CITRICULTURA ECOLÓGICA

CITRICULTURA ECOLÓGICA Sanidad vegetal en condiciones mediterráneas Alfons Domínguez Gento Estació Experimental Agrària de Carcaixent (IVIA) Pda. Bar

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CITRICULTURA ECOLÓGICA Sanidad vegetal en condiciones mediterráneas Alfons Domínguez Gento

Estació Experimental Agrària de Carcaixent (IVIA) Pda. Barranquet, s/n, 46740-Carcaixent tf: 96 2430400 correo-e: [email protected]

Andreu Sirvent

CITRICULTURA ECOLÓGICA AUMENTAR LA BIODIVERSIDAD PRINCIPIOS GENERALES

ENRIQUECER LA ESTRUCTURA Y FERTILIDAD DEL SUELO UTILIZAR PODUCTOS NATURALES, CUIDANDO EL EL MEDIO Y LA SALUD MEJORAR OTRAS CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS

NORMATIVA SANITARIA AE LEGISLACIÓN SANITARIA EN AE: REGLAMENTO (CEE) No 2092/91 DEL CONSEJO, de 24 junio, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. DEROGADO REGLAMENTO (CE) nº 834/2007 DEL CONSEJO, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 2092/91 REGLAMENTO (CE) nº 889/2008 DE LA COMISIÓN de 5 de septiembre de 2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control. REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 354/2014 DE LA COMISIÓN de 8 de abril de 2014 que modifica y corrige el Reglamento (CE) no 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control. LEGISLACIÓN GENERAL: REGLAMENTO (CE) nº 1107/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo. REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 540/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas.

NORMATIVA El Reglamento (CE) no 834/2007, en su articulado explicita lo siguiente:

Artículo 12: Normas de producción vegetal. 1. Además de las normas generales de producción en explotaciones establecidas en el artículo 11, la producción vegetal ecológica estará sometida a las siguientes normas: a) la producción ecológica recurrirá a las prácticas de labranza y cultivo que mantengan o incrementen la materia orgànica del suelo, refuercen la estabilidad y la biodiversidad edáficas, y prevengan la compactación y la erosión del suelo; b) la fertilidad y la actividad biológica del suelo deberán ser mantenidas o incrementadas mediante la rotación plurianual de cultivos que comprenda las leguminosas y otros cultivos de abonos verdes y la aplicación de estiércol animal o materia orgánica, ambos de preferencia compostados, de producción ecológica; c) está permitido el uso de preparados biodinámicos; d) asimismo, solamente podrán utilizarse fertilizantes y acondicionadores del suelo que hayan sido autorizados para su utilización en la producción ecológica de conformidad con el artículo 16; e) no se utilizarán fertilizantes minerales nitrogenados; f) todas las técnicas de producción utilizadas prevendrán o minimizarán cualquier contribución a la contaminación del medio ambiente; g) la prevención de daños causados por plagas, enfermedades y malas hierbas se basará fundamentalmente en la protección de enemigos naturales, la elección de especies y variedades, la rotación de cultivos, las técnicas de cultivo y los procesos térmicos; h) en caso de que se haya constatado la existencia de una amenaza para una cosecha, solo podrán utilizarse productos fitosanitarios que hayan sido autorizados para su utilización en la producción ecológica de conformidad con el artículo 16;

NORMATIVA El Reglamento (CE) no 834/2007, en su articulado explicita lo siguiente:

Artículo 16: Productos y sustancias utilizados en la actividad agraria y criterios para su autorización. 1. La Comisión, de acuerdo con el procedimiento a que se refiere el artículo 37, apartado 2, autorizará para su utilización en la producción ecológica y los incluirá en una lista restringida, los productos y sustancias que pueden utilizarse en la agricultura ecológica para los cometidos siguientes: a) como productos fitosanitarios; b) como fertilizantes y acondicionadores del suelo; c) como materias primas no ecológicas de origen vegetal y materias primas de origen animal y mineral para piensos y determinadas sustancias utilizadas en la nutrición animal; d) como aditivos para la alimentación animal y coadyuvantes tecnológicos; e) como productos de limpieza y desinfección para estanques, jaulas, locales e instalaciones de producción animal; f) como productos de limpieza y desinfección de locales e instalaciones utilizadas para la producción vegetal, incluido el almacenamiento en una explotación agrícola. Los productos y sustancias incluidos en la lista restringida únicamente podrán utilizarse en la medida en que el uso correspondiente esté autorizado en la agricultura general del Estado miembro de que se trate, de acuerdo con las disposicions comunitarias pertinentes o con las disposiciones nacionales conformes con la legislación comunitaria.

