CLASIFICACION ARANCELARIA

CLASIFICACION ARANCELARIA GENERALIDADES Importancia: Algunas variables • Muchos de los inconvenientes legales, técnicos y logísticos a los que se

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CLASIFICACION ARANCELARIA
CLASIFICACION ARANCELARIA PARA CLASIFICAR ARANCELARIAMENTE UN PRODUCTO NECESIT0: 1. 2. PACIENCIA GUSTO POR LA INVESTIGACION = SE INVOLUCRAN DISTIN

SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN ARANCELARIA SOBRETASA ARANCELARIA
ANEXO 1 SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN ARANCELARIA SOBRETASA ARANCELARIA 0106900000 - Los demás 45% 4011201000 - - Radiales 25% 6305101000 - - De yu

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA RG1: La clasificación está determinada legalmente por las RG, si no son contrarias a los textos de las partidas y Notas de S

Lista Arancelaria de Chile
Lista Arancelaria de Chile SA 01.01 0101.2100 0101.29 0101.2910 0101.2990 0101.3000 0101.9000 01.02 0102.2100 0102.2900 0102.3100 0102.3900 0102.9000

Lista arancelaria de Chile
Lista arancelaria de Chile Heading 01 01.01 0101.1000 0101.90 0101.9011 0101.9019 0101.9090 01.02 0102.1000 0102.9000 01.03 0103.1000 0103.9100 0103.9

CLASIFICACION GENERAL
CLASIFICACION GENERAL Campeonato de Madrid Recorrido de Bosque 3D 2016 ARCO COMPUESTO SENIOR HOMBRES POSICION DORSAL LICENCIA APELLIDOS Y NOMBRE 1 2

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CLASIFICACION ARANCELARIA

GENERALIDADES

Importancia:

Algunas variables

• Muchos de los inconvenientes legales, técnicos y logísticos a los que se ven sometidos los negociadores internacionales, tienen que ver con el mal uso o desconocimiento de la clasificación arancelaria. Esta se convierte en uno de los primeros pasos a nivel aduanero para la Importación o exportación de un producto. • A partir de ella se definen aspectos como:

• • • •

Tributos a pagar. País del cuál me conviene importar (acuerdos comerciales). Requisitos, documentos, vistos buenos y demás. Régimen de importación

GENERALIDADES

Algunos inconvenientes:

Sanciones y multas aduaneras

Incremento en los costos de importación

Mala descripción

Perder beneficios de acuerdos comerciales

ALGUNAS DEFINICIONES

ARANCEL

Es un impuesto o gravamen aduanero fijado sobre la mercancía objeto de intercambio conforme cruza una frontera nacional. Es un impuesto que se aplica en el comercio exterior para agregar valor al precio de las mercancías en el mercado de destino. Se gravan las mercancías que se importan con el fin de equilibrar la producción de un país. Tratados y leyes con sus normas reglamentarias en que se establecen derechos de aduana. Es un listado de mercancías ordenado lógica y sistemáticamente, en el cual se relacionan todos los bienes

Nomenclatura Arancelaria: La Nomenclatura Arancelaria es un sistema que mediante la utilización de una codificación, clasifica y agrupa por categorías las mercancías objeto de comercio internacional. Constituye un lenguaje cifrado que se basa en una metodología y reglas preestablecidas y permite a los diferentes operadores de comercio situados en diferentes países, independientemente del idioma, y con solo citar el código de una mercancía dada, entender a qué tipo de la misma se está haciendo referencia.

Clasificación arancelaria Método lógico y sistemático que de acuerdo a normas y principios establecidos en la nomenclatura del Arancel de Aduanas, permiten identificar a través de un código numérico y su correspondiente descripción, todas las mercancías susceptibles de comercio, a fin de determinar el correspondiente tributo y las respectivas formalidades y requisitos a que están sometidas en el curso de alguna operación aduanera, en atención a su origen.

Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías Se entiende por Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, llamado en adelante Sistema Armonizado (S.A.), a la nomenclatura que comprende las partidas, subpartidas y los códigos correspondientes; las notas de las secciones, de los capítulos, de las partidas y las subpartidas, así como las Reglas Generales de Interpretación.

