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FUERZA AEREA DIRECCIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL – DIRECCIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL DIVISIÓN NAVEGACIÓN AÉREA OFICINA DE MEDIO AMBIENTE, CONTROL DE FAUNA SILVESTRE Y PELIGRO AVIARIO
Uruguay
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CIRCULAR DE ASESORAMIENTO ACOPIO DE LÁMPARAS Y TUBOS FLUORESCENTES USADOS
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AUTORIDAD:
DIRECTOR DE NAVEGACIÓN AÉREA
ALCANCE: Esta circular de asesoramiento aplica al acopio de lámparas y tubos fluorescentes usados, generados en las actividades de aeródromos y aeropuertos del país.
MOTIVO:
Establecer el mecanismo para el almacenamiento transitorio de
lámparas y tubos fluorescentes usados y las acciones a seguir en caso de roturas, ya que un manejo inadecuado podría provocar un impacto para la salud humana y contaminación ambiental. El mercurio es un elemento indispensable para generar luz sin generar calor. Con el uso de lámparas y tubos fluorescentes se obtiene alta calidad de iluminación permitiendo ahorrar energía debido a su alta eficiencia con respecto a las lámparas incandescentes. Desde el punto de vista energético los mismos son ambientalmente adecuados, sin embargo el mercurio es un reconocido neurotóxico bioacumulable y persistente. Es dañino por inhalación, ingestión y contacto: se trata de un producto muy irritante para la piel, ojos y vías respiratorias. A la hora del descarte de lámparas y tubos fluorescentes, si no son manejados adecuadamente se convierten en perjudiciales para el medio ambiente y la salud. Cuando los tubos de lámparas fluorescentes se rompen liberan de su interior mercurio mezclado con argón, altamente tóxicos que afectan peligrosamente la salud humana y al medio ambiente, con la posibilidad de contaminación de los cuerpos de agua superficial y subterránea (infiltración de lixiviados), del suelo, aire y seres vivos. Los elementos más frecuentes de contaminación por mala disposición final de residuos de lámparas fluorescentes son los metales como el mercurio, zinc, níquel, cadmio, plomo y manganeso. Los residuos de lámparas fluorescentes son considerados como peligrosos por sus características.
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DEFINICIONES: Acopio de lámparas o tubos fluorescentes usados: Acción tendiente a reunir temporalmente los residuos de lámparas o tubos fluorescentes desechados por el consumidor en un lugar destinado a tal fin, de manera segura y ambientalmente adecuada, con el objeto de facilitar su recolección, clasificación y cualquier actividad previa a una posterior gestión y manejo ambiental. El lugar donde se desarrolla esta actividad se denominará centro de acopio. Aeródromo: Área definida de tierra o de agua (que incluye todas sus edificaciones, instalaciones y equipos) destinada total o parcialmente a la llegada, salida y movimiento en superficie de aeronaves. Aeropuerto: Son aeropuertos los aeródromos públicos dotados de instalaciones y servicios necesarios para la atención de las aeronaves, los requerimientos del tráfico, el embarque y el desembarque de pasajeros y la carga siempre que estén debidamente fiscalizados por las autoridades competentes Contaminación: La presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, en concentraciones y permanencia superiores o inferiores según corresponda a lo establecido en la normativa vigente. Emergencia: Es toda situación de peligro que escapa al control normal y que se ha transformado en un riesgo para el personal, equipos, instalaciones y para el medio ambiente. Generador: Es quien decide que ese objeto ya no es útil para él. Es el responsable sobre los residuos que generó. Gestor: El titular autorizado para realizar las actividades de almacenamiento, aprovechamiento y/o valorización (incluida la recuperación, el reciclado o la regeneración), el tratamiento y/o la disposición final de los residuos. Residuo Peligroso. Es aquel residuo que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo
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o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.
ABREVIATURAS:
OACI: Organización de Aviación Civil Internacional OMA: Oficina de Medio Ambiente.
RESPONSABLES: Personal involucrado en el manejo de lámparas y tubos fluorescentes.
REFERENCIAS DOCUMENTALES: Ley 16.221
- Ratifica Convenio de Basilea
Ley 17.283
- Protección al Medio Ambiente
Dec. 182/013
- Reglamento para la gestión de residuos sólidos industriales
Doc. OACI
RLA/92/0131 OACI - Manual Guía de Protección Ambiental para
Aeropuertos PR/OMA/001/01
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DESARROLLO: 1.1 Acopio de lámparas o tubos fluorescentes usados: Los residuos de lámparas con contenido de mercurio deben ser gestionados de forma ambientalmente adecuada y por gestores debidamente autorizados por la autoridad competente. La destrucción controlada por parte de empresas debidamente autorizadas es una de las mejores prácticas ya que permite la captación del mercurio de las lámparas, su reciclaje y reuso. Durante su almacenaje se debe tener en cuenta: a) No guardar ni consumir alimentos o bebidas ni fumar en lugares donde se almacene productos con mercurio.