NORMATIVA El Reglamento (CE) no 834/2007, en su articulado explicita lo siguiente:

Artículo 16: 2. La autorización de los productos y sustancias a que se refiere el apartado 1 estará

supeditada a los objetivos y principios establecidos en el título II y a los siguientes criterios generales y específicos, que se evaluarán en su conjunto: a) su utilización será necesaria para una producción sostenible y serán esenciales para el uso que se pretende darles; b) todos los productos y sustancias deberán ser de origen vegetal, animal, microbiano o mineral, salvo si no se dispone de cantidades suficientes de productos o sustancias de esas fuentes, si su calidad no es adecuada o si no se dispone de alternativas; c) en el caso de los productos mencionados en el apartado 1, letra a), serán de aplicación las siguientes disposiciones: su empleo deberá ser esencial para el control de un organismo dañino o de una determinada enfermedad para los cuales no se disponga de otras alternatives biológicas, físicas o de selección, u otras prácticas de cultivo u otras prácticas de gestión eficaces, si los productos no son de origen vegetal, animal, microbiano o mineral y no son idénticos a los que sedan en la naturaleza, solo podrán ser autorizados si sus condiciones de uso impiden todo contacto directo con las partes comestibles del cultivo; d) en el caso de los productos mencionados en el apartado 1, letra b), su uso será esencial para lograr o mantener la fertilidad del suelo o para satisfacer necesidades nutricionales específicas de los cultivos o con fines específicos de acondicionamiento del suelo;

NORMATIVA El Reglamento (CE) no 834/2007, en su articulado explicita lo siguiente:

Artículo 16: 3. a) La Comisión podrá, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 37, apartado 2, fijar las condiciones y límites relativos a los productos agrícolas a los que pueden ser aplicados los productos y sustancias a que se refiere el apartado 1, el modo de uso, la dosificación, los plazos límite de uso y el contacto con los productos agrícolas y, si fuera necesario, decidir sobre la retirada de estos productos y sustancias. b) Cuando un Estado miembro considere que un producto o sustancia debería añadirse a la lista a que se refiere el apartado 1 o ser retirado de ella, o que se deberían modificar las especificaciones de uso mencionades en la letra a), dicho Estado miembro garantizará que se envíe oficialmente a la Comisión y a los Estados miembros un expediente que contenga las razones de dicha inclusión, retirada o modificación. Se publicarán las solicitudes de modificación o retirada, así como las decisiones sobre ellas. c) Los productos y las sustancias utilizados antes de la adopción del presente Reglamento para fines equivalentes a los establecidos en el apartado 1 del presente artículo, podrán seguir empleándose tras dicha adopción. En cualquier caso, la Comisión podrà retirar dichos productos o sustancias de acuerdo con el artículo 37, apartado 2.

NORMATIVA El Reglamento (CE) no 834/2007, en su articulado explicita lo siguiente:

Artículo 16: 4. Los Estados miembros podrán regular, en su territorio, el uso de productos y sustancias en la agricultura ecológica para fines distintos de los mencionados en el apartado 1, siempre que dicho uso esté supeditado a los objetivos y principios establecidos en el título II y a los criterios específicos enunciados en el apartado 2, y en la medida en que respete la legislación comunitaria. Los Estados miembros afectados informarán de su correspondiente reglamentación nacional a los demás Estados miembros y a la Comisión. 5. Se permitirá el uso en la agricultura ecológica de productos y sustancias no incluidas en los apartados 1 y 4, siempre que dicho uso esté supeditado a los objetivos y principios establecidos en el título II y a los criterios generales enunciados en el presente artículo.

NORMATIVA El REGLAMENTO (CE) no 889/2008 en su artículo 5, dice: Artículo 5: Gestión de plagas, enfermedades y malas hierbas 1. Cuando las plantas no puedan protegerse adecuadamente de las plagas y enfermedades mediante las medidas contempladas en el artículo 12, apartado 1, letras a), b), c) y g), del Reglamento (CE) no 834/2007, sólo podrán utilizarse en la producción ecológica los productos mencionados en el anexo II del presente Reglamento. Los operadores deberán guardar documentos justificativos de la necesidad de utilizar el producto. 2. En el caso de los productos utilizados en trampas y dispersores, excepto en el caso de los dispersores de feromonas, tales trampas y dispersores evitarán que

las sustancias se liberen en el medio ambiente, así como el contacto entre las sustancias y las plantas cultivadas. Las trampas deberán recogerse una vez que se hayan utilizado y se eliminarán de modo seguro.

Así, el REGLAMENTO (CE) nº 889/2008 y REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 354/2014, desarrollan y modifican el Anexo II, que propone un listado de Plaguicidas y productos fitosanitarios autorizado mencionados en el artículo 5, apartado 1 del 889/2008.

Pilares agronómicos básicos de la agricultura ecológica LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA: será potenciada como principal forma de mantener la salud y el potencial productivo del sistema agrario (en espacio y en tiempo).

 Cultivo-ganado

 Adventicias  Setos  Asociaciones y rotaciones LA SANIDAD VEGETAL: se mantiene a través de: • La selección de especies y variedades tradicionales y resistentes, adaptadas al medio de cultivo. • Diversos métodos mecánicos. • Productos naturales (Anexo II).

MANEJO DE LA SANIDAD



Diseño y manejo del ecosistema: biodiversidad.



Control biológico: natural, introducido.



Prácticas culturales.



Fitosanitarios naturales.