• ¿Qué es un Arancel?

• Es el derecho o gravamen percibido en la frontera sobre mercancías que van de un territorio aduanero a otro.

• Es el impuesto que pagan los bienes que son importados a un país.

ARGUMETOS DE LA EXISTENCIA DEL ARANCEL        

Estimular las exportaciones. Protección contra el “dumping” internacional. Equilibrar la balanza de pagos. Protección contra mano de O. barata. Ingresos fiscales. Mantenimiento del nivel de vida. Cumplir las obligaciones pactadas en acuerdos. Con los tratados de Integración y la globalización de los mercados las tasas arancelarias en el mundo han caído constantemente.

ARGUMETOS DE LA EXISTENCIA DEL ARANCEL  Para proteger la Industria y Producción Nacional.  Encarece el precio del producto, obligando al importador a vender más caro que los productos que son producidos en el mismo país.  Estimular el crecimiento económico.  Protección del consumidor.  Mantener empresas fuertes que compitan en el exterior.  Adecuado aprovechamiento de las divisas del país.  Sustitución de importaciones.  Propiciar inversiones y ahorro.  Protección al empleo.

BARRERAS COMERCIALES Las barreras comerciales son mecanismos proteccionistas que utilizan los gobiernos de los distintos países para reducir el flujo de importación tanto de bienes como de servicios. Estas barreras pueden ser arancelarias o bien no arancelarias. BARRERAS ARANCELARIAS Un arancel es un impuesto que se debe pagar por concepto de importación o exportación de bienes. Los aranceles se emplean para obtener un ingreso gubernamental o para proteger a la industria nacional de la competencia de las importaciones. Impuesto o tarifa que grava los productos transferidos de un país a otro. El incremento de estas tarifas sobre los productos a importar elevan su precio y los hacen menos competitivos dentro del mercado del país que importa, tendiendo con esto a restringir su comercialización. Fundamento económico La instauración de aranceles responde a la idea de que el comercio internacional, bien de manera genérica o sólo en algunos casos, produce efectos negativos a la economía de un país. Desde el punto de vista económico, la importación de bienes desplaza la producción del interior del país, con lo que pueden existir trabajadores que pierdan sus puestos de trabajo. Otro tipo de argumento es el déficit que puede provocar en la balanza de pagos debido a las importaciones. Los pensadores clásicos (Adam Smith, David Ricardo, John Stuart Mill), estuvieron en contra de las restricciones al comercio internacional; ellos argumentaban que las barreras creaban distorsiones en el sistema económico y al final, forzaban al país importador a producir bienes de manera ineficiente, generando a su vez, un coste muy alto para la sociedad puesto que los factores productivos no serían utilizados en forma óptima.

BARRERAS NO ARANCELARIAS Disposiciones, que tienden a dificultar, desestimular o impedir la entrada o salida de un bien determinado, y que son adoptadas bajo la forma de regulaciones estatales, tales como permisos, licencias, vistos buenos previos, listas de prohibida importación o exportación, regulaciones técnicas y sanitarias, controles de calidad y normas técnicas, cupos o contingentes, etc. DERECHOS ANTIDUMPING Los "derechos anti-dumping" son aquellos utilizados para neutralizar el efecto de daño o de amenaza de daño causado por la aplicación de prácticas de dumping. Este derecho anti-dumping es aplicado a las importaciones y se adiciona al impuesto de importación

DERECHOS COMPENSATORIOS Se entiende por "derecho compensatorio" un derecho especial percibido para neutralizar cualquier subsidio concedido directa o indirectamente a la fabricación, producción o exportación de cualquier mercancía

TRIBUTOS ADUANEROS

Los tributos aduaneros están conformados por: Los derechos de aduana que son todos los derechos, impuestos, contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier clase, los derechos antidumping o compensatorios y todo pago que se fije o se exija, directa o indirectamente por la importación de mercancías al territorio aduanero nacional o en relación con dicha importación.

