitario, agencia y medios de comunicación. 6) Proporcionar
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información
oficial y brindar a la prensa en general el acceso a las distintas fuentes
MONT,A.lIiOformativas.
éOUC"'C\O~)Participar
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en la elaboración y entender en la aplicación en el ámbito provincial, de las acciones
incluidas en los planes nacionales de comunicación social. 8) Supervisar el desarrollo de las operaciones de programación, emisión al aire; así como la gestión de los recursos necesarios para ello, procurando el adecuado mantenimiento de los equipos a su cargo.
"..4Ejercer la representación de la provincia ante los entes de radio y televisión en que aquella sea parte. ('~'" ",,~ 10) Celebrar Convenios con entidades nacionales, provinciales, municipales o privadas, interviniendo en la tramitación y ejecución de los mismos.
ominación de la unidad: SUBSECRETARIA DE ESTADO DE PRENSA Y DIFUSION //12.-
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Cont. Anexo II //12.II.- Dependencia
Jerárquica:
Secretaría de Estado de Prensa y Difusión
III.- Misión: Asistir a la Secretaría de Estado de Prensa y Difusión en todas las cuestiones referentes al Ü rganism~
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aplicación de normas en la materia.
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'.,.t IV.- FunclOne~ Reemplazar en sus .
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impedimento
nciones al Sr. Secretario de Estado de Prensa y Difusión, en caso de ausencia y/o
de éste.
2) Ejercer todas aquellas funciones y actividades que expresamente I
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oro M~R' II'MlstftO
r al Sr. Secretario de Estado de Prensa y Difusión, las políticas, programas y proyectos que
estime co
eniente para el mejor desarrollo de sus acciones en su ámbito de competencia. rar con el Secretario de Estado, en la elaboración de proyectos de leyes, decretos y resoluciones,
s materias que hacen a su competencia.
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3) Propo
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NEZPrensa y Difusión
4) Cola
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delegue el Sr. Secretario de Estado de
por sí todo asunto interno del área que no requiera decisión del Secretario de Estado.
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1.- Denominación de la unidad:
DIRECCION DE PRENSA
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Opendencia
Jerárquica:
Secretaría de Estado de Prensa y Difusión
III.- Misión: Implementar las acciones definidas en el marco de la estrategia gubernamental de MoNTAlDO
SUSA CI~ comunicación. ,;",,11'0 oE EOUC'';.
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IV.- Funciones: ~Coordinar
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el proceso de recopilación permanente de toda información proveniente de las diferentes
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nacionales.
2) Seleccionar y redactar en forma definitiva la información que, a criterio del Señor Secretario de Estado rensa y Difusión, deba ser publicada, y suministrarla a los diferentes medios provinciales y/o D SECRETARIO
O SASSICOlOMB GRAL. de la GOBERNACION
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Cont. Anexo II ///3.-
nacionales. 3) Coordinar la realización de conferencias de prensa como asimismo la disposición de medios de traslado para periodistas, camarógrafos y fotógrafos de los medios de prensa, a los actos oficiales par una efectiva ) Conso idar y
er la información necesaria para proveer la misma, al sitio de la página web oficial
""Erdei Gobierno defprov
cia.
5) Asesorar a la Superio 'dad, en materia de acreditación de periodistas en los actos de gobierno que correspondan. 6) Proveer a los periodistas acreditados en Casa de Gobierno los medios necesarios para que puedan izar sus tareas específicas en la Sala de Periodistas. 7) Procesar, clasificar y almacenar toda la información publicada por medios gráficos sobre la actividad del Señor Gobernador, funcionarios del Poder Ejecutivo y organismos de la administración central, descentrali ados y autárquicos, a través de medios físicos y soportes magnéticos. asesoramiento en materia de información periodística y gubernamental a todo organismo que lo
DIRECCION DE MEDIOS II.- Dependencia
Jerárquica:
ERRERA CIUDAD~
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Secretaría de Estado de Prensa y Difusión
III.- Misión: Llevar a cabo las acciones de prensa suficientes para hacer conocer la agenda gubernamental.