MANEJO DE DIVERSIDAD VEGETAL

Efecto de diferentes prácticas de aumento de la diversidad en la sanidad de los cultivos (de Altieri , 1992, y elaboración propia). PRÁCTICA

PATÓGENO O ARTRÓPODO CONTROLADO

ASOCIACIONES Y ROTACIONES Rotación patata-trigo Escarabajo de la patata (Leptinotarsa decemlineta) Rotación sin repetir patata en 4 ó Hongos Rhizoctonia solani y 5 años Actinomyces scabies Asociación zanahoria-cebolla Mosca de la zanahoria (Psila rosae) Asociaciones haba-cebada o haba-avena Fresón con bordes de habas

Pulgón (Aphis fabae)

Trips de las flores (Frankliniella occidentalis) ABONOS VERDES Y CUBIERTAS VEGETALES Bróculi con abono verde (habas o Pulgones y pulgillas (Phyllotreta vezas) cruciferae) Coles con cubierta de trébol Pulgones y orugas de la col (Pieris rapae, P. brasicae) Coles con bledos o cenizos Pulgón verde (Myzus persicae) (Amaranthus retoflexus, Chenopodium album, ...) Asociación con tagetes (Tagetes Nematodos patógenos sp.) o crucíferas diversas (mostaza, rábano, nabo, coles, ...) Cítricos con hiedra Cóccidos Cítricos con cubierta vegetal Ácaros fitófagos silvestre Crucíferas con mostaza y Orugas de la col (Pieris spp.) umbelíferas (hinojo) de floración rápida y abundante Maíz con bordes de hierbas Mariposa del maíz (Heliothis zea) silvestres Manzano con facelia (Phacelia Piojo de S. José (Quadraspidiotus sp.) perniciosus) y áfidos

Manzano con cubierta de hierbas silvestres

Polilla de la manzana (Cydia pomonella)

MECANISMO DE CONTROL Retraso del periodo de infestación Disminución de los propágulos del suelo Repelencia del aroma de la cebolla Disminuye el contenido de N en la haba y la atracción del pulgón Aumento de depredadores (Orius spp.) en las habas Menor atracción hacia la parcela Menor colonización y aumento de la depredación y parasitismo Abundancia incrementada de depredadores (neurópteros, coccinélidos, sírfidos) Desinfección por liberación de sustancias nematostáticas o nematicidas Estímulo de Aphytis sp. Mantenimiento en las hierbas de fitoseidos depredadores Aumento de la actividad de los himenópteros parásitos (Apanteles glomeratus y otros) Estimulación de las poblaciones de depredadores Aumento de la población y actividad de himenópteros parásitos (Aphelinus mali, Aphytis sp.) Aumento de la población y actividad de himenópteros parásitos

FAUNA AUXILIAR EN FLORA ACOMPAÑANTE

MUCHAS PLANTAS ATRAEN INSECTOS QUE REDUCEN LAS POBLACIONES DE FITÓFAGOS A NIVELES ACEPTABLES AMARANTO Escarabajos de tierra ANÍS Avispas benéficas TRÉBOL Escarabajos de tierra, parásitos de áfidos DIENTE DE LEÓN Avispas benéficas HINOJO Avispas benéficas GRAMÍNEAS: Ácaros fitoseidos

MENTA Avispas benéficas MOSTAZA Varios parásitos ORTIGA Muchos insectos benéficos HISOPO Avispas benéficas HIEDRA Avispas benéficas ALFALFA: Cecidómidos

FAUNA AUXILIAR EN FLORA ACOMPAÑANTE

ÁCARO FITOSEIDO Amblyseius californicus

FLORA ESPONTÁNEA Poleo-menta (Mentha pulegium), bledo (Chenopodium sp. pl.), romaza (Rumex sp.pl.), cola de caballo (Equisetum sp. pl.), cerraja (Sonchus sp. pl.), gramíneas.

Euseius stipulatus Poleo-menta y distintas especies de cardos. Amblyseius barkeri Poleo-menta, correhuela (Convolvulus arvensis), verdolaga (Portulaca oleracea), agret (Oxalis pescaprae), cerraja, gramíneas. Typhlodromus phialatus

Romero (Rosmarinus officinalis), esparraguera (Asparagus sp.pl.), zarza (Rubus sp.pl.), madreselva (Lonicera sp.pl.).

SETOS

MANEJO DE LA SANIDAD 

Diseño y manejo del ecosistema: biodiversidad.



Control biológico: natural, introducido (puntual o masiva).  

Artrópodos: parásitos, depredadores. Microbiológicos: nematodos, hongos, bacterias, virus.



Prácticas culturales.



Fitosanitarios naturales.

MANEJO DE LA SANIDAD 

Diseño y manejo del ecosistema: biodiversidad.



Control biológico: natural, introducido (puntual o masiva).



Prácticas culturales.  





Poda, laboreos, riegos, aireación. Biodesinfección. Solarización.

Fitosanitarios naturales.

Prácticas ecológicas recomendables para mantener la sanidad de los cítricos Aportes regulares de materia orgánica, abonos verdes, cultivos forrajeros, restos de poda, etc. Diversidad de cultivos: cubierta vegetal permanente o el mayor tiempo posible (mantenerla al menos hasta después de la primera brotación), setos vivos alrededor o entre el cultivo (en bordes y franjas o taludes de bancales interiores). Trabajo del suelo reducido, con aperos ligeros. Irrigación suficiente, moderada y poco espaciada. Drenaje adecuado. Podas poco enérgicas y anuales Empleo moderado o nulo de biocidas naturales. Es preferible utilizar preparados naturales reforzantes o repelentes.