Toda clase de derechos de timbre o gravámenes que se exijan o se tasen respecto a los documentos requeridos para la importación o, que en cualquier otra forma, tuvieren relación con la misma. El impuesto sobre las ventas.

DUMPING

Se configura cuando se exporta al mercado colombiano a un precio inferior a su valor normal en el país de origen. Cuando su precio de exportación hacia Colombia es menor que el precio comparable, en el curso de operaciones comerciales normales, de un producto similar destinado al consumo en el país investigado.

DECRETO 4297 DE 2011: Por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones • Lo firma el Presidente de la República, oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior • Los gravámenes del presente Arancel comprenden derechos ad-valorem, cuyo pago debe hacerse en moneda legal del país. • La exportación de mercancías esta libre de gravámenes. • Normas sobre clasificación de mercancías.

Importancia del arancel de aduanas

Importancia del arancel de aduanas

• Un lenguaje común para designar las mercancías más allá del idioma y la cultura. • Tributos aduaneros a pagar al momento de la importación de acuerdo a la clasificación arancelaria, entre otros gravamen arancelario, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y derechos antidumping. • Los beneficios derivados de los acuerdos comerciales se definen con relación a la subpartida arancelaria.

• Las restricciones legales y/o administrativas están en función de la clasificación arancelaria (ejem, Vo. Bo. Del INVIMA). • Las estadísticas de comercio internacional se llevan con base en las subpartidas arancelarias. • En materia tributaria: Bienes exentos, excluidos y gravados se listan con base en la subpartida arancelaria.

XXI Secciones Documentos auxiliares: Notas explicativas, Índice Alfabético, Índices criterio y Tablas de correlaciones

97 Capítulos (98 para el caso colombiano). El 77 está reservado para futura utilización

ESTRUCTURA DEL ARANCEL DEL S.A.

Notas Legales

1221 Partidas

5052 Sub partidas

Estructura del arancel del S.A.

SECCIONES Agrupan con carácter de generalidad una o varias categorías de mercancías; se identifican con números romanos y se expresa a modo de título. Son 21 secciones: Sección XVII - MATERIAL DE TRANSPORTE

CAPÍTULOS Son desagregaciones de las secciones; se expresan en números arábigos, son noventa y ocho, de los cuales se utilizan 97. Se representan por los dos primeros dígitos: La Sección XVII está conformada por los siguientes Capítulos:

Capítulo 86: Vehículos y material para vías férreas o similares y sus partes; Capítulo 87: Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, Capítulo 88: Aeronaves, Vehículos espaciales y sus partes. Capítulo 89: Barcos y demás artefactos flotantes.

Estructura del arancel del S.A. Partidas

Designan una o varias mercancías o categorías de mercancías respecto al capítulo a que pertenecen; describen total o parcialmente las características de las mercancías;

Se representan por cuatro dígitos, los dos primeros se identifican con el capitulo donde se encuentra la mercancía y los otros dos se refieren al lugar u orden que ocupa la mercancía en el capítulo:

87.01: Tractores (excepto las carretillas tractor de la partida 87.09) •Partida: 4 dígitos •Dos primeros dígitos: Capítulo •Seis primeros dígitos: Subpartida •Ocho dígitos: Nomenclatura Nandina •Diez dígitos: Nomenclatura Colombiana

Estructura del arancel del S.A.

Progresividad de la nomenclatura

• Las mercancías se ordenan en forma progresiva según su materia constitutiva, atendiendo grado de elaboración, respetando el orden lógico de los tres reinos de la naturaleza: Reino animal, Reino Vegetal, Reino Mineral (capítulos 1 a 83). • A medida que aumenta el grado de elaboración va perdiendo importancia la materia constitutiva frente a la función propia para la que han sido concebidas(Capítulos 84 a 98).

Los textos partida:

• Son aquellos que aparecen al frente de los cuatro primeros dígitos ( partida) y que son comunes para todos los países que acogen la nomenclatura del S.A., los que al subdividirse forman las subpartidas.