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SUSA~MONTALDO ESTER E EDUCI\C\ON
PIOf. MINISTRO
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IV.- Funciones: 1) Instrumentar las acciones necesarias para cubrir periodísticamente, toda la actividad que realice el Señor Gobernador en cumplimiento de sus funciones, en el ámbito de la provincia, como asimismo de los
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que realicen los demás funcionarios y/o reparticiones de la administración pública provincial, éstos/as lo requieran o así lo disponga el Poder Ejecutivo.
2) Confeccionar y proporcionar a las redacciones de todos los medios de comunicación de la provincia, los partes de prensa que disponga la Superioridad. ealizar el seguimiento de la información relacionada con la actividad gubernamental emitida por los ca SASSI COlOMBRES SECRETARIO GRAL. de \a GOBERNACION
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Gltrf¡«¿ ¿ c;fkcu,má/n,
Cont. Anexo II ///4.distintos medios de prensa, a efectos de detectar errores, deficiencias y omisiones. 4) Coordinar
un banco
de datos e imagines
fotográficas
y fílmicas
debidamente
sistematizadas
y
'nadas en soportes físicos y magnéticos, para ser utilizadas en campañas de prensa y publicidad.
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II.- Dependencia
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un ad: DIRECCION TECNICA OPERATIV A
Jerárquica:
Secretaría de Estado de Prensa y Difusión 1.- Misión: Desarrollar las operaciones de programación, emisión al aire; así como la gestión de los recurso
ecesarios para ello, procurando el adecuado mantenimiento de los equipos a su cargo.
IV.- Fu
iones:
P~\'&es, y cualquier otra forma de propagación de imágenes y sonidos para televisión y/o ensayos que ~ DEDESARROLLO P DUCTB'gtermine la Superioridad en estudios y/o exteriores y la realización de programas en vivo.
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2) Supervisar las cuestiones inherentes a derechos de transmisión de programas, condiciones de las diferentes contrataciones, mecanismos de comercialización y distribución de los programas a su cargo. 3) Establecer
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con el área que corresponda,
las relaciones
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para la producción
de la programación
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4) Gestionar permisos de grabación o arrendamientos de los inmuebles seleccionados en el scouting o
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localización de escenarios.
USANA MO~~~~)Elaborar el plan de producción n-fVI.ESrER EDUC 1"1 o t.lINISTR DE
y evaluar el resultado de impacto en la audiencia.
6) Prever procedimientos para el caso de fallos durante el horario normal de transmisión. 7) Ejecutar las actividades necesarias para el mantenimiento preventivo del equipamiento técnico.
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..~rogramar ~ " v\)9"'\O~ ~\..\)o electrónico.
9) Ejecutar el presupuesto asignado por la Superioridad, a cada programa a su cargo, supervisando los
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Dr. SECRETARIO
y supervisar las tareas complejas de mantenimiento correctivo y operación del equipamiento
os desde el punto de vista técnico y administrando los recursos humanos necesarios.
~SSICOlOMBRf0. delaGOBERNACION GRAL. 1.- Denominación
de la unidad: 1//5.-
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c!f(Vrl G/Í{~¿
ck QJ;ode~ ~u/ÚJ.~t 2) Supervisar \A\~\.o \í~' ~o\. \)"-",,,~
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Movimientos
las operacIOnes
contables
. que se reahcen
en el ámbito de su jurisdicción,
respecto
a
de Fondos y Valores, y Presupuesto.
3) Supervisar la gestión y ejecución de las compras y contrataciones en general, y la administración patrimonial en el ámbito de su competencia, conforme a las normas vigentes en la materia. p.p.~p.~Supervisar las actividades de Tesorería, respecto del movimiento de ingresos y egresos, rindiendo \\)o"\)~"~enta documentada de los mismos. 5) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos que dicten los Órganos Rectores del Sistema de /.
PrOf. ESTE MINISTRO
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