MANEJO DE LA SANIDAD 

Diseño y manejo del ecosistema: biodiversidad.



Control biológico: natural, introducido (puntual o masiva).



Prácticas culturales.



Fitosanitarios naturales.   

Preparados vegetales: neem, quasia, piretrina, rotenona, aceites. Substancias derivadas de animales: propóleo, suero de leche, … Compuestos minerales: azufre, cobre, silicato, polisulfuro, aceites, permanganato, jabón.

PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN AE ANEXO II (R (CE) 834/07; R (CE) 889/08; R UE 354/2014)

1. Substancias de origen animal o vegetal. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO

Azadirachtina (extraídas de Azadirachta indica o árbol del neem)

Insecticida

Cera de abejas

Agente para la poda

Proteínas hidrolizadas salvo la gelatina

Atrayente, solo en aplicaciones autorizadas en combinación con otros productos apropiados de la presente lista

Lecitina

Fungicida

Aceites vegetales

Insecticida, acaricida, fungicida, bactericida e inhibidor de la germinación. Productos especificados en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión(*)

Piretrinas extraídas cinerariaefolium

de

Cuasia extraída de Quassia amara

Chrysanthemum

Insecticida Insecticida y repelente

(*) Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas (DO L 153 de 11.6.2011, p. 1).

PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN AE ANEXO II (R (CE) 834/07; R (CE) 889/08; R UE 354/2014)

2. Microorganismos usados para el control biológico de plagas y enfermedades. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA Microorganismos

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO Productos especificados en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 y no procedentes de OMG

3. Sustancias producidas por microorganismos. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA Espinosad

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO Insecticida Solo si se toman medidas para minimizar el riesgo de parasitoides importantes y de desarrollo de la resistencia

4. Sustancias que se utilizarán solo en trampas y/o dispersores. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO

Feromonas

Atrayente; perturbador de la conducta sexual; solo en trampas y dispersores. Productos especificados en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 (números 255, 258 y 259).

Piretroides (sólo deltametrina y lambdacialotrina)

Insecticida; solo en trampas con atrayentes específicos; únicamente contra Bactrocera oleae y Ceratitis capitata Wied.

5. Preparados para su dispersión en la superficie entre las plantas cultivadas. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA Fosfato férrico [ortofosfato de hierro (III)]

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO Molusquicida

PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN AE ANEXO II (R (CE) 834/07; R (CE) 889/08; R UE 354/2014)

6. Otras substancias utilizadas tradicionalmente en la AE. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO

Compuestos de cobre en forma de hidróxido de cobre, oxicloruro de cobre, óxido de cobre, caldo bordelés y sulfato tribásico de cobre

Únicamente como bactericida y fungicida y hasta 6 kg de cobre por hectárea y año. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso de los cultivos perennes, los Estados miembros podrán disponer que el límite de 6 kg de cobre pueda excederse durante un año determinado, siempre que la cantidad media empleada efectivamente durante un período de cinco años que abarque este año más los cuatro años anteriores no supere los 6 kg. Deben tomarse medidas de reducción del riesgo para proteger las aguas y los organismos no diana, tales como los de las zonas de separación. Productos especificados en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 (número 277).

Etileno*

Desverdizado de plátanos, kiwis y kakis; desverdizado de cítricos, solo cuando forme parte de una estrategia destinada a impedir que la mosca de la fruta dañe al cítrico; inducción de la floración de la piña; inhibición de la brotación de patatas y cebollas. Solo podrán autorizarse los usos en interiores como regulador del crecimiento vegetal. Las autorizaciones deberán limitarse a los usuarios profesionales.

Sales potásicas de ácidos grasos (jabón suave)

Insecticida

Polisulfuro de cal

Fungicida

Aceite de parafina

Insecticida, acaricida Productos especificados en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 (números 294 y 295)

PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN AE ANEXO II (R (CE) 834/07; R (CE) 889/08; R UE 354/2014)

6. Otras substancias utilizadas tradicionalmente en la AE. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO

Arena de cuarzo

Repelente

Azufre

Fungicida, acaricida

Repelentes (por el olor) de origen animal o vegetal/grasa de ovino

Repelente. Solo para las partes no comestibles del cultivo y cuando el material del cultivo no sea ingerido por ovejas ni cabras. Productos especificados en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 (número 249)

7. Otras substancias. DENOMINACIÓN SUBSTANCIA

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO

Silicato de aluminio (caolín)

Repelente

Hidróxido de calcio

Fungicida solo para árboles frutales (incluso en viveros), para el control de Nectria galligena

Laminarina

Inductor de los mecanismos de autodefensa del cultivo Las laminarias se cultivarán de forma ecológica de acuerdo con el artículo 6 quinquies o se recolectarán de forma sostenible de acuerdo con el artículo 6 quater.