Partidas Residuales (Genéricas):

de

• Creadas para evitar que después de haber recorrido todos los sistemas clasificatorios (Reglas Generales, Notas legales y Textos de Partidas), pueda quedar algún artículo sin incluir en la Nomenclatura

Secciones I a XV

Secciones XVI A XXI

Estructura del arancel del S.A.

Subpartidas

Subpartida de segundo nivel:

• La mayoría de las Partidas del S.A se han subdividido en dos o más Subpartidas de un guión ( primer nivel), y éstas pueden estar a su vez desdobladas en dos o más subpartidas de dos guiones. • Las subpartidas de primer nivel pueden a su vez estar subdivididas en subpartidas de segundo nivel, con dos guiones, cuyo sexto dígito es diferente de cero.

• Cuando el sexto dígito es diferente de cero( a nivel del S.A.), corresponde al desdoblamiento de las subpartidas de segundo nivel. • 89.03 Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas. • 8903.10.00.00 - Embarcaciones inflables • 8903.90.00.00 - Los demás • 8903.91.00.00 -- Barcos de vela, incluso con motor auxiliar • 8903.92.00.00 -- Barcos de motor, excepto los de motor fuera de borda • 8903.99.00.00 -- Los demás

Clasificación del Arancel

• Importaciones provenientes de países que no tienen beneficio. GENERAL:

• Aplicado en virtud de un beneficio por acuerdo de integración económica con el país de donde es PREFERENCIAL: originaria.

Tipos de Arancel • Es el derecho de aduana expresado como porcentaje del valor de la mercancía importada. Por Ej. 15% sobre el valor de la DERECHO AD VALOREM:

DERECHO ESPECÍFICO:

• Es el derecho de aduana que no tiene relación con el valor de la mercancía importada, sino con su peso, volúmen, etc. Se percibe como una suma fija por unidad de cantidad, por Ej 2 dólares por Kg

• Es el derecho de aduana integrado por un Ad Valorem al que se le agrega o, con menos frecuencia se le deduce un derecho específico, por Ej. 10%+2 DERECHO dólares por Kg COMPUESTO O MIXTO:

Divisiones del Arancel

SECCION I: ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Capítulos 1 a 5 SECCION II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL Capítulos 6 al 14 SECCION III: GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL. Capitulo 15 SECCION IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS, BEBIDAS; LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO ELABORADOS Capítulos 16 a 24 SECCION V: PRODUCTOS MINERALES Capítulos 25 a 27 SECCION VI: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS. Capítulos 28 a 38

Divisiones del Arancel SECCION VII: PLASTICOS Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS Capítulos 39 y 40 SECCION VIII: PIELES, CUEROS, PELETERIA Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; ARTICULOS DE GUARNICIONERIA O TALABARTERIA; ARTICULOS DE VIAJE; BOLSOS DE MANO (CARTERAS) Y CONTINENTES SIMILARES; MANUFACTURAS DE TRIPA. Capítulos 41 a 43 SECCION IX: MADERA, CARBON VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERIA O CESTERIA. Capítulos 44 a 46 SECCION X: PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS, CELULOSICAS, PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES Capítulos 47 a 49 SECCION XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS Capítulos 50 a 63 SECCION XII: CALZADO SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LATIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES, PLUMAS PREPARADAS Y ARTICULOS DE PLUMAS, FLORES ARTIFICIALES, MANUFACTURAS DE CABELLO. Capítulos 64 a 67

Divisiones del Arancel

SECCION XIII: MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO) MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS DE VIDRIO Capítulos 68 a 70 SECCION XIV: PERLAS (NATURALES) O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA; MONEDAS. Capitulo 71 SECCION XV: METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES Capitulo 72 a 83 SECCION XVI: MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS. Capítulos 84 y 85 SECCION XVII: MATERIAL DE TRANSPORTE Capítulos 86 a 89

Divisiones del Arancel SECCION XVIII: INSTRUMENTOS Y APARATOS DE OPTICA, FOTOGRAFIA O CINEMATOGRAFIA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISION, INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICO QUIRURGICOS; APARATOS DE RELOJERIA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS. Capítulos: 90 a 92 SECCION XIX: ARMAS, MUNICIONES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS Capitulo 93 SECCION XX: MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS Capítulos 94 a 96 SECCION XXI: OBJETOS DE ARTE O CELCCIO Y ANTIGUEDADES Capítulos 97 y 98