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b) En caso de incendio que involucre mercurio, evitar inhalar los gases formados ya que son altamente tóxicos c) Es importante que las lámparas o tubos fluorescentes con contenido de mercurio que se van a descartar, sean acopiadas dentro de sus envases originales y luego colocados en un recipiente rígido y tapado para evitar roturas. d) No disponer estos residuos en rellenos sanitarios. e) No quemar estos residuos a cielo abierto. f) No enterrar estos residuos. g) No abandonar estos residuos en espacios públicos.
1.2 Rotura de lámparas de mercurio: Las lámparas y tubos de mercurio contienen una cantidad muy pequeña de mercurio sellado en el tubo de vidrio que varía entre las diferentes marcas disponibles en el mercado, esta cantidad se multiplica cuando acopiamos grandes cantidades de tubos o lámparas.
La cantidad de mercurio de una
lámpara que se rompe se reparte entre el gas y el polvo que recubre el vidrio de la lámpara.
Si la lámpara se rompe en un ambiente cerrado:
1.2.1 Antes de limpiar: a) Ventilar y abandonar la habitación por lo menos 15 minutos b) Apagar aire acondicionado, calefacción o ventilación si estuvieran prendidos 1.2.2 Para la limpieza (ya sea en ambiente abierto o cerrado): a) Utilizar guantes, máscara, gafas, ropa de trabajo y zapatos de trabajo. b) Tomar las precauciones habituales para vidrios rotos.
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c) Levantar con cuidado los fragmentos de vidrio y polvo usando papel rígido o cartón en forma de pala y colocarlos en una bolsa de plástico gruesa que pueda cerrarse. Se disponen en la bolsa los restos de las lámparas rotas y también el papel, cartón y todos los elementos que se haya utilizado para su remoción. Luego se coloca la bolsa en un recipiente rígido y estanco para evitar roturas de la bolsa. Utilizar cinta adhesiva para colectar los fragmentos restantes de vidrio y polvo. d) Limpiar el área con toallas de papel húmedas o toallitas húmedas desechables. e) No utilizar aspiradora ni barrer los restos de la rotura de las lámparas o tubos de luz de mercurio sobre superficies duras. f) Si la ropa de trabajo estuvo en contacto directo con el vidrio roto o el mercurio contenido en el polvo del interior del tubo o lámpara de luz no debe ser lavada. Se debe disponer la ropa en bolsas plásticas y luego en recipiente rígido y estanco para ser desechada. g) Si el calzado estuvo en contacto directo con el vidrio roto o el mercurio contenido en el polvo del interior del tubo o lámpara de luz se debe limpiar con toallas de papel húmedas o toallitas húmedas desechables. Luego colocarlos en bolsas plásticas cerradas y recipientes rígidos y estancos para ser desechados. h) Una vez terminada la limpieza lavarse bien las manos después de disponer adecuadamente las bolsas plásticas que contienen el material tóxico. i) Si la rotura se produce dentro del envase original no abrirlo, sellarlo y colocarlo en recipientes rígidos y estancos, hasta su disposición final. j) En todos los casos los recipientes estancos que contienen los restos de vidrios, cartón, papel y todo material que haya estado en contacto con el mercurio, deben estar debidamente identificados con el material que contienen y solo se llenarán hasta el 90% de su capacidad. k) Se coordinará el retiro de los residuos con la empresa encargada de su gestión.
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l) Se debe llevar registro del material entregado al gestor y se le solicitará a éste documentación probatoria del tratamiento y destino de los residuos. 2. REGISTROS: a) Registro de entrega de residuos con mercurio y destino.
Elaborado por: Especialista en Gestión Ambiental Jefa de la Oficina de Medio Ambiente C11 Jefe de Departamento
Adriana Jackson
Especialista en Gestión Ambiental Técnico en Gestión de Calidad C8 Jefe de Sección
Rosario Mac Coll
Revisado por: Especialista en Gestión Ambiental Jefa de la Oficina de Medio Ambiente C11 Jefe de Departamento Adriana Jackson
Firma y fecha de aprobación: Fecha de entrada en vigencia: x
Desde fecha de aprobación A partir de
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