Hidrogenocarbonato de potasio (también conocido como bicarbonato de potasio)

Fungicida e insecticida

PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN AE ANEXO II (R (CE) 834/07; R (CE) 889/08; R UE 354/2014)

ELIMINADOS: DENOMINACIÓN SUBSTANCIA

DESCRICIPCIÓN Y CONDICIONES DE USO

Aceites vegetales (en parte)

Aquellos NO ESPECIFICADOS en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión

Gelatina

ELMINADO EN EL R (UE) 354/2014

Rotenona extraída de Derris Lonchocarpus spp. y Terphrosia spp.

spp.,

ELMINADO EN EL R (UE) 354/2014

Fosfato diamónico

ELMINADO EN EL R (UE) 354/2014

Sulfato de aluminio y potasio (kalinita)

ELMINADO EN EL R (UE) 354/2014

Aceite mineral

ELMINADO EN EL R (UE) 354/2014

Permanganato potásico

ELMINADO EN EL R (UE) 354/2014

PROBLEMÁTICA SANITARIA EN CÍTRICOS ECOLÓGICOS Muestreo sanitario.

Artrópodos no deseables más comunes de los cítricos ecológicos valencianos y su manejo ecológico.

Artrópodos no deseables Enfermedades más importantes de los cítricos ecológicos valencianos junto a su manejo ecológico.

Enfermedades más importantes

PROBLEMÁTICA SANITARIA EN CÍTRICOS ECOLÓGICOS Problemàtiques CLAU: Tristessa (CTV) Gomosi (Phytophtora) Diaspídids (Poll roig Califòrnia , Aonidiella aurantii) Mosca de la fruita (Ceratitis capitata) Problemàtiques OCASIONAL: Aranya roja, àcar roig (Tetranyuchus, Panonychus) Pugons (Aphys spp.) Problemàtiques SECUNDÀRIES: Cotonet, minador, trips, …

Piojo rojo de California Serpeta Gruesa

Piojo gris

Cóccidos

1. Diaspídidos.

- Clase: Insecta. - Suborden: Homoptera. -

CARACTERISTICAS: Acusado dimorfismo sexual. Machos alados/ hembra áptera. Ciclo de vida +/-. Huevos + 2-3 Estadios Larvarios + Adultos. Hembras difieren en funcion especie. Macho siempre alado. - Todos son chupadores. Se alimentan de savia.

Cóccidos/Cochinillas Familia: Diaspinos. 1. Piojo rojo de California. ( Aonidiella aurantii Maskell) 2. Piojo gris.( Parlatoria pergandii). 3. Serpetas. ( Lepidosaphes gloverii/ beckii) 4. Piojo Blanco.( Aspidiotus nerii)

Cóccidos/Cochinillas Piojo rojo de California ( Aonidiella aurantii Maskell). Caracteristicas: -

Cochinilla con escudo, circular y centrado. Biparental y vivipara. Hembras fecundadas producen 100-200 ninfas moviles. 3-4 generaciones/año.

Daños: - Destrio comercial. - Casos extremos, perdida de follaje.

Cóccidos/Cochinillas Piojo gris.( Parlatoria pergandii). - Escudo redondeado, oblongado. Color: grisaceo. - Hembra adulta, huevos, ninfas moviles son moradas. - Ramas, nervios del haz de la hoja ( prefieren sombra). - 3-4 generaciones/ año. Puede coincidir con PRC. DAÑOS: - Plaga que afecta a la madera, en su mayoria.

Cóccidos o cochinillas Piojo rojo de California (Aonidiella aurantii)

Cóccidos/Cochinillas Serpetas. ( Lepidosaphes gloverii/ beckii). - Escudos alargados, algo curvados ( gloverii), convexos ( beckii). - Adultos alados. - Huevos alrededor de 200. Depositados bajo escudo. - 2-3 generaciones/año. DAÑOS: - Depreciacion comercial.

Cóccidos/Cochinillas Piojo Blanco.( Aspidiotus nerii) - Escudo casi circular. Blanco-amarillento. - Macho alado. - Puesta de 150-200 huevos. - 2-3 Generaciones/año. DAÑOS: Depreciacion comercial. Debilitamiento plantas.

Control Cochinillas en AE.  

 1.

2.

- Mediante FS autorizados: Aceites de parafina. Aplicaciones: Umbrales formas moviles. Preferiblemente L1.

 

 

Mediante FA: Cada especie, tiene su FA especifica. 1. Control previo FA. 2. Medicion umbrales sensibles. p.e: hembras adultas-parasitoides.

Control Cochinillas en AE.  

 1.

2.

- Mediante SQ autorizados: Feromonas- C.S.: Aplicaciones: Umbrales formas adultos alados. Preferiblemente antes 2ª G.

 

Importante: - No todas las especies, tienen su C.S. ya desarrollada.

EJEMPLO 1. Control Cochinillas en AE. PRC.    1. 2.

- Mediante FS autorizados: Aceites de parafina 81 %. Aplicaciones: Umbrales formas moviles. + 80 %. Tratamiento 1ª Gen.

   

Mediante FA: 1. Control previo FA. Presencia. 2.Formas hembras adultas-fecundas al maximo %.