Criterios para clasificar

Conocimiento de la mercancía • Nombre Comercial, Nombre técnico, Forma de presentación, Componentes, Usos, Función, Catálogos, Literatura

1. Naturaleza y origen de las mercancías • Reinos de la naturaleza • Industria que la produce • Materia prima

2. Grado de elaboración

• Productos en bruto, • Semielaborados • Manufacturas

3.Presentación

• A granel • Acondicionad os para su venta al por menor • Dosificados (repartidos uniformement e para un fin determinado) • Surtidos • Mezclas, sustancias puras, etc.

4. Función del producto.

• Ejemplo: Curtición • Pelambre

SISTEMA ARMONIZADO

1-2 0

3-4

8

0

N. CAPITULO

4

5-6 4

0

Lugar que ocupa la partida al interior del capitulo

7-8 0

0

9 - 10 0

AGUACATES - PALTA

PARTIDA SUBPARTIDA INTERNACIONAL

SUBPARTIDA NANDINA SUBPARTIDA ARANCEL COLOMBIANO

0

Desdoblamientos Arancelarios Desdoblamientos desde la partida: Los códigos que se asignan a cada desdoblamiento, tienen en el segundo dígito un cero y el primero puede ir, en orden ascendente, desde uno hasta nueve.

Ejemplo 11.02

Harina de cereales, excepto de trigo o e morcajo(tranquillón) 10.00.00-Harina de centeno

20.00.00-Harina de maíz 30.00.00-Harina de arroz 90.00.00-Las demás

Desdoblamientos Arancelarios

Desdoblamientos desde un grupo de mercancías: El código que se asigna a cada desdoblamiento, tienen en el primer dígito el que correspondería al grupo en el que está ubicado (si fuera este una subpartida) y el segundo dígito puede ir, en orden ascendente, desde uno hasta nueve

Ejemplo

08.08

Manzanas, peras y membrillos frescos 10.00.00 -Manzanas 20

-Peras y membrillos 10.00 --Peras 20.00 --Membrillos

Ejemplo 01.01

Caballos asnos, mulos y burdéganos 10 -Reproductores de raza pura

10.00 --Caballos 20.00

90

--Asnos

-Los demás --Caballos

11.00

---Para carrera

19.00

---Los demás

90.00

--Los demás

Mulos y mulas: asno y yegua, Burdegano: caballo y asna

Notas de pie de página

Son las que permiten identificar aspectos específicos y normativos de cada subpartida arancelaria.



Capítulo 7 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos Alimenticios

07.03 Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas (incluso silvestres ) aliáceas, frescos y refrigerados (U2) (1-26)(3) 10.00.00 -Cebollas y chalotes 20 -Ajos (8)(9)(11-3)(12)(14-16) 10.00 --Para siembra 90.00 --Los demás

NOTAS LEGALES 1. Según el ámbito de aplicación

NOTAS LEGALES 2. Según la función

• A toda la nomenclatura • A una o más secciones • A uno o más capítulos • A una o más partidas • A una o más Subpartidas

• Definitorias • Incluyentes • Excluyentes • De precisión o normativas

Notas legales Definitorias

Alcance: Toda la nomenclatura

“En la Nomenclatura, se considera marfil la materia de las defensas de elefante, hipopótamo, morsa, narval o jabalí y los cuernos de rinoceronte, así como los dientes de todos los animales.” NL 3 Cap. 5

Notas legales Excluyente

NL 1a capítulo 2

1 .Este Capítulo no comprende: a) respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;

Notas legales

Incluyentes

NL 2 Capítulo 18 La partida 18.06 comprende los artículos de confitería que contengan cacao y, salvo lo dispuesto en la Nota 1 de este Capítulo, las demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.

Notas legales

De precisión - Normativas

NL 3 Sección XVI Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como las máquinas concebidas para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificarán según la función principal que caracterice al conjunto.

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