EJEMPLO 1. Control Cochinillas en AE. PRC.  

1. 2. 3.

- Mediante CSFeromonas:: Aplicaciones: Nº difusores: 400500/Ha. Tratamiento antes 2ª Gen. Vida util: 150 dias.

EJEMPLO 1. Control Cochinillas en AE. PRC.    

Conclusiones: 1. CS y FA son igual de efectivos. Control mediante Aceite P. Junto a la C.S, es el método con mejor efectividad. Seria posible extrapolar la misma eficacia entre Aceites, F.A y C.S.

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Piojo rojo de California PIOJO ROJO DE CALIFORNA Evolución de los estados inmaduros 100 90 80 70 60 % 50 40 30 20

Avivamiento salida del invierno

1ª generación

2ª generación

3ª y restantes generaciones

10 0 gen

feb

març

abr

maig

juny

jul

ag

% L1 + L2

set

oct

nov

des

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Piojo rojo de California Control de Aonidiella con aceite parafínico Eficàcia dels distints tractaments realitzats i percentatges d’infestació, amb les segües corresponents diferències significatives ANOVA, test LSDd’infestació amb el 95% de nivell de confiança). Nivells emprats per a(segons comptar la quantitat d’Aonidiella, amb el seu significat

Proporció de taronges de 1ª, 2ª i rebuig segons l’infestació per Aonidiella en l’assaig. comercial. 1ª Nº DE FORMES VISIBLES

NIVELL D’INFESTACIÓ TRACTAMENT Oli parafínic FINAL

10,67 a

HIVERN-ESTIU

0

0

1TESTIMONI Oli parafínic ESTIU

1-5

2OLI ABRIL

5-10

3

Oli parafínic FINAL HIVERN

1ª 17,13 b

11-25

4OLI AGOST 5

VALOR COMERCIAL aREBUIG 2ª 80,88

(50

TESTIMONI

1ª25,56 %

40

50

94,44 % 60 70

% INFESTACIÓ

EFICÀCIA

Rebuig 5,55 % 80 90

0%

Cóccidos

2. Lecaninos.

1. 2.

Caparreta blanca (Ceroplastes sinensis). Caparreta negra. (Saissetia oleae).

Cóccidos

2. Lecaninos.

1.

-

-

Caparreta blanca ( Ceroplastes sinensis). Hembras adultas, ovaladas y bombadas. Placas cereas. Ninfas, cerosas, formas de estrellas. 3 estadios ninfales---Adulto. - 1Generacion/año. DAÑOS: Secrecion de melaza. Negrilla.

Cóccidos

2. Lecaninos.

1. -

Caparreta negra. ( Saissetia oleae). Hembras adultas, ovaladas y bombadas. Quillas en forma de H. Ninfas, cerosas, color negro-anaranjado. 3 estadios ninfales---Adulto. - 1Generacion/año. DAÑOS: Secrecion de melaza. Negrilla.

Cotonet

Pseudocóccidos Cotonet ( Planococcus citri). - Hembras adultas ovaladas. Cubiertas por secrecion, aspecto “harinoso”. - Diferenciacion de otros, filamentos parte anal ( solo 2 filamentos). - Macho alado. DAÑOS: Manchas cloroticas en fruta. Negrilla. 1.

Cóccidos o cochinillas

PROBLEMÁTICA SANITARIA EN CÍTRICOS ECOLÓGICOS Muestreo sanitario.

Artrópodos no deseables más comunes de los cítricos ecológicos valencianos y su manejo ecológico.

Artrópodos no deseables Enfermedades más importantes de los cítricos ecológicos valencianos junto a su manejo ecológico.

Enfermedades más importantes

Tetraníquidos. 1. Araña roja. ( Tetranychus urticae Koch) 2. Acaro rojo. ( Panonychus citri) 3. Acaro rojo oriental. ( Eutretanychus

orientalis).

Caracteristicas: - Son chupadores de savia. - Aparato bucal “queliceros”. - Reproduccion sexual. - Tamaño maximo 0,05 mm.

Tetraníquidos. 1. Araña roja. ( Tetranychus urticae Koch) - Ovipara. - Huevo esferico, amarillento. - Macho adulto, ojos rojos y amarillo. - Huevo envueltos de “tela”. DAÑOS: - Depreciacion comercial. - Casos extremos: defoliacion del arbol.

Tetraníquidos. 2. Acaro rojo. ( Panonychus citri) -

Huevos rojizos. ( Velo central – anclaje). Hembra rojo oscuro. Macho más blanco, patas largas.

DAÑOS: - Depreciacion comercial. - Casos extremos: Defoliaciones severas.

Daño hoja Tetranychus

PLAGAS CITRICOS

Daño Tetranychus

PLAGAS CITRICOS

PROBLEMÁTICA SANITARIA EN CÍTRICOS ECOLÓGICOS Muestreo sanitario.

Artrópodos no deseables más comunes de los cítricos ecológicos valencianos y su manejo ecológico.

Artrópodos no deseables Enfermedades más importantes de los cítricos ecológicos valencianos junto a su manejo ecológico.

Enfermedades más importantes

Tisanópteros. 1. Trips. ( Pezothrips kellyanus).

Alimentación: Flores. - Adultos: negros. Hembras tamaño>machos. - Ninfas, causantes daños. DAÑOS: - Depreciacion comercial. -

Áfidos. Aphis gossypii. 2. Alimentación: Flores. - Adultos: negros. Hembras tamaño>machos. - Ninfas, causantes daños. DAÑOS: - Produccion de melaza.....Negrilla. - Vector de virosis. 1.

Otros artrópodos

Dípteros. Mosca de la fruta. ( Ceratitis capitata). 2. Huevos: blancos y curvos. Depositados bajo cutícula. - Pupa: Ciclo en el suelo. - Adulto. Alado. 20 huevos diarios. C - Ciclo de vida 15 dias. DAÑOS: - Fruta no comercializable. Pudrición. 1.

EJEMPLO 2. Control Dípteros en AE. Mosca de la fruta.  

 1.

- Mediante FS autorizados: Spinosad 0,024 % Aplicaciones: Umbrales: Adultos en mosqueros 0,5 adultos/dia.

  

Mediante Trampeo masivo: 1. Atrayente + tóxico. Colocación alta densidad de mosqueros/Ha. 50100/ Ha.

Trampeo

Minador de los cítricos sin superficie foliar afectada. X: 0:Hoja bordes X 1:Hoja con 0-25% de superficie foliar afectada. 2º. EFICACIA A: 2:Hoja extracto de ajo. 1. NEEM X conEXTRACTO 25-50% de superficie DE foliar afectada. BEATRIZ 4º. DAÑO FOLIAR X con parafínico. 50-75% de superficie foliar afectada. B: 3:Hoja aceite MEDIA MINADORES MEDIA MINADORES X 4:Hoja2. conACEITE 75-100% de superficie foliar afectada. TRATAMIENTO PARAFÍNICO VIVOS MUERTOS C: extracto de neem. X D: azadiractina. BALSA AJO X 3. AZADIRACTINA 0,66 1,14 BEATRIZ E: testigo. X

X

X

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A

A

A

X

X

C

C

C

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D%

X

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E

X

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B

B

X

X

D EFICACIA E

66,64Ba*

TRATAMIENTO % INFESTACIÓN 0,72 0,82 62,59 a 4. EXTRACTO DE AJO MEDIA CASA ACEITE 13,68 aº AZARADACTINA 0,48 2,17 MOJANTES: AJO 11,24 a 75,45 a ACEITE DE COLZA Y JABÓN POTÁSICO AZADIRACTINA 10,21 a NEEM 1,05 0,87 NEEM 12,64 a 48,54 a TESTIGO 55,29 b E

E

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X

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D

D

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C

C

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0

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X

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X

X

X

2

X

4

RESULTADOS 4º. DAÑO FOLIAR

BEATRIZ TRATAMIENTO ACEITE AJO AZADIRACTINA NEEM TESTIGO

MEDIA % INFESTACIÓN 13,68 aº 11,24 a 10,21 a 12,64 a 55,29 b

RESULTADOS

Daño en el testigo

Daño en azadiractina

Adulto Emposaca fabae

PLAGAS CITRICOS

Daño emposaca

PLAGAS CITRICOS

adulto+huevo Aleurothrixus

PLAGAS CITRICOS

Otros artrópodos

Otros artrópodos

Liberación de himenópteros parasitoides en cítricos

Otros tratamientos ecológicos

El triángulo de la enfermedad

AMBIENTE ADECUADO

Presentación patología

PROBLEMÁTICA SANITARIA EN CÍTRICOS ECOLÓGICOS Muestreo sanitario.

Artrópodos no deseables más comunes de los cítricos ecológicos valencianos y su manejo ecológico.

Artrópodos no deseables Enfermedades más importantes de los cítricos ecológicos valencianos junto a su manejo ecológico.

Enfermedades más importantes

INTERACCIONES EN EL SUELO INTERACCIONES ENTRE MICROORGANISMOS

Y RAÍCES: + , -

FIJACIÓN DE N ATMOSFÉRICO POR BACTERIAS EN LEGUMINOSAS; MICORRIZACIÓN

PUDRICIONES POR HONGOS (PHYTOPHORA), DAÑOS DE NEMATODOS

Mycosphaerella

Otros tratamientos ecológicos

MUCHAS GRACIAS!

Otra fauna

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Piojo rojo de California PIOJO ROJO DE CALIFORNA Evolución de los estados inmaduros 100 90 80 70 60 % 50 40 30 20

Avivamiento salida del invierno

1ª generación

2ª generación

3ª y restantes generaciones

10 0 gen

feb

març

abr

maig

juny

jul

ag

% L1 + L2

set

oct

nov

des

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Piojo rojo de California Control de Aonidiella con aceite parafínico Eficàcia dels distints tractaments realitzats i percentatges d’infestació, amb les segües corresponents diferències significatives ANOVA, test LSDd’infestació amb el 95% de nivell de confiança). Nivells emprats per a(segons comptar la quantitat d’Aonidiella, amb el seu significat

Proporció de taronges de 1ª, 2ª i rebuig segons l’infestació per Aonidiella en l’assaig. comercial. 1ª Nº DE FORMES VISIBLES

NIVELL D’INFESTACIÓ TRACTAMENT Oli parafínic FINAL

10,67 a

HIVERN-ESTIU

0

0

1TESTIMONI Oli parafínic ESTIU

1-5

2OLI ABRIL

5-10

3

Oli parafínic FINAL HIVERN

1ª 17,13 b

11-25

4OLI AGOST 5

VALOR COMERCIAL aREBUIG 2ª 80,88

(50

TESTIMONI

1ª25,56 %

40

50

94,44 % 60 70

% INFESTACIÓ

EFICÀCIA

Rebuig 5,55 % 80 90

0%

Prácticas ecológicas recomendables para mantener la sanidad de los cítricos

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Minador de los cítricos sin superficie foliar afectada. X: 0:Hoja bordes X 1:Hoja con 0-25% de superficie foliar afectada. 2º. EFICACIA A: 2:Hoja extracto de ajo. 1. NEEM X conEXTRACTO 25-50% de superficie DE foliar afectada. BEATRIZ 4º. DAÑO FOLIAR X con parafínico. 50-75% de superficie foliar afectada. B: 3:Hoja aceite MEDIA MINADORES MEDIA MINADORES X 4:Hoja2. conACEITE 75-100% de superficie foliar afectada. TRATAMIENTO PARAFÍNICO VIVOS MUERTOS C: extracto de neem. X D: azadiractina. BALSA AJO X 3. AZADIRACTINA 0,66 1,14 BEATRIZ E: testigo. X

X

X

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A

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C

C

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D EFICACIA E

66,64Ba*

TRATAMIENTO % INFESTACIÓN 0,72 0,82 62,59 a 4. EXTRACTO DE AJO MEDIA CASA ACEITE 13,68 aº AZARADACTINA 0,48 2,17 MOJANTES: AJO 11,24 a 75,45 a ACEITE DE COLZA Y JABÓN POTÁSICO AZADIRACTINA 10,21 a NEEM 1,05 0,87 NEEM 12,64 a 48,54 a TESTIGO 55,29 b E

E

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RESULTADOS 4º. DAÑO FOLIAR

BEATRIZ TRATAMIENTO ACEITE AJO AZADIRACTINA NEEM TESTIGO

MEDIA % INFESTACIÓN 13,68 aº 11,24 a 10,21 a 12,64 a 55,29 b

RESULTADOS

Daño en el testigo

Daño en azadiractina

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Piojo rojo de California ESTUDIO DE LA REDUCCIÓN DEL DESTRIO. EFECTOS DE LOS TRATAMIENTOS DE CONTROL DE COCHINILLAS EN CÍTRICOS. TRATAMIENTOS

TESTIGO 1 2 3 4 5 6 7 8

SALIDA DEL INVIERNO

1ª GENERACIÓN

NO TRATAR

15-20 DIAS POST 1ª GENERACIÓN NO TRATAR

NO TRATAR

POLISULFURO Cal 5%

2ª GENERACIÓN NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

ACEITE 1%

ACEITE 1%

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

ACEITE 2%.

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

POLISULFURO Cal 10% NO TRATAR

ACEITE 1%

ACEITE 1%

NO TRATAR

ACEITE 2%

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

NO TRATAR

JABÓN POTÁSICO 3%

En Navelina se ha eliminado el tratamiento Nº 8. El tratamiento 8 será: JABÓN POTÁSICO 3% + VINAGRE

Fortune

Navelina

CROQUIS DE LA PLANTACIÓN Y TRATAMIENTOS

AÑO 2002 EEAC

B

2

4

6

5

3

7

1

B

8

Camino

2

5

1

4

6

3

7

B

Experiencias en sanidad ecocitricultura: Piojo rojo de California Daños por fitotoxicidad de tratamientos con polisulfuro de cal para control de Aonidiella aurantii Mask., realizado al final del invierno (en inicio de brotación, estado fenológico 11-15 (18 febrero 2002))

Interactions and 95.0 Percent LSD Intervals

Interactions and 95.0 Percent LSD Intervals VARIETAT Fortune NAVELINA

120 90 60 30 0 1

2

3

5

7

CODI Código de los tratamientos: CODI 1 Testigo CODI 2 Polisulfuro de cal 5% CODI 3 Aceite al 1% CODI 5 Polisulfuro de cal 10% CODI 7 Aceite al 2%

Figura 3: Número de brotes por árbol en la cara norte de las variedades Fortune y Navelina (Tratamiento estadístico ANOVA test LSD al 95 % de confianza)

180

BROTS SUD

BROTS NORD

150

VARIETAT Fortune NAVELINA

150 120 90 60 30 0 1

2

3

5

7

CODI Código de los tratamientos: CODI 1 Testigo CODI 2 Polisulfuro de cal 5% CODI 3 Aceite al 1% CODI 5 Polisulfuro de cal 10% CODI 7 Aceite al 2%

Figura 4: Número de brotes por árbol en la cara sur de las variedades Fortune y Navelina (Tratamiento estadístico ANOVA test LSD al 95 % de confianza)

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